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Resolución de Empates |
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15.5 Empate en los puntajes de dos o más proveedores
En caso de que dos o más proveedores obtuvieran el mismo puntaje final, producto de la evaluación, se procederá a aplicar los siguientes criterios de desempate en orden de precedencia si es que esté persistente:
1.- Mayor puntaje total obtenido en precio
2.- Mayor puntaje total obtenido en experiencia
3.- Mayor puntaje total obtenido en condiciones de empleo.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
7.1. - Respuestas a las consultas y aclaraciones
Se responderán sólo aquellas consultas y solicitudes de aclaración que hubieren sido presentadas a través del portal y dentro del plazo señalado en el mismo.
Las consultas recibidas serán respondidas en la oportunidad establecidas en el calendario de eventos y a través
del mismo portal, quedando a disposición de todos los interesados. En la misma oportunidad, si el Deprov Malleco lo estima necesario, emitirá antecedentes anexos a las bases, a través de documentos aclaratorios y complementarios, los que en el evento que importen una modificación a las presentes bases, deberá ser aprobado a través de resolución correspondiente y debidamente tramitada.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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CONVENIO |
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18.- DEL CONVENIO
Se suscribirá con el o la proveedora adjudicada un contrato, en el plazo de 5 días hábiles, desde notificada la adjudicación, el que deberá ser aprobado por la Autoridad correspondiente mediante resolución exenta. Para suscribir el contrato el oferente favorecido deberá estar inscrito en el registro de Chile proveedores en estado hábil.
La resolución exenta de adjudicación se notificará a los oferentes a través del sistema www.mercadopúblico.cl, además, el Deprov Malleco requerirá vía correo electrónico dirigido al adjudicatario, los siguientes antecedentes para la ejecución de la relación contractual, las cuales deberán ser entregadas en originales o debidamente autorizados ante Notario público, en el lugar señalado en el correo y en un plazo máximo de 05 días hábiles, salvo que estos consten en el registro www.chileproveddores.cl, en cuyo caso no les serán exigibles.
Si es persona natural:
• Cédula de identidad
• Iniciación de actividad
Si es persona jurídica:
• Cédula de identidad del representante legal del proponente
• Rut de la persona jurídica
• Escritura de constitución de la persona jurídica y sus modificaciones posteriores si las hubiera, con constancia de su inscripción en el Registro de Comercio y publicación en el Diario Oficial.
• Escritura pública que acredite la personería del representante legal de la empresa oferente, bastando en su caso, la referencia a la escritura exigida en la letra precedentes
• Certificado de vigencia de la sociedad, emitido por el respectivo Conservador de Bienes Raíces, De una antigüedad no superior a 60 días, contados hacia atrás, desde la fecha de apertura de la licitación.
• Boleta de garantía
• Certificado de antecedentes laborales y previsionales de la Dirección del trabajo
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SECION DE CONTRATO |
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18.2 Sobre cesión del contrato
El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y en especial los establecidos en el contrato.
18.3 Termino anticipado del contrato
El Deprov Malleco, podrá poner término administrativamente y en forma anticipada al contrato de prestación de servicios por las siguientes causas:
• Si el proveedor se declara en quiebra o cae en insolvencia.
• Por mutuo acuerdo de las partes, o en forma unilateral, lo cual se deberá notificar con a lo menos 30 días de antelación a la fecha de requerimiento de su término, sin pago de indemnizaciones.
• Si se disuelve la sociedad contratada.
• Si ha llegado a un arreglo de traspaso de todo o parte de sus bienes a favor de sus acreedores.
• Que el proveedor no cumpla con las formalidades contractuales contraídas con sus trabajadores. el Deprov Malleco podrá poner término inmediato al contrato con el adjudicatario, si éste no cumpliera con cualquiera de las obligaciones que la ley laboral y previsional le impone para con sus trabajadores.
• Le fuese protestado documento mercantil, que se mantuviere impago durante más de sesenta días, o no fuese debidamente aclarado dentro de dicho plazo.
• Si, dentro de la vigencia del contrato el proveedor no se encuentra hábil en Chile proveedores y no resuelve dicha situación en un plazo de 10 días corridos.
• Si en el año presupuestario siguiente al de la contratación, no se contempla presupuesto para los ítems adjudicados.
Ocurrida cualquiera de las situaciones antes indicadas, el Deprov Malleco, notificará por escrito al proveedor el incumplimiento y le fijará un plazo perentorio para que lo solucione.
Si transcurrido este plazo no se corrige la situación a satisfacción del Deprov Malleco o si ésta no fuese subsanable, se pondrá término anticipado al contrato según lo señalado anteriormente.
El Deprov Malleco se reserva el derecho de poner término al contrato por resolución fundada, sin indemnización alguna al contratista, en el evento que acaeciere alguna circunstancia calificada como grave, que así lo aconsejase.
Si debido a un incumplimiento se pone término anticipado al convenio y se hace efectiva la boleta de garantía por fiel cumplimiento, se podrá, además, iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados que excedan el monto de la garantía.
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Modificación del Contrato |
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18.4 Sobre modificación al contrato
El Deprov Malleco, podrá realizar, modificaciones al contrato de un común acuerdo entre las partes, mediante clausulas anexas aprobadas por resolución fundadas. También podrá requerir prestaciones adicionales a las originales.
Las cláusulas NO tendrán el efecto de alterar el convenio original solo en aquellos puntos exclusivamente tratados en ella.
Sin perjuicio de lo anterior, el Deprov Malleco, podrá contratar servicios extraordinarios y esporádicos (en casos eventuales), sin hacer modificaciones al convenio, (los que se aprobaran con resolución fundada) y que sean de la misma naturaleza del contrato.
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Renovación del Contrato |
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18.5 Sobre la renovación del contrato
El contrato podrá ser renovable por igual periodo, previa evaluación al proveedor y si ambas partes están en acuerdo.
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Vigencia y duración del contrato para adjudicar |
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18.6 Vigencia y duración del contrato para adjudicar
El contrato tendrá una vigencia de 12 meses a contar de la fecha en que quede totalmente tramitada la resolución que lo apruebe,
Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de poner término anticipado al contrato en las situaciones que se señalen en las bases.
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CONTROLES Y EVALUACIONES |
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El Deprov Malleco realizará los controles que considere necesarios, con el objeto de constatar la calidad de los servicios contratados.
Para estos efectos evaluará los servicios de aseo de acuerdo con los siguientes criterios:
• Cumplimiento de las fechas establecidas en el programa de trabajo.
• Cumplimiento de asistencia de la dotación comprometida.
• Cumplimiento de las actividades, verificado mediante un check list.
• Otras que el Deprov Malleco establezca durante el contrato.
Sin perjuicio de lo anterior se realizará, al menos una vez al mes, una visita en conjunto, entre la contraparte técnica del Deprov Malleco y quien designe la empresa adjudicada. La coordinación podrá realizarse personalmente, por teléfono o por email.
Deberá ser firmado por quien designe la empresa y la contraparte técnica del Deprov Malleco, servirá como insumo a la evaluación del servicio.
Deberá ser aplicado nuevamente cuando una actividad se informe en estado “realizada con deficiencias” o “no realizada”.
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Subcontratación |
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20.- SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario podrá subcontratar, alguno de los servicios necesarios para el cumplimiento del contrato, sin perjuicio de lo anterior, será el adjudicatario el que mantendrá la responsabilidad ante el Deprov Malleco, por la calidad, contenido y oportunidad de los servicios contratados. Asimismo, toda comunicación oficial del servicio deberá realizarla el adjudicatario y no los subcontratistas, ya que no se creará relación alguna entre el Deprov Malleco, lo subcontratistas y sus trabajadores.
La subcontratación no exime a la empresa adjudicada de ninguna obligación del contrato suscrito.
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CONFIDENCIALIDAD EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS HABITUALES |
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El adjudicatario, deberá guardar absoluta confidencialidad sobre la información reservada o no, que pongan a su disposición el Deprov Malleco y en general, de toda aquella que conozca con ocasión de la ejecución de los servicios.
El adjudicatario deberá garantizar el resguardo de la confidencialidad de la información señalada precedentemente, también respecto a los funcionarios del Deprov Malleco, reservándose el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, y especialmente de conformidad con lo establecidos en la Ley 19.628 sobre la protección de datos de carácter personal.
La divulgación por cualquier medio de información antes referida por parte del prestador de servicio o sus dependientes durante la vigencia del contrato o después de su finalización dará lugar a entablar las acciones judiciales que correspondan sin perjuicio de la responsabilidad solidaria por los actos que haya ejecutado sus empleados o dependientes y quienes resulten responsables.
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PRESUPUESTO |
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23.- PRESUPUESTO
El presupuesto autorizado para la contratación del servicio habitual aseo y limpieza para el edificio del Deprov Malleco, por 12 meses, es de $12.337.920 (Doce millones trescientos treinta y siete mil novecientos veinte pesos IVA incluido).
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CONDICIONES, PLAZO Y MODO EN QUE SE COMPROMETE EL PAGO |
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24.- CONDICIONES, PLAZO Y MODO EN QUE SE COMPROMETE EL PAGO
El o los pagos mensuales por los servicios contratados y evidentemente ejecutados, se efectuará mediante transferencia electrónica, en un plazo de 30 días, a partir de la presentación de la factura, previo visto bueno de la contraparte técnica del Deprov Malleco y del ingreso de la documentación respectiva. El pago es fijo y mensual por el servicio de “ASEO Y LIMPIEZA EN EL DEPROV MALLECO”, ubicado en calle pedro Aguirre Cerda N° 212, comuna de Angol; por el que asciende a la suma de $1.028.160 brutos (Un millón veintiocho mil ciento sesenta IVA incluido pesos).
Será obligación de la empresa presentar junto a la factura los antecedentes que se detallan a continuación:
• Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (mensual)
• Liquidación de sueldo firmada por el trabajador (del mes en que se ejecutaron los servicios), LA QUE DEBE ESPECIFICAR CLARAMENTE: MONTO DE LA REMUNERACIÓN PACTADA, LA QUE NO PODRÁ SER INFERIOR AL SUELDO MINIMO, GRATIFICACIÓN LEGAL Y BONOS (LOCOMOCIÓN Y COLACIÓN).
• Copia de la transferencia electrónica por el pago realizado al trabajador
• Documento que acredite los pagos de cotizaciones de salud y previsional.
• Copia del contrato (Primer mes y cuando corresponda)
• Finiquito (cuando corresponda).
El Deprov Malleco, no concretará el pago de la factura, en el caso de que el adjudicatario no acredite oportunamente el cumplimento de las obligaciones laborales y de seguridad social del personal asignado a cumplir con el servicio requerido O PRESENTARA EN FORMA INCOMPLETA LOS ANTECEDENTES QUE ACREDITEN PARA EL PAGO.
Para el pago de servicios anexos, la empresa deberá enviar factura distinta a la de los servicios mensuales fijos, con el detalle de las labores realizadas en el mes en cobro y deberá ingresar documentación que justifique el pago de la empresa o personal subcontratado.
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MULTAS Y SANCIONES |
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26.- DE LAS MULTAS
En caso de incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases y en el contrato, la Entidad podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento, terminar anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas que se determinen, las que deberán encontrarse previamente establecidas en las bases y en el contrato.
Con todo, las medidas que se establezcan deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento. Si la medida a aplicar consistiere en el cobro de multas, las bases y el contrato deberán fijar un tope máximo para su aplicación.
La aplicación de multas se hará por vía administrativa, sin forma de juicio y se deducirá de cualquier pago que el Deprov Malleco deba efectuar al adjudicatario, si no se pudiese rebajar de la factura del proveedor, deberá realizar el reintegro en la oficina de presupuesto.
Criterios que se establecen para efectos de evaluar el incumplimiento del servicio habitual:
MULTA MEDIDA DETALLE
Personal sin uniforme o elemento de protección (operarios) 0.5 UF Trabajador sin uniforme o elementos de protección
Incumplimiento de los servicios programados en forma semanal, mensual, etc. 0,5 UF Por actividad no cumplida
Incumplimiento de sus obligaciones laborales con la denuncia a la inspección del trabajo 2 UF Por trabajador
Si el adjudicatario no paga a sus trabajadores los sueldos completos (sueldo, gratificación legal y bonos) dentro de los 05 días primeros del mes posterior a la presentación del servicio. 1 UF Por trabajador y día de atraso.
Si se incumple a la fecha de algún trabajo adicional solicitado, sin aviso previo de 24 horas, ejemplo: Sanitización 0,5 UF Por evento
Inasistencia de un trabajador a su jornada de trabajo (lunes a viernes) y que su presencia no fuera cubierta por parte del oferente 0,5 UF Por inasistencia
Si se repite una observación por tres veces, ejemplo: No limpiar los azulejos del baño, etc. 0,3 UF Por cada 3 observaciones
Trabajador sin elemento de seguridad (De servicios anexos) 1 UF Por evento
25.- CONTRAPARTE
La Jefatura de la Unidad de Administración Provincial del Deprov Malleco, será la contraparte operativa del convenio a suscribir y encargada de coordinar y controlar su fiel cumplimiento.
Esta contraparte tendrá entre sus funciones:
• Evaluación de los servicios prestados en conformidad al contrato que las partes suscriban:
• Cumplimiento de las fechas establecidas en el programa de trabajo.
• Cumplimiento de asistencia de la dotación comprometida.
• Cumplimiento de las actividades, verificando mediante un chek list.
• Otras que el Deprov Malleco establezca durante el contrato
• Dar aclaraciones y orientaciones respecto al desarrollo del proceso de evaluación
• Controlar y dirigir el servicio contratado.
• Certificar el cumplimento de las condiciones de los términos establecidos en el contrato respectivo
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3.- RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA |
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3.- RESPONSABILIDADES DE LA EMPRESA
La empresa, deberá cumplir con los siguientes requisitos:
1. Los operarios deberán usar el uniforme de la empresa, el cual deberá ser utilizado en la jornada de trabajo, junto con una credencial en lugar visible que los identifique.
2. La empresa que se haya adjudicado la presente licitación deberá entregar el currículum, contrato y certificado de antecedentes del trabajador de aseo, además deberá indicar el nombre de los trabajadores suplentes en caso de ausencia del titular (también se debe entregar currículum).
3. En el evento que exista algún término de contrato del personal asignado, éste debe ser informado al Deprov Malleco, a la brevedad, entregando copia del finiquito correspondiente o enviando escaneado el original.
4. Será responsabilidad de la empresa, mantener al día el pago de las obligaciones laborales y previsionales, y regularizar cualquier saldo insoluto de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social que pudiere tener con sus trabajadores.
5. Para las nuevas contrataciones de personal, se solicitarán los mismos antecedentes del contrato inicial.
6. La empresa deberá aceptar sugerencias para un mejor desempeño de sus funciones de aseo, tanto respecto a las normas de aseo, como a horarios y otros.
7. La empresa adjudicada será responsable y, por ende, quedará obligada a la reposición o reparación de cualquier desperfecto, daño, pérdida y en general todo menoscabo que puedan sufrir los bienes de las dependencias, con ocasión del trabajo que lleven a efecto las operaciones de esta. Será de la exclusiva responsabilidad del adjudicado, quien estará obligado a su reparación o reemplazo de inmediato.
8. El Adjudicatario no tendrá derecho a indemnización por parte del Deprov Malleco por las pérdidas o daños que sufra en sus materiales, herramientas, instalaciones u otros, sea que provengan de fuerza mayor, de terceros o de personal del propio adjudicado.
9. Las herramientas o útiles de trabajo no deberán quedar depositados en escaleras, vías de circulación o sitios que bloqueen puertas, pasillos o escaleras, o interfieran con el funcionamiento de maquinarias y equipos contra incendio, tableros eléctricos, etc.
10. Cuando se esté lavando el piso o encerando, se deberá advertir al transeúnte a través de medios ópticos o letreros a fin de evitar accidentes por caídas o resbalones, este servicio deberá ejecutarse fuera de los horarios de oficina.
11. Para trabajar en altura (Ej: servicio esporádico de limpieza de vidrios), sólo se aceptará que se utilicen escalas o andamios de un cuerpo en buen estado y el personal, deberá utilizar cinturones y elementos de seguridad para evitar accidentes. Si el personal no trabaja con los implementos correspondientes, se solicitará en el mismo acto suspender la actividad y se comunicará al adjudicado para que subsane el tema. De no ser así se cursará la multa correspondiente.
12. Los equipos y máquinas para utilizar deben estar en óptimas condiciones para ejecutar el servicio y en el momento oportuno a su utilización.
13. El Deprov Malleco se reserva el derecho de solicitar a la empresa adjudicada cambiar la totalidad o parte del personal destinado para realizar las labores solicitadas en estas dependencias, lo anterior se efectuaría en los siguientes casos:
Personal sorprendido fumando o bebiendo alcohol dentro de las instalaciones o dependencias del lugar de prestación de servicio, en cualquier horario.
Personal sorprendido consumiendo cualquier droga ilícita dentro de las instalaciones o dependencias del lugar de prestación de servicio, en cualquier horario.
Personal que sea sorprendido utilizando teléfonos, computadores, máquinas fotocopiadoras y/o cualquier otra máquina de la Institución y/o que no tenga relación con las labores que debe realizar en su horario de trabajo.
Personal que sea sorprendido robando o cometiendo cualquier conducta delictiva dentro de las dependencias del Departamento Provincial de Educación Malleco.
La empresa deberá velar porque el personal de aseo tenga un trato cordial con los funcionarios y usuarios del DEPROV, evitando actitudes de mal trato, y cualquier otra conducta que no vaya acorde con un desempeño honesto, leal, respetuoso y responsable del servicio que deben prestar.
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4.- CALENDARIZACIÓN DEL SERVICIO DE ASEO Y LIMPIEZA: |
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La frecuencia del servicio será de acuerdo con:
4.1 Servicios habituales:
DETALLE DEL SERVICIO DIARIO SEMANAL MENSUAL
BAÑOS
Limpieza y desinfección de baños, incluido inodoro, lavamanos, espejos, azulejos, piso y accesorios del baño. X
Revisión y reposición de pastillas desinfectantes en los WC (suministros entregados por Deprov Malleco) X
Limpieza y desinfección de papeleros de baños y manijas de puertas X
Revisión y reposición si es necesario de papel higiénico, toallas de manos desechables, alcohol gel X
Limpieza y desinfección de puertas y paredes de baño, marcos de ventana X
Limpieza y desinfección de ventanas y vidrios. X
OFICINAS
Limpieza y desinfección de computadores, muebles, sillas, reposa pies, escritorios, teléfonos y accesorios de los escritorios X
Limpieza y desinfección de pisos X
Limpieza de vidrios internos y marcos de ventanas X
Limpieza y desinfección de manijas de puertas muebles y marco de ventanas. X
Limpieza y desinfección de lámparas, paredes, puertas y muebles en altura. X
Limpieza, desinfección y extracción de desechos de papeleros. X
Limpieza y desinfección de persianas. X
PASILLOS
Limpieza y desinfección de pisos, muebles, sillas, impresoras, trituradoras X
Limpieza y desinfección de escaleras, pasamanos X
Limpieza y desinfección de puertas internas y externas, muebles en altura, paredes y lámparas X
Limpieza y desinfección de manijas de puertas muebles y marco de ventanas. X
Limpieza y desinfección de vidrios internos y marcos de ventanas X
Limpieza, desinfección y aspirado de alfombras. X
Limpieza y desinfección de entrada de acceso principal al edificio. X
Limpieza y desinfección de persianas. X
SALONES
Colaborar con la limpieza de los salones. Sólo cuando sea requerido
CASINO
Limpieza y desinfección de piso, muebles, sillas, mesas, lavaplatos y vajilla. X
Limpieza y desinfección de casino incluye lavado de refrigerador, cocina, microonda, horno y muebles X
Limpieza de vidrios internos y marcos de ventanas X
Limpieza y desinfección de manijas de puertas, ventanas, muebles y marco de ventanas. X
Limpieza y desinfección de lámparas, paredes, puertas y muebles en altura. X
Limpieza, desinfección y extracción de desechos de papeleros. X
Revisión y reposición si es necesario de toallas de manos, alcohol gel, lavaloza, jabón. X
Colaboración con servicios de aseo en eventos especiales cuando la Jefatura de Administración o bien su subrogante lo solicite en reuniones, capacitaciones o visitas protocolares. X
PATIO
Colaborar con la limpieza del patio interior y jardines. Sólo cuando sea requerido
Monto mensual de $1.028.160 brutos (un millón veintiocho mil ciento sesenta IVA incluido pesos) por 12 meses de servicio.
4.2 Servicios adicionales de aseo
Serán contratados y solicitados (de ser necesarios por este Deprov Malleco) vía correo y se extenderá una orden de compra cada vez que se requiera el servicio.
TIPO DE SERVICIO
Limpieza de todos los vidrios exteriores en altura y lavado de persianas del edificio Provincial
Limpieza o lavado de tapiz de sillas salón auditórium
Servicio de fumigación/desinsectación (Infestación de Insectos, voladores, rastreros y arácnidos) del edificio, con una superficie de 1.276 mts2.
Servicio de Sanitización (Presencia de colonias de virus, hongos, bacterias, levaduras y microorganismos en general) del edificio con una superficie de 1.276 mts2.
Servicio de desratización (Infestación de roedores) del edificio con una superficie de 1.276 mts2.
Servicio de sanitización de baños (10).
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5.- CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN DEL PROVEEDOR AL TRABAJADOR |
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Detalle Monto de Aguinaldo
Gratificación Convencional o legal
Colación $30.000
Movilización $30.000
Monto aguinaldo a entregar en Fiestas Patrias $45.000
Monto aguinaldo a entregar en Navidad $45.000
Observación: La gratificación legal es la parte de las utilidades de la empresa con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador. Esta clase de remuneración debe ser otorgada por empresas que persigan fines de lucro, y las cooperativas, que estén obligados a llevar libros de contabilidad, siempre que obtengan utilidades o excedentes líquidos en sus giros.
La gratificación puede ser convencional o legal. La primera es aquella convenida por las partes, y que no podrá ser inferior a la legal. La segunda, por su parte, es la que se establece en los artículos 47 y 50 del Código del Trabajo.
El artículo 47 contiene la obligación de pagar a los trabajadores de la empresa -anualmente- a lo menos un 30% de sus utilidades, la que será determinada de forma proporcional a lo devengado por cada trabajador, en el periodo de un año calendario. Para estos efectos, se considerará utilidad la que resulte de la liquidación que practique el Servicio de Impuestos Internos para la determinación del impuesto a la renta, sin deducir las pérdidas de arrastre; y por utilidad líquida se entenderá la que arroje dicha liquidación deducido el 10% del valor del capital propio del empleador. Por otra parte, el artículo 50 exime al empleador de pagar la gratificación conforme el sistema anterior, a aquellas empresas que paguen a sus trabajadores el veinticinco por ciento de lo devengado en el respectivo ejercicio comercial por concepto de remuneraciones mensuales, sea cual fuere la utilidad líquida que obtuviere, con tope de 4,75 Ingresos Mínimos Mensuales
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