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Resolución de Empates |
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En el caso de igualdad de puntajes totales entre dos o más oferentes, se resolverá, en primer
lugar, considerando la Oferta económica, en segundo lugar, el mayor puntaje obtenido en
criterio Antigüedad del Vehículo, en tercer lugar, al mayor puntaje obtenido en Experiencia
del Oferente, en cuarto lugar, el mayor puntaje obtenido en Impulso al Desarrollo Local, en
quinto lugar, Programa de Integridad y finalmente, en sexto lugar, Cumplimiento de requisitos
formales. De mantenerse la igualdad, se adjudicará a aquel oferente que haya ingresado
primero su propuesta en el portal mercado público considerándose la hora en que aquello
se efectúe.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a
los oferentes que salven errores u omisiones formales de tipo administrativo o técnico,
siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos
oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores. Esto es, en tanto
no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y
se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del sistema de información.
El SLEP Maule Costa podrá también permitir, de conformidad a lo establecido en el inciso
primero del artículo 56 del Reglamento, la presentación de certificaciones o antecedentes
administrativos que los o las oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la
oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido
con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones
no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de
evaluación.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación
del respectivo requerimiento vía “Foro Inverso” del portal de compras públicas, para
responder a lo solicitado por la entidad licitante o para acompañar los antecedentes
requeridos por ésta. El cumplimiento en el plazo establecido permitirá evaluar el criterio en
el cual se solicitó el antecedente omitido dentro del plazo de presentación de ofertas, pero
se asignará puntaje cero (0), en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos”,
establecido en las presentes Bases Administrativas.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada
una de las estipulaciones que contiene el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el
resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente
acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria
y exigida de acuerdo a las presentes Bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
a) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en
su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código
del trabajo.
Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa
que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos
mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se
produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
b) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación
pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la
misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir
directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la
posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
c) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos
o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre
competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente,
aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en
cualquier de sus tipos o formas.
d) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que
deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las
medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
e) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
f) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o
los contratos que de ellos se derivase.
g) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la
misma.
h) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
i) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas
con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto
de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente
responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos
correspondientes.
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