Licitación ID: 4444-15-LE22
REPARACION DE TECHUMBRES MUSEO REGIONAL MAGALLANES
Responsable de esta licitación: SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 43
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Productos o servicios
1
Instalación o reparación de techos 1 Unidad
Cod: 72101601
Proyecto: “REPARACIONES DE TECHUMBRES MUSEO REGIONAL DE MAGALLANES, PUNTA ARENAS” Ubicación: Hernando de Magallanes N° 949, Punta Arenas Mandante: Dirección Regional del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural (Serpat). Unidad técnica: Jefe de  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
REPARACION DE TECHUMBRES MUSEO REGIONAL MAGALLANES
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El servicio a contratar consiste en la reparación del techo del edificio Museo Regional de Magallanes, Punta Arenas, Ubicación: Hernando de Magallanes N° 949, Punta Arenas Se adjuntan bases con las especificaciones del servicio solicitado
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MUSEO REGIONAL DE MAGALLANES
R.U.T.:
60.905.000-4
Dirección:
Magallanes N° 949
Comuna:
Punta Arenas
Región en que se genera la licitación:
Región de Magallanes y de la Antártica
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-11-2022 12:30:00
Fecha de Publicación: 21-10-2022 10:53:21
Fecha inicio de preguntas: 21-10-2022 17:00:00
Fecha final de preguntas: 27-10-2022 22:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-11-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 04-11-2022 15:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 04-11-2022 15:00:00
Fecha de Adjudicación: 28-12-2022 17:37:07
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a terreno opcional/voluntaria 25-10-2022 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1
2.- ANEXO 2
3.- ANEXO 3
4.- Declaración Jurada requerimiento para ofertar
Documentos Técnicos
1.- ANEXO 5
 
2.- ANEXO 6
 
3.- ANEXO 7
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO 4
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Fotocopia de Iniciación de Actividades en SII o documento idóneo que así lo acredite
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
- I18n entry not found: Fotocopia del R.U.T. de la persona jurídica
- I18n entry not found: Fotocopia de la cédula nacional de identidad del representante legal.
- I18n entry not found: Fotocopia de la escritura de constitución de la persona jurídica y sus eventuales modificaciones, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio, si correspondiere.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes Para cada una de las experiencias a acreditar, el oferente deberá presentar uno o más documentos que acrediten (verificadores); el inicio y término de la obra o las obras, los que deberán estar firmados y/o timbrados por la entidad donde se prestó el servicio, los cuales son: • Contrato de obra, • Orden de compra, • Certificado de Experiencia, • Recepción DOM, • Recepción mandante, • Factura o boleta de honorarios recibida, • u otro documento válido debidamente emitido. La información contenida en los documentos presentados como medio de verificación debe ser concordante entre sí. Los verificadores que no sean coherentes con lo indicado en el Anexo N° 5, no serán válidos para su evaluación. No se considerarán verificadores válidos aquellos que no cumplan con los requisitos mencionados anteriormente. Experiencia del oferente (15%) FACTOR DE EVALUACIÓN DESCRIPCIÓN CRITERIO PONDERACIÓN Experiencia del oferente 15% Se evaluará la experiencia del oferente en trabajos afines a los solicitados en las presentes bases, realizados en los últimos 5 años, cuyos contratos sean por un monto mínimo de $30.000.000, para cada proyecto presentado. 6 o más proyectos 15% Entre 3 y 5 proyectos 10% Entre 1 y 2 proyectos 5% Sin experiencia, o no es posible demostrar 0% 15%
2 Plazo de Entrega Este Ítem evaluará el plazo de entrega propuesto, según lo informado en el ANEXO N° 6, obteniendo mayor puntaje el oferente que presente el menor plazo. El plazo de prestación de los servicios no podrá menor a quince (15) días ni superior a sesenta (60) días corridos, en caso contrario su propuesta será declarada inadmisible por no ser de interés del servicio. 12 Así también, el oferente que no incluya la información acerca del plazo de entrega, su oferta no será evaluada y quedará fuera del proceso de evaluación siendo declarada inadmisible su propuesta. Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente fórmula: PEE = (PM / PE) x 20% Donde: PEE Puntaje de entrega en evaluación PM Plazo menor PE Plazo en evaluación 20%
3 Servicio Post Venta Este Ítem evaluará el plazo de la garantía post venta a proponer por el oferente, según lo informado en el ANEXO N° 7, obteniendo mayor puntaje el oferente que presente un mayor plazo, mayor al rango de los días establecidos. El plazo de garantía de los servicios deberá ser superior a tres meses corridos, en caso contrario su propuesta será declarada inadmisible por no ser de interés del servicio. Así también, el oferente que no incluya la información acerca del plazo de garantía, su oferta no será evaluada y quedará fuera del proceso de evaluación siendo declarada inadmisible su propuesta. Se evaluará con la máxima ponderación a quien oferte mayor garantía por los servicios contratados. Para la evaluación de este criterio se aplicará la siguiente fórmula: (Tiempo de garantía ofertada / Tiempo de garantía mayor) x 10% La garantía debe ser expresada en meses. 10%
4 Plan de trabajo En este ítem el Oferente deberá entregar un Plan de trabajo con las actividades que realizará en terreno y su programación. Junto a lo anterior, deberá entregar una propuesta metodológica y la composición de su(s) respectivo(s) equipo(s) de trabajo, considerando las especificaciones técnicas y recomendaciones para trabajos de esta naturaleza y complejidad (trabajo en altura, sobre techumbres y cubiertas, que requieren condiciones de seguridad especiales). La NO entrega de cualquiera de estos requisitos será motivo para declarar inadmisible la oferta. Plan de trabajo 11% PONDERACIÓN Presenta un plan de trabajo completo: Presenta propuesta metodológica y listado de la composición de su(s) respectivo(s) equipo(s) e indica tiempos de ejecución en forma clara, detallada y precisa. 11% Presenta un plan de trabajo incompleto (falta alguno de los siguientes documentos o la información es claro): Presenta propuesta 6% 13 metodológica y listado de la composición de su(s) respect 11%
5 Cumplimiento de los requisitos Evaluación del cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta (4%) Cumplimiento de Requisitos Formales PONDERACIÓN Oferta técnica y económica 2% Cumple con la claridad y completitud de la oferta técnica y económica hecha conforme a las bases (Anexos, etc.) y que no requieren de aclaración posterior a su presentación. 2% Presentación de oferta técnica y/o económica, que requieran de aclaración posterior a su presentación. 0% Documentos legales 2% Presentación, dentro del plazo establecido, la totalidad de los antecedentes legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases, sin faltar uno solo y que estén completos e íntegros. 2% Entrega de los antecedentes omitidos en la presentación de la oferta (documentos legales, declaraciones juradas y anexos requeridos en las bases), a solicitud del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, en el plazo establecido en el numeral 5.3. 0% 4%
6 Precio La evaluación de las ofertas económicas del servicio de servicio de mantención sistema de evacuación de aguas de lluvia, se realizará aplicando la siguiente fórmula, POE: (40%) x (OEB/OEE) Dónde: POE=Puntaje de la oferta económica en evaluación OEB=Oferta económica más baja OEE=Oferta económica en evaluación NOTA: todos los oferentes deben completar Anexo N°4 “Presentación de la oferta Económica” y este deberá ser llenado conforme a las instrucciones contenidas en las presentes bases. Si no se presenta el Anexo N° 4 la oferta será declarada inadmisible. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: Otros
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: paola gonzález martínez
e-mail de responsable de pago: paola.gonzalez@museoschile.gob.cl
Nombre de responsable de contrato: sylvia monrroy alveal
e-mail de responsable de contrato: sylvia.monrroy@patrimoniocultural.gob.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-61-2746418-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, RUT N°60.905.000-4
Fecha de vencimiento: 04-01-2023
Monto: 150000 Peso Chileno
Descripción: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Seguro de Garantía o cualquiera que asegure el cobro de éstas de manera rápida y efectiva, en los términos del artículo 31 del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886
Glosa: Garantía de Seriedad de la Oferta “REPARACIONES DE TECHUMBRES MUSEO REGIONAL DE MAGALLANES, PUNTA ARENAS”
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, en la forma que se señale en las bases de licitación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato y firmado el contrato respectivo
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, RUT N°60.905.000-4
Fecha de vencimiento: 28-04-2023
Monto: 10 %
Descripción: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Seguro de Garantía o cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, en los términos del artículo 31 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886. El documento de garantía deberá ser tomado en una institución comercial con oficinas en Santiago, a la vista, irrevocable y a la orden de “Servicio Nacional del Patrimonio Cultural”
Glosa: “REPARACIONES DE TECHUMBRES MUSEO REGIONAL DE MAGALLANES, PUNTA ARENAS
Forma y oportunidad de restitución: El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato, y habiéndose presentado por quien corresponda un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para ello, la Inspección Técnica del contrato deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía. En caso de renovación de contrato por un período completo, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta contra la entrega de la nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento por el segundo período del contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural podrá readjudicar la licitación a quien siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la parte adjudicataria. b Si se comprobare falsedad en la oferta del oferente. c Si la parte adjudicataria no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato. d Si la parte adjudicataria se desiste de su oferta. e Si la parte adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N°19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. En cualquiera de los casos, el Serpat hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicar al siguiente proponente mejor calificado.
Resolución de Empates
En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente: 1. Se preferirá a aquel que obtenga el más alto puntaje en Experiencia del Oferente. Si no se desempata con lo anterior; 2. Desempatará aquél que presente el mayor puntaje en Plazo de Entrega Si no desempata con lo anterior; 3. Se preferirá a aquella que presente mejor evaluación en el Oferta Económica
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA
El proveedor deberá contar con el equipamiento e infraestructura adecuada para los trabajos y servicios solicitados en la presente licitación, especialmente para trabajos en altura, debiendo cumplir con las normas INN de seguridad vigente. La empresa consultora adjudicada deberá proveer de equipamiento de seguridad, vestuario uniforme y todo elemento de protección para su personal que ejecutará los trabajos; además de identificación, el que deberá ser utilizado en todo momento mientras se encuentre desempeñando los trabajos. El personal que no use elementos de seguridad deberá abandonar los recintos a petición del ATO o de la Unidad de Higiene y Seguridad Laboral del Serpat. La empresa es la única responsable de cualquier accidente que se produzca, debiendo informar al Serpat de cualquier accidente producido en el desarrollo de los servicios. La empresa consultora en un plazo no mayor a 24 horas deberá hacer entrega de la investigación de accidentes al ATO, el documento deberá indicar claramente las medidas correctivas aplicadas para evitar una repetición del acontecimiento. Asimismo, deberá contar con instrumentos, herramientas, equipos y todo elemento necesario para realizar los trabajos en óptimas condiciones y reemplazar y/o adquirir todo elemento que se considere que no se encuentren en las mejores condiciones de uso, protección y seguridad. Por tanto, deberá cumplir con todas las indicaciones que en materia de seguridad se le señalen, así como los instructivos de seguridad. El contratista adjudicado será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones de este contrato. El Serpat no tiene ni tendrá vínculo laboral, ni jurídico con ese personal. La empresa adjudicada, mantendrá en la obra, por el tiempo que ésta se extienda, un registro actualizado de antecedentes, en papel y/o soporte digital, el que deberá estar disponible cuando sea requerido por entidades fiscalizadoras. Este registro deberá contener a lo menos los siguientes antecedentes: - Copia de la Resolución de adjudicación del contrato. - Cronograma de actividades o trabajos a ejecutar, indicando el nombre o razón social de la(s) empresa(s) que participará(n) en su ejecución, indicar fecha de inicio y fecha de término de los trabajos - Copia de la nómina del personal que realizará o participará en los trabajos relacionados con la obra, esta nomina deberá incluir el grado académico y experiencia de acuerdo con la especialidad a ejecutar. - Copia de, todos los contratos de trabajo vigentes, con sus respectivos certificados de afiliación a los organismos legales de previsión social. - Copia del certificado de afiliación correspondiente al Organismo Administrador al cual se encuentran adheridos los trabajadores, (Ley 16.744, Art. 1° y 2°). - Copia de certificado de siniestralidad laboral - Informe de las evaluaciones de los riesgos que podrían afectar a los trabajadores en la obra, faenas o servicios. - Procedimientos de trabajo seguro. - Certificados médicos pre ocupacional de todo trabajador que deba realizar trabajos de alto riesgo, este certificado debe acreditar que el personal reúne las condiciones físicas y psíquicas para la labor asignada. Ejemplo trabajos en altura sobre 1,80 metros, deberá acreditar examen de aptitud de trabajo en desnivel, altura física. - Copia del Reglamento Interno (cuando tenga a su cargo menos de 10 trabajadores) y si tiene 10 o más trabajadores Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad. - Copia de acta de constitución y actas de reuniones del Comité Paritario, si en la obra reúne a más de 25 trabajadores. - Copia del registro firmado por cada trabajador de la instrucción y capacitación sobre la "obligación de informar los riesgos laborales”, en cumplimiento al Decreto Nº 40, que Aprueba Reglamento sobre Prevención de Riesgos Profesionales, Titulo VI, de la Obligación de Informar los Riesgos Laborales y el D.S. N° 50. que establece que los empleadores tienen la obligación de informar oportunamente a sus trabajadores acerca de los riesgos que entrañan sus labores, de las medidas preventivas, y de los métodos de trabajo correctos. - Copia de registro firmado por cada trabajador, que conste la entrega de los implementos de protección personal. Además, velará por el estricto cumplimiento de su uso. - Informes de visitas y medidas prescritas por los organismos administradores de la Ley 16.744. - Copias de Informes o actas de inspecciones de entidades fiscalizadoras, cuando se hayan elaborado. - Esta información deberá ser replicada a todos los contratista y subcontratista que realicen trabajos para la empresa consultora adjudicada. - Libro de asistencia debidamente firmado La empresa será responsable y asumirá a su costa los daños y pérdidas que pudiese ocasionar su personal en el lugar donde se desarrollan las obras. En caso de daños en superficies y elementos del edificio atingentes al trabajo encomendado, la empresa deberá reponer o reparar de inmediato a entera satisfacción de Contraparte Técnica de la Obra. El personal de la empresa deberá cumplir las instrucciones de seguridad emitidas por el Coordinador del Proyecto, el Departamento de Seguridad o las autoridades del Servicio. La empresa deberá respetar todas las normas vigentes en el país, en materia de seguridad laboral y de accidentes del trabajo, en especial las normas para trabajos en altura y en excavaciones. La empresa consultora adjudicada, se compromete a mantener permanentemente limpios y ordenados los lugares de trabajo asignados. Al término del trabajo, la empresa consultora debe retirar todos los equipos, escombros, materiales y elementos sobrantes de su propiedad.
ATO
El contratista al inicio y/o término de las partidas más relevantes, deberá contar con el V°B° del Asistente Técnico de Obras, ATO, observaciones y acuerdos que deberán quedar registradas en libro de obra. Las siguientes actividades, como mínimo: - V°B° Inicio retiro de cubierta. - V°B° Pruebas de materiales a integrar. - V°B° Pruebas y RAL colores (si necesario). - V°B° Pruebas de estanqueidad. En el caso que una determinada partida no cumpla con las indicaciones del presente documento o se encuentre defectuosa, el ATO podrá solicitar su reparación, demolición y restitución si corresponde. Todo lo cual será de costo del contratista. Para favorecer la continuidad y oportuna ejecución de la Obra, el ATO tiene plena facultad de entregar soluciones constructivas que no impliquen modificaciones mayores al diseño original aprobado.
FUNCIONES PROFESIONAL ENCARGADO DE OBRA
El personal que desempeñará las faenas debe ser el propuesto por el oferente. Deberá incluir al menos: 6.1. Profesional encargado de obra Profesional o técnico del área de la construcción (carrera de al menos 8 semestres, técnico en construcción, constructor civil, arquitecto o afín), con experiencia comprobable, quien velará por el estricto cumplimiento de los planos, especificaciones técnicas, y prácticas del buen construir. La designación de este profesional deberá quedar refrendada en el Libro de Obra de modo previo al inicio de obras, situación que deberá complementarse con una carta Informando al Serpat, adjuntando copia de Certificado de título, patente del profesional y de la empresa constructora adjudicada, con la vigencia correspondiente. El profesional deberá permanecer en la obra durante toda la jornada laboral. En caso de reemplazo a este, su sustituto deberá poseer una calidad igual o superior. Además, se exigirá al profesional encargado de la obra, planificar los avances de obras a través de Carta Gantt que será estrictamente evaluada por la ATO., por lo que será de su responsabilidad, la planificación financiera y física del contrato. Debiendo dar cumplimiento a los plazos pactados. Se deberá anotar en el libro de obras listado completo del personal directivo de obra, (Profesionales y Jefe de Terreno) quienes serán responsables de llevar la planificación. Para resguardar la seguridad del personal del Serpat, las dependencias, equipos y documentos del Servicio; el Contratista, será responsable de llevar un control de su personal y deberá dotarlo de identificación. 6.2. Encargado de prevención de riesgos La empresa deberá disponer de un profesional del área titulado con al menos 3 años de experiencia o técnico del área con 5 años de experiencia. El prevencionista deberá participar de las reuniones semanales con la A.T.O. y presentarse en cada evento al llamado del mandante, la A.T.O. o los trabajadores de la empresa contratista.
Reunión de coordinación inicial y firma Acta de entrega de terreno
Dentro de los 5 primeros días hábiles del contrato, se hará una reunión de coordinación a la que concurrirán la Unidad Técnica conformada por la Asesoría de la Inspección Técnica de Obras (ATO), Director Regional de Magallanes, Directora del Museo y Jefe Gestión de Proyectos Patrimoniales de Magallanes y el titular del contrato, jefe de obras y jefes de cuadrillas si fuera parte de la oferta, por parte de la empresa contratista. El inicio del plazo de ejecución de las obras se contabiliza desde la Entrega de Terreno, el que se formalizará con la firma del acta respectiva, suscrita por el ATO, y representante del Contratista. Desde la Entrega de terreno y hasta la Recepción Definitiva; el Contratista será responsable del resguardo total de la obra y su equipamiento. Cualquier daño, deterioro o hurto que se produzca en este período, deberá ser reparado o repuesto a su coste. El contratista deberá realizar un catastro fotográfico del terreno o del recinto a intervenir, previo a la ejecución de la Obra para constatar posibles deterioros a consecuencia de las faenas. Los que deberán ser reparados a su coste.
Entrega de documentos y actualización metodología de trabajos
En reunión de coordinación, el proveedor deberá hacer entrega de los siguientes documentos:  El listado de trabajadores que serán parte de la obra.  Actualización y aclaración del plan de trabajo y la carta Gantt.  Carta Gantt con programación de los trabajos en el plazo establecido en el contrato, con los ajustes que habrá hecho llegar la ATO al momento de la aceptación de la Orden de Compra.  Libro de obras tipo Manifold.  Fotocopia del Certificado de título legalizado y curriculum de profesional responsable de la obra.  Croquis de Instalación de faenas.
Recepción de obras
Se considera la recepción de obras en 2 etapas:  Recepción Parcial de Obras.  Recepción Final de Obras. El contratista deberá entregar al final de las obras: 1. La copia original del LIBRO DE OBRAS. 2. INFORME TÉCNICO que incluya:  Catálogo de materiales y productos instalados (marcas y especificaciones técnicas).  Integrar un corte escantillón tipo.  Descripción de las labores, interferencias y buenas prácticas en el cual hará una descripción pormenorizada (con imágenes de apoyo) de cada evento, hallazgo o condición y sus soluciones o recomendaciones, que aporten a la institución para la conservación y mejoramiento continuo de los trabajos afines.
ANTECEDENTES LEGALES A CONSIDERAR
• Ley General de Urbanismo y Construcciones. • Ordenanzas Generales, Especiales y locales de Construcción y Urbanización. • Normas del Instituto Nacional de Normalización. • Ley 16.744 sobre normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. • Durante todo el proceso de ejecución de obras, deberá velar por el estricto cumplimiento de la ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, y todas aquellas normas vigentes para la construcción existentes en Chile, a saber, (O.G.U.C.), (SERVIU), (I.N.N), entre otros. • Para resguardo, deberá mantener vigente las pólizas de seguros contra accidentes del trabajo, seguridad de las personas, incendios y daños a terceros, según corresponda y de acuerdo con las bases de la presente propuesta. • El contratista debe dar estricto cumplimiento e implementar en la faena cada uno de los aspectos aplicables según la legislación vigente: • Medidas de mitigación de partículas en suspensión Artículo 5.8.3 OGUC. • “Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo”, Decreto Nº 594 de 1999. (Considerar, baños químicos, duchas con agua caliente, camarines, lockers, comedor y duchas para obreros y personal técnico, además de otras construcciones provisorias que el desarrollo de la obra requiera). • Ley N° 16.744, sobre Elementos de Protección Personal (EPP) • Ley de subcontratación, Ley Nº 20.123.
CANTIDADES APROXIMADAS
Las cantidades indicadas en Anexo 4 son aproximadas. Antes de ofertar, es obligación del oferente estudiar y recubicar las partidas para dar cumplimiento a cabalidad a las especificaciones técnicas de las obras (Anexo Técnico 1), efectuando por escrito las consultas u observaciones que le merezcan, antes de la adjudicación. Si no se producen estas observaciones se entenderá que el contratista da por conocidos, correctos y aceptados todos los antecedentes. Y toda inconsecuencia o diferencia en partidas o cantidades, será de responsabilidad del contratista. Ante cualquier discrepancia entre la planimetría y las Especificaciones Técnicas, prevalecerá la información de las especificaciones técnicas. El oferente podrá introducir modificaciones a las cantidades en función de su cubicación. Cada oferente debe responsabilizarse de sus propias cubicaciones de acuerdo con la norma chilena. Sólo se permitirá el ingreso para revisar cubicaciones, aquellos contratistas que hayan asistido a la visita de obra señalada en el punto 1.3 de las Bases Administrativas. El ítemizado proporcionado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural (Serpat) establece cantidades estimadas y referenciales. Será obligación del contratista revisar prolijamente todos los documentos de la propuesta y cotejar en terreno. Efectuando por escrito las consultas u observaciones que le merezcan, antes de la adjudicación. Si no se producen estas observaciones se entenderá que el contratista da por conocidos, correctos y aceptados todos los antecedentes. Y toda inconsecuencia o diferencia en partidas o cantidades, será de responsabilidad del contratista. Los materiales para emplear por el contratista serán de 1° Calidad, debiendo cumplir con todas las normas del Instituto Nacional de Normalización (INN). El Contratista podrá proponer alternativas, pero estará obligado a mantener la calidad, presentación y características técnicas del producto referencial. El contratista deberá comunicar con la debida anticipación la falta de stock de materiales o partidas que pudiesen presentar plazos de suministro muy extensos, para no comprometer los plazos de entrega de las obras contratadas. Por lo tanto, el eventual atraso por falta de stock o indefinición en esta materia será de responsabilidad del contratista.
Alcance de los servicios
Uno de los criterios de intervención durante la ejecución de las faenas, será la seguridad. Es prioridad de la institución que cada una de las acciones que se efectúen considere la evaluación de los riesgos y se tomen las medidas de seguridad necesarias para no poner en peligro el personal de la empresa contratista, de la institución y del propio contenido del edificio. Como término básico se deberán incorporar todos los instrumentos y elementos de protección personal (EPP) pertinentes, y hacer un levantamiento de los riesgos para cada una de las faenas y sus respectivas medidas de mitigación que serán consolidadas en un protocolo, el que se confeccionará con los trabajadores, y será explicado detalladamente antes del inicio de cada faena y expuesta diariamente en el lugar de trabajo. Esta acción deberá estar coordinada por un prevencionista de riesgos. El profesional deberá asistir a las visitas semanales de Inspección Técnica, así como al llamado del ATO cuando se incumplan las medidas incorporadas en el procedimiento
MODIFICACIÓN DE CONTRATO POR MUTUO ACUERDO DE LAS PARTES
Conforme con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley N°19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, las partes podrán convenir, de mutuo acuerdo, la modificación de las condiciones contractuales pactadas originalmente, siempre y cuando exista alguna causal de caso fortuito o fuerza mayor que impida o haga imposible el debido suministro de bienes muebles o la correcta prestación del servicio contratado, lo que deberá ser calificado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, a quien corresponderá ponderar si existen hechos que puedan servir de fundamento para la modificación mediante acuerdo de voluntades (aplica dictamen N°11.392, de 2019). Lo anterior, sin perjuicio de lo previsto en el numeral 12 sobre “Posibilidad de aumento y disminución de los servicios y servicios complementarios”, cuya procedencia estará sujeta a lo indicado allí. Déjese expresamente establecido que, para que opere este específico tipo de modificación contractual, se requerirá necesariamente el consentimiento de ambas partes, lo que deberá constar en la suscripción de un Anexo modificatorio del contrato. Asimismo, y conforme con la normativa legal aplicable y lo resuelto por la jurisprudencia administrativa de la Contraloría General de la República, no resultará pertinente la modificación de un contrato por mutuo acuerdo, cuando ello conlleve evitar que el proveedor incumplidor asuma las consecuencias que se derivan de su actuar (aplica criterio contenido en los dictámenes N°4.858 de 2019, N°7.958, de 2017, y N°s.39.361 y 63.020, ambos de 2013).
TÉRMINO DEL CONTRATO
Se podrá poner término anticipado al contrato de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. En lo que concierne a la causal de la letra b) del artículo 13, y del numeral del artículo 77, referidos, se considerará que existe incumplimiento grave, entre otros casos: 1. Cuando el adjudicatario supere los 15 días de atraso de la fecha de término del contrato. 2. Cuando el adjudicatario demore más de 5 días corridos en poner en marcha el servicio, sin mediar acuerdo y/o justificación alguna. 3. Cuando el proveedor acumule 5 UF de multa por no prestar un buen servicio de trabajo de acuerdo con lo establecido en las bases técnicas. 4. Cuando el proveedor supere las 3 multas por incumplimiento de medidas de seguridad (EPP y herramientas adecuadas) para sus trabajadores 5. Cuando el adjudicatario no cumpla con el Plan de trabajo y/o con la carta Gantt ofertada. 6. Cuando el servicio prestado sea deficiente. Asimismo, el SERPAT podrá poner término anticipadamente al Contrato en los siguientes casos: a) Proveedor que disuelva su personalidad jurídica sin tener continuador legal. b) Proveedor que figure en el Registro de Quiebras o se encuentre en un procedimiento concursal de liquidación, reorganización o renegociación, ante la Superintendencia de Insolvencia y reemprendimiento. c) Proveedor que incumple las obligaciones laborales y previsionales hacia sus trabajadores. Producida cualquiera de las situaciones antes señaladas, el Serpat por resolución fundada podrá poner término anticipado al Contrato, decisión que deberá ser comunicada al Proveedor por escrito o por cualquier medio electrónico, mediante la forma o mecanismo más directo y expedito. El Proveedor podrá reclamar de la decisión de poner término anticipado al contrato al Serpat dentro de 5 días hábiles contados desde la comunicación señalada precedentemente. El Serpat resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de esta, acogiendo los fundamentos dados por el Proveedor en forma total o parcial o bien, la rechazará confirmando el término anticipado del contrato. No habiéndose presentado descargos por la empresa, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará el término del contrato anticipado mediante una resolución fundada que así lo disponga, deberán publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las 24 horas de dictadas, pudiendo el Serpat podrá hacer efectiva la boleta de garantía que tenga en su poder. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el artículo 79 ter del D.S. N° 250, Reglamento de la Ley N° 19.886, ambos del Ministerio de Hacienda. En cualquiera de los casos señalados en la presente cláusula, el Serpat podrá hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, sin perjuicio de iniciar las acciones legales procedentes para exigir el pago de indemnizaciones por daños y perjuicios que fueren procedentes.
CONFIDENCIALIDAD
El proveedor deberá guardar reserva de toda aquella información que obtenga con motivo del presente contrato. La divulgación, parcial o total a través de cualquier medio, de la información referida por parte del proveedor durante la prestación de los servicios o después de su finalización, dará lugar a el Serpat a establecer las acciones judiciales que correspondan contra el proveedor responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos e infracciones de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables
MULTAS
El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural aplicará las siguientes multas 1. 5 UF por cada día corrido de atraso en la entrega final de las obras, fuera del plazo ofertado por la empresa, con un tope de 10 días corridos. 2. 3 UF por evento, si se detecta un incumplimiento en las medidas de seguridad del personal, ya sea porque la empresa no entregue a sus trabajadores los materiales, máquinas o insumos necesarios para realizar los servicios encomendados, así como que el jefe de obra no detecte situaciones de riesgo para el personal y/o el contenido de los depósitos, con un tope de 4 multas. 3. 3 UF por evento, cuando el adjudicatario no acate las instrucciones en los plazos indicados en el libro de obras, con un tope de 5 multas. 4. 3 UF por cada día corrido de atraso en el inicio de los servicios contratados, con un tope de 5 días corridos. La multa será notificada por la Unidad Técnica al adjudicatario, quien tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles para presentar por escrito sus descargos; la Unidad Técnica resolverá la reclamación presentada dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la recepción de la misma, acogiendo los fundamentos dados por el proveedor en forma total o parcial, o bien, la rechazará aplicando la multa respectiva mediante una resolución fundada que así lo disponga, y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente. Conforme con lo anterior, no habiéndose presentado descargos, o habiéndose resuelto los mismos en los plazos señalados precedentemente, si correspondiere, el Serpat aplicará la multa mediante una resolución fundada que así lo disponga y la parte proveedora deberá efectuar el pago correspondiente a la multa mediante documento comercial, el que deberá ser a la vista, irrevocable y nominativo. Si no lo hiciere, el Serpat podrá hacer efectivo el cobro de la garantía que tenga en su poder. De la misma manera el Serpat podrá poner término anticipado al contrato. Estos procedimientos se regirán según lo dispuesto en el artículo 79 ter del D.S. N°250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. Asimismo, la no entrega de los servicios, total o parcialmente, pasados los plazos antes establecidos el Serpat podrá poner término anticipado al contrato. Y dar curso al cobro de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, cantidad que se considerará como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan. No se aplicará multa si la falta causante de la multa se produce por caso fortuito, fuerza mayor, o si es atribuible al Serpat, o bien él solicite el retraso. El Serpat podrá emitir por separado o en conjunto, notificaciones de amonestación por la no prestación, atraso o mala presentación de cada uno de los servicios solicitados, para cada evento en particular. Las que podrán ser consideradas para la solicitud de término anticipado de contrato.
FORMA DE PAGO
El Serpat procederá a efectuar el pago en 2 estados de pagos, que se realizará de la siguiente manera: Estado de pago Monto ITEM 1 50% Contra avance del 50% de la ejecución de las partidas de obras. 2 50% Contra avance del 100% de la ejecución de las partidas de obras y la respectiva Recepción final. Cada pago se realizará dentro del plazo de 30 días contados desde la presentación del documento tributario respectivo, según la naturaleza de los servicios. Se deja expresamente constancia que este será pagado una vez recibido conforme los servicios, lo que deberá acreditarse mediante el respectivo informe por la Unidad Técnica a cargo. En cada estado de pago deberá acompañarse: • Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales Vigentes, emitido por la inspección del trabajo. • Detalle de obras ejecutadas en formato Excel para verificación en terreno y posterior visto bueno. • Documento tributario debe ser extendido a nombre de: Razón Social : Servicio Nacional del Patrimonio Cultural RUN : 60.905.000-4 Giro : Cultura Domicilio : O´Higgins N° 498, Punta Arenas
Plazo de garantía de los trabajos
El oferente deberá garantizar los trabajos de acuerdo con los plazos propuestos en el criterio de evaluación del punto 6.5.letra C) de las Bases Administrativas. Durante este plazo el contratista deberá asistir en un plazo máximo de 3 días corridos al Museo Regional Magallanes, dependiendo de la gravedad de la lesión declarada, y corregirla en el plazo mínimo, realizando faenas de contención de ser necesario
Devolución de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural devolverá la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, una vez transcurridos 90 (noventa) días contados desde el término del contrato, y habiéndose presentado por quien corresponda un Certificado de Cumplimiento de las Obligaciones Laborales, emitido por la Dirección del Trabajo. Para ello, la Inspección Técnica del contrato deberá emitir un certificado que acredite tal situación, solicitando la devolución del documento de garantía. En caso de renovación de contrato por un período completo, la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato será devuelta contra la entrega de la nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento por el segundo período del contrato.
Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la obligaciones que impone el contrato, como asimismo el pago de las obligaciones laborales y sociales del proveedor/a, según lo dispone el artículo 11 de la Ley 19.886, este deberá entregar, una vez producida la adjudicación, una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, la que podrá consistir en: Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Seguro de Garantía o cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, en los términos del artículo 31 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886. El documento de garantía deberá ser tomado en una institución comercial con oficinas en Santiago, a la vista, irrevocable y a la orden de “Servicio Nacional del Patrimonio Cultural” con la siguiente glosa: “REPARACIONES DE TECHUMBRES MUSEO REGIONAL DE MAGALLANES, PUNTA ARENAS. Dicha garantía será recibida al Adjudicatario/a cambio de la Garantía de Seriedad de la Oferta. La garantía de fiel cumplimiento del Contrato deberá estar expresada en pesos y ser equivalente al 10% del valor del Contrato, con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato, incrementado en 90 (noventa) días corridos. En conformidad con el inciso tercero del artículo 68 del D.S. N°250, Reglamento de la Ley N° 19.886, la garantía de fiel cumplimiento podrá otorgarse física o electrónicamente. En caso de que el contratista no entregue la boleta de garantía de acuerdo con los plazos establecidos en el punto 1.2 de las Bases Administrativas, el Serpat podrá desestimar la oferta presentada y proceder a adjudicar al segundo oferente mejor evaluado. Así también, el Serpat podrá desechar la oferta adjudicada y hacer cobro de la respectiva garantía si el proveedor demora en la firma del contrato de acuerdo con los plazos establecidos en el punto 1.2 de las bases administrativas. En caso de cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, el monto de ésta será considerado como cláusula penal, sin perjuicio de las demás indemnizaciones que procedan.
Garantía de Seriedad de la Oferta
La persona oferente deberá entregar o enviar una garantía de seriedad de la oferta, que tendrá el carácter de irrevocable, tomada por el mismo oferente en una institución comercial, con las siguientes características: Tipo de documento Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Certificado de Fianza, Seguro de Garantía o cualquiera que asegure el cobro de éstas de manera rápida y efectiva, en los términos del artículo 31 del D.S. N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886. Beneficiario Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, RUT 60.905.000-4 Pagadera A la vista e irrevocable Vigencia mínima 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de cierre recepción de las ofertas Expresada en Pesos Chilenos Monto $150.000.- Glosa Garantía de Seriedad de la Oferta “REPARACIONES DE TECHUMBRES MUSEO REGIONAL DE MAGALLANES, PUNTA ARENAS” Forma y Oportunidad de su restitución La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, en la forma que se señale en las bases de licitación. Sin embargo, este plazo podrá extenderse cuando en las bases se haya contemplado la facultad de adjudicar aquella oferta que le siga en puntaje a quien haya obtenido la mejor calificación, para el caso que este último se desistiera de celebrar el respectivo contrato. Respecto del oferente adjudicado, le será devuelta contra la presentación de la garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del contrato y firmado el contrato respectivo. En conformidad con el inciso segundo del artículo 31 del D.S. N°250, Reglamento de la Ley N° 19.886, la garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue físicamente, se deberá entregar en las oficinas administrativas de la Dirección Regional del Serpat, ubicado en O’Higgins N° 498, ciudad de Punta Arenas, en un sobre cerrado, caratulado de la siguiente forma: En el caso que la garantía sea electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. El Serpat podrá hacer efectiva esta garantía en cualquiera de los casos contemplados en la cláusula de Readjudicación (punto 6.11) o si la persona oferente se desiste de su propuesta o la retira unilateralmente durante el período de vigencia de esta.
POSIBILIDAD DE AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LOS SERVICIOS Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS
En caso de ser necesario, mediante resolución fundada y habiendo disponibilidad presupuestaria, el Serpat podrá aumentar o disminuir los servicios contratados y consecuentemente el monto del contrato, debiendo aumentarse y/o disminuirse, según proceda, el monto y la vigencia de las garantías. En relación con el aumento señalado, este no podrá ser superior a un 30% del valor del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de que el monto del contrato más su aumento, no podrá superar el monto del rango de la licitación. Asimismo, se podrá contratar alguno de los servicios complementarios tipificados en las bases técnicas, pero, en cualquier caso, los aumentos de contratos más la contratación de servicios complementarios, no podrán superar, en su conjunto, el tope señalado en el párrafo anterior. El Serpat se reserva el derecho de contratar los servicios complementarios con la persona adjudicada o con una distinta según lo estime pertinente.
SUBCONTRATACIÓN
El proveedor podrá concertar con terceros la subcontratación parcial del contrato, sin perjuicio que la responsabilidad del cumplimiento de este permanecerá en la adjudicada. Tales relaciones laborales se regirán por lo establecido en la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
PROHIBICIÓN DE CESIÓN DEL CONTRATO
En conformidad, con el artículo 14 de la Ley N° 19.886 y el artículo 74 del Reglamento de la ley N° 19.886, se prohíbe al proveedor ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo. Lo anterior, sin perjuicio que los documentos justificativos de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo con las normas del derecho común
RENOVACIÓN DEL CONTRATO
No se permite renovación de contrato.
PLAZO DE VIGENCIA DEL CONTRATO
La ejecución del servicio tendrá una vigencia igual a la propuesta del oferente adjudicado, contados desde el acta de inicio de actividades o entrega de terreno posterior a la aprobación del contrato. El plazo no incluye el plazo de revisión por parte de la UT. Sólo por razones fundadas debidamente calificadas por el Serpat se podrá ampliar el plazo de vigencia del contrato ante lo cual el proveedor deberá ampliar el plazo de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato
DEL CONTRATO
El contrato escrito será elaborado por el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural de conformidad con estas Bases y el contenido de las Ofertas Económica y Técnica del Adjudicatario, en todo aquello que no sea contrario a aquéllas. En el contrato deberá quedar establecido que el proveedor/a, será el exclusivo empleador/a del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones de este, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, si correspondiere, y que el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico alguno con ese personal, sin perjuicio de lo señalado en la Ley Nº 20.123 sobre subcontratación. Sin perjuicio de lo anterior, será aplicable lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 19.886. Cabe señalar que el adjudicatario debe apegarse a las disposiciones legales vigentes en materias laborales. El contrato que el Serpat suscriba con la parte oferente seleccionada, deberá ser aprobado a través del correspondiente acto administrativo. Para todos los efectos legales del contrato, las partes fijarán su domicilio en la ciudad y comuna de Punta Arenas y se deberán someterá la competencia de sus Tribunales de Justicia
Readjudicación
El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural podrá readjudicar la licitación a quien siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles a la parte adjudicataria. b) Si se comprobare falsedad en la oferta del oferente. c) Si la parte adjudicataria no entrega la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del contrato. d) Si la parte adjudicataria se desiste de su oferta. e) Si la parte adjudicataria es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la Ley N°19.886 o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. En cualquiera de los casos, el Serpat hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicar al siguiente proponente mejor calificado.
Consultas respecto del proceso de adjudicación
La parte proponente podrá hacer, a través de correo electrónico del contacto de la licitación paola.gonzalez@museoschile.gob.cl las consultas respecto a la adjudicación publicada en el portal, hasta la medianoche del día siguiente en el que se publicó la adjudicación y la resolución de la autoridad competente en el sistema ww.mercadopublico.cl. El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural contestará dichas consultas, por la misma vía, en el plazo de 48 horas desde el vencimiento del plazo para formular consultas a la adjudicación
En el caso de no cumplimiento del plazo de adjudicación
En el caso que, por razones técnicas o de fuerza mayor no se cumpla con la fecha señalada en las presentes bases para la adjudicación, el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural informará en el sistema de información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
Adjudicación
La selección de la parte Adjudicataria será realizada por una Comisión de Evaluación formada por el personal del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural señalado en el numeral 6.1 de las presentes bases de licitación. La seleccionada será aquella que mejor satisfaga los requerimientos técnicos y económicos de la institución en conformidad con las Bases. El Servicio Nacional del Patrimonio Cultural se reserva el derecho de declarar inadmisible todas las ofertas en forma fundada, cuando estas no cumplieren los requisitos señalados en las bases, o bien, declarar desierta la licitación cuando las ofertas no resulten convenientes para los intereses del Serpat. Las personas proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización alguna.
Evaluación de la oferta
El Serpat podrá, requerir aclaraciones a la parte oferente, cuyas ofertas que exijan un análisis más detallado para la evaluación correspondiente, siempre que dicha solicitud se enmarque en los términos establecidos en el artículo 40 del reglamento de la Ley N° 19886 y punto 5,3 de las presentes bases administrativas. Dichas aclaraciones formarán parte integrante de la respectiva oferta y deberán realizarse a través del portal www.mercadopublico.cl.
Criterios de Adjudicación y su ponderación.
Las ofertas serán ponderadas con un 40% para los aspectos económicos, con un 56% para los aspectos técnicos y un 4% para los requisitos formales, adjudicándose la licitación a la oferta que obtenga el mayor puntaje como consecuencia de la aplicación de los referidos criterios.
Comisión de Evaluación
La evaluación será efectuada por la Comisión Evaluadora, la que se determinará e integrará, conforme al Manual del Sistema de Compras y Contrataciones del Sector Público del Serpat. Además, la comisión evaluadora podrá solicitar la asesoría de otros expertos de las materias técnicas a revisar durante el proceso de evaluación. Las personas que integren la Comisión Evaluadora no podrán tener conflictos de interés con los oferentes que se presenten en esta licitación, para lo cual emitirán una declaración jurada firmada por sus integrantes, de acuerdo con la Directiva N° 14 de la Dirección de Compras Públicas.
Revocación o suspensión de la licitación
En el caso que se detecte alguna inconsistencia que pudiera afectar la presentación de ofertas o el principio de igualdad de los oferentes, se suspenderá el proceso, con la respectiva resolución fundada que respalde dicha decisión y, en caso de que la inconsistencia no sea subsanable, el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural podrá revocar el proceso del concurso público mediante resolución fundada que así lo disponga. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de revisión de los actos administrativos por parte de la Administración, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 de la Ley N°19.880 que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Ingreso de la oferta técnica al portal mercado público
La oferta técnica y sus correspondientes anexos deberán ingresarse al portal www.mercadopublico.cl, mediante archivos adjuntos, indicando detalladamente las características importantes y/o relevantes del servicio requerido, según el formato establecido en las Bases Técnicas.
Posibilidad de presentar más de una propuesta
Los oferentes pueden presentar más de una oferta, las que de forma separada deben cumplir con todos los requisitos administrativos, técnicos y económicos señalados en estas Bases de la licitación. De exigirse garantía de seriedad de la oferta, cada una de las ofertas deberá tener asociada su propia garantía de seriedad
Ingreso de la oferta económica en el portal mercado público
La oferta económica deberá ser presentada a través del portal www.mercadopublico.cl y se deberán subir todos los antecedentes señalados en este numeral de las presentes Bases. Quienes oferten deberán constatar el envío de sus ofertas económicas a través del portal www.mercadopublico.cl. Para ello deben verificar el despliegue automático del comprobante de envío que se entrega en dicho sistema, el cual debe ser impreso por la parte proponente para su resguardo (no debe adjuntarse con los antecedentes). La única oferta económica válida será la presentada a través del portal, debidamente establecida en anexo N°4 de las presentes bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por medio distinto al establecido en estas bases, siendo declaradas inadmisibles aquellas ofertas que no presenten el anexo señalado. Así también, será de responsabilidad de cada oferente adoptar las precauciones necesarias para ingresar en forma oportuna y adecuada sus ofertas, en caso de contradicción entre la oferta señalada en el sistema Mercado público y la presentada en el Anexo N°4, se considera como válida la indicada en el Anexo. Las propuestas económicas y los antecedentes de quien oferte deben estar presentadas correctamente en tiempo y forma; de no ser así, quedarán excluidas de este proceso. El precio señalado en la oferta económica, a través del portal www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor total neto (sin IVA). Dicho valor deberá estar expresado en pesos chilenos. Adicionalmente, se solicita que el proveedor indique si su servicio es afecto o exento de IVA. Para la evaluación de la oferta se considera el valor total de la oferta, incluido el IVA si correspondiere. Sin perjuicio de lo anterior, la parte oferente deberá considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea este directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato. No se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento establecidas en forma unilateral. Cualquier costo adicional debe ser indicado expresamente. En caso contrario, se asumirá que los costos son exclusivamente los referidos a la propuesta económica. Una vez adjudicada esta licitación, el oferente no podrá invocar ninguna causa con el ánimo de aumentar el valor adjudicado.
Recepción de las Propuestas
La fecha y hora de cierre para la recepción de ofertas técnicas, económicas y de los antecedentes del proponente, serán las señaladas en los antecedentes de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas dentro del plazo señalado en el portal, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta alguna. Del mismo modo, quienes presenten una propuesta no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas. Las ofertas tendrán una vigencia de 60 (sesenta) días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas
Presentación de Antecedentes del adjudicatario para la Celebración del Contrato
Para celebrar el contrato definitivo, se exigirá la presentación de un Certificado de Antecedentes Laborales emitido por la inspección del trabajo, con vigencia a la fecha del contrato. Además, en caso de tratarse de personas jurídicas sea que se hayan presentado por si mismas o asociadas mediante Unión Temporal de Proveedores, estas deberán presentar los siguientes documentos: a) Copia simple de la escritura, acta de Directorio u otro instrumento en el que conste el nombre de él o los representantes legales de la persona jurídica y las facultades de que están investidos para representarla y obligarla. b) Certificado de vigencia de la persona jurídica emitido por el órgano competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato. c) Certificado de vigencia de los poderes del representante legal, emitidos por el órgano competente con un máximo de 90 (noventa) días de anticipación a la fecha de celebración del contrato. En virtud de lo establecido en el artículo 67 bis del D.S 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley 19.886, las personas jurídicas y/o naturales que se adjudiquen un proceso licitatorio igual o superior a 1000 UTM, y que hayan concurrido a través de una Unión Temporal de Proveedores, deberán, para efectos de la celebración del contrato, suscribir en Escritura Pública la formalización de ésta, incorporando todas las exigencias legales y reglamentarias señaladas en la norma recién indicada. Lo anterior, sin perjuicio de lo exigido en el numeral 5.2 de estas Bases Administrativas, referente a los antecedentes legales para la presentación de ofertas; esto implica la obligatoriedad de presentar, conjuntamente con la oferta, documento privado o público que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. La adjudicación queda condicionada a que los documentos exigidos al tiempo del contrato sean entregados en la forma y con los requisitos exigidos en estas bases. De acuerdo con el artículo 4° de la Ley N° 19.886, si al presentarse el Certificado de Antecedentes Laborales se comprobare la existencia de condenas por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador/a, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, el Adjudicatario será considerado inhábil para contratar, pudiendo la SERPAT hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta, procediendo a readjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación, y así sucesivamente o bien declarar desierto al licitación. Asimismo, en caso de que el Adjudicatario no concurra a suscribir el contrato o no entregue la garantía del fiel y oportuno cumplimiento del contrato en los plazos establecidos para este efecto por la Servicio Nacional del Patrimonio Cultural, se entenderá que éste no acepta la adjudicación, y el SERPAT podrá hacer efectiva su garantía de seriedad de la oferta. Además, el Servicio Nacional del patrimonio Cultural podrá adjudicar y suscribir el contrato respectivo con el oferente que hubiere ocupado el segundo lugar o el tercero, si el anterior no aceptara la adjudicación, o bien declarar desierta la licitación.
Presentación de antecedentes después del cierre de la fecha de recepción de ofertas
Conforme al artículo 40 inciso 1° del reglamento de la ley N°19.886, el SERPAT podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y desigualdad de los oferentes. Asimismo, de acuerdo con el artículo 40 inciso 2°, el SERPAT podrá requerir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas, o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para ofertar y el periodo de evaluación. El plazo para presentarlos será de 3 días corridos contado desde el requerimiento por parte del SERPAT
Visita a terreno (voluntaria)
A efectos de que quienes participen como proponentes puedan establecer adecuadamente la oferta técnica y económica, se ha determinado una visita NO obligatoria, en el Museo Regional de Magallanes, ubicado en calle Hernando de Magallanes N° 949, comuna de Punta Arenas, (acceso posterior por calle Lautaro Navarro) para el día y hora señalada en la carátula de la licitación del portal www.mercadopublico.cl. Quienes asistan a la visita voluntaria, suscribirán el Acta de Visita a Terreno, con indicación del nombre y número de RUN de la persona que asiste y el nombre y número de RUN de la persona que representa. Para estos efectos, la persona encargada de la visita permitirá que oferentes que no hayan llegado a la hora fijada en el portal, se incorporen a la misma hasta quince (15) minutos de iniciada. Posterior a dicho lapso, se tendrán por no presentados a la visita, circunstancia que quedará consignada en el acta.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.