Resolución de Empates |
a) En caso de empate entre dos o más Oferentes en el puntaje de la razón (R( indicada en la letra d) anterior, sea que este hecho se verifique con Oferentes que se encuentran en el primer lugar de la lista priorizada, o en cualquiera de los restantes lugares, el ente licitante aplicará los criterios de desempate siguiendo el orden de menor a mayor valor de las ofertas económicas entre los Oferentes que ocupan el mismo lugar de la lista.
En caso de persistir el empate, se escogerá aquella propuesta que haya obtenido un mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de selección y calificación técnica del punto 3.7.1 y 3.7.2, respectivamente dependiendo del Grupo de Intervención, en el ítem de evaluación “Descripción detallada de la Oferta Técnica”. Si el empate aún persistiere, se decidirá de acuerdo al segundo ítem de los criterios de selección y evaluación técnica de los puntos señalados, y así sucesivamente con los siguientes ítems, hasta que se produzca el desempate. En caso de persistir el empate, se optará por la primera oferta ingresada al Sistema de Información el día de cierre.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Los oferentes podrán enviar sus consultas referentes a la adjudicación, hasta dentro del tercer día hábil de notificada, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, y además, a través del correo electrónico administracion.uoct@mtt.gob.cl, y serán respondidas por el mismo medio.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Tratándose de la contratación de un proyecto de inversión, en el evento de que la institución privada se encuentre incorporada en algún registro por incumplimientos laborales o de remuneraciones, o bien no acompañe los referidos certificados en el momento correspondiente, no podrá contratar con el Estado mientras no subsane el incumplimiento que la afecte de conformidad a lo establecido en el artículo 6° inciso final de la Ley N° 21.289 sobre Presupuestos para el Sector Público, para el año 2021.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
De conformidad a lo establecido en el artículo 40° del Decreto de Hacienda Nº 250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la Comisión Evaluadora a que se hace referencia en el punto 3.6 de estas Bases, podrá solicitar a los Oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos Oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los Oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los Oferentes a través del Sistema de Información.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los Oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la Propuesta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Dicha solicitud se realizará por el sistema de información conforme al plazo señalado en el punto siguiente y se deberá informar a los demás oferentes a través del Sistema de Información.
Los Oferentes tendrán un plazo máximo de 2 días hábiles para responder a lo solicitado, contados desde la notificación del requerimiento de la Subsecretaría en el portal, esto es, una vez transcurridas 24 horas de publicado el requerimiento en el portal www.mercadopublico.cl, el que se informará a través del Sistema de Información, en los términos del artículo 6°, del Reglamento de la Ley de Compras
Sin perjuicio de lo anterior, la presentación de los antecedentes en la forma y dentro del término señalado, será considerada por la Comisión Evaluadora al momento de la evaluación técnica de la respectiva oferta, asignando un menor puntaje a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación de
ofertas, con todo lo requerido, conforme al criterio “Presentación de antecedentes formales por los Oferentes”, contenido en el punto 3.7 de las presentes bases.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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A considerar |
Sin perjuicio de lo indicado en la presente ficha siempre primara lo establecido en las Bases de Licitación, según Resolución Exenta N°344/2021 (06.10.21)
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