Licitación ID: 1209403-1-LE26
PROGRAMA TURÍSTICO DESCUBRIENDO MI REGIÓN
Fecha de Cierre: 12-01-2026 15:01:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 31
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Excursiones 1 Unidad
Cod: 90121501
“Descubriendo mi Región, Ejerzo mis Derechos” Lugar: Puerto Río Tranquilo, Lago General Carrera, región de Aysén. Duración: 3 días / 2 noches Participantes: 15 adolescentes + 5 adultos responsables Lo anterior, según detalle descrito en bases técnicas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
PROGRAMA TURÍSTICO DESCUBRIENDO MI REGIÓN
Estado:
Publicada
Descripción:
“Contar con el servicio turístico para desarrollar actividad en la región de Aysén, de acuerdo con las especificaciones técnicas que se describen en las presentes bases técnicas. Iniciativa se enmarca en el Concurso de Vinculación con la Comunidad 8% FNDR 2025. Todo esto a través de un viaje significativo por la Carretera Austral Sur, con fines educativos, culturales y de esparcimiento.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
ADMINISTRACIÓN DIRECTA REGIÓN DE AYSEN
R.U.T.:
62.000.890-7
Dirección:
Pedro Aguirre Cerda 244
Comuna:
Coyhaique
Región en que se genera la licitación:
Región Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 12-01-2026 15:01:00
Fecha de Publicación: 02-01-2026 9:48:45
Fecha inicio de preguntas: 02-01-2026 11:01:00
Fecha final de preguntas: 06-01-2026 18:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-01-2026 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 12-01-2026 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 12-01-2026 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 22-01-2026 17:34:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Revisar puto 5 y 8.7 de bases administrativas.
Documentos Técnicos
1.- Revisar puto 5 8.7 y bases técnicas.
 
Documentos Económicos
1.- Revisar puto 5 8.7
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del Oferente Ver numeral 8.1 letra b. 55%
2 Oferta Economica Ver numeral 8.1 letra a. 35%
3 Cumplimiento de Requisitos Formales Ver numeral 8.1 letra c. 5%
4 Pacto o Política de Integridad Ver numeral 8.1 letra d. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Duración de Contrato Contrato de Ejecución en el Tiempo
Tiempo del Contrato 2 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Claudio Olivarez
e-mail de responsable de pago: colivarez@servicioproteccion.gob.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Bases Administrativas
CAPÍTULO I: BASES ADMINISTRATIVAS 1. ANTECEDENTES BÁSICOS Razón Social Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia. R.U.T. 62.000.890-7 Unidad de compra Dirección Regional de Aysén. Dirección Jose Miguel Carrera 257, 5to piso OF. 502, Coyhaique. Administrador de Contrato del SPE. Cinthia Vladilo Zuñiga, Nutricionista de Soporte o quien lo subrogue de la Dirección Regional de Aysén. 2. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS Objetivo general de la licitación “Contar con el servicio turístico para desarrollar actividad en la región de Aysén, de acuerdo con las especificaciones técnicas que se describen en las presentes bases técnicas. Iniciativa se enmarca en el Concurso de Vinculación con la Comunidad 8% FNDR 2025. Todo esto a través de un viaje significativo por la Carretera Austral Sur, con fines educativos, culturales y de esparcimiento. Tipo de convocatoria Abierta. Moneda o unidad reajustable Peso Chileno. Vigencia de la contratación Enero 2026. Inicio de la contratación Una vez adjudicada, comenzaran las coordinaciones respectivas que permitan desarrollar la actividad, la cual se proyecta para ejecutar en el mes de diciembre 2025 o enero 2026. Presupuesto disponible $9.690.000 (nueve millones seiscientos noventa mil pesos), IVA incluido. IMPORTANTE: el oferente, deberá considerar para el valor ofertado todo tipo de gasto en el que pueda incurrir para efectos de preparar su propuesta económica. Tipo de licitación según presupuesto disponible Licitaciones públicas para contrataciones iguales o superiores a 100 UTM e inferiores a las 1.000 UTM. Etapas del proceso de apertura Una etapa. Publicidad de las ofertas técnicas Sí. ¿Es de simple y objetiva especificación? No. Formalización de la contratación Mediante la aceptación de la Orden de Compra. 2.1 LÍNEAS DE ADJUDICACIÓN: Ítem o Servicio a Contratar “Descubriendo mi Región, Ejerzo mis Derechos” Lugar: Puerto Río Tranquilo, Lago General Carrera, región de Aysén. Duración: 3 días / 2 noches Participantes: 15 adolescentes + 5 adultos responsables Lo anterior, según detalle descrito en bases técnicas. Presupuesto Disponible Total. $9.690.000 (nueve millones seiscientos noventa mil pesos), IVA incluido. 3. ETAPAS Y PLAZOS Publicación A partir del mismo día de dictada la resolución que apruebe las bases de licitación, totalmente tramitada. Visita a Terreno No aplica. Plazo para realizar preguntas (“foro de preguntas y respuestas”) Hasta las 18:00 horas del 4 día corrido, contado desde el día de publicación. Plazo para publicar las respuestas Hasta las 18:00 del quinto día hábil, contado desde el día de publicación. Fecha de cierre y apertura electrónica de ofertas A las 15:00 horas del décimo día corrido, contado desde la publicación de la licitación en el portal www.mercadopublico.cl. Acto de Apertura Técnica, Administrativa y Económica A las 15.01 horas del mismo día del cierre de la recepción de ofertas. Plazo estimado de adjudicación Dentro de los 10 días corridos contados desde la fecha de cierre para presentar ofertas. Nota: en caso de no cumplimiento de este plazo, se ampliará este directamente en el sistema marcadopublico.cl con la justificación respectiva. Formalización de la Contratación Mediante el envío y aceptación de la Orden de Compra. Para los efectos de esta licitación los plazos establecidos en estas bases son de días corridos y si alguno venciere en un día inhábil (sábado, domingo y festivo), se entenderá prorrogado al día hábil siguiente siendo el cierre posterior a las 15:00 horas. Con todo, el plazo que debe mediar entre la publicación efectuada en el Portal de las respuestas, aclaraciones rectificaciones o modificaciones de las Bases y, el cierre de la recepción de oferta no podrá, en ningún caso, ser inferior a tres días hábiles. Hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la Dirección Regional de Aysén del SNPE podrá modificar las presentes bases, mediante resolución totalmente tramitada, si estima que ello resulta esencial para los fines y/o el correcto desarrollo del proceso licitatorios, razón por lo cual se podrá extender el plazo fijado para el cierre de la recepción de ofertas, a fin de que los proveedores participantes puedan oportunamente formular o adecuar sus ofertas, según corresponda. 3.1. Ampliación de los plazos En el caso de que alguna de las etapas de la licitación no pudiera realizarse en los plazos señalados en el calendario general, este plazo de podrá extender hasta por un máximo de treinta (30) días hábiles, debiendo informarse dicha ampliación en el sistema de información. 4. REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR para personas naturales y jurídicas a. No hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el código penal dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. b. No hayan sido condenados por el Tribunal de defensa de libre competencia a la pedida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1 de 2004, del Ministerio de Económica Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto Ley N° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de libre competencia. c. No hayan sido condenados a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y cohecho que indica. d. No encontrarse afectos ninguna de las causales de incompatibilidad establecidas en los incisos 4° y 35° quáter de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratación de Suministros y Prestación de Servicios. e. No se encuentren afectos por la inhabilidad para contratar con el Estado. Contemplada en el Artículo 33 de la Ley N° 21.595, sobre delitos económicos. f. Tratándose exclusivamente de personas jurídicas, no hayan sido condenados por los delitos previstos en el artículo N° 27 de la Ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del código penal. g. Las personas naturales o jurídicas que hayan sido condenadas en virtud de una sentencia firme o ejecutoriada por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con alguno de los organismos sujetos a la ley ° 21.634, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones. h. Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidad por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales. Ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónima cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Agrega la Ley que la prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación. Lo dispuesto en los puntos precedentes, deberá ser acreditado por el oferente mediante “LA DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR, DISPONIBLE EN LA PLATAFORMA MERCADO PÚBLICO”. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el proponente oferte bajo la figura de Unión Temporal de Proveedores (UTP), el representante o apoderado común con poderes suficientes, acreditará en nombre del resto de las empresas que conforman la UTP la habilidad mediante “LA DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR, DISPONIBLE EN LA PLATAFORMA MERCADO PUBLICO”. 5. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS Todo oferente interesado en presentar oferta deberá estudiar cuidadosamente las bases administrativas y técnicas, debiendo informarse de todas las condiciones que de alguna manera afecte el costo del servicio ofertado, tales como permisos y licencias que deban obtenerse, las leyes o reglamentos que puedan ser aplicables, impuestos y traslados hacia SNPE, Region de Aysén, entre otros. Cualquier omisión por parte del oferente, será a su propio riesgo o sólo él será responsable en los errores u omisiones en que incurra. La oferta está compuesta por documentación administrativa, técnica y económica, las cuales deberán ser presentadas en formato digital, a través de los campos habilitados en el portal mercado público. Toda la información, deberá ser adjuntada (digitalmente) en el apartado correspondiente del portal mercado público. Además, cuando exista indisponibilidad técnica del sistema de información, circunstancia que deberá ser ratificada por la dirección de compras públicas, mediante el correspondiente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicios, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. En tal caso, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha de envío del certificado de indisponibilidad para la presentación de sus ofertas fuera del sistema de información. La Dirección Regional de Aysén del SNPE, arbitrará los medios para mantener la confidencialidad de las ofertas, en tanto ello no contravenga la obligación de publicidad y transparencia referida a los procesos de compras públicas. Las ofertas deberán tener una vigencia no inferior a 60 días desde la fecha de cierre de la licitación la oferta cuyo periodo de validez sea menos que el requerido, será rechazada de inmediato en el proceso de apertura. Si vencido el plazo señalado, precedentemente, la Dirección Regional de Aysén del SNPE, no ha realizado la adjudicación, podrá solicitar a los oferentes la prórroga de sus ofertas, los proponentes podrán ratificar sus ofertas o desistir de ellas formalizando su decisión mediante comunicación escrita a la Direccion Regional de Aysén del SPE. 5.1. Documentación Requerida: Presentar ofertas por el Sistema mercadopublico.cl Obligatorios para la Admisibilidad de la Oferta No obligatorios para la Admisibilidad de ofertas. Documentos que pueden ser solicitados por la comisión evaluadora en caso de ser omitidos por el oferente al momento de la presentación de la propuesta. Anexos Administrativos • Encontrarse hábil en el registro de proveedores • Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de www.mercadopublico.cl en el módulo de presentación de las ofertas. • Anexo 1A o 1B, Identificación del Oferente Persona Natural o Jurídica (según corresponda). • Formulario F-30 Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. • Anexo N° 6 Declaración jurada “Programa de Integridad”. El oferente deberá completar el anexo anterior y adjunta como medio verificador el programa de integridad. Quien no presente el anexo o programa antes mencionado, será calificado con Puntaje 0 en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Anexos Económicos. • Anexo 3: OFERTA ECONÓMICA. Anexos Técnicos • Anexo N° 4: Acreditación de Experiencia, Nota: Lo informado en anexo N° 5 deberá ser respaldado con la presentación de Ordenes de Compras en estado Recepción Conforme o mediante certificado de experiencias (formatos propios de los oferentes). Dichos certificados deberán indicar que oferente ha prestado servicios relacionados, en instituciones educativas reconocidas a nivel nacional (Públicas y Privadas). Debe estar claramente identificado la institución en la que ha o está prestando los servicios, la fecha en que fueron ejecutados, pudiendo los Oferentes presentar una máximo de 5 documentos que respaldan experiencia. Las cuales no podrán tener una antigüedad de cinco (5) años, validándose entonces solo documentación remitida desde el año 2020 en adelante. • Propuesta Técnica (Plan de Trabajo Detallado). • Certificación de Seguridad y Protocolos • Certificado de registro vigente en Sernatur • No será considerada para efectos de la evaluación de ofertas, documentación que no haya sido solicitada en las presentes bases. • Los anexos no deberán ser modificados. No se revisarán anexos en formato libre, salvo que las bases de licitación indiquen lo contrario. deberán ser los dispuestos en las presentes bases. • Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del sistema mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los antecedentes solicitados en el presente numeral, debidamente completados. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “comprobante de envío de oferta” dispuesto por el Sistema. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido y completitud es de responsabilidad del oferente. • En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo comprobante. • El hecho de que el proveedor haya obtenido el “comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora de ofertas. • En cualquier caso, será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. • En caso de que un proveedor incorpore en su oferta disposiciones no contenidas en las presentes bases de licitación, su propuesta será declarada inadmisible, sin perjuicio de lo dispuesto en el numeral 8.4 de las presentes bases. 5.2. Unión Temporal de Proveedores (UTP): Según lo establecido en el Artículo 180 del reglamento de compras públicas, si dos o más proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente para formar una UTP, se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma, si el documento omitido en la oferta es aquel que contiene el acuerdo para la creación de la UTP, tal omisión no podrá ser subsanada, ya que el artículo 181° del reglamento de compras preceptúa en forma explícita que dicho documento debe adjuntarse “al momento de ofertar”. Cada integrante de la Unión temporal de proveedores deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores al momento de ofertar. Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la UTP deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad. La UTP es un acuerdo en el que su suscribientes fijan libremente el alcance y las características de su participación. No obstante, resulta necesario recalcar que en el acuerdo en el que conste la UTP debe contener, al menos los siguientes elementos: - Identificación de los Integrantes - Nombramiento de un apoderado con poder suficiente - Declaración de responsabilidad solidaria de todos sus miembros; y - Determinación de su duración la cual no podrá ser inferior al tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su eventual renovación. Atendido su carácter esencialmente transitorio, se sugiere que la vigencia de la UTP se extienda únicamente por el tiempo que corresponda al proceso en que participa, incluida la vigencia total del contrato que eventualmente se adjudique (cabe advertir que la renovación o prórroga de la UTP debe materializarse con anterioridad a la fecha de término del plazo original de su vigencia). La Unión temporal de proveedores, el proveedor o cualquier otro de los miembros de dicha UTP, deberá informar inmediatamente a le entidad licitante sobre el retiro de uno o más de sus integrantes al mail compras.aysen@servicioproteccion.gob.cl. Cabe recordar que, luego del retiro de alguno de sus integrantes, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 de ellos. 5.2.1. Documentos que adicionales que deben presentar la UTP: Presentar ofertas por el Sistema mercadopublico.cl Obligatorios para la Admisibilidad de la Oferta No obligatorios para la Admisibilidad de ofertas. Documentos que pueden ser solicitados por la comisión evaluadora en caso de ser omitidos por el oferente al momento de la presentación de la propuesta. Anexos Administrativos • Cada integrante de la UTP deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores. • Copia simple del Acuerdo de UTP, suscrito por los integrantes de la UTP o sus representantes legales, de conformidad a lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886, en el cual se especifique: Las condiciones de dicha Unión Temporal de Proveedores para efectos de la presentación de la oferta, la adjudicación y la contratación. Pacto expreso de la obligación solidaria respecto del cumplimiento de las exigencias que se señalan en las presentes bases, de los contenidos de su oferta y de las normas legales pertinentes. La designación de un representante común o apoderado(a), que será el encargado de mantener las comunicaciones con el Servicio durante la realización de la licitación. - 2A Declaración Jurada Simple Para Ofertar (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en mercadopublico.cl, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta. • 2B Declaración Jurada Sin Conflictos De Interés (UTP): debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en mercadopublico.cl, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta. • Nota: Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la UTP. • 2C Declaración para Uniones Temporales de Proveedores. Este anexo solo debe ser presentado y firmado por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, del miembro de la UTP que presente la oferta. • Anexo 1A o 1B, Identificación del Oferente Persona Natural o Jurídica (según corresponda). • Formulario F-30 Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales. • Anexo N° 6 Declaración jurada “Programa de Integridad”. El oferente deberá completar el anexo anterior y adjunta como medio verificador el programa de integridad. Quien no presente el anexo o programa antes mencionado, será calificado con Puntaje 0 en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. 6. REQUISITOS Y ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO Persona Natural Encontrarse “hábil” en el Registro de Proveedores al momento de ofertas. Copia de su cédula de identidad por ambos lados. Acreditar en el Registro de Proveedores dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el sistema mercadopublico.cl Anexo 5: Declaración Jurada para Contratar. Enviar al correo compras.aysen@servicioproteccion.gob.cl con copia aofpaysen@servicioproteccion.gob.cl y rcordova@servicioproteccion.gob.cl, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el sistema mercadopublico.cl. Persona Jurídica y UTP Encontrarse “hábil” en el Registro de Proveedores al momento de ofertar Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta. Acreditar en el Registro de Proveedores dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el sistema mercadopublico.cl Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente. Anexo 5. Declaración Jurada para Contratar Enviar al correo compras.aysen@servicioproteccion.gob.cl con copia aofpaysen@servicioproteccion.gob.cl y rcordova@servicioproteccion.gob.cl, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación en el sistema mercadopublico.cl. Observaciones Si el adjudicatario no entrega y/o no tiene disponibles en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado en el plazo definido en la tabla precedente, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, el Servicio podrá seleccionar la siguiente mejor oferta. 7. GARANTÍAS. 7.1. Garantia de Seriedad de la Oferta. No se solicita, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6, artículo 52 del reglamento de compras Publica D.S. 661/2024 7.2. Garantia de Fiel Cumplimiento de Contrato No se solicita, de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 del reglamento de compras Publica D.S. 661/2024 8. APERTURA, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS 8.1 Apertura de ofertas y examen de admisibilidad administrativa La apertura de las ofertas la efectuará la Unidad de Compras de la Dirección Regional de Aysén del Servicio a través del sistema mercadopublico.cl y en una sola etapa. Posterior a este acto, la comisión evaluadora de ofertas definida en el punto 8.2 de las presentes bases administrativas revisará si el o los proponentes cumplen con los requisitos mínimos para participar, conforme a lo dispuesto los numerales 4 y 5 de las presentes bases administrativas. Para estos efectos, se podrá contar con la asesoría de Unidad Jurídica, toda vez que se requiera. Las ofertas que cumplan con estos requisitos serán remitidas a la Comisión Evaluadora. En este acto, además, la comisión evaluadora revisará la presentación de todos los requisitos obligatorios establecidos en las presentes bases, debiendo rechazar las ofertas que no cumplan con uno o más de estos requisitos, sin perjuicio de lo establecido en los numerales 8.4 y 8.5 siguientes. 8.2 Comisión evaluadora de ofertas La evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, la cual será designada mediante acto administrativo previo al cierre de las ofertas. En conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 del D.S. N° 661/2024 que establece el Reglamento de la Ley N° 19.886. Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán: • Estar involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. • Tener una cuestión litigiosa pendiente; compartir despacho profesional o estar asociado; tener amistad íntima o enemistad manifiesta; haber tenido intervención como perito o como testigo; tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar. • Haberse desempeñado en los últimos 24 meses como director, administrador, gerente, trabajador dependiente o asesor, consejero o mandatario, ejecutivo principal o miembro de algún comité, en sociedades o entidades respecto de las cuales deba tomarse una decisión. • Otras circunstancias son haber emitido opinión sobre un procedimiento de contratación cuya resolución se encuentre pendiente. • Participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. • Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados por los artículos 56 y 57 del reglamento de la ley N° 19.886. • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora. • Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones. • La Comisión Evaluadora deberá suscribir declaración jurada en que se declare la ausencia de conflicto de intereses y de confidencialidad del proceso de evaluación de oferta. En caso de que, algún miembro titular no pueda ser parte de la presente comisión, su lugar será ocupado por uno(a) de los miembros suplentes indicados en resolución que designa a los titulares y suplentes de la comisión evaluadora. Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al director del Servicio la adjudicación o deserción del proceso, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación. • Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. • Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las presentes Bases de licitación, la Ley de Compras o el reglamento de Compras Públicas; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del reglamento de Compras Públicas. • La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Servicio de Protección Especializado (SPE). • La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. • La proposición de adjudicación o deserción del proceso, dirigida al director, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación. 8.3 Consideraciones Generales 1. Sólo se admitirá una oferta por participante. 2. Se exigirá el cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 4 y 5 de las presentes bases, “Instrucciones para Presentación de Ofertas”. 3. El Servicio declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de esta entidad de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del reglamento de la ley 19.886 y en las presentes bases. 4. Los documentos solicitados por el Servicio deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en el numeral 3 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, el Servicio podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor. 8.4 Subsanación de errores u omisiones formales Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el Servicio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, no se considerándose un error formal el precio de la oferta. Las certificaciones o antecedentes que se soliciten deberán haberse producido u obtenidos con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar la oferta, y siempre que dichas rectificaciones de dichos errores u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del sistema mercadopublico.cl Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contadas desde la comunicación al oferente por parte del Servicio en el “Foro inverso” de la respectiva ficha electrónica de mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente el sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los oferentes. Nota: en caso de no tener respuesta a la solicitud, se considerará que el oferente no ha cumplido con lo solicitado. 8.5 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos El Servicio tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. Para esta solicitud se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contadas desde la comunicación al oferente por parte del Servicio en el “Foro inverso” de la respectiva ficha electrónica de mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente el sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los oferentes. Nota: - No serán parte del presente numeral la documentación obligatoria a acompañar en la oferta hasta el cierre de recepción detallada en el numeral 5 de las presentes bases. - En caso de no tener respuesta a la solicitud, se considerará que el oferente no ha cumplido con lo solicitado. 8.6 Examen de admisibilidad técnica No aplica. 8.6.1 Resumen de causales de inadmisibilidad 1. No dar cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 4 y 5 de las presentes bases administrativas. 2. Cualquier otra causal de inadmisibilidad dispuesta en las presentes bases. 8.7 Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas La evaluación de las ofertas se realizará en una etapa, utilizando criterios técnicos, económicos y administrativos. Los puntajes finales técnicos, administrativos y económicos se expresarán con puntajes entre cero y cien (0 – 100) puntos, para cada evaluación, con hasta dos decimales, conforme a lo dispuesto en la siguiente tabla: Los factores que considerar en la evaluación serán: Criterios de Evaluación Ponderación A) Oferta Económica 35% B) Experiencia del Oferente 55% C) Cumplimiento de los Requisitos Formales 5% D) Pacto o Política de Integridad 5% Total 100% a) ECONÓMICO – OFERTA ECONÓMICA (35%) En relación con la evaluación de las ofertas económicas que hayan cumplido con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, se realizará mediante la aplicación de la siguiente fórmula, conforme a lo ofertado por el proveedor en el respectivo Anexo N° 3. Formula: Puntaje: (Menor Precio, Total Ofertado / Precio en Evaluación Total Ofertado) * 100 *35% Donde: • Puntaje Oferta Económica: Puntaje total obtenido por el proveedor en evaluación. • Precio Menor: Oferta Económica más baja entre todas las ofertas en evaluación. (Valor total bruto ofertado) • Precio en Evaluación: Oferta Económica del proveedor en evaluación. (Valor total bruto ofertado) b) EXPERIENCIA DEL OFERENTE 55%: La experiencia de los oferentes se evaluará directamente con la cantidad de certificados de experiencia formato propio, u ordenes de compras en estado recepción conforme, lo anterior deberá ir en directa relación con la información declarada en anexo N° 4. No obstante, dichos certificados no podrán tener una antigüedad mayor a 5 años. Todo certificado que no indique conformidad, fecha, datos de quien firma e institución o empresa sumado a la información de contacto, no será considerado para la evaluación. La asignación de puntaje se realizará y se evaluará de la siguiente forma: Rango N° de Certificados Ponderación 1 Presenta cinco (5) certificados u órdenes de compra 100 2 Presenta entre tres (3) y cuatro (4) Certificados u órdenes de compra 60 3 Presenta entre uno (1) y dos (2) Certificados u órdenes de compra 20 4 No presenta Certificados u órdenes de compra INADMISIBLE El puntaje obtenido, se multiplicará por la ponderación del criterio de evaluación, en el siguiente sentido: Evaluación Experiencia: puntaje *55% c) CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5% El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 100 (cien) puntos. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales habiendo omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 56, del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le haya solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al artículo 56, del mismo cuerpo reglamentario, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio. EVALUACIÓN PUNTOS Cumple con la presentación completa de antecedentes 100 puntos No cumple o los acompaña con posterioridad conforme al artículo 56, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones formales, conforme al artículo 56 de dicho reglamento. 0 Puntos d) PACTO O POLÍTICA DE INTEGRIDAD 5% Se evaluará en conformidad a si quien oferta cuenta con un programa de integridad y que este sea conocido por parte de su personal, el puntaje será asignado de acuerdo con el siguiente detalle: PACTO O POLÍTICA DE INTEGRIDAD: Corresponde al conocimiento y compromiso del oferente respecto del pacto de integridad y cumplimiento con la ley N° 20.393 en cuanto a Modelo de Prevención de Delitos se refiere, en caso de que corresponda. Forma de evaluación Puntaje Personas jurídicas: Cumple con la presentación de “Anexo N°7: Declaración Jurada Simple Sobre La Integridad del Proveedor”, el cual se adjunta debidamente completado y firmado, señalando que tiene Modelo de Prevención de Delitos de la ley 20.393 conocido por dependientes y trabajadores, el cual adjunta junto a un medio de verificación del conocimiento de éste por parte de sus trabajadores como asistencia del personal en capacitación, taller o reunión. 100 puntos Personas jurídicas: No cumple, no presenta, no completa y/o no firma debidamente “Anexo N°7: Declaración Jurada Simple Sobre La Integridad del Proveedor”, y/o no acompaña o no tiene Modelo de Prevención de Delitos de la ley N° 20.393 conocido por dependientes y trabajadores 0 puntos Personas naturales u otro tipo de entidades no contempladas por la ley N° 20.393: Cumple con la presentación de “Anexo N°7: Declaración Jurada Simple sobre la Integridad del Proveedor”, el cual se adjunta debidamente completado y firmado 100 puntos Personas naturales u otro tipo de entidades no contempladas por la ley N° 20.393: No cumple, no presenta, no completa y/o no firma debidamente “Anexo N°7: Declaración Jurada Simple sobre la Integridad del Proveedor” 0 puntos 8.8 Adjudicación Se adjudicará al oferente que obtenga puntaje ponderado más alto de las propuestas mediante una resolución exenta, la que será publicada en mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitada. La Dirección Regional de Aysén del SNPE, se reserva el derecho de modificar el plazo de adjudicación de la licitación. En el evento que proceda a modificar el plazo, se publicara en el portal de Mercado Público las razones de dicha decisión y la nueva fecha de adjudicación. 8.9 Mecanismo de resolución de empates En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje en la evaluación final, quedando más de uno en condición de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la secuencia de los criterios que resulten aplicables, conforme al siguiente el orden de prelación: 1. Mejor puntaje en el criterio “Experiencia del Oferente” 2. Mejor puntaje en el criterio “Oferta Económica” 3. Mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales” 4. Mejor puntaje en el criterio “Pacto o Política de Integridad” 8.10 Resolución de consultas respecto de la adjudicación Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución que adjudica o declara desierto el proceso en el sistema mercadopublico.cl, mediante correo electrónico dirigido a compras.aysen@servicioproteccion.gob.cl con copia rcordova@servicioproteccion.gob.cl y scarcamo@servicioproteccion.gob.cl El Servicio dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. 8.11 Readjudicación Si un adjudicatario se desistiere de la presente contratación o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases, el Servicio podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, siempre y cuando no se hubiese suscrito el respectivo contrato. 8.12. Declaración de Proceso Desierto La Dirección Regional de Aysén del SNPE declarara desierta una licitación o una línea de oferta, cuando no se presenten ofertas, o si, existen ofertas, cuando ninguna de ellas sea válida o resultara inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases de licitación, o bien no se conveniente a los intereses de la institución. Asimismo, la Dirección Regional de Aysén del SNPE podrá declarar desierta una licitación cuando las ofertas no resulten convenientes a los intereses de servicio, en base a razones objetivas y no discriminatorias que deberán ser fundamentadas en la respectiva acta de evaluación y resolución. 9. RESERVA DE DERECHOS El Servicio se reserva el derecho a: a) Revocar el presente llamado a licitación pública hasta antes de adjudicar el presente proceso. b) Modificar las presentes bases, una vez que estén totalmente tramitadas, en cualquier momento, antes que venza el plazo de presentación de las ofertas, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. El Servicio evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de estas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. c) Declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio. 10. CONDICIONES CONTRACTUALES, VIGENCIA DE LAS CONDICIONES COMERCIALES, OPERATORIA DE LA LICITACIÓN Y OTRAS CONSIDERACIONES 10.1. Inhabilidades para Contratar: Ningún organismo del Estado podrá suscribir contratos administrativos con el personal del mismo organismo cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado o consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el diez por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. No podrá contratar los que no se encuentren inscritos en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado y las personas jurídicas que por resolución judicial ejecutoriada se les haya impuesto la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, de conformidad con preceptuado en el artículo 10 del artículo primero de la ley N° 20.393. 10.1 Documentos integrantes La relación contractual que se genere entre el Servicio y el adjudicatario se ceñirá a los siguientes documentos: a) Los presentes bases de licitación y sus anexos. b) Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las bases, si las hubiere. c) La oferta del adjudicatario. d) Formalización del Contrato Mediante Orden de Compra, según corresponda, con posterioridad a la dictación de la resolución que adjudica la presente licitación. Para todos los efectos, el “Contrato” se complementará junto a los antecedentes previamente señalados. Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro de los documentos señalados. Se deja constancia que se considerará el principio de estricta sujeción a las bases. 10.2 Validez de la oferta Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta por 40 días. Si se lleva a cabo una readjudicación, este plazo se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados no serán de propiedad del Servicio. Sólo serán de propiedad de este Servicio la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes, reportes e insumos que sean entregados bajo esta contratación. 10.3 Suscripción del Contrato. Monto a contratar es inferior a 1.000 UTM, se formalizara mediante la emisión de la respectiva orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor adjudicado, conforme lo dispuesto en el artículo 117 del Reglamento de Compras D.S. 661/2024 ya que, se trata de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación. Para el evento que el proveedor no de cumplimiento a lo dispuesto en la presente cláusula, vale decir la aceptación de la orden de compra en un plazo de 24 horas desde enviada, La Dirección Regional de Aysén del SPE podrá dejar sin efecto la adjudicación y, facultativamente readjudicar a la siguiente oferta mejor evaluada, situación de la cual debería dejar constancia en el portal www.mercadopublico.cl. 10.4 Vigencia de la contratación. La presente contratación tendrá una vigencia hasta la total ejecución de los servicios contratados, los cuales no podrán ser prestados, con posterioridad al 30 de enero del 2026, esto, según lo dispuesto en el numeral 2 de las presentes bases administrativas. La vigencia del contrato en caso de que este sea formalizado a través de la aceptación de la orden de compra comenzara a regir a contar de la aceptación de la orden de compra correspondiente. 10.5 Modificación o aumento del valor o del período de vigencia del contrato No aplica. 10.6 Responsabilidades y obligaciones del adjudicatario i. El adjudicatario deberá velar por la calidad y oportunidad en la entrega de los bienes o servicios, conforme a lo establecido en las presentes bases y en su oferta adjudicada. ii. Será responsabilidad del adjudicatario mantenerse habilitado en el Registro de Proveedores durante la vigencia de los servicios prestados. iii. El adjudicatario liberará de toda responsabilidad al Servicio en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual. iv. Entregar oportunamente los informes que solicite el Servicio. v. El proveedor será responsable en forma exclusiva y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores. vi. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, al momento de ser adjudicado, la Dirección Regional de Aysén, del Servicio de Protección Especializada, podrá de igual manera contratar al proveedor, para lo cual el adjudicatario deberá destinar los primeros estados de pago producto de esta licitación para regularizar dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. Esto último de acuerdo con lo establecido en el artículo N° 4 de la ley 19.886 de compras públicas. vii. Todas las obligaciones indicadas en las presentes bases. 10.7 Derechos e impuestos Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de la presente contratación, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste. 10.8 Cesión de contrato y subcontratación El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación ni en la posterior ejecución del convenio de suministro adjudicado. La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término de los servicios, sin perjuicio de las acciones legales que procedan ante esta situación. El Servicio Si autoriza la subcontratación, debiendo informa y acreditar todos los antecedentes técnicos solicitados en las respectivas bases técnicas, 10 días previo a la ejecución del servicio. De acuerdo con lo estipulado en el artículo 128, párrafo segundo, el adjudicatario deberán indicar a más tardar, cuando inicie la ejecución de éste, la parte del contrato que tengan previsto subcontratar, su importe y el nombre o razón social del subcontratista hábil en el Registro de Proveedores. Lo anterior, teniendo presente que no será admisible la subcontratación, Si excede el treinta por ciento del monto total del contrato. 10.9 Efectos derivados de incumplimientos del adjudicatario 10.9.1 Multas El Servicio estará facultado para aplicar multas, siempre y cuando las causas de incumplimiento del contrato no sean inimputables al contratista o por motivos de fuerza mayor acreditadas por la Contraparte Técnica del Servicio: MULTAS Incumplimiento Multa Tope Forma de cálculo 1) No prestar el servicio en las fechas acordadas. 1UTM 3 UTM Por evento. 2) Incumplimiento en una, parte o todos los requisitos técnicos solicitados en las bases técnicas. 1UTM 3 UTM Por cada incumpliendo informado por la Contraparte Técnica 3) Por retraso en los horarios acordados en cada salida, mayor a 1 hora. 1 UF 6 UF Por cada hora de Atraso. 4) Por incumplir y no contar con seguro de asistencia en viaje para NNA previo al inicio del servicio. 2 UTM 10 UTM Por evento. 5) trato indigno a los usuario, niños, niñas y adolescentes, del cual que hayan tomado conocimiento la Dirección Regional del Servicio de Protección Especializada Aysén, por reclamo de los afectados. Discriminar por razones de sexo, orientación sexual, etnia, raza, religión, condición física o mental, nivel socioeconómico, ideología, afiliación política o sindical, cultura, nacionalidad, edad o Información genética. Falta de respeto y trato grosero. 3 UTM 12 UTM Por evento 6) Si el adjudicatario o su personal comete la acción de tomar, divulgar, publicar fotografías de los Niños, Niñas y Adolescentes que asistan a las actividades, así como divulgar algún tipo de información o dato personal de los NNA que se hayan proporcionado para el desarrollo de las actividades. 4 UTM 12 UTM Por evento (la presente multa se considera grave y faculta al servicio a evaluar el termino anticipado del contrato. 7) Cambio de personal a cargo del paseo o actividad sin previo aviso. entendiéndose como personal el Conductor y Guía turístico. Teniendo presente que de existir cambio, debe presentarse toda la documentación para ser autorizada por el Administrador de Contrato. 3 UTM 12 UTM Por evento 8) Cambio de lugar de estadía, sin aviso y aprobación de la contraparte técnica del servicio. 3 UTM 12 UTM Por evento 9) conductor con aliento alcohólico, o estado de ebriedad. 3 UTM 12 UTM Por evento 10.9.2 Reglas comunes a todas las multas: i. Las multas no podrán exceder el 10% del valor del contrato. En tal caso se pondrá término anticipado a él. ii. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de esta entidad de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. iii. No procederá el cobro de las multas señaladas en este numeral, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los artículos 45 y 1.547 del Código Civil el cual será calificado como tal por el Servicio, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir. 10.9.3 Término anticipado del contrato El Servicio está facultado para declarar administrativamente el término anticipado del contrato siguiendo el procedimiento dispuesto en el numeral 10.10 de las presentes bases, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el contratista, si concurre alguna de las causales dispuestas en las bases y/o que se señalan a continuación: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor, definidas estas como multas graves en las presentes bases administrativas. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial de las obligaciones contractuales descritas en las presentes bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere al Servicio perjuicio en el cumplimiento de sus funciones y, cuando sea imputable a éste. 4. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de la ley de compras públicas. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de ya mencionado reglamento. 5. El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. 8. Si el contratista se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor. 9. Si el contratista, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no observaren el más alto estándar ético exigible durante la ejecución de los servicios y propiciaren prácticas corruptas, tales como: a. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del Servicio, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y esta entidad. b. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación. c. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del Servicio. d. Conductor con aliento alcohólico, o estado de ebriedad. 10. Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes bases. 11. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias: e. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. f. En caso de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. g. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. h. Disolución de la UTP. 12. En el caso de infracción de lo dispuesto en la cláusula sobre “Cesión de contrato y Subcontratación”. 13. En caso de la aplicación de multas por incumplimiento del contrato que superen el 10% del valor de este. 14. El oferente se obliga a asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de toda la documentación que presente para la presente licitación, incluidos sus estados de pago. Por lo anterior, en caso de acreditarse el incumplimiento de esto el servicio procederá con el termino unilateral del contrato. 15. Por cualquier otra causal dispuesta en las presentes bases de licitación. La resolución que disponga el término anticipado del Servicio definitivo o su modificación deberá ser fundada y publicarse en el Sistema de Información Mercado Público, a más tardar dentro de las veinticuatro (24) horas de dictada. Además, deberá notificarse al proveedor (a) mediante el módulo de gestión de contrato, dispuesto por la Dirección de Compras y Contratación Publica en el portal de Mercado Público. En caso de terminar anticipadamente el contrato, el Servicio se reserva el derecho de aplicar lo dispuesto en el Artículo 8 Quáter de la Ley de Compras 19.886, cuando corresponda o llamar a una nueva Proceso de Compra para proveer el servicio. 10.9.4 Resciliación o término de mutuo acuerdo Sin perjuicio de lo anterior, el Servicio y el respectivo adjudicatario podrán poner término a la contratación en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. 10.10 Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa o que constituya una causal de término anticipado, con excepción de la resciliación, este Servicio, a través de la Unidad de Compras, en virtud de la información entregada al respecto por la Contraparte Técnica (mediante respectivo informe técnico), notificará inmediatamente de ello al contratista, mediante el aplicativo “gestión de contratos” del Sistema de Información (mercadopublico.cl), informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. El proveedor podrá presentar descargos. 10.10.1 Descargos a las medidas derivadas de incumplimientos El contratista podrá realizar descargos respecto de la posible aplicación de la multa o término anticipado del contrato, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten, mediante el aplicativo “gestión de contratos” del Sistema de Información, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles, contados desde la notificación de la multa o sanción. En dichos descargos deberá informar sobre las causas que ocasionaron a juicio del contratante, la deficiencia y qué procedimiento se utilizó para superar la situación, ya sea intentando evitar o disminuir la deficiencia. 10.10.2 Resolución de los descargos a las medidas derivadas de incumplimientos La Contraparte Técnica Emitirá un informe técnico, que servirá de sustento junto a los demás antecedentes para efectos de que la unidad jurídica en conjunto con la contraparte técnica resuelva, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles, contados desde la fecha de recepción de los descargos; sobre la aplicación de la multa o término anticipado del contrato, para lo cual, según su criterio, determinará si la justificación del contratista procede o no, y en qué grado puede ser considerada procedente. 10.10.3 Rechazo de los descargos El rechazo total de los descargos significará cursar la multa o término anticipado del contrato, según corresponda. Se aplicará este procedimiento cuando la deficiencia sea responsabilidad directa y total del contratista y la justificación utilizada por éste sea considerada técnicamente improcedente, es decir, que dicha justificación no se acepta. Esto significa que, no existiendo impedimento para la aplicación cabal del contrato, si el contratista lo hubiere aplicado como indican las bases y contrato, la deficiencia no hubiese producido. 10.10.4 Aceptación de los descargos La aceptación total de los descargos significará desestimar completamente la aplicación de la multa o término anticipado del contrato, según corresponda. Se aplicará este procedimiento cuando se considere que la ocurrencia de la deficiencia no es responsabilidad directa y total del proveedor, sino que obedece a situaciones que escapan completamente a su control, aun cuando aplicare medidas de disminución de efectos negativos. 10.10.5 Aplicación de multa o término anticipado del contrato La Contraparte Técnica Emitirá un informe técnico, que servirá de sustento junto a los demás antecedentes para efectos de que la unidad jurídica en conjunto con la contraparte técnica resuelva de la procedencia o no de los descargos. Dicho informe, será remitido al director regional quien resolverá respecto de su aceptación, rechazo total y procedencia final de la aplicación de la multa o el término anticipado del contrato, y remitirá los antecedentes a la Unidad de Compras para que elabore el acto administrativo correspondiente, el cual deberá ser aprobado previamente por la Unidad Jurídica de la Dirección Regional de Aysén.. 10.10.6 Impugnación Se podrá reclamar de su aplicación al director regional dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación, quién resolverá, en definitiva, la reclamación presentada, acogiendo los fundamentos dados por el adjudicatario o bien los rechazándolos, confirmando la multa o sanción respectiva. 10.10.7 Pago de multas Las multas podrán hacerse efectivas con cargo a: a) Transferencia a la cuenta del Servicio. b) Los estados de pago que estuvieren pendientes de la ejecución del servicio. c) Cobro de documento de garantía de fiel cumplimiento de contrato si existiere. Para efectos del cobro de la multa, el valor de la UTM que se tomará en consideración será la de la fecha de la resolución exenta que dispone aplicación de la multa. En el caso que se hayan deducidos los recursos previstos en la ley N.º 19.880, la fecha de la UTM que se considerará será al día en que la resolución exenta mencionada quede firme. 10.11 Del pago: El Servicio pagará en un plazo de 30 días desde realizada la recepción conforme del servicio adjudicado. Posterior a la entrega de la Recepción Conforme realizada por la Contraparte Técnica de la Dirección Regional del SNPE Aysén. dicha factura deberá detallar los servicios otorgados y precios. Antes de emitir el Documento Tributario Electrónico (DTE), el proveedor deberá hacer llegar de forma previa los siguientes antecedentes: 1. Certificado de Habilidad en el Registro de Proveedores del Estado, en estado hábil. 2. Documento que acredite el Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Ley de Subcontratación) de la Dirección del Trabajo, en el que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores que se desempeñan en la contratación del servicio. 3. Planillas de pago de cotizaciones previsionales. 4. Copias de las liquidaciones de sueldo debidamente firmadas por los trabajadores. 5. Registro de Asistencia. 6. Contratos y/o finiquitos si existiesen en el periodo. 7. Boleta de Honorarios 8. El informe de Actividades / Trabajos ejecutados por el contratista. Posterior al envío de los antecedentes antes mencionados, el adjudicatario deberá verificar en la Plataforma Mercado Publico Que la orden de compra se encuentre en estado RECEPCIÓN CONFORME de la Contraparte Técnica del respectivo hito de pago. Con todos los antecedentes antes descritos el Adjudicatario deberá emitir Los DTE a nombre del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, RUT Nº 62.000.890-7, a través de la plataforma del Servicio de Impuestos Internos (SII) y deberá indicarse en la referencia (campo 801) el ID de la Orden de Compra (OC). Si utiliza un sistema de facturación electrónico distinto al del SII deberá asegurarse que este realice el envío del DTE en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com. Cumpliendo lo anterior, el pago se realizará dentro de los treinta (30) días corridos siguientes. Contados desde la emisión y aceptación de dicho documento. En caso de no cumplir con alguna de estas condiciones, la factura será reclamada. El procedimiento de la emisión del respectivo documento tributario y posterior pago podrá ser modificado en caso de que la autoridad pertinente así lo disponga. NOTA: - En caso de que el Adjudicatario no acredite oportunamente el cumplimiento de las obligaciones detalladas en los numerales 3, 4, 5 y 6 con aquellos trabajadores contratados bajo la modalidad contrato del trabajo, el Servicio podrá retener parcial o totalmente los pagos que tenga a favor de éste y pagar con ellos a los trabajadores o institución previsional acreedora y/o hacer efectiva el documento de garantía cuando existiere. - Caso contrario, cuando los trabajadores dispuestos para la prestación del servicio sean “contratados” bajo la modalidad de Honorarios (Prestación de Servicios) deberá dar cumplimiento con estipulado en el numeral 7, juntamente el cumplimiento del resto de los puntos y/o antecedentes descritos precedentemente que le sean aplicables. 10.12 Comportamiento ético del adjudicatario El adjudicatario que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución de la contratación, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III, sobre “Probidad Administrativa”, de la ley N° 18.575. 10.13 Confidencialidad El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del convenio de suministro, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato. El adjudicatario, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución de la contratación, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes y actividades propias relacionadas con el desarrollo de los servicios. El adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose esta entidad el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida. La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que esta entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada. Solo podrán tener acceso a los sistemas aquellas personas autorizadas por la contraparte del Servicio, en los términos que ésta determine y se entenderá que existe prohibición de acceso a todo otro sistema, información y equipos que no estén comprendidos en la autorización. Si el personal del proveedor que recibe la autorización de acceso utiliza equipos propios, deberán individualizarse previamente 10.14 Normas laborales, saldos insolutos de remuneraciones y cotizaciones de seguridad social El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo. Durante la vigencia del respectivo servicio el adjudicatario deberá acreditar cada 6 meses (si aplica) que no registra saldos insolutos de obligaciones laborales y sociales con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. En consecuencia, el Servicio podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, al momento de ser adjudicado, la Dirección Regional de Aysén, del Servicio de Protección Especializada, podrá de igual manera contratar al proveedor, para lo cual el adjudicatario deberá destinar los primeros estados de pago producto de esta licitación para regularizar dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses. Esto último de acuerdo con lo establecido en el artículo N° 4 de la ley 19.886 de compras públicas. Esta entidad exigirá que el adjudicatario proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario dará derecho a terminar la relación contractual, conforme a las disposiciones contenidas en las presentes bases, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. 10.15. Pacto de Integridad El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: • El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta. • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. • El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 10.15.1. Obligaciones de Reserva El contratante acreditado, sólo podrá utilizar la información proporcionada por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, para los efectos de dar cumplimiento a los fines propios del presente contrato, quedando prohibido todo uso distinto del señalado. En dicho entendido, el contratante acreditado, deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes o información que el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia le proporcione con motivo del presente contrato, no pudiendo hacer uso de éstos para fines ajenos al mismo, y en consecuencia, no podrá, a cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, Modificar, dañar inutilizar, destruir, en todo o parte esta información, ya sea durante la vigencia del contrato, como después de su término. Esta prohibición afecta al contratante, al personal que labora en distintas calidades jurídicas, que se encuentre al contrato, en todas sus etapas, incluso después de la expiración de este. El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia quedará liberado de toda responsabilidad por el uso indebido que el contratante pueda dar a la información, reservándose el derecho a ejercer todas las acciones legales tendientes a demandar el reembolso de las sumas a las que eventualmente sea obligado a pagar como consecuencia de lo anterior, más la indemnización de los perjuicios que se hubieren ocasionado. 10.16. Domicilio y jurisdicción Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas bases, así como de los que se deriven de la prestación de los servicios, según corresponda, las Partes fijarán domicilio en la ciudad de Coyhaique y prorrogarán la competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia. 10.17. Inhabilidades para trabajar con menores de edad En el caso de que el personal del adjudicatario deba ingresar a dependencias del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, se les podrá solicitar presentar su cédula de identidad y certificado de inhabilidad para trabajar con menores de edad al momento previo de su ingreso. Será responsabilidad del adjudicatario contar con dicho certificado, el que puede ser consultado en el registro de dichas inhabilidades dispuesto por el Servicio de Registro Civil e Identificación de acuerdo con lo señalado por la ley N° 20.594 y su reglamento. 11. CONTRAPARTES TÉCNICAS Para facilitar la coordinación entre las partes y el buen desarrollo de los servicios contratados, se deberá considerar un contacto permanente entre el adjudicatario y la Contraparte Técnica del Servicio este último denominado Administrador de Contrato durante el período de vigencia del contrato. 11.1 Administrador de Contrato de la Dirección Regional de Aysén: Actuará como Administrador de Contrato, y encargado de llevar toda la parte operativa y cotidiana con el proveedor, la Nutricionista de Soporte de la Residencia Familiar de AA.DD, de la Dirección Regional de Aysén del Servicio, o quien lo subrogue o reemplace, en asesoría del Coordinador de Contrato de la Unidad de Compras de la Dirección Regional de Aysén del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, o quien ella designe para tales efectos. Serán funciones del Administrador de Contrato: • Citar al contratista a una primera reunión de coordinación del contrato a ejecutar. De esta reunión, la Contraparte Técnica del Servicio levantará un Acta de Inicio. • Fiscalizar el estricto cumplimiento del contrato. • Mantener actualizado un archivo o carpeta con la totalidad de los antecedentes del contrato. • Notificar y proporcionar al Contratista toda la información disponible y la asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo. • Notificar al Contratista y al Jefe de la Unidad de Compras o quien subrogue o reemplace a este último, de cualquier incumplimiento de sus obligaciones contractuales. • Adoptar decisiones a efectos de dirimir cuestiones, diferencias, orientaciones y precisar lineamientos, entre los equipos externos e internos. • Solicitar antecedentes al contratista de los trabajadores que disponga para la ejecución de los servicios: o Certificado de antecedentes para fines especiales. o Copia de la Cedula Identidad. o Certificado de Inhabilidades para trabajar con menores de edad. o Certificado de inhabilidad para condenados por delitos sexuales contra menores de edad o Toda la documentación requerida del personal a cargo, mas documentación de conductor y vehículo, según lo detallado en bases de licitación. • Realizar la recepción conforme, cuando corresponda, para el pago de los servicios, previa verificación de las multas a que hubiere lugar. • La recepción conforme deberá venir acompañada de los antecedentes, descritos en el numeral 10.11 “Del Pago” sumando: o Informe de trabajos ejecutados por el contratista y otros antecedentes que el Administrador de Contrato considere pertinente incorporar y respalden la Recepción Conforme. • En general, desarrollar todas las acciones referidas al control y gestión que faciliten la ejecución del contrato y la coordinación interna del Servicio. 11.2 Contraparte adjudicatario: El/la Supervisor/a deberá individualizarse en el Anexo 4, con los respectivos datos de contacto y constituirá la contraparte técnica del contratista, pudiendo ser parte del equipo de trabajo propuesto para la presente licitación. Serán responsabilidades del contratista y del/la Supervisor/a: - Cumplir cabalmente con todos los compromisos suscritos con el Servicio, asegurar el estándar de los servicios que, en las presentes bases se han dispuesto. - Ejecutar los servicios de manera coordinada con la Contraparte Técnica del Servicio y conforme a las instrucciones específicas que esta le imparta para el mejor logro de los objetivos. - Participar y estar disponible para todas las instancias de reunión y coordinación que solicite la Contraparte Técnica del Servicio y las mesas de trabajo que se requieran para efectos del desarrollo y ejecución de las actividades a ejecutar, tanto con actores internos y como, eventualmente, externos al Servicio. - Presentar los informes que, en sus señas y descripciones, les hayan sido encomendados por la Contraparte Técnica del Servicio. - Responder en todo momento a los requerimientos de información, reuniones y otros que le solicite la Contraparte Técnica del Servicio. En el caso de las reuniones, podrán participar en ellas otros profesionales de interés ligados a la materia objeto de los servicios y de otros oferentes adjudicados, si corresponde, cuando se requiere unificar criterios mancomunados para la mejor ejecución de los servicios. - El resto de las funciones dispuesta en las bases técnicas. NOTA: en caso de que, por causas no imputables al contratista, este deba modificar al/la Supervisor/a, se deberá comunicar de esta situación por escrito a la Contraparte Técnica del Servicio.
Bases Técnicas
CAPÍTULO II: BASES TÉCNICAS PROGRAMA TURÍSTICO EDUCATIVO – “DESCUBRIENDO MI REGIÓN, EJERZO MIS DERECHOS” RESIDENCIA FAMILIAR PARA ADOLESCENTES, COYHAIQUE SERVICIO NACIONAL DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA 1- ANTECEDENTES Y OBJETIVO El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia busca favorecer el desarrollo integral de adolescentes bajo su protección, mediante una experiencia educativa y recreativa en la Región de Aysén. Esta iniciativa se enmarca en el Concurso de Vinculación con la Comunidad 8% FNDR 2025. Todo esto a través de un viaje significativo por la Carretera Austral Sur, con fines educativos, culturales y de esparcimiento. 2- DETALLE DE LOS SERVICIOS A CONTRATAR Nombre del Programa: “Descubriendo mi Región, Ejerzo mis Derechos” Lugar: Puerto Río Tranquilo, Lago General Carrera. Duración: 3 días / 2 noches Participantes: 15 adolescentes + 5 adultos responsables (total 20 personas). Actividades principales: • Traslado desde residencia familiar Coyhaique hasta Lugar de pernoctación (ida y vuelta) incluye box lunch + traslado a todas las actividades dentro de los 3 días. • Pernoctación para 15 adolescentes y 5 adultos funcionarios de RFA. (habitaciones para 4 personas con baño individual) • Navegación en kayak a las Capillas de Mármol • Trekking por senderos del Lago Chelenko • Baños en tinajas calientes • Incluye todos los servicios de alimentación (desayuno, almuerzo, once, cena y colaciones en viaje de ida y en viaje de vuelta). • Visita a huertos locales. • Visita a pinturas rupestres y monumentos nacionales Día 1 • Traslado desde Coyhaique a Puerto Río Tranquilo (incluye box lunch) • Trekking por senderos de parques ubicados en localidad • Visita a huerto e invernaderos • Cena y actividades recreativas Día 2 • Kayak a Capillas de Mármol • Almuerzo en Bahía Mansa • Tinajas calientes frente al lago • Cena y fogata. Dia 3 • Visita a Cerro Castillo y Alero de las Manos • Picnic o box lunch y regreso a Coyhaique Servicios Incluidos • Alojamiento con calefacción, habitaciones para 4 o 5 personas con baño individual. • Todas las comidas (incluye opciones vegetarianas/veganas) • Transporte privado • Tinajas de agua caliente • Equipamiento completo para actividades (Kayak, trekking) • Entradas a parques o reservas naturales • Seguro de viaje, solamente para 15 niños, niñas o adolescentes (NNA). • Staff profesional y guías certificados • Plan de seguridad integral Nota: (la documentación (certificación y plan), deberá presentar en reunión de coordinación el proveedor adjudicado) 3- REQUERIMIENTOS OBLIGATORIOS Los servicios contratados deberán contar con todas las medidas de seguridad correspondientes, incluyendo al menos el siguiente Plan de Seguridad: • Sistema de radio comunicación y botiquín de primeros auxilios. • Personal capacitado en primeros auxilios y rescate. • Protocolos de evacuación y contingencia claramente establecidos. • Supervisión permanente por parte de adultos responsables. • Cumplimiento de la normativa de seguridad marítima vigente, según lo establecido por la Armada de Chile. • Equipamiento certificado, tales como chalecos salvavidas y kayaks con certificación correspondiente. 4- ANTECEDENTES OBLIGATORIOS 4.1. De la Empresa todos obligatorios para la Admisibilidad de la Oferta. Los oferentes deberán incorporar obligatoriamente los siguientes antecedentes y documentos, en el marco de la postulación al Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) 8% del Gobierno Regional de Aysén: a- Plan de Trabajo Detallado, incluyendo en este Identificación del responsable del Programa Incluye itinerario de 3 días y 2 noches, con actividades como kayak en el Santuario Capillas de Mármol, trekking, baños en tinajas calientes, actividades de aprendizaje y visitas culturales. El plan contempla alojamiento, alimentación completa, transporte privado, y medidas de seguridad. b- Acreditar experiencia del oferente, mediante la presentación de certificado N°4 y documentación que respalde lo acreditado. La experiencia deberá ser acreditada en instituciones educativas reconocidas a nivel nacional (Públicas o Privadas). c- Certificación de Seguridad y Protocolos El proveedor debe contar con un plan de seguridad integral que incluye radio comunicación, botiquín, protocolos de evacuación, guías certificados y cumplimiento de normativas de navegación de la Armada de Chile. Adjuntar documentación de respaldo. d- Certificado de registro vigente en Sernatur. 4.2. Del Personal: • Curriculum Vitae que acredite experiencia superior a 2 años del personal que pondrá a disposición para el desarrollo de las actividades. • Certificado para efectuar actividades de turismo aventura de servicio guiado y arriendo de kayaks (canotaje) • Certificado de curso de primeros auxilios • Certificado de Antecedentes • Certificado de inhabilidad para condenados por delitos sexuales contra menores de edad • Certificado de Inhabilidad para trabajar con menores de edad. • Vehículo de traslado debe contar con permiso de circulación y revisión técnica al día • Chofer debe presentar certificado de Inhabilidad para trabajar con menores de edad. • Licencia de Conducir, clase A1 (antigua), A2 o A3 (se deberá presentar copia legible). NOTA: TODA DOCUMENTACIÓN DEL PERSONAL DEBERÁ SER PRESENTADA EN PRIMERA REUNIÓN DE COORDINACIÓN E INICIO DE CONTRATO.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.