Licitación ID: 1051425-61-LP25
SUM 1058 M3 MEZCLA ASFÁLTICA SAN IGNACIO DRV-ÑUBLE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 57
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Asfalto 1058 Metro Cúbico
Cod: 30121601
Suministro de 1,058 m3 de mezcla asfáltica en caliente para el camino n-645, cruce N-59-Q (Crucero Coltón) - San Luis - cruce N-601 (Coltón) desde el Km 0,00 al Km 2,00 de la comuna de San Ignacio, provincia de Diguillin, según bases de Licitación.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUM 1058 M3 MEZCLA ASFÁLTICA SAN IGNACIO DRV-ÑUBLE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La Dirección de Vialidad Región de Ñuble, solicita ofertas para el “suministro de 1,058 m3 de mezcla asfáltica en caliente para el camino n-645, cruce N-59-Q Crucero Coltón - San Luis - cruce N-601 Coltón desde el Km 0,00 al Km 2,00 de la comuna de San Ignacio, provincia de Diguillin”, conforme a los requerimientos administrativos y técnicos descritos en las presentes Bases de Licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - Dirección Regional Ñuble
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
LAZARETO N° 7
Comuna:
Chillán
Región en que se genera la licitación:
Región del Ñuble
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-09-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 17-09-2025 12:28:23
Fecha inicio de preguntas: 17-09-2025 14:01:00
Fecha final de preguntas: 24-09-2025 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 26-09-2025 14:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-09-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-09-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 10-10-2025 15:06:53
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo Nº 1 y Nº4 Los Participantes, a fin de acreditar que no se encuentran afectos a las inhabilidades estipuladas en el artículo 35 quáter y articulo 35 septies de la Ley Nº 19.886, deberán presentar una Declaración Jurada Simple de acuerdo con el modelo en Anexo Nº1 y Anexo Nº4, propuesto en los archivos adjuntos de la Ficha de Licitación, firmado por el representante legal.
Documentos Técnicos
1.- Anexo Nº3, Anexo Técnico. Los Participantes deberán presentar sus ofertas técnicas de acuerdo con el modelo en Anexo Nº3, firmado por el representante legal, propuesto en los archivos adjuntos de la Ficha de licitación.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo Nº 2, Anexo Económico. Los Participantes deberán presentar sus ofertas económicas de acuerdo con el modelo en Anexo Nº2, firmado por el representante legal, propuesto en los archivos adjuntos de la Ficha de licitación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 D. Inclusivo, contratación de personas en situació Tendrá una ponderación de 5%, con un puntaje máximo de 5 puntos. Para obtener el puntaje máximo se debe presentar Copia del documento o certificado que acredite la inscripción del trabajador o prestador de servicios en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND) entregado por SENADIS o certificación de la COMPIN o comprobante de haber iniciado el último trámite y copia de contrato (registros del pago de previsión de salud, si corresponde), esto para acreditar la contratación de personas en situación de discapacidad, las ofertas se evaluarán según la siguiente tabla: CRITERIO /DEFINICIÓN PUNTAJE Presenta contrataciones de personas en situación de discapacidad. 5 No presenta contrataciones de personas en situación de discapacidad o no adjunta documentación o no responde. 0 5%
2 a. Evaluación Económica: La evaluación económica tendrá una ponderación de 75%. La oferta más económica obtendrá 75 puntos y las ofertas restantes se evaluarán según la siguiente fórmula, de acuerdo a lo ofertado en Anexo N°2 Económico: Puntaje Económico=((Menor precio Neto ofertado en evaluación)/(Precio Neto de la oferta a evaluar))*75 En el caso de existir diferencias entre el valor indicado en el Anexo Económico N°2 y el comprobante de ingreso de oferta, se considerará el valor presentado en el Anexo N°2. 75%
3 A. Sustentable: Tendrá un factor de ponderación de 5%, esto es el puntaje máximo de 5 puntos, aplicando la tabla de más abajo. Para asignar este puntaje, los proveedores deberán presentar Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del trabajo. Este certificado debe ser obtenido dentro de los 30 días corridos anteriores a la fecha de cierre de la licitación. Sustentable Puntaje asignado Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, no presenta deuda. 5 Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, presenta deuda. 2 No presenta certificado o supera los 30 días corridos de su obtención. Fuera de Bases 5%
4 B. Cumplimiento de requisitos formales: Tendrá una ponderación de 5%, con un puntaje máximo de 5 puntos. Las ofertas se evaluarán según la siguiente fórmula: CRITERIO /DEFINICIÓN PUNTAJE Cumple con entregar antes del cierre de recepción de ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales que correspondan a su oferta. 5 Cumple con entregar documentación solicitada, según los plazos establecidos en el punto de las Bases, respuestas a consultas en foro inverso. 2,5 No cumple con entregar documentación solicitada, según los plazos establecidos en el punto de las Bases, respuestas a consultas en foro inverso. Inadmisible 5%
5 C. Programa de integridad: Tendrá un factor de ponderación de 5%, esto es el puntaje máximo de 5 puntos, aplicando la siguiente tabla de más abajo. Para asignar este puntaje, los proveedores deberán presentar anexo N°3, que indique que tiene programas de integridad y ética empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su personal, y debiéndose adjuntar estos programas a la oferta; en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda: Programa de integridad Puntaje asignado El oferente acredita la existencia de un programa de integridad que sea conocido por su personal. 5 El oferente NO acredita la existencia de un programa de integridad que sea conocido por su personal. 0 Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cu 5%
6 E. Sello Mujer: Tendrá una ponderación de 5%, con un puntaje máximo de 5 puntos. Para obtener el puntaje máximo el oferente debe tener el Sello Empresa Mujer visible en la ficha del proveedor en portal www.mercadopublico.cl, las ofertas se evaluarán según la siguiente tabla: CRITERIO /DEFINICIÓN PUNTAJE Presenta Sello Empresa Mujer en portal www.mercadopublico.cl. 5 No Presenta Sello Empresa Mujer en portal www.mercadopublico.cl. 0 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 31.02.004
Monto Total Estimado: 175000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 90 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Patricio Herrera Sepulveda
e-mail de responsable de pago: patricio.herrera.s@mop.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Luis Carrasco Acevedo
e-mail de responsable de contrato: luis.carrasco.a@mop.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-42-2422367-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba, personal que deberá ser adjudicatario de acuerdo a las normas del Código del Trabajo. El MOP no tiene ni te
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MOP – Dirección de Vialidad, Región de Ñuble.
Fecha de vencimiento: 15-04-2026
Monto: 5 %
Descripción: El proveedor adjudicado deberá presentar una garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, a más tardar 5 días hábiles posteriores a la notificación de la adjudicación a través del Portal, el oferente deberá presentar el documento de garantía de acuerdo con los términos establecidos en el punto 8.1 y 8.2 según corresponda.
Glosa: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato por Licitación Pública ID 1051425-61-LP25.
Forma y oportunidad de restitución: 30 días hábiles contados desde su vencimiento. El contratista deberá coordinar el retiro del documento de Garantía, con Área de Abastecimiento de la Dirección Regional de Vialidad de Ñuble.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la oferta respectiva, si corresponde. No obstante lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para el servicio licitado, se podrá postergar por una única oportunidad el plazo para entregar las garantías de fiel cumplimiento y adicional del contrato, Este hecho deberá ser expresamente autorizado por el Inspector Fiscal y obedecerá una petición formal y adecuadamente sustentada por parte del adjudicatario.
Pacto de integridad

1.1.               Pacto de integridad:

El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

  1. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

  1. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

  1. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

  1. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

  1. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

  1. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

  1. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

1.2.               Participantes:

Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores (en adelante UTP),y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (punto 3.3, de estas BA).

Deberán estar con inscrito en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública y encontrarse habilitados para poder participar en la licitación y suscribir los contratos definitivos.

Las UTP deberán estar constituidas y contener las menciones mínimas establecidas en el art. 180 del D.S. Nº 661/2024 del Ministerio de Hacienda. En cuanto a la vigencia de la UTP, se establece que no podrá ser inferior al contrato adjudicado, de acuerdo a lo señalado en el art. 180 letra c de dicho cuerpo normativo.

1.3.               Forma de cotización:

Los proponentes deberán presentar sus ofertas, considerando los requerimientos establecidos en las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas.

De conformidad al artículo 18 de la Ley Nº19.886, la presente licitación se efectuará por vía electrónica, a través del Sistema de Compras y Contratación Pública: www.mercadopublico.cl, en adelante, el “Portal”.

Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos y de acuerdo con lo que se indica en la cláusula Nº 4, previamente descrita. Para tales efectos, el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta.

Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office versión 2010 o anterior, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y Plazos” de las presentes BA. En caso de que los archivos vengan comprimidos, la oferta será declarada inadmisible.

El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones:

  1. LAS OFERTAS (ANEXOS DEL Nº 1 AL Nº4) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO.

  1. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el punto 3.3, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 115, numeral 3, del D.S. de Hacienda Nº 661/2024.

  1. En el caso de existir diferencias entre el valor indicado en el Anexo Económico N°2 y el comprobante de ingreso de oferta, se considerará el valor presentado en el Anexo N°2.

  1. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el numeral 6 de estas bases, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma (art. 181, inciso 2°, Decreto Supremo de Hacienda Nº 661/2024).

  1. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende, se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso.

  1. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes bases de licitación. Serán de exclusivo cargo de los oferentes todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las Bases, no siendo la Dirección de Vialidad, en ningún caso, responsable de éstos.

  1. En la etapa de Apertura Electrónica, la Dirección recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a la Comisión Evaluadora, que deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes bases y especificaciones técnicas.

1.4.               Plazo de validez de la oferta:

Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

Durante el período de vigencia de las Ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los Oferentes podrán revalidar sus Ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.

1.5.               Precios monedas:

Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para ejecutar el servicio en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación.

Es importante señalar que, el valor total final propuesto por los oferentes, no contempla ningún tipo de reajuste.

1.6.               Contraparte Técnica:

Actuará como contraparte técnica de esta adquisición un funcionario de la Dirección de Vialidad Región de Ñuble, quien deberá realizar la recepción conforme de los servicios y/o suministros, velar por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato y evaluar el comportamiento del proveedor. Visará la documentación de pago quien tenga las atribuciones según corresponda.

1.7.               Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta:

Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de evaluadora, designada por el Director Regional de Vialidad, a través de la respectiva Resolución Exenta, compuesta por al menos tres funcionarios públicos del Ministerio de Obras Públicas.

La Comisión de evaluadora tomará conocimiento de la información de mercado y la señalada en el artículo 31 del D.S. de Hacienda Nº 661/2024, obtenida para la confección de las correspondientes Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos de la presente adquisición.

1.7.1.          Procedimiento de Evaluación:

  1. La Comisión recibirá todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Portal, para su revisión y evaluación de conformidad a las presentes Bases Administrativas y Bases Técnicas.
  2. La Comisión efectuará la evaluación técnica y económica de las ofertas, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.10.2 de las presentes BA.
  3. La Comisión rechazará las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Administrativas y Bases Técnicas, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 54, inciso 1º del D.S. Nº 661/2024, del Ministerio de Hacienda.
  4. La Comisión propondrá declarar inadmisibles:
  • Las ofertas que no cumplan con la presentación de la documentación señalada en el numeral 4 de estas bases de licitación en el caso de las UTP y con la presentación del Anexo Nº 2, indicado en el numeral 4 por tratarse de documento esencial.
  • Las ofertas que no acompañen la garantía de seriedad de la oferta, en los términos señalados en el numeral 8.1, 8.2 y 8.3 según corresponda.
  • Las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las Bases Administrativas, Bases Técnicas y Anexos.
  1. La Comisión propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el art. 9 de la Ley Nº 19.886, en los siguientes casos:
  • Cuando no se presenten ofertas, o;
  • Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio.

Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 57 del D.S. de Hda. Nº 661/2024, del Ministerio de Hacienda.

1.7.2.          Factores de Evaluación:

Para la proposición de adjudicación de la licitación, las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente, de conformidad a la siguiente ponderación y a los factores y puntajes que se precisan a continuación:

a.Evaluación Económica: 75%

b.Evaluación Técnica: 25%

El puntaje final de cada oferta resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor descrito, aplicadas las ponderaciones indicadas precedentemente.

a.Evaluación Económica:

La evaluación económica tendrá una ponderación de 75%.

La oferta más económica obtendrá 75 puntos y las ofertas restantes se evaluarán según la siguiente fórmula, de acuerdo a lo ofertado en Anexo N°2 Económico:

En el caso de existir diferencias entre el valor indicado en el Anexo Económico N°2 y el comprobante de ingreso de oferta, se considerará el valor presentado en el Anexo N°2.

  1. Evaluación Técnica:

La evaluación técnica tendrá una ponderación de 25%.

Las ofertas serán evaluadas de acuerdo con los siguientes factores y sus respectivos puntajes máximos:

SUBFACTORES

PONDERACIÓN

  1. Sustentable.

5%

  1. Cumplimiento de requisitos formales.

5%

  1. Programas de integridad.

5%

  1. Inclusivo.

5%

  1. Sello mujer.

5%

                                                               TOTAL                               25%

Para determinar el puntaje de cada uno de los subfactores, se procederá de la siguiente forma:

SUBFACTORES A EVALUAR:

  1. Sustentable: Tendrá un factor de ponderación de 5%, esto es el puntaje máximo de 5 puntos, aplicando la tabla de más abajo. Para asignar este puntaje, los proveedores deberán presentar Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del trabajo. Este certificado debe ser obtenido dentro de los 30 días corridos anteriores a la fecha de cierre de la licitación.

Sustentable

Puntaje asignado

Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, no presenta deuda.

5

Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, presenta deuda.

2

No presenta certificado o supera los 30 días corridos de su obtención.

Fuera de Bases

  1. Cumplimiento de requisitos formales: Tendrá una ponderación de 5%, con un puntaje máximo de 5 puntos. Las ofertas se evaluarán según la siguiente fórmula:

CRITERIO /DEFINICIÓN

PUNTAJE

Cumple con entregar antes del cierre de recepción de ofertas en la licitación, Anexos y documentos legales que correspondan a su oferta.

5

Cumple con entregar documentación solicitada, según los plazos establecidos en el punto de las Bases, respuestas a consultas en foro inverso.

2,5

No cumple con entregar documentación solicitada, según los plazos establecidos en el punto de las Bases, respuestas a consultas en foro inverso.

Inadmisible

  1. Programa de integridad: Tendrá un factor de ponderación de 5%, esto es el puntaje máximo de 5 puntos, aplicando la siguiente tabla de más abajo. Para asignar este puntaje, los proveedores deberán presentar anexo N°3, que indique que tiene programas de integridad y ética empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su personal, y debiéndose adjuntar estos programas a la oferta; en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda:

Programa de integridad

Puntaje asignado

El oferente acredita la existencia de un programa de integridad que sea conocido por su personal.

5

El oferente NO acredita la existencia de un programa de integridad que sea conocido por su personal.

0

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

En el caso de que una oferta sea presentada por una UTP, para la asignación de puntaje, la totalidad de los integrantes deben cumplir con lo requerido previamente.

En caso de no tener programas de integridad y ética empresarial, deberá presentarlos al momento de contratar con la Dirección de Vialidad y, en caso de no presentarlo, se desestimara la oferta y se podrá readjudicar en los términos del numeral 9.16 de las bases administrativas.

  1. Inclusivo, contratación de personas en situación de discapacidad: Tendrá una ponderación de 5%, con un puntaje máximo de 5 puntos. Para obtener el puntaje máximo se debe presentar Copia del documento o certificado que acredite la inscripción del trabajador o prestador de servicios en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND) entregado por SENADIS o certificación de la COMPIN o comprobante de haber iniciado el último trámite y copia de contrato (registros del pago de previsión de salud, si corresponde), esto para acreditar la contratación de personas en situación de discapacidad, las ofertas se evaluarán según la siguiente tabla:

CRITERIO /DEFINICIÓN

PUNTAJE

Presenta contrataciones de personas en situación de discapacidad.

5

No presenta contrataciones de personas en situación de discapacidad o no adjunta documentación o no responde.

0

  1. Sello Mujer: Tendrá una ponderación de 5%, con un puntaje máximo de 5 puntos. Para obtener el puntaje máximo el oferente debe tener el Sello Empresa Mujer visible en la ficha del proveedor en portal www.mercadopublico.cl, las ofertas se evaluarán según la siguiente tabla:

CRITERIO /DEFINICIÓN

PUNTAJE

Presenta Sello Empresa Mujer  en portal www.mercadopublico.cl.

5

No  Presenta Sello Empresa Mujer  en portal www.mercadopublico.cl.

0


El puntaje que obtenga el oferente en el factor “Evaluación Técnica” se calculara de la siguiente forma:

PUNTAJE OFERTA TÉCNICA

=

PUNTAJE EN

LETRA A

+

PUNTAJE EN

LETRA B

+

PUNTAJE EN

LETRA C

+

PUNTAJE EN

LETRA D

+

PUNTAJE EN

LETRA E

1.7.3.          Calificación final de la oferta:

La calificación final del proceso de evaluación de cada oferta será el resultado de aplicar la siguiente fórmula:

PUNTAJE FINAL

=

PUNTAJE EVALUACIÓN ECONOMICA

+

PUNTAJE EVALUACIÓN TECNICA

NOTA 1: La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad.

NOTA 2: En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible.

NOTA 3: En caso de incongruencia o errores aritméticos en el Anexo Nº 2 (Oferta Económica) o este incompleto, no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.

NOTA 3: En caso de que el oferente entregue el Anexo Nº 3 (Oferta Técnica) incompleto, no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.

NOTA 4: En caso de que el oferente se encuentre inhábil en portal Mercado Público, no podrá ser evaluado y su oferta será declarada inadmisible.

 

1.8.               Contacto en etapa de evaluación de ofertas:

Durante el proceso de Evaluación los integrantes de la Comisión Evaluadora sólo podrán tener contacto con los oferentes a través del foro disponible en el Portal Mercado Público. El Foro (inverso) solo deberá ser utilizado si las presentes bases establecen el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales”, en virtud del artículo 56, del reglamento de la ley N° 19.886.

                                                                                                                                                

Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los oferentes, los evaluadores o revisores, según párrafo anterior, podrán solicitar a través del Foro disponible en el Portal por escrito a éstos, aclaraciones, como asimismo, información necesaria para salvar errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, debiendo sujetarse al Artículo 56 del D.S. de Hda. Nº 661/2024.

Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 1 día hábil, contado desde efectuado el requerimiento.

Asimismo, se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes, que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas, siempre que no se vulneren el principio de igualdad de los oferentes ante las bases ni se otorgue una situación de privilegio a alguno de los oferentes.

Desde la fecha de tramitación de la resolución que designa a los integrantes de la comisión de evaluación y hasta la adjudicación, la comisión evaluadora sólo podrá mantener contacto con los oferentes de la licitación para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes, que ésta pudiese requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos.

1.9.               Derecho a desestimar las ofertas:

La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas superen el 30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de las ofertas correspondiente. En tales casos, los Oferentes adjudicados no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad.

En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la autoridad competente de la Dirección de Vialidad dictará una resolución fundada, la que será publicada en el Portal Mercado Público.

1.10.            Derecho a variación de cantidades

La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a disminuir o aumentar las cantidades originalmente solicitadas, hasta en un 30% del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones, dicho aumento o disminución será realizado antes de ejecutar el proceso de adjudicación. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra con decimales, se asumirá la unidad superior correspondiente. Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario. En el caso de aumentarse la cantidad, el plazo de entrega de los adicionales deberá ser señalado por el proponente, mediante carta respuesta a la solicitud de precisión que podrá realizar la Dirección de Vialidad durante el estudio de las ofertas el plazo de entrega de esta parcialidad podrá ser distinto al de la oferta original y no afectará la evaluación correspondiente, todo esto debe quedar plasmado en la respectiva acta de evaluación.

1.11.            Adjudicación de la licitación:

La adjudicación de la licitación se materializará mediante Resolución fundada de la Dirección de Vialidad y formarán parte integrante de esta Resolución dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.

La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el Acta de Evaluación, en lo que corresponda.

El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción y habilidad en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, antes de suscribir el Contrato señalado en el punto 3.6 de las presentes Bases Administrativas. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforma esta Unión deberá acreditar la inscripción y habilidad precitada.

1.11.1.                Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto:

En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la oferta respectiva (si corresponde):

  1. En caso de que el proveedor adjudicado no acepte orden de compra.
  2. En caso de incumplimiento pacto de integridad.
  3. En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra.
  4. Si el oferente adjudicado no acredita su habilidad en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
  5. Si el oferente adjudicado no presenta programas de integridad y ética empresarial, antes del quinto (5) día hábil desde la notificación de la adjudicación a través del Portal Mercado Publico.
  6. Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan su inscripción y habilidad en el Registro señalado.

      Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante, lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación a la escritura pública, en el plazo máximo de 07 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.

  1. Si el oferente adjudicado no presenta la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento, en el plazo establecido en el punto 8.4 de las presentes BA, si corresponde.
  2. Si el proveedor adjudicado no firma contrato según punto 3.6 de las presentes BA.
  3. Si el oferente adjudicado no cumple con los requisitos para contratar establecidos en el punto 5 de las BA.

1.12.            Notificación y aceptación de orden de compra:

La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la resolución de adjudicación. De acuerdo con el artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en el portal Mercado Público, la resolución objeto de la notificación.

Asimismo, en atención a lo establecido en el punto 9.2 de las presentes bases, la Dirección de Vialidad enviará la orden de compra en un plazo de 2 días hábiles desde la fecha de resolución que aprueba el contrato e ingresada garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato a través del portal Mercado Público y el adjudicatario deberá aceptarla en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la fecha de envío de la respectiva orden de compra remitida a través del Portal Mercado Público. De lo contrario, la Dirección de Vialidad podrá cancelar dicha orden de compra.

1.13.            Readjudicación de la licitación:

La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, en el plazo establecido, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.

En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y se procederá a readjudicar, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la oferta respectiva, si corresponde.

No obstante lo señalado precedentemente, en caso de existir un único oferente para el servicio licitado, se podrá postergar por una única oportunidad el plazo para entregar las garantías de fiel cumplimiento y adicional del contrato, Este hecho deberá ser expresamente autorizado por el Inspector Fiscal y obedecerá una petición formal y adecuadamente sustentada por parte del adjudicatario.

1.14.            Cesión del Contrato:

La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.

1.15.            Gestión del contrato:

1.15.1.       Firma del Contrato:

De acuerdo con la cláusula 3.6 de las presentes BA.

1.15.2.       Habilidad de proveedores:

La Dirección de Vialidad verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, debiendo encontrarse en calidad de Hábil, durante toda la duración del contrato.

Si durante el periodo del contrato el oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación en Dirección de Compras y Contratación Pública en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario la Dirección de Vialidad podrá poner término anticipado al contrato.

1.15.3.       Evaluación de proveedores:

La Dirección de Vialidad, evaluará antes de tramitar el pago correspondiente, a través del Anexo establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el Oferente adjudicado.

Los factores a medir, son:

  • Oportunidad de entrega
  • Calidad
  • Cumplimiento especificaciones técnicas
  • Desempeño en general

1.15.4.       Vigencia del Contrato:

El contrato regirá, durante toda la relación contractual, desde su aprobación por la respectiva resolución, hasta  incluso con posterioridad al pago.

La vigencia del contrato comenzará a regir a partir de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl. En caso que no la acepte expresamente transcurridas 24 horas de la publicación de la Orden de Compra, la Dirección de Vialidad dará por aceptada dicha Orden de Compra conforme a la Ley y el presente contrato. Para todos los efectos, se considera como primer día de plazo del contrato, el día siguiente a la aceptación de la orden de compra.

1.15.5.       SUSPENSIÓN O PARALIZACIÓN:

El contrato se podrá suspender o paralizar en casos justificados, debiéndose mantener vigentes las garantías respectivas. Son casos justificados las condiciones climáticas, emergencias naturales, las cuales constituyan un impedimento efectivo para acceder al lugar de ejecución del contrato u otra razón de fuerza mayor que impida la correcta recepción de este servicio y/o suministro, lo que será así calificado por el Director Regional de Vialidad de Ñuble, en resolución fundada.

La suspensión será ordenada por el Director Regional de Vialidad  Ñuble, mediante resolución fundada.  Al efecto el Inspector Fiscal deberá remitir la solicitud y todos los antecedentes que sirvan de fundamento al Director Regional con copia a la Unidad de Compra.

1.16.            Plazo de Entrega:

La entrega del suministro será en coordinación con el Inspector fiscal responsable del contrato y según las presentes bases de licitación.

1.17.            Acreditación de cumplimientos obligaciones laborales y previsionales:

No aplica para esta licitación.

1.18.            Recepción:

El inspector fiscal, recibirá conforme el servicio y/o suministro, suscribiéndolo así en la respectiva Acta de recepción conforme, si se cumplen los siguientes requisitos:

  1. Que se haya efectuado la entrega física del suministro, en las cantidades que corresponde conforme a la orden de compra. Esto se acreditará con las respectivas planillas de recepción de suministro, Guías de despacho.
  2. El inspector fiscal recepcionara y custodiara las Guías de Despacho del suministro del lugar de origen, emitida por la empresa productora y/o comercializadora. Será obligación de la empresa adjudicada entregar documentos de certificación, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a  no recibir el suministro.
  3. El Área de Abastecimiento, adjuntará el Certificado de Habilidad de Chileproveedores. Esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en la Unidad de Abastecimiento Regional. En caso de que se encuentre "inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación.

 

La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal.

1.19.            Forma de Pago:

El pago al proveedor por el suministro adquirido por la Dirección de Vialidad se efectuará en parcialidades, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Para aceptar factura y proceder al pago se requerirá que previamente la Contraparte Técnica (Inspector fiscal) certifique la recepción conforme, mediante un Acta de Recepción Conforme del suministro y/o servicio adquirido por la Dirección de Vialidad.

Importante: Si no se cuenta con un Acta de Recepción conforme del servicio y/o suministro, la factura será rechazada antes del octavo día de emitida la factura, por no contar con conformidad de la contraparte técnica (Inspector Fiscal).

El proveedor:

-        Las facturas electrónicas al momento de su emisión deben indicar en las “Referencias” el siguiente código y nombre de la Unidad de Pago y enviarlas al siguiente correo electrónico:

-        Código Nº: UDP2375

-        Nombre Unidad de Pago: REG_XVI_DIRECCIÓN_DE_VIALIDAD_ÑUBLE.

-        Correo electrónico: mop_dte@paperless.cl

Se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los servicios, contados desde la fecha de recepción del respectivo documento tributario. En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo a lo que establece la ley.

Los documentos tributarios deben ser extendidos con los siguientes antecedentes:

-          Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCION GRAL DE OO PP DCYF

-          Dirección: Calle 18 de septiembre N°246, piso 2, oficina 206, Chillan.

-          RUT: 61.202.000-0

-          Giro: Gobierno Central

-          Forma de pago: Pago Crédito.

 

El pago se realizará mediante transferencia electrónica, para lo cual el adjudicatario deberá verificar, antes de generar su factura, que su cuenta se encuentre registrada en la Tesorería del Ministerio de Obras Públicas (MOP). La cual debe ser ingresada en el Link: https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, esto es necesario para los pagos respectivos.

1.20.            Modificación y término del contrato:

El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales, sin perjuicio de lo dispuesto sobre la materia en el artículo 129 y 130 del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el D.S. de Hda. Nº661/2024:

a)     Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.

b)     Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.

c)     Estado de notoria insolvencia del adjudicatario a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.

d)     Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.

e)     Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores adjudicatarios en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del Contrato, con un máximo de seis (6) meses.

f)      Incumplimiento del Pacto de Integridad.

Nota: Se entenderá por “incumplimiento grave”:

  • No dar cumplimiento a la entrega en la forma requerida en las presentes bases.

En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, la Contraparte Técnica, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad, que emita el acto administrativo correspondiente.

1.21.            Multas y sanciones

La contraparte técnica deberá informar por escrito, adjuntando todo los respaldos al Director Regional con copia a la Unidad Jurídica y al Área de compras, para las medidas pertinentes, si existen multas relacionadas con el servicio adjudicado.

9.24.1 Multa por incumplimiento plazo de entrega: En caso de no cumplir con el plazo de entrega el día y hora coordinada entre el Inspector Fiscal y el Proveedor, se aplicará una multa de 33 UF por cada día de atraso, considerando como valor de la UF al equivalente al del día del incumplimiento.

9.24.2 Término de contrato y cobro de documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato: Cumplidos 20 días afectos a multa por atraso en la entrega del suministro, el Inspector Fiscal podrá poner término al contrato y con ello el cobro del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.

La multa y/o sanción que corresponda será descontada del pago correspondiente y se aplicara al valor Neto.

9.24.3 Procedimiento para la aplicación de multas:

En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente:

La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva. Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa. En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba,  en el plazo de tres días hábiles.

La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada o correo electrónico. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que  fundamentan la decisión de  aplicar o no la multa o modificar  la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.

La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.

9.24.4 Procedimiento para aplicación de otras sanciones como el término anticipado:

El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles. La notificación de dicho oficio se hará personalmente, por carta certificada o por correo electrónico, En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.

Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.

La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.

1.22.            Solución de controversias:

Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados a la contratarte técnica (inspector fiscal), quien lo enviara, si fuese necesario, a su jefe superior, para su resolución o para que sea sometido a la consideración del Director Regional de Vialidad Ñuble, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad, Director General de Obras Publicas y al Sr. Ministro de Obras Públicas, la Contraloría General de la Republica y los Tribunales de Justicia.

La autoridad pertinente deberá resolver la exactitud o veracidad del reclamo presentado, en un plazo máximo de 15 días hábiles.

1.23.            Jurisdicción y Domicilio:

Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijarán domicilio en la ciudad de Chillán, y prorrogarán la competencia a los tribunales de su jurisdicción.

1.24.            Interpretación e información:

Las Bases y el contrato respectivo, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.

1.25.            Confidencialidad y Seguridad de la Información:

a)     El ADJUDICATARIO y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización.

b)     El ADJUDICATARIO,  durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas  en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx

c)     Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que el ADJUDICATARIO pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.

d)     El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.

e)     En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el ADJUDICATARIO como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio que se contrata, el MOP dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.

BASES TÉCNICAS

  1. INTRODUCCIÓN

La Dirección de Vialidad requiere contratar el suministro de 1.058 m3 de mezcla asfáltica en caliente para el camino n-645, cruce N-59-Q (Crucero Coltón) - San Luis - cruce N-601 (Coltón) desde el Km 0,00 al Km 2,00 de la comuna de San Ignacio, provincia de Diguillin. La mezcla deberá ser puesta en camino, según sean programadas las faenas de pavimentación, para dar

Cumplimiento al Programa de Conservación por Administración Directa Año 2025.

  1. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL SUMINISTRO

El proponente de la presente Licitación Pública deberá presentar un Certificado de Laboratorio que incluya la dosificación de la mezcla ofertada, cumpliendo con los parámetros exigidos en el punto siguiente.

Los materiales de la mezcla asfáltica corresponden a una carpeta de rodadura y deberán cumplir con las exigencias de la cláusula 5.408.2 del Volumen 5 del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad, teniendo en cuenta lo siguiente: La Granulometría de los áridos de la mezcla deben ajustarse a la Tabla 5.408.201.F del MC-V5 del M.C., la banda a utilizar será la IV– A–12 indicada en la tabla 5.408.201.F del MC–V5 y cemento asfaltico tipo CA 24 que debe cumplir con las tablas 8.301.1.A del MC-V8. Para comprobar las exigencias estipuladas en este Numeral, la Dirección de Vialidad a través de sus laboratorios provinciales o regionales, se reserva el derecho de realizar visitas de inspección a la planta de asfalto que se adjudique el contrato, de manera de comprobar en terreno el cumplimiento de los requisitos de los materiales.

En caso de comprobarse el incumplimiento de las especificaciones técnicas de los materiales utilizados en la fabricación de la mezcla, el Proveedor podrá solicitar un re-muestreo. De persistir el incumplimiento se procederá a rechazar la partida o fabricación de mezcla asociada a cargo y costo del propio proveedor o si ésta ya fue colocada en terreno, se descontará, en el pago de la factura, íntegramente el monto de la partida o fabricación de mezcla asociada al volumen total del día de colocación en terreno. Para estos efectos, sólo serán válidos los resultados de ensayes emitidos por la Dirección Regional de Vialidad, ya sea a través de su Laboratorio Regional de Vialidad o alguno de sus Laboratorios Provinciales.

Las propiedades de la mezcla a suministrar deberán cumplir lo señalado en la tabla 5.408.203A y 5.408.203.B, para mezcla asfáltica de rodadura.

  1. FORMA DE ENTREGA

La recepción de la mezcla asfáltica se realizará en el camino Rol N-645 Cruce N-59-Q (Crucero Coltón) - San Luis - Cruce N-601 (Coltón) de la comuna de San Ignacio, Provincia de Diguillin, Región de Ñuble, por camiones de la empresa que se adjudique la licitación, en volúmenes (m3) con carga rasada y fechas a coordinar entre el Inspector a Cargo del contrato de suministro y el proveedor con un mínimo de 24 horas de anticipación.

Para coordinar el despacho, el Inspector Fiscal comunicará por escrito al encargado de planta, u otra persona que el proveedor designe, el horario, la cantidad y frecuencia de estos.

Para la coordinación, gestión y solución de imprevistos en la faena, el proveedor deberá estar en contacto permanente con el Inspector Fiscal.

La mezcla asfáltica al ser entregada en camino deberá tener una temperatura superior a 130ºC e inferior a 160ºC, medidos en el camión al momento de cargar.

El material con temperaturas menores a la indicada precedentemente (130°C) será causa de rechazo de la partida transportada en el camión. Así también, se rechazará una mezcla sobrecalentada o "quemada". El control de la temperatura lo realizará un funcionario de Vialidad o el personal del proveedor con la supervisión de un funcionario de Vialidad, en ambos casos, designado por el inspector fiscal para tales efectos y quedará consignada en el reverso de la guía, con la firma de ambos participantes. En el caso del rechazo de la mezcla, por baja temperatura o por sobrecalentamiento, se estimará como no recibida la carga del respectivo camión muestreado y no dará lugar a pago ni indemnización alguna.

La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de efectuar muestreos con el objetivo de verificar el cumplimiento de las exigencias técnicas del material adquirido, mediante Laboratorio Nacional de Vialidad, Regional de Vialidad o Laboratorios Provinciales.

  1. OTRAS CONSIDERACIONES

El laboratorio de Vialidad tendrá libre acceso a la planta para toma de muestras, y certificación, cada vez que lo estime necesario. En caso de que algún certificado se encuentre con problemas, será rechazada toda la partida, por lo que esta se descontará de la respectiva factura.

El Proveedor Adjudicado deberá entregar en los antecedentes memoria de cálculo de la dosificación de la mezcla asfáltica.

La Dirección de Vialidad se reserva el derecho, si el Inspector Fiscal lo estima conveniente, de solicitar muestra y certificación del Laboratorio Regional de Vialidad para garantizar el cumplimiento de las especificaciones técnicas. En caso de no cumplimiento, la partida completa se rechazará y se descontará de la factura.

El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días desde la presentación de las facturas y toda vez que se cuenten con las certificaciones que el Inspector Fiscal estime necesarias para cursar dicho estado de pago.

  1. CROQUIS UBICACIÓN CAMINOS

Croquis de ubicación del Camino Rol, N-645, Cruce N-59-Q (Crucero Coltón) - San Luis - Cruce N-601 (Coltón) desde el km 0,00 al km 2,00 de la comuna de San Ignacio, Provincia de Diguillin, para dar Cumplimiento al Programa de Conservación por Administración Directa Año 2025.

Mezcla Asfáltica en Caliente puesta en el Camino Rol N-645, Comuna de San Ignacio:

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.