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SERVICIOS REQUERIDO |
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1.1. Requerimiento de compra
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, SENDA, llama a licitación pública, por un período que se extenderá desde la
suscripción de cada contrato, hasta el 31 de diciembre de 2027, para la ejecución
de servicios personales especializados correspondientes a profesionales expertos
para conformar un equipo de Gestión Intersectorial de Salud Integral con Énfasis
en Salud Mental, en adelante servicios de Gestión Intersectorial.
El/la profesional que brinde el servicio personal especializado deberá integrarse al/los
Equipo/s de Gestión Intersectorial (EGI), del o los territorios que corresponda de
acuerdo a la localización de las líneas de servicio licitadas, compuestos por el/la Gestor/
a Intersectorial de cada Servicio de Salud, el/la referente de Servicio de Reinserción
Social Juvenil regional y el/la referente de la Dirección Regional del Servicio de
Protección, para velar en conjunto por la debida implementación del Sistema en los
distintos territorios, realizar diagnósticos comunes, generar acciones articuladas para la
implementación de cada una de las líneas estratégicas y realizar monitoreo y evaluación
(de proceso y resultado) del trabajo desarrollado, en estrecha coordinación con los/las
referentes institucionales de la SEREMI de Salud y SEREMI de Justicia y Derechos
Humanos.
En ese marco, el servicio a contratar contempla acciones dirigidas a difundir el
propósito, los objetivos y herramientas de gestión para el funcionamiento y avances del
Sistema Intersectorial a nivel regional, en las instituciones que forman parte de este y a
otras instituciones pertinentes que brindan servicios a esta población.
El servicio licitado contempla el seguimiento de la situación de salud y la trayectoria de
las intervenciones en salud de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes, atendidos por el
Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y/o el Servicio
Nacional de Reinserción Social Juvenil, particularmente en lo vinculado al consumo de
alcohol y otras drogas, permitiendo que todos ellos accedan a las acciones y atenciones
de promoción, prevención y tratamiento que requieran, de forma oportuna, de calidad y
favoreciendo la continuidad de los cuidados.
El servicio licitado implica gestionar con el intersector la implementación y ejecución en
el territorio del Sistema Intersectorial de Salud Integral con Énfasis en Salud Mental para
Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes con Vulneración de Derechos y/o Sujetos a la
Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, a través de las siguientes acciones, entre
otras:
a. Mantener coordinaciones permanentes con referentes del/los Equipos de
Gestión Intersectorial (EGI) del o los territorios que corresponda.
b. Mantener coordinaciones permanentes con actores claves en el territorio,
tanto sectoriales como intersectoriales, para potenciar el bienestar en salud y
el desarrollo integral de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.
c. Elaborar, implementar y evaluar, en conjunto con el/los Equipo/s de Gestión
Intersectorial (EGI), un Plan de Acción Anual acorde al diagnóstico territorial
y que considere nudos críticos, fortalezas y estado de avance de la
implementación del sistema.
d. Participar en reuniones y jornadas de trabajo con el intersector vinculadas
con el Sistema Intersectorial.
e. Resguardar, en coordinación con el intersector, que se elaboren e
implementen protocolos y flujos de coordinación a nivel local que favorezcan
la implementación del Sistema en la región, promoviendo un trabajo
intersectorial articulado.
f. Mantener actualizado el catastro de la oferta disponible en el territorio, en
materias de prevención y de tratamiento de consumo de alcohol y otras
drogas para la población de niños, niñas, adolescentes y jóvenes, para su
difusión y coordinación con el intersector.
g. Brindar asesoría a equipos intervinientes, en coordinación con el/los Equipo/s
de Gestión Intersectorial (EGI) del territorio, según nudo crítico y/o demanda
detectada.
h. Detectar, en coordinación con el intersector, necesidades de capacitación de
los equipos intervinientes del territorio y apoyar la gestión de éstas.
i. Coordinarse de manera permanente con las áreas de Tratamiento y
Prevención de la oficina regional de SENDA.
j. Participar en las reuniones convocadas por la Dirección Regional de SENDA.
k. Elaborar, en conjunto con el intersector, los informes solicitados desde el
nivel central respecto de la evaluación de la implementación del sistema, que
incluyen, entre otros datos, los indicadores diseñados para el sistema.
l. Disponer de información para que las autoridades locales, referentes
técnicos y equipos intervinientes del territorio conozcan el Sistema
intersectorial, en términos de sus objetivos, mecanismos de articulación, plan
de acción, avances en la implementación u otra información relevante.
1.2. De la Modalidad de la Licitación
Se solicita, realizar la presente licitación en la modalidad de adjudicación por línea de
servicio. Al adjudicar la presente licitación en la modalidad de adjudicación por líneas, el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
SENDA, podrá seleccionar a varios proponentes, pero, con las siguientes limitaciones,
atendida la especial naturaleza del servicio objeto de la presente licitación:
● Cuando se trate de una persona natural, que presente una oferta para prestar los
servicios personalmente, solamente podrá adjudicarse una línea de servicio.
● En el caso de personas jurídicas, podrán postular y adjudicarse una o más líneas
de servicio, siempre que se proponga a una persona natural por cada línea de
servicio a la que se postula y cumpla con las condiciones técnicas requeridas.
● En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, éstas podrán postular y
adjudicarse más de una línea, siempre que cada uno de los integrantes que
conformen la Unión, oferten y se adjudiquen distintas líneas de servicios y
cumplan con las condiciones técnicas requeridas. En otras palabras, para el caso
de las Uniones Temporales de Proveedores NO podrán presentar una oferta en la
que dos o más personas jurídicas o naturales puedan adjudicarse la misma Línea
de Servicio. Cada Línea de Servicio deberá prestarse EXCLUSIVAMENTE por
UNA SOLA persona natural.
En razón de lo anterior, en el caso que postule una persona jurídica o una Unión
Temporal de Proveedores, para efectos de evaluar la idoneidad técnica y la oferta técnica,
se considerará exclusivamente la aptitud, experiencia y formación de las personas
naturales que prestarán el servicio.
En suma, atendida la naturaleza del servicio personal especializado objeto de la presente
licitación, éste deberá prestarse por una sola persona natural por cada Línea de Servicio.
1.3. Líneas de servicio
Para todos los efectos legales, esta licitación está compuesta por las siguientes
líneas de servicios y los respectivos montos máximos por año y por 24 meses:
LS REGIÓN PROFESIONAL PRESUPUESTO
ANUAL
PRESUPUESTO
TOTAL
24 MESES
1
Valparaíso Trabajador/a Social,
Psicólogo/a, Terapeuta
ocupacional, enfermero/a,
antropólogo/a, educador/a de
párvulos o professor/a
$ 23.476.800 $ 46.953.600
2
Metropolitana
Trabajador/a Social,
Psicólogo/a, Terapeuta
ocupacional, enfermero/a,
antropólogo/a, educador/a de
párvulos o professor/a
$ 23.476.800 $ 46.953.600
3
Metropolitana
Trabajador/a Social,
Psicólogo/a, Terapeuta
ocupacional, enfermero/a,
antropólogo/a, educador/a de
párvulos o professor/a
$ 23.476.800 $ 46.953.600
4
Biobío
Trabajador/a Social,
Psicólogo/a, Terapeuta
ocupacional, enfermero/a,
antropólogo/a, educador/a de
párvulos o professor/a
$ 23.476.800 $ 46.953.600
5
Araucanía
Trabajador/a Social,
Psicólogo/a, Terapeuta
ocupacional, enfermero/a,
antropólogo/a, educador/a de
párvulos o professor/a
$ 23.476.800 $ 46.953.600
6
Los Lagos
Trabajador/a Social,
Psicólogo/a, Terapeuta
ocupacional, enfermero/a,
antropólogo/a, educador/a de
párvulos o professor/a
$ 23.476.800 $ 46.953.600
$ 281.721.600
El monto anteriormente indicado podrá ser reajustado en diciembre de 2026, y comenzará
a regir en el mes de enero del año 2027. La cuantía de dicho reajuste será fijada en la
época indicada previamente, teniendo como factores referenciales la variación del factor
de actualización del presupuesto del sector público anual y, especialmente, la
disponibilidad presupuestaria de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Público del
año correspondiente. Los reajustes serán notificados al prestador una vez totalmente
tramitado el acto administrativo que los aprueba, sin la necesidad de modificar el contrato
si se encontrase suscrito.
Sin perjuicio de lo anterior, SENDA podrá excepcionalmente, por razones calificadas y
debidamente fundadas mediante acto administrativo, realizar reajustes con fechas
distintas a las expresamente señaladas.
Con todo, los recursos que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, destinará estarán sujetos a lo que establezca la
Ley de Presupuesto para el Sector Público para el respectivo año.
1.4. Recursos disponibles
Los recursos disponibles máximos se encuentran desagregados por línea de servicio y
año en el punto 1.3 de estas bases. SENDA no entregará recursos adicionales a los
mencionados, por lo que los recursos indicados deben cubrir todos los gastos asociados a
la correcta realización de los productos solicitados.
Se recuerda que, el presupuesto considera montos brutos, siendo responsabilidad
exclusiva del oferente, considerar los eventuales impuestos a los que pudiera verse
afecto, a la luz de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.420 y todo otro
eventual hecho gravado que pudiera estar considerado en virtud de los servicios
licitados.
1.5. Duración de los servicios
El plazo de ejecución se extenderá desde la fecha que indique el respectivo contrato y
hasta el 31 de diciembre de 2027.
Por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el servicio desde la fecha de
suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación del mismo. Sin embargo,
la fecha de inicio de los servicios no podrá ser anterior al 2 de enero de 2026.
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RENOVACIÓN DE LOS SERVICIOS |
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2.1. De la renovación
Sin perjuicio de lo indicado en el número 1.5. y de conformidad a lo establecido en el
artículo 42 del Decreto N° 661 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de
la Ley N° 19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministros y prestación de
servicios, los contratos que se suscriban con los oferentes seleccionados podrán ser
renovados por un plazo máximo de 24 meses, esto es, desde el 01 de enero de 2028
hasta el 31 de diciembre de 2029.
La incorporación de la renovación se fundamenta en las siguientes consideraciones
técnicas y estratégicas:
- Continuidad de los procesos de coordinación y gestión: La coordinación
intersectorial requiere de plazos extendidos para consolidar los procesos de
planificación, implementación, seguimiento y evaluación, asegurando avances
sostenidos y evitando retrocesos.
- Fomento de la confianza en los procesos de coordinación: La estabilidad en los
procesos de coordinación e interacción institucional refuerza la confianza de los
distintos actores participantes mejorando la adherencia a los lineamientos
técnicos y la disposición a implementar cambios.
- Conocimiento acumulado del territorio, actores y equipos: Los y las profesionales
que se desempeñan en la Gestión Intersectorial desarrollan un conocimiento
profundo de los actores claves en el territorio, tanto sectoriales como
intersectoriales, para potenciar el bienestar en salud y el desarrollo integral de los
niños, niñas, adolescentes y jóvenes. Renovar el contrato evita la pérdida de ese
capital técnico y facilita la transferencia sostenida de buenas prácticas.
- La renovación permite mantener coherencia en la aplicación de los lineamientos
técnicos y en la supervisión de las coordinaciones permanentes que se deben
establecer con las distintas instancias incumbentes de la estrategia intersectorial.
- Alineación con políticas públicas de largo plazo: La estrategia intersectorial
denominada Sistema Intersectorial de Salud Integral con Énfasis en Salud Mental
para Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes con Vulneración de Derechos y/o
Sujetos a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, es desarrollada de
manera coordinada por los ministerios de Salud (MINSAL), Justicia y Derechos
Humanos (MINJUDDHH), el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol (SENDA), Servicio Nacional de Protección
Especializada a la Niñez y Adolescencia, Servicio Nacional de Menores
(SENAME) y Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil (SRJ), requiere
asegurar coherencia metodológica en su implementación y que el servicio se
articule con los tiempos propios de la implementación de las políticas públicas
para dar una respuesta oportuna, integral y de calidad.
- Optimización de recursos y eficiencia administrativa: La renovación contractual
permite aprovechar la experiencia adquirida por los profesionales en el territorio,
reduciendo costos asociados a nuevos procesos de licitación, inducción y
capacitación de nuevos profesionales especializados para la Gestión
Intersectorial.
En conclusión, la posibilidad de renovación responde a la necesidad de consolidar los
procesos de coordinación y gestión intersectorial, optimizar el uso de recursos públicos y
garantizar la implementación y ejecución en el territorio del Sistema Intersectorial de
Salud Integral con Énfasis en Salud Mental para Niños, Niñas, Adolescentes y Jóvenes
con Vulneración de Derechos y/o Sujetos a la Ley de Responsabilidad Penal
Adolescente, por lo tanto favorece que los Niños, niñas, adolescentes y jóvenes accedan
las prestaciones e intervenciones de calidad en salud de manera oportuna.
La renovación considera la evaluación previa favorable del desempeño del proveedor del
servicio y de las necesidades institucionales.
2.2. Mecanismo de renovación
En el mes de agosto del año 2027, con la información obtenida hasta el 31 de julio del
mismo año, SENDA tendrá la facultad de renovar los contratos mediante la dictación de
un acto administrativo fundado.
Si el oferente con quien se estableció el contrato es una persona jurídica, o una UTP, la
renovación del respectivo contrato podrá ser total o parcial.
Si la renovación del contrato fuere total, incluirá todas las líneas de servicio de dicho
contrato hasta diciembre de 2029; si la renovación fuere parcial, se indicará,
expresamente, qué líneas de servicio continuarán en ejecución hasta diciembre de 2029.
Si el oferente con quien se estableció el contrato es una persona natural la renovación del
respectivo contrato será de la línea de servicio que se contrató a través de la presente
licitación.
La renovación de los contratos será materializada mediante la dictación de un acto
administrativo fundado en:
a) Resultado de la evaluación de la ejecución del servicio de Gestión Intersectorial.
b) Informe de la División Jurídica de SENDA.
a) Evaluación de ejecución del servicio de Gestión Intersectorial (Anexo N°9)
Para efectos del proceso de renovación, se considerarán los resultados de la aplicación
de la Pauta de Evaluación de la Ejecución del Servicio de Gestión Intersectorial, realizada
con cada proveedor del servicio, en el marco del proceso de Monitoreo y Seguimiento de
la Ejecución del Servicio Personal Especializado de Gestión Intersectorial, descrito en el
Anexo N°9 de las presentes bases.
La evaluación será responsabilidad de la correspondiente Oficina regional de SENDA y
será realizada, por el/la encargado/a del Tratamiento o quién le subrogue, en coordinación
con el encargado/a de Prevención de la correspondiente oficina regional.
La Oficina regional de SENDA emitirá un informe con fecha 31 de julio de 2027 en el que
establecerá la recomendación de renovación de contrato, teniendo en consideración los
resultados de la Pauta de Evaluación de la Ejecución del Servicio de Gestión
Intersectorial, correspondientes a las aplicaciones n° 3, realizada en abril de 2027 y n° 4,
efectuada en julio de 2027.
Para la renovación de los contratos, en las aplicaciones n° 3 y n° 4 de la pauta, el
prestador deberá haber sido evaluado con el puntaje 3 en los 5 criterios.
b) Informe de la División Jurídica de SENDA
Informe emitido por la jefatura de la División Jurídica, con fecha 31 de julio de 2027, que
se pronunciará respecto a la existencia de procedimientos administrativos contractuales
de aplicación de medidas de amonestación, multa y/o término, invocados a las personas
naturales y/o jurídicas y/o UTP cuyos contratos podrían ser renovados. En el referido
Informe, además, se podrá abordar cualquier otro aspecto de connotación jurídica que
sea necesario tener presente al momento de decidir la renovación de los contratos.
Con todo, si así lo hicieran aconsejables razones de buen servicio, debidamente
fundadas, derivadas de fundamentos técnicos, administrativos y/o presupuestarios, el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
se reserva expresamente el derecho de no proceder a la renovación los contratos,
pudiendo proceder, por lo tanto, a una nueva contratación conforme a las disposiciones
de la Ley N° 19.886 y su Reglamento.
Como consecuencia de la notificación del acto administrativo señalado en el párrafo
primero de este numeral de las bases, los prestadores que continuarán prestando
servicios personales especializados los años siguientes, deberán presentar los
antecedentes requeridos para la celebración de la respectiva renovación de contrato, en
los mismos términos indicados en el número 8 de las presentes bases de licitación, y en
el plazo que le sea oportunamente informado por SENDA.
Finalmente, una vez presentados los antecedentes requeridos, SENDA y el respectivo
prestador de servicios celebraran la renovación de contrato, instrumento en el que se
dejará constancia de la nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento presentada, en
caso que correspondiere, de los servicios licitados, así como de cualquier otra
estipulación que, con estricta sujeción a las presentes bases, las partes estimen
necesario pactar.
Con todo, se deja expresa constancia que los servicios personales especializados de
Gestión Intersectorial, que deban ejecutarse desde el mes de enero de 2028 al mes de
diciembre 2029 estará siempre sujeta a lo que establezca la ley de presupuesto para el
sector público correspondiente a dichos años, y las necesidades que la Dirección
Nacional de SENDA determine.
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ASPECTOS GENERALES |
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Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o
extranjeras que, cumpliendo los requisitos legales y aquellas condiciones señaladas en
estas bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.
3.1. Encargado del Contrato
El encargado del proceso de contratación será la jefatura del Área de Tratamiento de
SENDA, o quien lo subrogue o reemplace. Sin perjuicio de lo anterior, cada Dirección
Regional, previa notificación al Área de Tratamiento, podrá designar a una persona para
efectos de la ejecución del contrato.
3.2. Plazos
Los plazos de la presente licitación son los que en cada caso se señalan, entendiéndose
como días hábiles, de lunes a viernes, sin considerar los días sábados, domingos y
festivos.
En el caso que un plazo expire en día sábado, domingo o festivo el vencimiento se
producirá al día hábil siguiente.
3.3. Etapas de la licitación pública.
De acuerdo a lo previsto por el artículo 175 del Reglamento de la Ley 19.886, la presente
licitación pública se realizará en dos etapas, a saber:
i. Primera Etapa de Preselección: En esta etapa se evaluará la Idoneidad Técnica
de los eventuales oferentes. En esta etapa se requerirá documentación acerca de
los antecedentes de los proveedores que justifiquen su idoneidad para presentar
ofertas en el presente proceso licitatorio.
ii. Segunda Etapa de Evaluación de ofertas, selección y negociación: En esta
etapa, los oferentes solamente deberán presentar una oferta técnica conforme a lo
establecido en el artículo 175 número 2, del Reglamento de la Ley de Compras.
En definitiva, las referidas dos etapas no son simultáneas, razón por la cual el
proveedor interesado deberá, en una primera etapa, subir al portal de Mercado Público
solamente los antecedentes relativos a su Idoneidad Técnica (Anexo N° 3), y esperar los
resultados de esta etapa, que será publicada en el mismo portal. En el caso de postular
una persona jurídica, además del Anexo N° 3, en esta primera etapa, deberá presentarse
la declaración jurada contenida en el Anexo N° 2.
Posteriormente, en la segunda etapa, quienes hayan resultado preseleccionados, en
virtud del procedimiento establecido en el número 3 de las presentes bases, deberán
presentar su oferta técnica dentro del plazo establecido en el numeral 5.4. Para
dichos efectos, los oferentes deberán subir al portal el Anexo N°4.
3.4. Modificaciones a las bases
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol podrá modificar las presentes bases, hasta antes del vencimiento del plazo para
presentar ofertas. Estas modificaciones deberán aprobarse por resolución fundada
totalmente tramitada y publicarse en el www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica a
la licitación pública.
En caso de ser necesario, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol fijará, prudencialmente, un nuevo plazo para la
presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan
conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
3.5. Cronograma de actividades
Primera etapa de preselección:
Idoneidad Técnica
ACTIVIDAD PLAZO
Plazo de presentación de
antecedentes de idoneidad
técnica
Hasta el día 10 corrido, contado desde la fecha de
publicación de las presentes bases a través del portal
ww.mercadopublico.cl
Consulta a las bases de
licitación
Hasta el día 3 corrido, contado desde la fecha de
publicación de las presentes bases a través del portal
www.mercadopublico.cl
Respuesta a las consultas Hasta el día 2 hábil, contado desde la fecha de
vencimiento para presentar consultas
Publicación del Acta de
Idoneidad Técnica
Hasta el día 5 hábil, contado desde la fecha de cierre
de presentación de antecedentes de idoneidad técnica
Segunda etapa evaluación técnica:
Presentación de Ofertas
ACTIVIDAD PLAZO
Recepción de ofertas: anexo de
presentación de propuesta
técnica y antecedentes
administrativos
Hasta las 15:00 hrs. del día 10 corrido, contado
desde la fecha de notificación del acta de
evaluación de los oferentes preseleccionados.
Consultas al acta de idoneidad
técnica
Dentro de los 2 días hábiles contados desde la
fecha de publicación del Acta de Idoneidad
Técnica.
Respuestas a consultas al acta
de idoneidad técnica
Dentro de los 2 días hábiles contados desde la
fecha del vencimiento del plazo para hacer
consultas.
Apertura de las ofertas A las 15:01 horas. del mismo día del cierre de la
recepción de las ofertas.
Adjudicación La adjudicación se realizará dentro de los 20 días
hábiles siguientes al cierre de las ofertas.
Plazo de presentación de
antecedentes
En un plazo no superior a 15 días corridos una
vez adjudicado el proceso de licitación.
Suscripción del contrato
El adjudicado deberá suscribir el contrato
correspondiente dentro del plazo de 15 días
hábiles contados desde la presentación de los
antecedentes necesarios para la elaboración
del contrato.
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PRIMERA ETAPA DEL PROCESO DE LICITACIÓN: IDONEIDAD TÉCNICA |
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4.1. Presentación de antecedentes de Idoneidad Técnica.
La presentación de los antecedentes de Idoneidad técnica deberá realizarse hasta el día
10 corrido, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal
mercado Público, www.mercadopublico.cl, en el ID que identifica esta licitación.
En esta fase, el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación de Drogas y Alcohol
verificará la Idoneidad Técnica de los oferentes. Para ello, éstos deberán presentar el
Anexo N° 3, contenido en el acápite III de estas bases, junto a toda la documentación
solicitada en dicho anexo, esto es, los antecedentes que acrediten la experiencia laboral,
y el certificado de título profesional.
4.2. Comisión evaluadora de la idoneidad técnica
La evaluación de la Idoneidad Técnica será realizada por una Comisión Evaluadora
integrada por los siguientes funcionarios(as):
1. Jefe(a) de la División Programática de SENDA o quien éste(a) designe mediante
memorándum.
2. Jefe (a) del Área de Tratamiento de SENDA, o quien éste(a) designe mediante
memorándum.
3. Funcionario (a) del Área de Tratamiento de SENDA, designado mediante
memorándum por el Jefe (a) del Área de Tratamiento.
A su vez participará un Abogado de la División Jurídica de SENDA como Ministro de Fe.
En cualquier caso, y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la
comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan
funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol.
La Comisión evaluadora deberá confeccionar un Acta de la Evaluación de la Idoneidad
Técnica y dejará constancia de lo siguiente:
- Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de la Idoneidad técnica.
4.3. Recepción de Consultas a las bases de licitación
Los proponentes podrán formular sus consultas, a través del sitio www.mercadopublico.cl
correspondiente a la presente licitación, dentro de los 3 primeros días corridos contados
desde la fecha de publicación de las presentes bases. Según lo indicado en el artículo N°
39 del reglamento de la ley N° 19.886, sólo mediante los mecanismos previstos por estas
bases de licitación, los oferentes podrán comunicarse con SENDA, para los efectos de la
licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
4.4. Respuestas a las consultas
La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del
portal www.mercadopublico.cl dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento del
plazo para presentar consultas señalado en el número anterior.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta
licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido
de las bases de licitación, por lo cual, deberán ser consideradas por los oferentes para la
presentación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las bases
administrativas y técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún
elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y
dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales
del presente llamado a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los
oferentes en la preparación de sus ofertas.
4.5. Evaluación de la idoneidad técnica (criterios)
El proceso de evaluación de Idoneidad Técnica será interno y se aplicará una escala de
puntos de 0 a 100 según la siguiente ponderación:
IDONEIDAD TÉCNICA
Criterios
Evaluación
Idoneidad Técnica
Descripción
Puntaje Ponderación
1. Título
profesional La persona natural que se postula a la línea de
servicio acredita título profesional de trabajador/a
social, psicólogo/a, terapeuta ocupacional,
enfermero/a, antropólogo/a, educador/a de
párvulos o profesor/a.
100
50% La persona natural que se postula a la línea de
servicio no informa y/o no acredita título
profesional de trabajador/a social, psicólogo/a,
terapeuta ocupacional, enfermero/a, antropólogo/a,
educador/a de párvulos o profesor/a.
0
2. Experiencia
Laboral en
prevención o
tratamiento del
consumo de
drogas
La persona natural que se postula a la línea de
servicio acredita experiencia en intervención
directa en programas y/o proyectos de tratamiento
y/o prevención del consumo de alcohol y otras
drogas*
100
50%
La persona natural que se postula a la línea de
servicio no informa y/o no acredita experiencia en
intervención directa en programas y/o proyectos de
tratamiento y/o prevención del consumo de alcohol
y otras drogas *
0
*Se entenderá por proyecto o programa de tratamiento a aquellos proyectos o programas
formales de atención terapéutica dirigidos a la recuperación del consumo problemático de
alcohol y otras drogas en diferentes poblaciones. Se entenderá por proyecto o programa
de prevención a aquellos proyectos o programas formales dirigidos, específicamente, a la
prevención del consumo de alcohol y/u otras drogas en diferentes poblaciones.
Aprobarán la evaluación de idoneidad técnica aquellas propuestas que obtengan un
puntaje 100 en la suma de los puntajes ponderados.
En caso de obtener puntaje cero en cualquiera de los dos ítems, la propuesta será
declarada inadmisible.
Se deberá acreditar el título profesional como la experiencia laboral a través de
certificados u otros documentos que permitan verificar la veracidad de lo señalado
en dichos antecedentes.
La Comisión evaluadora deberá confeccionar un Acta de la Evaluación de la Idoneidad
Técnica y dejará constancia de lo siguiente:
- Los criterios y puntajes obtenidos por cada oferente en la etapa de idoneidad
técnica.
4.6. Publicación del acta de Evaluación de la Etapa de Idoneidad Técnica
El acta de Evaluación de la Etapa de Preselección de la Idoneidad Técnica se publicará
en el portal www.mercadopublico.cl hasta el día 5 hábil, contado desde la fecha del cierre
de presentación de antecedentes para la Etapa de Preselección de Idoneidad Técnica,
donde los postulantes deberán revisar si han quedado seleccionados, para luego
presentar los documentos para la oferta técnica (Segunda etapa).
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SEGUNDA ETAPA DE LA LICITACIÓN: PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
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5.1. Información General
En esta etapa el oferente deberá presentar los antecedentes administrativos que se
señalan en estas bases y los documentos para la presentación de la oferta técnica a
través de la página web de Mercado Público.
La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes requeridos será
condición suficiente para rechazar la oferta en el acto de apertura y declararla
inadmisible.
Las ofertas deberán presentarse en los formularios que se encuentran como “Anexos” en
las presentes bases, los que, para estos efectos, se encontrarán disponibles en formato
Word, en el portal www.mercadopublico.cl
Los oferentes deberán completar las declaraciones juradas para ofertar disponibles en
mercado público, que hacen referencia a las inhabilidades.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación,
implica que el respectivo oferente ha analizado las Bases Administrativas y Técnicas,
aclaraciones y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la
presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo
de condiciones a toda la documentación referida.
Asimismo, si se comprueba la falta de presentación de los antecedentes señalados en
forma posterior al acto de apertura, la oferta en cuestión no será considerada en el
proceso de evaluación y adjudicación, y será declarada inadmisible.
5.2. Recepción de Consultas al acta de idoneidad técnica
Los proponentes sólo podrán formular sus consultas respecto del acta de idoneidad
técnica, a través del sitio www.mercadopublico.cl en el ID correspondiente a la presente
licitación, dentro de los 2 primeros días hábiles desde publicada el acta de evaluación
de idoneidad técnica. Según lo prescrito en el artículo N° 39 del reglamento de la ley N°
19.886, sólo mediante los mecanismos previstos por estas bases de licitación, los
oferentes podrán comunicarse con SENDA, para los efectos de la licitación, quedando
absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
5.3. Respuestas a las consultas y aclaraciones al acta de idoneidad técnica
La respuesta a todas las consultas se realizará a través del Sistema de Información del
portal www.mercadopublico.cl dentro de los 2 días hábiles siguientes al vencimiento del
plazo para presentar consultas o aclaraciones al acta de idoneidad técnica, señalado en el
número anterior.
Las consultas, respuestas y aclaraciones formarán parte integrante de las bases de esta
licitación. Se entenderá que las respuestas contribuyen a determinar el alcance y sentido
de las Bases de licitación, por lo cual deberán ser consideradas por los oferentes para la
presentación de sus ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, además, podrá efectuar, por iniciativa propia, aclaraciones a las Bases
Administrativas y/o Técnicas para precisar su alcance, complementar o interpretar algún
elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y
dificulte la obtención de buenas ofertas, sin que pueda modificar los elementos esenciales
del presente llamado a licitación y en tal condición, deberán ser consideradas por los
oferentes en la preparación de sus ofertas.
5.4. Fecha de recepción de antecedentes
Las ofertas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl, en el ID que
identifica esta licitación hasta las 15:00 del décimo día corrido, contado desde la fecha
de notificación del acta de evaluación de la Primera Etapa de Preselección de
Idoneidad Técnica, en el portal www.mercadopublico.cl
En caso que el vencimiento del plazo recayera en día inhábil, se postergará la fecha del
cierre de recepción de ofertas para el día hábil siguiente, a la misma hora.
En caso de indisponibilidad técnica de la plataforma del portal www.mercadopublico.cl,
durante este periodo, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras
y Contratación Pública, excepcionalmente las ofertas podrán ser recibidas en soporte
papel, en un sobre debidamente cerrado, en la Oficina de Partes de la Dirección Regional
correspondiente o la del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol (calle Agustinas N° 1235, piso 7, Santiago Centro), de
lunes a viernes entre las 9:00 y las 14:00 horas, dentro de los 2 días hábiles contados
desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad del portal, en virtud de lo
establecido en el N°3 del artículo 115 del Decreto Nº 661, del Ministerio de Hacienda, de
2024.
Con todo, sólo se recibirán aquellas propuestas técnicas en papel que adjunten un
certificado de indisponibilidad del sitio emitido por la Dirección de Compras y
Contratación Pública.
5.5. Número de ofertas
Cuando el oferente sea una persona natural, se deberá presentar solamente una oferta
por línea de servicio a la que postule, o solo una oferta por las líneas de servicio de la
Región Metropolitana, en atención a que las líneas de servicio de esta región
corresponden a las mismas prestaciones en cuanto a su distribución territorial y
características. Por lo tanto, se deja constancia que, respecto de las líneas de servicio de
la Región Metropolitana, se podrá postular con una sola oferta para las líneas de servicio
de dicha región.
Si el oferente es una persona natural, y si desea ofertar para alguna línea de servicio de la
Región Metropolitana, al momento de presentar su oferta en la
plataforma www.mercadopublico.cl deberá seleccionar todas las líneas de servicio
correspondientes a la región. Si una persona natural presenta más de una oferta en
plataforma Mercado Público este Servicio Público entenderá como válidamente
presentada una oferta y la última oferta subida al portal.
Una persona natural sólo podrá adjudicarse UNA línea de servicio. Cuando el oferente
sea una persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores, podrá postular a más de
una línea de servicio o región. En el caso de una persona jurídica, ésta deberá señalar
determinadamente las personas naturales que prestarán servicios para cada línea de
servicio o región, según corresponda, en cuyo caso deberá presentar el Anexo N°2,
debidamente completado. A este respecto, cabe señalar que, según lo dispuesto en las
presentes bases, se evaluará la experiencia y formación relativa a la persona natural que
prestará el servicio y NO se tendrá en consideración los antecedentes presentados por la
persona jurídica o la Unión Temporal de Proveedores.
5.6. Antecedentes administrativos
Para postular, los oferentes, además de su propuesta técnica, deberán firmar una
declaración jurada de requisitos para ofertar en plataforma www.mercadopublico.cl, en el
ID que identifica esta licitación pública.
Una vez que se realice la apertura de las ofertas, y previo a la evaluación de las mismas,
la División Jurídica de SENDA revisará que dicha declaración jurada se haya efectuado
en la plataforma y que no existan inconsistencias en la misma.
Adicionalmente, la División Jurídica de SENDA, revisará el registro de las sentencias
condenatorias por prácticas antisindicales o desleales que publica semestralmente la
Dirección del Trabajo y examinará, asimismo, si los oferentes hubieren sido condenados
por delitos concursales establecidos en el Código Penal, desestimando las ofertas de
aquellos oferentes que se encuentren en alguna de las antedichas situaciones, mediante
la declaración de inadmisibilidad de las mismas.
En caso de tratarse de una Unión Temporal de Proveedores, el representante de la unión
temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o
privado que dé cuenta del acuerdo para participar de esta forma, el cual deberá contener
todas las menciones indicadas en la letra e) del artículo 180 del Decreto Nº 661, de
Hacienda, de 2024.
Si el oferente es una Unión Temporal de Proveedores, en caso que a alguno de sus
integrantes le afecte una causal de inhabilidad, esta situación se le comunicará mediante
el correspondiente acto administrativo. En dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5
días hábiles a contar de la publicación de dicha resolución en el portal
www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la Oficina de Partes de la
Dirección Nacional de SENDA, ubicada en Agustinas 1235 piso 7 de 09:00 a 14:00 horas,
Santiago Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si
se desiste de su participación en el proceso.
5.7. Propuesta Técnica
Se deberá presentar un formulario de presentación de propuesta técnica por cada
línea de servicio a la que se postuló, o deberá presentar un formulario por grupos
de regiones que tengan más de una línea de servicio (Región Metropolitana).
No se podrá postular en un mismo anexo a líneas de servicios de diferentes
territorios y/o regiones.
El formulario de presentación de la oferta deberá ingresarse como archivo adjunto en
el sitio www.mercadopublico.cl en el ID que identifica esta licitación, debiendo
denominarse dicho archivo adjunto como “Propuesta Técnica”. Para estos efectos, se
deberá presentar el anexo N° 4, del acápite III, de estas bases, denominado “Formulario
de Presentación de Propuesta Técnica”.
Para el caso que una persona jurídica o una Unión Temporal de Proveedores quiera
presentar dos o más ofertas a distintas líneas de servicio o región, deberán presentarse
tantos formularios de presentación de propuesta técnica como ofertas y deberán ser
escaneadas en un solo archivo para ser subido en el portal www.mercadopublico.cl
La falta o no presentación del referido anexo, implicará declarar la inadmisibilidad
de la respectiva oferta.
Sólo se considerarán las propuestas que hubieren sido presentadas a través del
portal www.mercadopublico.cl y dentro del plazo señalado en el número 5.4. del acápite
I de estas Bases, por lo que una vez expirado dicho plazo no se admitirá propuesta
alguna. Del mismo modo, los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer
modificaciones en ellas una vez presentadas.
5.8.1. Del programa de integridad
Las entidades deberán acompañar documentos que permitan verificar la existencia del
programa de integridad y su difusión dentro de la empresa u organización.
Se podrá verificar mediante cualquier documento, manual, circular, memorándum interno,
correo electrónico o cualquier otro documento idóneo para dar cuenta de la
implementación y difusión del señalado programa (en idioma español), se asignará
puntaje 100 al oferente que cuente con dicho programa y acompañe los respectivos
verificadores.
En el caso que el servicio sea ejecutado directamente por personas naturales (Anexo 1),
se evaluará la formación personal en cursos de perfeccionamiento, diplomados y/o
capacitaciones en modalidad presencial y/o E-learning u otros documentos fidedignos en
que conste que se han capacitado en integridad o compliance, se asignará puntaje 100 a
la persona natural que cuente con la señalada formación y acompañe los verificadores de
ello.
Para dar cuenta de la implementación de un programa de integridad deberá completarse
el anexo N° 1 y además acompañar en formato libre él o los documentos verificadores.
5.8. Propuesta Económica
El precio que señalen los oferentes en su Oferta Económica, a través del portal
www.mercadopublico.cl, corresponderá al valor Total Neto (sin incluir impuestos),
expresados en pesos chilenos. Sin perjuicio de lo anterior, se deberá indicar en un archivo
adjunto los valores ofertados neto y brutos totales, así como también el impuesto al cual
se encuentra afecto. Para estos efectos los oferentes deberán presentar el anexo número
5 del acápite III de estas bases. La falta o no presentación del referido anexo, importará la
declaración de inadmisibilidad de la respectiva oferta.
Las ofertas económicas presentadas por un monto valor total bruto superior a las
señaladas en el numeral 1.3 en la línea de servicio que se licita, no serán objeto de
evaluación y serán declaradas inadmisibles por SENDA. Del mismo modo, no se
admitirán ofertas inferiores al 90% del valor total bruto señalado en estas bases.
5.9. De la validez de la propuesta
La propuesta técnica deberá tener una validez mínima de hasta 90 días corridos desde la
fecha de cierre de recepción de ofertas indicada en el portal www.mercadopublico.cl. La
oferta cuyo período de validez sea menor que el requerido será rechazada por SENDA.
Sin perjuicio de lo anterior, ante el silencio del oferente, se entenderá que su oferta tiene
la vigencia mínima de 90 días exigidos en estas bases.
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APERTURA Y EVALUACIÓN |
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6.1. Recepción y apertura.
La fecha de cierre de recepción de las ofertas será a las 15:00 horas del día de
vencimiento del plazo para la presentación de las mismas, indicado en el numeral 5.4.
precedente, lo que será informado en el portal www.mercadopublico.cl, en el ID que
identifica a la presente licitación, una vez publicadas las presentes bases en el referido
portal.
Sin embargo, si el vencimiento del plazo recayera en día inhábil, se postergará la fecha de
cierre de recepción de las ofertas para el día hábil siguiente a la misma hora.
Apertura y evaluación de las ofertas
Luego del cierre de recepción de las ofertas, determinada en conformidad al número 5.4.
del acápite I de estas bases, se procederá a efectuar la apertura de las ofertas
presentadas por los oferentes
6.2. De la Comisión Evaluadora
Las evaluaciones serán realizadas por una comisión evaluadora integrada por, a lo
menos, tres funcionarios del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol. Se deja constancia que, de acuerdo al art. 35 nonies de la
Ley 19.886, toda persona que tenga por función calificar o evaluar procesos de licitación
pública o privada deberá suscribir una declaración jurada, por cada procedimiento de
contratación, en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses y se
obliguen a guardar confidencialidad sobre él. Para ello los miembros de la comisión
evaluadora deberán completar antes de evaluar el proceso licitatorio, la respectiva
declaración jurada que la DCCP ha dispuesto para este caso.
Para la presente licitación, la comisión evaluadora estará formada por los siguientes
funcionarios:
1. Jefe(a) de la División de Administración y Finanzas del Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por
quién éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente
enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones,
reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
2. Jefe(a) de la División Programática del Servicio Nacional para la Prevención
y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, o por quien éste(a)
designe mediante memorándum, el cual deberá ser inmediatamente enviado
mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de informaciones, reclamos
y sugerencias, OIRS del servicio.
3. Jefe(a) del Área de Tratamiento de la División Programática del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, o por quien éste(a) designe mediante memorándum, el cual deberá ser
inmediatamente enviado mediante correo electrónico al encargado de la Oficina de
informaciones, reclamos y sugerencias, OIRS del servicio.
A su vez, un abogado de la División Jurídica de SENDA deberá actuar como Ministro de
Fe de la Comisión.
En cualquier caso, y conforme al artículo 54 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la
comisión evaluadora podrá contar con la asesoría de otros profesionales que cumplan
funciones en el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol.
Sin perjuicio de lo anterior, y en consideración al especial carácter técnico de los
servicios que se licitan, la comisión evaluadora podrá recibir la colaboración de un grupo
de asesores de reconocido prestigio en las materias técnicas de tratamiento.
Serán funciones de la Comisión Evaluadora, las siguientes:
a) Resolver si las Ofertas Técnicas presentadas por cada proponente se ajustan a las
especificaciones y requisitos mínimos que forman parte de las Bases Técnicas. En
caso que ello no ocurra, deberá rechazar la propuesta sin evaluarla y dejar
constancia en el acta.
b) Evaluar las Ofertas Técnicas presentadas.
c) Solicitar a los Oferentes, durante el proceso de evaluación de las ofertas,
aclaraciones y que salven los errores y omisiones formales detectados en esta
etapa, siempre y cuando las rectificaciones no signifique asumir una situación de
privilegio respecto a los demás oferentes y no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los proponentes, debiendo informar de dicha
solicitud y modificaciones al resto de los oferentes a través del Sistema de
Información de Compras Públicas. Para estos efectos, deberá solicitarse la
información al oferente, quien en un plazo de 3 días hábiles deberá enviar su
respuesta a través del portal www.mercadopúblico.cl.
d) Confeccionar un Acta Final de Evaluación en la que dejará constancia, de lo
siguiente:
● Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
● Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los
requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos
incumplidos.
● La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se
presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las
ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio.
● La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo
aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier
observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
● La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar
la decisión final.
6.3. Del Acta final de Evaluación
De la evaluación realizada por la Comisión Evaluadora, así como de su propuesta de
adjudicación, se levantará un acta que será suscrita por todos los miembros de la
comisión.
6.3.1. Criterios de Evaluación de la Oferta
Solo se evaluarán las ofertas que sean declaradas admisibles, de acuerdo a lo
establecido en las presentes bases de licitación.
La evaluación de las ofertas será realizada por la Comisión Evaluadora, la que analizará
los antecedentes y las ofertas presentadas, de acuerdo a los criterios establecidos a
continuación:
Ítem Ponderación
Parcial Criterio evaluación Puntaje
1. Formación: la
persona natural que
postula ha completado
formación de postgrado
y/o postítulo y/o
diplomados en las
siguientes temáticas.
22%
Ha completado al menos 1 diplomado, postítulo o postgrado en
temáticas de consumo de drogas* y al menos 1 diplomado,
postítulo o postgrado en temáticas de políticas públicas en
infancia y adolescencia y/o de protección especializada y/o de
justicia juvenil**.
100
Ha completado al menos 1 diplomado, postítulo o postgrado en
temáticas de consumo de drogas*. 75
Ha completado al menos 1 diplomado, postítulo o postgrado en
temáticas de políticas públicas en infancia y adolescencia y/o
de protección especializada y/o de justicia juvenil**.
50
Ha completado al menos 1 diplomado, postítulo o postgrado en
otras temáticas de salud mental, intervención psicosocial o
ciencias sociales.
25
No informa o no acredita formación de postgrado ni de
postítulo ni de diplomado en las temáticas indicadas. 0
2. Cursos de
capacitación: la
persona natural que
postula ha completado
cursos de capacitación
durante los últimos 5
años en temáticas de
consumo de drogas* y/
o en salud mental y/o
en políticas públicas en
infancia y/o protección
especializada y/o en
justicia juvenil**
15%
Acredita 100 o más horas de cursos de capacitación durante
los últimos 5 años de consumo de drogas* y/o en salud mental
y/o en políticas públicas en infancia y/o protección
especializada y/o en justicia juvenil**
100
Acredita entre 65 y 99 horas de cursos de capacitación durante
los últimos 5 años de consumo de drogas* y/o en salud mental
y/o en políticas públicas en infancia y/o protección
especializada y/o en justicia juvenil**
75
Acredita entre 30 y 64 horas de cursos de capacitación durante
los últimos 5 años de consumo de drogas* y/o en salud mental
y/o en políticas públicas en infancia y/o protección
especializada y/o en justicia juvenil**
50
Acredita menos de 30 horas de cursos de capacitación durante
los últimos 5 años de consumo de drogas* y/o en salud mental
y/o en políticas públicas en infancia y/o protección
especializada y/o en justicia juvenil**
25
No informa y/o no acredita horas de capacitación durante los
últimos 5 años de consumo de drogas* y/o en salud mental y/o
en políticas públicas en infancia y/o protección especializada y/
o en justicia juvenil**
0
3. Experiencia en
intervención directa
con niños, niñas y/o
adolescentes: la
persona natural que
postula acredita
experiencia en
proyectos y/o
programas de
tratamiento y/o
prevención del
consumo de drogas
dirigidos,
específicamente, a
niños, niñas y/o
adolescentes .***
25%
Acredita cuatro o más años de experiencia en intervención
directa en proyectos y/o programas de tratamiento y/o de
prevención del consumo de drogas, dirigidos a niños, niñas y/o
adolescentes***
100
Acredita entre tres y menos de cuatro años de experiencia en
intervención directa en proyectos y/o programas de tratamiento
y/o prevención del consumo de drogas dirigidos a niños, niñas
y/o adolescentes***
75
Acredita entre dos y menos de tres años de experiencia en
intervención directa en proyectos y/o programas de tratamiento
y/o prevención del consumo de drogas dirigidos a niños, niñas
y/o adolescentes***.
50
Acredita menos de dos años de experiencia en intervención
directa en proyectos y/o programas de tratamiento y/o
prevención del consumo de drogas dirigidos a niños, niñas y/o
adolescentes***
30
No informa o no acredita experiencia en intervención directa en
proyectos y/o programas de tratamiento y/o prevención del
consumo de drogas dirigidos a niños, niñas y/o
adolescentes***
0
4.- Experiencia en
gestión intersectorial:
la persona natural que
postula acredita
experiencia laboral en
ámbitos de gestión
intersectorial en
temáticas de consumo
de drogas y/o de
salud****.
30%
Acredita tres o más años de experiencia en gestión
intersectorial en temáticas de consumo de drogas y/o de
salud****.
100
Acredita entre dos y menos de tres años de experiencia en
gestión intersectorial en temáticas de consumo de drogas y/o
de salud****.
75
Acredita entre uno y menos de dos años de experiencia en
gestión intersectorial en temáticas de consumo de drogas y/o
de salud****.
50
Acredita menos de un año de experiencia en gestión
intersectorial en temáticas de consumo de drogas y/o de
salud****.
25
No informa o no acredita experiencia en gestión intersectorial
en temáticas de consumo de drogas y/o de salud****. 0
5.- Oferta económica
3%
Puntaje económico = OPM * 100
OE
OPM: es el precio menor de todas las ofertas evaluadas.
OE: es el precio de la oferta evaluada.
100: es el puntaje mayor.
6.- Requisitos
Formales de la
presentación de la
oferta
3%
El Oferente cumple con todos los requisitos formales en la
presentación de la oferta en los plazos establecidos para ello y
no se le solicitan antecedentes conforme al art. 56 del Decreto
N°661 reglamento de la Ley 19.886.
100
No cumple con la presentación completa de los antecedentes,
pero los acompaña con posterioridad, o se le solicitó salvar
errores u omisiones formales, conforme al art. 56 del Decreto
N°661 reglamento de la Ley 19.886.
50
No acompaña con posterioridad los documentos solicitados,
conforme al art. 56 del Decreto N°661 Reglamento de la ley
N°19.886, o lo acompañado no cumple con lo solicitado.
0
7.- Formación en
materia de integridad
y/o compliance
2%
Oferente cuenta con un programa de integridad conocido por
su organización o en caso de las personas naturales cuenta
con formación personal acreditada en materia de integridad o
compliance.
100
Oferente no cuenta con un programa de integridad conocido
por su organización o en caso de las personas naturales no
se cuenta con formación personal acreditada en materia de
integridad o compliance.
0
* Se entenderá por consumo de drogas, temáticas en ámbitos de prevención y/o tratamiento de
problemáticas de consumo de alcohol y otras drogas
** Se entenderá por políticas públicas en infancia y/o protección especializada y/o justicia juvenil,
temáticas referidas a intervención con niños, niñas y adolescentes con vulneración de derechos y/o
con infracción de ley y/o involucramiento en delitos y/o de protección especializada de la infancia o
adolescencia, y/o en responsabilidad penal adolescente o reinserción social juvenil o bien referidas
a las políticas públicas en materia de infancia y adolescencia.
*** Se entenderá por proyecto o programa de tratamiento dirigido a niños, niñas y/o adolescentes a
aquellos proyectos o programas formales de atención terapéutica dirigidos a la recuperación del
consumo problemático de alcohol y otras drogas, específicamente, en población de niños, niñas y/
o adolescentes. Se entenderá por proyecto o programa de prevención dirigido a niños, niñas y/o
adolescentes a aquellos proyectos o programas formales dirigidos, específicamente, a la
prevención del consumo de alcohol y/u otras drogas en niños, niñas y adolescentes.
**** Se entenderá por gestión intersectorial en temáticas de consumo de drogas y/o de salud, el
desempeño en funciones de gestión intersectorial o coordinación de redes de salud o en redes de
prevención y/o de tratamiento de consumo de alcohol y otras drogas, en articulación con servicios
públicos, ejecutadas a nivel regional (o de mesogestión) o bien a nivel nacional (macrogestión).
La suma de los puntajes ponderados obtenidos constituirá la nota final de la propuesta.
6.4. Mecanismo para dirimir empates
En caso que en una línea de servicio se verificase un empate en la calificación final
obtenida entre dos o más oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos
de dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
1. Primeramente, se resolverá el empate en favor de aquél oferente que hubiere
obtenido la más alta calificación en la evaluación del criterio “4. Experiencia en
Gestión Intersectorial”.
2. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá
éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el
criterio de evaluación de la propuesta técnica denominado “3. Experiencia en
intervención directa con niños, niñas y/o adolescentes”.
3. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el
empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
la evaluación del criterio “1. Formación”
4. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el
empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
la evaluación del criterio “2. Cursos de Capacitación”
5. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el
empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
la evaluación del criterio “6. Requisitos Formales de la presentación de la
oferta”
6. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el
empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
la evaluación del criterio “5. Oferta Económica”
7. Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviera el empate, se resolverá el
empate en favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en
la evaluación del criterio “7. Formación en materia de integridad y/o
compliance”
8. Finalmente, si aplicados los criterios anteriores, se mantuviera el empate, se
resolverá a favor del oferente que haya presentado primero su propuesta en el
portal.
6.5. Rechazo de las ofertas.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos
establecidos en las presentes Bases. Asimismo, declarará desierta la licitación o la línea
de servicio respectiva, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten
convenientes para los intereses de SENDA. En cualquiera de dichos casos la declaración
deberá ser por acto administrativo fundado.
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ADJUDICACIÓN |
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7.1. Selección del adjudicado
Se entiende que presentó la mejor oferta quien obtenga la nota final más alta entre los
oferentes por cada una de las líneas de servicio en cuestión.
En el caso de las propuestas presentadas para las regiones con más de una línea de
servicio, los puntajes finales se ordenarán en orden decreciente, asignándose el puntaje
ponderado mayor a la primera línea de servicio de esa región, luego, el segundo puntaje
más alto, se le asignará a la línea de servicio siguiente, y así sucesivamente.
En el caso de que un oferente haya postulado a líneas de servicio de diferentes regiones,
sólo podrá adjudicarse aquella línea de servicio en la que haya obtenido el puntaje
ponderado mayor.
7.2. Causales para dejar sin efecto la adjudicación.
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol dejará sin efecto la adjudicación, mediante el correspondiente acto administrativo,
por las siguientes causales:
a. Si el oferente adjudicado presentara alguna de las inhabilidades señaladas en el
numeral 8.2 del acápite I de estas bases.
b. Si el oferente adjudicado no entregase en tiempo y forma los documentos
señalados en el número 8.3 del acápite I de estas bases.
c. Si el oferente adjudicado, mediante comunicación formal a SENDA, desistiera de
su oferta.
d. Si el oferente adjudicado se negare a firmar el contrato respectivo dentro del plazo
establecido en el número 8.1. del acápite I de estas bases.
De producirse alguna de las situaciones señaladas anteriormente, el Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol adjudicará al
oferente que, según el acta de evaluación final, hubiese obtenido el siguiente mayor
puntaje final en la línea de servicio respectiva, si dicha oferta es conveniente para los
intereses de SENDA, o declarará desierta dicha línea de servicio, según corresponda, a
través de acto administrativo fundado.
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CONTRATACIÓN |
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8.1. Del Contrato
Se celebrará un contrato de prestación de servicios, con cada uno de los adjudicatarios,
dentro de los 15 días hábiles contados desde la presentación de los antecedentes
necesarios para la elaboración del contrato.
El encargado de la ejecución técnica del presente contrato será el/la Jefe(a) del Área de
Tratamiento e Intervención del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol.
8.2. Inhabilidades para contratar.
No podrán celebrar el contrato respectivo, los oferentes que presenten alguna de las
siguientes inhabilidades:
a) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo
35 quater de la Ley 19.886.
b) Las personas naturales que sean funcionarios directivos de SENDA o que estén
unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de
la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la
Administración del Estado.
c) Las sociedades de personas en las que formen parte funcionarios directivos de
SENDA o las personas que estén unidas a ellos por los vínculos de parentesco
descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575; ni tampoco aquellas
sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o
éstas sean accionistas; ni aquellas sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstas
sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital; ni con los
gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las
sociedades antedichas.
d) Las personas jurídicas que hayan sido declaradas responsables penalmente, de
conformidad al artículo 8 y 10 de la ley 20.393, que Establece la Responsabilidad
Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos que indica.
e) Quienes hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia
en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N° 211 de
1973.
f) Quienes se encuentren inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33
de la ley N° 21.595 sobre Delitos Económicos.
Si el adjudicatario presenta alguna de las inhabilidades o prohibiciones indicadas, el
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol
adjudicará, en la línea de servicio correspondiente, al oferente que según el acta de
evaluación final hubiese obtenido el siguiente mayor puntaje final si dicha oferta es
conveniente para los intereses del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación
del Consumo de Drogas y Alcohol, o declarará desierta la licitación o la línea de servicio,
según corresponda, a través de acto administrativo fundado.
En caso de que a alguno de los integrantes de la Unión Temporal le afecte una causal de
inhabilidad, ésta se le comunicará mediante el correspondiente acto administrativo. En
dicho evento, la Unión, dentro del plazo de 5 días hábiles a contar de la publicación de
dicha resolución en el portal www.mercadopublico.cl, deberá informar por escrito en la
Oficina de Partes de la Dirección Nacional, ubicada en Agustinas 1235 piso 7, Santiago
Centro, si continuará con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se
desiste de su participación en el proceso.
8.3. Requisitos para contratar.
Dependiendo de su condición legal, el oferente seleccionado deberá presentar, en un
plazo no superior a 15 días corridos, la documentación que a continuación se indica
para suscribir el contrato respectivo:
8.3.1. Todos los oferentes
Encontrarse inscrito y hábil en el registro de contratistas y proveedores de la Dirección de
Compras y Contratación Pública.
8.3.2. Documentos para Persona Natural:
1. Fotocopia del R.U.T.
2. Declaración Jurada de no estar afecto a las inhabilidades para contratar.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a _______ de _________ de ______, don/doña
__________________________________________________, cédula nacional de identidad
N° ___________, declara bajo juramento lo siguiente:
1) No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4° inciso primero,
de la Ley N° 19886, de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro y Prestación de
Servicios. Asimismo, no estar afecto a ninguna de las inhabilidades en conformidad con lo
dispuesto en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886.
2) No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos de
parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3) Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de
sociedades de personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes; ni
de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstos
sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños de
acciones que representen el 10% o más del capital.
La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en los
artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las
Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y
Delitos de Cohecho, que le impida celebrar actos o contratos con organismos del Estado.
__________________
Firma
Nombre:………..……………………………………………..
Cédula de Identidad N°:…………….…………..
8.3.3. Documentos para Persona Jurídica Nacional (Incluidas las Empresas
Individuales de Responsabilidad Limitada:
A. EN CASO DE SOCIEDADES:
1. Escritura pública de constitución y de las últimas modificaciones necesarias para
la acertada determinación de la razón social, objeto, administración y
representación legal, si las hubiere, y sus correspondientes extractos,
publicaciones en el Diario Oficial e inscripciones en el Conservador de Bienes
Raíces y Comercio que corresponda, y en los casos de Sociedades constituidas o
que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar certificado de estatuto
actualizado y de anotaciones, emitido por la entidad competente.
2. Copia de Inscripción con vigencia de la Sociedad, emitida por el Registro de
Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda, y en los casos de
Sociedades constituidas o que se acojan a la ley N° 20.659 deberán acompañar
certificado vigencia, emitido por la entidad competente.
3. Certificado de vigencia de poder, del representante legal de la Sociedad, emitida
por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces que corresponda.
4. Fotocopia simple del R.U.T. de la entidad.
5. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad de él o los representantes
legales.
B. EN CASO DE FUNDACIONES O CORPORACIONES:
1. En entidades constituidas conforme al Decreto N°110, de 1979 del Ministerio de
Justicia: Acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. En entidades constituidas conforme a la Ley N°20.500 Sobre Asociaciones y
Participación Ciudadana en la Gestión Pública: Acta de asamblea constituyente y
estatutos, reducidos a escritura pública o documento privado suscrito ante ministro
de fe, y debidamente autorizados por el Secretario Municipal respectivo, en los
términos establecidos por el artículo 548 del Código Civil.
3. Según corresponda, Decreto de Concesión que otorga la personalidad jurídica, o
certificado de vigencia en donde conste Número de Inscripción en el Registro
Nacional de Personas Jurídicas sin Fines de Lucro a cargo del Servicio de
Registro Civil e Identificación.
4. Publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la personalidad jurídica,
cuando corresponda.
5. Según corresponda, Decreto que aprueba reformas a los estatutos en que caso
que existiere y todas las escrituras públicas insertas en ellos, y sus pertinentes
publicaciones en el Diario Oficial; o acta o actas donde se apruebe la reforma de
estatutos, debidamente autorizadas por el Secretario Municipal respectivo.
6. Certificado de Vigencia emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
7. Certificado de Composición de Directorio emitido por el Servicio de Registro Civil e
Identificación.
C. PARA AMBOS CASOS, además, en necesario adjuntar lo siguiente:
Documento que acredite la personería del representante legal, autorizado para suscribir
contratos.
D. EN TODOS LOS CASOS:
Declaración jurada en la que conste lo siguiente, según el formato de declaración que a
continuación se indica.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 202___,
don/doña ...................................................................................., representante legal
de…………………………………………, RUT………………, viene en declarar que:
a) La entidad que represento no registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años.
b) La entidad que represento registra saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con los actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, cuyo monto asciende a
……………………………….
Firma: …………..………….. Nombre: …………..…………..RUT: ………………………..
En el caso que el adjudicatario no tenga trabajadores contratados actualmente, ni los
haya tenido durante los últimos dos años, deberá acompañar una declaración jurada
según el formato que a continuación se indica:
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a..... de .............. de 202___,
don/doña ...................................................................................., representante legal de
…………………………………………, RUT………………, viene en declarar que:
La entidad que represento no tiene actualmente, ni ha tenido contratados durante los
últimos dos años trabajadores dependientes regidos por el código del trabajo.
Por lo tanto, no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad
social con los actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos
años.
Firma: …………..…………..
Nombre: …………..…………..
RUT………………………….
En el caso que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores
contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato
licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa
acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución de la contratación. Senda exigirá que la empresa
contratada proceda a dichos pagos y le presenten los comprobantes y planillas, en la
oportunidad señalada que demuestren el total cumplimiento de las obligaciones
adeudadas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada,
dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva
licitación.
DECLARACIÓN JURADA
En Santiago de Chile, a _____ de ____________ de _______, don/doña
_________________________________________________, cédula nacional de identidad
N°_______________, representante legal de_____________________________________
_______________________________________________, R.U.T _______________, viene en
declarar bajo juramento, que tanto el (la) que suscribe como la persona jurídica a la que
representa:
1. No estar afecto a ninguna de las inhabilidades indicadas en el artículo 4°, de la Ley
19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Asimismo, no estar afecto a ninguna de las inhabilidades en conformidad con lo dispuesto
en el artículo 35 quater y siguientes de la Ley 19.886.
2. No es funcionario directivo del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA y que tampoco está unido a ellos por los vínculos
de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica
Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
3. Asimismo, declara que no es gerente, administrador, representante o director de
sociedades de personas en las que formen parte tales funcionarios directivos o parientes;
ni de sociedades en comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o
éstos sean accionistas; ni sociedades anónimas abiertas en aquellos o éstos sean dueños
de acciones que representen el 10% o más del capital.
4. La entidad que represento no ha sido condenada a alguna de las penas establecidas en
los artículos 8° y 10 de la Ley Nº 20.393 que establece la Responsabilidad Penal de las
Personas Jurídicas en los Delitos que indica
5. La entidad que represento no ha sido condenada por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley N°
211, de 1973.
6. No se encuentran inhabilitados en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la ley
N°21.595 sobre Delitos Económicos.
Firma: …………..…………….
Nombre: …………..…………..
RUT: ..………….………………
*Se exceptúan de declarar lo requerido en el número 1 de la declaración jurada, las
Universidades, Corporaciones o Fundaciones.
8.3.4. Documentos para Persona Jurídica Extranjera:
a. Deberá acreditar su existencia legal y vigencia acompañando los documentos que
acrediten dicha circunstancia, los que deberán ser legalizados en Chile, tanto en
el Consulado del país de origen como en el Ministerio de Relaciones Exteriores
de Chile.
b. Deberá acreditar la existencia de un representante legal en Chile, acompañando
para ello escritura pública donde conste el mandato y representación, y los
documentos que acrediten la existencia, vigencia y representación legal de este
mandatario, legalizados si hubiesen sido otorgados en el extranjero; o escritura
pública de constitución de sociedad chilena, documento donde conste la
personería del representante legal, RUT de la sociedad chilena y cédula de
identidad del representante legal; o escritura pública de constitución de agencia
de la sociedad extranjera, documento donde conste la personería del
representante legal, RUT de la agencia y cédula de identidad del representante
legal, cuyo objeto debe comprender la ejecución del contrato materia de las
presentes bases.
c. Deberá designar domicilio en Chile.
d. Si se trata de una Sociedad Anónima extranjera deberá acreditar su existencia de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 121 y siguientes de la Ley Nº18.046.
8.3.5. Unión Temporal de Proveedores
En caso de que el oferente corresponda a una Unión Temporal de Proveedores, cada uno
de sus integrantes deberá presentar todos los documentos señalados en los puntos
anteriores, según sea el caso, más el instrumento en el cual se formaliza la Unión, en el
cual debe constar, a lo menos, la solidaridad entre partes respecto de todas las
obligaciones que se generen con la Entidad, y el nombramiento de un representante o
apoderado común, con poderes suficientes.
Con todo, se hace presente, que a excepción del instrumento en el cual se formaliza la
Unión Temporal, no será necesaria la presentación de aquellos documentos que se
encuentren digitalizados y vigentes en el portal www.mercadopublico.cl.
Presentación de antecedentes
Los antecedentes requeridos para la suscripción del contrato, deberán ser presentados en
la oficina de partes del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo
de Drogas y Alcohol, ubicadas en Agustinas N° 1235, piso 7, comuna de Santiago, horario
de 09:00 a 14:00 horas, o en la Dirección regional correspondiente al domicilio del
oferente, en cuyo caso, dicha oficina regional de SENDA deberá remitir los antecedentes
a más tardar el día hábil siguiente al Servicio Nacional.
8.4. Formalización del contrato.
El adjudicado deberá suscribir el contrato correspondiente dentro del plazo de 15 días
hábiles contados desde la presentación de los antecedentes necesarios para la
elaboración del contrato.
Si el adjudicatario no suscribe el contrato dentro del plazo ya indicado, se tendrá por
desistida su oferta, y adjudicará al oferente que, según el acta final de evaluación, haya
obtenido el siguiente mejor puntaje final, en la línea de servicio correspondiente o
declarará desierta la licitación en la línea de servicio respectiva, según corresponda, a
través de acto administrativo fundado.
8.5. Garantía de Fiel Cumplimiento
Una vez notificado al oferente la adjudicación, y en el caso de que el contrato final del
oferente supere los 1000 UTM, éste deberá, dentro de 15 días corridos a contar de dicha
notificación, presentar una caución o garantía pagadera a la vista, que asegure el cobro
de la misma de manera rápida y efectiva, tomada por él o por un tercero, con el carácter
de irrevocable, a objeto de garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones
contractuales, con una vigencia que exceda en, al menos, 60 días hábiles al plazo de
vigencia del contrato.
Esta caución deberá ser extendida a nombre del Servicio Nacional para la Prevención y
Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, Rut 61.980.170-9, por un monto mínimo
del 5% (cinco por ciento) del precio final neto ofertado por el adjudicatario, considerando
la o las líneas adjudicadas de acuerdo al número 1.3 de las presentes bases de licitación.
En el caso en que la garantía sea una póliza de seguro o certificado de fianza y esté
expresada en Unidades de Fomento, se calculará su valor en pesos chilenos al día de su
emisión. En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto
con garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se garantiza el
cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el pago de multas a las que pudiera
dar origen el incumplimiento del contrato, excluyendo el sometimiento previo a arbitraje.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato será pagadera a la vista, con
carácter de irrevocable. Tratándose de una boleta bancaria, es necesario que en dicho
documento se indique la individualización del oferente seleccionado.
La garantía deberá señalar que se encuentra tomada como Garantía de Fiel y Oportuno
Cumplimiento del Contrato, y las obligaciones laborales y sociales con sus trabajadores y
multas, e indicando ID que identifica a la presente licitación en el portal
www.mercadopublico.cl, señalando además la o las líneas de servicio garantizada por la
misma.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar expresamente que, junto con
afianzar el fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales, se afianza el cumplimiento
de obligaciones laborales y sociales, y el pago de multas a las que pudiera dar origen el
incumplimiento del contrato suscrito.
La garantía podrá otorgarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de
manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos,
Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Cuando se trate de garantías electrónicas, podrá ser enviados de manera virtual
solamente mediante el Sistema de Ventanilla Única de SENDA en el siguiente link: https://
sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual y dentro del plazo de X días corridos a contar de la
notificación de la adjudicación.
En el caso que la garantía consista en un Depósito a la vista o Vale Vista, se deberá
presentar conjuntamente con éste el Anexo Nº 7.
Si la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato es otorgada en el extranjero, el
emisor del documento respectivo debe estar representado en Chile o estar reconocido por
un banco o institución financiera chilena.
Si en el documento en que consta la garantía no alcanza a escribirse el nombre de
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol,
R.U.T. 61.980.170-9, este se podrá abreviar, señalando el R.U.T. 61.980.170-9.
Si el oferente seleccionado no hace entrega de la referida garantía en la forma y dentro
del plazo ya indicado, se tendrá por desistida su oferta. En tal caso el SENDA hará
efectiva la garantía de seriedad de la oferta y adjudicará al oferente que, según el acta
final de evaluación, haya obtenido el siguiente mejor puntaje final, o declarará desierta la
licitación o la línea respectiva, según corresponda, a través de acto administrativo
fundado.
Tipo de documento Caución o garantía pagadera a la vista y con carácter
irrevocable
Beneficiario
Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, o SENDA
RUT
61.980.170-9
El nombre podrá abreviarse, pero siempre deberá indicarse
el RUT.
Vigencia mínima
Vigencia mínima de 60 días hábiles con posterioridad al
término de la vigencia del contrato.
Monto Deberá ser equivalente a al menos el 5% (cinco) del precio
final neto ofertado por el adjudicatario.
Expresada en
Pesos chilenos (En el caso en que la garantía esté
expresada en Unidades de Fomento, se calculará su valor
en pesos chilenos al día de su emisión.)
Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, y las obligaciones laborales y sociales con sus
trabajadores y multas, e indicar el número de ID que
identifica a la presente licitación a través del portal
www.mercadopublico.cl, y la línea de servicio respectiva.
En el caso de la póliza de seguro esta debe contemplar
expresamente que, junto con afianzar el fiel cumplimiento
de las obligaciones contractuales, se afianza el
cumplimiento de obligaciones laborales y sociales; y el
pago de multas a las que pudiera dar origen el
incumplimiento del contrato.
Tratándose de vale vista o depósito a la vista, no se
requerirá glosa. Deberá presentar conjuntamente el Anexo
Nº 7.
En el caso de las pólizas de seguro, si en las condiciones
generales no se establece expresamente su carácter
irrevocable, dicha exigencia deberá ser incorporada en la
glosa del referido instrumento, excluyendo además el
sometimiento previo a arbitraje.
La devolución de la garantía de fiel cumplimiento se realizará, una vez recibido conforme
los servicios por parte de la contraparte técnica, y cumplido a satisfacción el contrato.
8.6. De la aprobación del contrato.
El contrato que el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol suscriba con el adjudicatario, deberá ser aprobado a través del
correspondiente acto administrativo y comenzará a regir a contar de la fecha de total
tramitación de dicho acto administrativo.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, se podrá comenzar a prestar el
servicio desde la fecha de suscripción del contrato y con anterioridad a la total tramitación
del mismo. No obstante, lo anterior, la fecha de inicio de los servicios no podrá ser
anterior al 1 de enero de 2026.
Con todo, en ningún caso el Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del
Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA, pagará los servicios otorgados mientras no esté
totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
8.7. Duración del servicio.
El plazo de ejecución del servicio se extenderá desde la fecha que indique el respectivo
contrato, y se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2027. Durante este periodo, el
contratista deberá realizar la actividad correspondiente a la línea de servicio en donde
haya resultado adjudicado, según se detalle en el contrato respectivo.
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DEL PAGO, LOS INFORMES DE EJECUCIÓN REQUERIDOS Y EL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS MISMOS |
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9.1. Del pago
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol pagará a los adjudicatarios las acciones de gestión intersectorial a que se refiere
el número 1.1. de estas bases, por servicio de gestión intersectorial, según la línea de
servicio.
De acuerdo a lo señalado en el numeral 1.3, cada línea de servicio tendrá un monto
total máximo a financiar por los 2 años de contrato de $ 46.953.600.-
Cada línea de servicio se pagará en 12 cuotas en total, a contar de la fecha en que
comienzan a prestarse los servicios.
Para el año 2026, se consideran seis cuotas, con un monto máximo a financiar de $
23.476.800.-
Para el año 2027, se pagará en seis cuotas iguales y sucesivas, con un monto
máximo a financiar de $ 23.476.800.-
Cada cuota se pagará, previa presentación y aprobación de un informe:
- La primera cuota se pagará 15 días corridos desde la suscripción del contrato,
previa entrega de un Informe Inicial en el que se debe presentar el Plan de Trabajo
- Las 12 cuotas siguientes se pagarán previa presentación y aprobación de Informe
de Ejecución del Servicio.
El Plan de Trabajo y los Informes Bimensuales de Ejecución del Servicio deberán ser
entregados en formato digital, a menos que se solicite explícitamente en papel, y la
entrega por parte del oferente de la correspondiente boleta o factura extendida a nombre
del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol, RUT N°61.980.170-9, debidamente visada por el área técnica que ha requerido el
presente Servicio.
La periodicidad de la entrega de los informes se presenta en el siguiente cuadro:
Año Tipo de Informe Plazo de entrega del Informe
2026 Informe 1 Plan de Trabajo 15 días corridos desde la total tramitación del contrato
Informe 2 de Ejecución 15 de abril
Informe 3 de Ejecución 15 de junio
Informe 4 de Ejecución 15 de agosto
Informe 5 de Ejecución 15 de octubre
Informe 6 de Ejecución 15 de diciembre
2027 Informe 7 de Ejecución 15 de febrero
Informe 8 de Ejecución 15 de abril
Informe 9 de Ejecución 15 de junio
Informe 10 de Ejecución 15 de agosto
Informe 11 de Ejecución 15 de octubre
Informe 12 de Ejecución 15 de diciembre
Los adjudicatarios deberán continuar ejecutando el contrato hasta el 31 de diciembre del
año 2027, los servicios requeridos en la presente licitación.
Finalmente, los pagos sólo podrán hacerse efectivos una vez que se encuentre totalmente
tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato y contra entrega por
parte del contratista de las facturas o boletas correspondientes, y la demás
documentación correspondiente.
Con todo, los pagos que corresponda efectuar durante el año 2027 estarán
condicionados a que la Ley de presupuestos del referido año, contemple los recursos
necesarios al efecto.
Se deja expresa constancia que si el adjudicatario declara que registra saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto
del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el
contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al
cumplirse la mitad de la ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Para estos
efectos, en este plazo, deberá presentar los comprobantes de pagos que demuestren
fehacientemente el total cumplimiento de la obligación.
Los informes deberán ser entregados a través de ventanilla única
(https://sidoc.senda.gob.cl/oficina_virtual) el último día hábil del mes, y la entrega por
parte del oferente de la correspondiente boleta o factura con fecha de emisión del
primer día hábil del mes siguiente, extendida a nombre del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, RUT N° 61.980.170-9 (a
excepción del mes de diciembre que deberá ser entregado el día 15 del mes, o el día
hábil siguiente a esta fecha) debidamente visada por el área técnica que ha requerido el
presente servicio.
El incumplimiento de esta obligación por parte del contratista dará derecho a dar por
terminado anticipadamente el respectivo contrato, pudiendo llamar a una nueva licitación.
9.2. De los Informes de ejecución y aprobación de los mismos
En cuanto al contenido de los Informes de Ejecución del Servicio, éstos deberán
elaborarse de acuerdo a lo establecido en formato establecido en Anexo 9, incluyendo los
siguientes contenidos, con sus correspondientes verificadores:
● Actividades de coordinación sostenidas con los distintos Equipos de Gestión
Intersectorial, según corresponda en cada región.
● Resumen de los servicios y los productos desarrollados en el período, asociados a
las distintas líneas estratégicas definidas en el Sistema Intersectorial.
● Identificación de los principales desafíos para el siguiente periodo, orientados al
fortalecimiento del funcionamiento del Sistema.
Además, se deberán incluir los productos elaborados en el periodo cuando corresponda
(Plan de Acción Anual, Catastros, Protocolos de Coordinación, Informes Intersectoriales
de Evaluación del Sistema, u otros), los que deben adjuntarse al informe.
Los informes deberán ser aprobados por SENDA, de acuerdo al siguiente procedimiento:
Una vez presentados los respectivos informes, SENDA, a través de la Contraparte
Técnica, dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para hacer observaciones, contados
desde que éste haya sido recibido por parte de este Servicio. Si dentro de dicho plazo, la
Contraparte Técnica de SENDA no formula observaciones, éste se tendrá por aprobado.
En caso de realizarse observaciones, el proveedor tendrá el mismo plazo anterior (5 días
hábiles) para contestar las observaciones y corregir el referido informe, atendiendo a las
indicaciones presentadas por el Servicio.
Sin perjuicio a los plazos antes señalados, SENDA podrá prorrogar los mismos a petición
de la contraparte o por necesidad del Servicio, notificando tal circunstancia al proveedor
del servicio.
Ante la entrega del nuevo informe o de la carta de contestación a las observaciones, se
seguirá el mismo procedimiento establecido en el párrafo anterior. Con todo, en el evento
que hayan transcurrido 40 días desde la primera presentación del respectivo informe y se
mantengan las observaciones formuladas por SENDA, el informe será rechazado
definitivamente y SENDA se encontrará facultado para poner término anticipado al
presente convenio.
En el caso del mes de diciembre el informe deberá ser entregado el día 15, con el fin de
realizar los pagos dentro del año presupuestario en curso.
9.3. Contraparte Técnica
Para efectos de la recepción y aprobación de Informes, la labor de contraparte técnica de
SENDA será realizada por la o el encargado del Área de Tratamiento de SENDA Regional
correspondiente, o quien subrogue a éste.
Serán funciones de esta contraparte técnica, entre otras, las siguientes:
a) Recibir y aprobar los informes a que se refiere el número 8.2 de estas bases,
planteando al oferente las observaciones y/o recomendaciones que se estimen
convenientes, certificando la recepción conforme de éstos.
b) Solicitar en cualquier momento, información complementaria acerca de las
actividades realizadas y productos generados.
c) Colaborar y asistir al contratista en el ámbito de sus competencias.
d) Visar, previa aprobación de los respectivos informes, las boletas que hubiere
presentado el oferente, para que se proceda al pago.
Por otra parte, el/la Encargado/a de Tratamiento tendrá la responsabilidad de supervisar y
controlar el desarrollo del servicio, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos
del mismo. Para estos efectos, el/la Encargado/a de Tratamiento se coordinará con el/la
Encargado/a Prevención de la misma oficina regional, para la revisión y evaluación de las
gestiones y estrategias desplegadas por el prestador, en los ámbitos de promoción y
prevención del consumo de drogas.
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CONTRATO |
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10.1. Cesión de contrato
Bajo ninguna circunstancia podrá el o los adjudicatarios ceder parcial o totalmente a un
tercero las obligaciones que emanan de la presente licitación.
10.2. Modificación Del Contrato
Si con posterioridad a la suscripción del contrato, SENDA estima necesario realizar
modificaciones en sus requerimientos de servicio, en conformidad con el art. 129 del
Reglamento de Compras Públicas, podrá realizar aquellas modificaciones que no puedan
alterar los elementos esenciales del contrato inicial. Se considera que si se alteran estos
cuando:
I. Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de
los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese
implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o
habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;
II. Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato;
III. III. Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente
No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad
de suministro o servicio puntual.
Del mismo modo, se podrán realizar modificaciones que no han sido previstas por estas
bases cuando:
I. En una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por
SENDA.
II. Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un
aumento sustancial de costes para SENDA.
III. Aquellas en que se introduzcan variaciones estrictamente indispensables para
responder a la causa objetiva que la haga necesaria.
IV. Cuando se respete el equilibrio financiero del contrato.
SENDA estará facultado para aumentar el plazo de ejecución del contrato mientras dure
el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios
comprometidos en el contrato, siempre y cuando existieren razones de interés público, y
que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado
origen al procedimiento de contratación.
En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o
en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el
equivalente al treinta por ciento (30%) del monto originalmente convenido.
La modificación señalada deberá ser aprobada mediante la suscripción del contrato
respectivo, sancionado a través del correspondiente acto administrativo totalmente
tramitado.
10.3. EFECTOS DERIVADOS DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
En caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en las bases de licitación, en el
contrato, u otro instrumento vinculante para la ejecución del servicio contratado, el Servicio
Nacional para la prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol podrá aplicar
al prestador, las sanciones de amonestación, multa y/o termino anticipado.
Teniendo en consideración que el prestador es evaluado cada 3 o 6 meses por la prestación
de sus servicios, las causales de amonestación y multas se encuentran vinculada al puntaje
obtenido en las evaluaciones. Asimismo, algunas causales de término anticipado de contrato
también se encuentran vinculadas al puntaje obtenido.
Así, de acuerdo a la pauta de evaluación del servicio especializado que consta en el anexo
N°8 de las presentes bases, existen 5 diferentes criterios que se evalúan de acuerdo al
cumplimiento de condiciones indicadas en el mismo instrumento. Los criterios señalados se
pueden evaluar con puntajes 1,2 y 3, siendo el puntaje 1 un cumplimiento muy deficiente y el
puntaje 3 un cumplimiento excelente.
Explicado lo anterior, indicamos que solamente se aplica sanción la obtención de un criterio
en puntaje 1 y/o 2, de acuerdo a lo siguiente al siguiente cuadro y a las sanciones
mencionadas:
Pauta Evaluación de la Ejecución del Servicio de Gestión Intersectorial
Criterio Puntaje 1 Puntaje 2
Plan de Acción Anual del
EGI (Ejecución Gestión
Intersectorial) o su
evaluación o actualización,
según corresponda al
periodo.
No presenta el Plan de Acción
Anual del EGI ni su evaluación o
actualización.
Presenta el Plan de Acción
Anual del EGI (o su evaluación
o actualización), pero con
retraso respecto del plazo
definido.
Participación en reuniones
con el intersector.
En el periodo evaluado, presenta
3 o más inasistencias no
justificadas*, a reuniones de
coordinación programadas con el
intersector.
En el periodo evaluado,
presenta entre 1 y 2
inasistencias no justificadas*, a
reuniones de coordinación
programadas con el intersector
Participación en
actividades de la oficina
regional
En el periodo evaluado, presenta
2 o más inasistencias no
justificadas* a actividades
convocadas por encargados/as de
Prevención y Tratamiento u otros
referentes de la oficina regional
En el periodo evaluado,
presenta 1 inasistencia no
justificada* a actividades
convocadas por encargados/as
de Prevención y Tratamiento u
otros referentes de la oficina
regional
Realizar catastro de oferta
programática SENDA**
actualizarlo y difundirlo con
el intersector
En el periodo evaluado, no realiza
actualización del catastro de oferta
programática con la periodicidad
definida y/o no efectúa su difusión
con referentes del intersector.
En el periodo evaluado, realiza
actualización y difusión del
catastro con referentes del
intersector, de manera parcial
(no incorpora algún
componente de la oferta o
incluye algún dato erróneo).
Mantiene informados/as a
encargados/as de
Prevención y Tratamiento
de sus actividades
programadas.
En 2 o más semanas, dentro del
periodo evaluado, no ha
informado a encargados/as sobre
la calendarización semanal de
actividades
En 1 semana, dentro del
periodo evaluado, no ha
informado a encargados/as
sobre la calendarización
semanal de actividades.
* Se entenderá por ausencia justificada aquella ausencia que es respaldada por algún
documento o certificado que acredite con fundamentos la imposibilidad de asistir a la actividad y
que es informada, oportunamente, a los equipos o instituciones participantes, proponiendo
alternativas de reprogramación de la actividad, siempre que sea posible.
** Se entenderá por oferta programática SENDA, la oferta de programas y estrategias en
materias de prevención y tratamiento del consumo de alcohol y otras drogas que se disponibiliza
para el acceso de niños, niñas y adolescentes, sujetos de atención del Sistema Intersectorial, en
los distintos territorios.
1.- AMONESTACIÓN
Por amonestación debe entenderse la advertencia que se realiza al contratista, en virtud
de la cual se le representa un hecho reñido con la fiel ejecución del contrato y donde se le
insta a la enmienda de la conducta, conminándolo con la advertencia de una sanción
mayor en el evento de reincidir.
Causales de amonestación
a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 1 criterio con puntaje 1.
b) Si en una misma evaluación el prestador presenta de 1 o 2 criterios con puntaje 2.
c) Si en una 2da evaluación el prestador tiene 1 criterio con puntaje 2.
2.- MULTAS:
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y
Alcohol cobrará una multa de 10 UF al contratista con quien celebre el contrato,
relacionadas con incumplimientos de las obligaciones contempladas en el contrato,
aplicables en los siguientes casos:
a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 2 o 3 criterios con puntaje 1.
b) Si en una misma evaluación el prestador presenta 3 a 5 criterios con puntaje 2.
c) Si en una 2da evaluación el prestador tiene 1 o 2 criterios con puntaje 1.
d) Si en una 2da evaluación el prestador tiene de 2 a 4 criterios con puntaje 2.
e) Si en una 3era evaluación el prestador tiene de 1 criterio con puntaje 1.
f) Si en una 3era evaluación el prestador tiene de 1 a 3 criterios con puntaje 2.
3.- TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO
El Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación para el Consumo de Drogas y
Alcohol podrá poner término al contrato, por acto administrativo fundado, en el evento que
acaeciere alguna de las siguientes circunstancias:
a) Si en una misma evaluación el prestador presenta 4 o 5 criterios con puntaje 1.
b) Si en una segunda evaluación el prestador presenta de 3 a 5 criterios con puntaje 1.
c) Si en una segunda evaluación el prestador presenta 5 criterios con puntaje 2.
d) Si en una tercera evaluación el prestador presenta de 2 a 5 criterios con puntaje 1.
e) Si en una tercera evaluación el prestador presenta de 4 o 5 criterios con puntaje 2.
f) Por incumplimiento grave, debidamente calificado, de las obligaciones contraídas por
el prestador configurándose éstas cuando pongan en riesgo la oportuna gestión y
coordinación con el intersector de modo tal que implique un impedimento para el
cumplimiento de los objetivos señalados en el lineamiento del sistema intersectorial.
g) Solicitar, hacerse prometer o aceptar donativos, ventajas o privilegios de cualquier
naturaleza para sí o para terceros;
h) Ejecutar actividades, utilizar personal, material o información reservada o confidencial
del SENDA para fines ajenos a sus labores;
i) Atentar contra los bienes del servicio, cometer actos que produzcan la destrucción de
materiales, instrumentos o productos de trabajo o disminuyan su valor o causen su
deterioro;
j) Incitar a destruir, inutilizar o interrumpir instalaciones públicas o privadas, o participar
en hechos que las dañen;
k) Realizar cualquier acto atentatorio a la dignidad de las personas con que se relaciona,
sea funcionario de senda, o de otro servicio público. Se considerará como una acción
de este tipo el acoso sexual, entendido según los términos del artículo 2º, inciso
segundo, del Código del Trabajo y la discriminación arbitraria, según la define el
artículo 2º de la ley que establece medidas contra la discriminación, y m) Realizar todo
acto calificado como acoso laboral en los términos que dispone el inciso segundo del
artículo 2º del Código del Trabajo.
l) No realiza las actividades comprometidas durante 5 o más días consecutivos sin
causa justificada de forma oportuna.
m) Condena por crimen o simple delito, siempre que la naturaleza de los mismos tenga
relación con las funciones que la persona debe desempeñar y/o afecte al normal
desempeño de sus funciones.
n) Si el prestador que al momento de contratar registraba saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o
con trabajadores contratados en los dos últimos dos años y no dio cumplimiento a la
obligación de imputar los primeros estados pagos producto de este contrato al pago
de esas obligaciones o no acreditó dicho pago en la oportunidad establecida en el
contrato.
o) En el evento que las multas aplicadas a la entidad por SENDA, fueren iguales al 30%
del monto total del contrato, según lo establecido en el numeral de la presente
cláusula.
p) Falta de veracidad de la información presentada por la entidad durante el proceso de
licitación, en particular, aquella que fue especialmente considerada en el proceso de
evaluación de propuestas.
q) Si se dictare respecto del contratista, resolución de liquidación en un Procedimiento
Concursal de Liquidación y Renegociación, o si éste cayere en estado de notoria
insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean
suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
r) Falta de disponibilidad presupuestaria para cubrir el pago de las prestaciones
contratadas.
s) Por resciliación o mutuo acuerdo de las partes.
t) Si el contratista se tratase de una sociedad, cuando ésta se disolviere.
u) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
v) Caso fortuito o fuerza mayor, comprendiéndose dentro de ellas razones de ley o de
autoridad que hagan imperativo terminarlo.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES (Amonestación, multas y/o
Término de contrato):
Si analizados los antecedentes se determina la aplicación de multas por este Servicio, el
Director Regional de SENDA le comunicará al prestador, mediante oficio, los hechos que
originan la sanción y su monto en caso de las multas.
Las notificaciones que se efectúen al contratista en virtud de este procedimiento, se
realizarán mediante correo electrónico dirigido a la casilla de correo electrónico indicada
por el prestador en su propuesta técnica. Se entenderá por notificado al día hábil siguiente
desde el envío del referido correo electrónico.
Con todo, en caso de ser imposible realizar la notificación vía correo electrónico, Senda
podrá efectuar dicha diligencia a través de carta certificada al domicilio proporcionado por
el prestador. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar
del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
El prestador de servicios dispondrá de 5 días hábiles contados desde que se le haya
notificado el referido oficio, para efectuar sus descargos ante el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, acompañando todos los
antecedentes y pruebas que acrediten la existencia de un caso fortuito o fuerza mayor o
que demuestren fehacientemente que no ha tenido responsabilidad en los hechos que
originan las multas o que desvirtúen los antecedentes analizados por el Servicio Nacional
para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol.
Si el contratista no presenta sus descargos en el plazo señalado, se tendrán por
acreditadas la o las faltas imputadas y procederá la aplicación de la o las sanciones que
correspondan, dictándose la pertinente resolución por parte del Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, y en la que se
establecerá, si correspondiere, el monto de la multa en pesos chilenos, de acuerdo al
valor de la UF.
Con todo, el prestador podrá renunciar a su derecho a presentar descargos y proceder
directamente al pago, para lo cual se deberá considerar el valor de la U.F.
correspondiente al 01 de enero del año en que se dictó el oficio.
Si el prestador ha presentado descargos oportunamente, el Jefe Superior del Servicio
Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol dispondrá
de veinte días hábiles, contados desde la recepción de los descargos, para resolver, sea
rechazándolos o acogiéndolos, total o parcialmente, dictándose la pertinente resolución
por parte del Servicio Nacional para la Prevención y Rehabilitación del Consumo de
Drogas y Alcohol. De lo resuelto, se notificará al contratista por correo electrónico.
En virtud de lo establecido en el artículo N° 59, de la Ley N° 19.880, el prestador podrá
presentar recurso de reposición ante el jefe Superior del Servicio, dentro de los cinco días
hábiles contados desde la notificación de la resolución que se recurre. Si el contratista no
presenta recurso de reposición dentro del plazo indicado, la multa quedará firme, sin
perjuicio de la pertinencia del recurso extraordinario de revisión previsto en el artículo 60
del mismo cuerpo legal.
Sin perjuicio de lo anteriormente señalado, el contratista podrá pagar la multa
voluntariamente en un plazo de 30 días corridos desde notificada la resolución. No
obstante, si el proveedor no paga directamente la multa, SENDA estará facultado para
deducirla, a su arbitrio, del valor de cualquiera de los pagos que SENDA le corresponda
efectuar respecto de cualquiera de sus contrataciones de análoga naturaleza, o satisfacer
el monto de aquélla haciendo efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de
contrato, lo que deberá informar al prestador mediante oficio.
Para todos los efectos, el valor de la multa se deberá calcular de acuerdo al valor de la UF
que indica el Banco Central de Chile, al 01 de enero del año en que dictó el oficio que
comunicó los hechos que originaron la multa.
La aplicación de alguna de estas multas no impide que el Servicio Nacional para la
Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol pueda poner término
anticipado al contrato si se configuran las causales previstas en el siguiente título, de la
presente cláusula.
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DISPONIBILIDAD DE LOS SERVICIOS CONTRATADOS |
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El profesional adjudicado deberá ejecutar los servicios contratados a partir de lo indicado
en el artículo 8.6. de las presentes bases, debiendo mantener la continuidad de los
mismos conforme a lo requerido.
11.1 De la Vacancia temporal del cargo contratado con persona jurídica
En caso de vacancia temporal del cargo, esto es, por un período igual o superior a 30 días
corridos, la entidad, deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al encargado de
tratamiento regional, el Anexo 6 A, comunicando dicha vacancia, dentro de los 5 días
corridos de acaecida. En tal caso, el formulario deberá contar con la siguiente
información:
1. Nombre del Profesional;
2. Periodo de cese de funciones;
3. Profesional que suplirá el cargo con sus antecedentes académicos y
profesionales;
Es importante señalar que, habida consideración de la especialidad del cargo, el
profesional suplente, deberá contar, al menos, con las mismas aptitudes y características
académicas y profesionales que el titular del cargo. Por lo anterior, recibido el formulario
por el encargado de tratamiento regional, este, podrá aprobarlo o rechazarlo, para lo cual,
en el segundo caso, la entidad deberá, dentro del plazo de 5 días hábiles, subsanar las
observaciones o presentar otro profesional que cumpla con los requisitos. Si el prestador
no realiza lo indicado, se entenderá por no presentado el formulario, transcurriendo los
plazos para la aplicación de la multa correspondiente.
11.2 De la vacancia definitiva del cargo con persona jurídica
La entidad, deberá enviar mediante correo electrónico dirigido al encargado de
tratamiento regional, el Anexo 6 B comunicando la vacancia definitiva del cargo con la
siguiente información:
1. Nombre del Profesional;
2. Periodo de cese de funciones;
3. Profesional suplente y/o definitivo que suplirá el cargo con sus antecedentes
académicos y profesionales;
Con todo, si la entidad, al momento de comunicar no cuenta con un profesional definitivo
que asuma el cargo, deberá informar al encargado de tratamiento regional de dicha
situación, presentado un plan de mitigación y estado de la ejecución de las obligaciones
hasta el momento, pudiéndose en tal caso, otorgarse a la entidad, un plazo extraordinario
de 5 días hábiles para presentar una propuesta de profesional, en calidad de titular del
cargo.
Si el prestador no realiza lo indicado, se entenderá por no presentado el formulario,
transcurriendo los plazos para la aplicación de la multa correspondiente, pudiendo
SENDA dar término anticipado al contrato en caso de presentarse una nueva solicitud de
vacancia definitiva, para lo cual, el encargado de tratamiento regional o quien se designe,
deberá presentar un informe debidamente fundado, justificando tal decisión.
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