|
BASES ADMINISTRATIVAS |
1.- Antecedentes y Disposiciones Generales de la Licitación.
Artículo 1°: Antecedentes. -
El Ministerio de Salud llama a licitación pública para la contratación de servicio de capacitación “Curso On Line Manejo Relacional y Competencias Parentales del Programa de Apoyo a la Salud Mental Infantil (PASMI)".
Para tales efectos, la contratación se realizará mediante licitación pública iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a las 1.000 UTM, según lo establece la Ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de servicios y el Decreto N°661/2024 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios.
Al efecto, el monto aproximado de la contratación es la suma de $18.000.000.- (dieciocho millones de pesos), impuestos incluidos.
Artículo 2°: Bases. -
Estas bases de licitación, en adelante e indistintamente las “Bases”, se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas.
II.- Condiciones Económicas.
III.- Bases Técnicas.
IV.- Anexos:
Anexo Nº1: “Calendario de la Licitación”.
Anexo Nº2-A: “Identificación del Oferente Persona Natural”.
Anexo Nº2-B: “Identificación del Oferente Persona Jurídica”.
Anexo Nº3: Oferta económica
Anexo Nº4: Propuesta técnica
Anexo N°5: Experiencia servicio similar
Anexo Nº6: Cumplimiento programa de integridad
Artículo 3°: Normativa y orden de precedencia de los documentos. -
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación, y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
a) Las presentes Bases Administrativas, Económicas, Técnicas, y los respectivos Anexos.
b) El contrato y sus anexos respectivos.
c) La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
d) Consultas, Respuestas y aclaraciones.
Artículo 4°: Definiciones. -
Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato que se celebre, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones, sin perjuicio de aquellas contenidas en el DS N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, sobre Reglamento de la ley N° 19.886:
MINISTERIO: Ministerio de Salud.
Subsecretaría: Subsecretaría de Redes Asistenciales.
Subsecretaria/o: Subsecretaria/o de Redes Asistenciales.
Condiciones Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen los aspectos económicos de la licitación y del contrato a que dé lugar.
Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases.
Propuesta: La Propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación:
a) Los Antecedentes del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en la letra a) del artículo 13º de las presentes Bases.
b) La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en la letra b) del artículo 13º de estas Bases.
c) La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en la letra c) del artículo 13º de estas Bases.
d) Todos los documentos anexos solicitados según propuesta y tipo de oferente
Contraparte Técnica: División, Departamento o unidad del MINISTERIO encargada de coordinar el proceso de licitación y de actuar como interlocutor con el o los proponentes y el Ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato definitivo.
Proveedor, Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del contrato respectivo, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine el MINISTERIO.
Encargado Técnico: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante el MINISTERIO en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los bienes y/o servicios contratados.
Artículo 5°: Plazos de la licitación. -
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establezcan en el Anexo Nº1, “Calendario de la Licitación”.
Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence el día hábil siguiente.
Cuando haya indisponibilidad técnica del Sistema de Información, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, los plazos contemplados en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación” no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en los artículos 45 y 115 del reglamento de la ley N° 19.886, aprobado por decreto supremo N° 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Artículo 6°: Domicilio y Jurisdicción. -
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia, sin perjuicio de la competencia que le corresponda al Tribunal de Contratación Pública y a la Contraloría General de la República.
Artículo 7°: Notificaciones. -
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de las 24 horas transcurridas desde que el MINISTERIO publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Artículo 8°: Aspectos Económicos de la Propuesta. -
La Propuesta es a suma alzada, sin reajustes ni intereses, y los montos serán fijados por los proponentes. El pago se efectuará en conformidad a lo establecido en las respectivas Condiciones Económicas, contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.
2.- Llamado a Licitación, entrega de Bases y participantes.
Artículo 9°: Llamado a licitación y entrega de Bases. -
El llamado a propuesta se publicará en el Sistema de Información. Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Artículo 10°: Requisitos de los participantes. -
Podrán participar en la licitación las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente y cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos en las presentes Bases.
No pueden participar en el proceso aquellos que dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº 19.886.
Quedarán excluidos quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los proponentes conocen y aceptan las condiciones de las presentes Bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la Carta Declaración de Responsabilidad requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad.
El MINISTERIO no suscribirá contrato con sus funcionarios directivos, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para estos efectos, se entiende por funcionarios directivos hasta el nivel de Jefe de Departamento, o su equivalente inclusive.
En caso de Unión Temporal de Proveedores, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el presente procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
Además, en el marco de la implementación del Sistema de Prevención de Lavado de Activos (LA), Delitos funcionarios (DF) y Financiamiento del Terrorismo (FT), por el sólo hecho de participar en esta Licitación, el proponente declara:
i. No haber incurrido o realizado alguna de las conductas que configuren una operación prohibida en la Ley N°19.913 que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos.
ii. Conocer, aceptar y cumplir todas las normas en relación con la formulación y cumplimiento del sistema de prevención de LA/DF/FT.
iii. Que tomará los resguardos necesarios para asegurarse de no incurrir en una operación prohibida o en conductas que contraríen lo definido en el sistema de LA/DF/FT.
iv. Que reportará al Ministerio, cualquier violación a las leyes o al contrato celebrado, cualquier operación prohibida o pago dudoso, y cualquier situación que pueda afectar el cumplimiento del Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
v. Que cooperará de buena fe, a cualquier solicitud de investigación que lleve a cabo la institución pública, ante el conocimiento de operaciones prohibidas, pagos o conductas sospechosas, y cualquier acción que infrinja el Sistema de Prevención de LA/DF/FT.
vi. Que informará inmediatamente conocida, al funcionario responsable, cualquier conducta sospechosa del personal de la institución o de sus propios trabajadores, que puedan generar o incrementar los riesgos de comisión de delitos de LA/DF/FT.
La omisión, adulteración o falsificación física o ideológica de cualquiera de los documentos o antecedentes requeridos en las Bases, será causal suficiente para rechazar de plano y sin más trámite la oferta presentada, sin perjuicio de la facultad de la Institución de hacer efectiva las responsabilidades que de ello pudieran derivar y, en particular, se facultará al MINISTERIO para el cobro de las garantías que existieren en su poder.
Las autoridades y los funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, deberán abstenerse de intervenir en procedimientos de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, tendiendo en consideración los motivos de abstención señalados en el artículo 35 quinquies, de la ley N° 21.634, de 2023, que moderniza la ley N° 19886 y otras leyes.
Artículo 11°: Consultas, aclaraciones y modificaciones. -
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro del Sistema de Información dentro del plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”.
No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
La Subsecretaría, realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el Anexo N°1 “Calendario de la Licitación”, sin indicación del autor de la o las consultas.
Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de estas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el MINISTERIO podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el MINISTERIO podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información.
3.- Presentación y Contenido de las Propuestas.
Artículo 12°: Presentación de las Propuestas. -
Cada proponente podrá presentar solo una Propuesta por la totalidad de los servicios requeridos
La entrega de las Propuestas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras a), b) y c) del artículo 13º, deberá efectuarse a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.
En el caso de los proponentes Inscritos en el Registro de Proveedores que no cuenten con servicio de digitalización de documentación, deberán entregar los antecedentes señalados en la letra a) del artículo 13º debidamente digitalizados como anexos a su propuesta técnica a través Sistema de Información.
Artículo 13°: Contenido de la Propuesta. -
El contenido de la Propuesta será el siguiente:
a) Antecedentes del oferente y otros documentos.
a.1) Proponente Persona Natural debe acompañar:
1. Formato Completo de Identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-A de las presentes Bases.
2. Fotocopia simple cédula de identidad del proponente
3. Completar declaración jurada simple de responsabilidad contenida en línea en www.mercadopublico.cl
a.2) Proponente Persona Jurídica debe acompañar:
1. Formato Completo de identificación del Oferente, contenido en el Anexo Nº2-B de las presentes Bases.
2. Completar declaración jurada simple de responsabilidad contenida en línea en www.mercadopublico.cl
3. Fotocopia simple de la cédula de identidad del (o los) representante(s) legal(es).
4. Fotocopia simple de la escritura pública o acto administrativo, según corresponda, en la que conste la personería del (o los) representa (s) legal (es) del proponente.
5. Fotocopia simple del RUT del proponente.
a.3) Otros antecedentes aplicables para ambos tipos de oferentes:
1. En caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP) de menor tamaño, se deberá acompañar instrumento en que se formaliza la unión, el cual, indicados a continuación, debiendo establecer la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con el Ministerio y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. La vigencia de esta UTP no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado.
Sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse, según lo prescrito en el artículo 180 del D.S. N°661/2024.
b) Oferta Técnica.
La propuesta técnica se deberá presentar conforme a los requerimientos establecidos en las respectivas Bases Técnicas, señaladas en el artículo 41° y en el formato contenido en el Anexo N°4 de las presentes Bases.
En caso de no cumplir con los requerimientos técnicos requeridos, la propuesta será considerada inadmisible y no será evaluada.
c) Oferta Económica.
La oferta económica se deberá presentar de acuerdo con lo establecido en las respectivas Bases Económicas contenidas en el apartado II de las presentes Bases y en el formato correspondiente al Anexo N°3 de estas Bases.
4.- Admisibilidad de las Propuestas.
Artículo 14°: Admisibilidad de las Propuestas. -
Es requisito para participar en esta licitación, y para la aceptación de la propuesta, cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 10º de estas Bases y presentar, en la forma y plazos señalados en los artículos 12º y 13º todos los antecedentes técnicos exigidos en las presentes Bases.
Conforme con lo anterior, serán estimadas como causales de exclusión o eliminación de las propuestas, las siguientes:
• Que el proponente no cumpla con alguna de las exigencias establecidas en el artículo 10º de las presentes Bases.
• Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 12º de las presentes Bases.
• Que la propuesta no comprenda toda la documentación exigida en la letra b) del artículo el artículo 13º de las presentes Bases.
• Que la propuesta exceda el monto máximo disponible para la contratación del servicio.
• Que la propuesta obtenga nota inferior a 5.0 en el criterio de evaluación de propuesta técnica.
Las Ofertas deberán cumplir con todos los requisitos técnicos establecidos en estas bases, entendiéndose que éstos son requisitos técnicos esenciales para poder participar de este proceso licitatorio. Las ofertas que no cumplan con estos requisitos serán declaradas inadmisibles y por tanto no serán consideradas en la evaluación.
Será responsabilidad de los oferentes proporcionar con su oferta todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas.
Las propuestas que no cumplan alguno de los requisitos conforme lo establecido en el inciso precedente, serán declaradas inadmisibles de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9 de la ley Nº 19.886. Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º siguiente.
No será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el Registro de proveedores, en el portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 15°: Errores u omisiones formales. -
En virtud del Artículo 56° del Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda del año 2024, durante la etapa de evaluación la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes:
1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta.
2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes no podrán conferirles a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
En estos casos, la Subsecretaría comunicará al oferente las omisiones detectadas a través del Sistema de Información y le concederá un plazo fatal de dos días para que las subsane. Si los instrumentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con el puntaje mínimo en el criterio “Cumplimiento de Requisitos de Presentación” o “Presentación y completitud de Antecedentes” descrito en el Artículo 21º de las presentes Bases.
Tratándose de oferentes inscritos en el Registro de Proveedores, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que pudiesen encontrarse en el Registro
5.- Apertura Electrónica.
Artículo 16°: Apertura Electrónica. -
La apertura electrónica de la o las propuestas presentadas a través del Sistema de Información, se realizará en la fecha prevista a tal efecto en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”.
6.- Validez de las Propuestas.
Artículo 17°: Validez de las Propuestas. -
Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la propuesta.
7.- Admisibilidad, evaluación y calificación de las ofertas.
Artículo 18°: Comisión de Evaluación. -
El análisis y evaluación de las ofertas estará a cargo de una Comisión de Evaluación, integrada por los miembros que a continuación se indican, o quienes se encuentren subrogando el cargo al momento de la evaluación, y que se establece en este acto:
a) Jefe Departamento Cuidados Integrales en Salud de la División de Atención primaria o quien este designe.
b) Profesional Chile Crece Contigo, División de Atención Primaria.
c) Un Profesional de la División de Atención Primaria, designado por el jefe de División.
Corresponderá especialmente a la Comisión de Evaluación:
1. Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad a lo previsto en el artículo 14º de las presentes Bases.
2. Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes, de acuerdo a los criterios de evaluación definidos en las Bases.
3. Elaborar el Informe de Evaluación, refiriéndose a las siguientes materias, conforme al Artículo 57 del Reglamento de la Ley de Compras:
• Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
• Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la Ley de Compras o su reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de la Ley de Compras.
• La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
• La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
• La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
Todos los miembros integrantes de la comisión evaluadora deben realizar:
- Su declaración de patrimonio e intereses, en la forma que se dispone en la Ley Nº 20.880, sobre probidad en la función pública y prevención de los conflictos de intereses
- Una declaración en el sentido de no tener conflicto de intereses en relación con la licitación y a sus proponentes.
Artículo 19°: Examen de Admisibilidad de las Propuestas.
Corresponderá a la Comisión de Evaluación verificar, en primer término, la admisibilidad de las propuestas presentadas conforme a lo establecido en las presentes Bases.
Artículo 20°: Comisión de Evaluación y Evaluación de las Ofertas.
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación solo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal y/o económico.
Durante el proceso de evaluación, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Del mismo modo, la Subsecretaría podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones a dichos vicios u omisiones no confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad de los oferentes. Con excepción de las situaciones precedentemente descritas, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con el MINISTERIO.
La Comisión elaborará un informe de evaluación el cual será suscrito por todos sus integrantes y se referirá circunstanciadamente a todas las fases del proceso y recomendará a la Subsecretaría de Redes Asistenciales la adjudicación a un oferente o la declaración desierta de la licitación según corresponda.
Artículo 21°: Notas y criterios de evaluación.
La evaluación de las ofertas se realizará de conformidad con los criterios y subcriterios de evaluación que se señalan en lo sucesivo, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda y se establecerá el correspondiente orden de prelación.
En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas técnicas y económicas, se utilizarán dos decimales.
En la siguiente tabla se detallan los criterios y subcriterios de evaluación, los puntajes y los ponderadores máximos respecto de cada componente:
|
N°
|
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
|
MEDIO DE VERIFICACIÓN
|
Nota Máxima
|
Ponderación
|
Puntaje Máx. Ponderado
|
|
1
|
Oferta Económica (OE)
|
Anexo N°3
(Debidamente completado)
|
7
|
30%
|
2,10
|
|
2
|
Propuesta Técnica (PT)
|
Anexo N°4
(Propuesta Técnica)
|
7
|
30%
|
2,10
|
|
3
|
Experiencia del Oferente (EO)
|
Anexo N°5
(Experiencia del Proveedor)
|
7
|
25%
|
1,75
|
|
4
|
Programa de Integridad (PI)
|
Anexo N°6
(Debidamente completado)
|
7
|
5%
|
0,35
|
|
5
|
Sello Mujer (SM)
|
Sello “Empresa Mujer” en ficha electrónica del proveedor
|
7
|
5%
|
0,35
|
|
6
|
Cumplimiento requisitos Formales (CRF)
|
Presentación de todos los Anexos y documentos de respaldo
|
7
|
5%
|
0,35
|
|
PUNTAJE MÁXIMO TOTAL
|
7,0
|
A su vez, los Criterios de Evaluación se desglosarán de la siguiente manera y con las ponderaciones que se indican.
1.- Oferta Económica (OE) (30%)
|
Criterio de Evaluación
|
Detalle
|
Medio de Verificación
Documentos y requerimientos
|
|
Ponderación
|
30%
|
La Oferta Económica se evaluará de acuerdo con el Anexo Nº3 de estas Bases.
|
|
Puntaje Máximo
|
Nota 7.0
|
|
Fórmula de Cálculo
|
|
2.- Propuesta Técnica (PT) (30%)
La Propuesta Técnica será evaluada en base a las siguientes dimensiones con notas de acuerdo con su cumplimiento:
|
N°
|
Nivel de Cumplimiento
|
Nota
|
|
1
|
No Presenta conforme a las bases y no detalla los elementos de la dimensión
|
0
|
|
2
|
Presenta y cumple conforme a las bases y detalla los elementos de la dimensión
|
1
|
|
Detalle Cálculo Criterio de Evaluación
|
Medio de Verificación
Documentos y requerimientos
|
|
Ponderación
|
30%
|
La propuesta técnica incluye lo solicitado en las bases técnicas, ajustándose a los objetivos y especificaciones técnicas señaladas en el artículo 40° a 42° de las presentes bases y de acuerdo con el Anexo N°4
|
|
Puntaje Máximo
|
Nota 7.0
|
|
Fórmula de Cálculo
|
N°
|
Dimensiones Propuesta Técnica
|
1
|
3
|
|
1
|
Acompaña Propuesta Técnica que contenga una introducción, objetivos, plan de trabajo, descripción de la metodología a utilizar en el diseño de los contenidos, relatoría, evaluación con detalle de las fases, productos por lo menos semanales. Plan de trabajo, que incluya especificaciones técnicas respecto de: a) Diseño, b) Desarrollo, c) Ejecución, d) Evaluación, e) Propuesta metodológica de sesiones de supervisión, f) Certificación y g) Entrega de los informes parciales y finales requeridos y productos h) carta Gantt detallada para la ejecución del curso.
|
0
|
1
|
|
2
|
Acompaña lista del personal profesional permanente que trabaje con o para el proponente y del personal que contratará en forma transitoria y/o especial, destacando la pertinencia de su especialidad en relación con los objetivos y características del trabajo a que se refieren las bases, adjuntando el currículum vitae de cada profesional que detalle y certifique experiencia y/o formación en las temáticas a relatar.
|
0
|
1
|
|
3
|
Acompaña nombre y currículum vitae del profesional que se propone como responsable de cautelar los aspectos técnicos, administrativos, financieros y logísticos involucrados en el mismo
|
0
|
1
|
|
4
|
Acompaña antecedentes que respalden la capacidad logística y tecnológica necesaria para asegurar la ejecución de los cursos, adjuntando las características de la plataforma e-learning de que se dispone y metodológicas requeridas.
|
0
|
1
|
|
5
|
Acompaña propuesta de formato de evaluación de los cursos y propuesta de rúbricas de evaluación
|
0
|
1
|
|
TOTAL
|
0
|
7.0
|
**Proveedor con Nota inferior a 5 en propuesta técnica no puede ser adjudicado, debe desestimarse
3.- Experiencias del Oferente (25%)
Experiencia de la Empresa demostrable mediante la cantidad de proyectos realizados por el oferente en temáticas relacionadas al producto en licitación
|
Criterio de Evaluación
|
Detalle
|
Medio de Verificación
Documentos y requerimientos
|
|
Ponderación
|
25%
|
Anexo Nº5 de estas Bases.
|
|
Puntaje Máximo
|
Nota 7.0
|
|
Fórmula de Cálculo
|
Experiencia Demostrable
|
Formula Cálculo
|
Ponderación
|
|
Cantidad de años completos de antigüedad de la empresa (se debe adjuntar documento de SII que indica inicio de actividades en rubro relacionado a la temática de capacitación)
|
|
5%
|
|
Cantidad de cursos ejecutados en la temática “intervención familiar en salud mental infantil y/o manejo de síntomas conductuales en niños/as” (Se debe respaldar con Ordenes de compras)
|
|
5%
|
|
Número de participantes capacitados por la empresa en la temática, el cual debe ser informado en anexo 5
|
|
15%
|
4.- Programa de Integridad (5%)
Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N° 6 entendiendo programa de integridad: “Cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.
Este programa de Integridad debe dar cumplimiento a lo señalado en el “Dictamen anticorrupción de la Contraloría General de La Republica Folio E370752/2023 de fecha 20 de Julio del 2023”, y las materias abordadas en la cláusula pacto de integridad de las presentes bases de licitación.
Se entenderá como medios de verificación todas aquellas acciones relacionadas a la difusión y conocimiento por parte de los trabajadores del Pacto de Integridad de la empresa, como, por ejemplo: Mecanismos normativos como código de ética, código de conducta, reglamento interno e instrucciones; mecanismos de gestión internos como plataforma de integridad, mecanismos de formación como actividades de información, formación y difusión; mecanismos de gestión de riesgos como detección de vulnerabilidades y mecanismos de mitigación u otros que sirvan como verificadores para acreditar el programa de integridad implementado en su empresa tales como correos electrónicos, actas de inducción, listas firmadas por el personal asistente a capacitación u otras, sin perjuicio que, en ningún caso se deberá considerar que este listado constituye una limitación a todos los demás elementos que el proponente podrá utilizar como medio de respaldo, los cuales podrán ser desestimados o aprobados en el proceso de evaluación de ofertas por parte de la Subsecretaría.
De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:
|
Detalle Cálculo Criterio de Evaluación
|
Medio de Verificación
Documentos y requerimientos
|
|
Ponderación
|
5%
|
El Programa de Integridad se evaluará de acuerdo con el Anexo Nº6 de estas Bases.
|
|
Puntaje Máximo
|
Nota 7.0
|
|
Fórmula de Cálculo
|
Cumplimiento
|
Nota
|
|
El oferente cuenta con planes de integridad; modelo de prevención de delito; programas de compliance; código de ética y son conocidos por su personal.
|
7
|
|
El oferente no cuenta con planes de integridad y solo acredita capacitaciones a su personal en materias relacionadas a cumplimientos normativos; trasparencia, probidad; ética, entre otras materias
|
3
|
|
El oferente no cuenta o no acredita planes de integridad; modelo de prevención de delito; programas de compliance o de ética, ni tiene capacitaciones en esta materia a sus trabajadores.
|
0
|
5.- Sello Mujer (5 %)
|
Detalle Cálculo Criterio de Evaluación
|
Medio de Verificación
Documentos y requerimientos
|
|
Ponderación
|
5%
|
Verificación de Sello en ficha electrónica de Mercado Público.
|
|
Puntaje Máximo
|
Nota 7.0
|
|
Fórmula de Cálculo
|
Cumplimiento
|
Nota
|
|
Cuenta con “Sello Empresa Mujer” vigente.
|
7
|
|
No cuenta con “Sello Empresa Mujer” vigente.
|
0
|
6.- Cumplimiento de los requisitos Formales (5 %)
Se considerará la completitud de la oferta en relación con los antecedentes requeridos en estos términos de referencia. En tal sentido, cuando el proveedor cumpla con todos los requisitos formales antecedentes o certificaciones requeridos al momento de presentar la oferta, obtendrá el puntaje máximo en este criterio. En caso contrario, y aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud del artículo 56°, del Decreto N°661/2024, Reglamento de la ley N°19.886 y dentro del plazo definido para acompañar dichos antecedentes, obtendrá 1 punto en este criterio.
|
Detalle Cálculo Criterio de Evaluación
|
Medio de Verificación
Documentos y requerimientos
|
|
Ponderación
|
5%
|
Se considerarán como documentos que acreditan los puntos anteriores, aquellos definidos en el Artículo 13º de las presentes Bases, punto a) “Antecedentes del oferente y otros documentos”.
|
|
Puntaje Máximo
|
Nota 7.0
|
|
Fórmula de Cálculo
|
Cumplimiento
|
Nota
|
|
Cumple con los requisitos formales dentro de plazo.
|
7
|
|
No cumple con los requisitos formales dentro de plazo.
|
1
|
RESUMEN DE LA FÓRMULA DE EVALUACIÓN:
Criterio de Desempate.
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios de evaluación en orden de prelación hasta que se logre el desempate.
- Oferta Económica (OE)
- Propuesta Técnica (PT)
- Experiencia del Oferente (EO)
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con lo indicado en el comprobante de oferta de los oferentes.
Artículo 22°: Informe de Evaluación. -
La Comisión de Evaluación deberá confeccionar un Informe de Evaluación, acogiéndose al artículo 57° del Reglamento de la Ley de Compras, en el cual deberá estar contenida la siguiente información:
1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de Licitación, la Ley de Compras o su reglamento; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de la Ley de Compras.
3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante.
4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
5. Análisis final de evaluación y de observaciones.
6. La proposición fundada dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final de adjudicación de la licitación a alguno de los proponentes; o la proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad Licitante.
El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado a la Oficina de Compras, dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación” para la elaboración del respectivo acto administrativo de adjudicación. Además, para este efecto, la Comisión de Evaluación deberá remitir una declaración en el sentido de no tener conflicto de intereses en relación con la licitación y a sus proponentes
8.- Adjudicación de la Licitación.
Artículo 23°: Adjudicación. -
La presente licitación sólo podrá ser adjudicada a un solo oferente, por la totalidad del servicio licitado.
De las propuestas seleccionadas, la Subsecretaría decidirá la adjudicación en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación, que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a sus intereses, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en el artículo 21° de las presentes Bases.
Asimismo, la Subsecretaría se reserva el derecho de adjudicar un número mayor o menor de bienes y/o servicios que los indicados en las Bases Técnicas, en función de sus necesidades y disponibilidades presupuestarias.
La adjudicación de la propuesta se hará por resolución de la Subsecretaría. Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al MINISTERIO dentro del plazo señalado en el Anexo N°1 “Calendario de Licitación”, la entidad licitante informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el MINISTERIO no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 48 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 10 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el Sistema de Información, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del Sistema de Información y se entenderá notificado de acuerdo con el artículo 9 del reglamento de la ley Nº 19.886.
Además, en el mismo acto, el MINISTERIO podrá solicitar a los proponentes la prórroga de las propuestas y la renovación de las boletas bancarias de garantías de seriedad de éstas. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la Subsecretaría, devolverá las boletas respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento.
En caso de que el Proveedor adjudicado no quiera o no pueda cumplir con lo adquirido o existan observaciones al proceso de adjudicación, la Subsecretaría podrá readjudicar el proceso licitatorio, al segundo mejor evaluado, de acuerdo con el Informe de Evaluación elaborado por la comisión de evaluación.
Ofertas riesgosas o temerarias:
Se entenderá que una oferta es riesgosa o temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de la Subsecretaría que los costos de dicha oferta son económicamente inconsistentes, la Subsecretaría podrá, a través de una resolución fundada, adjudicar esa oferta, solicitándole una garantía de fiel cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la Entidad deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado en el Artículo 61 del reglamento de la Ley 19.886.
Artículo 24°: Inadmisibilidad de propuestas y declaración desierta de Licitación. -
La Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
Asimismo, declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí.
En el evento de no presentarse proponentes se procederá a declarar desierto el proceso de licitación en forma automática en el sistema de información.
La Subsecretaría se reserva el derecho de declarar desierta la presente licitación cuando la oferta u ofertas presentadas, no obstante cumplir con lo exigido en las presentes Bases, no resulten convenientes a sus intereses, de conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley Nº 19.886.
Tanto la declaración de inadmisibilidad como la de desierta se realizarán mediante resolución fundada.
De todo lo anterior se notificará a los proponentes en conformidad a lo dispuesto en el artículo 7º de las presentes Bases.
9.- Del Contrato.
Artículo 25°: Antecedentes Requeridos para la contratación. -
Los siguientes antecedentes serán requeridos al respectivo adjudicatario, como requisito previo a la firma del contrato o a la emisión de la orden de compra, según sea el caso:
1. Si el adjudicatario es Persona Natural
• Debe encontrarse inscrito en estado "hábil" en el Registro de Proveedores.
• Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores suscrita por el adjudicatario, donde declare que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el artículo 4°, de la Ley 19.886.
• Debe acompañar Fotocopia simple de la cédula de identidad de la persona natural adjudicada, la que debe adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
2. Si el adjudicatario es Persona Jurídica
• Debe encontrarse inscrito en estado "hábil" en el Registro de Proveedores.
• Debe presentar un Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
• Debe presentar un Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Este documento deberá adjuntarse a través del Registro de Proveedores.
• Debe presentar una Declaración Jurada disponible en el Registro de Proveedores, donde declare que el adjudicatario no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades contempladas en el inciso 6° del artículo 4°, de la Ley 19.886. Esta declaración debe ser firmada por el representante legal de la persona jurídica o por quien tenga poder suficiente para representarla para estos efectos. Cuando resulte adjudicada una unión temporal de proveedores, dicha declaración deberá ser presentada por cada uno de sus integrantes. Tratándose exclusivamente de las personas jurídicas, no podrán contratar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Lo anterior se verificará a través del Registro dispuesto por la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de cohecho, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Inscripción en el Registro de Proveedores
En conformidad al Artículo 16 de la Ley 19.886, es requisito que el oferente esté inscrito y en estado hábil en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos.
Si resulta adjudicada una unión temporal de proveedores, cada proveedor integrante de ésta deberá encontrarse en estado “hábil” en el Registro de Proveedores.
Artículo 26°: Contrato.
En virtud del inciso N°1 del artículo N°117 del Decreto N°661 del Ministerio de Hacienda del año 2024, podrán ser formalizadas mediante la emisión de una orden de compra y la aceptación de esta por parte del proveedor, las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación y se haya establecido así en las respectivas Bases de licitación.
Este es el caso de la presente licitación, al ser los servicios requeridos de simple y objetiva especificación, por lo que no será necesaria la suscripción de un contrato entre las partes y bastará la emisión de una orden de compra y la aceptación de ésta, para su formalización.
Sin perjuicio de lo anterior, en estas Bases se entenderá por “contrato” al acuerdo regulado por las presentes bases, la propuesta del adjudicatario y las observaciones realizadas a esta propuesta por el Comité Evaluador, que comienza con la emisión de la orden de compra y su aceptación por parte del proveedor.
Artículo 27°: Precio del contrato y pagos
El precio de la contratación corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en los documentos adjuntados en la licitación, más los impuestos que correspondan.
El precio del contrato será sin reajustes, y se pagará conforme a lo establecido en las Bases Económicas contenidas en el Apartado II de las presentes Bases.
El contratista deberá asumir todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos en la ejecución de los servicios, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia; por ejemplo, aportes y derechos a los servicios respectivos, según corresponda, tributos, fletes, remuneraciones, imposiciones, costo de las garantías y, en general, sin que la enumeración sea taxativa, el precio del contrato comprende todo gasto que irrogue o exija su cumplimiento, sea directo o indirecto.
Artículo 28°: Vigencia del Contrato y Domicilio. -
La vigencia del contrato tendrá una duración máxima de 5 meses, la que comenzará a contar de la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor.
El Proveedor se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º de estas Bases.
La vigencia del contrato se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones en él contraídas, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 35° de las presentes Bases.
Artículo 29°: Domicilio. -
Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna y ciudad de Santiago.
Artículo 30°: Informes. -
Sin perjuicio de los informes periódicos que deba evacuar el Proveedor, éste deberá informar al MINISTERIO sobre cualquier aspecto de su trabajo cuando la Contraparte Técnica Ministerial lo requiera.
Artículo 31°: Encargado Técnico. -
El Proveedor designará un “Encargado Técnico” con dedicación permanente que lo representará ante la Subsecretaría para todos los efectos del contrato. Durante la ejecución del contrato, el “Encargado Técnico” será la única persona estimada como interlocutor válido del Proveedor.
La Contraparte Técnica Ministerial proporcionará al Proveedor la información disponible y asistencia que éste requiera para la adecuada prestación de las obligaciones objeto del contrato, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases.
Artículo 32°: Cesión del contrato. -
El Proveedor no podrá, en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo. La infracción de esta prohibición dará derecho al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato.
Artículo 33°: Trabajadores del Proveedor y Subcontrataciones. -
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución o durante la vigencia del contrato no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia y/o funcionario con el MINISTERIO, sino que exclusivamente con el Proveedor.
Durante la ejecución del contrato, el Proveedor sólo podrá efectuar las subcontrataciones parciales que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor deberá solicitar, por escrito, autorización al MINISTERIO. Corresponderá a la Contraparte Técnica Ministerial calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontratación, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el MINISTERIO.
Sin perjuicio de todo lo anterior, y cada vez que el MINISTERIO así lo requiera, el Ejecutor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. En caso de que el Proveedor registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el Proveedor acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. La Subsecretaría exigirá que el Proveedor proceda a dichos pagos y le presente los documentos que demuestren el total cumplimiento de la obligación.
El incumplimiento del Proveedor de las obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores será estimado como incumplimiento grave y facultará al MINISTERIO para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 35º de estas Bases. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
10.- Multas y Sanciones.
Artículo 34°: Multas por atrasos. -
El incumplimiento del proveedor a los plazos establecidos en estas Bases y/o en el contrato definitivo para ejecutar sus obligaciones, incluyendo las consultas y aclaraciones y la Propuesta adjudicada, facultará al MINISTERIO para aplicar una multa equivalente al 1% por ciento del precio total de contrato por cada día corrido de atraso, hasta completar un 15% de dicho precio.
Las multas serán aplicables por atrasos del Ejecutor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del estado de pago.
Para aplicar una multa la Subsecretaría primero deberá notificar de ello al Ejecutor acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la Contraparte Técnica donde se dé cuenta detallada de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción.
La notificación de lo anterior se efectuará por carta certificada enviada al domicilio que el Ejecutor declare en el contrato, entendiéndose que la misiva ha sido recibida al tercer día hábil de recibida por la oficina de correos.
Una vez notificado, el Ejecutor tendrá un plazo de 5 días hábiles para formular sus descargos ante la Subsecretaria, quien resolverá dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes del MINISTERIO. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el Ejecutor se allanare expresamente, la sanción deberá aplicarse sin más trámite.
Con todo, las multas aquí establecidas serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del Proveedor en los mismos casos.
Se entenderá que el Proveedor está en mora por el incumplimiento de los plazos establecidos sin que aquel haya cumplido cualquiera de las obligaciones pactadas, para lo cual no será necesario requerimiento judicial previo.
La ejecución de multas será sin perjuicio de la facultad del Ministerio de poner término anticipado al contrato en los casos previstos en él y en las presentes Bases.
11.- Terminación anticipada del contrato.
Artículo 35°: Terminación anticipada del contrato. -
Mediante resolución fundada, la Subsecretaría podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor.
c) Estado de notoria insolvencia del Proveedor, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35º de las presentes Bases.
Para los efectos de este contrato, se considerarán causales de incumplimiento grave imputables al Proveedor las siguientes:
i. Si el proveedor, dentro de los dos años anteriores a la formulación de la propuesta, ha sido condenado por delitos concursales establecidos en el Código Penal, de conformidad con lo previsto en el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº19.886.
ii. Si hay orden de ejecución y embargo, de todo o parte de sus bienes.
iii. Si ha llegado a un arreglo de traspaso, de todo o parte de sus bienes, en favor de sus acreedores.
iv. Si ha acordado llevar el contrato a un comité de inspección de sus acreedores.
v. Si el Proveedor o alguno de los socios del Proveedor fuera condenado por delito que merezca pena aflictiva, o tratándose de una sociedad anónima, lo fuese alguno de los directores o gerente.
f) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales, sin que en ningún caso se estime como una enumeración taxativa, las siguientes situaciones: incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución de las prestaciones objeto del contrato; inobservancia o vulneración de la prohibición establecida en el artículo 33° de las presentes Bases; aplicación de multas que excedan del 15% del precio del contrato.
g) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la sociedad ejecutora. En tales eventos la entidad contratista tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos al MINISTERIO, dentro del plazo de diez días contados desde el suceso respectivo
Todo lo anterior sin perjuicio de las demás acciones legales que le pudieren corresponder al MINISTERIO en contra del Proveedor.
|
|
|
|
BASES TECNICAS |
13.- Antecedentes.
Artículo 38°: Antecedentes. -
El PASMI es un programa que refuerza la atención de salud mental infantil de niños(as) entre 3 y 9 años en centros de atención primaria de salud actualmente en 120 comunas del país y corresponde a una línea programática que es parte del Subsistema Chile Crece Contigo (ChCC), el cual es financiado desde la Subsecretaría de la Niñez del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y ejecutado por la Subsecretaría de Redes Asistenciales del Ministerio de Salud.
El propósito establecido para este programa es lograr que “Niños(as) entre 0 y 9 años con riesgos de trastorno o trastorno de salud mental mejoren su salud mental” y su objetivo principal es aumentar la cobertura de tratamiento integral y efectividad de los procesos de atención asociados a niños(as) con problemas y/o trastornos mentales entre los 3 y 9 años.
Dentro de su catálogo de prestaciones, el PASMI contempla intervenciones psicosociales grupales dirigidas a familias de niños en tratamiento que requieren apoyo para la prevención y manejo de síntomas emocionales y desafíos conductuales, como el taller de habilidades parentales Nadie es Perfecto Relacional (NEP-R). Este tipo de intervenciones, requieren contar con facilitadores capacitados que permitan implementar efectivamente estas estrategias en atención primaria, por lo que esta actividad permite adquirir conocimientos esenciales para la intervención de manifestaciones conductuales desde un enfoque relacional en el trabajo con familias y además constituye un prerrequisito al entrenamiento en competencias para futuros facilitadores del NEP-R que se desarrollarán durante los próximos años.
Esta iniciativa busca formar a 120 profesionales para implementar esta intervención en centros de atención primaria, es decir, se espera que al menos un profesional de cada comuna que implementa el programa, cuente con la formación requerida y, con ello, se refuerce la oferta de intervención grupal con familias en salud mental infantil en el nivel primario, acciones que deben complementarse con un periodo de acompañamiento y seguimiento a profesionales formados con la finalidad de implementar intervenciones a nivel local.
La presente iniciativa combina un proceso formativo en competencias parentales, con foco en la intervención grupal, con actividades de supervisión con un grupo de profesionales y el desarrollo de un manual para el programa que facilite la implementación de intervenciones breves en el corto plazo.
14.- Objetivos.
Artículo 39°: Objetivos. –
OBJETIVO GENERAL
Proporcionar un servicio integral de formación a profesionales de salud mental infantil, dirigida a capacitar a 120 profesionales en intervención grupal de competencias parentales para el abordaje de síntomas emocionales y problemas de comportamiento en niños de 3 a 9 años en tratamiento en atención primaria, así como actividades de supervisión y elaboración de manual de intervención breve.
OBJETIVO ESPECÍFICOS
1. Capacitar a profesionales en: a) Desarrollo emocional en la primera infancia, patrones y manifestaciones conductuales en niños y niñas; 2) Expresión emocional y desafíos conductuales en niños/as; 3) Evaluación de los problemas conductuales en Atención Primaria; 4) Enfoques y evidencia actualizada sobre la prevención e intervención con familias (incluir teoría polivagal); 5) Competencias parentales, patrones interpersonales y estrategias relacionales para el manejo de problemas del comportamiento que dificultan la convivencia; 6) Implementación de intervenciones psicosociales grupales breves en el contexto clínico para abordar desafíos conductuales en niños/as; 7) Recomendaciones para el trabajo con establecimientos educacionales; docentes, equipos de convivencia y comunidad educativa para el manejo de problemas conductuales y de convivencia en el aula.
2. Proveer de sesiones remotas sincrónicas de supervisión a profesionales para la implementación de una estrategia piloto para abordaje inicial de problemas relacionales y manifestaciones conductuales dirigidos a padres, madres y cuidadores.
3. Elaborar un manual de acompañamiento e intervención grupal breve para profesionales de Atención Primaria.
4. Realizar una videoconferencia dirigida a profesionales de atención primaria, la cual será grabada para proveer de una cápsula audiovisual con los contenidos más relevantes del curso, a ser utilizada para efectos difusión por parte de MINSAL.
15.- Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios.
Artículo 40°: Inicio y plazo para la prestación de los bienes y/o servicios. -
El plazo total para la prestación de los bienes y/o servicios es de máximo 5 meses, a contar de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario y la vigencia del contrato tendrá una duración conforme a lo dispuesto en el artículo 28° de las presentes Bases.
Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzará a partir del segundo día hábil de emitida la orden de compra.
16.- Descripción de los bienes y/o servicios requeridos.
Artículo 41°: Bienes y/o servicios requeridos, perfil del proveedor y otros. -
1. Producto o servicio requerido.
La Subsecretaría de Redes Asistenciales requiere la realización de un curso online dirigido a profesionales de salud mental infantil sobre síntomas emocionales y desafíos conductuales en niños y niñas en atención primaria de salud, con énfasis en la intervención grupal sobre competencias parentales desde un enfoque de manejo relacional y de resolución de problemas. El curso debe incluir actividades de supervisión remotas sincrónicas con un grupo de profesionales y el desarrollo de material para el programa que permitan reforzar implementación en la red, se incluye un manual de acompañamiento e intervención grupal breve para profesionales de Atención Primaria y una cápsula de autoaprendizaje para difundir con profesionales de la red.
Este curso se realizará en modalidad remota, debiendo realizarse la relatoría del curso de forma sincrónica (en vivo) y debe ser registrada o grabada para su posterior uso por parte de los asistentes del curso en una plataforma adecuada para ello, donde este material quedará a disposición de los alumnos más allá de la duración del curso. Además, se debe certificar la asistencia y participación manteniendo la lógica de coherencia de un curso presencial. El programa debe contemplar también el desarrollo de al menos dos evaluaciones con nota (1 prueba de contenidos y 1 trabajo individual de aplicación clínica).
La plataforma en la que debe realizarse el curso debe permitir la conexión individual de los participantes a dichos cursos, mediante medios multiplataformas permitiendo a lo menos la conexión desde un computador, Tablet o celular con conexión a internet, mediante invitaciones y una conexión o vínculo seguro. Dicha plataforma debe tener como medidas de seguridad la autenticación con usuario y contraseña personalizado para cada asistente al curso, certificado SSL y estar disponible al menos un 99,5% del tiempo, por el período acordado con el proveedor.
El curso solicitado se estructurará en base a las siguientes características y requisitos que se detallan a continuación:
|
Descripción
|
Los profesionales podrán adquirir los conocimientos necesarios para realizar intervenciones con padres, madres y cuidadores dirigidas a promover competencias parentales para la promoción del bienestar y prevención de dificultades en la expresión emocional y el manejo de problemas conductuales en la infancia. En este contexto es muy importante incorporar un marco neurofisiológico explicativo del manejo relacional, la regulación emocional y las competencias parentales para comprender la conducta infantil y la co-regulación entre el adulto y el niño/a.
Este curso se enmarca en la formación teórica previa al entrenamiento de facilitadores del taller “Nadie es Perfecto Relacional.” Para alcanzar este cometido, se proveerán de contenidos técnicos que abarcan las diversas manifestaciones y problemas conductuales en la infancia, diferenciando aquellos comportamientos que ocurren como parte del desarrollo normal como aquellas que pueden aparecer en el contexto de problemas de salud mental infantil. El curso profundiza sobre los enfoques, modelos y estrategias de evaluación e intervención en este ámbito, las cuales permiten comprender la expresión emocional y los problemas conductuales de niños y niñas en cuanto a su dimensión relacional y social, con foco en el uso de patrones interpersonales sanadores que promuevan un adecuado manejo de los problemas de conducta.
Además, se espera que los participantes, obtengan herramientas para implementar intervenciones con familias y establecimientos educacionales. La actividad considera exposiciones, análisis y uso de material audiovisual, y hará uso de metodologías complementarias de aprendizaje como actividades teórico-práctica, análisis de casos y ejercicios de aplicación.
Adicionalmente, y de forma posterior al cierre del curso, se realizará un acompañamiento de 6 sesiones a un grupo reducido de 30 estudiantes para implementar una intervención grupal breve en el centro de salud, además de desarrollar dos insumos para la estrategia: 1) un manual de intervención grupal breve con familias en desafíos conductuales y 2) una cápsula de autoformación de al menos 1 hora en la temática para compartir con la red y realizar futuras convocatoria. La selección de los estudiantes que participarán del acompañamiento será definida por MINSAL.
|
|
Objetivos específicos
|
- Entregar conocimientos a profesionales en el ámbito de las competencias parentales para el abordaje de los problemas emocionales y conductuales de niños/as en APS.
- Proveer de herramientas de intervención grupal de competencias parentales con énfasis en la regulación emocional y el manejo relacional de la conducta desde un enfoque neurobiológico–relacional
- Prestar supervisión a profesionales para la implementación de intervenciones grupales vinculadas a la temática de formación.
- Proveer de insumos y material audiovisual para implementar y difundir las estrategias.
|
|
Cantidad de horas
|
Curso Online
Horas cronológicas: 45 hrs totales.
Horas Sincrónicas: 24 hrs online
Horas Asincrónicas: 21 hrs online
Horas Pedagógicas: 60 horas totales
6 Sesiones de Supervisión y acompañamiento a profesionales
Horas cronológicas: 18 hrs totales.
Horas Sincrónicas: 12 hrs online
Horas Asincrónicas: 6 hrs online
Horas Pedagógicas: 24 horas totales
Total curso + supervisión: 63 horas cronológicas (84 horas pedagógicas)
|
|
Público objetivo
|
Profesionales de salud mental infantil pertenecientes a centros de atención primaria de comunas que ejecuten el PASMI.
|
|
Asistentes esperados
|
Curso online: 120 personas.
Supervisión y acompañamiento: 30 personas.
|
|
Modalidad y metodología
|
Se utilizará una metodología educativa, cuyos componentes incluyen:
Actividades Teórico-Prácticas Sincrónicas: a través de encuentros entre equipo docente y los estudiantes que se realizarán a través de la plataforma zoom o similar. Estas actividades deben considerar los principios de aprendizaje del adulto y utilizar distintas metodologías y herramientas de aprendizaje, tales como recursos audiovisuales, ejercicios de aplicación, discusión y análisis de casos, entre otros. Estas actividades tendrán una frecuencia semanal y tendrán una duración de 3 horas cronológicas por sesión.
Actividades asincrónicas: mediante un sistema de acompañamiento y retroalimentación que se realiza a través de una plataforma educativa. Esto favorece la vinculación e interactividad entre equipo docente y alumnos. Se busca la revisión y aplicación de los contenidos del curso a través de tareas escritas individuales y/o grupales y foros de discusión.
El Curso contará con una plataforma educativa web en el que estarán disponibles las presentaciones en formato PowerPoint del programa, el material complementario y las grabaciones de las relatorías del curso de forma sincrónica (en vivo), las cuales serán grabadas en su totalidad para su posterior uso por parte de los asistentes del curso, además de la respectiva certificación de asistencia a dicha relatoría en modalidad online, con el fin de mantener la coherencia al curso presencial.
La plataforma tiene medidas de seguridad, tales como, autenticación con usuario y contraseña personalizado para cada asistente al curso, certificado SSL y estar disponible al menos un 99.5% del tiempo, por el periodo de ejecución.
|
|
Contenidos
|
1) Desarrollo emocional en la primera infancia, patrones y manifestaciones conductuales en niños y niñas
2) Expresión emocional y desafíos conductuales en niños/as
3) Identificación y evaluación de los problemas emocionales y conductuales en Atención Primaria
4) Enfoques y evidencia actualizada sobre la prevención e intervención con familias
5) Competencias parentales, patrones interpersonales y estrategias relacionales para el manejo relacional de problemas conductuales y de convivencia.
6) Implementación de intervenciones psicosociales grupales breves en el contexto clínico para abordar desafíos conductuales en niños/as.
7) Recomendaciones para el trabajo con establecimientos educacionales; docentes, equipos de convivencia y comunidad educativa para el manejo de problemas conductuales y de convivencia en el aula.
8) Incluir la teoría polivagal de manera transversal en el curso, en el manual y en la cápsula, para la comprensión de la conducta como expresión de estados neurofisiológicos, diferencial la desregulación, estrés tóxico y respuestas adaptativas al contexto (de protección), señales corporales de activación y desactivación, rol del vínculo seguro en la modulación de la conducta, cómo ayudar a las madres, padres y/o cuidadores a reconocer su propio estado nervioso y regularse para poder regular al niño o niña.
|
|
Competencias adquiridas
|
Al finalizar este curso los/las estudiantes debieran ser capaces de:
- Profundizar en el desarrollo emocional y expresión emocional de niños/as.
- Reconocer patrones y manifestaciones que se dan en el curso normal del desarrollo infantil.
- Identificar y clasificar las manifestaciones conductuales de mayor frecuencia que ocurren en el contexto de la atención de salud mental infantil.
- Conocer estrategias de exploración y aplicar instrumentos de evaluación de los problemas conductuales de niños/as.
- Implementar intervenciones dirigidas a padres, madres y cuidadores, con énfasis en el desarrollo estrategias relacionales para el manejo conductual-
- Conocer estrategias de intervención y coordinación con establecimientos educacionales en el ámbito de desarrollo del curso.
|
|
Evaluación de los aprendizajes
|
El curso incluye 3 módulos.
El promedio final del curso corresponde a la ponderación de las 2 evaluaciones, en una escala de 1,0 a 7,0, según la siguiente distribución:
- Evaluación 1. 2 pruebas de selección múltiple equivalentes al 20% de la nota cada una. (40% total)
- Evaluación 2. Trabajo individual de aplicación de contenidos: 60%.
- Evaluación Suplementaria: Constituye el trabajo a realizar por los profesionales que participarán del grupo de supervisión, quienes deben implementar una propuesta de taller de 3 a 4 sesiones (ver descripción del Producto 2) y entregar un informe escrito del proceso de implementación. Esta evaluación es sumativa, por lo que se considera en certificación con horas adicionales de formación (18 horas cronológicas) y su ponderación es el 40% de la nota total. Evaluación 1 y 2 = 60% + Evaluación Suplementaria (40%) = Nota Estudiantes Grupo de Supervisión.
Nota mínima de aprobación: 5
|
|
Otros Productos
|
Como parte de esta adquisición, se requiere contar con algunos productos adicionales para efectos de la difusión de esta temática en la red asistencial.
Producto 1: Cápsula audiovisual y Videoconferencia.
El objetivo de esta cápsula es proveer un conocimiento general de los desafíos conductuales en niños/as a equipos de salud en atención primaria con el propósito de introducir la mirada neurobiológica – relacional en el abordaje de familias con hijos e hijas y una mirada más comprensiva de la conducta infantil. Debe incluir una síntesis de los principales contenidos del programa, con énfasis en la intervención desde las competencias parentales y las estrategias relacionales para el manejo conductual. La grabación de esta cápsula será desarrollada en el marco de una videoconferencia dirigida a profesionales del programa a nivel nacional, que debe ser organizada por el oferente y será convocada desde el Ministerio de Salud de forma posterior al cierre del curso.
Respecto de sus requisitos técnicos, tendrá una duración mínima de 1 hora y 30 minutos aproximadamente (sin contar las preguntas y comentarios que surjan posteriormente y que no serán grabadas en la cápsula) y debe ser entregada en formato de fácil uso y difusión, .mp4 o similar, resguardando calidad de la grabación y audio proporcionado. Debe adjuntarse presentación utilizada en formato *.pptx.
Producto 2: Desarrollo de Manual Breve de Intervención
El objetivo de este documento es proveer de información sistematizada de los contenidos temáticos del curso, junto a una propuesta de intervención breve de 4 sesiones con contenidos clave, material de apoyo y propuestas de actividades a desarrollar con padres, madres y cuidadores de acuerdo con el enfoque del curso que incorpore orientaciones prácticas de cómo generar contextos seguros, qué hacer cuando un niño o adulto/cuidador se desregular y cómo ello impacto en el bienestar integral del niño/a y su familia. Esta propuesta de intervención tendrá dos etapas de desarrollo: la primera, que debe estar lista antes del grupo de supervisión, constituye la propuesta de intervención breve, con las propuestas de sesiones a realizar y el material de apoyo y busca que los estudiantes del grupo de supervisión puedan implementar estrategia. La segunda etapa, se realiza de forma posterior a la supervisión y debe ser entregada en un plazo de 20 días hábiles finalizado el proceso de supervisión. En esta última etapa, el documento debe contener un desarrollo de los contenidos temáticos, una síntesis de los resultados de la implementación desarrolladas por los estudiantes y la propuesta de intervención ajustada en base a evaluación realizada por los estudiantes. La presentación del documento será acompañada técnicamente desde el Ministerio de Salud durante todo el proceso hasta visar finalmente el documento. Bajo circunstancias excepcionales, podría solicitarse un plazo de entrega adicional al producto final para el cumplimiento de sus especificaciones técnicas.
|
|
Otros Antecedentes
|
Algunas normativas y orientaciones técnicas a considerar en el desarrollo del Programa son las siguientes:
- OMS. Guía de intervención mhGAP para los trastornos mentales, neurológicos y por consumo de sustancias en el nivel de atención de salud no especializada. Versión 2.0. In: OPS, editor. Washington, D.C.: Organización Panamericana de la Salud; 2017.
- Ministerio de Salud - Chile Crece Contigo. Orientación Técnica Programa de apoyo a la salud mental infantil de niños y niñas de 5 a 9 años; 2017.
- Ministerio de Salud - Chile Crece Contigo. Nadie Es Perfecto Conducta, Manual del Facilitador; 2017.
- Ministerio de Salud. Modelo de Gestión: Red Temática de Salud Mental en la Red General de Salud; 2017.
- MINSAL, OPS. Orientaciones para la Implementación del Modelo de Atención Integral de Salud Familiar y Comunitaria, Dirigido a Equipos de Salud. Santiago, Chile: Ministerio de Salud, Subsecretaría de Redes Asistenciales, División de Atención Primaria; 2013.
- Ministerio de salud. Salud mental en la atención primaria de salud: orientaciones dirigido a los equipos de salud; 2025.
- Ministerio de Salud. Recomendaciones para la implementación de programas de acompañamiento a niños, niñas y adolescentes Trans y de Género no conforme; 2021.
|
Artículo 42: Lugar y plazo de entrega de los bienes y/o servicios.
Los bienes y/o servicios contratados deberán ser entregados según lo solicitado en estas bases de licitación que disponga el MINISTERIO, conforme la naturaleza de éstos.
18.- Contraparte Técnica Ministerial.
Artículo 43°: Contraparte Técnica Ministerial. -
La Contraparte Técnica Ministerial, encargada de actuar como interlocutor con el adjudicado en todo lo relacionado con materias técnicas propias de la contratación, que, para efectos de las presentes bases de licitación, será el Será la Contraparte Técnica Ministerial el Jefe del Departamento de Cuidados Integrales en Salud, o quien él designe en su representación.
19. Condiciones y restricciones.
Artículo 44°: Presentación de propuestas. -
La propuesta deberá referirse a la totalidad de los bienes y/o servicios que se licitan. No se aceptarán ofertas parciales.
Artículo 45°: Propiedad, usos y restricciones de los bienes y/o servicios contratados. -
Los bienes y/o servicios que se produzcan en cumplimiento del contrato serán de propiedad exclusiva del MINISTERIO. En razón de lo anterior, es el MINISTERIO quien determina las formas de uso futuro de los mismos.
El Ejecutor no podrá difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, el producto resultante del cumplimiento del contrato que se adjudique por la presente licitación pública.
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.
El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes y actividades propias relacionadas con el desarrollo de los servicios.
|
|
|