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Resolución de Empates |
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Se evaluará la Oferta Técnica y la Oferta Económica de conformidad a los criterios y pautas de evaluación que se establecen en las Bases Técnicas revisando y calificando individualmente las ofertas presentadas, aplicando para ello los criterios de evaluación definidos en las Bases técnicas.
El puntaje final de cada oferta se determinará mediante los criterios de evaluación y sus respectivas ponderaciones, que se señalan en la Bases. Culminada la evaluación, se elaborará Acta contendrá los puntajes de las Ofertas evaluadas. El puntaje mínimo para adjudicar será de un 60 sobre un total de 100.
Es responsabilidad de la Comisión se deberá hacer una evaluación completa tanto de los aspectos formales como de fondo que se deben cumplir por los oferentes, consignando sus conclusiones en el informe que al efecto evacúe, para proponer o sugerir al jefe superior de la unidad licitante.
Si como resultado del proceso de evaluación resultare igualdad de puntaje, se preferirá adjudicar a aquella oferta que tenga mejor puntaje en la evaluación técnica y en caso de persistir la igualdad, se dará preferencia a aquella que haya obtenido mejor evaluación en el criterio técnico de mayor ponderación. En caso de perseverar el empate, se preferirá a aquella propuesta que haya obtenido mejor puntaje en la evaluación económica y finalmente si esto persistiere se seleccionará la oferta que haya ingresado primero en el portal www.mercadopublico.cl
1.1 El informe final de la Comisión Evaluadora. Este informe corresponde a un Acta que deberá contener los siguientes aspectos:
- Decreto Municipal del llamado a licitación y designación de comisión de apertura y evaluación.
- Certificado de disponibilidad presupuestaria indicando nombre de la cuenta y el ítem correspondiente.
- Las ofertas recibidas, indicando las ofertas admisibles e inadmisibles fundando cada condición.
- Los criterios y ponderaciones utilizadas en evaluación de ofertas.
- Las asignaciones de puntajes a las ofertas admisibles aplicando las fórmulas y tablas de puntajes señaladas en bases.
- La proposición de licitación desierta cuando no se presentaren ofertas o bien cuando se estimase que las ofertas no resultan convenientes a los intereses del municipio.
- La proposición de adjudicación en base a resultados dirigida al Sr. Alcalde para su decisión final y el caso de adjudicaciones de más de 500UTM para dar cumplimiento al artículo N°65 letra j de Ley Orgánica de Municipalidades N°18.695 se solicite presentación (de unidad requirente) ante el Honorable Concejo Municipal para la aprobación de contrato.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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29.1. Canal de reclamos: Cualquier reclamo, solicitud o controversia que se suscite durante la ejecución de la contratación formalizada mediante Orden de Compra deberá presentarse por escrito ante la Municipalidad, quien lo registrará y gestionará su tramitación, requiriendo, cuando corresponda, antecedentes a la Unidad de Adquisiciones y/o a la Dirección de Administración y Finanzas (DAF).
29.2. Resolución administrativa: Cuando el reclamo requiera una decisión que afecte derechos u obligaciones del proveedor (p. ej., aplicación de multas, rechazo de entrega, cobros, término anticipado u otras medidas), la Municipalidad resolverá mediante acto administrativo fundado dictado por la autoridad competente, conforme a la normativa aplicable y a estas Bases.
29.3. Tribunales: Lo anterior es sin perjuicio de las acciones y derechos que asistan a las partes ante los tribunales de justicia competentes. Para estos efectos, las partes fijan su domicilio en la comuna de Osorno.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contiene el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos;
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer, ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dadivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/monto, a ningún funcionario perteneciente al municipio, en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directamente o indirectamente en el proceso licitario, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan con objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto especifico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitario, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitario.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las bases de licitación, así mismo como la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respeta las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos íntegramente y el o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitario es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsables de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por organismos correspondientes.
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