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Resolución de Empates |
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Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre dos o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará según el siguiente detalle:
1° Mayor puntaje criterio Valor Prima.
2° Mayor puntaje criterio Cobertura Ofrecida
3° Mayor puntaje criterio Plazo de pago de un Siniestro
4° Mayor puntaje criterio Política de Inclusión Laboral.
5° Mayor puntaje criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
6º Mayor puntaje criterio Pacto de Integridad.
7° Al oferente que ingrese primero su oferta en el portal, de acuerdo con lo informado en el comprobante de ingreso de oferta
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Ver Resolución Exenta N° 436 del 04/03/2025 adjunta a la presente Ficha de Licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Ver Resolución Exenta N°436 del 04/03/2025 adjunta a la presente Ficha de Licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Presupuesto disponible y forma de pago |
El presupuesto disponible para la contratar póliza de seguro colectivo de vida e invalidez, para el cuerpo de vigilantes privados de CAPREDENA”, es de $11.000.000.- impuestos incluidos, por 24 meses para esta licitación.
El monto total del servicio ofertado, deberá contemplar todos los gastos y riesgos necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación.
El precio ofertado tendrá una vigencia igual a la vigencia del contrato.
El valor total del servicio no podrá superar el presupuesto disponible, previamente señalado.
El pago se realizará en 24 cuotas mensuales por la cantidad de vigilantes privados asegurados, en moneda nacional, dentro de los 30 días siguientes a la recepción conforme de las facturas respectivas por parte del Servicio de Impuestos Internos y deberá contar con la visación por parte del departamento de Seguridad previa conformidad de los servicios recibidos.
Cabe señalar que, para el servicio de pólizas para vigilantes privados de CAPREDENA, se emitirán 2 órdenes de compra, considerando que la prima por seguro de vida es exenta y la prima por invalidez se encuentra afecta a impuestos y la gestión de pagos se realizará de forma separada, debiendo emitirse las facturas por cada orden de compra.
Para ejecutar el proceso de digitalización de sus pagos deben efectuar las siguientes acciones en el portal de Mercado Público:
1. El proveedor deberá "Aceptar" en el Portal Mercado Publico la Orden de Compra (OC) enviada por CAPREDENA.
2. Una vez aceptada la OC en el portal Mercado Público:
Para el caso de adquisición de bienes, el proveedor deberá entregar los bienes acompañados de una guía de despacho.
Para el caso de prestación de servicios, el proveedor deberá remitir una pre-factura al Administrador de la Contratación para su validación previo a la emisión de la factura, de manera de que el administrador apruebe el cobro antes de que este sea facturado.
3. El proveedor emitirá la factura (en pesos chilenos) la que deberá incluir siempre el número o ID de la Orden de Compra asociada en el campo “Folio de Referencia” del documento Tributario Electrónico. Todos los DTE emitidos a nombre de CAPREDENA, deben tener en condición de forma de pago la modalidad CREDITO e ingresar en la REFERENCIA del Código 801, el número exacto de la Orden de Compra emitida por Mercado Público, por ejemplo: 721-00-SE20 (sin otros símbolos ni espacios que no sea el guion). Los DTE que no ingresen este dato en forma correcta, serán reclamados en forma automática por el Sistema de Gestión DTE en la plataforma del SII.
4. Con la entrega conforme de los bienes y/o servicios, CAPREDENA generará la “Recepción Conforme” de la OC en el Portal Mercado público.
• El Administrador de la Contratación informará la recepción conforme una vez que se haya recibido los bienes y/o prestado los servicios, según corresponda (adjuntando el documento que lo valida) y con esta información se realizará la recepción conforme en la plataforma de Mercado Publico.
La casilla de intercambio para el envío de los DTE (Documento Tributario Electrónico) a nombre de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, RUT 61.108.000-K, es dipresrecepcion@custodium.com debiendo los proveedores de CAPREDENA, enviar archivo XML a la casilla indicada, dentro de las 72 horas posteriores a la emisión de cada factura, para que pueda ingresar al proceso de pago. Los DTE que no cumplan con lo antes indicado, serán reclamados en forma automática por el Sistema de Gestión DTE en la plataforma del SII.
En caso que el proveedor, no cumpla con el envío del archivo XML a dicha casilla en el plazo indicado y/o no ingrese en la REFERENCIA del Código 801 del DTE, el número exacto de la Orden de Compra emitida por Mercado Público, la factura será reclamada automáticamente por el Sistema de Gestión DTE en la plataforma del SII, si no se encuentran considerados en Lista Blanca, debiendo el proveedor emitir una Nota de Crédito anulando el DTE y emitiendo un nuevo DTE cumpliendo los 2 requerimientos antes descritos.
Una vez recibido el DTE, será enviado a DCC (Departamento de Compras y Contrataciones) y Unidad Requirente, quienes verificarán que lo facturado sea lo recepcionado en detalle y valores, de lo contario solicitarán el reclamo del DTE a la unidad responsable del pago de proveedores, dentro del plazo de 192 horas, contadas desde la recepción en el SII.
La unidad responsable del pago a proveedores, se encargará de realizar las gestiones para que el pago se realice a través de la Tesorería General de la República.
En caso de no existir conformidad, tanto en los servicios recibidos o en el contenido de la factura u otro documento de pago (en su forma o fondo), se devolverán al proveedor inmediatamente, en el caso de los bienes, y en el plazo legal establecido en el Código de Comercio en el caso de documentos tributarios.
CAPREDENA estará facultada para efectuar devolución de toda factura u otro documento similar o equivalente que presente errores de fondo como, por ejemplo, este mal emitido o su contenido no se ajuste a la orden de compra y/o compadezca con el bien adquirido o servicio prestado con el fin de que este se rectifique y permita la tramitación del pago. Esta devolución se realizará en un plazo que no exceda de los 8 días contados desde su recepción, según lo señala la Ley N°19.983 en su artículo Nº3.
En la eventualidad de que CAPREDENA deba solicitar la emisión de nota de crédito, por diferencias no conformes tales como: errores de indicación de servicios, errores en el giro, dirección, orden de compra, monto o descuento, el plazo de pago regirá a partir de la recepción del documento de rectificación final.
Para llevar el correcto control y registro de los antecedentes requeridos, para la emisión de transferencias en cuentas bancarias, se requiere la entrega del Anexo N°6 “Formulario de pago proveedores” que se adjunta.
En caso de dudas sobre pagos, favor contactarse con la Unidad de Pago a Proveedores, al teléfono: 2 2830 6669.
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Multas |
Cada vez que el adjudicatario incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, CAPREDENA podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el adjudicatario ante el administrador del contrato.
CAPREDENA, aplicará una multa equivalente a 0,5 U.F., impuestos incluidos, por cada día hábil en que el adjudicatario incurra en atraso respecto de cada siniestro, de acuerdo con lo informado en su oferta, previamente coordinados con el administrador del contrato, vía correo electrónico.
Con todo, el tope máximo de multas no podrá superar las 10 UF, por evento, en dicho caso, CAPREDENA tendrá la facultad de poner término anticipado a la contratación.
Asimismo, si durante un período de seis (06) meses se acumulasen 5 multas, CAPREDENA se reserva la facultad de dar término anticipado al servicio contratado y recurrir a las instancias de Tribunales correspondientes.
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Procedimiento de aplicación de multas |
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, CAPREDENA notificará al adjudicatario que se dará inicio al procedimiento de la aplicación de la multa, mediante oficio que acompañe lo establecido en el Anexo N°7 “Informe de aplicación de multa” e informe elaborado por el administrador de la contratación indicando en forma precisa los hechos que se imputan. La notificación que se efectúe mediante carta certificada, se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito entregado en Oficina de Partes de la CAPREDENA, dirigidos al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas o mediante correo electrónico a Oficina.dePartes@capredena.gob.cl.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco (5) días hábiles sin que el adjudicatario haya formulado descargos, el Departamento de Compras formalizará la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante resolución fundada, la que será notificada al adjudicatario mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato o bien el que registre en el Registro de Proveedores de Chilecompra. La notificación que se efectúe mediante carta certificada, se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El adjudicatario podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito en Oficina de Partes de la CAPREDENA, dirigido al Departamento de Compras, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 a 14:00 horas. o mediante correo electrónico a Oficina.dePartes@capredena.gob.cl, CAPREDENA resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes.
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Bases Administrativas y Técnicas |
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De acuerdo a Resolución Exenta adjunta
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