Cuando haya indisponibilidad técnica del Servicio de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras Públicas, mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho Servicio dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso los oferentes afectados tendrán un plazo de dos (2) días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Sistema de Información, según lo dispuesto en el Art. 62 Nº 2, del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
En el caso detallado anteriormente, el Oferente afectado deberá en forma OBLIGATORIA entregar su oferta en soporte papel, al personal del Departamento Adquisiciones de la Gobernación Marítima de Punta Arenas, ubicada en O’Higgins N° 1169, Punta Arenas, quienes emitirán un comprobante de recepción de oferta, en caso contrario su oferta será declarada inadmisible.
En el evento que un Oferente, da cumplimiento a lo señalado en el N° 3.- precedente y al momento de presentar su oferta fuera del Portal, omite documentación exigida en el número 2.- letras a) y b) de la presente cláusula o éstas contengan errores, contará con un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas a contar de la hora y fecha de notificación respectiva, para presentar citados documentos. Dicha notificación se efectuará, al mail de contacto señalado por el oferente al momento de entregar su oferta.
Las ofertas presentadas en conformidad a lo antes indicado, serán elevadas al Sistema de Información Mercado Público.
El proveedor deberá ofertar por la totalidad (cantidad y descripción) del servicio o material requerido en las Especificaciones Técnicas, la propuesta que no cumpla con lo requerido será declarada inadmisible en el acto de apertura electrónica.
El proveedor deberá indicar en su oferta el plazo de entrega del servicio o material requerido, de lo contrario se declarará inadmisible en el acto de apertura electrónica.
La no presentación oportuna de cualquiera de los antecedentes indicados en las bases administrativas, será causal suficiente para que en el acto de Apertura Electrónica correspondiente se declare inadmisible la oferta del licitante, salvo lo señalado en el Pto. 3.- anterior.