Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas
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Fecha de vencimiento:
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10-04-2025
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Monto:
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5
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Descripción:
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cumplimiento del contrato, los oferentes y adjudicatarios, según corresponda, deberán presentar cauciones pagaderas a la vista, con carácter irrevocable y que aseguren el cobro de esta, de manera rápida y efectiva. La referida garantía deberá ser extendida, en forma nominativa, a nombre de la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, RUT N° 60.908.000-0, expresada en pesos chilenos, sin perjuicio de aquellos instrumentos que, por su naturaleza, sólo puedan ser emitidos en unidades de fomento (UF). La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. Cuando se otorguen físicamente, los oferentes deberán entregarla en Oficina de Partes de JUNAEB, ubicada en calle 1 Oriente N°1740, Talca, dentro del plazo establecido en el título Nº3, “Etapas y plazos”, de las presentes bases administrativas, esto es, hasta las 15:00 horas del día indicado para el cierre de recepción de ofertas.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, esta se deberá adjuntar como anexo administrativo al presentar su oferta en el portal Mercado Público y entregarse dentro del plazo establecido en el título 3° “Etapas y Plazos”, esto es, hasta las 15:00 horas del día indicado para el cierre de recepción de ofertas, ajustándose a lo indicado en la ley N° 19.799 sobre documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y su reglamento aprobado por decreto supremo N° 181, de 2002 y sus modificaciones, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.
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Glosa:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del proveedor y las multas, en el marco de la propuesta pública ID 1800-9-LE23.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La garantía será devuelta al adjudicatario, una vez vencido su plazo de vigencia o cuando se hayan cumplido la totalidad de las obligaciones establecidas y derivadas de las bases y/o contrato, previa aprobación de la contraparte técnica, en la que señale su total conformidad con el cumplimiento de estas obligaciones.
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