Licitación ID: 2270-24-LE26
EXP 29384 Traslado de funcionarios alerta Aedes
Responsable de esta licitación: SUBSECRETARIA DE SALUD PUBLICA
Fecha de Cierre: 02-07-2026 19:54:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 51
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de taxi 1 Unidad
Cod: 78111804
Servicio de traslado de funcionarios para el Programa AEDES de la Unidad de Zoonosis y Control de Vectores del Departamento de Acción Sanitaria de la SEREMI de Salud de Tarapacá.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
EXP 29384 Traslado de funcionarios alerta Aedes
Estado:
Publicada
Descripción:
La Unidad de Zoonosis del Departamento de Acción Sanitaria de esta SEREMI, requiere contratar con empresa del rubro, el servicio de traslado en vehículos tipo Sedán para desplazar a los funcionarios que cumplen labores o funciones de vigilancia, prevención, control y fiscalización en el programa de control de mosquitos de importancia sanitaria, en distintos puntos de la región.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Seremi de Salud I Región
R.U.T.:
61.601.000-K
Dirección:
Thompson Nº 127. Pisos 1, 3, 4, 5 y 9
Comuna:
Iquique
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-07-2026 19:54:00
Fecha de Publicación: 22-06-2026 11:23:21
Fecha inicio de preguntas: 22-06-2026 15:55:00
Fecha final de preguntas: 25-06-2026 15:55:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-06-2026 15:55:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-07-2026 19:55:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-07-2026 19:55:00
Fecha de Adjudicación: 24-07-2026 19:55:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los documentos administrativos solicitados son: • Anexo N° 1-A y 1-B: Identificación del oferente, persona natural o jurídica según corresponda. • Anexo N° 2: Declaración Jurada Simple. • Antecedentes solicitados en el Artículo N° 12 de las presentes bases, según corresponda a Persona Natural o Jurídica y si se encuentra inscrito o no en Registro de Proveedores. • Por cada vehículo ofertado, se solicita: Póliza de Seguro SOAP y de “Asiento de Pasajeros” con sus respectivas coberturas y vigencias que lo respalden de acuerdo con legislación vigente, Padrón, permiso de circulación, revisión técnica, certificado de gases o el que la Ley de Tránsito indique para la circulación de vehículos ofertados. • Listado de conductores que prestarán el servicio con sus respectivas copias de licencias de conducir y hoja de vida del conductor. • Fotografías (interior y exterior) de los vehículos ofertados. En caso de no presentar uno o más de los anexos administrativos o antecedentes legales para ofertar, o que estos no estén debidamente firmados por el oferente o su representante legal cuando corresponda, la Comisión de Evaluación podrá solicitar, por medio de las aclaraciones a la oferta, la presentación de los documentos omitidos, en un plazo de 24 horas contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, conforme a los dispuesto en las presentes bases. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural, cuando corresponda. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de toda la información entregada por el Proveedor, a través de los distintos medios y plataformas disponibles para ello, como SII, Registro de Proveedores, etc.
Documentos Técnicos
1.- Serán declaradas inadmisibles, aquellas propuestas que no presenten información solicitada en este punto o ésta sea poco clara o incompleta. ● Oferta técnica. Anexo N° 3 ● Listado con detalle de vehículos ofertados. Anexo N° 6. ● Recomendaciones por servicios realizados. Anexo N° 7. ● Adjuntar informe en estado Vigente de cada vehículo ofertado del Registro Nacional de Transporte Público del Ministerio de Transporte. ● Fotografías (interior y exterior) de los vehículos ofertados. De faltar alguno de los documentos solicitados, la oferta NO será aceptada, siendo rechazada, lo que quedará consignado en el Acta de Evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- Serán declaradas inadmisibles, aquellas propuestas que no presenten oferta económica, Anexo N° 4, que excedan el presupuesto disponible, que presenten información poco clara o incompleta. La oferta económica DEBE considerar: ● Valor sin IVA por cada uno de los tramos solicitados, considerando IDA y VUELTA, es decir desde el punto de partida, lugar/es de destino y regreso al punto de partida. ● La propuesta debe considerar todos los costos asociados a la prestación del servicio, tales como colación del conductor, peajes, combustibles, etc. ● NO SE ACEPTARÁN COBROS ADICIONALES EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA durante el periodo que dure la ejecución del servicio contratado. ● Dar respuesta a preguntas incluidas en anexo N° 4.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 16.2.2. Criterio Antigüedad de vehículos ofertados Para el cálculo de este criterio se promediará la antigüedad de todos los vehículos ofertados para efectuar el servicio. La antigüedad no debe superar los 10 años. Se asignará puntaje para cada vehículo ofertado, lo cual será promediado para obtener el puntaje final. Antigüedad de vehículos PUNTAJE Promedio de antigüedad de vehículos año 2024 a 2026 100 Promedio de antigüedad de vehículos año 2020 a 2023 75 Promedio de antigüedad de vehículos año 2016 a 2019 50 Total puntaje obtenido x 30% = Puntaje ponderado 30%
2 16.2.3. Recomendaciones por servicio prestado (20% El oferente deberá adjuntar documentos que permitan acreditar como cartas y/o, certificados emanados del cliente. Estos deberán contener al menos, la fecha del servicio prestado, el detalle del servicio, identificación de quien emite el documento incluyendo nombre, firma, número de teléfono y correo electrónico. La información entregada por el oferente podrá ser confirmada por la Comisión Evaluadora. Los documentos de respaldo que se entreguen deben ser consistentes con las recomendaciones descritas en anexo N° 6. Solo serán considerados los documentos que coincidan con la experiencia declarada. Recomendaciones PUNTAJE 05 a más 100 Entre 03 y 04 50 Entre 01 y 02 25 No presenta documentos y/o los presenta incompletos 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos. Total puntaje obtenido x 20% = Puntaje ponderado 20%
3 16.2.4. Vehículos eléctricos, híbridos o con gas v Indicar en anexo N° 5, si vehículo ofertado es del tipo eléctrico, híbrido o con gas vehicular (GLP, gas licuado de petróleo o GNC, gas natural comprimido). Para obtener los 100 puntos, al menos uno de los vehículos de la flota ofertada debe contar con tecnología híbrida, eléctrica o conversión a gas debidamente certificada en el padrón. Tipo de vehículo PUNTAJE Si incluye vehículos híbridos o con gas vehicular 100 No incluye vehículos híbridos o con gas vehicular o no entrega información. 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos. Total, puntaje obtenido x 10% = Puntaje ponderado 10%
4 16.2.1.-Criterio Precio (40%). Para efectos de la evaluación económica, se determinará un Valor Económico Ponderado (VEP) para cada oferta, aplicando las ponderaciones definidas según la frecuencia esperada de utilización de cada ruta, indicadas por la contraparte técnica en el Anexo N°4. Luego se calculará el puntaje obtenido, multiplicando por 10 la división del VEP mínimo ofertado por el VEP de cada oferta. Finalmente, se multiplicará el puntaje obtenido por 0,4 para obtener el puntaje ponderado. VEP = ∑ (Valores Ofertados x Ponderación) Puntaje=((VEP_(mı ˊnimo))/(VEP_oferta ))×100 Puntaje Ponderado = Puntaje x 0,4. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 7 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: GABRIEL ARAYA
e-mail de responsable de pago: gabriel.arayae@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Artículo 1°: Nombre de la licitación.
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Tarapacá, en adelante “la SEREMI”, llama a Licitación Pública para la “CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TRASLADOS DE FUNCIONARIOS DEL PROGRAMA AEDES DE LA SEREMI DE SALUD DE TARAPACA”.
Artículo 2°: Objetivo y fundamento de la licitación.
El objetivo de la presente licitación pública es contratar el servicio de traslado de funcionarios que cumplen labores de Programa Aedes, de la Unidad de Zoonosis del Departamento de Acción Sanitaria de la SEREMI de Salud de Tarapacá. La SEREMI no cuenta con la cantidad de vehículos necesarios para desarrollar las actividades del programa mencionado y que se describen a continuación. El Programa de Vigilancia, Prevención y Control de Mosquitos de Importancia Sanitaria en Chile, es un Programa de Salud Pública con alcance nacional, cuyas normas y orientaciones técnicas serán aplicables en todos los niveles de la estructura del Sistema de Salud del país y, en especial, en las Secretarías Regionales Ministeriales de Salud, según Resolución Exenta N° 1442 del 14 de noviembre 2017. El Programa tiene como objetivo general la detección y control oportuno de mosquitos de interés sanitario a fin de eliminar o reducir significativamente los índices de infestación vectorial para disminuir el riesgo de infección, morbilidad y mortalidad por enfermedades transmitidas por mosquitos en áreas de riesgo de Chile. La Unidad de Zoonosis del Departamento de Acción Sanitaria de esta SEREMI necesita proveer de desplazamiento a nivel regional a los funcionarios del Programa de Vigilancia, Prevención y Control de Mosquitos, que cumplen funciones tanto en revisión entomológica de ovitrampas y puntos estratégicos sin trampas en diferentes puntos de la región, así como también en inspecciones domiciliarias en sectores de peri foco según contingencias sanitarias, como labores de supervisión de ambas tareas, beneficiando a la población regional, al detectar tempranamente hallazgos o criaderos potenciales de zancudos de importancia sanitaria. Lo anterior a objeto de prevenir el riesgo de aparición de enfermedades como el Dengue, el zika, la chikungunya y la fiebre amarilla en la población regional.
Artículo 3°: Servicio requerido.
La Unidad de Zoonosis del Departamento de Acción Sanitaria de esta SEREMI, requiere contratar con empresa del rubro, el servicio de traslado en vehículos tipo Sedán para desplazar a los funcionarios que cumplen labores o funciones de vigilancia, prevención, control y fiscalización en el programa de control de mosquitos de importancia sanitaria, en distintos puntos de la región. También debe contar con vehículo tipo VAN para cuando se requiera por necesidades institucionales. Las ofertas deben presentar vehículos que cumplan con el Decreto 80/04 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones, que reglamenta el transporte privado remunerado de pasajeros. • Contar con 4 vehículos tipo sedán, mínimo 4 puertas, aire acondicionado, capacidad para 4 pasajeros más conductor. • Contar con 1 vehículo tipo Van con capacidad mínima para 9 pasajeros más conductor. • Antigüedad no superior a 10 años, contados desde la fecha de fabricación, a fin de resguardar la seguridad, confiabilidad y continuidad del servicio. Se acreditará con copia de Permiso de Circulación vigente. 3.1 Condiciones de Seguridad Obligatorias: • Conductores con licencia de conducir profesional, tipo A2 o superior vigente. • Conductores de acuerdo con la cantidad de vehículos ofertados. • Protocolos de seguridad: El adjudicatario deberá presentar un Plan de Control de Fatiga y Somnolencia y un Protocolo de Control de Alcohol y Drogas, las cuales podrán ser fiscalizadas por la Unidad de Prevención de Riesgos de la SEREMI. 3.2 Condición técnica obligatoria: Para los efectos de coordinación, la SEREMI solicitará los servicios con una antelación mínima de 30 minutos para jornadas ordinarias. 3.3 Disponibilidad de vehículos para Sistema de trabajo: • Vigilancia de puntos estratégicos regionales (ovitrampas):  Se movilizan de 2 a 4 personas como máximo  Horario de lunes a sábado de 08:30 a 18:00 horas.  Entre 1 a 2 vehículos. • Inspección domiciliaria por vigilancia regional:  Se movilizan grupos de hasta 24 fiscalizadores como máximo.  Horario de lunes a sábado de 08:30 a 18:00 horas.  Con un máximo de 5 vehículos. • Bloqueo entomológico de puntos estratégicos:  Se movilizan grupos de hasta 24 fiscalizadores como máximo.  Horario de lunes a sábado de 08:30 a 18:00 horas.  Con un máximo de 5 vehículos diarios. • Otras actividades de prevención, vigilancia y control emergentes:  Se movilizan grupos de hasta 24 fiscalizadores como máximo.  Horario de lunes a sábado de 08:30 a 18:00.  Entre 1 a 2 vehículos. • Días festivos, inhábiles: 08:00 a 18:00 (2 equipos, mañana y tarde). Sujeto a necesidad de la institución. • Periódicamente se coordinan fiscalizaciones en Huara, Colchane, Camiña, Pica, Pozo Almonte y el borde costero (Playa Blanca hasta El Loa).
Artículo 4°: Puntos requeridos.
Las ofertas deberán presentarse en pesos chilenos, valor neto. Los valores ofertados serán fijos y no sufrirán variaciones por horario (nocturno), días inhábiles o feriados. • Cotizar por ítem y tipo de vehículo ofertado. • Cotizar valor IDA y VUELTA (valores exentos) • Considerar TODOS los puntos solicitados para los dos tipos de vehículos. • Cotización debe incluir todos los costos asociados a la prestación del servicio, tales como colación y elementos de seguridad para el conductor, peajes, combustibles, etc. • Mientras dure el servicio, NO SE ACEPTARÁN COBROS ADICIONALES EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA.
Artículo 5°: Consideraciones especiales al momento de ofertar
El prestador será responsable de entregar los servicios conforme a lo establecido en las presentes bases de licitación. En caso de incumplimiento, se aplicarán las multas y sanciones correspondientes, de acuerdo con lo señalado en el acápite respectivo de este documento. El adjudicatario deberá cumplir fielmente con toda la normativa legal vigente, especialmente con la Ley N° 18.290 sobre Tránsito, la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, su reglamento y decretos complementarios. El proveedor deberá considerar, como mínimo, las siguientes condiciones: • Seguros: Contar con Seguro de Responsabilidad civil por daños a terceros. • Puntualidad: Entregar oportunamente los servicios programados con anticipación. Para solicitudes espontáneas durante el día, deberá responder en un plazo no superior a 15 minutos desde el aviso. En caso de eventos de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditados que impidan la prestación del servicio en dicho plazo, el proveedor deberá informar de manera inmediata a la unidad requirente, indicando el tiempo estimado de demora o proponiendo una solución alternativa. • Trato respetuoso: Mantener una actitud adecuada, respetuosa y profesional hacia las funcionarias/os de la SEREMI de Salud y hacia terceros, durante toda la prestación del servicio. • Responsabilidad por daños: Asumir la responsabilidad por cualquier daño ocasionado a terceros, bienes públicos o privados, que sean consecuencia directa de actos u omisiones del proveedor, sus empleados o terceros subcontratistas vinculados al servicio. • Confidencialidad: Resguardar toda la información y antecedentes conocidos con motivo de la ejecución del servicio, quedando prohibido su uso para fines distintos a los establecidos en el contrato. • Condiciones de seguridad e higiene: Ejecutar el servicio en condiciones adecuadas de seguridad, higiene y presentación, tanto del vehículo como del personal asignado (conductor). Será responsabilidad del proveedor proveer los elementos de señalización y protección necesarios para prevenir accidentes. • Registro de servicio: Al término de cada jornada, el conductor deberá entregar al encargado de grupo el vale de servicio realizado, el cual deberá contener, como mínimo, los datos señalados en el formato de referencia (Imagen 1), incluyendo el valor total del viaje. El documento debe ser firmado por el encargado, quien conservará una copia; el original quedará en poder del proveedor. • Envío de documentación mensual: Al término de cada período, el proveedor deberá enviar los vales escaneados (debidamente legibles) junto con una planilla Excel detallando los servicios prestados. Esta información deberá enviarse a los correos: emilio.paredes@redsalud.gob.cl, karen.rodriguez@redsalud.gob.cl con copia a jorge.guzman@redsalud.gob.cl y sandra.povedam@redsalud.gob.cl. • Fallas técnicas: En caso de que el vehículo presente una falla técnica durante la prestación del servicio, el proveedor no podrá traspasar el costo del tiempo perdido, debiendo enviar un vehículo de reemplazo para continuar y finalizar el servicio requerido. • Cumplimiento normativo: El proveedor deberá velar porque sus conductores den cumplimiento a todas las normas de seguridad y leyes de tránsito. • Documentación al día: El adjudicatario deberá mantener permanentemente actualizada la documentación tanto de los vehículos como de los conductores durante toda la vigencia del contrato. • Localidades no tarifadas: En caso de requerirse traslados hacia localidades no contempladas en el tarifario vigente al momento de la adjudicación, el valor del servicio se determinará tomando como referencia la tarifa correspondiente a un trayecto de similares características y distancia, considerando la cantidad de kilómetros recorridos. • Viajes a zonas de altura: En caso de requerirse viajes a zonas geográficas de altura, será responsabilidad del proveedor garantizar que el conductor asignado cuente con examen de altura vigente al momento del servicio. • Tiempo de respuesta: El proveedor deberá indicar expresamente en su oferta el tiempo de respuesta ante solicitudes no programadas, expresado en minutos (ejemplo: 00:10:00).
Artículo 6°: Contraparte técnica y compromisos de los funcionarios/as.
La contraparte técnica del contrato estará a cargo de los encargados de programas o funcionarios/as designados por las jefaturas de departamentos o unidades para estos efectos, quienes serán responsables de: • Coordinar la programación del servicio con el proveedor, velando por su correcta ejecución. • Recepcionar y revisar los vales de servicio entregados por el conductor, así como la planilla Excel mensual enviada por el proveedor. • Verificar la concordancia entre los servicios ejecutados y los registros enviados. • Mantener resguardo de las copias de vales firmados y conservar copia de la planilla con el historial de los servicios. • Informar oportunamente a la Unidad de Recursos Físicos y Abastecimiento cualquier situación de incumplimiento, anomalía o conflicto relacionado con la ejecución del servicio. • Velar por el uso eficiente, transparente y conforme a la normativa de los recursos fiscales asociados a este servicio. Compromisos de los funcionarios/as usuarios del servicio: Los funcionarios/as de la SEREMI de Salud que utilicen el servicio de traslado deberán cumplir los siguientes deberes: • Programar y solicitar los servicios con la debida anticipación, evitando solicitudes de último minuto que generen tiempos de espera innecesarios o uso ineficiente de los recursos. • En casos justificados, podrán solicitar el servicio de forma espontánea mediante correo electrónico o contacto telefónico directo con el proveedor. • Mantener en todo momento un trato cordial, respetuoso y profesional, tanto con el personal del proveedor como con terceros involucrados. • Verificar al término del servicio el contenido del vale, completando los campos requeridos (todos los datos necesarios). • Informar por escrito cualquier irregularidad, retraso, maltrato u otro tipo de incumplimiento observado en la prestación del servicio. • No autorizar servicios que no estén previamente coordinados o que no se ajusten a las condiciones establecidas en estas bases. • No utilizar el servicio de transporte para fines personales, familiares o ajenos a las funciones institucionales, ni autorizar desvíos que no estén justificados por razones de trabajo. • Respetar el carácter institucional y fiscal del servicio, entendiendo que su uso indebido puede implicar responsabilidades administrativas, disciplinarias y legales. • En caso de viajes interregionales o a zonas rurales extensas, informar a la contraparte técnica cualquier cambio en el recorrido, horario o número de pasajeros, a fin de mantener el registro actualizado y evitar observaciones posteriores.
Artículo 7°: Monto disponible y vigencia del servicio.
El monto disponible para la presente contratación es de $ 20.000.000 para la totalidad del servicio. Se pagarán los servicios efectivamente prestados y acreditados. El servicio tendrá vigencia desde el envío de la orden de compra hasta el 30 de diciembre de 2026.
Artículo 8°: Naturaleza de los Proveedores.
Podrán participar todas aquellas personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes bases administrativas, técnicas y económicas y que no registren alguno de los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años a la fecha de presentación de la oferta y que no se encuentren condenadas a algunas de las penas indicadas en el Articulo N°10 de la Ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Podrán participar en la presente licitación todos aquellos oferentes que no hayan sido condenado por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Compras. Asimismo, el oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no podrán ofertar con organismos del Estado, aquellas que hayan sido condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado. Por aplicación de lo establecido en el artículo 4° de la ley N°19.886, no podrán participar en estas licitación, los funcionarios directivos de la SEREMI, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descrito en la letra b) del artículo 54° de la ley N°18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas hasta tercer grado de consanguinidad o hasta segundo grado por afinidad. Para estos efectos, se entiende por funcionarios Directivos hasta el nivel de jefe de Departamento. La SEREMI podrá verificará la información del Proveedor a través de los medios disponibles. La constatación sobreviniente de alguna causal de inhabilidad facultará a la entidad licitante para declarar inadmisible la oferta o poner término anticipado al contrato, según corresponda.
Artículo 9°: Antecedentes legales para ofertar.
Además, para ofertar el proponente deberá presentar cuando corresponda (adjuntar en la oferta presentada en el portal mercado público para aquellos Proveedores no inscritos en Registro de Proveedores o Acreditar en Registro de Proveedores aquellos Proveedores inscritos en Registro de Proveedores) la siguiente documentación: 9.1. Persona Natural. ANTECEDENTES SOLICITADOS Fotocopia de Cédula de Identidad. Certificado de iniciación de actividades. Certificado de deuda Tesorería General de la Republica 9.2. Persona Jurídica. ANTECEDENTES SOLICITADOS Fotocopia del Rut del oferente Fotocopiade Cédula de Identidad del Representante Legal Escritura de Poderes del oferente o del Representante Legal, según el Art. 41 inciso final del Reglamento de la Ley de Compras y Contratación Pública 19.886. Certificado de Vigencia del oferente Certificado de deuda Tesorería General de la Republica Instrumento público o escritura de constitución de la persona jurídica y sus modificaciones, con sus respectivas inscripciones y certificados de vigencia si fuera el caso.
Artículo 10°: Norma y orden de precedencia de los documentos.
Esta licitación pública se rige por las normas previstas en la ley Nº 19.886 y su Reglamento, aprobado por Decreto N°661/24 del Ministerio de Hacienda, y sus modificaciones, las directivas de contratación pública y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica en caso de existir discrepancia entre ellos: a) Aclaraciones y respuestas sobre los documentos de la licitación o las bases entregadas por la SEREMI de Salud, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. b) Bases administrativas, técnicas, económicas, anexos y demás antecedentes de la licitación. c) Oferta adjudicada. d) Acta de apertura electrónica y acta de evaluación. e) Resolución de adjudicación. f) Orden de compra. g) Resolución declara desierta o inadmisible, en caso de proceder. Toda discrepancia entre distintos documentos de la contratación, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta en primera instancia por la Contraparte Técnica de la Autoridad Sanitaria de la SEREMI DE SALUD, pudiendo recurrir a todas las instancias legales que le permite la ley para resolver controversias.
Artículo 11°: Plazos de la Licitación.
La presente Licitación se desarrollará conforme a las etapas y plazos que se indican en la ficha de licitación del portal www.mercadopublico.cl. El llamado a propuesta con sus bases y anexos que rigen el presente proceso se publicará en el Sistema de Información, a partir de la publicación del llamado a licitación respectivo. Las consultas que los oferentes o proponentes deseen formular con relación a la materia de esta licitación deberán ser realizadas única y exclusivamente a través del foro de consultas del sitio www.mercadopublico.cl hasta el día y hora estipulado en el formulario del Portal. Las respuestas se pondrán a disposición de los proponentes en el mismo Portal. Tanto las consultas y respuestas se entenderán como parte integrante de las presentes Bases, para todos los efectos legales. Transcurrido el plazo de consultas, se entenderá que no hay dudas referentes al contenido de los antecedentes entregados y se presumirá que existe completa certidumbre sobre los mismos. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la SEREMI podrá modificar las presentes Bases, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Lo anterior, sin perjuicio que la realización de dicha modificación sea comunicada a los proponentes a través del Sistema de Información. En tales circunstancias la SEREMI deberá prorrogar el plazo, para presentación de la propuesta a fin de dar un tiempo razonable para la preparación de antecedentes, considerando lo estipulado en el plazo anterior, prorroga que será otorgada a todos los oferentes en las mismas condiciones y que no podrá ser inferior a 3 días ni superior a 10 días. El cierre de la licitación puede exceder los plazos establecidos, si la fecha de cierre coincide con día inhábil. La apertura electrónica de las propuestas presentadas a través del Sistema de Información se realizará en la fecha prevista a tal efecto en ficha de mercado público.
Artículo 12°: Presentación de la oferta.
Cada proponente puede presentar una propuesta por el servicio solicitado. Las ofertas se recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl, en el plazo indicado en la convocatoria, ingresando en dicho portal el valor expresado en pesos chilenos por el servicio, siendo de su responsabilidad los errores de cálculo o transcripción. No se aceptarán ofertas que se presenten por otro medio distinto a lo establecido en estas bases. Por el sólo hecho de presentar su oferta, el oferente acepta la totalidad de las condiciones de las presentes Bases. Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas administrativas, técnicas y económicas a través del Portal se haya realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los documentos que desea adjuntar. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las medidas que sean necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente las respectivas propuestas. En caso de indisponibilidad del Portal o problemas en el ingreso de la oferta, el proponente podrá solicitar ayuda a la Dirección de Compras y Contratación Pública, a través de su Mesa de Ayuda. La Entidad Licitante no será responsable del no ingreso oportuno, atrasos u omisiones en el ingreso de la información al Portal. Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurra el proponente serán de su cargo, no dándose origen a reembolso ni indemnización alguna en caso de declararse inadmisible o no adjudicarse la oferta, o bien, declararse desierto el ítem o la licitación.
Artículo 13° Admisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación.
La SEREMI declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos, condiciones establecidas en las presentes bases o que superen el presupuesto asignado, sin perjuicio de la facultad de la entidad licitante de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas en el artículo 40 del reglamento de la ley 19.886 y en las presentes bases. Serán declaradas inadmisibles, lo que quedará consignado en el acta de evaluación, las ofertas de los proponentes que: a) No presenten Anexo N° 3 oferta técnica; N° 4 oferta económica; N° 6 Listado de vehículos y N° 7 Recomendaciones. b) Oferta que exceda el presupuesto disponible. c) Oferta que no cumpla con los requisitos técnicos contenidos en el Artículo N° 3 de las presentes bases. d) Ofertas enviadas en otro idioma que no sea español o que vengan expresadas en otra moneda que no sea el peso chileno. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o fallida cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o no cumplan con el servicio requerido. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
Artículo 14°: Contenido de la “oferta económica, administrativa y técnica”.
14.1 Oferta económica- ANEXO N° 4 Serán declaradas inadmisibles, aquellas propuestas que no presenten oferta económica, Anexo N° 4, que excedan el presupuesto disponible, que presenten información poco clara o incompleta. La oferta económica DEBE considerar: ● Valor sin IVA por cada uno de los tramos solicitados, considerando IDA y VUELTA, es decir desde el punto de partida, lugar/es de destino y regreso al punto de partida. ● La propuesta debe considerar todos los costos asociados a la prestación del servicio, tales como colación del conductor, peajes, combustibles, etc. ● NO SE ACEPTARÁN COBROS ADICIONALES EN NINGUNA CIRCUNSTANCIA durante el periodo que dure la ejecución del servicio contratado. ● Dar respuesta a preguntas incluidas en anexo N° 4. 14.2 Documentos técnicos- ANEXOS N° 3, 6 y 7 Serán declaradas inadmisibles, aquellas propuestas que no presenten información solicitada en este punto o ésta sea poco clara o incompleta. ● Oferta técnica. Anexo N° 3 ● Listado con detalle de vehículos ofertados. Anexo N° 6. ● Recomendaciones por servicios realizados. Anexo N° 7. ● Adjuntar informe en estado Vigente de cada vehículo ofertado del Registro Nacional de Transporte Público del Ministerio de Transporte. ● Fotografías (interior y exterior) de los vehículos ofertados. De faltar alguno de los documentos solicitados, la oferta NO será aceptada, siendo rechazada, lo que quedará consignado en el Acta de Evaluación. 14.3 Documentos administrativos Los documentos administrativos solicitados son: • Anexo N° 1-A y 1-B: Identificación del oferente, persona natural o jurídica según corresponda. • Anexo N° 2: Declaración Jurada Simple. • Antecedentes solicitados en el Artículo N° 12 de las presentes bases, según corresponda a Persona Natural o Jurídica y si se encuentra inscrito o no en Registro de Proveedores. • Por cada vehículo ofertado, se solicita: Póliza de Seguro SOAP y de “Asiento de Pasajeros” con sus respectivas coberturas y vigencias que lo respalden de acuerdo con legislación vigente, Padrón, permiso de circulación, revisión técnica, certificado de gases o el que la Ley de Tránsito indique para la circulación de vehículos ofertados. • Listado de conductores que prestarán el servicio con sus respectivas copias de licencias de conducir y hoja de vida del conductor. • Fotografías (interior y exterior) de los vehículos ofertados. En caso de no presentar uno o más de los anexos administrativos o antecedentes legales para ofertar, o que estos no estén debidamente firmados por el oferente o su representante legal cuando corresponda, la Comisión de Evaluación podrá solicitar, por medio de las aclaraciones a la oferta, la presentación de los documentos omitidos, en un plazo de 24 horas contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, conforme a los dispuesto en las presentes bases. Los documentos solicitados por la entidad licitante deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural, cuando corresponda. Sin perjuicio de ello, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de toda la información entregada por el Proveedor, a través de los distintos medios y plataformas disponibles para ello, como SII, Registro de Proveedores, etc.
Artículo 15°: Subsanación de errores u omisiones formales.
La SEREM, a través de la Comisión de Evaluación tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 24 horas, contadas desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl, en el apartado “aclaración de ofertas”. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes. Tratándose de oferentes inscritos en el Registro electrónico de Proveedores del Estado, no será causal de inadmisibilidad la omisión de documentos administrativos o antecedentes que estuvieren disponibles y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
Artículo 16°: Comisión evaluadora, criterios de evaluación y adjudicación de las ofertas.
16.1 Comisión evaluadora. El análisis y evaluación de las propuestas estarán a cargo de una Comisión de Evaluación integrada por los siguientes funcionarios o sus subrogantes legales, todos los cuales deben tener la calidad de funcionarios públicos. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contactos con los oferentes, salvo a través del mecanismo de las aclaraciones regulado por el artículo 27 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Los integrantes de la Comisión Evaluadora no podrán aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren aquella. Del mismo modo, no podrán aceptar ningún donativo de parte de terceros”. Jefe Departamento Acción Sanitaria o quien le subrogue. Encargado de Unidad de Zoonosis o quien le subrogue. Encargado de Programa Mosquitos de importancia sanitaria o quien le subrogue. Encargada de Unidad de Apoyo Administrativo DAS o quien le subrogue. Apoyo técnico administrativo Unidad de Zoonosis o quien le subrogue. Corresponde a la Comisión Evaluadora dar cumplimiento a lo señalado la ley de compras y su reglamento. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al jefe de Servicio de la entidad licitante la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación. 16.2 Criterios de Evaluación. Se asignará puntaje a cada Proveedor de acuerdo con los Criterios establecidos, que refleje y permita obtener una ponderación final por oferta, comparando en igualdad de condiciones la conveniencia de cada una de ellas. Los puntajes para cada Criterio, su ponderación y puntaje máximo total ponderado serán los siguientes: Evaluación Criterio Ponderación en % Económica Precio (Propuesta Económica) 40 Técnica Antigüedad de vehículo(s) ofertados 30 Recomendaciones por servicio prestado 20 Vehículos eléctricos, híbridos o con gas vehicular (GLP, GNC) 10 PUNTAJE MAXIMO TOTAL PONDERADO 100% 16.2.1.-Criterio Precio (40%). Para efectos de la evaluación económica, se determinará un Valor Económico Ponderado (VEP) para cada oferta, aplicando las ponderaciones definidas según la frecuencia esperada de utilización de cada ruta, indicadas por la contraparte técnica en el Anexo N°4. Luego se calculará el puntaje obtenido, multiplicando por 10 la división del VEP mínimo ofertado por el VEP de cada oferta. Finalmente, se multiplicará el puntaje obtenido por 0,4 para obtener el puntaje ponderado. VEP = ∑ (Valores Ofertados x Ponderación) Puntaje=((VEP_(mı ˊnimo))/(VEP_oferta ))×100 Puntaje Ponderado = Puntaje x 0,4. 16.2.2. Criterio Antigüedad de vehículos ofertados (30%), Anexo N° 5 listado de vehículos. Para el cálculo de este criterio se promediará la antigüedad de todos los vehículos ofertados para efectuar el servicio. La antigüedad no debe superar los 10 años. Se asignará puntaje para cada vehículo ofertado, lo cual será promediado para obtener el puntaje final. Antigüedad de vehículos PUNTAJE Promedio de antigüedad de vehículos año 2024 a 2026 100 Promedio de antigüedad de vehículos año 2020 a 2023 75 Promedio de antigüedad de vehículos año 2016 a 2019 50 Total puntaje obtenido x 30% = Puntaje ponderado 16.2.3. Recomendaciones por servicio prestado (20%), Anexo N° 6. El oferente deberá adjuntar documentos que permitan acreditar como cartas y/o, certificados emanados del cliente. Estos deberán contener al menos, la fecha del servicio prestado, el detalle del servicio, identificación de quien emite el documento incluyendo nombre, firma, número de teléfono y correo electrónico. La información entregada por el oferente podrá ser confirmada por la Comisión Evaluadora. Los documentos de respaldo que se entreguen deben ser consistentes con las recomendaciones descritas en anexo N° 6. Solo serán considerados los documentos que coincidan con la experiencia declarada. Recomendaciones PUNTAJE 05 a más 100 Entre 03 y 04 50 Entre 01 y 02 25 No presenta documentos y/o los presenta incompletos 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos. Total puntaje obtenido x 20% 12= Puntaje ponderado 16.2.4. Vehículos eléctricos, híbridos o con gas vehicular (GLP, GNC) (10%), Anexo N° 5 Indicar en anexo N° 5, si vehículo ofertado es del tipo eléctrico, híbrido o con gas vehicular (GLP, gas licuado de petróleo o GNC, gas natural comprimido). Para obtener los 100 puntos, al menos uno de los vehículos de la flota ofertada debe contar con tecnología híbrida, eléctrica o conversión a gas debidamente certificada en el padrón. Tipo de vehículo PUNTAJE Si incluye vehículos híbridos o con gas vehicular 100 No incluye vehículos híbridos o con gas vehicular o no entrega información. 0 En caso de que no se entregue con claridad la información solicitada o no se declare, se asignará 0 puntos. Total, puntaje obtenido x 10% = Puntaje ponderado
Artículo 17°: Mecanismo de resolución de empates.
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el siguiente listado de criterios por orden de prelación: 1. MAYOR PUNTAJE CRITERIO PRECIO 2. MAYOR PUNTAJE CRITERIO ANTIGÜEDAD DE LA FLOTA. 3. MAYOR PUNTAJE CRITERIO RECOMENDACIONES.
Artículo 18°: De la Adjudicación.
La SEREMI adjudicará la licitación a la oferta o propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las bases considerando sus objetivos. Es preciso señalar, que no necesariamente se adjudicará a la oferta más económica, puesto que se evaluará además si aquélla se ajusta técnicamente a lo requerido. Reservándose el derecho de adjudicar la propuesta a cualquiera de los oferentes conforme a las normas legales vigentes y las presentes bases, como asimismo a declarar desierta la licitación, fallida o inadmisibles las propuestas en los casos indicados en los siguientes artículos.
Artículo 19°: Requisitos para contratar.
Una vez adjudicado y previo al envío de la orden de compra, el oferente deberá entregar: 1. Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la Dirección o Inspección del Trabajo u entidad competente sobre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. 2. Declaración Jurada de no encontrarse inhabilitado para contratar con el Estado debido a: - No haber sido condenado por prácticas antisindicales e infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los dos años anteriores de suscribir el Contrato (art.4, ley 19.886). - No haber sido condenado de acuerdo con la ley 20.393, sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, por delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho (art.10, ley 20.393). - No encontrarse inhabilitado por condenas por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta, formular la propuesta o suscribir el Contrato. Los servicios que se contraten se materializarán con la emisión de la orden de compra a través del Portal www.mercadopublico.cl y se suscribirá también un Contrato de prestación de servicios, si procediere.
Artículo 20°: Contratación.
El Artículo 117 del Decreto N° 661/2024 que aprueba el Reglamento de la Ley de Compras N° 19886, señala que los Contratos menores a 100 UTM se formalizarán mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del PROVEEDOR. En caso de que una orden de compra no haya sido aceptada, los organismos públicos podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. Esto también regirá para montos mayores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM por tratarse de un servicio de simple y objetiva especificación, lo que queda establecido en las presentes bases de licitación.
Artículo 21°: Documentos.
Formarán parte integrante del servicio contratado los siguientes documentos en el orden de prelación que se indica: a) Las bases de licitación, anexos y especificaciones técnicas. b) La propuesta recibida, aclaraciones, consultas. c) Resolución de Adjudicación d) Orden de Compra. Toda discrepancia entre distintos documentos de la contratación, así como toda diferencia de interpretación de su contenido será resuelta en primera instancia por la Contraparte Técnica de la Autoridad Sanitaria de la SEREMI, pudiendo recurrir a todas las instancias legales que le permite la ley para resolver controversias.
Artículo 22°: Cesión del Contrato.
El Proveedor no podrá en caso alguno, ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo del Contrato definitivo al que de origen las presentes bases de licitación. La infracción de esta prohibición dará derecho a la SEREMI, para poner término anticipado al Contrato, en forma inmediata. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia que se puede efectuar con arreglo a las normas del derecho común de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo Contrato.
Artículo 23°: Facturación y pago.
23.1 Facturación Al término de cada mes, el PROVEEDOR deberá enviar una planilla Excel en la que se indique el detalle de los vales emitidos, la cual deberá indicar lo señalado en la siguiente tabla: Junto con esto, deberá hacer llegar los vales escaneados por cada servicio solicitado y ejecutado a los correos que se informarán junto con el envío de la orden de compra respectiva. Los vales en físico deberán ser entregados directamente en la oficina 506, del 5° piso, del Edificio Puerto Mayor. El encargado de revisar los vales no podrá recibir aquellos incompletos o que no tengan el visado respectivo del funcionario, indicando nombre y firma respectiva. Lo anterior, será revisado por la contraparte técnica, quien entregará la recepción conforme por parte de la institución al PROVEEDOR Una vez recibida la recepción conforme, el PROVEEDOR deberá emitir Factura con los siguientes datos: SEÑOR (ES) : SUBSECRETARIA DE SALUD PÚBLICA o SEREMI SALUD DE TARAPACÁ. DIRECCION : THOMSON 127, QUINTO PISO, OFICINA 505, EDIFICIO PUERTO MAYOR. RUT : 61601000-K CIUDAD : IQUIQUE. GIRO : SERVICIO PUBLICO. FORMA DE PAGO : CRÉDITO. La SEREMI pagará el precio convenido por servicio efectivamente entregado, en pesos chilenos, debiendo el PROVEEDOR cumplir con el servicio contratado. Enviar archivo XML de factura al correo: subsalrecepcion@custodium.com. Este archivo debe ser enviado antes de 72 horas de lo contrario el sistema la rechazará automáticamente. La SEREMI tendrá un plazo de 8 días (192 horas) para proceder al reclamo del contenido de la factura conforme al artículo 3° de la Ley N°19.983. 23.2 Pago Los servicios se pagarán una vez certificada la conformidad de este por el jefe del Departamento o encargado de Unidad o su subrogante destinado para estos efectos, adjuntando los documentos que se señalan a continuación: 1. Orden de compra: Emitida por la SEREMI de Salud Región de Tarapacá, la que debe estar “Recepción Conforme” por el Proveedor. 2. Certificado de cumplimiento: El certificado será emitido por el jefe del Departamento o encardo de Unidad o su subrogante. En el certificado se debe indicar la plena conformidad de los servicios contratados, indicando si se debe aplicar disminución y/o multas por incumplimiento de contrato. 3. Factura: Concordante con la orden de compra la factura deberá contener en su glosa el N° de la orden de compra, descripción del servicio y para efectos del pago debe señalar N° de cuenta corriente, banco y contacto para concretar la transferencia. 4. Vales y registro en planilla Excel de traslados. La Institución tendrá un plazo de 30 (treinta) días corridos desde la fecha de su recepción conforme, para realizar el pago.
Artículo 24°: Extensión del plazo de licitación y Modificaciones y término Anticipado del servicio.
La SEREMI de Salud podrá modificar o poner término anticipado, de conformidad al artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, si se verifican las siguientes situaciones: 1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. 2. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor adjudicado. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones. 3. Hechos gravemente atentatorios a la probidad u honra institucional, debidamente acreditados, que comprometan la ejecución del contrato. 4. Registrar el adjudicatario saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores contratados en los últimos dos años, en los casos que corresponda. 5. Si el adjudicatario fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva, o en caso de ser éste una sociedad colectiva o de responsabilidad civil limitada, alguno de los socios fuese imputado por algún delito que mereciere pena aflictiva. En el caso de Sociedades Anónimas, cuando algún miembro del directorio o gerente cayere en esta situación. 6. Si se disolviese la sociedad o consorcio adjudicatario o falleciese la persona natural adjudicataria. 7. Incurrir el adjudicatario en falsedad en la documentación presentada. 8. Si el adjudicatario, sus representantes, o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como: a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante. b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c) Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante. 9. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad que puedan establecer las presentes Bases. 10. Infracciones que así lo ameriten de acuerdo con lo indicado en las presentes Bases. La modificación del Contrato procederá en los casos de: caso fortuito o fuerza mayor, en caso de cambios en los requerimientos técnicos o funcionales de los servicios contratados, y en las circunstancias contempladas en las presentes bases; en ningún caso la modificación del Contrato podrá significar una modificación sustancial del objeto de este. 24.1 Procedimiento Administrativo de Término Anticipado del Contrato: Mediante oficio se informará al Proveedor adjudicado el término Mediante oficio se informará al Proveedor adjudicado el término anticipado del contrato, el cual podrá manifestar sus descargos. Dentro del plazo de cinco (5) días hábiles contados desde la publicación en el sistema de información del portal www.mercadopublico.cl de la resolución exenta que aplique disponga el término anticipado del contrato, el Proveedor adjudicado podrá interponer un recurso de reposición ante el la SEREMI de Salud, quien deberá resolverlo dentro del plazo de diez (10) días hábiles contados desde su recepción en la oficina de partes de la institución. 24.2 Modificación. El contrato o la orden de compra, bases de licitación y especificaciones técnicas podrán modificarse por: a. Mutuo acuerdo entre los contratantes. b. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. d. Las demás que se establezcan en estos Bases de licitación o en el Contrato, entre ellos atraso por más de 03 días en la entrega del servicio contratado. e. La muerte del PROVEEDOR en caso de persona natural o de uno de sus socios en caso de persona jurídica a menos que la legislación o el pacto social permitan su continuidad. g. por extensión del periodo en que se requiere el servicio. 24.3 De las modificaciones. De acuerdo con el artículo 129 del Decreto 661/24 en los contratos regidos por la Ley de Compras y este reglamento la Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento previsto en este artículo. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. Una vez resuelto el recurso de reposición, rechazándolo total o parcialmente, o transcurridos los cinco (5) días hábiles para oponerlo sin que esto se haya efectuado, la SEREMI de Salud deberá resolver sobre el término del contrato mediante la dictación del acto administrativo correspondiente.
Artículo 25° Caso fortuito o fuerza mayor:
Si durante el desarrollo del proceso de adquisición y cumplimiento del Contrato, se presentaran eventos de fuerza mayor o casos fortuitos, que entorpecieran o generaran atrasos parciales o cumplimiento de alguna de las obligaciones pactadas, el adjudicatario deberá comunicar esa circunstancia por escrito a la SEREMI de salud al email Emilio.paredes@redsalud.gob.cl y Karen.rodriguez@redsalud.gob.cl con copia sandra.povedam@redsalud.gob.cl y Jorge.guzman@redsalud.gob.cl, dentro de los 2 días siguientes a su acontecimiento, acreditando el hecho y entregando la documentación pertinente que explique cómo éste ha provocado el atraso o entorpecimiento, solicitando la ampliación de los plazos comprometidos. La SEREMI de Salud en vista de los antecedentes que presente el Proveedor adjudicado, calificará si el hecho da lugar a fuerza mayor o caso fortuito, emitiendo un informe a la SEREMI de Salud y ésta, mediante Resolución Fundada, dará lugar o no a los hechos. Transcurrido el plazo de 5 días a que se hace referencia, no se aceptará reclamo alguno del adjudicatario fundamentándose en razones de caso fortuito o fuerza mayor.
Artículo 26°: Multas.
La infracción de las obligaciones y prohibiciones establecidas en las presentes bases, por hecho imputable al adjudicatario o a uno cualquiera de los trabajadores a través de los cuales ejecute el Contrato, dará lugar a la aplicación de multas administrativas y en las condiciones que se regulan a continuación: 26.1 Aplicación de multas. Incumplimiento Periodicidad Valor de la multa Incumplimiento en la ejecución del servicio solicitado, en cualquiera de sus desplazamientos. Por un evento máximo de incumplimiento en el mes. 5% de la orden de compra emitida mensualmente. Incumplimiento en puntualidad del servicio Cada dos eventos con un máximo de tres incumplimientos en el mes 3% de la orden de compra emitida mensualmente. Vehículo(s) o conductor con falta de presentación e higiene Cada dos eventos con un máximo de tres incumplimientos en el mes 3% de la orden de compra emitida mensualmente. Conductor con señales de haber consumido drogas o alcohol, pudiendo poner en riesgo su salud y la de los funcionarios. Por un evento máximo de incumplimiento en el mes. 5% de la orden de compra emitida mensualmente. De reiterarse la conducta puede ser causal de término anticipado de contrato (orden de compra) Conducción temeraria que pueda poner en riesgo su salud y la de los funcionarios. Por un evento máximo de incumplimiento en el mes. 5% de la orden de compra emitida mensualmente. De reiterarse la conducta puede ser causal de término anticipado de contrato (orden de compra) Acumulación de amonestaciones enviadas por correo electrónico, no corregidas. Por tres eventos máximos en el mes. 3% de la orden de compra emitida mensualmente. No mantener Control de fatiga y somnolencia (evidenciar check list de fatiga) y Control de consumo de alcohol y drogas (evidenciar a través de plan de control y de controles realizados) al día. Esto podrá ser solicitado en cualquier momento para verificación por parte de la SEREMI. Por un evento máximo de incumplimiento en el mes. 5% de la orden de compra emitida mensualmente. De reiterarse la conducta puede ser causal de término anticipado de contrato (orden de compra) En los casos que lo considere pertinente, la contraparte técnica de la SEREMI podrá limitarse a amonestar por escrito al adjudicatario por escrito(correo electrónico) a corregir la falta pesquisada otorgándole a través del mismo medio un plazo prudencial al efecto. Vencido dicho término sin corrección de la falta imputada, la contraparte técnica de la Autoridad Sanitaria procederá conforme al párrafo precedente. Si como consecuencia de una solicitud de reconsideración de multa por acumulación de amonestaciones, se acogiere la impugnación de una o más de tales amonestaciones, quedará sin efecto la multa de que se trate, pero continuarán vigentes las amonestaciones restantes. En su conjunto, las multas aplicadas al Proveedor adjudicado durante la vigencia del presente Contrato no podrán superar las 20% del valor total de la orden de compra. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicado en los estados de pago más próximo y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente. En el caso de que el adjudicatario no pueda dar cumplimiento al Contrato por causas originadas por la SEREMI, éste deberá informar por escrito al email Emilio.paredes@redsalud.gob.cl con copia a jorge.guzman@redsalud.gob.cl y Sandra.povedam@redsalud.gob.cl; para dejar constancia formal del hecho. Este plazo parcial será descontado del total final del tiempo de incumplimiento, para valorar las multas a considerar en los descuentos. Si no existiere saldo pendiente de pago, la multa deberá ser pagada dentro del plazo de 15 días contados desde el requerimiento que al efecto formulará el servicio. En caso de no pago, dicha multa devengará el máximo de interés para operaciones no reajustables hasta la fecha de pago. La SEREMI podrá cobrar esta multa a la empresa, judicial o extrajudicialmente. Sin perjuicio de lo expuesto, la SEREMI podrá compensar lo adeudado, con cualquiera otra obligación actual o futura en favor del Proveedor multado. 26.2: Procedimiento de Aplicación de Multas. Se notificará al adjudicatario la multa correspondiente acompañando a dicha comunicación un informe suscrito por la contraparte técnica donde se dé cuenta de los hechos en que se funda la decisión adoptada y se indique el monto de la sanción. La notificación de lo anterior se efectuará por correo electrónico del adjudicatario que declare en la oferta y Contrato. Una vez notificada, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles para formular sus descargos ante la SEREMI, quien resolverá dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que los descargos sean ingresados a través de la Oficina de Partes de la SEREMI. De no formularse reparos a la decisión de aplicar multas o en caso de que el adjudicatario se allane expresamente, la sanción deberá aplicarse mediante resolución fundada de la SEREM, la que podrá ser impugnada mediante el recurso de reposición regulado en la ley N°19.880. Con todo, las multas establecidas, serán acumulables con las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del adjudicatario. Se entenderá que el Proveedor adjudicado está en mora por el sólo incumplimiento de los plazos establecidos para cualquiera de las obligaciones pactadas, y no será necesario requerimiento judicial previo. La aplicación de multas será sin perjuicio de la facultad de la SEREMI de poner término anticipado al Contrato en los casos previstos en él y en las presentas.
Artículo 27°: Responsabilidades en caso de daños.
El Proveedor adjudicado será responsable en caso de daños ocasionados a las personas o a la propiedad pública y/o privada, que sean atribuibles a actos u omisiones por parte de él o de sus empleados, en caso de que corresponda, en cumplimiento de las obligaciones que emanan del presente Contrato, como, asimismo, respecto de terceras personas.
Artículo 28°: Servicios Adicionales y Disminuciones.
En caso, que la SEREMI requiera un servicio adicional no contemplado en las bases técnicas ni en la oferta del Proveedor adjudicado, se podrá aumentar el desarrollo y valor de estos hasta un 30% del valor total del Contrato adjudicado, impuesto incluido, y solo por única vez. La SEREMI podrá realizar disminuciones del servicio contratado, avisando con la debida antelación al Proveedor adjudicado, por correo electrónico y/o mediante oficio, por hasta un 30% del valor del Contrato, por una vez, lo que se indicará en el certificado de cumplimiento previo a la emisión de la factura. Lo anterior debe ser solicitado por la contraparte técnica, emitiendo Informe que justifique y respalde la disminución o el aumento del Contrato, acorde a los servicios contratados.
Artículo 29°: Naturaleza de la prestación de servicios.
El Proveedor adjudicado, y sus trabajadores, sólo ejecutarán las prestaciones de servicios contenidas en las presentes bases y no tendrán la calidad de dependientes de la SEREMI, ni ninguna de las condiciones que configuran dependencia, por lo que no constituye Contrato de trabajo, ni estará sometido a las disposiciones laborales vigentes.
Artículo 30°: Domicilio y Jurisdicción.
Para los efectos de la presente licitación, los oferentes deberán informar en su oferta un domicilio o medio válido para efectos de notificaciones, el que podrá corresponder a cualquier lugar dentro del territorio nacional, incluyendo correo electrónico habilitado. Los oferentes deberán acreditar, conforme a lo establecido en las presentes bases, que cuentan con la capacidad operativa necesaria para la correcta ejecución del servicio en la Región de Tarapacá, debiendo considerar, entre otros aspectos, la disponibilidad de recursos humanos, equipamiento, cobertura territorial y tiempos de respuesta adecuados.
Artículo 31°: Notificaciones.
Las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de trascurridas 24 horas desde que la SEREMI publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Artículo 32°: Requisitos de Seguridad de riesgo moderado.
El adjudicatario deberá dar fiel cumplimiento a las disposiciones legales vigentes, en especial a lo establecido en la Ley Nº16.744, (sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales), su Reglamento y Decreto complementario, así: 1. Tendrá la obligación de suministrar a sus trabajadores los equipos e implementos necesarios de protección y adoptar todas las medidas de prevención que corresponda, destinadas a controlar los riesgos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Asimismo, deberá cumplir con las instrucciones, normas y procedimientos emanadas por el Área de Higiene y Seguridad del Ministerio de Salud. 2. Deberá instruir al inicio de cada jornada y permanentemente durante el desarrollo de los servicios, a toda persona sobre el riesgo potencial que presenta su propio trabajo. 3. Deberá mantener un programa de supervisión permanente de los servicios que se ejecuten de modo de evitar la ocurrencia de accidentes del trabajo, enfermedades profesionales y daños a la propiedad. 4. Tendrá la obligación de informar a la SEREMI, cualquier condición que implique un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores o la ocurrencia de cualquier accidente de trabajo o el diagnostico de cualquier enfermedad profesional.
Artículo 33°: Confidencialidad.
Las partes dejan expresamente establecido que toda información respecto del MINISTERIO, sus Subsecretarías, sus Secretarías Regionales Ministeriales, y la función administrativa que desempeñan, de cualquier naturaleza que ésta sea, y que el Proveedor o sus dependientes tomen conocimiento en virtud de la celebración o ejecución del presente servicio, tiene carácter de confidencial, estando prohibida su divulgación a terceros o su utilización para fines distintos de aquellos relacionados con la prestación de los bienes y/o servicios materia de este Contrato, durante la vigencia del mismo y después de su terminación. En consecuencia, el Proveedor se obliga a: a) Abstenerse a utilizar la información para su propio beneficio o con cualquier otro propósito distinto al de prestar los servicios en los términos y condiciones establecidos en el Contrato. b) Jamás revelar información de los Contratantes a terceros, excepto a aquellos de sus empleados o asesores, que requieran conocer dicha Información a fin de poder prestar el referido Servicio. En ninguna circunstancia este hecho relevará al Proveedor de las responsabilidades y obligaciones que le impone el Contrato. c) Adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para proteger la confidencialidad y evitar la divulgación y uso indebido de la información. d) Adoptar todas las medidas necesarias y conducentes para proteger la confidencialidad y evitar la divulgación, acceso, cesión y uso indebido de los datos personales, sensibles o no, a los pudiera tener acceso con objeto de la prestación de servicios, haciendo responsable de todo daño por estas acciones o las de sus dependientes. Con todo, aún si la información fuera divulgada con antelación a la suscripción del Contrato o fuera divulgada públicamente posteriormente, como resultado de la exigencia de una autoridad judicial o administrativa, el contratante no podrá tratarla para fines diversos. La obligación de confidencialidad de la información tendrá duración indefinida, a contar de la fecha de suscripción del Contrato respectivo. La Empresa se obliga en forma irrevocable a que toda información que el SEREMI le haya proporcionado, o le proporcione con motivo de la prestación de servicios, tendrá el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información, sea que se contenga en documentos, memorandos, escritos de otra naturaleza, discos, cintas, archivos computacionales o en cualquier otra forma. El oferente seleccionado sólo utilizará la Información confidencial con el fin de alcanzar los objetivos de esta compra y no divulgará, publicará ni permitirá cualquier tratamiento de todo o parte de esta información. Tampoco podrá efectuar tratamiento de esta con fines diversos. Así mismo, adoptará las medidas que sean pertinentes para que su personal contratado bajo cualquier modalidad sólo tenga acceso a la información que sea estrictamente necesaria para el cumplimiento de las obligaciones asumidas en esta compra. Al momento del término, por cualquier causa, de la presente compra, el Proveedor debe restituir, según lo indique la SEREMI, la información confidencial y toda copia, resumen o extracto de ésta, contenida en cualquier documento de trabajo, memorandos u otros escritos, medios magnéticos o archivos computacionales, sin retener copias, resúmenes o extractos de esta, en ninguna forma. En el evento que por orden judicial o de autoridad competente, el Proveedor esa se viere obligada a divulgar todo o parte de la información confidencial, debe notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia a la SEREMI. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida por parte del Proveedor durante la vigencia del Contrato, o después de su finalización, dará lugar a la SEREMI a entablar las acciones judiciales que correspondan contra la empresa responsable, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos en infracción de esta obligación que hayan ejecutado sus empleados y quienes resulten responsables. 33.1 Seguridad de Acceso y Confidencialidad de Datos Sensibles Cualquier tipo de intercambio de información que se produzca entre MINSAL, sus Subsecretarías, las Secretaría Regionales Ministeriales y los Servicios de Salud y las empresas Proveedoras se entenderá que ha sido realizado dentro del marco establecido por el Contrato de provisión de servicios correspondiente, de modo que dicha información no podrá ser utilizada en ningún caso fuera de dicho marco, ni para fines diferentes a los asociados a dicho Contrato. Así, el Proveedor deberá mantener la confidencialidad de lo que tome conocimiento en las dependencias del MINSAL sus Subsecretarías, las Secretaría Regionales Ministeriales y los Servicios de Salud. Asimismo, el Proveedor deberá dar cumplimiento a la normativa en materia de protección de datos personales: la Ley N° 19.628, referida a Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa complementaria. En caso de que alguna de estas normas sea modificada o sustituida el Proveedor deberá adaptarse a los requerimientos de la nueva normativa. En relación con la protección de los datos personales y datos personales sensibles, las partes deben adoptar las medidas conducentes para garantizar el mayor grado de seguridad y confidencialidad en el manejo de la información relacionada con el Contrato. La obligación de confidencialidad de la información tiene una duración indefinida, a contar de la fecha de suscripción del Contrato. La falta de cualquiera de las medidas precedentes se considerará como Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por la Empresa.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.