BASES TÉCNICAS
BASES TÉCNICAS
“SERVICIO DE SOPORTE ESPECIALIZADO PARA PACIENTES DEL NUEVO HCV”
1.- GENERALIDADES
Las presentes Bases Técnicas forman parte integrante de las Bases para la licitación de “SERVICIO DE SOPORTE ESPECIALIZADO PARA PACIENTES DEL NUEVO HCV” para el Hospital Claudio Vicuña de San Antonio.
Dentro de sus alcances se incluyen el velar por la ejecución de diferentes actividades propias de soporte en las dependencias clínicas de atención de pacientes y de labores de SERVICIO DE SOPORTE ESPECIALIZADO PARA PACIENTES DEL NUEVO HCV para el hospital de acuerdo con el requerimiento del establecimiento.
La prestación deberá ejecutarse de manera continua, completa y permanente de acuerdo con los cronogramas establecidos por el mandante en aquellos servicios y/o unidades de soporte definidas como receptoras de la prestación sujeta a esta licitación. De no cumplirse con las especificaciones requeridas, la prestación podrá no ser recepcionada conforme, de manera parcial o total, iniciando proceso de término comercial entre las partes.
Se deja constancia que el Hospital Claudio Vicuña de San Antonio, no será responsable de eventuales pérdidas que pudiera tener el contratista en el interior de los establecimientos involucrados en este contrato.
2.- OBJETIVO
Compra de Servicios que brinden soporte para llevar a cabo las actividades asistenciales con eficacia y eficiencia para la entrega de un servicio de calidad a pacientes y usuarios del Hospital, que permita efectuar procesos de calidad para un buen servicio de atención de Pacientes y Usuarios. El Establecimiento necesita que la empresa ponga a disposición 26 trabajadores de Soporte Especializado para pacientes, 5 trabajadores part time más 1 supervisor, en las distintas áreas y funciones detalladas a continuación;
Brindar soporte oportuno y continuo en las actividades del Hospital, tales como mantención y orden, traslado de pacientes, actividades de estafeta y otras encomendadas por su jefatura con el fin de apoyar el quehacer y funcionamiento de la unidad, ajustándose a las políticas, normas, protocolos y procedimientos vigentes.
Colaborar en los procesos que las unidades lo requieran en el levantamiento de procesos, utilizando las tecnologías de la información, capacitado para confeccionar bases de datos, planillas de control, reportes financieros e informes de gestión, entre otras labores.
3.- COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN
El Contrato estará a cargo de la Subdirección de Gestión Administrativa, Financiera y Operaciones del Hospital, quien nombrará y Delegará la administración del contrato.
La coordinación entre el Hospital de San Antonio y el contratista que se adjudique el contrato, se hará a través del administrador del contrato, quien será el Jefe Departamento Servicios Generales.
La supervisión del personal del oferente será en primer lugar por el Jefe o Encargado de unidad o Servicio Clínico del hospital, en la cual el trabajador desarrolle sus funciones, y en segundo lugar por la Jefatura del Departamento de Servicios Generales o en quien se deleguen funciones de coordinación.
Todas las comunicaciones e instrucciones entre las partes deberán efectuarse por escrito, a través de correos electrónicos.
El servicio se desarrollará a satisfacción del Administrador de contratos quién tendrá facultad para supervisar el desarrollo de la elaboración de éstos, y de hacer al Contratista todas las indicaciones que juzgue pertinentes, en cualquiera de sus etapas,
sobre los aspectos generales o particulares, con la obligación de parte de este último de acatar tales indicaciones y de cumplirlas en el plazo que le fije el Hospital.
El Hospital exige al Prestador adjudicado, mantenga en forma permanente a cargo de la supervisión de acciones requeridas, a un trabajador de la empresa, persona que deberá ser plenamente identificada tanto por el estamento Directivo como por el resto de la comunidad en el Hospital. Este deberá ser un Trabajador diferente a los trabajadores que realizan la labor operativa, que para los efectos de la Licitación le llamaremos Supervisor.
De no ocurrir lo anterior se aplicará las multas indicadas en las Bases Administrativas del proceso licitatorio.
No obstante, además, el Prestador deberá cubrir la ausencia de dicho trabajador con el fin de mantener la continuidad de la supervisión de las prestaciones encomendadas. El reemplazante tendrá los mismos deberes y responsabilidades que el titular del cargo.
4.- SERVICIO REQUERIDO Y HORARIO DE TRABAJO
El Hospital, mediante especificaciones adjuntas presenta su necesidad. La licitación está planificada para 26 trabajadores, 1 Supervisor más 5 trabajadores part time.
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DOTACIÓN SOPORTE ESPECIALIZADO DE PACIENTES NHCV
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Servicio
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Estamento
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Unidad / Servicio
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DIURNO
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PART TIME
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Horario
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Jornada
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SOPORTE
ESPECIALIZADO DE PACIENTES
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Supervisor
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Todas
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1
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0
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Diurno
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Lunes a sábado
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Auxiliar
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UPC
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2
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1
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1 aux. L-V horario 07:00 -15:30 hrs 1 Aux. L-V horario 15:30-23:00 hrs
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1 Part time fin de semana Diurno 08 a 17 hrs
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Auxiliar
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Unidad Aislamiento
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2
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0
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1 aux. L-V horario 07:00 -15:30 hrs 1 Aux. L-V horario 15:30-23:00 hrs
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Jornada completa
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Auxiliar
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Unidad Pediatría
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2
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0
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1 aux. L-V horario 07:00 -15:30 hrs 1 Aux. L-V horario 15:30-23:00 hrs
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Jornada completa
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Auxiliar
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Unidad Diálisis
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2
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0
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1 aux. L-V horario 09:00 -18:00 hrs 1 Aux. L-V horario 12:00-21:00 hrs
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Jornada completa
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Auxiliar
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Unidad Médico Quirúrgico 1er Piso
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4
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1
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2 aux. L-V horario 07:00 -15:30 hrs 2 Aux. L-V horario 15:30-23:00 hrs
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1 Part time fin de semana Diurno 08 a 17 hrs
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Auxiliar
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Unidad Médico Quirúrgico 2do Piso
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2
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1
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1 aux. L-V horario 07:00 -15:30 hrs 1 Aux. L-V horario 15:30-23:00 hrs
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1 Part time fin de semana Diurno 08 a 17 hrs
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Auxiliar
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Unidad Maternidad (hospitalizados)
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2
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0
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1 aux. L-V horario 07:00 -15:30 hrs 1 Aux. L-V horario 15:30-23:00 hrs
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Jornada completa
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Auxiliar
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Unidad Urgencia Adulto Infantil
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4
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1
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2 aux. L-V horario 07:00 -15:30 hrs 2 Aux. L-V horario 15:30-23:00 hrs
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1 Part time fin de semana Diurno 08 a 17 hrs
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Auxiliar
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Unidad Urgencia Gineco-Obstetricia
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2
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0
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1 aux. L-V horario 07:00 -15:30 hrs 1 Aux. L-V horario 15:30-23:00 hrs
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Jornada completa
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Auxiliar
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Unidad Sala de Parto
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Auxiliar
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Unidad Pabellón
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2
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1
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1 aux. L-V horario 07:00 -15:30 hrs 1 Aux. L-V horario 15:30-23:00 hrs
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1 Part time fin de semana Diurno 08 a 17 hrs
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Auxiliar
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Unidad Pre Alta
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1
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0
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Diurno 08:00 a 17:00
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Jornada completa
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Auxiliar
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Unidad Imagenología
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1
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0
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Diurno 08:00 A 17:00
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Jornada completa
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La jornada de trabajo deberá ser controlada por Reloj control de propiedad del Prestador, sistema de control que, automáticamente deberá entregar informes mensuales sobre las horas/jornadas de la prestación.
El Establecimiento podrá redistribuir o disminuir la dotación del recurso humano según requerimiento.
La jornada laboral debe ser considerada en 44 horas semanales (considerando las reducciones de la jornada laboral, Ley N°21.561/2023 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social), debiendo cubrir a cabalidad lo solicitado.
El pago de las Horas extraordinarias y festivas es de exclusiva responsabilidad del Oferente.
La Empresa Contratista que se adjudique este servicio deberá considerar el cumplimiento de las leyes laborales vigentes, tanto en lo que respecta a los descansos, cumplimiento de horas de trabajo semanal (44 horas), horas de sobre tiempo y pagos previsionales correspondientes, siendo de su exclusiva responsabilidad el cumplimiento de estas.
Dada la naturaleza del Servicio, que se necesita realizar, el Prestador deberá ajustarse con su personal, al horario que el Hospital determine en las unidades clínicas específicas, para la realización eficiente del Servicio. Lo cual será dado a conocer a la Empresa en la programación de las actividades.
Considerando las disposiciones del contrato y las especificaciones técnicas el Prestador deberá indicar por escrito, al inicio de la prestación, el número de personas necesarias para tales labores como también, la supervisión del equipo de trabajo. Todo esto supeditado al visto bueno del Hospital.
5.- PREVENCIÓN DE RIESGOS Y REQUERIMIENTOS DEL ORGANISMO REGULADOR.
- El Contratista deberá cumplir y hará cumplir a su personal los protocolos de Higiene y Seguridad del Hospital.
- El Prevencionista de Riesgo del Hospital hará cumplir las exigencias de Prevención de Riesgos, la seguridad personal y la prevención de accidentes del trabajo, de acuerdo con legislación vigente. Los elementos de protección personal serán de cargo del Contratista.
- En todos los trabajos que se realicen, deberá usarse en forma obligatoria los elementos de protección personal, de acuerdo con el riesgo involucrado. El personal del Contratista que no esté provisto de sus elementos de protección personal o no haga uso de ellos, será obligado a abandonar su puesto de trabajo.
- La Empresa Contratista deberá contar con la asesoría de un Prevencionista de Riesgos, durante el desarrollo del servicio y deberá asistir a lo menos dos (2) veces al Mes, presentándose al Encargado de Prevención de Riesgos del Hospital al inicio de su jornada y su permanencia mínima en el recinto será de cuatro horas/día.
- Antes de que el personal del Contratista pueda ser autorizado para ingresar al hospital, debe asistir a una charla en las dependencias de Prevención de Riesgos del Establecimiento.
- Prevención de Riesgos del Hospital, dará constancia de la participación del personal del Contratista en dicha charla, a través de la firma en el formulario solicitud de autorización de ingreso.
6.- DESCRIPCION DEL SERVICIO
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SOPORTE ESPECIALIZADO DE PACIENTES
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Brindar un servicio de salud humanizado al usuario y acompañante
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- Usar su identificación de manera permanente.
- Presentarse ante el paciente por su nombre y actitud cordial.
- Adaptar el tipo de comunicación a las necesidades del usuario y su acompañante, sus niveles de comprensión y necesidades.
- Interactuar con el usuario y su acompañante de manera respetuosa y amable, orientándolos correctamente.
- Informar al usuario y/o familia respecto a las acciones de enfermería.
- Respetar los artículos emanados de la ley Nº20.584 (Derechos y deberes de los usuarios)
- Empatizar con las necesidades de los usuarios y acompañantes.
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Cumplir con las Normas de Infecciones Asociadas a la Atención en Salud (IAAS).
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- Conocer y realizar técnicas e higiene de manos (lavado de manos – Soluciones Alcohol Gel).
- Conocer y aplicar medidas de precauciones estándar y específicas
- Conocer y utilizar las diferentes medidas de aislamientos de los pacientes según corresponda.
- Conocer y utilizar los productos de limpieza y desinfección según normativa institucional
- Reportar a la persona responsable de la unidad /turno existencia de condiciones riesgosas para IAAS
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Trasladar pacientes
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- Preparar equipos para traslado de pacientes.
- Saber el trayecto adecuado para el traslado.
- Trasladar al paciente a otro servicio, procedimiento terapéutico, alta o morgue, según normativa de la unidad
- Siempre tendrá que pedir a enfermería la historia clínica y orden médica del paciente para su traslado.
- Acompañar a pacientes a otras unidades hasta ser recepcionado de manera formal por otro responsable.
- Cuando el paciente es llevado a estudios (TAC, Resonancia, RX), debe llevar los estudios previos e historia clínica siempre.
- Cuando llevan al paciente deben verificar que el mismo se encuentre cubierto con una manta, los pies con sus chinelas o botas de quirófano.
- Proveer comodidad, intimidad y seguridad al paciente.
- Traslado a morgue: llevar el cuerpo a descanso, registrar datos del cuerpo al ingreso en hoja de registro según normativa.
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Velar por el cuidado de los recursos materiales y equipamiento
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- Trasladar y disponer equipos materiales e insumos procurando resguardar la integridad de estos, en lugares dispuestos para ello.
- Trasladar pedidos de sueros, insumos y economato
- Movilizar equipos y mobiliario clínico para la realización de aseo por parte de la empresa externa.
- Informar oportunamente a la jefatura para devolución conforme de equipos en préstamo.
- Trasladar tubos de gases clínicos, según norma de “Transporte seguro de tubos de gases clínicos al interior del HCV DE SA”.
- Trasladar equipos e insumos médicos dentro y fuera de la unidad cuando sea solicitado por su jefatura.
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Proveer los insumos necesarios y eliminación de desechos.
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- Cambiar cajas de cortopunzante según normativa REAS.
- Mantener papel en dispensadores.
- Mantener jabón y alcohol gel en dispensadores correspondiente y cambiar según protocolos locales.
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Trasladar documentos, recetas y muestras a unidades de apoyo
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- Tramitar documentos intrahospitalarios tal como solicitudes imagenológicas, de interconsultas y de exámenes.
- Tramitar Altas de pacientes
- Trasladar muestras al laboratorio clínico de acuerdo con las normas hospitalarias.
- Trasladar la documentación de la unidad a las diversas unidades clínicas y administrativas según indicación.
- Entregar recetas y retirar medicamentos desde farmacia en caso de necesidad y según normativa vigente.
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Traslado de paciente en ambulancia
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- Presentarse al área de transportes, recibir la orden de servicio, acudir con el paciente, verificar nombre y número de cama, registrar nombre y hora de salida, procedencia y destino del paciente, recabar firma de jefa de enfermeras en “hoja de traslado, realizar traslado del paciente a la camilla, registrar en vigilancia hora de salida y trasladar al paciente a la ambulancia.
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7.- PERFIL DEL SUPERVISOR
- Experiencia comprobable de al menos 2 años en labores de supervisión de equipos de trabajo en áreas hospitalarias o afines.
- Nivel de estudios enseñanza media o técnico profesional.
- Capacitado en trato al usuario.
- Excel Básico
- Curso REAS
- Capacitado en infecciones asociadas a la Atención en Salud (IAAS), transmisiones de infecciones, precauciones estándar y especificas áreas limpias y sucias, higiene de manos y desinfección.
- Capacitación en aseos terminales.
- Manejo de productos desinfectantes y detergentes para aseo adecuado en diversas unidades con distintos niveles de complejidad.
- Manejo en medidas de protección personal.
- Conocimiento en temas de Accidentes cortopunzantes.
- Disponibilidad y manejo de condiciones de trabajo de personal a cargo, interactuando con jefaturas de servicios o áreas de su responsabilidad.
v El Supervisor estará obligado a:
- Coordinar la revisión de las actividades, el rendimiento y evaluación del personal contratado.
- Deberá proporcionar toda la información que se requiera por parte del Hospital.
- Emitir informes respecto a la dotación del personal y su distribución efectiva las cuales deberá remitir al administrador del contrato o a quien se delegue esta función.
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- Controlar el uso y porte de credencial y EPP según requerimiento.
- Velar por el no porte de celulares y/o audífonos en el personal a cargo.
- Dar cumplimiento a prohibición de fumar en recinto hospitalario.
- Cumplir horario laboral efectivo en dependencias hospitalarias con sus respectivas marcaciones de control.
- Ser el nexo directo y efectivo entre hospital y empresa adjudicada.
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Cada funcionario debe cumplir con toda tarea o solicitud que sea requerida por la Jefatura directa de la Unidad Clínica.
Se requiere para el correcto funcionamiento que los puestos de trabajo nombrados en el cuadro descrito anteriormente estén cubiertos en los horarios señalados en el artículo N°4 de las presentes bases técnicas, además de ello:
v El Prestador deberá cumplir con los requerimientos del Hospital según lo establecido en normas internas y basado en general en estas Bases.
v El Prestador deberá incorporar en su prestación, la ejecución de supervisión y coordinación de cada una de las actividades de sus trabajadores, a través de un supervisor.
El trabajador en el horario de trabajo deberá cumplir responsablemente y en su totalidad con los requerimientos propios de la prestación solicitada por el establecimiento, enmarcándose éstas en los siguientes ámbitos:
- Mantener el orden interno en el lugar de trabajo, buenas relaciones humanas y laborales, un comportamiento basado en las buenas costumbres en relación con los funcionarios, Usuarios y Pacientes del Hospital.
- Mantener una buena presentación personal y una postura adecuada a su desempeño.
El prestador deberá facilitarles a sus trabajadores una tenida de trabajo la cual deberá llevar el logotipo o identificación del Contratista y deberá estar acorde al área de trabajo en que se desarrollen las actividades.
A fin de certificar la correcta ejecución del servicio, la Subdirección de Gestión Cuidado de Enfermería, emitirá una Acta de Recepción Conforme en forma mensual la que se adjuntará a la factura de cobro del Contratista, documentos que se enviarán a la unidad de Gestión de Compras y Abastecimiento, para proceder con el proceso administrativo para su pago.
8.- RESPONSABILIDADES DEL PRESTADOR PARA LA ENTREGA DEL SERVICIO.
El Prestador responderá directa o indirectamente de todo perjuicio, merma o deterioro que se produzca en las dependencias a su cargo. Todo esto, revisado y analizado por la Unidad Técnica quien determinará responsabilidad de los hechos.
El prestador en la entrega del Servicio deberá considerar la entrega de Elementos de Protección Personal e insumos básicos para los colaboradores para tomar los resguardos de cada colaborador del Servicio entre los que se destacan; Mascarillas, Gorro desechable para el pelo (cofia), guantes, alcohol gel, bloqueador solar, etc. (en el caso de que fuesen artículos necesarios dependiendo de su labor).
El Prestador debe ser responsable de toda situación que previa investigación, determine la participación del personal de su empresa, en cuanto a pérdidas, robos, hurtos y deterioros de la infraestructura física y muebles del Hospital.
En función de lo anterior, la Empresa Prestadora del Servicio, faculta al Hospital para hacer uso del documento pertinente de garantía de fiel Cumplimiento del Contrato.
El Prestador deberá respetar la normativa interna higiene y seguridad del Hospital en general, y la Normativa de Saneamiento Básico del Comité IAAS, las cuales se entregarán a modo de información al ser adjudicado y formarán parte del contrato.
Cualquier cambio interno en la organización del Prestador que afecte el cumplimiento del contrato en los términos suscritos, deberá ser comunicado en forma escrita dentro de los 5 días anteriores a los cambios. Éstos no deberán afectar la continuidad del servicio contratado, el cual deberá ser garantizado expresa y oportunamente por la empresa, haciéndose esta responsable por todos los perjuicios que ocasione.
9.- RECLUTAMIENTO, CONTRATACIÓN, INDUCCIÓN Y CAPACITACIÓN
Los trabajadores al momento de iniciar la prestación deben contar con las siguientes competencias,
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COMPETENCIAS GENERALES
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Trabajar en equipo
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- Identificar objetivos y coordinarse con otros
- Generar confianza en el equipo, trabajando de manera colaborativa, fomentando el respeto mutuo, la motivación e involucramiento de todos los integrantes para el cumplimiento de los objetivos de la Unidad y del Hospital.
- Resolver problemas en equipo, alineando la conducta individual para el compromiso del equipo en la solución de problemas tanto cotidianos como de emergencia.
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Actuar con inteligencia emocional
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- Autoconocerse, identificando las fortalezas, potencialidades y debilidades para superar
- Autodireccionar su propio comportamiento y reconocer espacios de desarrollo para sí mismo
- Automotivarse y tener la capacidad de motivar a otras personas en la organización
- Actuar con empatía, situándose en el lugar de las demás personas; comprender a otros
- Desplegar buenas relaciones interpersonales, actuando asertivamente (o socialmente hábil)
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Actuar con proactividad
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- Delante del paciente no se debe hacer comentarios inapropiados.
- Permanecer en estado de alerta, cada vez que la situación lo amerite
- Advertir situaciones riesgosas o dañinas
- Tomar iniciativa para resolver problemas o abordar situaciones que pueden causar perjuicios a personas, bienes o entorno laboral
- Desplegar conductas para innovar
- Comprometer la voluntad de otras personas para resolver los problemas que se presenten de manera cotidiana o excepcional
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Gestionar la calidad y mejorar continuamente
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- Reconocer los procesos de servicio en los se desempeña directamente y aquellos de la organización en su conjunto
- Asociar mecanismos para medir el desempeño de procesos
- Aplicar apropiadamente las normas y procedimientos que rigen los procesos del desempeño directo
- Identificar oportunidades para mejorar
- Contribuir a la mejora continua de procesos
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Actuar con disciplina en función de las instrucciones
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- Cumplir indicaciones técnicas del profesional a cargo
- Seguir las instrucciones de la normativa aplicable (instructivos, normas, procedimientos)
- Responder los requerimientos de los usuarios oportuna y adecuadamente
- Dar cuenta inmediata al supervisor cuando existan dificultades para cumplir los servicios con excelencia y contribuir a buscar soluciones
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El Prestador, dirigirá sus procesos internos de: Reclutamiento, Contratación, Inducción y Capacitación, de su recurso humano incorporado en la prestación requerida por el Hospital, sin perjuicio que excepcionalmente el Hospital invite a los trabajadores del Prestador para actividades de inducción, jornadas de capacitación y orientación internas en materias atingentes a la prestación que se conviene y de ser el caso de que estas actividades tengan un costo monetario el prestador debe costear la actividad sin desmedro al sueldo del trabajador. No obstante, lo anterior, el Prestador tiene la obligación de realizar las siguientes Capacitaciones Introductorias al trabajo a su personal: Capacitación en LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN INTRAHOSPITALARIAS, capacitación en IAAS y RCP, con un plazo de 2 meses, a contar del inicio de la prestación, de no cumplirse, se aplicarán las multas correspondientes.
El contratista deberá proporcionar a cada uno de sus operarios los equipos de protección personal, los cuales deberán estar certificados de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº18 de 1982, del Ministerio de Salud, que establece normas y exigencias de calidad de los elementos de protección personal contra riesgos ocupacionales.
El contratista contratará a sus propios trabajadores, los que no tendrán ninguna relación laboral con el Hospital, siendo de su exclusiva responsabilidad el pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales y las referentes a la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, sin perjuicio de todos los derechos y deberes laborales que les correspondan a los trabajadores.
10.- CONTROLES DE LA PRESTACIÓN
Para el control de la prestación ejecutada, el mandante mantendrá un Acta mensual de Recepción Conforme, la cual se guiará según las acciones mensuales del prestador, a la vez, deberá verificar tal situación con su firma mensual, e indicar su nombre completo y colocar el timbre del área a que pertenece.
11.- RECEPCIONES DE LA PRESTACIÓN
Una vez concluido mensualmente los servicios involucrados en la licitación, el contratista entregará con la firma de conformidad de la Subdirección de Gestión Administrativa, Financiera y Operaciones, quien estampará su firma y su timbre en el acta. Con las firmas anteriores en el Acta mensual de Recepción Conforme, se otorgará su conformidad para la elaboración de la factura. El contratista entregará en la Subdirección de Gestión Administrativa, Financiera y Operaciones del Hospital, todos los documentos que permitan ratificar la recepción conforme del servicio prestado para dar curso a su revisión respectiva.
12.- REQUISITOS PARA EL PRESTADOR Y SU PERSONAL
Para la prestación de servicios el prestador deberá contar con una dotación adecuada al requerimiento establecido en las presentes Bases y en los lugares de atención determinados por el Hospital.
Los trabajadores del Prestador deberán contar con las siguientes características:
- Examen de salud al día,
- Certificado de vacunación contra Hepatitis B (en el caso de funcionarios clínicos)
- Certificado de cursos realizados (curso IAAS y RCP, si los tuviera)
- Certificado de licencia de educación media.
- Situación Militar al día, en el caso de los varones,
- Certificado de antecedentes. Sin anotaciones.
El Costo que pudiera tener el cumplimiento de las características anteriormente estipuladas será de exclusiva responsabilidad del Prestador o Contratista.
El Prestador deberá presentar los certificados de antecedentes civiles de sus trabajadores, al inicio del convenio y cada vez que renueve o modifique su dotación.
Al renovar dotación, los nuevos trabajadores incorporados deben estar capacitados en LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN INTRAHOSPITALARIAS, PRECAUCIONES ESTANDAR EN IAAS lo que será validado por la Enfermera Encargada de IAAS del Hospital.
El Hospital se reserva el derecho a solicitar al Prestador, el cambio o retiro de los trabajadores que a su juicio fundado no cumplan con la prestación del servicio requerido en la presente licitación, del mismo modo, previo al inicio de la prestación, empresa adjudicada entregará de listado de personal propuesto, el cual podrá ser objetado según el caso.
El personal del prestador que desempeñe las funciones propias del servicio clínico, deberá cumplir con las siguientes exigencias como mínimo con vestimenta adecuada para el desarrollo de las funciones
12.1.- Sobre Orden y Seguridad:
El personal de la empresa contratista tiene la obligación de dejar constancia, con el personal de Portería o con el Guardia de Seguridad del inmueble, de los materiales, insumos, equipos y/o herramientas de trabajo que ingresen o salgan del establecimiento, también se debe señalar que el personal de Portería o el Guardia de Seguridad, están autorizado para revisar las maletas, mochilas, bolsos y vehículos del personal o de la empresa contratista.
El personal del contratista deberá cuidar el orden y el aseo en su sitio de trabajo, no puede intervenir las instalaciones eléctricas, las que deben ser inspeccionadas y reparadas por personal capacitado y autorizado por el Hospital.
Queda prohibido a los trabajadores del contratista:
- Ingresar al lugar de trabajo o trabajar en estado de intemperancia, prohibiéndose terminantemente entrar drogas y/o bebidas alcohólicas a los inmuebles del Hospital.
- Alterar, cambiar o accionar instalaciones, equipos, sistemas eléctricos, máquinas, equipos médicos o industriales sin haber sido expresamente autorizados para ello.
- Permanecer en los lugares de trabajo después del horario, sin autorización de la Jefatura respectiva.
- Entrar o permanecer en zonas o áreas restringidas sin la autorización previa.
- Bromear, jugar, empujarse, reñir o discutir dentro de los inmuebles del Hospital.
- Romper, rayar, retirar o destruir avisos, carteles y afiches que entreguen informaciones a los pacientes, usuarios y funcionarios.
- Trabajar sin el debido equipo y elementos de protección personal o sin las ropas de trabajo que la empresa contratista le proporciona.
- Retirar o dejar inoperante los dispositivos o elementos de seguridad de máquinas, equipos o instalaciones, en general, crear condiciones inseguras.
- Utilizar en el establecimiento lenguaje inadecuado y/o participar en acciones o situaciones obscenas.
- Escuchar música a volumen elevado durante la ejecución de los trabajos, para no entorpecer las labores de los funcionarios que se encuentran adyacente a la obra.
- Por ser considerado el Hospital en toda su extensión (sean zonas abiertas o cerradas), una institución libre de humo de cigarrillo, el personal tiene prohibido fumar.
- Como regla general, el personal del contratista deberá respetar y cumplir con las medidas de orden y seguridad, tener mayoría de edad, una buena presentación, buenos modales de educación y antecedentes intachables.
12.2.- Prevención de Accidentes:
Todos los trabajadores del contratista estarán obligados a respetar y cumplir las medidas de seguridad durante la ejecución de los trabajos, deberán ser respetuosos con los funcionarios y seguir las instrucciones que éstos impartan, con el objeto de minimizar las molestias en la atención de pacientes, producto de los trabajos que se están ejecutando y/o los intereses del Hospital.
De acuerdo con las disposiciones legales vigentes, el contratista está obligado a proteger a todo su personal de los riesgos del trabajo, entregándole al trabajador cuya labor lo requiera, sin costo alguno, pero a cargo suyo y bajo su responsabilidad los elementos de protección personal.
Los trabajadores deberán usar en forma permanente los elementos de protección personal, cuando desarrollen un trabajo que lo exija, como asimismo preservar su mantención. Todos los accidentes tienen su origen en la existencia de ciertas condiciones peligrosas y/o en la comisión de negligencias o de actos inseguros.
En ambos casos el trabajador puede hacer mucho por la prevención, observando las normas de seguridad, no cometiendo actos inseguros y corrigiendo las condiciones peligrosas o dando cuenta de su existencia a su jefe inmediato.
13.- SALUD OCUPACIONAL
El contratista deberá promover o mantener registro de exámenes ocupacionales al personal expuesto a riesgos específicos (físicos, químicos y/o biológicos).
14.- EVALUACIÓN DEL PERSONAL
La empresa prestadora deberá presentar mensualmente al Jefe de Servicios Generales, una evaluación de desempeño por cada uno de los trabajadores que laboraran en la unidad de Servicio correspondiente del Hospital.
15.- VESTUARIO E IDENTIFICACIÓN DEL PERSONAL
En el ejercicio de la prestación el trabajador deberá contar con uniforme del color según la unidad de Servicio, que será provisto por el Prestador.
El Prestador debe, a contar del primer día, proporcionar los uniformes a sus trabajadores, vestuario, calzado y EPP, en los trabajadores de Unidades Clínicas se debe contar con vestuario de acuerdo con sus funciones, primando la uniformidad, sobriedad y orden, si no cumple con lo establecido, procederá a hacer efectiva la multa establecida en las Bases Administrativas.
El Prestador debe a contar del primer día, proporcionar a todo trabajador de su empresa que prestará el servicio en el Hospital, una identificación personal. Esta identificación debe usarse permanentemente y en un lugar visible.
Los trabajadores contratados por la empresa adjudicada podrán utilizar las dependencias de los vestidores y duchas del establecimiento asignadas para empresas externas, si se requiere casilleros para vestidores, deberán ser proveídos por el oferente.
15.1 PREVENCIÓN DE RIESGOS Y REQUERIMIENTOS DEL ORGANISMO REGULADOR.
- El Contratista deberá cumplir y hará cumplir a su personal el Protocolo de Higiene y Seguridad del Hospital.
- El Prevencionista de Riesgo del Hospital hará cumplir las exigencias de Prevención de Riesgos, la seguridad personal y la prevención de accidentes del trabajo, de acuerdo con legislación vigente. El personal del Contratista que no esté provisto de sus elementos de protección personal o no haga uso de ellos, será obligado a abandonar la faena, los elementos de protección personal serán de cargo del Contratista. En todos los trabajos que se realicen, deberá usarse en forma obligatoria los elementos de protección personal, de acuerdo con el riesgo involucrado.
- La Empresa Contratista deberá contar con la asesoría de un Prevencionista de Riesgos, durante el desarrollo del servicio y deberá asistir a lo menos dos (2) veces al Mes, presentándose al Encargado de Prevención de Riesgos del Hospital al inicio de su jornada y su permanencia mínima en el recinto será de cuatro horas/día.
16.- RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA
El contratista contratará a sus propios trabajadores, los que no tendrán ninguna relación laboral con el Hospital, siendo de su exclusiva responsabilidad el pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales y las referentes a la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, sin perjuicio de todos los derechos y deberes laborales que les correspondan a los trabajadores.
La empresa deberá informar por escrito de los reemplazos de personal que se produzcan durante la vigencia del contrato, dentro de los 5 días siguientes a los cambios.
La empresa contratista que ejecute trabajos para el Hospital, deberá velar por el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigente sobre la prevención de accidentes, es responsable de la prevención de accidentes y enfermedades profesionales que puedan afectar a los trabajadores de su dependencia, debiendo contar para tal efecto con los convenios correspondientes con alguna caja de previsión (ISL) o mutualidad, a fin de tener cubiertas las contingencias de cualquier accidente del trabajo o enfermedad profesional que sufra algún trabajador, esto no eximirá al Hospital de sus obligaciones respecto de la protección de la seguridad y salud de los trabajadores de las empresas contratistas, por tal razón, la empresa contratista deberá efectuar junto con el Hospital, las coordinaciones que fueran necesarias para dar cumplimiento a las normas en materia de seguridad y salud en el trabajo, asimismo, deberá informar acerca del cumplimiento de las obligaciones que le impone la ley en estas materias, cada vez que La unidad de Prevención de Riesgos del Hospital, lo requiera.