Subsanación de errores u omisiones formales.
Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el SLEP Atacama podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
La solicitud de la entidad de rectificación de los errores u omisiones del oferente o de los oferentes se debe siempre informar y publicar a través del Sistema de Información.
Los oferentes tendrán un plazo máximo de 25 horas corridas, contadas desde la notificación del respectivo requerimiento, para responder a lo solicitado por el SLEP Atacama o para acompañar los antecedentes requeridos por ésta. El SLEP Atacama no considerará las respuestas o los antecedentes recibidos una vez vencido dicho plazo o que no hayan sido enviados a través de la plataforma.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Hay que tener presente que el SLEP Atacama no considerará un error formal aquel relacionado con el precio en la oferta, al tenor de lo establecido en el artículo 56 del Decreto 661.
Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
El SLEP Atacama tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y puede pedir además la presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados -en caso de ser requerido- por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dicha presentación de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 25 horas corridas, contados desde su comunicación al oferente por parte del SLEP Atacama, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
El oferente que haya omitido certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”, establecido en el punto 17 de las presentes Bases.