Licitación ID: 3649-11-LR26
Servicio de Mantención y poda de Árboles en Plazas Áreas Verdes y Zonas de Equipamiento en Comuna de Quilleco.
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE QUILLECO
Fecha de Cierre: 13-05-2026 16:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 29 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Servicios de sembradío o mantenimiento de parques 1 Unidad
Cod: 70111713
Servicio de Mantención y poda de Árboles en Plazas Áreas Verdes y Zonas de Equipamiento en Comuna de Quilleco. Según Bases, Especificaciones y Anexos que se adjuntan.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de Mantención y poda de Árboles en Plazas Áreas Verdes y Zonas de Equipamiento en Comuna de Quilleco.
Estado:
Publicada
Descripción:
Servicio de Mantención y poda de Árboles en Plazas, Áreas Verdes y Zonas de Equipamiento en Comuna de Quilleco.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Ilustre Municipalidad de Quilleco
R.U.T.:
69.170.400-9
Dirección:
J. M. CARRERA N° 460
Comuna:
Quilleco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 13-05-2026 16:00:00
Fecha de Publicación: 13-04-2026 11:12:33
Fecha inicio de preguntas: 13-04-2026 16:00:00
Fecha final de preguntas: 16-04-2026 15:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 17-04-2026 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 13-05-2026 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 13-05-2026 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 29-05-2026 17:30:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita a Terreno 15-04-2026 10:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- INCLUIR SEGUN PUNTO N°11.1 DE LAS BASES ADJUNTAS. 11.1.1 Anexo Nº 1: Identificación del Oferente. 11.1.1.1 Persona Natural, copia cédula nacional de identidad y documentación tributaria que acredite el giro que faculta el desarrollo y/o ejecución de las actividades económicas licitadas 11.1.1.2 Persona Jurídica, documentación tributaria que acredite el giro que faculta el desarrollo y/o ejecución de las actividades licitadas y certificado de vigencia de la sociedad otorgado por el CBR respectivo o por el Ministerio de Fomento y Turismo, con el fin de verificar vigencia y representante legal de la empresa. Este documento deberá ser de una data no superior a 30 días desde la fecha de cierre de ofertas. 11.1.2 Anexo Nº2A: Declaración jurada única 11.1.3 Anexo N°2B: Declaración Jurada Simple para contratar (Art. 4° Ley N.º 19.886): que indique si adeuda o no, remuneraciones o cotizaciones previsionales a trabajadores, al momento de presentar su oferta 11.1.4 Certificado Dicom Laboral o Certificado de la Dirección del Trabajo con una antigüedad máxima de 30 días al momento del cierre de la licitación. En el caso de la UTP todos los integrantes deben acompañar dicho certificado. 11.1.5 Anexo N°3: Experiencia del oferente, si las hubiera, en mantención de áreas verdes que considere entre otras actividades; podas de árboles, mejoramiento y mantención de áreas verdes, riego o limpieza desarrollados durante los últimos 10 años. Cada servicio de esta nómina deberá ser validadas con certificados de experiencia de organismos públicos o privados. Estos certificados deberán ser emitidos por Direcciones de obras, organismos públicos, representantes legales o, en su defecto, la persona autorizada para emitir el documento, el oferente deberá indicar el tipo de proyectos y tiempo de experiencia. En cuanto a los certificados de experiencia emitidos por empresas privadas, estos deberán acompañarse de los contratos respectivos para su comprobación. Ambas certificaciones de experiencia (pública y privada) deben indicar claramente nombre y firma de quien suscribe, también deben identificar claramente: Nombre de la localidad, sector o Comuna, superficie de áreas verdes en mantención en M2 y el monto contratado. La no acreditación de experiencia no excluye la oferta, solo afectará la evaluación que obtendrá en este Ítems. SI EL OFERENTE PRESENTASE CERTIFICADOS SIN ESTA INFORMACIÓN, NO SERÁN CONSIDERADOS COMO EXPERIENCIA EN LA ETAPA DE EVALUACIÓN. La experiencia para acreditar debe ser la del oferente: Si es persona natural deberá ser “su” experiencia en este tipo de proyectos y si el oferente es persona jurídica – sociedad o empresa– la experiencia debe ser de esta persona jurídica, no la de algún profesional o de su representante legal, considerado como persona natural. En el caso de la Uniones Temporales de Proveedores deben presentar conjuntamente con su oferta, la experiencia de todas o de solo algunas de las empresas que la integran, según cuál sea la modalidad más ventajosa para los efectos de la evaluación de su oferta 11.1.6 Aclaraciones, preguntas y respuestas, que se hubieren realizado a través del portal debidamente firmadas por el oferente en señal de aceptación, si las hubiesen, aunque el oferente no las hubiere emitido debe igualmente adjuntarlas a los antecedentes de su oferta. 11.1.7 Copia de la Patente Municipal al día. En el caso de UTP, deberán presentar la de todos los integrantes.
Documentos Técnicos
1.- INCLUIR SEGUN PUNTO 11.2 DE BASES ADJUNTAS. 11.2.1 Anexo 4: Programas de Trabajo, dentro del cual se debe indicar la programación mensual de las actividades a realizar, de acuerdo, a lo indicado en las bases técnicas en el punto 4.1 a. Programa de Aseo b. Programa de Riego. c. Programa de corte de Césped y Poda. d. Programa de mantención de mobiliario urbano y juegos infantiles. e. Programa del retiro de todo árbol o ganchos que revista peligro para la Comunidad. Lo anterior deberá ser presentado antes del inicio del contrato y visado por el I.T.S, en formato propio del oferente. Estos programas deben diferenciar los trabajos a realizar en las distintas estaciones del año. INCLUIR SEGÚN BASES TÉCNICAS ADJUNTAS.
 
Documentos Económicos
1.- INCLUIR SEGUN PUNTO 11.3 DE BASES ADJUNTAS. 11.3.1 Anexo Nº5: Detalle de Condiciones de Empleo y Remuneración. Anexo N°6: Detalle de equipo de trabajo 11.3.2 Anexo Nº7: Formulario de Oferta Económica. debiendo indicar valor neto, IVA y total, el formulario se debe presentar debidamente firmado por el representante legal según corresponda. (obligatoria) En general, los documentos solicitados en el presente punto no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase, debiendo utilizarse idealmente los formatos publicados por la Municipalidad en el portal, en el caso de incumplimiento de lo anteriormente indicado, quedara fuera de bases. El valor de la oferta deberá coincidir con el valor total que determine la suma de los presupuestos del valor detallado por servicio. Sin embargo, el valor de la oferta para ingresar a Mercado Público deberá ser valor total NETO Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso o guardado por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. La Municipalidad se reserva el derecho de ampliar los plazos y cierre de recepción de ofertas, en tal caso se dictará Decreto Alcaldicio y se comunicará a través del mismo medio de lo obrado. 11.3.4 Anexo N°8: Formulario de Valores Adicionales o Trabajos Extraordinarios, Se complementa la información antes mencionada con los anexos que alguno de los oferentes propusiera en las preguntas y aclaraciones, previa autorización de la unidad requirente. La Municipalidad de Quilleco, podrá dar por presentados aquellos antecedentes que se encuentren disponibles y vigentes en el Registro de Proveedores del Estado (Chileproveedores). Además, podrá consultar aquellos registros de carácter público a los cuales tenga acceso, y que a su juicio sean necesarios. En general, los documentos solicitados en el presente punto no podrán presentar enmendaduras de ninguna clase, debiendo utilizarse los formatos publicados por la Municipalidad en el portal. El valor de la oferta deberá coincidir con el valor total que determine la suma de los presupuestos detallados. Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso o guardado por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente. El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. La Municipalidad se reserva el derecho de ampliar los plazos y cierre de recepción de ofertas, en tal caso se dictará Decreto Alcaldicio y se comunicará a través del mismo medio de lo obrado.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Valor Ofertado SEGÚN PUNTO N°21 DE BASES ADJUNTAS. 45%
2 Experiencia Oferente SEGÚN PUNTO N° 21 DE BASES ADJUNTAS. 35%
3 Condiciones de empleo y remuneraciones SEGÚN PUNTO N° 21 DE BASES ADJUNTAS. 20%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 387500000
Justificación del monto estimado El presupuesto máximo disponible, expresado en moneda nacional, para la ejecución del presente contrato asciende a una estimación mensual de 12.500.000.- doce millones quinientos mil pesos, IVA incluido, por un período de 31 meses, lo que implica un m
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Dicho presupuesto comprende íntegramente el Impuesto al Valor Agregado, los eventuales aumentos proyectados de áreas verdes, los reajustes por variación del Índice de Precios al Consumidor IPC durante la vigencia del contrato
Tiempo del Contrato 31 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: WASHINGTON RIOSECO GUTIERREZ
e-mail de responsable de pago: finanzas@municipalidadquilleco.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE QUILLECO
Fecha de vencimiento: 14-09-2026
Monto: 1 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta de la licitación ‘SERVICIO DE MANTENCIÓN Y PODA DE ÁRBOLES EN PLAZAS, ÁREAS VERDES Y ZONA DE EQUIPAMIENTO DE LA COMUNA DE QUILLECO’”.
Forma y oportunidad de restitución: DEVOLUCION DE GARANTIA La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de diez días contados desde la notificación de la resolución que declare la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, en la forma que se señale en las Bases de licitación, de acuerdo a lo establecido en el artículo N°53 del decreto 661. Por su parte, al oferente adjudicado le será devuelta una vez que presente la Boleta de Fiel Cumplimiento del contrato y que firme el contrato correspondiente.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE QUILLECO
Fecha de vencimiento: 28-03-2029
Monto: 5 %
Descripción: Esta garantía podrá ser cobrada por la Municipalidad, ante cualquier incumplimiento grave del contrato acreditado por los profesionales de la Municipalidad. A su vez, si el contratista cumple a cabalidad, la devolución de esta garantía será solicitada por escrito y previa recepción provisoria conforme de la obra y cumplido el plazo de la garantía. La Unidad Técnica se obliga a solicitar al oferente que mantenga vigente las garantías desde el inicio hasta la liquidación del contrato y no se aceptarán garantía tomadas por terceros. El contratista estará obligado a mantener los documentos de garantías vigentes o realizar el reemplazo de estos cuando sea necesario incorporar modificación de contrato o ampliaciones de plazo convenidos. Estas deberán ser ingresadas a la Unidad Técnica de acuerdo a los reglamentos propios de esta. La Garantía por Fiel Cumplimiento de Contrato y Obligaciones Previsionales y Sociales, se hará efectiva en los siguientes casos: ● La declaración de quiebra o el estado notorio de insolvencia del contratista, se considerará especialmente notoria insolvencia el no pago de las cotizaciones previsionales y obligaciones sociales de cada uno de los trabajadores del contrato, durante un período continuo o discontinuo superior a 3 meses. ● En caso de incurrir el contratista en cualquier incumplimiento a los deberes y obligaciones derivados del contrato. ● En caso de no pago por parte del adjudicatario, de las imposiciones de trabajadores, finiquitos de trabajadores, sueldos, gratificaciones y otras obligaciones contractuales, así como también; cualquier otro gasto atingente al contrato del cual pueda resultar la municipalidad de Quilleco demandada y subsidiaria de acuerdo con lo establecido en la Ley vigente. ● En caso de término anticipado del contrato según las cláusulas establecidas en las presentes bases. ● Por causas de deudas de pensiones de alimentos, a las que haya lugar. En el caso de ofertas que se consideren temerarias se requerirá una boleta de garantía de un porcentaje superior, en los términos que establece el artículo 121 del decreto 661 de 12 de diciembre de 2024, en relación al artículo 11 de la ley de compras.
Glosa: Garantiza Fiel Cumplimiento de Contrato y Pago de las Obligaciones Laborales y Sociales de los Trabajadores de la Licitación “SERVICIO DE MANTENCION DE AREAS VERDES Y PODA DE ARBOLES, COMUNA DE QUILLECO”.
Forma y oportunidad de restitución: Si el contrato se cumple a cabalidad, la devolución de esta garantía será solicitada por escrito y previa Recepción Provisoria conforme de la obra y cumplido el plazo de la garantía. La Unidad Técnica se obliga a solicitar al oferente que mantenga vigente las garantías desde el inicio hasta la liquidación del contrato y no se aceptarán garantía tomadas por terceros.
    Otras Garantías
Beneficiario: MUNICIPALIDAD DE QUILLECO
Fecha de vencimiento: 28-03-2029
Monto: 5 %
Descripción: a. Como requisito para la firma de contrato, se exige la contratación de una póliza de responsabilidad civil tomada a favor de la Municipalidad de Quilleco, la cual tendrá una vigencia igual a la duración de la obra más 90 días corridos, la que comenzará a ser contabilizada en los mismos plazos que la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y su monto deberá ascender, al menos, a un 5% del monto neto del contrato. b. La póliza de responsabilidad civil deberá entregarse al momento de la suscripción del contrato. La no entrega de esta póliza facultará a la municipalidad para hacer efectivas las garantías vigentes y re adjudicar la obra al contratista que le siga en el ranking elaborado en el acta de evaluación de ofertas. c. La póliza de responsabilidad civil del presente contrato debe cubrir todos los aspectos indicados en el Código Civil.
Glosa: PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
Forma y oportunidad de restitución: Según Bases Adjuntas
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates
  • En caso de empates de los oferentes, se optará por aquel que presente mayor puntaje en el criterio de evaluación A) PRECIO. Si persiste el empate   se resolverá por el mayor puntaje en el criterio B) EXPERIENCIA. Si persiste el empate se resolverá por el mayor puntaje en el criterio C) PLAZO de entrega, De seguir con empate, se optará por el oferente que ingresó primero la oferta a la plataforma www.mercadopúblico.cl.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

      Contados desde que se publique el Decreto Alcaldicio de adjudicación y por un plazo de 48 horas, solo los oferentes no adjudicados podrán formular consultas exclusivamente sobre el proceso de adjudicación, las que serán respondidas por la Municipalidad también en un plazo de 72 horas. (Art. N° 58 del Decreto N° 661. Durante este plazo, el Municipio, no realizará ninguna nueva gestión respecto del proceso de licitación.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
SI LA MUNICIPALIDAD DE QUILLECO LO ESTIMA PODRA SOLICITAR ANTECEDENTES OMITIDOS POR ALGÚN OFERENTE CON EL PROPOSITO DE ACLARAR SU OFERTA, SIN QUE ESTO LE DE UNA VENTAJA COMPARATIVA CON EL RESTO DE LOS OFERENTES O ALTERE LOS PUNTAJES DE UNA EVALUACIÓN.
PREVENCIÓN DE RIESGOS Y SEGUROS DE ACCIDENTE
El contratista deberá proveer a sus trabajadores de los equipos de seguridad que establezcan las Leyes y Reglamentos de Orden, Higiene y Seguridad; cumplir las prevenciones de riesgos de los mismos y las instrucciones que imparta la Mutual o la entidad aseguradora con la cual se haya contratado el seguro de accidentes correspondiente. La municipalidad no tendrá responsabilidad directa alguna en el evento que se produzcan accidentes de trabajo, derivados de la ejecución del contrato. El contratista se compromete a observar la legislación vigente para todas las materias que involucre la presente propuesta y el posterior contrato. La municipalidad deja expresa constancia que cualquier contravención a las leyes vigentes en que incurra el contratista ya sea materias laborales, tributarias u otras, serán de exclusiva responsabilidad de éste. La municipalidad solo tendrá la responsabilidad establecida en la Ley con el personal que el contratista asignará a la presente licitación. Toda suma que la Municipalidad pague o sea condenada a pagar, ya sea, por instituciones de previsión o salud, de fiscalización, o por parte de los Tribunales de justicia, sean estos civiles, laborales, de garantía o de policía local, tendrá derecho a repetirlos en contra del Contratista, pudiendo descontarlos administrativamente de los estados de pago o bien haciendo efectivas las respectivas garantías, quedando facultada para ello, con la sola notificación de la resolución y/o de la respectiva demanda, para proceder a la retención de los valores contenidos en ellas.
PROGRAMA DE GESTIÓN DE RIESGOS PRESENTES EN EL TRABAJO
De conformidad a lo establecido en la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministros y Prestación de Servicios y de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Oferente deberá presentar un Programa de Gestión de los Riesgos presentes en el trabajo, el cual deberá entregar en un plazo no mayor a 30 días hábiles, contados desde la firma del contrato. Dicho Programa deberá observar las disposiciones legales y demás normas que regulen estos riesgos, así como los criterios de gestión definidos en la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (Decreto Supremo N°47 de agosto de 2016, Ministerio del Trabajo y Previsión Social); lo anterior conforme a lo dispuesto en la Ley N°21.056. El Contratista deberá contar con la asesoría de un Prevencionista de Riesgos, Nivel Técnico o Profesional, según lo indicado en el D.S. 40 "Aprueba Reglamento Sobre Prevención de Riesgos Profesionales". Deberá presentar al momento de la firma del contrato copia del Carnet de Prevención con su N° de Registro ante la SEREMI de Salud respectiva. - Adicionalmente el Contratista deberá entregar una copia del Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad (RIOHS) a la Unidad Técnica, durante la puesta en marcha del servicio, la I.T.S tendrá la facultad de realizar fiscalizaciones al cumplimiento del Programa en general. - Los trabajos deben cumplir con las señalizaciones correspondientes y con el equipamiento de elementos de protección personal normativo, los vehículos deberán contar con alarma de retroceso, cintas reflectantes y todas las normas de Tránsito aplicables vigentes. - El Contratista estará obligado a gestionar e implementar todas las medidas de mejoras necesarias para mitigar y controlar los riesgos existentes en el trabajo en cumplimiento a los Artículos 183 y 184 del Código del Trabajo. - Por último, el Contratista, durante la prestación del servicio, deberá tener una carpeta para cada trabajador, con a lo menos los siguientes antecedentes: ● Contrato de Trabajo y sus anexos actualizados ● Exámenes pre-ocupacionales. ● Firma de Contratos de Trabajo. ● Registro ODI (Obligación de Informar Riesgos Laborales). ● Registro entrega Reglamento de Orden Higiene y Seguridad. ● Registro firmado de entrega de Elemento de Protección Personal. ● Demostración apta para el cargo, por ejemplo: Licencia de Conducir, etc
DEL TÉRMINO DEL SERVICIO
El término del contrato es el acto formal de finalización de la obra ejecutada y se produce al final del plazo establecido en el contrato correspondiente. Cualquiera sea la causa que origine el término del contrato, este no podrá ser abandonado por el contratista hasta la suscripción del documento Liquidación Final del Contrato entre el contratista o su representante legal y la Municipalidad de Quilleco, representada para estos efectos por la Comisión de Liquidación Final del Contrato, integrada por: ● Director de Obras ● Administrador/a municipal ● Secretario Municipal La Comisión de Liquidación Final del Contrato emitirá un informe dirigido al Alcalde, a través del cual se señalarán los requerimientos técnicos necesarios para la finalización del servicio, la justificación de las causales de su recomendación y los plazos otorgados por la comisión al contratista, o su representante, para la superación de las eventuales observaciones. Si el contratista no da solución dentro de los plazos otorgados, para solucionar las observaciones formuladas, la Municipalidad de Quilleco quedará facultada para hacer efectiva la garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y con cargo a esta garantía proceder a la resolución de las observaciones. Si las observaciones fueron superadas o bien no se presentaron observaciones al termino del contrato, se procederá a visar la liquidación que da termino al contrato. Asimismo, el Inspector Técnico de Obra deberá proporcionar a la Comisión de Liquidación Final del Contrato un informe detallado que contenga todos los antecedentes técnicos, administrativos y contractuales relevantes, necesarios para que dicha comisión pueda emitir su informe final. Este documento deberá incluir, entre otros aspectos, el estado de cumplimiento de las obligaciones del contratista, la existencia de observaciones pendientes, el historial de multas aplicadas y cualquier otra información que se estime pertinente para fundar la propuesta de finalización del contrato.
MULTAS
La municipalidad, a través del Supervisor del contrato, aplicará multas por incumplimiento de las disposiciones establecidas en las bases de licitación, en los siguientes casos: a) Por atraso en el inicio del servicio; se aplicar una multa de 1 UTM, por cada día de atraso, por un periodo máximo de 5 días. Pasado ese periodo, se producirá el término del contrato de pleno derecho, sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de este. b) Notificaciones sin subsanar: 1 UTM por día. c) Incumplimiento de las obligaciones del Contratista, en términos de la implementación de alguna de las acciones consideradas en la Bases Técnicas o de los cambios introducidos por el I.T.S., se aplicará una multa equivalente a 1 UTM, por cada día de incumplimiento. d) No contar con la cantidad de personal ofertado, sin causa justificada y autorizada por la I.T.S, el no pago sueldos, de las cotizaciones previsionales y/o de salud y, en general, el incumplimiento de las leyes laborales, normas relativas a la gestión y/o remuneraciones del personal, tendrá una multa de 3 UTM, por cada vez que se detecte el incumplimiento. e) Deficiencia con respecto a la conducta del Personal del Contratista. El aceptar y/o solicitar dadivas, comportamiento impropio hacia el público en general e inspección técnica, se aplicara una multa equivalente a 1 UTM, por cada ocasión y por cada trabajador que incurra en la falta. f) Incumplimiento en la entrega de los elementos de protección personal, en cantidad y plazos establecidos, se aplicará una multa equivalente a 1 UTM, por cada ocasión y por cada trabajador que no cuente con los E.P.P. g) Durante toda la ejecución de los servicios, no estará permitido, en ninguna circunstancia, el consumo de alcohol, drogas u otras sustancias similares por parte del personal, por los efectos adversos a su propia seguridad, como por el riesgo que deriva de esta acción, ante otros trabajadores y terceros. Estas faltas serán multadas con un equivalente a 5 UTM, por cada ocasión y/o trabajador detectado en el incumplimiento, además de la facultad de la I.T.S. de solicitar la desvinculación inmediata del trabajador y que sea reemplazo dentro de las 24 horas siguientes. Lo que no implica que el contratista tiene la obligación de dar continuidad al servicio contratado. h) Incumplimiento de lo estipulado en la Ley Nº 16.744, sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, se multará con hasta 1 UTM, por cada vez que se detecte el incumplimiento. i) Incumplimiento el tiempo establecido en las bases técnicas, para dar respuesta a un requerimiento, o la ejecución de mantenciones y/o reparaciones no autorizadas previamente por la I.T.S., se aplicará una multa equivalente a 1 UTM, por cada ocasión en que incurra en la falta. j) Perdida o desperdicio de agua provocado por actividades humanas deficientes en labores de mantención de áreas verdes, Multa de 1 UTM por cada zona área verde detectada. k) Césped secándose y amarillo, lo mismo con los árboles, arbustos, plantas de temporada. Multa de 1 UTM por cada zona de área verde detectada, si esta situación se produce posterior a la primera siembra o plantación, la Multa será de 2 UTM. l) Maleza generalizada en el césped, sin controlar. 1 UTM de Multa por zona de área verde detectada. m) Control deficiente de plagas y enfermedades en plantas, flores y arboles ubicados en las áreas verdes licitadas, Multa de 1 UTM por zona de área verde detectada. n) Aseo sin efectuarse en las áreas verdes en mantención, esto implica no retirar hojas y otros residuos orgánicos, no realizar limpieza de arena de zona de juegos (no retirar residuos u objetos peligrosos como objetos corto punzantes), no retirar papeles, cartones y otros de plazas y áreas verdes. Multa de 2 UTM por zona de área verde detectada. o) Incumplimiento en la cantidad de vehículos, o del estado operativo de estos y de los equipos, herramientas y materiales de la oferta adjudicada, serán sancionadas con una multa equivalente a 1UTM, por cada incumplimiento. p) No realizar la totalidad de los servicios requeridos, en el plazo indicado por el oferente, cuando este retardo se produce por hechos atribuibles al contratista, se aplicará una multa equivalente a 2 UTM, por cada ocasión detectada. q) Por cobrar a particulares reparaciones o mantenciones contempladas en las presentes bases, será sancionado con una multa equivalente a 2 UTM, por cada vez que se sorprenda esta conducta. Esta cláusula podrá ser modificada de acuerdo con lo consignado en la legislación vigente y ordenanza local. r) No contar o renovar oportunamente el Libro de Inspección puesto a disposición de la Unidad técnica, será sancionado con una multa equivalente a 2 UTM, por cada día de incumplimiento. s) Por la omisión de la obligación del contratista de informar cualquier novedad, circunstancia extraordinaria o irregularidad que tenga relación con la adecuada prestación del servicio, se aplicara una multa equivalente a 2 UTM, por cada vez que se detecte el incumplimiento. t) Por deficiencias o incumplimiento respecto de las órdenes e instrucciones de la Unidad técnica, se sancionará con una multa de 1 UTM en caso de deficiencia y de 2 UTM en caso de incumplimiento.
DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
1. Dar oportuno y debido cumplimiento a todas las obligaciones establecidas en el contrato, entendiéndose incluidas las bases administrativas, bases técnicas, anexos, modificaciones, aclaraciones y respuestas si las hubo y la oferta presentada. 2. Mantener la calidad de los materiales y ejecución del servicio en los términos indicados en su oferta, especialmente a lo relativo a calidad, cantidad, plazos y todo lo estipulados en las bases que regulan esta licitación, así como también las aclaraciones si las hubiere. 3. Asistir a todas las reuniones de coordinación y control del servicio que requiera la Municipalidad de Quilleco. 4. Disponer de los recursos humanos, técnicos y de infraestructura que sean necesarios para asegurar el cumplimiento de los requerimientos, en calidad y plazos definidos en la presente licitación y consecuencialmente en la oferta. 5. Informar oportunamente a la municipalidad de las dificultades o impedimentos detectados y que afectan el cumplimiento del contrato. 6. Mantener en la unidad supervisora del contrato, un registro actualizado con el nombre, dirección, número de teléfono fijo y celular, del contratista o de su administrador, con el fin de que pueda ser ubicado en forma permanente ante una eventualidad. 7. Responder por los daños o pérdidas que, con ocasión de la ejecución de la obra, se causen a terceros y que sean atribuibles al contratista o a uno o más de sus trabajadores. Dichos daños o pérdidas deberán ser cubiertos por la póliza de responsabilidad civil establecida en el punto 21.2 de las presentes bases, o, en su defecto, ser asumidos y cancelados directamente por el contratista, sin que en ningún caso puedan ser descontados de los estados de pago. 8. Acusar recibo de toda comunicación vía correo electrónico, que se haga desde la municipalidad y dar respuesta a ella en el plazo requerido o de manera inmediata si así se le requiere por la gravedad o urgencia del asunto. 9. El Contratista deberá cumplir con la normativa legal vigente relativa a la Ley N° 20.123 y Reglamento que Regula el Trabajo en Régimen de Subcontratación, el funcionamiento de Empresas de Servicios y el Contrato de Trabajo de Servicios Transitorios, y todo lo relativo con la Ley de Seguridad Privada. 10. El Contratista deberá dar cabal y oportuno cumplimiento, a las normas sobre higiene y seguridad y de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, contenidas principalmente en la Ley N°16.744, como así mismo, a las normas sobre "Trabajo y Subcontratación y Trabajo en Empresas de Servicios Transitorios", contenidas en el Título VII del Libro 1° del Código del Trabajo, introducido por la Ley N° 20.123 y sus respectivos reglamentos, sometiéndose a las fiscalizaciones e instrucciones que al respecto efectúe la Municipalidad. El Contratista deberá contar con la asesoría de un Prevencionista de Riesgos, dando cumplimiento a la Ley 16.744. 11. El Contratista deberá cumplir mensualmente en forma rigurosa con las remuneraciones, imposiciones previsionales, seguro de cesantía y otras obligaciones laborales del personal contratado, de acuerdo con las disposiciones de la legislación laboral vigente, procurando que la Municipalidad de Quilleco, no se encuentre en la situación descrita en el artículo 183-B del Código del Trabajo, sin perjuicio de lo cual la Municipalidad ejercerá en plenitud las facultades que le confiere el artículo del mismo cuerpo legal, normas que se declaran formar parte esencial del Contrato y su incumplimiento, por parte del Contratista, cuando corresponda, será causal suficiente para dar termino anticipado del Contrato, hacienda efectiva la Garantía por Fiel Cumplimiento del mismo, sin derecho a indemnización por ningún concepto, directo o indirecto, respecto del Contratista cuando corresponda. 12. Toda suma que la Municipalidad pague o sea condenada a pagar, ya sea, por instituciones de previsión o salud, de fiscalización, o por parte de los Tribunales de justicia, sean estos civiles, laborales, de garantía o de policía local, tendrá derecho a repetirlos en contra del Contratista, pudiendo descontarlos administrativamente de los estados de pago o bien haciendo efectivas las respectivas garantías, quedando facultada para ello, con la sola notificación de la resolución y/o de la respectiva demanda, para proceder a la retención de los valores contenidos en ellas. 13. El Contratista, será responsable de mantener vigentes todas las garantías, desde el inicio y hasta la liquidación del contrato, en montos y plazos correspondientes. 14. El Contratista, deberá mantener al día según corresponda sus obligaciones de alimentos. Su incumplimiento puede dar lugar al cobro de garantías según los establecido en punto N°21.
CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO.
La municipalidad de Quilleco podrá poner término anticipado al contrato por la simple vía administrativa sin intervención judicial alguna, cuando a su juicio el contratista hubiere incurrido en alguno de los siguientes casos: a) Si el contratista no iniciare los servicios dentro de los primeros 5 días o no diere cumplimiento a las órdenes de compra o abandonare el servicio por más de dos días seguidos sin causa justificada. b) Si el contratista es declarado en quiebra, o le fueren protestados documentos comerciales que mantuvieran impagos por más de 60 días, o incurriese en incumplimiento tributario. c) Si el contratista o alguno de sus socios administradores fuera condenado por algún delito que merezca pena aflictiva, o, tratándose de una sociedad anónima, lo fuere algún miembro del Directorio o el Gerente. d) Incumplimiento reiterado de las obligaciones contempladas en el contrato, bases administrativas, técnicas y aclaraciones o de las órdenes impartidas por la Supervisión Municipal, entendiéndose que el incumplimiento es reiterado cuando se hayan aplicado 4 (cuatro) causales de multas en un mes u 8 (ocho) causales de multas en un año. e) En caso de procedimiento de liquidación concursal o liquidación comercial de la sociedad, se pondrá término anticipado al contrato, procediendo a la liquidación de los servicios prestados y al valor de estos. No obstante, lo anterior, la municipalidad, previo informe favorable del Departamento Jurídico y Director de Obras, podrá convenir con la sucesión del contratista la continuación del servicio, mediante la suscripción del contrato correspondiente, respetándose las condiciones y valores del contrato primitivo y reemplazándose las garantías correspondientes. f) Por Resciliación o mutuo acuerdo de las partes manifestado por escrito; en este caso el contratista dejará de prestar los servicios, en el plazo acordado, no teniendo derecho a compensación alguna. g) Mala calidad del servicio, constatado por el Supervisor del Servicio y registrado el o los hechos en el libro de inspección u/o notificaciones por oficio enviado a coreo electrónico del contratista, de acuerdo a lo ofertado por el contratista en la licitación. h) La no renovación de las garantías del contrato 20 días antes de su vencimiento. i) Otras que se establezcan en las bases técnicas y administrativas. En este evento la municipalidad podrá, además, hacer efectiva las garantías del contrato, sin perjuicio de los demás derechos que le franquea la Ley o el contrato le impone. En este mismo caso, el contratista no tendrá derecho a acción, reclamación o indemnización alguna contra la municipalidad por las circunstancias de poner término por anticipado al contrato. La Municipalidad podrá poner término inmediato al Contrato y hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato, en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a. Incumplimiento del Contratista, en los plazos y condiciones de su oferta o de las obligaciones que impusieron las Bases Administrativas, Bases Técnicas, Anexos y otros documentos que formaron parte de la propuesta publica, dan derecho a la Municipalidad para rescindir administrativamente y sin forma de juicio el presente Contrato. b. Declaración de quiebra o Insolvencia del Contratista. c. Modificación de la personería por causas distintas a la quiebra. En este caso, se pagarán las obligaciones legales pendientes del contratante. d. Si del total de las multas acumuladas en el cumplimiento de la Ejecución del Contrato se excediere del 15% del monto total neto contratado.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.