Licitación ID: 5251-58-LE25
Producción y arriendo de equipos titulaciones
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD TECNOLOGICA METROPOLITANA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 72
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Producción de eventos 1 Unidad no definida
Cod: 80141607
Debe incluir: 1. Iluminación para escenario (Principal) Par led: 16 unidades Par cor: 1 Robotizados: 8 2. Escenario(coro) Estructura para coro 8x4 mts 1 3. Pantalla Led Pantalla central p3, 9 indor 7x3 mt2:1 Estructura arco truss:1 Montaje/ Desm  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Producción y arriendo de equipos titulaciones
Estado:
Adjudicada
Descripción:
garantizar la calidad y cobertura del evento, asegurar el cumplimiento de las normas técnicas y de seguridad, y contar con el equipamiento y personal especializado para la correcta transmisión en CCTV. Asimismo, se buscaasegurar que las ceremonias se lleven a cabo con el profesionalismo, calidad y prestigio que corresponden a un evento de esta magnitud, minimizando los riesgos de fallos técnicos
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO
R.U.T.:
70.729.100-1
Dirección:
Calle Dieciocho Nª178, Santiago
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-04-2025 20:00:00
Fecha de Publicación: 14-04-2025 16:42:00
Fecha inicio de preguntas: 14-04-2025 18:00:00
Fecha final de preguntas: 16-04-2025 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-04-2025 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 24-04-2025 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 24-04-2025 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 16-05-2025 14:22:55
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO DE CARACTER OBLIGATORIA. CENTRO DE EXTENSION DEL INSTITUTO NACIONAL JOSE MIGUEL CARRERA (CEINA), UBICADO EN ARTURO PRAT 33, SANTIAGO. 17-04-2025 16:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - ANEXO N°1, DECLARACIÓN JURADA SOBRE ACTOS, CONVENCIONES Y OPERACIONES CELEBRADAS CON PERSONAS RELACIONADAS - ANEXO N°2, DECLARACIÓN JURADA LEY N°20.393 - ANEXO Nº3 – A, DECLARACIÓN DE HABILITACIÓN PARA PERSONA JURÍDICA - ANEXO Nº3 - B, DECLARACIÓN DE HABILITACIÓN PARA PERSONA NATURALES - ANEXO Nº3 - C, DECLARACIÓN DE HABILITACIÓN PARA UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (Sólo debe presentar el anexo n°3 que corresponda a la naturaleza juridica de su empresa) - ANEXO Nº4, DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES DE LA LICITACIÓN. - ANEXO N°5, FORMULARIO DATOS DEL OFERENTE
Documentos Técnicos
1.- - ANEXO N°7, EXPERIENCIA
 
Documentos Económicos
1.- - ANEXO N°6, OFERTA ECONOMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Para los efectos de este criterio de evaluación, los oferentes deberán completar y presentar el anexo n°6 y la cotización formal requeridos para evaluar su oferta económica, detallando el valor neto de cada ítem y el valor total neto. Cabe señalar que el valor a ofertar es el valor total neto, el cual también deberá ser ingresado en el portal. El proponente que presente el menor valor total neto obtendrá el puntaje máximo (40 puntos) para el ítem. El resto de los oferentes obtendrán un puntaje derivado de la siguiente formula: Precio =(menor valor entre los oferentes x 40)/(valor ofertado por la empresa) En caso de no presentar el anexo N°6 y la cotización en los términos señalados, su oferta será considerada inadmisible 40%
2 Experiencia de los Oferentes En la evaluación de este criterio, se otorgará el puntaje máximo (35 puntos) al oferente que acredite haber realizado ceremonias o eventos similares, ya sea con universidades o eventos de características las siguientes características: duración de 1 semana, con una cantidad de 4500 asistentes aproximadamente y en establecimientos con características similares. La cantidad de trabajos realizados deberá registrarse en el Anexo N°7 Y deberá acreditarse MEDIANTE CARTAS O CERTIFICADOS FIRMADOS POR REPRESENTANTES DE LA EMPRESA U ORGANISMO PÚBLICO A LOS QUE PRESTÓ EL SERVICIO. En caso de no presentar el anexo o el documento que acredite la experiencia simultáneamente, su oferta será declarada inadmisible. No se admite Ordenes de Compra ni facturas como medio de verificación. Cantidad de eventos/ puntaje - 4 o mas:35 puntos -3: 25 puntos -2:15 puntos -1: 5 puntos -No registra: 0 puntos -No presenta aneo acompañado de cartas o certificados de experiencia: inadmisible. 35%
3 Comportamiento contractual anterior Para la evaluación de este criterio, se evaluará el comportamiento contractual anterior del oferente, respecto de todos los organismos públicos (incluidos los de convenios marco) durante los últimos (24 meses) antes del momento del cierre de presentación de ofertas. Esta información será obtenida del Registro de Proveedores. Sólo se considerarán las medidas ejecutoriadas durante el periodo antes señalado. El mecanismo de asignación de puntaje será el siguiente: Categoría /puntaje -No registra sanciones aplicadas por incumplimiento en Mercado Público en los últimos 24 meses: 15 puntos -Registra solamente 1 tipo de incumplimiento: 10 puntos -Registra solamente 2 tipos de incumplimiento: 5 puntos - Registra 3 tipos de incumplimiento o mas: o puntos 15%
4 Cumplimiento de los requisitos En la evaluación de este criterio, se otorgará un puntaje máximo (10 puntos) a aquellos oferentes que cumplan oportunamente, dentro del plazo de presentación de las ofertas, con la entrega de todas las certificaciones, antecedentes formales y anexos solicitados, de acuerdo con la información y datos requeridos en las bases de licitación actuales. Aquellos oferentes que, dentro del plazo para la presentación de las ofertas, omitan alguna certificación, antecedente formal o anexo solicitado de acuerdo con la información y datos requeridos en las bases de licitación actuales, sin que ello implique la inadmisibilidad de su oferta, podrán presentarlo a través del foro inverso de la licitación en el plazo máximo de 48 horas contados a partir del requerimiento de dichos documentos efectuado por parte de la UTEM, a través del Sistema de Información. Así, aun cuando los hayan acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 56 del reglamento de la Ley N°19.886, de la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le hayan solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al mismo artículo citado, se le asignará un puntaje de 5 puntos. De persistir, la no presentación de certificaciones, antecedentes formales y anexos solicitados de acuerdo con la información y datos requeridos en las bases de licitación actuales, vencido el plazo ordinario y extraordinario indicado, la oferta será evaluada con 0 puntos. En el caso en que las certificaciones, antecedentes formales y anexos solicitados de acuerdo con la información y datos requeridos en las bases de licitación actuales no sean entregados dentro del plazo ordinario y extraordinario recién indicados, y estos contengan información necesaria para la correcta evaluación de las ofertas, la oferta será declarada inadmisible. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: UNIVERSIDAD TECNOLOGICA METROPOLITANA
Monto Total Estimado: 50000000
Justificación del monto estimado Ingresar oferta en valor neto.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones En el evento de que existan ofertas que excedan el Monto Disponible, será facultativo para la Universidad Tecnológica Metropolitana autorizarlo en la medida que se cuente con el respectivo presupuesto.
Tiempo del Contrato 12 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Mauricio Loyola
e-mail de responsable de pago: proveedores@utem.cl
Nombre de responsable de contrato: Catalina Fuentes
e-mail de responsable de contrato: c.fuentesc@utem.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-787-7510
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
Previo a la celebración del contrato, la UTEM exigirá al oferente estar inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y ser hábil para contratar con el Estado, conjuntamente con entregar un Certificado de antecedentes laborales y previsionales, que informe respecto de los antecedentes laborales y previsionales de los últimos dos años; la declaración Jurada Ley N°20.393 en el caso de ser el adjudicatario persona jurídica y la declaración jurada simple que consigne el no haber sido condenado por los delitos concursales de aquellos tipificados en el Código Penal. El adjudicatario inscrito en el Portal de http://www.mercadopublico.cl que no tiene contratado el servicio de digitalización de documentos, deberá acompañar antes de la firma del contrato, en fotocopias legalizada ante Notario, los siguientes documentos según proceda: Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar fotocopia de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, o fotocopia del Certificado de Vigencia, de fecha no anterior a tres meses contados desde la fecha de presentación de la oferta y fotocopia del documento en que conste la personería del representante legal. Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada, se deberán adjuntar los antecedentes que acrediten vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan. Tratándose de personas jurídicas que se acojan a la Ley N°20.659. se debe acompañar Certificado de Migración al Régimen Simplificado o Certificado de Migración al Régimen General, según sea el caso, además del Certificado de Vigencia, Certificado del Estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo N°45, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley N°20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales. Copia del instrumento de formalización de la Unión Temporal de Proveedores de acuerdo a lo prescrito en el artículo 180 del D. N°661/24 del Ministerio de Hacienda o el instrumento constitución de la sociedad formada en el caso de que la Unión optara por éste, en conformidad a lo previsto en el acuerdo de actuación conjunta. Tratándose de personas naturales, deberán estar inscritas en el Registro Tributario y declaración de inicio de actividades (Formulario 4415 Servicio de Impuestos Internos) y deberán acompañar copia de la cédula de identidad.
CONTRATO
El adjudicatario estará obligado a aceptar la Orden de compra (que formaliza el contrato) a más tardar dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que la UTEM le haga envío de la Orden de compra al proponente adjudicado, lo que se producirá dentro de los 20 días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la Resolución de adjudicación respectiva a través de su publicación en el Portal del Sistema. Vencido el plazo de 5 días hábiles sin que se haya aceptado la orden de compra por parte del adjudicatario, la UTEM podrá Re adjudicar, deberá determinar si adjudica a la segunda o tercera oferta o a la siguiente mejor evaluada, en el marco de los recursos asignados, o declara desierto el proceso licitatorio y efectúa un nuevo llamado. Modalidad: suma alzada Reajustabilidad: No reajustable Monto en base a: Monto estimado Monto total estimado:$50.000.000 - con IVA INCLUIDO Observaciones: En el evento de que existan ofertas que excedan el Monto Disponible, será facultativo para la Universidad Tecnológica Metropolitana autorizarlo en la medida que se cuente con el respectivo presupuesto. Formalización: La formalización del servicio se materializará por la notificación de la adjudicación y, en conjunto con la emisión y aceptación de la orden de compra del proveedor. Opciones de Pago: Transferencia electrónica
Plazo de Pago
En conformidad al artículo 8º de la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año en curso, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado (UTEM entre ellos) durante el presente año, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos. Por lo tanto, el proveedor debe tener habilitada la opción de recibir pagos por transferencia electrónica, debiendo proporcionar con la debida antelación la información bancaria para que ello pueda realizarse. De igual manera, la ley establece que el reconocimiento en la ejecución presupuestaria deberá realizarse en pleno cumplimiento de la Ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura. Por consiguiente, el pago se realizará dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción de la factura. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente se certifique por parte de UTEM la recepción conforme de los bienes/servicios adquiridos o contratados, y a la posterior implementación realizada por el proveedor adjudicado.
Consideraciones relacionadas con la facturación
a) El adjudicatario no podrá entregar a la Universidad Tecnológica Metropolitana la factura por los servicios/bienes/materiales prestados mientras la contraparte técnica no apruebe formalmente los servicios y/o productos solicitados. b) Al momento de hacerse efectivo los pagos, y no habiendo operado la transferencia a terceros, el proveedor deberá entregar la copia a que se refiere el artículo 1° de la Ley N°19.983, que regula la Transferencia y Otorga Mérito Ejecutivo a la Copia de la Factura. c) De acuerdo con lo prescrito en el artículo 3º de la Ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia de la factura, la participación en la presente licitación y posterior adjudicación del proveedor se entenderá que el mismo autoriza el aumento del plazo consignado en la citada disposición legal para reclamar en contra del contenido de la factura emitida, a 8 días corridos contados desde la recepción del referido documento. En este caso, el reclamo debe ser puesto en conocimiento del emisor de la factura, mediante carta certificada u otro medio fehaciente, juntamente con la devolución de la factura y la guía de despacho o con la solicitud de emisión de la nota de crédito, según corresponda.
Multas por incumplimiento
Multas aplicables a los bienes, a) Día de atraso en la entrega: se aplicará una multa cuya base de cálculo corresponderá a un 4% del valor total neto de los bienes objeto de la entrega por cada día hábil de atraso y con un tope de 5 días hábiles. Esta multa será aplicada en caso de que la recepción de los productos tarde más de 24 horas contadas desde el momento en que debía ser entregada. b) Entrega parcial: se aplicará una multa para el caso de que el proveedor no despache la cantidad total de los bienes solicitados en el día acordado y cuya base de cálculo corresponderá a un 4% del valor total neto de los bienes o servicios solicitados. Dicho 4 % se aplicará por cada día de atraso y hasta la recepción conforme del respectivo pedido. c) Entrega deficiente: se aplicará siempre y cuando la contraparte técnica determine que los bienes acordados no cumplen con uno o más de los criterios técnicos establecidos. La multa se calculará como un 2% del valor total neto de los bienes objeto de la entrega y sin perjuicio de deber realizarse además una nueva entrega de los bienes en los términos solicitados y de las otras multas que pudieran corresponder con ocasión de dichas entregas. 2. Multas aplicables a los servicios: a) Retraso en el Horario Definido para la Prestación del Servicio: 2 UTM por cada media hora de atraso y con un tope de 2 horas de atraso. b) Servicio no prestado: 4 UTM adicionales a la multa del literal anterior. En el caso que transcurran más de 2 horas de atraso en la entrega de los servicios requeridos, se considerará por esta sola circunstancia que el Proveedor no ha prestado el servicio. La falta de prestación del servicio en 2 ocasiones consecutivas o no consecutivas se considerará un incumplimiento grave, en cuyo caso se procederá a la rescisión del contrato de acuerdo.
Monto máximo de la multa
Las multas aplicadas al proveedor no podrán ser en ningún caso superior al 20% del monto total del contrato originalmente pactado. Este porcentaje máximo considera tanto la aplicación de multas por un tipo de incumplimiento, como la sumatoria de multas de distintos incumplimientos. En caso de que el monto total de multas aplicadas alcance el 20% del contrato anteriormente señalado, la UTEM deberá poner término al contrato. No se aplicarán multas en casos de fuerza mayor que sean debidamente justificados por la empresa adjudicada ante la Contraparte Técnica. La calificación de fuerza mayor corresponde exclusivamente a la UTEM. La multa y sus fundamentos deberán ser sancionadas mediante acto administrativo.
Procedimiento para la aplicación de multas
a) Si la Contraparte técnica de la Universidad Tecnológica Metropolitana considera que existen méritos suficientes para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al proveedor adjudicado, indicando los fundamentos y monto de la misma dando inicio al proceso de multas, la cual se formalizará por el Acto administrativo correspondiente solicitado al Departamento de Abastecimiento. b) El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 3 días hábiles para efectuar sus descargos, contados desde la notificación del respectivo Acto administrativo. La notificación al Contratista podrá efectuarse, a elección de la Universidad:  personalmente, en dependencias de la Institución o a través de un funcionario designado al efecto en el domicilio del contratista, en ambos casos habrá que dejar constancia de ello,  mediante envío de carta certificada, o bien  mediante correo electrónico con todos los antecedentes fundantes, y dirigido a la casilla indicada en el Anexo N°5. c) Las resoluciones que apliquen multas serán susceptibles de reclamarse acuerdo a la Ley N°19.880. d) Una vez efectuado los descargos o transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte técnica remitirá los antecedentes para que la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes.
Forma de pago de las multas
Una vez notificada la resolución que impone multa al proveedor, este deberá pagarla en el plazo de 5 días hábiles a esta Casa de Estudios, mediante transferencia electrónica bancaria a la cuenta Banco Santander cuenta N°68-80396-9. De esta transferencia deberá remitirse su comprobante al correo electrónico: y.medina@utem.cl con copia a isepulveda@utem.cl y a gestiondecontratos@utem.cl. En dicho correo deberá indicarse el nombre de la Licitación, los datos de individualización de esta, el monto a pagar, y los datos de individualización del proveedor.
Término anticipado del contrato (orden de compra)
El contrato se entenderá resuelto administrativamente y sin derecho a indemnizaciones por cualquier incumplimiento grave de parte del proveedor respecto de las obligaciones contraídas en virtud del Contrato. Una vez dictada la Resolución respectiva se notificará al proveedor, efectuando la publicación de esta a través del Portal de Mercado público, pudiendo el proveedor objetar tal decisión conforme a lo dispuesto en la Ley 19.880. La UTEM podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente el servicio, en cualquier momento por causales ajenas a la responsabilidad del proveedor, tales como, de emergencia nacional, instrucciones superiores de instituciones que financian la adquisición, de entes fiscalizadores u otro motivo de fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste con una debida anticipación. En dicho caso, la UTEM pagará al proveedor el monto que corresponda al avance del material entregado. Asimismo, y sin desmedro de las causales de término anticipado por incumplimiento grave recién esgrimidas, los contratantes podrán modificar o poner término anticipado a la relación contractual que los vincula, de mutuo acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 130 del Decreto N°661 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y la Ley N°21.634 de 2023 que la moderniza. Se deja constancia de esta facultad de resciliación en cumplimiento de lo requerido en el inciso final del artículo 180 del Reglamento recién singularizado. Por último, si las multas aplicadas alcanzan el 20% del monto originalmente pactado para la ejecución de las obras la Universidad quedará facultada a poner término anticipado del contrato.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 13 letra b) de la Ley N°19.886 y artículo 130 N°3 del Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, se considerará que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor en los siguientes casos: a) En caso de que el monto total de multas aplicadas alcance el 20% del contrato anteriormente señalado, la UTEM deberá poner término al contrato. b) Por infracción del deber de confidencialidad durante la vigencia del contrato y/o resguardo de datos personales (Ley N°19.628). e) Si el proveedor se encuentra en notoria insolvencia y/o estado de cesación de pagos; o fuera sometido a proceso de liquidación concursal regido por la Ley 20.720; o le fueron protestados documentos mercantiles que se mantuvieran impagos g) Si perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad. i) Conductas del proveedor que impliquen una infracción a las normas contenidas en el “pacto de integridad” señalado en estas bases. j) Si los bienes despachados no cubren los requerimientos de la Universidad Tecnológica Metropolitana, estipulados en las presentes bases de licitación, de acuerdo con informe emitido por la Contraparte Técnica. h) Ocurrencia de alguna infracción a una obligación específica señaladas en las bases administrativas y técnicas que expresamente señalen que constituye incumplimiento grave.
Procedimiento para el término anticipado del contrato (orden de compra).
Si la Contraparte técnica de la Universidad Tecnológica Metropolitana considera que, en los hechos, el proveedor ha incurrido en una causal de incumplimiento grave a las obligaciones del contrato, por lo que es procedente ponerle término, comunicará esta circunstancia por escrito al proveedor, especificando los fundamentos. El proveedor dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contado desde la notificación para efectuar sus descargos. La notificación al proveedor se efectuará mediante el envío de un sólo correo electrónico con todos los antecedentes fundantes, y dirigido a la casilla indicado en el Anexo N°5. De acuerdo con lo indicado en el artículo 140 del D.S661 de 2024. Una vez efectuado los descargos o, transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte técnica remitirá los antecedentes para que la Rectora de la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los hechos. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, la Universidad Tecnológica Metropolitana podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la UTEM pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del proveedor.
RESERVA DE DERECHOS
La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho a: a) La Universidad podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Institución evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de las mismas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. b) Declarar desierta la licitación en caso de que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan y ante el evento que ninguno de los proponentes dé cumplimiento a la suscripción del contrato o la inscripción del proveedor en el portal www.mercadopublico.cl en los plazos señalados en estas Bases. c) Adjudicar a la propuesta que, conforme a la evaluación, sea la mejor combinación de factores técnicos y de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido. d) Adjudicar a la propuesta del siguiente mejor puntaje, cuando el oferente adjudicado no se presente a celebrar el contrato cuando se exija o no suministre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, conforme a la forma y plazo establecidos en estas Bases y en los demás casos señalados.
CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD
Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá por comunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma, los datos de carácter personal a personas distintas del titular sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este título. Asimismo, en conformidad al artículo 7 de la misma norma, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público. El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en los artículos 23 de la norma recién citada, y artículo 4 de la ley N°19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática. Toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material, será propiedad exclusiva de UTEM. Asimismo, será propiedad de la UTEM todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos. ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de UTEM.
MODIFICACIONES CONTRACTUALES
La UTEM se reserva el derecho de modificar, disminuir o aumentar las cantidades originalmente ofertadas por el proveedor, según acto administrativo totalmente tramitado, hasta un tope del 30% del total adjudicado; previa información vía correo electronico a la empresa, a través del Departamento de Abastecimiento indicando la cantidad de bienes y los motivos que fundamentan la modificación. Asimismo y sin desmedro de las causales de termino anticipado por incumplimiento grave recién esgrimidas, los contratantes podrán modificar o poner término anticipado a la relación contractual que los vincula, de mutuo acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 130 del Decreto N°661 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y la Ley N°21.634 de 2023 que la moderniza. Se deja constancia de esta facultad de resciliación en cumplimiento de lo requerido en el inciso final de artículo 180 del Reglamento recién singularizado.
Aumento o disminución de los bienes o servicios
La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho de modificar, disminuir o aumentar las cantidades originalmente estimadas, según acto administrativo totalmente tramitado, hasta un tope del 30% del total adjudicado; previa información vía correo electronico a la empresa, a través del Departamento de Abastecimiento, indicando la cantidad de bienes y los motivos que fundamentan la modificación.
INADMISIBILIDAD
Se considerarán inadmisibles las ofertas de los proveedores que mantengan deudas con la institución provenientes de adquisiciones anteriores. Esto fundado en los artículos 42 N°6 y 59 del Nuevo Reglamento de la Ley de Compras contenido en el decreto 661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. Así, como aquellas ofertas que no incluyan los documentos que implican inadmisibilidad, de acuerdo a lo indicado en estas bases de licitación
Resolución de Empates
En caso de empate en los puntajes totales, se priorizará la oferta con el puntaje
más alto en el criterio de precio. Si persiste el empate, se tomará en cuenta el puntaje la experiencia. De continuar el empate, se considerará el puntaje en Comportamiento contractual, seguido del cumplimiento de los requisitos formales. Si el empate persiste, se seleccionará la propuesta que se haya ingresado primero en www.mercadopublico.cl.”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida a un correo electrónico de la Universidad Tecnológica Metropolitana que será informado en http://www.mercadopublico.cl.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o e refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el
período de evaluación. Las certificaciones o antecedentes antes señalados deberán ser presentados en el plazo y la forma señalados en el punto 4.4 de las presentes bases y serán evaluados de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
i) El proveedor declara que conoce y respetará íntegramente la Política Institucional de Género, que trata sobre la Violencia de Género, Acoso Sexual y Discriminación en razón de Género de la Universidad Tecnológica Metropolitana.
En caso de hechos eventualmente constitutivos de violencia de género, acoso sexual y discriminación en razón de género que ocurran con ocasión de la ejecución del contrato con la Universidad, el proveedor deberá activar sus protocolos internos de investigación/sanción y adoptar las medidas para evitar la comisión del mismo u otros hechos similares. En caso de incumplimiento
de esta cláusula, la Universidad podrá terminar el contrato ipso facto y sin derecho a indemnizaciones.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.