Licitación ID: 1122317-9-LP23
Servicios profesionales para implementar Curso VCM
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA, Compras Coordinadas
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Formación, capacitación y entrenamiento de personal 1 Unidad
Cod: 80111504
La descripción de los servicios requeridos se encuentra en la cláusula N°2 del Anexo A correspondiente a las bases técnicas de esta licitación.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicios profesionales para implementar Curso VCM
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Las presentes bases tienen por objeto la contratación de servicios profesionales para la ejecución del curso “Herramientas para el abordaje de la violencia contra las mujeres desde un enfoque de género y derechos humanos”. La descripción de los servicios requeridos se encuentra en la cláusula N°2 del Anexo A correspondiente a las bases técnicas de esta licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
Por las características de los productos y servicios licitados, las ofertas técnicas no serán públicas. Esto, debido a la naturaleza de la contratación; en particular, por el altísimo grado de especificación técnica de los servicios, es necesario que
2. Organismo demandante
Razón social:
DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Unidad de compra:
Compras Coordinadas
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
MONJITAS 392 PISO 8
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-07-2023 15:15:00
Fecha de Publicación: 28-06-2023 18:29:49
Fecha inicio de preguntas: 28-06-2023 20:01:00
Fecha final de preguntas: 03-07-2023 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-07-2023 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-07-2023 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-07-2023 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 18-08-2023 9:15:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato 06-09-2023
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 20 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- - Anexo N°1: Formulario datos del oferente
2.- - Declaración jurada de requisitos para ofertar - Inhabilidades por condena. Los oferentes deberán presentar debidamente la “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, documento que será generado completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de ofertas. Las ofertas que no presenten debidamente esta declaración serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.
3.- - Anexo N°2: Declaración jurada “Sin conflictos de interés”. Las ofertas que no presenten esta declaración debidamente completada y firmada serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas, esto sin perjuicio de que pueda aplicarse lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, si procede.
4.- SOLO PARA OFERTAS UTP: • Anexo N°7. Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP) y criterios de evaluación para UTP: Cada uno de los integrantes de la UTP deberá completar y firmar debidamente esta declaración (incluyendo el integrante UTP que ingresó la oferta en el Sistema de Información), cada una de las cuales deberá ser adjuntada en la oferta UTP. En caso de que alguno de los integrantes de la UTP no presente debidamente este anexo, o éste no se encuentra debidamente completado y firmado, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. Lo anterior, sin perjuicio de que pueda aplicarse lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, si procede.
Documentos Técnicos
1.- • Anexo N°3: Oferta técnica. Se deberá presentar un único anexo debidamente completado y firmado, según el formato dispuesto en el ID de la licitación, independiente si la oferta corresponde a persona natural, jurídica a UTP. En caso de que este anexo no se presente debidamente completado y firmado, la oferta será declarada inadmisible y no participará de la evaluación.
 
2.- • Anexo N°4: Declaración de experiencia. Se deberá presentar un único anexo debidamente completado y firmado, según el formato dispuesto en el ID de la licitación, independiente si la oferta corresponde a persona natural, jurídica a UTP. En caso de que este anexo no se presente debidamente completado y firmado, la oferta será declarada inadmisible y no participará de la evaluación.
 
3.- • Anexo N°5: Detalle de experiencia del oferente y el encargado de gestión ejecutiva y académica. Se deberá presentar un único anexo debidamente completado y firmado, según el formato dispuesto en el ID de la licitación, independiente si la oferta corresponde a persona natural, jurídica a UTP. En caso de que este anexo no se presente debidamente completado y firmado, la oferta será declarada inadmisible y no participará de la evaluación.
 
4.- • Propuesta técnica. La propuesta técnica deberá ser presentada en un único documento, en formato libre, y deberá abordar, al menos, los contenidos indicados en el Anexo N°3. Las ofertas que no adjunten este documento, o bien, en su propuesta técnica no consideren como mínimo los contenidos requeridos según lo ya señalado serán declaradas inadmisibles.
 
5.- • Documentación del oferente que acredite conocimiento en gestión pública para el abordaje de la violencia contra la mujer. Se deberá adjuntar a la oferta aquella documentación formal que acredite el conocimiento de oferente en la materia señalada de conformidad con lo requerido en la cláusula N°8.1 de las bases técnicas (Anexo A). La no presentación de esta documentación conllevará a declarar inadmisible la oferta, sin perjuicio de que pueda aplicarse lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, si procede.
 
6.- • Documentación de respaldo “Experiencia del oferente”. Se deberá adjuntar la documentación de respaldo para cada una de las experiencias declaradas en la Tabla N°1 del Anexo N°5. Dicha documentación podrá estar referida a: contratos suscritos con otras entidades, órdenes de compra, certificados/carta del cliente (con las respectivas referencias) u otros documentos formales de similares características. Se descartarán las experiencias que no acompañen la documentación de respaldo respectiva, o bien, ésta sea insuficiente para acreditar la experiencia declarada; esto, sin perjuicio de que pueda aplicarse lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, si procede. • Documentación de respaldo “Experiencia del encargado de gestión ejecutiva y académica”. Se deberá adjuntar la documentación del profesional propuesto en el Anexo N°4, numeral 2, para el rol en cuestión. Dicha documentación es la señalada en la cláusula N°8.2 del Anexo A “Bases técnicas”, esto es: - Currículum vitae (con sus respectivas referencias laborales), - Certificado de título, - Certificados de post título y/o grado académico, si procede, y; - Certificados de cursos de especialización en materias de violencia de género u otros documentos que permitan acreditar el conocimiento formal del profesional en dicha temática. Cabe señalar que dicha información es requerida para acreditar el cumplimiento de los requisitos mínimos dispuestos para el profesional que ocupe el rol de “Encargado de gestión ejecutiva y educativa”, por lo que su no presentación conllevará a declarar inadmisible la oferta; esto, sin perjuicio de que pueda aplicarse lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, si procede.
 
Documentos Económicos
1.- - Anexo N°6: Oferta Económica. Se deberá presentar un único anexo debidamente completado y firmado, según el formato dispuesto en el ID de la licitación, independiente si la oferta corresponde a persona natural, jurídica a UTP. En caso de que este anexo no se presente debidamente completado y firmado, la oferta será declarada inadmisible y no participará de la evaluación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia simple de cédula de identidad de persona natural
- Anexo N°8: Declaración jurada “Cumplimiento de obligaciones laborales”
- c) Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Copia de la Cédula de identidad del Representante Legal.
- I18n entry not found: Certificado de vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente
- I18n entry not found: Certificado de vigencia de la sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces correspondiente, o en los casos que
- I18n entry not found: Anexo N°8: Declaración jurada simple para contratar: “Cumplimiento de obligaciones laborales”
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de los requisitos De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula N°10.7.4 de las bases de licitación 5%
2 Experiencia de los Oferentes De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula N°10.7.1 de las bases de licitación 30%
3 Precio De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula N°10.7.3 de las bases de licitación 40%
4 Propuesta técnica De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula N°10.7.2 de las bases de licitación 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto de cada organismo participante
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 7 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Cada organismo comprador
e-mail de responsable de pago: noaplica@noaplica.cl
Nombre de responsable de contrato: Cada organismo comprador
e-mail de responsable de contrato: noaplica@noaplica.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-22904400-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 11.7 de las bases
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública, RUT N° 60.808.000-7
Fecha de vencimiento: 22-12-2023
Monto: 2000000 Peso Chileno
Descripción: Para garantizar la seriedad de la propuesta, los oferentes deberán entregar cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, vale vista, entre otros. No se aceptan cheques como instrumento de garantía. Esta garantía puede ser tomada por el oferente, o bien por un tercero en favor del oferente. En este último caso, será responsabilidad del oferente asociar dicha caución a la oferta correspondiente señalando el R.U.T. de éste directamente en el instrumento de garantía o bien en un documento anexo a éste.
Glosa: Para garantizar seriedad de la oferta de la propuesta pública ID 1122317-9-LP23 para la contratación de servicios profesionales para la realización del curso VCM
Forma y oportunidad de restitución: De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 9.1 de las bases de licitación
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Cada uno de los organismos cuyo contrato, individualmente considerado, sea igual o superior a las 100 UTM.
Fecha de vencimiento: 26-06-2024
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de cada contrato, los oferentes deberán entregar cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, vale vista, entre otros. No se aceptan cheques como instrumento de garantía. Cabe señalar que esta garantía puede ser tomada por el oferente, o bien por un tercero en cuyo caso deberá señalarse expresamente que dicha caución se toma a favor del oferente señalando el RUT del éste en la caución o bien en un documento anexo.
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato de la licitación ID 1122317-9-LP23 para contratar servicios profesionales para la realización de curso VCM y/o el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años
Forma y oportunidad de restitución: De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula 9.2
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
De acuerdo con la cláusula 10.11 de las bases de licitación
10. EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS

10.1.       Comisión evaluadora

 

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por funcionarios públicos tanto de la Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP), en su rol de coordinador del proceso de compra, como del Servicio nacional de la mujer y equidad de género (SERNAMEG), en su rol de experto técnico en la materia. Específicamente, la comisión deberá estar constituida por dos (2) integrantes de la DCCP y un (1) funcionario público perteneciente a SERNAMEG, designados por resolución o acto administrativo del Jefe de Servicio de cada servicio. 

 

Constitución de una comisión técnica

 

Se deja constancia que, en virtud de la complejidad técnica inherente a los servicios que son objeto de esta licitación, se conformará una comisión técnica integrada por tres funcionarios del Servicio nacional de la mujer y equidad de género (SERNAMEG), cuyo rol será asesorar a la comisión evaluadora en  los aspectos técnicos atingentes a la evaluación de los servicios propuestos por los proveedores en sus respectivas ofertas, para lo cual efectuarán las validaciones que sean procedentes, a fin de apoyar a la comisión evaluadora en la revisión del  cumplimiento de los requerimientos exigidos para los servicios requeridos en las presentes bases de licitación y en la evaluación   de los criterios técnicos que les correspondan a cada una de las ofertas.

 

Finalmente, la comisión evaluadora en su totalidad será la encargada de evaluar los criterios administrativos, económicos y técnicos. Para efectos de asignar puntajes a los criterios técnicos, considerará los insumos propuestos por la comisión técnica.   

 

Consideraciones relativas a la Comisión Evaluadora y a la Comisión Técnica:

 

La designación de ambas comisiones se publicará en el sistema www.mercadopublico.cl y sus integrantes se registrarán en el sistema de la Ley N°20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

 

Los miembros de la Comisión Evaluadora como los de la Comisión Técnica no podrán:

 

        Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados en las presentes bases y en la normativa de compras públicas (artículos 27 y 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886).

        Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la respectiva Comisión.

        Aceptar ningún donativo de parte de terceros.

 

Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.

 

De acuerdo con el artículo 37 del Reglamento de la Ley N°19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora, así como los miembros de la Comisión Técnica, no podrán tener conflictos de interés con los oferentes. Por ello, una vez designados, deberán suscribir declaraciones juradas en las que expresen no tener conflicto de interés alguno en relación con los actuales o potenciales oferentes en el presente proceso licitatorio.

 

En el evento que un conflicto de interés sólo se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, y no al momento de la designación de la respectiva comisión, el integrante afectado por dicho conflicto deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico, la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado.

 

Cabe recordar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6°bis del Reglamento de la Ley N°19.886, dicho deber de abstención resulta aplicable no solo a funcionarios de planta o a contrata, sino también a los contratados a honorarios que excepcionalmente participaren en el proceso, en este caso, como miembros de la Comisión Evaluadora y Técnica.

 

Por su parte, tanto los integrantes de la Comisión Evaluadora como los de la Comisión Técnica deberán resguardar la confidencialidad de las deliberaciones que surjan durante sus reuniones de evaluación, y para ello, deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad o una declaración jurada que contenga un compromiso de confidencialidad en cuanto al contenido de las bases, las ofertas y antecedentes, y a todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación.

 

Procedimiento de evaluación de las ofertas

 

En el procedimiento de evaluación, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, se verificará lo siguiente:

·       Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases.

·       Que cumplan con los requerimientos técnicos, administrativos y económicos y las demás condiciones exigidas en estas mismas bases y sus anexos.

 

Para efectos del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora que haya sido nombrada deberá:

·       Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.

·       Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas bases de licitación y el proceso de evaluación de las ofertas.

·       Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases.

·       Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.

·       Proponer la adjudicación.

 

Durante el proceso de evaluación la comisión podría requerir aclaraciones a los oferentes respecto de errores formales en sus respectivas propuestas o solicitar antecedentes omitidos, en los términos del artículo 40 del Reglamento de la Ley N°19.886, y de acuerdo con lo descrito en las cláusulas N°10.3 y N°10.4 de las presentes bases de licitación. Al ejercer esta facultad, la Comisión Evaluadora no podrá propiciar que los oferentes alteren la esencia de sus ofertas, ni que se vulneren los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las Bases de Licitación.

 

Si, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura electrónica de las ofertas, oportunamente ingresadas, la Dirección ChileCompra podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.

 

10.2.       Consideraciones generales

 

1.    Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula N°7 “Anexos e instrucciones para la presentación de ofertas” de las presentes bases de licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite alguna de las causales de excepción establecidas en el artículo 62 del Reglamento de la Ley N°19.886.

 

2.    La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

 

3.    Los documentos solicitados por la DCCP deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula N°4 “Etapas y plazos” de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas -en caso de ser requerido- por el representante legal de la empresa o persona natural. Ahora bien, la DCCP podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor. Lo anterior, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de aplicar el artículo 40 del reglamento de la ley N°19.886, si correspondiere, y de verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor.

 

4.    Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas bases de licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas bases y el respectivo contrato.

 

10.3.       Subsanación de errores u omisiones formales

 

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

 

Los oferentes tendrán un plazo máximo de 48 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por la DCCP o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. La DCCP no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma.

 

Cabe señalar que el oferente que haya incurrido en errores u omisiones formales al momento de presentar su oferta, y con posterioridad los haya subsanado en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.

 

La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema (“foro inverso”), dispuesto en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, mediante el cual se solicitan aclaraciones de errores u omisiones formales durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

 

10.4.       Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

 

La DCCP tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados -en caso de ser requerido- por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.

 

Para dicha presentación de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contados desde su comunicación al oferente por parte de la DCCP, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

 

El oferente que haya omitido certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”.

 

La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema (“foro inverso”), dispuesto en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, mediante el cual se solicitan antecedentes omitidos durante el periodo de evaluación, recae exclusivamente en los oferentes.

 

10.5.       Inadmisibilidad de las ofertas

 

La DCCP declarará inadmisibles las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos mínimos establecidos en las bases administrativas y en sus respectivas bases técnicas (Anexo A), sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

 

Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no dará derecho a indemnización alguna a los oferentes.

 

10.6.       Facultad de declarar desierta la licitación

 

La DCCP podrá declarar desierta la licitación respecto de una, varias o todas las Líneas de Servicio licitadas, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o a los intereses de los órganos públicos mandantes.

 

Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no dará derecho a indemnización alguna a los oferentes.

 

10.7.       Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas

 

Todas las características y requisitos técnicos se encuentran contenidos en estas bases, especialmente en el Anexo A “Bases técnicas”. De no cumplirse con dichas condiciones técnicas, la respectiva oferta será declarada inadmisible.

 

Si las ofertas han sido declaradas admisibles y cumplen con los requisitos técnicos mínimos del Anexo A, se procederá a su evaluación, la que se realizará en una etapa, considerando los siguientes criterios de evaluación: 

 

CRITERIO DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

Experiencia

30%

Propuesta técnica

25%

Oferta económica

40%

Criterio Administrativo

5%

 

Finalmente, el puntaje total de la propuesta será la suma de los puntajes ponderados obtenidos en cada criterio de evaluación.

 

El procedimiento de evaluación para cada criterio señalado precedentemente se indica a continuación:

 

10.7.1.       Criterio técnico: Experiencia