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GENERALIDADES |
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Las presentes Bases Administrativas y todo documento que emane de la propuesta, establecen las condiciones y normas que reglamentarán el servicio. La presente originará actos administrativos de adjudicación, orden de compra y el respectivo contrato. El precio ofertado se entenderá a suma alzada, sin intereses ni reajustes de ninguna naturaleza, en moneda nacional.
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DEL OFERENTE |
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Podrán presentarse a esta Licitación personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, uniones temporales de proveedores, que acrediten situación financiera e idoneidad técnica conforme lo señala el Reglamento de la Ley de Compras Públicas. Quedan excluidos quienes en los dos años precedentes a la presentación de la oferta, formulación de la propuesta, o suscripción del contrato, según sea el caso, hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales de los trabajadores o por delitos concursales del Código Penal.
Asimismo quedarán excluidos de participar los funcionarios directivos de la Corporación, ni personas unidas a ellos por vínculos de parentesco señalados en la letra b) del Art. 54 de la Ley 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que éstos formen parte, ni con sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen al menos el 10% del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antes dicha.
En caso de ser el oferente Persona Jurídica, también quedarán excluidas aquellas que hubiesen sido condenadas a las penas señaladas en el Art. 8 N° s 1 y 2 de la Ley 20.393.
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INGRESO DE LAS OFERTAS EN EL PORTAL |
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Todas las ofertas y documento Anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del Portal www.mercadopublico.cl. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las Bases, Especificaciones Técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el sólo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las Bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los Servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
Ante la no presentación de Garantía o Certificado de Fianza de Seriedad de la Oferta y de no asistir en la fecha de visita a terreno a ver las oficinas, la oferta no será evaluada. CONAF se reserva el derecho de rechazar una o más de las ofertas presentadas o una parte de ellas o declarar desierta la Licitación, sin derecho a indemnización de ninguna especie.
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MODIFICACIONES DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN: |
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CONAF podrá complementar las Bases Únicas de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl.
Esta complementación formará parte integral de las bases.
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VALIDEZ DE LA OFERTA: |
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Las ofertas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, CONAF podrá solicitar a los proponentes antes de su fecha de expiración, una prórroga de la validez de las mismas por igual periodo. Si alguno de ellos no lo hiciera, dicha oferta se entenderá desistida.
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DE LA APERTURA DE LAS OFERTAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el Portal de Compras Públicas del Estado y considerará la verificación del cumplimiento de los requisitos mínimos de participación establecidos en las bases únicas de la presente licitación. Las ofertas técnicas y económicas de los proponentes, que cumplan con todos los requisitos formales de presentación, serán evaluadas por CONAF, quien constituirá para tal efecto una Comisión Evaluadora.
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COMISIÓN EVALUADORA: |
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El análisis y evaluación de las propuestas estará a cargo de una Comisión de Evaluación compuesta por los siguientes cargos o quienes los subroguen:
- Jefe Provincial de OF. Provincial Concepción o quien lo subrogue;
- Encargada Sección Finanzas y Administración de OF. Provincial Concepción o quien le subrogue;
- Asistente DEFA Provincial.
Como ministro de fe y en calidad de Asesor Jurídico, el/la abogado de la unidad jurídica provincial.
Cada miembro de esta Comisión Evaluadora deberá realizar una declaración jurada por la cual manifieste no tener conflicto de intereses con los proveedores del rubro de esta licitación, así como su compromiso a no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integre esta Comisión Evaluadora. En el evento que algún miembro de la comisión se ausente o este impedido, no cuente con subrogante o reemplazante, o éste se encontrara impedido o imposibilitado de firmar la declaración de intereses a que alude el párrafo segundo de este artículo, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 37° del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En caso de empate entre dos o más oferentes, aún cuando de la evaluación se esté usando 2 decimales, se privilegiará al prestador cuyo puntaje parcial en el criterio que se indica en orden de prelación, sea el más alto:
1) Precio
2) Propuesta Técnica
3) Experiencia del Oferente
4) Condiciones de Empleo y Remuneración
5) Empresa sello Mujer.
6) Cumplimiento de Requisitos Formales
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ACLARACIÓN DE OFERTAS |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de FORO INVERSO o Aclaración de Ofertas del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no podrán constituir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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ADJUDICACIÓN: |
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Una vez finalizada la evaluación, se realizará la adjudicación propuesta por la comisión evaluadora en modalidad adjudicación simple, emitiendo Resolución Fundada, la que se publicará a través del Sistema de Información Mercado Público. La notificación se entenderá realizada luego de las 24 horas transcurridas desde que la institución publique dicho acto administrativo.
Se le dará un plazo de 5 días corridos para que el proveedor adjudicado este hábil en www.mercadopublico.cl
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READJUDICACIÓN: |
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En el caso que el oferente adjudicado no suscriba el contrato dentro del plazo establecido por causas atribuibles a su falta:
- No entregar información solicitada.
- No entrega Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato
- No cumpla con los requisitos para contratar
- No acepte orden de compra
- Desista de su oferta
- Se encuentre inhábil al momento de la contratación
Se entenderá que desiste de su realización, por lo que la Corporación tendrá derecho a encomendar los servicios licitados al oferente que le siga en evaluación, a menos que la institución estime más conveniente realizar un nuevo llamado, declarando desierto el proceso.
Sin perjuicio de lo anterior, además se procederá hacer efectiva Garantía de Seriedad de la Oferta.
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CONTRATO |
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El contrato que suscriba tendrá una vigencia de 24 meses, contados desde la total tramitación del documento, este se visará en las Oficinas de la Corporación Nacional Forestal, ubicadas en la ciudad de Concepción, calle Aníbal Pinto #140 interior. El adjudicatario deberá, dentro de los 5 días hábiles administrativos siguientes a la notificación de adjudicación, presentar en CONAF, los documentos originales necesarios para suscribir el contrato.
El referido contrato se suscribirá dentro de los 10 días hábiles administrativos siguientes a la entrega total de los documentos necesarios para su formalización. Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo establecido se entenderá que desiste de su realización.
Así mismo CONAF queda facultada para ejecutar la Garantía de Seriedad de la Oferta. Al momento de firmar el contrato el adjudicatario debe estar en el Registro Único de Proveedores, en el caso de las UTP (Unión Temporal de Proveedores), ambos integrantes deben encontrarse en el registro.
Las presentes Bases Únicas son parte integral del contrato, así como todos los antecedentes de la propuesta del adjudicatario, incluidas las consultas y respuestas relativas a Bases.
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MODALIDAD DE PAGO |
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El pago se realizará contra factura, previa recepción conforme del servicio y de los siguientes documentos, dentro del plazo de 30 días contados desde la aceptación de la factura respectiva.
La factura deberá ser emitida a nombre de Corporación Nacional Forestal RUT: 61.313.000-4, dirección: Aníbal Pinto #140, Concepción. ADJUNTANDO ORDEN DE COMPRA E INDICANDO EL NUMERO DE ID 2574-6-LE24.
Deberá ser emitida una vez vencido el mes en que se prestó el servicio, incluyendo precio total, con impuesto incluido y deberá ser enviada al correo de la Encargada de Administración y Finanzas de OF. Provincial Concepción.
Para proceder al pago de la factura la empresa Contratista deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Al primer mes, deberá adjuntar los contratos de trabajo de todos los empleados que laboren en este servicio.
2. Adjuntar documentos. De movimiento personal (Contratos, Finiquitos, anexos, etc.)
3. Liquidaciones de sueldo firmadas por el trabajador, planillas de pago de Imposiciones y Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales pagadas emitidos por la Dirección del Trabajo
4. Recepción conforme por parte de encargada de Administración y Finanzas de la oficina Provincial Concepción.
El Contratista deberá presentar al inicio del Servicio la nómina de los trabajadores que efectuarán el Aseo y respecto de los cuales se les exigirá el Cumplimiento de las Obligaciones Laborales y Previsionales.
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MULTAS |
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La Corporación Nacional Forestal, se reserva el derecho de aplicar multas, en aquellos casos justificados en que la empresa no cumpla con la calidad del servicio ofrecido en su propuesta de la presente licitación.
14.1. MULTAS LEVES:
- Falta de uniforme y credencial del personal, incluyendo el/la supervisor/a: El incumplimiento en la entrega de uniforme completo y/o credencial para identificar al personal, incluyendo supervisor de la empresa, salvo que se trate de caso fortuito o de fuerza mayor, obligará a la Corporación aplicar una multa de 2 UF.
- No reemplazar al personal, ante una ausencia, en un plazo mayor a 2 horas: El incumplimiento en el reemplazo del personal, salvo que se trate de caso fortuito o de fuerza mayor, obligará a la Corporación aplicar una multa de 3 UF.
14.2. MULTAS GRAVES:
- Rechazo por contraparte Técnica de los trabajos ejecutados (Se considera multa por mes): El incumplimiento en las labores ejecutadas del servicio solicitado según lo visado por contraparte técnica, salvo que se trate de caso fortuito o de fuerza mayor, obligará a la Corporación aplicar una multa de 10 UF.
- Mantener deudas con los trabajadores por remuneraciones, gratificaciones, bonos, cotizaciones previsionales o de salud, atrasos injustificados, paralizaciones, abandonos parciales o definitivos de los servicios, mantener trabajadores indocumentados o sin respaldo contractual: El incumplimiento en lo mencionado según lo visado por contraparte técnica, salvo que se trate de caso fortuito o de fuerza mayor, obligará a la Corporación aplicar una multa de 15 UF.
- No proporcionar elementos de seguridad a los trabajadores: El incumplimiento en la entrega de elementos para seguridad del personal de aseo, salvo que se trate de caso fortuito o de fuerza mayor, obligará a la Corporación aplicar una multa de 15 UF.
El valor total de las multas no podrá exceder del 10% de valor del contrato. Si así fuere, la Corporación se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía otorgada para caucionar el fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
Para los efectos del cálculo de las multas se considerará la UF del día en que se cometió la falta, incumplimiento, atraso u otro que de origen a la multa.
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PROCEDIMIENTO APLICATIVO DE MULTAS |
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a. DEFA informará mediante Memorándum las situaciones que ameriten la aplicación de multa o del cobro de la garantía de cumplimiento de contrato si procede, junto con los respaldos que lo acrediten.
b. DEFA notificará al proveedor mediante una Carta Oficial enviada por correo electrónico firmada por el Director Regional, informándole sobre la aplicación de la multa y sobre los hechos en que aquellas se motivan.
c. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito mediante carta dirigida al Director Regional de CONAF Biobío, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. La carta deberá ser ingresada a través de la Oficina de Partes de CONAF, ubicada en Aníbal Pinto N° 140, Concepción.
d. Transcurrido el plazo indicado en el número anterior sin que el proveedor haya presentado descargos, se procederá con la aplicación de la multa notificada a través de resolución fundada del Director Regional, la cual será notificada mediante carta de CONAF. En dicha carta formalizará la resolución de la multa, se adjuntará la factura emitida por este concepto y los datos para realizar la transferencia de pago a CONAF.
e. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Dirección Regional dispondrá de un plazo de 30 días hábiles para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente.
f. La medida a aplicarse deberá formalizarse a través de una resolución fundada la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieran, y publicarse oportunamente en el Sistema de Información.
g. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
h. Reposición: El proveedor dispondrá del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha de notificada la resolución o acto administrativo que le impone la multa, para reponer fundadamente, acompañando todos los antecedentes pertinentes a la reposición, mediante carta dirigida al Director Regional.
i. El Director Regional, resolverá dentro de 30 días hábiles, acogiendo o rechazando total o parcialmente la reposición.
j. En el evento de que la sanción sea finalmente cursada, total o parcialmente, ésta se hará efectiva mediante la facturación del monto resuelto.
k. Se notificará dicha resolución al proveedor mediante carta certificada.
l. De acuerdo al Requerimiento del servicio, CONAF podrá poner término al contrato producto de la aplicación de estas sanciones. Lo anterior, sin perjuicio de las acciones legales que la Corporación pudiere interponer en contra del proveedor en virtud del daño ocasionado.
Notificación Electrónica: Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá mantener una casilla de correo electrónico vigente. Lo anterior, debido a que la Corporación a través del Departamento de Finanzas y Administración Provincial, determinará si la notificación se realizará a través de Carta Certificada (Física) y/o mediante notificación a través de correo electrónico.
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DE LAS MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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DE LAS MODIFICACIONES:
CONAF podrá modificar el contrato por mutuo acuerdo entre los contratantes, no pudiendo alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
CONAF queda facultada para poner término anticipado unilateral y de forma anticipada al contrato, sin perjuicio del cobro de multas al que pudiese estar afecto el contratista, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, bastando para dichos efectos, la sola notificación mediante carta firmada por el Director Regional al correo electrónico informado por el proveedor para estos efectos, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
a) Si el Adjudicatario fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
b) Si se produjese cualquier incumplimiento gravísimo de las obligaciones establecidas en bases y contratos. Se entenderán por incumplimientos gravísimos los señalados en estas bases.
c) Si durante el ejercicio del servicio se transgredieran gravemente las prohibiciones señaladas en las presentes Bases y en el respectivo contrato.
d) Cuando CONAF y el Adjudicatario de común acuerdo resuelvan poner término al Contrato.
e) Si el adjudicatario es sometido(a) a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva o es formalizado por iguales delitos o es formalizado o querellado por delitos, cualquiera sea la pena aplicable, en que CONAF tenga la calidad de víctima o querellante.
f) Si el Adjudicatario no iniciara la ejecución del contrato dentro de los 5 días hábiles administrativos después de haber suscrito el contrato.
g) Si el Adjudicatario cayera en inhabilidades de la Ley 19.886 y/o la Persona Jurídica Adjudicataria fuere condenada de conformidad a las normas de la Ley 20.393.
h) Salvo que la Corporación autorizara el reemplazo de alguno de ellos por otro de similares características de la correspondiente adjudicación.
i) Si se produjese cualquier incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato respectivo.
j) Si el/a adjudicatario/a no ejecuta los Servicios contratados.
k) Si el adjudicatario no cumple con lo señalado en el punto 5 de las presentes bases.
l) Si el proveedor posee saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años y no acredite que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
El Adjudicatario podrá expresar sus descargos dentro de los cinco días hábiles administrativos siguientes a la Notificación. Una vez vencido dicho plazo, se hayan o no formulado descargos, el Director Regional del Biobío procederá a dictar una Resolución fundada que resuelva sobre el punto. Contra dicha Resolución, procederán todos los recursos administrativos contemplados en la Ley 19.880.
La Corporación comunicará la decisión antes señalada mediante carta enviada por correo electrónico y además, lo publicará en el Sistema de Información de Compras Públicas.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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