Licitación ID: 1019-9-LE26
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS ADOBE ACROBAT PRO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 12
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Productos o servicios
1
Software del sistema de administración de bases de datos 30 Unidad
Cod: 43232304
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS ADOBE, ACROBAT PRO, PARA LA D.G.A. El objetivo general de esta licitación, es la adquisición Licencias Adobe, Acrobat Pro, requeridas para completar el licenciamiento requerido para los funcionarios y funcionarias de la DGA que,  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE LICENCIAS ADOBE ACROBAT PRO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo general de esta licitación, es la adquisición Licencias Adobe, Acrobat Pro, requeridas para completar el licenciamiento requerido para los funcionarios y funcionarias de la DGA que, debido a sus labores orientadas a la Gestión documental, requieren de la funcionalidad que ofrece la herramienta de software Adobe Pro.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DIREC CION GRAL DE OO
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Morandé 59, piso 8
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-02-2026 17:32:00
Fecha de Publicación: 13-02-2026 15:54:17
Fecha inicio de preguntas: 13-02-2026 19:34:00
Fecha final de preguntas: 16-02-2026 16:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-02-2026 16:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-02-2026 17:33:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-02-2026 17:33:00
Fecha de Adjudicación: 13-03-2026 10:19:14
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Las ofertas tendrán una validez mínima de sesenta (60) días corridos contados a partir de la fecha de cierre de recepción de ofertas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, la D.G.A. podrá solicitar a los proponentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de estas por igual período. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida. El solo hecho de la presentación de una oferta significa la aceptación por parte del oferente de su vigencia durante el proceso licitatorio, sin necesidad de declaración expresa al respecto. No obstante, si la oferta presenta una validez mínima inferior a sesenta (60) días corridos, la propuesta será rechazada por el evaluador (Encargado de licitación) y declarada inadmisible por medio de acto administrativo de la Autoridad Competente, totalmente tramitado. Las ofertas deberán ser presentadas a través del Sistema de Información, y, además, deberán cumplir con los requisitos que se señalan en las presentes Bases y acompañando los anexos que correspondan a cada caso, de forma obligatoria, debidamente firmados por quien tenga las facultades para representar al proveedor. La DGA no se verá obligada por limitación alguna impuesta por los oferentes en sus propuestas, sino únicamente por aquellas establecidas en las presentes Bases, en la Ley de Compras y en su Reglamento. En consecuencia, cualquier documento acompañado a las ofertas que imponga algún tipo de restricción u obligación al Servicio se tendrá por no escrito y no presentado, entendiéndose que no forma parte de la oferta que la contenga. Será responsabilidad del oferente la calidad del archivo electrónico elegido para anexar su propuesta en el Portal (formatos compatibles con Acrobat Reader, Excel o Word), debiendo respetar el tamaño del archivo máximo permitido por el sistema informático. En caso de que la propuesta no pueda ajustarse a dicho tamaño, el proponente deberá ingresarla dividida en tantos documentos como el Portal lo permita, debiendo numerarlos correlativamente, sin perjuicio de lo señalado en el numeral XII respecto a la solicitud de aclaraciones que pueda solicitar la Comisión de Evaluación. Será de exclusiva responsabilidad de los oferentes proporcionar en forma oportuna, clara y completa los documentos exigidos, así como la veracidad y contenido de los mismos. Todos los costos y gastos derivados del estudio y presentación de las ofertas serán de exclusiva responsabilidad de los oferentes. No procederá, bajo ninguna circunstancia, indemnización, reembolso ni compensación alguna por parte de la DGA. Los antecedentes que se deben acompañar a la oferta son los siguientes, según corresponda: CATEGORÍA REQUISITOS Personas naturales o jurídicas - Declaración jurada simple (ANEXO N° 1-A y/o ANEXO N° 1-B). - Descripción del proponente (ANEXO N° 2-A o ANEXO N° 2-B). Universidades - Declaración jurada simple (ANEXO N° 1-A) - Descripción e individualización (ANEXO N° 3-A) firmada por el representante. - Carta de patrocinio de la Universidad. - Para universidades privadas: ANEXO N° 2-B, fotocopia legalizada de cédula de identidad. Unión Temporal de Proveedores (UTP) - Declaración jurada simple (ANEXO N° 1-A y ANEXO N° 1-B) firmado por representante de la UTP. - Identificación de integrantes (ANEXO N° 3-B). Conforme al artículo 48 del Reglamento, las ofertas presentadas deben ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el presente proceso de compras. Por regla general, se entiende que cada proveedor debe presentar una única oferta, salvo que las bases del proceso permitan explícitamente la presentación de múltiples ofertas por parte de un mismo participante. Posibilidad de ofertas alternativas o multioferta por un mismo Proveedor: No se autoriza. Conforme con lo establecido en el artículo 48 del Reglamento, las ofertas deberán ser únicas, y en estas, se deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico, a través del Portal. NOTA: Respecto a las Uniones Temporales de Proveedores (UTP), el artículo 54 inciso 2° de la Ley N° 19.886, establece una limitación específica: “Respecto de cada proceso y al momento de la presentación de la oferta los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores no podrán participar en otra”. Lo anterior significa que los integrantes de una UTP no podrán participar simultáneamente mediante una propuesta individual y otra a través de una UTP. En este sentido, deberán optar por una única modalidad de participación en el presente proceso.
Documentos Técnicos
1.- Los antecedentes que conforman la propuesta técnica deberán presentarse electrónicamente conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas, los cuales deberán reflejarse íntegramente en su oferta, debiendo ser lo más completa y específica posible. Los proponentes que formen una unión temporal de proveedores deberán presentar una propuesta técnica común.
 
Documentos Económicos
1.- Los antecedentes que conforman la propuesta técnica deberán presentarse electrónicamente conforme a los requisitos que se solicitan en las Bases Técnicas, los cuales deberán reflejarse íntegramente en su oferta, debiendo ser lo más completa y específica posible. Los proponentes que formen una unión temporal de proveedores deberán presentar una propuesta técnica común. 2. Oferta Económica a) El oferente, al registrar su oferta en el Sistema de Información, deberá ingresar el precio neto total de las licencias ofertadas. Dicho precio deberá expresarse en moneda nacional y no podrá exceder el presupuesto máximo disponible para esta contratación, conforme a lo señalado en el numeral XVI, denominado “Presupuesto Disponible” de las presentes Bases Administrativas. b) Cada oferente deberá crear un anexo económico, en el cual detalle el valor unitario de las licencias, incluyendo los impuestos a los que se encuentren afectas. Se debe incluir un desglose de los costos. c) En caso de discrepancia entre el valor ofertado en el anexo económico y el registrado en el Sistema de Información, prevalecerá lo consignado en el anexo económico. Si la oferta económica supera el presupuesto máximo indicado en el numeral XVI de las Bases Administrativas, será rechazada por la evaluadora y declarada inadmisible mediante resolución fundada de la Autoridad Competente de la D.G.A., por incumplimiento al presente pliego de condiciones. La falta de presentación o la omisión de cualquiera de los antecedentes requeridos para la oferta económica o técnica facultará a la D.G.A. a excluir al oferente del proceso licitatorio, mediante la declaración de inadmisibilidad a través de una resolución fundada, por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases. Es responsabilidad exclusiva de los oferentes presentar su oferta conforme a lo estipulado en las Bases, entendiendo que el evaluador no está obligada a requerir, corregir o subsanar la falta u omisión de ningún antecedente o documento que forme parte de la propuesta. No obstante, lo anterior, la D.G.A. podrá, durante la etapa de evaluación, solicitar a través del Sistema de Información que los oferentes subsanen errores u omisiones formales, siempre que dicha solicitud no contravenga los principios de igualdad entre los oferentes ni el de estricta sujeción a las Bases. Es importante destacar que los errores relacionados con el precio ofertado no se considerarán formales y no podrán ser subsanados. 12 La solicitud de aclaración o subsanación es una facultad discrecional de la D.G.A. y no constituye una obligación. Los oferentes podrán subsanar exclusivamente lo que haya sido solicitado, en atención a los principios de estricta sujeción a las Bases y de igualdad entre los proveedores. Toda solicitud de aclaración o subsanación será informada al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, y se aplicarán las reglas de evaluación conforme con lo dispuesto en el numeral XIII de las Bases Administrativas. Oferta Temeraria: Conforme con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley N° 19.886, se considerará oferta temeraria o riesgosa aquella cuyo precio ofertado esté significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Para estos efectos se considerará que la justificación presentada por el oferente no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneren la libre competencia. La declaración de inadmisibilidad o rechazo de esta oferta, será realizada conforme a lo establecido en el artículo 61 del citado Reglamento.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programa de integridad El oferente presenta el Anexo N° 4 y adjunta copia íntegra del programa de integridad conocido por su personal =100 puntos. El oferente no presenta el Anexo N° 4 o no adjunta copia íntegra del programa de integridad conocido por su personal= 0 puntos. 5%
2 Cumplimiento de requisitos formales Cumple dentro del plazo con los anexos y documentos requeridos= 100 puntos. No cumple dentro del plazo para presentación de ofertas con todo lo requerido y si lo hace en el plazo adicional otorgado mediante Foro Inverso (mediante el mecanismo de Aclaración de la Oferta) = 50 puntos. No cumple dentro del plazo para presentación de ofertas con todo lo requerido y tampoco lo hace en el plazo adicional otorgado mediante Foro Inverso = 0 puntos. 5%
3 Valor unitario del producto El puntaje correspondiente al factor valor unitario por producto ofertado se obtendrá de la siguiente fórmula: 𝑽 = 𝑽𝒎𝒊𝒏/𝑽𝒐𝒇 ∗ 𝑷𝒎𝒂𝒙 𝑽 = Puntaje a asignar en valor del producto. 𝑽𝒎𝒊𝒏 = Oferta de menor costo (impuestos incluidos). 𝑽𝒐𝒇 = Costo de la oferta en consideración (impuestos incluidos). 𝑷𝒎𝒂𝒙 = Puntaje máximo correspondiente a este criterio (100 puntos). 60%
4 Plazo de entrega Se le asignará el máximo puntaje (100 puntos) al mínimo plazo de entrega ofertado. El plazo de entrega de los bienes se evaluará de acuerdo con la siguiente fórmula: 𝒕 = 𝒕𝒎𝒊𝒏 / 𝒕𝒐𝒇 ∗ 𝑷𝒎𝒂𝒙 𝒕. Puntaje a asignar en el plazo entregado en días corridos. 𝒕𝒎𝒊𝒏 = Oferta de menor tiempo en días corridos. 𝒕𝒐𝒇 = Tiempo de la oferta en consideración en días corridos. 𝑷𝒎𝒂𝒙 = Puntaje máximo correspondiente a este criterio (100 puntos). 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 2907001
Monto Total Estimado: 26000000
Justificación del monto estimado PRESUPUESTO DISPONIBLE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Felipe Castillo Cea
e-mail de responsable de pago: felipe.castillo@mop.gov.cl
Nombre de responsable de contrato: Horacio Galvez
e-mail de responsable de contrato: horacio.galvez@mop.gov.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-4493879-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso de que el adjudicatario se desista de su oferta, o si el oferente adjudicado no presentara garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato si fuese el caso, no entregara los antecedentes legales para contratar, no firmara el contrato correspondiente dentro de los plazos establecidos en las Bases Administrativas, no aceptara la orden de compra en el plazo fijado, no pudiera cumplir con la entrega de los bienes o prestación de servicios, o existiera cualquier otra circunstancia que, conforme a la Ley N° 19.886 yo su Reglamento, impida continuar con la anuencia con el proveedor, la D.G.A. podrá readjudicar la licitación al oferente cuya oferta le suceda en la calificación, o podrá declararla desierta mediante acto administrativo totalmente tramitado. En este caso, conforme con lo establecido en el numeral XI de las Bases Administrativas, se hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta, si corresponde, y podrá dejarse constancia del comportamiento del oferente al respecto, conforme al artículo 160, Numeral 7 del Reglamento de la Ley N° 19.886
Resolución de Empates

En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los oferentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad: 1° Criterio 1 “Valor unitario del producto”; 2° Criterio 2 “Plazo de entrega”; 3° Criterio 3 “Programa de Integridad”; y, 4° Criterio 4 “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los oferentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel oferente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación. En caso de persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese ingresado primero su oferta en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registradas en este. La oferta que obtenga el mayor puntaje final en la evaluación de los criterios estipulados y resulte conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación pública Cualquier error de concordancia de la presente pauta de evaluación, será resuelto por el evaluador, sin modificar en lo sustancial la lógica de objetividad de los criterios de evaluación. Es necesario tener presente que, en el caso de las UTP, estas tienen la obligación de informar inmediatamente a la D.G.A. sobre el retiro de uno o más de sus integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de esta. La UTP debe continuar funcionando con, al menos, dos (2) integrantes. Una vez iniciado el proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado. Si durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una UTP que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, tal circunstancia debiera constituir una causal de declaración de inadmisibilidad de la propuesta. El evaluador levantará un Acta de Evaluación del presente concurso –informe completo y fundado–, con su propuesta de adjudicación a la autoridad competente, la que deberá adoptar la decisión final, a través de un acto administrativo fundado. Para resguardar la conveniencia de los intereses de la Institución, la Dirección General de Aguas se reserva el derecho de adjudicar o no la licitación cuando la nota final de la oferta mejor evaluada sea inferior a 70 puntos.


Pacto de integridad

El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación pública, acepta expresamente el pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso licitatorio, ni con la ejecución del contrato que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de licitación, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación de la oferta y ejecución del contrato que de ello se deriven. b) No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. c) Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta reflejada en el presente proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas. d) Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ello se derivase. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en las Bases, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que este o estos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes h) Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes. i) Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. Se hace presente que, el adjudicatario que finalmente preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en el numeral XV de las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la DGA ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor (si correspondiese). Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con lo establecido en el numeral XXVIII de estas Bases de Licitación.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.