- Pacto de Integridad, esta información es solicitada de acuerdo con el Dictamen de Contraloría N°E370752 de 2023. Estos antecedentes administrativos son de acuerdo con lo señalado en el criterio de evaluación “Pacto de integridad” de las presenten bases de licitación. Por lo cual, el oferente deberá presentar los siguientes antecedentes administrativos:
2.1. Anexo N°2.
2.2. Pacto de Integridad del oferente.
2.3. Un medio de verificación que compruebe que este pacto de integridad es conocido por sus colaboradores (válido para Caso 1 del punto 10.2. letra d de las presentes bases de licitación). Para esto, los medios de difusión de ejemplo que se pueden considerar válidos, son los siguientes; 1. correos electrónicos enviando el programa a sus colaboradores y el acuse de recibo por parte de estos, 2. la firma de este programa por sus colaboradores, 3. fotografías de pizarras con la difusión del programa junto a los colaborares que reciben la capacitación en esta materia, 4. contratos de trabajo o capacitaciones firmado por ambas partes (representante legal de la empresa y colaborador) que indique que se expone el programa como mecanismo de inducción a un nuevo colaborador, entre otros. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier medio de verificación integro que comprueba el conocimiento del programa por sus trabajadores y que no esté indicado como ejemplo, se podrá considerar siempre y cuando quede claro que dicho programa es de conocimiento por sus colaboradores. En conformidad con el Dictamen E586179N24, en el caso en que el oferente no posea colaboradores, este deberá emitir una declaración jurada simple que indique tal condición, por lo que no se solicitara este medio de verificación y se evaluara de acuerdo al Caso 2, punto 10.2. letra d de las bases administrativas.