Licitación ID: 1939-16-LP26
SUM. Y TRANSPORTE DE 1450 M3 DE MEZCLA ASFÁLTICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 32
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Productos o servicios
1
Asfalto 1450 Metro Cúbico
Cod: 30121601
Suministro y transporte de mezcla asfáltica en caliente para Recapado Asfaltico.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SUM. Y TRANSPORTE DE 1450 M3 DE MEZCLA ASFÁLTICA
Estado:
Cerrada
Descripción:
La Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, solicita ofertas para la contratación del “Suministro y transporte de 1450 m³ de mezcla asfáltica en caliente para Ejecutar la Obra CAPRO en camino; Los Maitenes de Melipilla, Cód.; 73S50676, y otros de la Red Vial la Provincia de Melipilla, Región Metropolitana”, conforme a los requerimientos administrativos y técnicos descritos en las presentes Bases de Licitación, con el objeto de cumplir con las metas CAD del año 2026.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Dirección de Vialidad - RM - Provincia de Melipilla
R.U.T.:
61.202.000-0
Dirección:
Libertad 848
Comuna:
Melipilla
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-08-2026 20:00:00
Fecha de Publicación: 22-07-2026 17:14:03
Fecha inicio de preguntas: 22-07-2026 18:01:00
Fecha final de preguntas: 28-07-2026 18:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 31-07-2026 18:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-08-2026 9:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-08-2026 9:00:00
Fecha de Adjudicación: 18-08-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°01
2.- ANEXO N°04
3.- ANEXO N°05
4.- ANEXO N°06
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°03
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°02
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Programa de integración y ética empresarial Se evaluará de acuerdo al punto N°9.7.2 letra D, de las bases administrativas. 10%
2 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Se evaluará de acuerdo al punto N°9.7.2 letra B de las bases administrativas. 20%
3 Certificación de sustentabilidad Se evaluará de acuerdo al punto N°9.7.2 letra E, de las bases administrativas. 5%
4 Cumplimiento de los requisitos Se evaluará de acuerdo al punto N°9.7.2 letra C, de las bases administrativas. 5%
5 Precio Se evaluará de acuerdo al punto N°9.7.2 letra A de las bases administrativas 60%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 24
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El presupuesto está destinado a financiar el valor de la contratación y los impuestos que correspondan.
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Karen Arriaza Abarca
e-mail de responsable de pago: karen.arriaza@mop.gov.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
En esta contratación no será permitida la subcontratación. El adjudicatario será el exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato que se suscriba, personal que deberá ser contratado de acuerdo a
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: MOP-Dirección de Vialidad Región Metropolitana
Fecha de vencimiento: 02-10-2027
Monto: 5 %
Descripción: El proveedor adjudicado deberá entregar documento de garantía para el fiel cumplimiento del contrato, a más tardar 10 días hábiles posteriores a la notificación de la adjudicación a través del portal, en la Oficina de Partes de la Dirección Provincial de Vialidad Melipilla R.M., ubicada en Libertad 848, Melipilla, en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 15:30.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato: Licitación Pública para la contratación del “Suministro y transporte de 1450 m³ de mezcla asfáltica en caliente para Ejecutar la Obra CAPRO en camino; Los Maitenes de Melipilla, Cód.; 73S50676, y otros de la Red Vial la Provincia de Melipilla, Región Metropolitana” y cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratista. Según ID 1939-16-LP26.
Forma y oportunidad de restitución: 30 días hábiles contados desde su vencimiento. El oferente adjudicado deberá coordinar el retiro del Documento de Garantía con la Unidad de Compras de la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, al teléfono 224496104.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Participantes
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas (numeral 3.3 de estas BA). Para este efecto, deberán presentar los siguientes documentos, según sea el caso: • Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que no tengan subidas estas declaraciones en el Portal: Deben presentar declaraciones juradas de los Anexos Nºs 1, 4, 5 y 6 (Declaraciones Juradas Simples), firmadas por quien o quienes tengan facultades para representar al respectivo proponente, tanto para ofertar, así como también, para suscribir contratos, en el caso de resultar adjudicado. • Proveedores inscritos en Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública que tengan disponibles las declaraciones juradas en el Portal: No deberán presentarlas. Las UTP deberán estar constituidas mediante escritura pública, contener las menciones mínimas establecidas en el artículo 180 del Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda Nº 661/24 y cumplir con el resto de los requisitos legales y reglamentarios.
Forma de cotización
Los oferentes deberán presentar sus ofertas, considerando los requerimientos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos. Las ofertas y sus antecedentes, se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases de licitación. Para el caso que los archivos se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados, la oferta será declarada inadmisible, lo que constará en el acta de evaluación correspondiente junto con su debido respaldo. Asimismo, las ofertas y sus antecedentes no podrán ser confeccionados en forma manuscrita y deberán presentarse en idioma español, sin perjuicio de los términos técnicos que en su concepto, denominación y/o aplicación se utilicen en idioma inglés u otro. Para presentar la oferta en el portal www.mercadopublico.cl y para asegurar la visibilidad de la oferta, los participantes deberán ingresar los documentos solicitados en estas bases, de acuerdo a los siguientes software: Documentos en formato PDF, documentos de texto compatibles con Microsoft Word o formato imagen JPEG”. El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes y las siguientes condiciones: a. LAS OFERTAS (ANEXOS NºS 1 AL 6) DEBEN EMANAR DE QUIEN O QUIENES TENGAN FACULTADES PARA REPRESENTAR AL RESPECTIVO PROPONENTE, TANTO PARA OFERTAR, ASÍ COMO TAMBIÉN, PARA SUSCRIBIR CONTRATOS, EN EL CASO DE RESULTAR ADJUDICADO. b. Los oferentes deberán presentar sus ofertas, solamente, ingresándolas en el Portal, dentro del plazo señalado en el numeral 3.3 de las presentes BA, de lo contrario, no serán considerados en el proceso de licitación, salvo lo señalado en el artículo 115, numeral 2, del D.S. N°661/2024, del Ministerio de Hacienda. c. En el caso de que existan diferencias entre el valor precio neto de la oferta del Anexo Nº 2 y el precio ofertado en el Comprobante de Oferta que el oferente ingrese en el portal Mercado Público, prevalecerán los señalados en el Anexo Nº 2, salvo que exista un error evidente, como por ejemplo, incluir IVA si no se ha solicitado. d. Los oferentes que se unen temporalmente para presentar ofertas, determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación señalada en el numeral 6 de estas bases, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma (Artículo 181, inciso 2º, Decreto Supremo Nº 661/2024, del Ministerio de Hacienda). e. Los archivos de cada oferente que se encuentren subidos en el Portal, serán descargados al momento de la apertura electrónica de las ofertas, por ende se solicita identificar los archivos de los formularios anexos con los nombres señalados en estas bases, con el fin de facilitar el proceso. f. Las ofertas deberán considerar los elementos y antecedentes señalados en las presentes bases de licitación. Serán de exclusivo cargo de los oferentes, todos los costos directos e indirectos asociados a la preparación y presentación de los antecedentes exigidos en las bases, no siendo la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, en ningún caso, responsable de estos. g. En la etapa de apertura electrónica, la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, recibirá todas las ofertas ingresadas al Portal, las que serán derivadas a una Comisión Evaluadora, quien deberá verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las presentes BA, BT y Anexos.
Plazo de validez de la oferta
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la licitación, en el portal www.mercadopublico.cl. Durante el período de vigencia de las ofertas, la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los oferentes podrán revalidar sus ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla.
Precios y Monedas
Los precios presentados por los oferentes en el Portal Mercado Público se cotizarán en Pesos Chilenos, NETOS sin IVA y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación, incluyendo el valor de fletes, seguros, gastos generales y cualquier otro gasto que sea requerido para ejecutar el servicio en las condiciones presentadas por las presentes Bases de Licitación. Solo se aceptará una oferta por oferente, en los casos en que un oferente presente más de una oferta, la comisión evaluadora revisará sólo la que resulte más conveniente para el Servicio, los motivos de esta decisión quedarán establecidos en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente. Asimismo, y en virtud al artículo 60 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás.
Pacto de integridad

El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 1.El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por estos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.

3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.

4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.

5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.

6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.

7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.


Inspector Fiscal
Con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento en la entrega de la adquisición por parte del adjudicatario, la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, designará por acto administrativo fundado, a un funcionario en calidad de Inspector Fiscal del contrato y a un subrogante en caso de ausencia, el cual estará encargado de velar por el fiel cumplimiento del contrato. Asimismo, y habiéndose cumplidos con todas las exigencias establecidas en estas bases de licitación.
Evaluación de antecedentes y aceptación de la propuesta
Las ofertas serán evaluadas por una comisión de evaluación, designada por el Director de Vialidad Región Metropolitana, mediante acto administrativo totalmente tramitado, compuesta por al menos tres funcionarios públicos y/o agentes públicos, todos de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, del Ministerio de Obras Públicas. Esta comisión, podrá requerir las asesorías y los antecedentes que estime pertinentes, para el cumplimiento de su labor. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de las ofertas que detalle todos los aspectos considerados en la misma. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley N°19.886, cada revisor de oferta, deberá suscribir una declaración jurada en la que declare expresamente la ausencia de conflictos de intereses en el proceso licitatorio y se obligue a guardar confidencialidad en relación al proceso de evaluación. Las respectivas declaraciones juradas, se adjuntarán en los documentos del proceso de compra que se publiquen en el Sistema de Información. 9.7.1. Procedimiento de Evaluación a. La comisión recibirá todas las ofertas y sus antecedentes ingresados al Sistema de Información, para su revisión y evaluación técnica y económica, de conformidad a las presentes bases administrativas, bases técnicas y anexos, aplicando los criterios definidos en el numeral 9.7.2 de las presentes bases de licitación. La Comisión tendrá el plazo señalado en el numeral 3.8, para presentar el acta de evaluación de las ofertas ingresadas en el portal, proponiendo la adjudicación, de conformidad a lo establecido en las BA y BT, a la oferta más conveniente para el interés del Servicio, y que haya obtenido el mayor puntaje final. b. La comisión evaluadora propondrá declarar inadmisibles: • Las ofertas que no cumplan con la presentación de los Anexos N°2 y N°3, indicados en el numerales 4.1.2 y 4.1.3, así como también los documentos contemplados en el numeral 4.1.1, por tratarse de documentos esenciales. salvo lo indicado en el punto 9.8 de estas bases de licitación y en el caso de las UTP, además de lo señalado, debe incluir los documentos públicos o privados mediante los cuales se da cuenta de la unión. • Las ofertas que contengan archivos que se encuentren dañados y/o no pueden ser visualizados. • Las ofertas y/o antecedentes confeccionados en forma manuscrita. • Las ofertas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las BE, BT y anexos. • Las ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionado entre sí, en los términos del artículo 9 de la ley N°19.886. • Las ofertas riesgosas o temerarias, según lo establecido en el artículo 61 del D.S. de Hda N°661/2024. c. La comisión evaluadora propondrá declarar desierta la licitación, conforme a lo señalado en el art. 9 de la Ley Nº 19.886, en los siguientes casos: • Cuando no se presenten ofertas, o; • Cuando las ofertas que se presenten no resulten convenientes a los intereses del Servicio. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Acta de Evaluación de Ofertas correspondiente, el cual deberá contener las materias señaladas en el artículo 57 del D.S. de Hda N° 661/2024. d. La comisión rechazará las ofertas que NO cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las BA y BT, proponiendo su inadmisibilidad, conforme a lo señalado en el artículo 54 del D.S. de Hda N° 661/2024. 9.7.2. Factores de Evaluación Para la proposición de adjudicación de la licitación, las ofertas serán evaluadas, técnica y económicamente, de conformidad a la siguiente ponderación y a los factores y puntajes que se precisan a continuación. CRITERIOS PUNTAJE A. EVALUACIÓN ECONÓMICA 60 puntos B. EVALUACIÓN TÉCNICA b.1 Cumplimiento Especificaciones Técnicas (Informe de Diseño de Dosificación de la Mezcla en Caliente) 20 puntos C. Cumplimiento a los Requisitos Formales 05 puntos D. Programa de integración y ética empresarial 10 puntos E. Certificación de sustentabilidad 05 puntos El puntaje final resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor descrito, aplicadas las ponderaciones indicadas precedentemente y en el caso de existir decimales en el resultado será aproximado hasta el número entero superior. En caso que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del Portal Mercado Público, su oferta será declarada INADMISIBLE. A. Oferta Económica La evaluación económica tendrá una ponderación total de 60 Puntos. Precio: máximo 60 puntos. Para asignar este puntaje se aplicará la siguiente relación: I = P mín. x 50 P2 Donde : I : Puntaje a asignar a la oferta económica analizada. P1 : MENOR PRECIO ofertado P2 : Precio de la oferta en análisis B. Oferta Técnica La evaluación técnica tendrá una ponderación total de 20 puntos. b.1) Puntaje por Ubicación de Planta: 20 puntos La comisión evaluadora analizará la ubicación de las plantas, con el fin de revisar y evaluar la logística del transporte del material, de acuerdo lo indicado por los oferentes en el Anexo N°3, para lo cual se asignará el puntaje conforme a la siguiente tabla: Sub. Factores Puntaje La planta de producción de concreto asfaltico se encuentra a una distancia igual o inferior a 160 km, medidos hasta el punto de inicio de la obra. 20 Puntos La planta de producción de concreto asfaltico se encuentra a una distancia superior a 160 km. e inferior a 200 km., medidos hasta el punto de inicio de la obra. 15 Puntos La planta de producción de concreto asfaltico se encuentra a una distancia superior o igual a 200 km, medidos hasta el punto de inicio de la obra. 0 Puntos NOTA: La distancia debe ser medida desde la Planta hasta el km inicio de la faena. El Ruteo puede considerar autopista, caminos principales y avenidas. C. Cumplimiento Entrega de los Requisitos Formales (05 puntos) La Comisión de Evaluación analizará que los oferentes hayan presentado la totalidad de los documentos solicitados en las bases de licitación, de acuerdo a la siguiente tabla: Sub. Factores Puntaje Cumple con entregar antes del cierre de la licitación, Anexos y documentos mencionados en el punto 4.1.1. De las presentes BA, correspondientes a su oferta. 05 puntos Cumple con entregar después, según los plazos establecidos en el punto de las Bases. Cumple con entregar después del cierre de la licitación, según los plazos establecidos en el punto de las Bases, o entrega de forma parcial la documentación solicitada (foro inverso) 0 puntos NOTA: En caso de que el oferente no entregue algún documento o la información solicitada a través del foro inverso del Portal Mercado Público, su oferta será declarada inadmisible. En caso contrario, tendrá cero puntos en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”. La oferta que no cumpla con las características mínimas establecidas en las bases, no se evaluará y se propondrá su inadmisibilidad. D. Programa de integración y ética empresarial (10 puntos) Para evaluar este Subfactor, el oferente deberá acompañar la Declaración Jurada Simple (ANEXO N° 5), que indique que tiene programas de integridad y ética empresarial, los cuales sean efectivamente conocidos y aplicados por su personal, y debiéndose adjuntar estos programas; en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda. El puntaje, se asignará de la siguiente forma: EXPERIENCIA PUNTAJE Presenta Declaración Jurada Simple, acreditando que cuenta con programas de integridad y ética empresarial. Acompaña junto a los anexos subidos al portal programas de integridad y ética empresarial 10 puntos No Presenta Declaración Jurada Simple y/o programas de integridad y ética empresarial y/o No acompaña junto a los anexos subidos al portal programas de integridad y ética empresarial 0 puntos Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. En el caso de que una oferta sea presentada por una UTP, para la asignación de puntaje, la totalidad de los integrantes deben cumplir con lo requerido previamente. Nota: El oferente que presente Declaración Jurada Simple indicando NO tener Programas de Integridad y ética empresarial, será declarado INADMISIBLE E. Cumplimiento de Requisito Medio Ambiental y Sustentabilidad: (05 puntos) La Comisión evaluadora asignará puntaje de acuerdo al ingreso de los documentos y/o certificados complementarios al Anexo N°6 firmado por el Representante Legal de la Empresa, conforme a la siguiente tabla: Sub. factores Puntaje El oferente señala que cumple con al menos 5 de las letras a), b), c), d), e) f) g) y h) del anexo Nº6 simultáneamente y presenta los documentos que la sustentan. 05 Puntos El oferente declara cumplir de 2 a 4 de las letras del anexo Nº6 y presenta los documentos que la sustentan. 03 Puntos El oferente declara cumplir solo 1 de las letras del anexo Nº6 y presenta los documentos que la sustentan. 01 Puntos El oferente NO cumple con ninguna de las letras del anexo Nº6 o no presenta las declaraciones o los documentos que la sustentan. 0 Puntos Para la evaluación del presente criterio se deben acompañar los medios de verificación que acreditan cada condición. Para ello, es importante que se acompañen documentos debidamente firmados por la empresa oferente o por el tercero acreditador o prestador de un servicio, como por ejemplo, un convenio de reciclaje. La no presentación del Anexo N° 6 o de los medios de verificación respectivos, se evaluará con puntaje 0. 9.7.3 Calificación final de la oferta: La calificación final del proceso de evaluación de cada oferta será el resultado de aplicar la siguiente fórmula: PUNTAJE FINAL 100 PUNTOS = PUNTAJE EVALUACIÓN ECONÓMICA + PUNTAJE EVALUACIÓN TÉCNICA + CERTIFICACIÓN DE SUSTENTABILIDAD + CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES + PUNTAJE PROGRAMA DE INTEGRACIÓN Y ÉTICA EMPRESARIAL
Contacto en etapa de evaluación de ofertas
En conformidad al artículo 56 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes: 1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y, 3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Dirección de Vialidad Provincia de Provincia de Melipilla y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. Las aclaraciones se solicitarán a través del Portal y las respuestas se harán por el mismo medio, referidas solamente a los puntos solicitados en el plazo de 2 días hábiles, contados desde efectuado el requerimiento. Desde la fecha de publicación en el Portal de la resolución que designa a la comisión evaluadora y hasta la adjudicación, éstos solo podrán mantener contacto con los oferentes de la licitación, para los efectos de la solicitud de aclaraciones y antecedentes que estos pudiesen requerir durante la evaluación y que hubiesen sido previstas en las bases, ésta se realizará por medio del encargado del proceso de compra correspondiente, quien a su vez gestionará el requerimiento a través del módulo disponible en el Portal Mercado Público, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. Asimismo, sus integrantes no podrán tener contacto con terceros, referidos a esta licitación ni recibir donativos. En conformidad al artículo 35 ter de la ley N°19.886: “Se prohíbe la comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación una vez iniciado el procedimiento de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.”
Derecho a desestimar las ofertas
La Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, cuando estas superen el 30% del monto estimado de la contratación, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el acta de evaluación de ofertas correspondiente. En tal caso, el oferente no podrá reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla. En caso de desestimar las ofertas o declarar desierto el proceso, la autoridad competente de la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, dictará una resolución fundada, la que será publicada en el Portal Mercado Público.
Derecho a variación de cantidades
La Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla se reserva el derecho a disminuir o aumentar las cantidades originalmente solicitadas durante la vigencia del contrato, sin embargo, ésta variación no podrá superar el 30% del precio total IVA incluido del total de la oferta, cualesquiera sean sus montos, precios y condiciones. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra con decimales, se asumirá la unidad superior correspondiente. Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario. En el caso de aumentarse la cantidad durante la etapa contractual, el plazo de entrega de las cantidades adicionales deberá ser señalado por el proveedor, y se formalizará mediante una modificación al contrato. En el caso de aumentar la cantidad en la adjudicación, el plazo de entrega corresponderá al plazo ofertado en el Anexo N°3.
Resolución de Empates

En caso de producirse igualdad del Puntaje Final resultante de la evaluación, se adjudicará la oferta que obtenga el mayor puntaje en el factor que ocupa el primer lugar en el siguiente “Ordenamiento de Factores de la Evaluación”, y si aún existe igualdad, sigue el factor que ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente:

Ordenamiento de Factores de la Evaluación

Lugar

Nombre del Factor

Oferta Económica

Oferta Técnica

Programas de integridad y ética empresarial

Requisitos Formales

En caso de persistir la igualdad, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl


Adjudicación de la licitación
La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de La adjudicación de la licitación se materializará mediante resolución fundada de la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, Formarán parte integrante de esta resolución, dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes BA, BT y Anexos; las ofertas presentadas por los oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere. La adjudicación de la licitación corresponderá a la oferta más conveniente para el interés del Servicio y que haya obtenido el mayor puntaje final, pudiendo no ser necesariamente la de menor precio ofertado. Los fundamentos de la decisión se basarán en el acta de evaluación de ofertas, en lo que corresponda. El oferente adjudicado deberá acreditar la inscripción en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, antes de suscribir el contrato señalado en el numeral 3.7 de las presentes BA. Cuando se trate de una UTP, cada oferente adjudicado que conforme esa Unión, deberá acreditar la inscripción precitada. ES IMPORTANTE SEÑALAR QUE, NO SE CONTRATARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO. 9.12.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación: a) En caso de que el proveedor se desista de firmar el contrato. b) En caso de incumplimiento del pacto de integridad. c) Si el oferente adjudicado NO acreditase su inscripción en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl d) Si el oferente adjudicado correspondiese a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, NO acreditasen su inscripción en el Registro anteriormente señalado. Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores hábiles, no obstante lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación se hará mediante la presentación de la modificación al documento público o privado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación. e) Si el oferente adjudicado NO cumpliese con los requisitos para contratar, establecidos en el numeral 5 de las presentes BA. f) Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases. g) En caso de que el proveedor adjudicado no presente garantías exigidas en punto 8 de las presentes BA, en caso de que hayan sido requeridas h) Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error. i) En general, por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente durante el presente proceso licitatorio. La Dirección de Vialidad Región Provincia de Melipilla, podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 30 días contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, y recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el numeral 9.15 “Readjudicación de la licitación”, de las presentes BA.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación por medio del correo electrónico que se indicará en la resolución de adjudicación correspondiente. Las respuestas se efectuarán por el mismo medio.

La Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro de los 5 días hábiles siguientes desde la fecha de recepción de las consultas.

Notificación y aceptación de orden de compra
La Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, Región Metropolitana publicará el resultado de la licitación en el Sistema de Información, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al artículo 9 del D.S. de Hda N°661/2024, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado, luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, publique en el Sistema de Información, la resolución objeto de la notificación. Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar la respectiva orden de compra, remitida a través del Sistema de Información, en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores su fecha de envío; de lo contrario, la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, podrá cancelar dicha orden de compra. La orden de compra respectiva será enviada una vez tramitada la Resolución que aprueba el Contrato cuando exista contrato.
Readjudicación de la licitación
La Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato (cuando deba gestionarse), no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el plazo establecido (cuando haya sido requerida), no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o se encuentre inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley Nº19.886 y su reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente. En tal caso, se dejará sin efectos la primera adjudicación y se procederá a readjudicar.
Cesión del contrato
La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
Gestión del contrato
a. Firma del contrato De acuerdo con el numeral 3.7 de las presentes BA. b. Habilidad de proveedores La Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, debiendo encontrarse en calidad de Hábil. Si durante el periodo del contrato fuera declarada la inhabilidad sobreviviente del proveedor, se deberá estar a lo dispuesto en el artículo 159 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda. c. Evaluación de proveedores La Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, evaluará, antes de tramitar el estado de pago correspondiente, a través del Formulario establecido por la Dirección ChileCompra, el comportamiento que tuvo el oferente adjudicado. Los factores a medir, son: • Oportunidad de entrega • Calidad • Cumplimiento especificaciones técnicas • Desempeño en general
Vigencia del contrato
El Contrato a suscribir con el oferente adjudicado tendrá una vigencia de 12 meses y comenzará a regir a contar del día hábil siguiente de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato. Adicionalmente, el inicio y puesta en marcha del servicio podría iniciar el día hábil siguiente de la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato. No obstante lo indicado se deberá dejar constancia de la fecha de entrega del servicio, en una Acta preparada para tal efecto, la cual deberá ser firmada por la Inspección Fiscal y un representante del Oferente adjudicado. El contrato podrá ser prorrogado, en el caso que a su fecha de término el nuevo proceso licitatorio que se realice aún se encuentre en trámite o bien, se declare desierto o sus ofertas sean consideradas inadmisibles. En el caso de prórroga, deberá efectuarse en los mismos términos y condiciones del contrato original, incluyendo la mantención de la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento y en las condiciones del artículo 42 y 129 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de Hacienda.
Inicio y puesta en marcha del servicio
El servicio iniciará su ejecución a contar del día hábil siguiente a la suscripción del Acta de Entrega de Terreno, de acuerdo con los plazos señalados en el numeral 9.18. de las BA. Si con posterioridad a la adjudicación de la propuesta, el adjudicatario no pudiere cumplir con el plazo aceptado por causa de caso fortuito o fuerza mayor debidamente calificada por la Dirección, podrá solicitar una ampliación. Esta ampliación deberá ser solicitada al Inspector Fiscal del contrato antes de la fecha de vencimiento del plazo original, con los antecedentes sustentatorios que lo justifiquen. El Inspector Fiscal deberá autorizar o denegar la ampliación solicitada. En cualquier caso, la referida solicitud no obliga de modo alguno a la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, la que podrá conceder, disminuir o denegar el aumento de plazo solicitado.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El oferente deberá presentar junto con la documentación de la oferta a la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, una declaración firmada por el representante legal (Anexo Nº 4), donde acredite no tener saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años y un Certificado de Antecedentes Laborales (F30) vigente a la fecha de ingreso de las ofertas.

La Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, el pago producto de la contratación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

Condiciones de pago
Los pagos al proveedor se realizarán dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente, que el Inspector Fiscal certifique la recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos por la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla. Las facturas electrónicas al momento de su emisión: 1. Deben indicar en las “Referencias” el código UDP 1660. 2. Deben indicar en las “Referencias” el nombre de la Unidad de Pago, que en este caso es: 1660 REG_METROP_DIRECCION_DE_VIALIDAD_MELIPILLA. 3. Deben ser enviadas al correo electrónico: mop_dte@paperless.cl En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo con lo que establece la ley. Los documentos tributarios deben ser extendidos con los siguientes antecedentes: Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS – DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS DCYF Domicilio: Morandé 71, primer piso. Comuna: Santiago. RUT: 61.202.000-0 Giro: Gobierno Central El acceso se realiza directamente en dcyf.mop.gob.cl utilizando Clave Única, lo que garantiza un ingreso seguro. Registro del representante legal 1. Seleccionar la opción Representante Legal: una vez autenticado/a, desde el menú lateral del portal seleccione Representante Legal. 2. Ingresar el RUT de la empresa: se abrirá el formulario “Ingreso Representante Legal”; digite el RUT de la empresa a la cual desea asignar un representante legal y presione Aceptar Nota: • Si la empresa no existe en la base de datos del MOP, aparecerá el mensaje “Empresa sin detalles”. • Si la empresa ya está registrada, se mostrará “Empresa encontrada” y algunos datos estarán precargados. 3. Completar los datos del representante legal: ingrese el RUT, nombres, apellido paterno, apellido materno, correo electrónico y teléfono del representante. 1. Adjuntar el certificado de representación legal: se debe subir la documentación que acredite la existencia y vigencia de la sociedad y de los poderes otorgados, con fecha de emisión no superior a diez días hábiles. Según el tipo de empresa: • Empresas constituidas ante el Ministerio de Economía: adjuntar el Certificado de Vigencia de la Sociedad y el Certificado de Vigencia de Poderes; en caso de no contar con alguno de ellos, se permite presentar un Certificado de Estatuto Actualizado. • Empresas constituidas ante el Conservador de Bienes Raíces: adjuntar el Certificado de Vigencia de Sociedad y el Certificado de Vigencia de Poderes; si alguno falta, puede reemplazarse con una copia de la inscripción en el registro respectivo. • Casos excepcionales: si no es posible obtener estos certificados, el procedimiento puede realizarse mediante presentación formal, completando el formulario disponible y gestionando su autorización notarial. Los antecedentes deben entregarse presencialmente en la Tesorería de la DCyF en Morandé 71, piso 1, Santiago, o en las Tesorerías Regionales, según corresponda. 2. Enviar la solicitud: al presionar Aceptar se genera la solicitud y el sistema mostrará un mensaje de confirmación con el número de registro y debe esperar el correo de confirmación de aprobación. Con esta aprobación, el representante legal podrá acceder a los demás trámites del portal. Registro de la cuenta bancaria para pagos Este trámite se habilita sólo cuando el representante legal ya está aprobado. 1. Ingresar al módulo de cuenta bancaria: desde el menú lateral seleccione Cuenta Bancaria y luego haga clic en Ingresar Cuenta. 2. Completar los datos bancarios: en el formulario, indique la región de ingreso (es decir, la región donde se recibe el pago), el tipo de cuenta, el banco, el número de cuenta y el sector financiero. Es importante seleccionar correctamente la región de pago. 3. Adjuntar el certificado de titularidad bancaria: cargue un certificado o documento emitido por la entidad bancaria que acredite que la cuenta pertenece al proveedor o contratista. 4. Confirmar la solicitud: revise la información, confirme el registro y guarde el número de solicitud. El sistema mostrará un mensaje de éxito “Se ha creado la solicitud” con un número de seguimiento. 5. Seguimiento y aprobación: la Tesorería de la DCyF validará los datos bancarios. La aprobación será notificada al correo electrónico registrado. En el módulo Cuenta Bancaria se pueden revisar todas las solicitudes, su estado (aprobada, pendiente o rechazada) y los datos asociados, permitiendo un seguimiento en línea del trámite. Consulta de Pagos: en la página dcyf.mop.gob.cl 1. Ingresar al módulo de consulta de pagos:* una vez autenticado/a con su Clave Única y con el representante legal autorizado, seleccione en el menú lateral la opción Consulta de Pagos. 2. Ingresar el folio DTE: se abrirá una ventana donde deberá escribir el folio del documento tributario electrónico (DTE) que desea consultar. Pulse el botón Consultar. 3. Revisar el resultado: el sistema mostrará la información del pago asociado al DTE ingresado, incluyendo su estado, etapa de tramitación y datos relevantes del proceso. Esta consulta se actualiza en tiempo real y no requiere presentar documentación adicional
Multas, sanciones y procedimientos para su aplicación
El Inspector Fiscal debe notificar por oficio, carta o correo electrónico al adjudicatario y luego, informada mediante oficio o correo electrónico a la Jefatura Provincial, las sanciones que se aplicarán, a fin de recibir los descargos correspondientes, para las medidas pertinentes, si existen multas relacionadas con el incumplimiento contractual. Las multas tendrán carácter de medidas de carácter pecuniario destinadas a incentivar el cumplimiento oportuno y correcto del contrato, y su aplicación será independiente de otras medidas que procedan conforme a derecho. El solo hecho de que una o más multas alcancen o superen los topes establecidos en las presentes Bases no constituirá, por sí mismo, una causal automática de término anticipado del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, podrá considerar dicha circunstancia como un antecedente relevante para efectos de calificar la existencia de un incumplimiento grave, atendiendo a la reiteración de los incumplimientos, su entidad, impacto en la ejecución del servicio y demás antecedentes del caso. Se entenderá por incumplimiento grave aquel que afecte de manera significativa el cumplimiento de las obligaciones contractuales, incluyendo, entre otros, la inejecución total o parcial del servicio, la prestación defectuosa, el incumplimiento reiterado de instrucciones del Inspector Fiscal o la superación de los umbrales de multas en los términos antes indicados, siempre que dichos hechos sean debidamente calificados por la autoridad competente. La aplicación de multas y la eventual calificación de incumplimiento grave deberán fundarse en los antecedentes del caso concreto, evitando que dichas medidas operen como sanciones duplicadas respecto de un mismo hecho. El incumplimiento o infracción por parte del adjudicatario de cualquiera de las obligaciones establecidas en las Bases Administrativas, Bases Técnicas o en la orden de compra, dará lugar a la aplicación de multas, conforme a las tipologías, montos y topes establecidos en el presente numeral y las cuales se indican a continuación: MONTO MULTA (% SOBRE EL MONTO ADJUDICADO) TIPO DE INFRACCION CRITERIO DE APLICACIÓN TOPE 0,5 % Por incumplimiento de las bases técnicas, punto 2.3 “Obligaciones del Oferente Adjudicado”. Cada vez que ocurra 5 Veces 1% Por atraso en la entrega del suministro del material solicitado Cada día hábil de atraso 5 días hábiles 3 UTM Multa por Déficit de Suministro diario: Aplica si la entrega de materiales de un día es inferior al 80% de lo programado. Requiere obligatoriamente que el programa sea remitido oportunamente por la Inspección Fiscal (IF) Cada día hábil de incumplimiento 5 veces El proveedor del material estará sujeto a multa por cada día hábil de atraso o de incumplimiento en el suministro de material respectivo acordado previamente entre las partes, ya sea por correo electrónico, teléfono o mensajería. En caso que el proveedor adjudicatario no cumpla con la entrega del material, todos los recursos inutilizados relacionados en los trabajos de colocación del suministro serán de exclusiva responsabilidad y cargados al proveedor del material. La aplicación de las multas no tendrá lugar en caso de suspensión del suministro por condiciones climáticas, emergencias naturales u otros eventos debidamente justificados conforme a las presentes bases. Si por incumplimiento de la provisión del material por parte de la empresa se generaran costos adicionales para el fisco, como son horas de arriendos de maquinaria inutilizada u otros de carácter operativo, estos costos serán considerados en la aplicación de la multa respectiva. Si el incumplimiento de los plazos de entrega, supera los 05 días hábiles, contados desde la fecha de su vencimiento, sin que exista una fuerza mayor calificada por la Dirección de Vialidad que lo justifique, se podrá poner término al Contrato. 9.22.1 Multas por incumplimiento de contenido de asfalto Durante el proceso de provisión de la mezcla asfáltica en caliente y las diferentes jornadas de trabajo, la Dirección de Vialidad Provincial podrá tomar muestras de mezclas asfálticas en caliente por jornada de trabajo, con el fin de controlar el contenido de asfalto del material suministrado. El contenido de asfalto se evaluará a partir de los resultados de los ensayes efectuados a muestras de mezclas asfálticas en caliente tomadas en terreno por Laboratorio regional de Vialidad. La Evaluación del contenido de asfalto de la muestra se realizará por jornada diaria de trabajo y suministro, debiendo tomar al menos una muestra por sector de mezcla asfáltica extendida en forma continua. De tomar más de una muestra por jornada de trabajo, se considerará el promedio de los análisis diarios realizados, correspondientes a una misma jornada de trabajo y suministro. Las tolerancias y multas por concepto de contenido de asfalto se indican en la siguiente tabla: CAPA VARIACION ABSOLUTA DEL CONTENIDO DE ASFALTO (%) MULTAS SOBRE EL VALOR DEL SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA DE LA JORNADA AFECTADA Rodadura Hasta menor o igual que 0,3 Mayor que 0,3 y menor o igual que 0,5 Mayor que 0,5 Sin multas 2,5% 5% 9.22.2 Multas por incumplimiento de bases técnicas distintas al contenido de asfalto. Durante el proceso de provisión de la mezcla asfáltica en caliente y las diferentes jornadas de trabajo, la Dirección de Vialidad Provincial podrá tomar muestras de mezclas asfálticas en caliente por jornada de trabajo, con el fin de controlar el cumplimiento de las bases técnicas estipuladas en las bases administrativas de la presente licitación que sean diferente al requisito de contenido de asfalto de la mezcla asfáltica. El incumplimiento de cualquier otra especificación técnica distinta al contenido de asfalto, se multara de acuerdo al siguiente detalle: CAPA TIPO DE INRACCIÓN MULTAS SOBRE EL VALOR DEL SUMINISTRO DE MEZCLA ASFÁLTICA DE LA JORNADA AFECTADA Rodadura Incumplimiento de las bases técnicas 2,5% En caso de verificarse cualquier incumplimiento de las bases técnicas del material suministrado (contenido de asfalto u otra especificación técnica), la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla adicionalmente podrá, en mérito de los antecedentes, hacer efectivo el cobro de la boleta de garantía por fiel cumplimiento especificada en el punto 8.4 Garantías de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. Frente al supuesto de que una multa supere el tope establecido en el párrafo anterior o entre varias multas superen el 10% del monto contratado, la Dirección de Vialidad Provincial, podrá poner término anticipado del contrato, por incumplimiento grave. No procederá el cobro de la multa señalada, si el incumplimiento se debe a un caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con los Artículos 45 y 1547 del Código Civil o una causa enteramente ajena a la voluntad de las partes, el cual será calificado como tal por la Dirección de Vialidad, en base al estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir. La multa que corresponda, será descontada del pago correspondiente. Además de lo señalado, se podrá iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del proveedor responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados. 9.22.3 Remuestreos El proveedor de la mezcla asfáltica en caliente tendrá derecho a solicitar solo un remuestreo por cada uno de los controles receptivos. Si el proveedor solicita remuestreo, deberá hacerlo mediante carta o correo electrónico dirigido al inspector fiscal del contrato de suministro. El Laboratorio Regional de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana deberá efectuar el remuestreo e informar el resultado en un plazo no mayor a 30 días, contados desde la fecha en que haya recibido conforme la solicitud del inspector fiscal. Una vez emitido los resultados de la etapa de remuestreo por parte del Laboratorio Regional de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana, el Inspector fiscal deberá realizar el cálculo definitivo de las multas, el que deberá considerar los muestreos originales y remuestreos que pudiesen haberse realizado y se comunicará al proveedor del material asfáltico en un plazo máximo de 15 días corridos. 9.22.4 Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos En el caso que corresponda la aplicación de una multa, el procedimiento será el siguiente: a. El Inspector Fiscal comunicará mediante carta, oficio o correo electrónico al proveedor contratado que ha incurrido en una causal de incumplimiento que amerita el cobro de multa, dando cuenta de la causal específica que justifica dicha medida, así como de los hechos que la configuran. El Inspector Fiscal conocerá y analizará los descargos del proveedor, quien los podrá presentar (en soporte papel o electrónico) en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la fecha de notificación por el inspector fiscal. Si este último estima que aún existe incumplimiento, derivará los antecedentes al Director de Vialidad, solicitando que se aplique la multa que corresponda, indicando la causal del incumplimiento, el cálculo y monto de la multa. b. El Director de Vialidad Región Metropolitana analizará los antecedentes y si es procedente, aplicará la multa mediante resolución fundada que establezca la causal del incumplimiento, la que deberá pronunciarse sobre los descargos presentados, si existieren, y que deberá publicarse oportunamente en el Portal Mercado Público. Esta resolución deberá ser notificada por escrito al proveedor contratado, en el plazo máximo de 5 días hábiles, contados desde que se encuentre totalmente tramitada. Se deberá enviar copia de dicha notificación a la Unidad de Gestión y Ejecución Presupuestaria D.V.R.M. c. En contra de la resolución que apruebe la aplicación de una multa, el proveedor contratado podrá interponer los siguientes recursos: 1) Recurso de Reposición, ante el Director Nacional de Vialidad, y subsidiariamente, 2) Recurso Jerárquico, ante el Director Nacional de Obras Públicas, el Ministro de Obras Públicas y Contraloría General de la República. d. Los recursos señalados en la letra “c” anterior deberán presentarse por escrito, debidamente fundados e interponerse conjuntamente en el mismo escrito, en el plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución que apruebe la aplicación de multa. Si se rechazan los recursos señalados, se procederá al cobro de la multa en conformidad a lo dispuesto en la letra f). e. Las autoridades llamadas a pronunciarse sobre los recursos a que se refieren la letra “c”, tendrán un plazo no superior a 30 días hábiles para resolverlos, contados desde la recepción de los antecedentes. f. La multa respectiva, será descontada del pago correspondiente. Sin perjuicio del cobro de la Garantía, se podrán interponer las acciones civiles y penales que correspondan, para que la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla sea indemnizada por los daños y perjuicios que hubiere ocasionado el incumplimiento del oferente adjudicado.
Modificación y término del contrato
En virtud artículo 129 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá modificarse durante su vigencia cuando se dé algunas de los siguientes supuestos: 1. Cuando así se haya previsto en las Bases de licitación o el contrato. En ningún caso, las Entidades podrán prever en las Bases modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Se entenderá que se alteran éstos: (i) Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación; (ii) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o (iii) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. 2. Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán realizarse cuando cumpla los siguientes requisitos: (i) Que se encuentre en una situación de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificada por la Entidad contratante. (ii) Que el cambio de contratista generara inconvenientes significativos o un aumento sustancial de costes para el órgano de contratación. (iii) Que se limite introducir las variaciones estrictamente indispensables para responder a la causa objetiva que la haga necesaria. (iv) Que se respete el equilibrio financiero del contrato. La Entidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación. En ningún caso, el monto de estas modificaciones podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a este durante su vigencia, el equivalente al treinta por ciento del monto originalmente convenido entre el Proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello. NOTA: Las modificaciones no previstas en las Bases de licitación solo podrán ser gestionadas, previa autorización del Director de Vialidad Región Metropolitana. Por otro lado, y en conformidad al artículo 130 del D.S. N°661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, el contrato podrá terminarse anticipadamente por las siguientes causales: 1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. 2. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. 3. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Las Bases o el contrato deberán establecer de manera precisa, clara e inequívoca las causales que dan origen a esta medida. 4. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. 5. La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento. 6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. 7. Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato. Dichas Bases podrán establecer mecanismos de compensación y de indemnización a los contratantes. Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información. En el evento de verificarse alguna de las causales señaladas, el Inspector Fiscal, deberá informar y solicitar a la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, que emita el acto administrativo correspondiente. En estos casos de término anticipado, se aplicará el mismo procedimiento para la aplicación de las medidas derivadas de incumplimientos, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento cuando se haya solicitado. Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el proveedor, debiendo la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla, concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla y el respectivo proveedor podrán poner término a la relación contractual en cualquier momento, de común acuerdo. 9.23.1 Procedimiento previo a la declaración de término anticipado por mutuo acuerdo del contrato: Las partes podrán poner término al contrato mediante notificación por escrito con una anticipación no inferior a 10 días. Si es el MOP- Dirección de Vialidad Provincia de Melipilla la que notifica el término anticipado de contrato dentro del plazo establecido, la empresa adjudicada no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
Confidencialidad y seguridad de la información
a) El proveedor y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de este, tanto durante la vigencia del contrato como con posterioridad a su finalización. b) El proveedor, durante su gestión y mientras dure el contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal institucional del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible, a las que el proveedor pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en el MOP y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial. d) El Ministerio de Obras Públicas, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo con las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada. e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por el proveedor como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio o ejecución del contrato, el MOP dará término anticipado al referido contrato, sin perjuicio de ejercer, además, las acciones legales que correspondan.
Solución de controversias
Los reclamos que se susciten durante la ejecución del contrato serán presentados al Inspector Fiscal quién los enviará, si fuere necesario, a la Unidad correspondiente para su resolución o para que se someta a la consideración del Director Regional de Vialidad, sin perjuicio de las facultades que correspondan al Director Nacional de Vialidad, al Director General de Obras Públicas, el Ministro de Obras Públicas y Contraloría General de la República. La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos. Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley 19.880.
Jurisdicción y domicilio
Para todos los efectos, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago de Chile y se someterán a la ley chilena y a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras de la Contraloría General de la República.
Interpretación e información
Las BA, BT y Anexos, se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre sus disposiciones la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y técnica aplicable según sea el caso particular que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación, primará lo dispuesto en las Bases, las que estarán por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario. Cualquier falta, descuido u omisión de los oferentes o adjudicatario, en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y desarrollo de su propuesta o prestación del servicio. Por lo tanto, serán de su cargo todos los costos en que incurra para corregir faltas, errores, descuidos u omisiones resultantes de sus análisis e interpretación de la información disponible o que se obtenga.
Días inhábiles
Los plazos de días corridos que se establezcan en las presentes BA y BT, cuyo vencimiento recayeren en día inhábil, se entenderá prorrogado para el día hábil siguiente a su vencimiento.
Estándares de probidad
El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Marca o equivalentes
Cualquier referencia a marcas y modelos respecto de lo solicitado en la presente licitación, entiéndase con la posibilidad de ofertar equivalentes del mismo, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas.
BASES TÉCNICAS
“SUMINISTRO Y TRANSPORTE DE 1450 M³ DE MEZCLA ASFÁLTICA EN CALIENTE PARA EJECUTAR LA OBRA CAPRO EN CAMINO; LOS MAITENES DE MELIPILLA, CÓD.; 73S50676, Y OTROS DE LA RED VIAL LA PROVINCIA DE MELIPILLA, REGIÓN METROPOLITANA” 1) OBJETIVOS GENERAL La Dirección de Vialidad Región Metropolitana a través de la Provincia de Melipilla, requiere la contratación del “Suministro y transporte de 1450 m³ de mezcla asfáltica en caliente para Ejecutar la Obra CAPRO en camino; Los Maitenes de Melipilla, Cód.; 73S50676, y otros de la Red Vial de la Provincia de Melipilla, Región Metropolitana” de acuerdo con las siguientes características y exigencias: a. El o los proponentes de la presente Licitación Pública, deberá(n) presentar obligatoriamente un Informe de Diseño de Dosificación de la Mezcla asfáltica en Caliente, en que se señale que el análisis del material ofertado cumple con lo exigido en las presentes Bases Técnicas por una o por más plantas que disponga, de no dar cumplimiento la oferta será declarada inadmisible El documento debe ser ingresado en el Portal en formato PDF. b. El Laboratorio de Autocontrol de la empresa que se adjudique la presente Licitación, deberá chequear y certificar el material entregado en terreno, emitiendo un Certificado, que evalúe los parámetros de diseño especificados de los materiales de la mezcla asfáltica, tales como % de chancado, granulometría y contenido de asfalto, estabilidad, etc. Mínimo un Certificado por Jornada de entrega del Concreto Asfaltico en terreno. Dicho Certificado debe ser remitido al Inspector Fiscal designado. En caso de incumplimiento por parte del proveedor adjudicatario será aplicada una multa (Punto 9.22. Multas) c. El Laboratorio Regional podrá efectuar muestreos del material transportado por los camiones, en terreno a solicitud del Inspector Fiscal, o su representante en terreno y/o por iniciativa propia, con el objetivo de verificar el cumplimiento de las exigencias técnicas del material. En caso de incumplimiento por parte del proveedor adjudicatario deberá restituir a su entero costo la o las entregas rechazadas, en conjunto con la aplicación de una multa (Punto 9.22 Multas) d. La mezcla se evaluará a partir de los Certificados de Ensayes efectuados a muestras tomadas por Laboratorio de Autocontrol, Laboratorio Externo y/o Laboratorio Regional de Vialidad R.M. En caso de cualquier muestreo en terreno, primara lo informado por los ensayes del Laboratorio Regional de Vialidad, sin perjuicio del derecho de la empresa de solicitar remuestreo cuando sea pertinente. e. Los resultados que arrojen los posibles controles del Laboratorio Regional de la Dirección de Vialidad Región Metropolitana serán representativos de la entrega en que fueron tomadas las muestras del material bituminoso f. La dosificación de la mezcla asfáltica en caliente ofertada no podrá ser modificada por otra, sin previo conocimiento por escrito y con la debida autorización por parte del Inspector Fiscal respectivo con V°B° del Jefe de Laboratorio Regional D.V.R.M. Como aceptación del cambio el proponente adjudicado deberá presentar un nuevo certificado de Diseño de autocontrol que señala la nueva dosificación propuesta en conformidad a lo descrito en las presentes Bases Técnicas. g. Una vez iniciada la obra por parte de la Oficina Provincial de Vialidad Melipilla, en el Camino Los Maitenes de Melipilla, Cód.; 73S50676, el proveedor que se adjudique el suministro deberá entregar conforme al programa de la letra siguiente el material puesto en el lugar de la faena de acuerdo a lo señalado en las especificaciones técnicas, a razón de 80 M³/día como mínimo y 300 M³/día como máximo, según lo instruido y coordinado con el Inspector Fiscal o en su defecto con el encargado designado por la Provincia, ubicado en el teléfono: 224496108 h. Para la programación de la entrega del suministro de la mezcla asfáltica en terreno, debe considerarse lo siguiente: • Previo a la entrega, la Inspección Fiscal del contrato deberá enviar por escrito a la empresa la programación para la entrega del material, definiendo en ella los horarios de entrega y la cantidad, junto con ello, el día anterior a la entrega se podrá confirmar o modificar ya sea el horario o cantidad del material a entregar por parte del Inspector Fiscal. • El proponente adjudicado deberá entregar puesto en el lugar de la faena, lo solicitado de acuerdo a lo coordinado previamente con el Inspector Fiscal, dependiendo de la disponibilidad de personal y/o maquinaria para su colocación. • El primer camión que haga entrega del material en el lugar de las faenas, deberá hacerlo a la hora que lo solicite el Sr. Inspector Fiscal con un intervalo de 25 minutos máximo entre camiones y en una sola vuelta por camión. Tanto el tiempo de inicio del primer camión como el periodo de desfase entre camiones podrá sufrir modificaciones y ajuste una vez iniciada la faena, situación que será coordinada y supervisada por el Inspector Fiscal, dependiendo de la disponibilidad de personal y/o maquinaria para su colocación. • El transporte de la mezcla asfáltica a la faena deberá efectuarse en camiones tolvas o bateas, los que deberán estar totalmente limpios y además dotados de cadenas que permitan regular la abertura del portalón trasero de la tolva, con el objeto de descargar el material en forma controlada y uniforme. Esta condición será verificada por el Inspector Fiscal o su encargado de terreno. • El Material para ser transportado deberá estar debidamente cubierto, conforme a normativa, para evitar pérdida de temperatura. • La mezcla asfáltica al ser entregada en el lugar de las faenas, deberá cumplir los rangos de temperatura establecidos en el V5 del M.C., temperatura la cual podrá ser controlada en cada envío, lo cual se indicará en la respectiva Guía de Despacho. • Al ser recibidos en faena los envíos de material, el personal de administración directa designado, recepcionará el material, firmando las respectivas Guías de Despacho. • La mezcla asfáltica a adquirir deberá ajustarse a lo especificado en la Sección 5.408 del Volumen 5 del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad. • Los materiales de la mezcla asfáltica deberán cumplir con las exigencias de la cláusula 5.408.2 del Volumen 5 del Manual de Carreteras de la Dirección de Vialidad, teniendo en cuenta los siguientes alcances y precisiones: • Granulometría de los áridos combinados será la IV-A-12 de la Tabla 5.408.201.F u otra previamente aprobada por el Laboratorio de Vialidad. Respecto al diseño de la Mezcla Asfáltica en Certificado de Laboratorio de Autocontrol esta tendrá las siguientes Especificaciones Técnicas:  a) Tamaño : ¾” tránsito pesado  b) Estabilidad Mínima : 9.000 N  c) Fluencia (0,25 mm.) : Rango 8 – 16  d) Huecos en la Mezcla (%) : Mín. 3,0 – Máx. 5,0 • El oferente adjudicado deberá considerar las restricciones geométricas del camino, debiendo tomar todas las medidas necesarias para trasladar el material en los camiones adecuados al diseño de la ruta. Adicionalmente deberá considerar las restricciones de peso máximos permitidos para transitar en caminos de la Dirección de Vialidad. • Por razones técnicas y para evitar derrames y contaminación por caminos públicos, el transportista del material deberá tomar las medidas necesarias para evitar cualquier tipo de accidente en la ruta, lo cual será de exclusiva responsabilidad del transportista. • Los materiales de la mezcla asfáltica deberán cumplir con las exigencias de la cláusula 5.408.2 El material deberá ser entregado en camino, Los Maitenes, Cód.; de Melipilla, Cód.; 73S50676, y otros de la Red Vial la Provincia de Melipilla, Región Metropolitana, en la fecha convenida por la Inspección Fiscal. El material adquirido en la presente licitación tiene por finalidad ocuparse para trabajos de capa de protección con mezcla asfáltica en caliente en camino, Los Maitenes. UBICACIÓN DEL CAMINO Camino Los Maitenes de Melipilla, código: 73S50676 km 0 al km 2.942 y otros de la Red vial Melipilla.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.