ARTÍCULO N°35 RESOLUCIÓN DE EMPATE: En caso de que, al sumar todos los criterios por cada oferente evaluado, se produjese un empate en el total de la ponderación, se desempatará a partir de los siguientes criterios en orden de aplicación sucesiva y excluyente:
1º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Precio”.
2º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Evaluación Unidades Clínicas”.
3º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Cumplimiento Requisitos Técnicos”.
4º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Cumplimiento Requisitos Informáticos”.
5º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Comportamiento Previo”.
6º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Programa de integridad”.
7º. El oferente mejor evaluado en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Administrativos”
En el eventual caso que persista el empate resultará adjudicada la oferta que haya sido ingresada primero al portal www.mercadopublico.cl.