Licitación ID: 1122317-12-LR25
Adquisición de equipos de tomografía computada
Responsable de esta licitación: DIRECCION DE COMPRAS Y CONTRATACION PUBLICA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Unidades de tomografía radiográfica médica 3 Unidad
Cod: 42201813
Tres (3) equipos de tomografía computada de 64 detectores diagnóstico  

2
Unidades de tomografía radiográfica médica 1 Unidad
Cod: 42201813
Un (1) equipo de tomografía computada de 64 detectores diagnóstico con mesa bariátrica  

3
Unidades de tomografía radiográfica médica 1 Unidad
Cod: 42201813
Un (1) equipo de tomografía computada de 64 detectores diagnóstico – simulación radioterapia  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Adquisición de equipos de tomografía computada
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Esta licitación tiene por objeto abastecer la demanda de tomógrafos computados de 5 Servicios de Salud a nivel nacional. La descripción específica de los equipos que se requieren adquirir mediante esta licitación se detalla en el Anexo Nº7 “Bases Técnicas”. El sólo hecho de participar de esta licitación implica la aceptación de la totalidad de las condiciones establecidas en las presentes bases.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas no serán de público conocimiento una vez adjudicada la licitación.
No, Por las características de los productos licitados, las ofertas técnicas no serán públicas. Esto, debido a la naturaleza de la contratación, en particular el altísimo grado de especificación técnica de los productos y los servicios asociados
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Compras Coordinadas
R.U.T.:
60.808.000-7
Dirección:
MONJITAS 392 PISO 8
Comuna:
Santiago Centro
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 28-08-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-07-2025 17:56:00
Fecha inicio de preguntas: 15-07-2025 18:00:00
Fecha final de preguntas: 23-07-2025 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-08-2025 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 28-08-2025 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 28-08-2025 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 15-10-2025 14:03:28
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Visita Terreno Hospital de Urgencia Asistencia Pública (del día 11 al día 15 contados desde la publicación de la Licitación, según lo indicado en bases) 28-07-2025 16:00:00
Visita Terreno Hospital Dr. Exequiel González Cortés (del día 5 al día 10 contados desde la publicacion de la Licitación, según lo indicado en bases) 21-07-2025 16:00:00
Visita Terreno Hospital San Juan de Dios de La Serena (del día 16 al día 20 contados desde la publicacion de la Licitación, según lo indicado en bases) 31-07-2025 16:00:00
Visita Terreno Complejo Asistencial Victor Rios Ruiz de Los Ángeles (del día 21 al día 25 contados desde la publicacion de la Licitación, según lo indicado en bases) 05-08-2025 16:00:00
Visita Terreno Hospital Dr. Hernán Henriquez Aravena de Temuco (del día 26 al día 30 contados desde la publicacion de la Licitación, según lo indicado en bases) 11-08-2025 16:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- • Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas. • Anexo N°1: Formulario de datos del oferente • Anexo N°2: Declaración jurada de independencia de la oferta. Las ofertas que no presenten esta declaración debidamente completada y firmada serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas. Los anexos señalados deben ser ingresados en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, en la sección "Anexos Administrativos", en el ID de esta licitación, dentro del plazo de presentación de ofertas señalado en la cláusula N°4 "Etapas y plazos • Anexo N°3: Programa de integridad. En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), este anexo deberá ser presentado por cada uno de sus integrantes, junto a la copia del programa de integridad del oferente, si corresponde. • Anexo N°4: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: El representante o apoderado común de la UTP, deberá completar debidamente, firmar y adjuntar a la oferta este anexo. En caso de que no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible. Los anexos señalados deben ser ingresados en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, en la sección "Anexos Administrativos", en el ID de esta licitación, dentro del plazo de presentación de ofertas señalado en la cláusula N°4 "Etapas y plazos
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°9: Oferta Técnica. El oferente deberá completar el Anexo N°9 declarando que cumple con los requerimientos técnicos mínimos definidos. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos de acuerdo con los requerimientos técnicos definidos en el Anexo N°7. En caso de que no se presente el Anexo N°9, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada para esa Línea de Servicio en particular. Anexo Nº7-A: Carta de disponibilidad de insumos y repuestos por 10 años. Se refiere a que el proveedor/fabricante se compromete a mantener disponibilidad de insumos y repuestos en plaza, así como stock permanente de repuestos de mantenimiento de uso corriente o de mayor frecuencia por un período de 10 años como mínimo, contados desde la fecha de recepción final del equipo, con el objeto de asegurar un funcionamiento continuo, normal y eficiente. Anexo N°7-B: Carta servicio técnico autorizado y personal calificado. Se refiere a la confirmación de que el servicio técnico del oferente se encuentra autorizado por el fabricante para realizar labores de instalación, puesta en marcha, pruebas operacionales y mantenimiento preventivo y correctivo del equipo. En caso de que no se presente el Anexo N°7 A y/o 7-B, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada para esa Línea de Servicio en particular.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°8 El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos. En caso de que no se presente el anexo económico, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada para esa Línea de Servicio en particular. Para facilitar la oferta económica, se dispondrá en el sistema www.mercadopublico.cl un formato específico para estos anexos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Si el oferente es Persona Natural
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: Si el oferente no es Persona Natural
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta económica (OE) De acuerdo a lo indicado en bases 60%
2 Plazo de entrega e instalación (PEI) De acuerdo a lo establecido en bases 20%
3 Cumplimiento de requisitos formales (RF) De acuerdo a lo establecido en bases 2%
4 Experiencia proveedor (EP) De acuerdo a lo establecido en bases 15%
5 Programa de integridad (PI) De acuerdo a lo establecido en bases 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Organismos Mandantes
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Organismos Mandantes
e-mail de responsable de pago: noaplica@noaplica.cl
Nombre de responsable de contrato: Organismos Mandantes
e-mail de responsable de contrato: noaplica@noaplica.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-2904400-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en los respectivos contratos
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Dirección de Compras y Contratación Pública, Rut. N° 60.808.000-7.
Fecha de vencimiento: 09-01-2026
Monto: 1 %
Descripción: Monto: 1% del valor neto de la línea de producto ofertada. Para garantizar la seriedad de la propuesta, los oferentes deberán entregar cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, póliza de seguro de garantía, vale vista, entre otros. No se aceptan cheques como instrumento de garantía. Esta garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que en conjunto representen el monto a caucionar. Esta garantía puede ser tomada por el oferente, o bien por un tercero en favor del oferente. En este último caso, será responsabilidad del oferente asociar dicha caución a la oferta correspondiente señalando el R.U.T. de éste directamente en el instrumento de garantía o bien en un documento anexo a éste
Glosa: El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: "Para garantizar Seriedad de la Oferta de la propuesta pública ID de la adquisición de equipos de tomografía computada” En caso de que el banco emisor rechace incluir la glosa en el cuerpo del instrumento, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de la glosa en forma manuscrita en el mismo, o bien, en documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: Podrá ser presentada mediante uno o varios instrumentos de garantía de la misma naturaleza; en este último caso deberán representar en su conjunto el monto equivalente al total requerido para la caución. Asimismo, el(los) instrumento(s) de garantía podrá(n) ser tomado(s) por el mismo oferente o mediante un tercero a nombre éste; en este último caso, lo señalado deberá dejarse constancia por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo el que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución. En caso de que el oferente sea una unión temporal de proveedores, la garantía de seriedad de la oferta podrá ser otorgada por cualquiera de los oferentes que forman parte de la UTP, o por un tercero que no forme parte necesariamente de la UTP ya mencionada en los términos y condiciones referidas precedentemente. El plazo para la recepción de la garantía de seriedad de la oferta se extenderá hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas. Forma de entrega: a. Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de esta Dirección ubicada en calle Monjitas 392, piso 10, comuna de Santiago, de lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas y los viernes de 09:00 a 13:00 horas, o bien, enviada por correo certificado y recibido en el mismo domicilio, antes del cierre de recepción de ofertas. b) En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y adjuntarse el documento en la sección de “Garantías” al momento de ingresar la oferta en Mercado Público. En caso de no poder ingresarse junto a la oferta, se deberá enviar el documento electrónico al correo garantias@chilecompra.cl, con copia a la casilla oficinadepartes@chilecompra.cl. El plazo para la recepción de este documento, ya sea físicamente o a través de correo electrónico se extenderá hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas. En cualquier caso, deberá adjuntarse en la oferta la imagen del documento de garantía entregado con timbre de recepción de la Dirección ChileCompra o la imagen del correo electrónico que certifique el envío del respectivo documento. Las ofertas que no acompañen la garantía de seriedad de la oferta, en la forma y oportunidad dispuestas en esta cláusula serán declaradas inadmisibles. En esta línea, también se declarará inadmisible la oferta en aquellos casos donde la caución referida sea tomada por un tercero y no pueda relacionarse, dicha garantía, de forma inequívoca con la propuesta presentada por el oferente, ya sea porque, no se indique expresamente en la garantía que dicha caución fue tomada en favor del oferente por parte del tercero o no se adjunte un documento en la oferta que exprese lo señalado. Si se lleva a cabo una readjudicación el plazo de vigencia de la garantía se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Será responsabilidad del oferente, en caso de que desee continuar participando del proceso de contratación respectivo, mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si, por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula, como, por ejemplo, ampliación de fecha de cierre de la licitación o del proceso de evaluación. Restitución: En caso del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y suscrito el contrato. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el sistema de información. Al contemplar las presentes bases la posibilidad de readjudicar a aquellas ofertas que le sigan en puntaje a la oferta originalmente adjudicada, en caso de que el proveedor adjudicado se desistiera de celebrar el respectivo contrato, en virtud de lo establecido en el artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación de la resolución que declare la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. La devolución de las garantías de seriedad a aquel oferente que le siga en puntaje al proveedor adjudicado se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, la garantía podrá ser retirada a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la DCCP antes aludida.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: El proveedor adjudicado deberá presentar a cada uno de los organismos de la Línea de producto adjudicada, una o más garantías, por cada contrato cuyo valor total, individualmente considerado supere las 1.000 UTM.
Fecha de vencimiento: 15-05-2028
Monto: 5 %
Descripción: Monto: 5% del valor neto del contrato. Lo anterior, a menos que sea declarada como oferta temeraria o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En estos casos de excepción, la entidad deberá justificar la circunstancia habilitante para aumentar el valor de la garantía, en la resolución que apruebe el respectivo contrato. Se entenderá que la oferta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por la entidad licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente.Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, los oferentes deberán entregar cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista, con el carácter de irrevocable, y a primer requerimiento, cumpliendo con los requisitos dispuestos por el artículo 121 del reglamento de la ley N° 19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros. En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá cumplir con lo siguiente: • Debe excluir cláusula de arbitraje, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato. • Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al contratista. • Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista. El adjudicatario podrá constituir la garantía en uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en su conjunto, representen el monto o porcentaje por caucionar. Dicha garantía podrá ser tomada por el adjudicatario por sí mismo o mediante un tercero a nombre éste; en este último caso, lo señalado deberá quedar explicitado por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo el que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución dentro del plazo señalado precedentemente en esta cláusula
Glosa: El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: Adquisición de equipos de tomografía computada; por concepto de entrega, instalación y puesta en marcha del equipo, trabajos de habilitación de la sala, y primeros dos años de funcionamiento y/o el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”. En caso de que el banco emisor rechace incluir la glosa en el cuerpo del instrumento, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de la glosa en forma manuscrita en el mismo, o bien, en documento anexo.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza en un plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de cobro. En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad con lo establecido en la cláusula N° 11.9 “Término anticipado de contrato” de estas bases, en su numeral 10. La restitución de esta garantía será realizada sin la aplicación de reajustes ni intereses, una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado. Finalmente, cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados. La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de cada una de ellas, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado. En el caso que los adjudicatarios entreguen un vale vista como garantía de fiel y oportuno cumplimiento, se recuerda que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 156 del DFL N°3 del año 1997, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos y de otros cuerpos legales que se indican, dichos documentos tendrán una validez de 5 años, a partir de lo cual se reafirma que la obligación de mantener vigente este tipo de garantía corresponde únicamente al adjudicatario.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
La re-adjudicación podrá ser ejercida cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales: 1. Se desiste de su oferta; 2. No entregue la documentación requerida para contratar o no entregue la respectiva garantía de fiel cumplimiento de contrato requerida en el 9.2 de las presentes bases; 3. No firma oportunamente la totalidad de contratos derivados del proceso de licitación; 4. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; o 5. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos; 6. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado. 7. Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Programa de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en la cláusula N° 11.18 de estas bases de licitación. En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, sea respecto de todos o alguno de los órganos públicos mandantes, la DCCP podrá dejar sin efecto la totalidad de la adjudicación original y adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original. Dicha re-adjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la DCCP se estime conveniente declarar desierta la licitación o la respectiva categoría. En estos casos, la DCCP hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta del oferente que incurre en las causales anteriores, si la hubiere.
APRUEBA BASES DE LICITACIÓN Y ANEXOS PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE TOMOGRAFÍA COMPUTADA PARA ABASTECER LA DEMANDA DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS QUE SE INDICAN.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA

“ADQUISICIÓN DE EQUIPOS DE TOMOGRAFÍA COMPUTADA PARA ABASTECER LA DEMANDA DE LOS ORGANISMOS PÚBLICOS QUE SE INDICAN”

BAJO MODALIDAD DE COMPRA COORDINADA POR MANDATO

 

1.     ANTECEDENTES GENERALES DE LA LICITACIÓN

 

Nombre de la Adquisición

Adquisición de equipos de tomografía computada para abastecer la demanda de los organismos públicos que se indican.

Objeto de la Licitación

Esta licitación tiene por objeto abastecer la demanda de tomógrafos computados de 5 Servicios de Salud a nivel nacional.

 

La descripción específica de los equipos que se requieren adquirir mediante esta licitación se detalla en el Anexo Nº7 “Bases Técnicas”.

 

El sólo hecho de participar de esta licitación implica la aceptación de la totalidad de las condiciones establecidas en las presentes bases.

Tipo de Adquisición

Licitación Pública mayor a 5.000 UTM (LR).

Tipo de Convocatoria

Abierta

Moneda

Pesos chilenos

Etapas del Proceso de Apertura

Una (1) etapa

Opciones de pago

Transferencia electrónica

Publicidad de los Anexos Técnicos

No.

Por las características de los productos licitados, las ofertas técnicas no serán públicas. Esto, debido a la naturaleza de la contratación, en particular el altísimo grado de especificación técnica de los productos y los servicios asociados, es necesario que las ofertas técnicas no sean de público conocimiento, con el objeto de no desincentivar la participación de los potenciales oferentes.

 

Esta decisión se funda, además, en consideración de lo sensible que resultaría exponer el contenido de las ofertas técnicas para los oferentes, dado que incorporarían conocimientos específicos propios en relación con los productos y servicios que se licitan, pudiendo revelarse, incluso, aspectos de su “know how” o secretos empresariales.

Calidad en que actúa el licitante

Mandatario

Organismos Mandantes

Los 5 organismos que mandataron a la Dirección ChileCompra para efectuar el presente procedimiento licitatorio en su nombre y representación, a fin de que licite y adjudique un contrato para la adquisición de tomógrafos computados, son los que se detallan a continuación:

  1. Servicio de Salud Araucanía Sur, R.U.T. 61.607.400-8 en representación de Hospital Dr. Hernán Henriquez Aravena, Rut; 61.602.232-6
  2. Servicio de Salud Biobío, R.U.T. 61.607.300-1 en representación de – Complejo Asistencial Victor Rios Ruiz, Rut; 61.607.301-k
  3. Servicio de Salud Coquimbo, R.U.T. 61.606.400-2 en representación de Hospital San Juan de Dios de La Serena, Rut; 61.606.402-9
  4. Servicio de Salud Metropolitano Central, R.U.T. 61.608.600-6 en representación de Hospital de Urgencia Asistencia Pública, Rut; 61.608.602-2
  5. Servicio de Salud Metropolitano Sur, R.U.T. 61.608.108-K en representación de Hospital Dr. Exequiel González Cortés, Rut:  61.608.102-0

 

2.     ORGANISMO LICITANTE

 

Razón Social

Dirección de Compras y Contratación Pública (DCCP o Dirección ChileCompra)

Unidad de Compra

División de Gestión Usuaria

R.U.T.

60.808.000-7

Dirección

Monjitas 392, piso 8

Comuna

Santiago

Región en que se genera la Adquisición

Región Metropolitana de Santiago

3.     PRODUCTOS LICITADOS

 

Las presentes bases tienen por objeto abastecer la demanda de equipos de tomografía computada para 5 Servicios de Salud a nivel nacional, bajo la modalidad de compra coordinada por mandato, clasificados en las siguientes líneas de productos:

 

a)     Línea de producto 1: Tres (3) equipos de tomografía computada de 64 detectores diagnóstico:

-        Servicio de Salud Coquimbo – Hospital San Juan de Dios de La Serena

-        Servicio de Salud Biobío – Complejo Asistencial Victor Rios Ruiz de Los Ángeles

-        Servicio de Salud Araucanía Sur – Hospital Dr. Hernán Henriquez Aravena de Temuco

 

b)    Línea de producto 2: Un (1) equipo de tomografía computada de 64 detectores diagnóstico con mesa bariátrica:

-        Servicio de Salud Metropolitano Central – Hospital de Urgencia Asistencia Pública

 

c)     Línea de producto 3: Un (1) equipo de tomografía computada de 64 detectores diagnóstico – simulación radioterapia:

-        Servicio de Salud Metropolitano Sur – Hospital Dr. Exequiel González Cortés

 

El detalle de las especificaciones técnicas de cada tomógrafo computado, se indican en el Anexo N°7.

 

El oferente, por el sólo hecho de presentar una propuesta en esta licitación, se compromete a abastecer la demanda total de cada uno de los organismos contratantes que comprenda la o las líneas de producto a las que oferte, lo que se indica en el Anexo Nº7 de estas bases, no pudiendo discriminar la demanda de algún organismo en particular respecto de los demás en ninguna circunstancia. De esta manera, se declarará inadmisible la oferta respecto de la o las líneas de producto en donde se verifique el incumplimiento de lo señalado en este párrafo.

 

En virtud de lo anterior, el oferente, en caso de resultar adjudicado, se obliga a suscribir la totalidad de los contratos que deriven a partir de su adjudicación.

 

Se hace presente que la entidad licitante de este proceso licitatorio es la Dirección de Compras y Contratación Pública. Por su parte, las entidades mandantes de cada proceso serán las individualizadas en el Anexo N°7 y podrán ser denominadas indistintamente entidad compradora y/o contratante.

 

4.     ETAPAS Y PLAZOS

 

Todos los plazos de días establecidos en las presentes bases de licitación serán de días hábiles administrativos, salvo que expresamente se señale que serán de días corridos. En el caso de los plazos de días corridos, si el último día recae en un día inhábil (sábado, domingo o festivo de carácter general), el vencimiento del plazo se entenderá prorrogado automáticamente para el día siguiente hábil administrativo.

 

Fecha de Publicación

Dentro de un plazo máximo de 5 días contados desde la total tramitación de la presente resolución, plazo dentro del cual se publicará en el portal www.mercadopublico.cl, las presentes bases de licitación y sus anexos.

Visita a terreno

De acuerdo con “Cronograma y acta de visitas a terreno” adjunto en el Anexo N°7-C.

 

Cada oferente podrá realizar un máximo de dos visitas al terreno en el respectivo hospital, con el objetivo de evaluar las condiciones del recinto donde se instalará el equipo ofertado.

 

Las fechas y horarios disponibles para realizar estas visitas se encuentran especificados en el Anexo N°7-C. Se recomienda a los oferentes coordinar con antelación su asistencia, considerando que dichas visitas permitirán recabar información clave para la correcta formulación de la oferta técnica.

Plazo para realizar consultas sobre la licitación

 

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones a través del sistema www.mercadopublico.cl, dentro de 5 días contados desde la publicación del respectivo llamado en el portal www.mercadopublico.cl, hasta las 23:59 hrs.

Plazo para publicar respuestas a las consultas

La DCCP pondrá las referidas preguntas y sus respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, en el plazo de 10 días posteriores al vencimiento del plazo para realizar consultas, a las 23:59 horas.

 

En caso de que el número de preguntas que se reciba sea superior a:

  • 50, la DCCP podrá aumentar el plazo de publicación de respuesta hasta por 5 días;
  • 100, la DCCP podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 10 días;
  • 150, la DCCP podrá aumentar el plazo de publicación de respuestas hasta por 15 días.

 

En caso de que sea necesaria alguna de las ampliaciones establecidas, esta será realizada mediante la emisión del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha de cierre recepción de ofertas

25 días hábiles administrativos contados desde la publicación del respectivo llamado en el portal www.mercadopublico.cl, a las 15:00 horas.

Con el objeto de aumentar la participación de oferentes o en el caso de ocurrir alguna de las hipótesis planteadas en el acápite “Plazo para publicar las respuestas a las consultas”, que aumenten el plazo de publicación de respuestas, la Dirección ChileCompra podrá extender este plazo por hasta 30 días adicionales, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl

Fecha de acto de apertura

El mismo día en que se produzca el cierre de recepción de ofertas, a las 15:30 horas en el portal www.mercadopublico.cl.

Plazo de evaluación y adjudicación

15 días posteriores a la fecha de apertura técnica de ofertas en el portal www.mercadopublico.cl a las 15:30 horas.

Si por causas no imputables a la Entidad compradora, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada, la Entidad compradora podrá extender este plazo por hasta 20 días adicionales, mediante la emisión del correspondiente acto administrativo totalmente tramitado, el cual deberá publicarse oportunamente en el portal www.mercadopublico.cl

 Plazo para la firma del contrato

Dentro de los 25 días hábiles administrativos posteriores a la fecha de notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada, no pudiendo ser suscrito antes de 10 días hábiles de la adjudicación si el monto a contratar es igual o superior a las 5000 UTM.

 

5.     INSTANCIA DE PREGUNTAS Y RESPUESTA Y MODIFICACIONES A LAS BASES

 

5.1.         Preguntas y respuestas

 

Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones respecto de las bases y sus anexos dentro de los plazos señalados en la cláusula N°4 “Etapas y plazos” de estas bases.

 

Las preguntas deberán formularse a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el ID de esta licitación. La Dirección ChileCompra dispondrá las preguntas y sus respuestas para conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en www.mercadopublico.cl, sin indicar el autor de las preguntas, dentro del plazo señalado en la cláusula citada.

 

Las referidas respuestas del foro se entenderán formar parte integral de las presentes bases de licitación y deberán ser aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente. Dicho acto administrativo se publicará en el Sistema de Información, en el ID de la licitación, en los plazos dispuestos para ello de acuerdo con lo señalado en la cláusula N°4 de estas bases de licitación de compra coordinada mandatada.

 

5.2.         Modificación a las bases

 

La Dirección ChileCompra podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el período de presentación de ofertas, hasta antes de la fecha de cierre de recepción de ofertas.

 

Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID de esta licitación. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe.

 

Junto con aprobar la modificación, se establecerá un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas considerando las modificaciones efectuadas. Por lo tanto, la entidad licitante deberá extender el plazo de cierre de conformidad a lo indicado en la cláusula N° 4, de las presentes bases, dando un plazo prudencial a los proponentes para ajustar sus ofertas al cambio efectuado.

 

6.     REQUISITOS MÍNIMOS PARA PARTICIPAR

 

Los oferentes deberán estar inscritos y hábiles en el registro de proveedores para poder participar del proceso de licitación.

El oferente, ya sea una persona natural, persona jurídica o Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Esta declaración contendrá aquellas inhabilidades reguladas en la Ley N° 19.886 y en su reglamento, en el Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, en la Ley N° 20.393, en la Ley N° 21.595, en sus modificaciones, así como en otros cuerpos normativos, conforme a la legislación vigente, a fin de participar en los procesos licitatorios que se originen con motivo de estas bases tipo de licitación.

 

En caso de que no se presente la referida declaración, se presente de manera incompleta o bien se incumpla uno o más requisitos mínimos para participar de la oferta, se desestimará la propuesta en su totalidad, no será evaluada y será declarada inadmisible.

 

Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante podrá verificar la veracidad de la información entregada en la declaración, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles. En caso de que el oferente se trate de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), se entenderá que quien ingresa la oferta a través del Sistema de Información está facultado por los demás integrantes para realizar tal declaración a favor de cada uno de ellos, sin perjuicio de que la entidad licitante podrá verificar la información para cada uno de los integrantes de la UTP.

 

Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".

 

Adicionalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 no podrán ofertar de manera individual en un mismo proceso licitatorio quienes participen de éste como integrantes de una Unión Temporal de Proveedores. En el evento que ello acaeciese, se declararán inadmisibles todas estas ofertas.

 

 

7.     ANEXOS E INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS

 

Inscripción y habilidad en Registro de Proveedores

Obligatorio.

Presentar Ofertas por Sistema

Obligatorio.

Las propuestas deberán ser ingresadas al portal www.mercadopublico.cl bajo el ID que identifica esta licitación en el plazo señalado en la cláusula 4 anterior, contado desde la fecha de publicación de las presentes Bases de licitación en el referido Portal y con anterioridad a la fecha de cierre de recepción de las ofertas.

Anexos Administrativos

  • Declaración jurada online: Los oferentes deberán presentar una “Declaración jurada de requisitos para ofertar”, la cual será generada completamente en línea a través del Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, en el módulo de presentación de las ofertas. Las ofertas que no presenten esta declaración serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.

 

  • Anexo N°1: Formulario de datos del oferente

 

  • Anexo N°2: Declaración jurada de independencia de la oferta. Las ofertas que no presenten esta declaración debidamente completada y firmada serán declaradas inadmisibles en su totalidad y no participarán de la evaluación de las ofertas.

 

Los anexos señalados deben ser ingresados en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, en la sección "Anexos Administrativos", en el ID de esta licitación, dentro del plazo de presentación de ofertas señalado en la cláusula N°4 "Etapas y plazos

  • Anexo N°3: Programa de integridad. En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), este anexo deberá ser presentado por cada uno de sus integrantes, junto a la copia del programa de integridad del oferente, si corresponde.

 

  • Anexo N°4: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: El representante o apoderado común de la UTP, deberá completar debidamente, firmar y adjuntar a la oferta este anexo. En caso de que no presente debidamente este anexo, la oferta efectuada por la UTP será declarada inadmisible en su totalidad. En caso de que, adicionalmente, un integrante de la UTP oferte en el mismo proceso licitatorio de manera individual, esta última oferta será declarada inadmisible.

Los anexos señalados deben ser ingresados en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, en la sección "Anexos Administrativos", en el ID de esta licitación, dentro del plazo de presentación de ofertas señalado en la cláusula N°4 "Etapas y plazos

Anexos Técnicos

 

Anexo N°9:  Oferta Técnica. El oferente deberá completar el Anexo N°9 declarando que cumple con los requerimientos técnicos mínimos definidos.

El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Técnicos de acuerdo con los requerimientos técnicos definidos en el Anexo N°7. En caso de que no se presente el Anexo N°9, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada para esa Línea de Servicio en particular.

 

Anexo Nº7-A: Carta de disponibilidad de insumos y repuestos por 10 años. Se refiere a que el proveedor/fabricante se compromete a mantener disponibilidad de insumos y repuestos en plaza, así como stock permanente de repuestos de mantenimiento de uso corriente o de mayor frecuencia por un período de 10 años como mínimo, contados desde la fecha de recepción final del equipo, con el objeto de asegurar un funcionamiento continuo, normal y eficiente.

 

Anexo N°7-B: Carta servicio técnico autorizado y personal calificado. Se refiere a la confirmación de que el servicio técnico del oferente se encuentra autorizado por el fabricante para realizar labores de instalación, puesta en marcha, pruebas operacionales y mantenimiento preventivo y correctivo del equipo.

 

En caso de que no se presente el Anexo N°7 A y/o 7-B, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada para esa Línea de Servicio en particular.

 

 

Anexos Económicos

Anexo N°8

El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, en la sección Anexos Económicos. En caso de que no se presente el anexo económico, la oferta será declarada inadmisible y no será evaluada para esa Línea de Servicio en particular.

Para facilitar la oferta económica, se dispondrá en el sistema www.mercadopublico.cl un formato específico para estos anexos.

Anexos informativos

Los siguientes anexos son informativos para el oferente y no corresponden a anexos que se requieran para presentar las ofertas:

  • Anexo Nº6: Organismos requirentes
  • Anexo Nº7: Bases técnicas. Las ofertas deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el Anexo N°7 Bases Técnicas, entendiéndose que éstos son los requisitos técnicos mínimos para poder participar. Las ofertas que no cumplan con todos estos requisitos serán declaradas inadmisibles y por tanto no serán consideradas en la evaluación.
  • Anexo Nº7-C: Cronograma y acta de visitas a terreno (esta visita es de carácter optativo). Corresponde a uno o más documentos que acrediten la asistencia del oferente a las visitas técnicas realizadas en los cinco (5) hospitales considerados en el presente proceso de compra. Cada acta deberá estar firmada por un representante del establecimiento de salud visitado y por el representante del oferente que haya asistido, dejando constancia de la fecha, hora y lugar de la visita
  • Anexo Nº10: Contrato tipo de suministro

 

7.1.         Observaciones

 

Los anexos singularizados en esta cláusula deberán ser suscritos por los oferentes a través de los representantes legales de cada persona jurídica. En el caso que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de la misma deberá tener poder suficiente para efectuar esta declaración representando a cada uno de sus integrantes, respecto de los anexos técnicos y económicos.

 

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en las presentes bases, documento que detalla cada una de las etapas y descripciones necesarias para una correcta presentación de la oferta paso a paso. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases, salvo que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 115 del Reglamento de la Ley N°19.886.

 

Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y archivos anexos requeridos, completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas a esta licitación.

 

Para lo anterior, siempre se debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados. Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.

 

El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será parte de la evaluación respectiva.

 

En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proveedor edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, dentro del plazo establecido para la presentación de las propuestas, y descargar un nuevo “Comprobante de Envío de Oferta”.

 

7.1.1.    Observaciones respecto de las ofertas presentadas por Uniones Temporales de Proveedores

 

En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, esta deberá ser integrada exclusivamente por empresas de menor tamaño conforme con la definición establecida en el numeral 14 del artículo 4° del Reglamento de la Ley N°19.886, sea que se trate de personas naturales o jurídicas.

 

Su constitución se deberá materializar en un acuerdo público o privado, conforme lo señalado en artículo 180 letra d) del Reglamento de Compras Públicas, el cual, deberá ser presentado por el apoderado de la UTP, al momento de ofertar. En caso de que dicho acuerdo no sea presentado en la oportunidad señalada, éste no conste por escritura pública, cuando el monto de la licitación así lo requiera o no de cumplimiento a las formalidades establecidas en la Ley y su reglamento, la oferta de la UTP será declarada inadmisible. Asimismo, serán declaradas inadmisibles las ofertas de aquellos oferentes que participen simultáneamente de forma individual y como integrante de una UTP, de acuerdo con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886. En el evento que ello acaeciese, se declarará inadmisible tanto la oferta presentada por la persona natural o jurídica en forma individual, como la oferta de la UTP de la que forme parte.

 

Se deja constancia, que el instrumento que formaliza la unión deberá establecer la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado, quien deberá ser un integrante de dicha UTP, con poder suficiente para representarla, especialmente, respecto de la presentación y suscripción de los anexos técnicos y económicos.

 

7.2  Veracidad de la oferta y comprobación de lo declarado

 

Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente.

 

Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en la cláusula N° 11.18 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación.

 

Debe tenerse presente que faltar a la verdad respecto de lo informado en una declaración jurada puede traducirse en la comisión del delito de perjurio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 210 del Código Penal, que dispone que "el que ante la autoridad o sus agentes perjurare o diere falso testimonio en materia que no sea contenciosa, sufrirá las penas de presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de seis a diez unidades tributarias mensuales".

 

8.     ANTECEDENTES LEGALES PARA PODER SER CONTRATADO

 

El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro de Proveedores al momento de celebrar el respectivo contrato con la entidad licitante. Adicionalmente, deberá presentar y acreditar en el Registro de Proveedores los siguientes documentos:

 

 

 

Si el oferente es Persona Natural

 

Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores

Anexo N°5: Declaración Jurada para Contratar.

Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva.

 

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación.

Si el oferente no es Persona Natural

Encontrarse en estado hábil en el Registro de Proveedores.

 

 

Certificado de Vigencia del poder del representante legal o del apoderado con poder suficiente, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente o del apoderado con poder suficiente, a la época de presentación de la oferta.

Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente, Archivo Judicial o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia de la sociedad, a la época de presentación de la oferta.

Anexo N°5: Declaración Jurada para Contratar.

Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.

Certificado de antecedentes laborales y previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación.

Sólo para adjudicatarios UTP:

  • Cada integrante de la UTP deberá presentar todos los documentos requeridos en esta cláusula, de conformidad con su condición particular (si se trata de persona natural o no), y en la forma y oportunidad dispuesta para aquello

8.1  Observaciones

 

Los antecedentes legales para poder ser contratado, indicados en esta cláusula, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada en el Sistema de Información.

 

Todos los anexos singularizados en esta cláusula, en los casos que proceda, deben ser firmados por el representante legal del adjudicatario o por el apoderado que cuente con facultades suficientes para esta actuación, o por sí mismo en el caso de que sean personas naturales. En el caso de que la oferta adjudicada sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores, el apoderado de esta deberá tener poder suficiente para efectuar esta actuación, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 180 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

 

Lo señalado en el párrafo precedente no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente en los términos que se indican en las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, ésta deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y remitirse en la forma señalada en la cláusula 9.2 de estas bases tipo de licitación.

 

Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario deberá acreditar mediante el Anexo N°5, que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores en los últimos dos años. Lo anterior es sin perjuicio de las obligaciones que a este respecto se le exijan al contratista por parte del organismo contratante para proceder a su contratación o la autorización del pago de la cuota correspondiente durante el desarrollo del servicio. Esta declaración deberá entregarse al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. En el caso de una UTP, deberá ser entregada por cada integrante de esta.

 

Si el respectivo proveedor adjudicado no entrega o no acredita en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado o no hace entrega de las respectivas garantías de fiel cumplimiento de contrato al organismo contratante o no se inscribiese en el Registro de Proveedores, en caso de no estar inscrito, y/o no se encuentra en estado “hábil” en dicho Registro al momento de suscribir el contrato; en definitiva, cualquier impedimento que implique la no suscripción del contrato en los plazos establecidos en estas bases , se considerará que desiste de la adjudicación, salvo que el incumplimiento de lo señalado en el plazo establecido no fuese imputable al adjudicatario, cobrándose la garantía de seriedad de la oferta, si la hubiere, y facultando a la entidad licitante para readjudicar la licitación, en conformidad con lo establecido en las presentes bases tipo de licitación en la cláusula N°10.11 “Readjudicación”.

 

9.     NATURALEZA Y MONTO DE LAS GARANTÍAS

9.1.         Garantía de Seriedad de la Oferta


El oferente deberá presentar juntamente con su oferta un instrumento de garantía que permita caucionar la seriedad de la oferta ingresada por éste en el presente proceso licitatorio.

 

Los oferentes que no acompañen en su oferta la garantía de seriedad de la oferta en la forma y oportunidad dispuestas en esta cláusula serán declaradas inadmisibles.

 

El instrumento de garantía en cuestión deberá regirse según lo siguiente:

 

Tipo de Documento

Para garantizar la seriedad de la propuesta, los oferentes deberán entregar cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: boleta de garantía, certificado de fianza a la vista, póliza de seguro de garantía, vale vista, entre otros. No se aceptan cheques como instrumento de garantía.

 

Esta garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza que en conjunto representen el monto a caucionar.

 

Esta garantía puede ser tomada por el oferente, o bien por un tercero en favor del oferente. En este último caso, será responsabilidad del oferente asociar dicha caución a la oferta correspondiente señalando el R.U.T. de éste directamente en el instrumento de garantía o bien en un documento anexo a éste.

Beneficiario

Dirección de Compras y Contratación Pública, Rut. N° 60.808.000-7.

Fecha de Vencimiento

Esta garantía deberá tener una vigencia no inferior a 120 días hábiles administrativos posteriores a la fecha de publicación de la presente licitación en el Sistema de Información.

 

Para una mayor claridad en cuanto a la fecha mínima de vigencia, ésta se calculará según lo dispuesto en la presente cláusula y será indicada en la ficha de licitación disponible en www.mercadopublico.cl (Ficha de Licitación, numeral 8, acápite “Garantías de seriedad de ofertas”).

 

En caso de que el proceso de adjudicación experimente demoras, la Dirección ChileCompra podrá solicitar a los oferentes la renovación o prórroga de sus respectivas garantías de seriedad de la oferta, con una vigencia no inferior a 90 días hábiles administrativos a contar de la nueva fecha de adjudicación que se determine.

Monto

1% del valor neto de la línea de producto ofertada

Glosa

El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente: "Para garantizar Seriedad de la Oferta de la propuesta pública ID ° ID que corresponda> de la adquisición de equipos de tomografía computada En caso de que el banco emisor rechace incluir la glosa en el cuerpo del instrumento, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de la glosa en forma manuscrita en el mismo, o bien, en documento anexo.

Entrega, forma y oportunidad de restitución.

Podrá ser presentada mediante uno o varios instrumentos de garantía de la misma naturaleza; en este último caso deberán representar en su conjunto el monto equivalente al total requerido para la caución. Asimismo, el(los) instrumento(s) de garantía podrá(n) ser tomado(s) por el mismo oferente o mediante un tercero a nombre éste; en este último caso, lo señalado deberá dejarse constancia por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo el que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución.

 

En caso de que el oferente sea una unión temporal de proveedores, la garantía de seriedad de la oferta podrá ser otorgada por cualquiera de los oferentes que forman parte de la UTP, o por un tercero que no forme parte necesariamente de la UTP ya mencionada en los términos y condiciones referidas precedentemente.

 

El plazo para la recepción de la garantía de seriedad de la oferta se extenderá hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas.

 

Forma de entrega:

 

  1. Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de esta Dirección ubicada en calle Monjitas 392, piso 10, comuna de Santiago, de lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas y los viernes de 09:00 a 13:00 horas, o bien, enviada por correo certificado y recibido en el mismo domicilio, antes del cierre de recepción de ofertas.

 

b)    En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y adjuntarse el documento en la sección de “Garantías” al momento de ingresar la oferta en Mercado Público. En caso de no poder ingresarse junto a la oferta, se deberá enviar el documento electrónico al correo garantias@chilecompra.cl, con copia a la casilla oficinadepartes@chilecompra.cl.

 

El plazo para la recepción de este documento, ya sea físicamente o a través de correo electrónico se extenderá hasta antes de la fecha y hora de cierre de presentación de las ofertas.

 

En cualquier caso, deberá adjuntarse en la oferta la imagen del documento de garantía entregado con timbre de recepción de la Dirección ChileCompra o la imagen del correo electrónico que certifique el envío del respectivo documento.

 

Las ofertas que no acompañen la garantía de seriedad de la oferta, en la forma y oportunidad dispuestas en esta cláusula serán declaradas inadmisibles. En esta línea, también se declarará inadmisible la oferta en aquellos casos donde la caución referida sea tomada por un tercero y no pueda relacionarse, dicha garantía, de forma inequívoca con la propuesta presentada por el oferente, ya sea porque, no se indique expresamente en la garantía que dicha caución fue tomada en favor del oferente por parte del tercero o no se adjunte un documento en la oferta que exprese lo señalado.

 

Si se lleva a cabo una readjudicación el plazo de vigencia de la garantía se extenderá hasta la celebración efectiva del respectivo contrato. Será responsabilidad del oferente, en caso de que desee continuar participando del proceso de contratación respectivo, mantener vigente la garantía, debiendo reemplazarla si, por razones sobrevinientes a su presentación, deja de cubrir la vigencia mínima exigida en esta cláusula, como, por ejemplo, ampliación de fecha de cierre de la licitación o del proceso de evaluación.

 

Restitución:

En caso del proveedor adjudicado, la restitución de esta garantía será realizada una vez que haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y suscrito el contrato.

 

La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad. En este caso, las garantías podrán ser retiradas a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el sistema de información.

 

Al contemplar las presentes bases la posibilidad de readjudicar a aquellas ofertas que le sigan en puntaje a la oferta originalmente adjudicada, en caso de que el proveedor adjudicado se desistiera de celebrar el respectivo contrato, en virtud de lo establecido en el artículo 53 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 30 días contados desde la notificación de la resolución que declare la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación.

 

La devolución de las garantías de seriedad a aquel oferente que le siga en puntaje al proveedor adjudicado se efectuará una vez que se haya notificado la resolución que aprueba el respectivo contrato. En este último caso, la garantía podrá ser retirada a contar del día hábil siguiente de dicha notificación en el Sistema de Información, en la dirección de la DCCP antes aludida.

Descripción

Esta garantía deberá ser extendida a nombre de la Dirección de Compras y Contratación Pública, Rut. 60.808.000-7, pagadera a la vista e irrevocable.

Ejecución de la Garantía

Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de la oferta, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por vía administrativa, por la Dirección Chilecompra, siempre que los incumplimientos sean imputables al proveedor, en los siguientes casos:

  1. Por no suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado en cada una de las líneas de servicio.
  2. Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases, en el caso del proveedor adjudicado;
  3. Por el desistimiento de la oferta dentro de su plazo de validez establecido en las bases;
  4. Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado;
  5. Presentación de una oferta falsa, manifiestamente errónea o inductiva a error, en el sentido que importe la entrega de antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta, lo que se deberá ser determinado mediante información objetiva y disponible.
  6. Por la vulneración del Pacto de Integridad establecido en estas bases de licitación.

9.2.         Garantías de Fiel Cumplimiento de los Contratos

 

9.2.1.    Garantía de fiel cumplimiento por la entrega, instalación y puesta en marcha del equipo, trabajos de habilitación de la sala, y primeros dos años de funcionamiento:

 

Tipo de Documento

Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, los oferentes deberán entregar cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, pagadera a la vista, con el carácter de irrevocable, y a primer requerimiento, cumpliendo con los requisitos dispuestos por el artículo 121 del reglamento de la ley N° 19.886. Como ejemplos de garantías se pueden mencionar los siguientes instrumentos: boleta de Garantía, Certificado de Fianza a la Vista, Vale Vista o Póliza de Seguro, entre otros.

 

En caso de que la garantía se entregue a través de una póliza de seguro, ésta deberá cumplir con lo siguiente:

  • Debe excluir cláusula de arbitraje, toda vez que debe ser irrevocable, pagadera a la vista y de cobro inmediato.
  • Debe establecer que se hará efectiva en caso de multas aplicadas al contratista.
  • Debe incluir el pago de remuneraciones y cotizaciones de salud y previsionales de los trabajadores del contratista.

 

El adjudicatario podrá constituir la garantía en uno o más instrumentos financieros de la misma naturaleza que, en su conjunto, representen el monto o porcentaje por caucionar.

 

Dicha garantía podrá ser tomada por el adjudicatario por sí mismo o mediante un tercero a nombre éste; en este último caso, lo señalado deberá quedar explicitado por parte del tercero en el mismo documento de garantía o mediante un documento anexo el que deberá ser adjuntado al momento de presentar la caución dentro del plazo señalado precedentemente en esta cláusula. 

 

Beneficiario

El proveedor adjudicado deberá presentar a cada uno de los organismos de la Línea de producto adjudicada, una o más garantías, por cada contrato cuyo valor total, individualmente considerado supere las 1.000 UTM.

Fecha de Vencimiento

60 días hábiles posteriores al término de la garantía por los primeros 24 meses contados desde la fecha de recepción final.

Monto

5% del valor neto del contrato. Lo anterior, a menos que sea declarada como oferta temeraria o se considere una contratación riesgosa, o bien, existan disposiciones legales particulares. En estos casos de excepción, la entidad deberá justificar la circunstancia habilitante para aumentar el valor de la garantía, en la resolución que apruebe el respectivo contrato.

 

Se entenderá que la oferta es temeraria cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por la entidad licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente.

Glosa

El instrumento, cualquiera sea su naturaleza, deberá indicar en su glosa lo siguiente “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato denominado: Adquisición de equipos de tomografía computada; por concepto de entrega, instalación y puesta en marcha del equipo, trabajos de habilitación de la sala, y primeros dos años de funcionamiento y/o el pago de saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años”. En caso de que el banco emisor rechace incluir la glosa en el cuerpo del instrumento, el oferente deberá dar cumplimiento a la inclusión de la glosa en forma manuscrita en el mismo, o bien, en documento anexo.

Forma de entrega

La garantía deberá ser entregada dentro de los 15 días hábiles administrativos contados desde el vencimiento del plazo de 10 días contados desde la notificación de adjudicación, si fuera emitida en soporte de papel, en el horario de atención a los proveedores. Si la garantía fuera emitida en soporte electrónico, ésta se deberá enviar a través del correo electrónico señalado por la entidad licitante en el mismo anexo, dentro del plazo antes indicado.

 

  1. Si la garantía fuera emitida en soporte papel, ésta deberá ser entregada en la Oficina de Partes de esta Dirección ubicada en calle Monjitas 392, piso 10, comuna de Santiago, de lunes a jueves de 09:00 a 15:00 horas y los viernes de 09:00 a 13:00 horas, o bien, enviada por correo certificado y recibido en el mismo domicilio, antes del cierre de recepción de ofertas.
  2. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma, y adjuntarse el documento en la sección de “Garantías” al momento de ingresar la oferta en Mercado Público. En caso de no poder ingresarse junto a la oferta, se deberá enviar el documento electrónico al correo garantias@chilecompra.cl, con copia a la casilla oficinadepartes@chilecompra.cl.

 

Reposición, Forma y oportunidad de Restitución

En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza en un plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de cobro.

 

En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad con lo establecido en la cláusula N° 11.9 “Término anticipado de contrato” de estas bases, en su numeral 10.

 

La restitución de esta garantía será realizada sin la aplicación de reajustes ni intereses, una vez que se haya cumplido su fecha de vencimiento y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.

 

Finalmente, cabe señalar que toda clase de garantías o cauciones que se constituyan en el contexto de esta cláusula, se enmarcan de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley N°19.886, a partir de lo cual se asegurará el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de los contratantes, y permanecerán vigentes hasta 60 días hábiles administrativos después de culminado el contrato. Asimismo, con cargo a estas mismas cauciones podrán hacerse efectivas las multas y demás sanciones que afecten a los contratistas adjudicados.

 

La restitución de esta garantía será realizada una vez que se haya cumplido la fecha de vencimiento de cada una de ellas, y su retiro será obligación y responsabilidad exclusiva del contratado.

 

En el caso que los adjudicatarios entreguen un vale vista como garantía de fiel y oportuno cumplimiento, se recuerda que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 156 del DFL N°3 del año 1997, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, sistematizado y concordado de la Ley General de Bancos y de otros cuerpos legales que se indican, dichos documentos tendrán una validez de 5 años, a partir de lo cual se reafirma que la obligación de mantener vigente este tipo de garantía corresponde únicamente al adjudicatario.

 

10.  EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LAS OFERTAS

 

10.1. Comisión Evaluadora

 

La apertura electrónica de las ofertas se realizará en una (1) etapa.

 

Se deja expresa constancia que es responsabilidad del oferente ingresar de forma adecuada en la sección correspondiente al tipo de anexo según lo indicado en la cláusula 7 de las presentes bases.

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada de conformidad con lo establecido en las presentes bases de licitación por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por 1 funcionario de la Dirección ChileCompra y 2 funcionarios públicos pertenecientes al Ministerio de Salud, designados por acto administrativo de la autoridad competente que corresponda, en cada caso.

 

Excepcionalmente, y de manera fundada, alguno de los integrantes de la Comisión designados por la DCCP, podrá ser una persona ajena a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.

 

La designación de la comisión evaluadora se publicará en el sistema www.mercadopublico.cl y sus integrantes se registrarán en el sistema de la ley N°20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.

 

Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:

  • Tener contactos con los oferentes, en los términos dispuestos en el artículo 35 ter de la ley N° 19.886
  • Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora
  • Aceptar donativos de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones

 

En efecto, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.

 

De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley N°19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora, una vez designados, deberán suscribir una declaración jurada en la que manifiesten, expresamente, la ausencia de conflictos de interés con aquellos oferentes que participen en el proceso de licitación, obligándose, además, a guardar la confidencialidad respecto del mismo.

 

Asimismo, y en virtud de lo preceptuado en el artículo referido en el párrafo anterior, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones de calificación o evaluación en el presente proceso licitatorio tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.

 

Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el artículo 35 quinquies de la Ley N°19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación, en comisiones evaluadoras o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada.

 

En virtud de los principios de probidad administrativa y de abstención, y lo artículos 35 quinquies de la Ley N°19.886, 62 N°6 de la Ley N°18.575 y 12 de la Ley N°19.880, en el evento que un conflicto de intereses se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante afectado por dicho conflicto deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado.

 

Cabe recordar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quinquies de la Ley N°19.886, dicho deber de abstención resulta aplicable a las autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica.

 

La comisión evaluadora emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Jefe de Servicio, o a quien corresponda la decisión si estuviera delegada, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.

 

Por su parte, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán resguardar la confidencialidad de las deliberaciones que surjan durante sus reuniones de evaluación, y para ello, deberán suscribir un acuerdo de confidencialidad o una declaración jurada que contenga un compromiso de confidencialidad en cuanto al contenido de las bases, las ofertas y antecedentes, y a todas las deliberaciones que se lleven a cabo durante el proceso de evaluación.

 

10.2.   Consideraciones Generales

 

  1. Sólo se admitirá una oferta por participante, entendiendo ésta como la presentación por parte de un oferente de los antecedentes requeridos en la cláusula N°7 “Anexo e instrucciones para la presentación de ofertas” y que serán evaluadas bajo lo establecido en las presentes bases de licitación, la cual podrá ser referida para uno, dos o tres líneas de productos que se licitan en este proceso concursal. En caso de que el oferente ingrese más de una propuesta se considerará la oferta que ingresó en primer lugar (considerando fecha y hora registradas en el Sistema de Información).

 

  1. Sólo se podrá presentar una oferta a cada línea de producto.

 

  1. Se exigirá el cumplimiento de los requerimientos establecidos en la cláusula 7 de las presentes Bases de Licitación. Aquellas ofertas que no fueran presentadas a través del portal, en los términos solicitados, quedarán marginadas de la propuesta y no serán consideradas en la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que concurra y se acredite alguna de las causales de excepción establecidas en el artículo 115 del Reglamento de la Ley de Compras.

 

  1. La DCCP declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases, sin perjuicio de la facultad de la DCCP de solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.

 

  1. Los documentos solicitados por la DCCP deben estar vigentes a la fecha de cierre de la presentación de las ofertas indicado en la cláusula 4 de las presentes bases y ser presentados como copias simples, legibles y firmadas por el representante legal de la empresa o persona natural. Sin perjuicio de ello, la DCCP podrá verificar la veracidad de la información entregada por el proveedor. Serán suficientes los antecedentes que se encuentren en el registro de proveedores en la medida que se haya dado cumplimiento a las normas de actualización de documentos que establece el citado registro.

 

  1. Los puntajes no se aproximan y se consideraran solo 2 decimales.

 

  1. Será de exclusiva responsabilidad del oferente el ingresar la oferta de conformidad con lo establecido en estas bases de licitación, en los plazos y condiciones establecidas para tales efectos, y la sola presentación de ésta implica la aceptación irrestricta de la totalidad de las cláusulas, obligaciones y términos dispuestos en este proceso licitatorio a través de estas Bases y el respectivo contrato.

 

10.3. Subsanación de errores u omisiones formales

 

Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la DCCP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

 

Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la DCCP, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

 

10.4. Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos

 

La DCCP tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos o no firmados por quien se exija en estas bases, se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula. No obstante, lo anterior, no se aceptarán certificados que se encuentren en “trámite” o “no vigentes”.

 

Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 3 días corridos, contados desde su comunicación al oferente por parte de la DCCP, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. Los oferentes deberán ingresar todos los antecedentes requeridos en una sola oportunidad dentro del plazo indicado en el siguiente párrafo, por lo tanto, no se considerarán los antecedentes que, sin perjuicio de ser entregados dentro del plazo, se incorporen luego de haberse realizado una primera presentación. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.

 

De conformidad con el artículo 56 del Reglamento de la Ley N°19.886, se asignará un menor puntaje el criterio de evaluación “Cumplimiento de requisitos formales” a las ofertas que no cumplieron, dentro del plazo para presentación, con todo lo requerido.

 

10.5. Inadmisibilidad de las ofertas

 

La DCCP declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, la ley o el reglamento, y aquellas que correspondan a empresas pertenecientes a un mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí y que no son la oferta más conveniente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9° de la Ley N°19.886. Lo anterior sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.

 

Para efectos de seleccionar la oferta más conveniente se optará por aquella que cuente con un mayor puntaje total. En caso de existir dos ofertas o más ofertas con el mismo puntaje total, de proveedores pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionados entre sí, se determinará cuál es la oferta más conveniente de acuerdo con los criterios de desempate indicados en las presentes bases, según el orden de prelación de dichos criterios establecido por la DCCP.

 

Asimismo, la DCCP podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, o cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor o igual al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue y se verifique por la entidad licitante que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente.

 

Se considerará que la justificación presentada por el proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.

 

Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, la DCCP deberá previamente analizar la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:

 

a) La Comisión o la persona evaluadora deberá solicitar, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.

 

b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el proveedor y deberá, en un plazo de cinco días hábiles, evacuar su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.

 

De ser adjudicada la oferta, la entidad licitante deberá solicitar al proveedor el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.

 

Finalmente, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 del Reglamento de la Ley N°19.886 se declararán inadmisibles todas las ofertas que simultáneamente hubiese presentado una UTP y alguno o algunos de sus integrantes.

 

10.6. Facultad de declarar desierta la licitación


La DCCP podrá declarar desierta la licitación o las Líneas de producto, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses o a los intereses de los órganos públicos mandantes.

 

Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no dará derecho a indemnización alguna a los oferentes.

 

10.7. Criterios de evaluación y procedimiento de evaluación de las ofertas

 

Sólo se someterán al proceso de evaluación de las ofertas aquellas propuestas que fueron declaradas admisibles por la Comisión Evaluadora, por cuanto dieron cumplimiento cabal a los requerimientos mínimos establecidos en estas bases de licitación.

 

La evaluación de las ofertas que fueron declaradas admisibles se realizará en una sola etapa para cada uno de los subbloques de suministro eléctrico licitados en este proceso de acuerdo con los siguientes criterios y ponderaciones respectivas:

 

 

Criterios de evaluación

Ponderación

Oferta económica (OE)

60

Plazo de entrega e instalación (PEI)

20

Experiencia proveedor (EP)

15

Cumplimiento de requisitos formales (RF)

2

Programa de integridad (PI)

3

Total

100

Ø  Criterio: Oferta económica


Los oferentes podrán ingresar su oferta económica en el Anexo N°8 “Oferta económica

 

La evaluación de este criterio se efectuará de forma individual para cada línea de producto incluida en el presente proceso licitatorio, según lo indicado en la cláusula N°3 “Productos licitados” de estas bases. Solo se considerarán, para estos efectos, los precios de los productos ofertados que cumplan íntegramente con los requisitos generales mínimos establecidos en el Anexo N°7.

 

El puntaje se asignará en función de un ranking de precios calculado para cada línea de producto licitado, asignándose el mayor puntaje al oferente que presente el valor más bajo.

 

El puntaje en este criterio de evaluación se asignará según la siguiente tabla:

 

Ranking

Puntaje

Primer lugar

100

Segundo lugar

85

Tercer lugar

70

Cuarto lugar

55

Quinto lugar

40

 

En caso de recibir más de cinco ofertas para la línea de producto en evaluación, desde el quinto lugar y hasta el noveno lugar, la asignación de puntajes será decreciente en 10 puntos por cada posición que avance en el ranking, hasta llegar a 0.

 

En el caso de existir una situación de empate entre dos o más oferentes, las ofertas que se encuentren en esta situación serán ubicadas en el mismo lugar del ranking y obtendrán el mismo puntaje en este criterio. El ranking se correrá la misma cantidad de posiciones que la cantidad de ofertas que se encuentren en situación de empate.

 

En caso de que exista solo una oferta económica en condiciones de ser evaluada, se asignará 100 puntos. De igual forma, si todas las ofertas económicas tienen el mismo precio, se asignará a todas ellas 100 puntos.

 

Para el caso de la línea de producto 1, se deberá detallar el costo por separado para cada Servicio de Salud, que no podrá tener una variación mayor al 10% entre el precio menor y el precio mayor, tomando de referencia en precio menor. Para esta línea de producto también se exigirá que se oferte de forma obligatoria a todos los Servicios de Salud que componen la línea de producto. En caso de que alguna de estas condiciones no se cumpla, la oferta será declara inadmisible y no será evaluada para esta línea de producto.

 

Se deja expresa constancia que serán desestimado de la oferta económica todas aquellas ofertas con precios inconsistentes o evidentemente fuera de mercado.

Ø  Criterio: Plazo de entrega e instalación


Los oferentes podrán ingresar su plazo de entrega e instalación en el Anexo N°9, “Oferta Técnica”, letra B).

 

 

Aplica cuando:

Puntaje

La oferta contempla un plazo de entrega e instalación menor o igual a 60 días corridos.

100

La oferta contempla un plazo de entrega mayor a 60 días corridos y menor o igual a 90 días corridos.

75

La oferta contempla un plazo de entrega e instalación mayor a 90 días corridos y menor o igual a 120 días corridos.

50

La oferta contempla un plazo de entrega e instalación mayor a 120 días corridos

0

 

Nota: El plazo de entrega será computado desde la fecha de la resolución que aprueba el contrato, de conformidad con lo establecido en la cláusula Nº11 de las presentes Bases. Este criterio considera; recepción del equipo, recepción de puesta en marcha, y recepción final del equipo.

 

Ø  Criterio: Años de experiencia del oferente en la comercialización e instalación de tomógrafos computados en Chile.

 

Para este criterio se evaluará la experiencia del oferente en la comercialización e instalación de tomógrafos computados en Chile. Esta experiencia deberá ser declarada en el Anexo N°9 “Oferta Técnica”, letra A), indicando, al menos, el cliente más antiguo al que se le haya comercializado un tomógrafo computado. La asignación de puntaje se realizará conforme a la siguiente tabla:

 

Años de experiencia

Puntaje

Mayor o igual 48 meses

100 puntos

Mayor o igual a 36 meses y menor a 48 meses

75 puntos

Mayor o igual a 24 meses y menor a 36 meses

50 puntos

Mayor o igual a 12 meses y menor a 24 meses

25 puntos

Menor a 12 meses

0 puntos

 

La experiencia se contabilizará desde la fecha de cierre de la licitación, considerando la cantidad de días resultante de la resta de la fecha de cierre menos la fecha declarada, dividido por 30. El número resultante será truncado de forma que no tenga decimales.

 

Sin perjuicio de lo anterior, la comisión evaluadora podrá verificar la información declara a través de la página de Servicio de Impuestos Internos, que la fecha de iniciación de actividades del RUT del oferente es igual o superior a la fecha declarada en el Anexo Nº9 “Oferta Técnica, letra A)”.

 

Adicionalmente, la DCCP se reserva el derecho a validar la información declarara contactando al cliente indicado en el Anexo Nº9 “Oferta Técnica, letra A)” o con información pública disponible.

 

Ø  Criterio: Requisitos formales

 

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 100 puntos en este criterio de evaluación.

 

Si el oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en las cláusulas N°s. 10.3 y 10.4 de estas bases de licitación, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado, obtendrá 50 puntos.

 

Por último, si el oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las cláusulas Nos 10.3 y 10.4 de estas bases de licitación, obtendrá 0 puntos en este criterio.

 

Criterio

Puntaje

Oferente cumple con la presentación completa de antecedentes.

100

Oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en las cláusulas N°s. 9.3 y 9.4 precedentes, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado.

50

Oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado en las cláusulas N°s. 10.3 y 10.4 precedentes.

0

 

Ø  Criterio: Programas de integridad

 

Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°3. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°3.

 

Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

 

En el caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) se evaluará si cada uno de los integrantes que la conforman posee un programa de integridad que sea conocido por su respectivo personal, lo cual deberá ser declarado por cada uno de ellos a través de la presentación individual del Anexo N°3.

 

En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta por cada uno de los integrantes de la UTP, o bien, este no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea conocido por su personal y, por tanto, la Unión Temporal de Proveedores oferente no cumplirá con los requisitos para obtener puntaje en este criterio, evaluándose con 0 puntos. Asimismo, también se entenderá que el oferente no cuenta con dicho programa de integridad cuando así lo declare en el anexo referido o cuando no acompañe a su declaración copia del programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Anexo N°3 y, por tanto, la UTP oferente no cumplirá con los requisitos para obtener puntaje, evaluándose con 0 puntos.

 

De acuerdo con lo señalado, la asignación de puntajes en este criterio se realizará de acuerdo con lo siguiente:

 

Criterio

Puntaje

Presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad

100

No presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y adjunta la copia del Programa de Integridad

0

Presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y no adjunta la copia del Programa de Integridad

0

No presenta Anexo N°3 declarando que posee un programa de integridad que sea conocido por su personal y no adjunta la copia del Programa de Integridad

0

 

 

Puntaje total de la oferta

 

Para obtener el puntaje total de la evaluación de la oferta de cada oferente, se sumarán los puntajes finales en cada criterio.

 

Puntaje Final = (OE)*0,6 x (PEI)*0,20 x (EP)*0,15 x (RF)*0,02 x (PI)*0,03

 

 

10.8. Mecanismo de resolución de empates

 

En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo para una línea de producto, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los demás criterios de evaluación en el siguiente orden de prelación: precio, plazo de entrega, experiencia proveedor y cumplimiento de requisitos formales.

 

Si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.

 

10.9. Adjudicación


Será adjudicado por cada línea de producto a un único oferente, adjudicando a quien obtenga el mayor puntaje en el proceso de evaluación de las ofertas técnicas, administrativas y económicas para la respectiva línea de producto.

 

Cada proveedor participante podrá ofertar y adjudicarse todas líneas de productos.

 

La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente de la DCCP, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.

 

Cabe recordar que, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal www.mercadopublico.cl.

 

En dicha resolución de adjudicación se indicará expresamente la cantidad y tipo de productos que corresponden a cada uno de los órganos públicos mandantes.

 

Una vez notificada la resolución de adjudicación, la DCCP citará a una reunión de coordinación general al proveedor adjudicado, dentro del plazo de 2 días hábiles, a efectos de propender a la correcta coordinación entre este último y los organismos compradores mandantes.

 

10.10. Resolución de consultas respecto de la Adjudicación

 

Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse a la DCCP dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace:

 

http://servicioalusuario.chilecompra.cl/Solicitudes/?op=R-IN 

 

La DCCP dispondrá de 5 días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo para presentar estas consultas.

 

10.11. Re-adjudicación

 

La re-adjudicación podrá ser ejercida cuando el proveedor adjudicado incurra en alguna de las siguientes causales:

 

1. Se desiste de su oferta;

2. No entregue la documentación requerida para contratar o no entregue la respectiva garantía de fiel cumplimiento de contrato requerida en el 9.2 de las presentes bases;

3. No firma oportunamente la totalidad de contratos derivados del proceso de licitación;

4. Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado; o

5. No cumple con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos;

6. Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado.

7. Si, mientras se realizan las gestiones precontractuales, esto es, entre el plazo de adjudicación y la fecha de celebración del contrato, se verifica el incumplimiento del Programa de Integridad por parte de éste, el cual se encuentra en la cláusula N° 11.18 de estas bases de licitación.

 

En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, sea respecto de todos o alguno de los órganos públicos mandantes, la DCCP podrá dejar sin efecto la totalidad de la adjudicación original y adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 20 días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación original.

 

Dicha re-adjudicación procederá a menos que, de acuerdo con los intereses de la DCCP se estime conveniente declarar desierta la licitación o la respectiva categoría.

 

En estos casos, la DCCP hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta del oferente que incurre en las causales anteriores, si la hubiere.

 

11.  CONDICIONES CONTRACTUALES, VIGENCIA DE LAS CONDICIONES COMERCIALES, OPERATORIA DE LA LICITACIÓN Y OTRAS CLÁUSULAS

 

11.1. Documentos integrantes

 

Atendido que estas bases se aplican a procesos de Compra Coordinada que realiza la Dirección de Compras y Contratación Pública como mandatario de otros órganos públicos, se generarán tantas relaciones contractuales para el proveedor adjudicado, como órganos públicos compradores se mencionen en el Anexo N°6.

 

Las relaciones contractuales que se generen entre el proveedor adjudicado y los órganos públicos compradores se regirán por los siguientes documentos:

 

i)               Ley N°19.886 y su Reglamento, así como sus modificaciones.

ii)              Bases de licitación (administrativas y técnicas) y sus anexos.

iii)             Aclaraciones, respuestas y modificaciones a las Bases, si las hubiere.

iv)             Contrato definitivo suscrito entre las partes.

v)              Orden de compra.

vi)             Oferta.

 

Todos los documentos antes mencionados forman un todo integrado y se complementan recíprocamente, especialmente respecto de las obligaciones que aparezcan en uno u otro.

 

Sin embargo, lo indicado en las bases administrativas y técnicas prevalecerá respecto de lo señalado en los demás documentos.

 

11.2. Validez de la oferta

 

Las ofertas tendrán una vigencia mínima desde su presentación hasta la suscripción del contrato derivado de la licitación o la emisión y aceptación por parte del proveedor de la orden de compra que formaliza la contratación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N°19.886. La garantía de seriedad de la oferta deberá cubrir el periodo de validez de la oferta.

Las ofertas técnicas presentadas por los oferentes y los documentos asociados NO serán de propiedad del órgano comprador. Sólo serán de propiedad del órgano comprador la oferta técnica que haya sido adjudicada, así como todos los informes y reportes entregados con ocasión del contrato derivado de esta licitación.

 

11.3. Suscripción del Contrato

 

Para formalizar las adquisiciones de bienes y servicios regidas por la Ley N°19.886, se requerirá la suscripción de un contrato. Los respectivos contratos entre el respectivo proveedor adjudicado y cada uno de los órganos públicos compradores para cada una de las líneas de producto. Si el monto de cada contrato supera las 5000 UTM, conforme lo dispuesto en el artículo 119 del Reglamento, la suscripción del respectivo contrato sólo podrá efectuarse una vez transcurrido el plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, debiendo ser aprobado mediante el correspondiente acto administrativo. Para suscribir los contratos, el proveedor adjudicado deberá acompañar las garantías de fiel cumplimiento cuando corresponda, y encontrarse hábil en el registro

 

Si por cualquier causa que no sea imputable a la DCCP o al órgano público mandante, alguno de los contratos no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistida la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado, de conformidad con la cláusula 10.11. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento respectiva en los plazos establecidos para ello.

 

11.4. Modificación del contrato

Las partes, de común acuerdo, podrán modificar el contrato por motivos fundados y en caso de que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de la institución. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante del respectivo contrato.

En ningún caso la modificación podrá alterar la naturaleza del objeto de éste, tampoco podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del valor total del respectivo contrato, para lo cual deberá contar con la debida autorización presupuestaria, si fuere procedente.

 

Se entenderá que una modificación altera los referidos elementos esenciales en los siguientes casos:

 

a)  Cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, en términos que hubiese implicado la aceptación de una oferta distinta a la aceptada inicialmente, o habrían atraído a más participantes en el procedimiento de contratación;

b) Si la modificación altera el equilibrio financiero del contrato; o

c) Si da como resultado un contrato de naturaleza diferente.

 

Toda modificación al contrato deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo. Se deja constancia que, en caso de modificación se deberá emitir la respectiva Orden de Compra, conforme lo señalado en el artículo 117 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

 

En estos casos, el proveedor deberá hacer entrega de una nueva garantía de fiel cumplimiento que cubra el nuevo monto y/o periodo de ejecución, la que deberá ajustarse a lo establecido en la cláusula N° 9.2 “Garantía de fiel cumplimiento de contrato” de las bases de licitación.

 

11.5. Responsabilidades y obligaciones del proveedor adjudicado

 

  1. Será responsabilidad del proveedor adjudicado velar por mantenerse habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.

 

  1. El proveedor adjudicado liberará de toda responsabilidad a la DCCP y a los órganos públicos mandantes, en caso de acciones entabladas por terceros debido a transgresiones de derechos intelectuales, industriales, de patente, marca registrada y de diseños, como los indicados en la Ley N° 17.336 sobre Propiedad Intelectual.

 

  1. El proveedor será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagar a sus trabajadores.

 

  1. Las reuniones que se soliciten durante la ejecución del contrato deberán ser requeridas por la persona debidamente autorizada por el proveedor adjudicado, lo que deberá documentarse fehacientemente.

 

  1. El proveedor deberá entregar oportunamente documentación que solicite la DCCP o el órgano público mandante.

 

  1. Acreditar cada seis meses, contados a partir del inicio de vigencia del contrato respectivo, el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales, por medio del Anexo Nº5.

 

  1. Cumplir con las demás obligaciones que le impone las bases de licitación y el contrato de prestación de servicios.

11.6.       Derechos e Impuestos

 

Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de los contratos, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el proveedor adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste.

 

11.7. Cesión de contrato y Subcontratación

 

El proveedor adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación, y, en especial, los establecidos en los respectivos contratos que se celebren con los órganos públicos mandantes.

 

La subcontratación sólo se permite parcialmente, respecto de las preinstalaciones y adecuaciones de infraestructura necesarias que sean propias de la instalación del equipo, sin perjuicio de que la responsabilidad final de las obras recae exclusivamente en el proveedor adjudicado

 

Con todo, la empresa adjudicataria deberá ser la que efectivamente preste los servicios contratados, no pudiendo ceder de hecho a un tercero la ejecución de aquéllos.

 

La infracción de esta prohibición será causal inmediata de término del contrato, sin perjuicio de las acciones legales que procedan.

 

11.8. Efectos derivados de Incumplimientos del Proveedor

 

El respectivo órgano público comprador podrá aplicar, mediante el respectivo acto administrativo de la autoridad competente, alguna de las siguientes medidas en caso de incumplimiento del proveedor adjudicado a su contrato.

 

11.8.1. Multas 

El adjudicatario podrá ser objeto de la aplicación de multas por atrasos o incumplimientos derivados de su responsabilidad en los siguientes casos:

 

1.- El incumplimiento en el plazo de entrega e instalación del equipo adjudicado: La Entidad Compradora podrá aplicar una multa equivalente al 0,5% del valor total neto del contrato adjudicado por cada día corrido de atraso, en base al plazo declarado por el oferente en el Anexo Nº9, hasta un máximo del 20% del valor neto del equipo adjudicado.

 

2.- El incumplimiento del porcentaje de uptime comprometido en el Anexo N°9: La Entidad Compradora podrá aplicar en un año desde la recepción final del equipo y durante el periodo de garantía oferta, una multa equivalente 0,5% del valor total neto del contrato adjudicado por cada 1% bajo el uptime declarado por el oferente en el Anexo Nº9, hasta completar un máximo del 10% del valor total neto del contrato adjudicado.

 

Las multas señaladas en esta cláusula se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente se considere procedente.

 

Las referidas multas no podrán sobrepasar el 30% del valor neto del contrato, consideradas en su conjunto. En caso de que se supere ese porcentaje, se dispondrá el término anticipado del contrato.

 

El monto de las multas será rebajado del pago que el respectivo órgano público comprador deba efectuar al proveedor adjudicado en los estados de pago más próximo y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si la hubiera.

 

Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.

 

La multa por atraso del plazo de entrega e instalación, en caso de proceder, será establecida en el Acta de recepción final correspondiente y se notificará a través del correo electrónico que el proveedor registre en el portal www.mercadopublico.cl

 

La multa por atraso del cumplimiento del porcentaje del Up-Time Comprometido, en caso de proceder, se notificará a través del correo electrónico que el proveedor registre en el portal www.mercadopublico.cl.

 

  • Procedencia de la responsabilidad:

 

El proveedor adjudicado será responsable por hechos imputables a su incumplimiento directo y no por aquellos originados en causales de fuerza mayor o caso fortuito, o en los cuales se demuestre que fueron ocasionados por causas imputables al órgano público comprador o por terceros no vinculados al proveedor adjudicado.

 

11.8.2. Cobro de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato

 

Al Proveedor adjudicado le podrá ser aplicada la medida de cobro de la Garantía por Fiel Cumplimiento del Contrato por el respectivo órgano público comprador, en los siguientes casos:

 

  1. No pago de multas con dicho órgano público comprador, dentro del plazo establecido en las presentes bases.

 

  1. Incumplimientos de las exigencias técnicas de los productos adjudicados establecidos en las bases técnicas y el contrato.

 

  1. Incumplimiento en el plazo de entrega e instalación del equipo comprometido en el Anexo Nº9, lo cual genera una multa superior al 20% del total del contrato adjudicado.

 

  1. Incumplimiento del porcentaje de Uptime comprometido en el Anexo N°9, lo cual genera una multa superior al 10% del total anual de mantenimiento declarado.

 

En caso de cobro de esta garantía, derivado del incumplimiento de las obligaciones contractuales del adjudicatario indicadas en las presentes bases, éste deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza en un plazo de 10 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de cobro.

 

En caso de no reponer dicha garantía en el plazo indicado anteriormente, se procederá en conformidad con lo establecido en la cláusula N° 11.9 “Término anticipado de contrato” de estas bases, en su numeral 10.

 

11.9. Término Anticipado Contrato

 

Cada órgano público comprador está facultado para declarar administrativamente el término anticipado de su contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el proveedor adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:

 

1)    La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad de jurídica de la sociedad adjudicada.

2)    Si el adjudicado se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado en proceso concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N°20.720 que sustituye el régimen concursal vigente por una ley de reorganización y liquidación de empresas y personas y perfecciona el rol de la Superintendencia del ramo.

3)    La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados cuando no sea posible modificar el contrato de conformidad con el artículo 13 bis de la ley, en tal caso, el organismo del Estado solo pagará el precio por los servicios que efectivamente se hubieren prestado, durante la vigencia del contrato. Lo anterior, siempre que la imposibilidad de cumplimiento del contrato no obedezca a motivos imputables al proveedor.

4)    Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, razones de ley o de la autoridad ministerial de Salud, dictadas en caso de epidemias, pandemias u otras emergencias sanitarias en el país, que hagan imperiosa su inmediata terminación, debidamente justificado.

5)    Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.

6)    Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:

  1. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del organismo comprador, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y el organismo.
  2. Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
  3. Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del órgano comprador.

 

7)    La comprobación de que el adjudicatario, al momento de presentar su oferta contaba con información o antecedentes relacionados con el proceso de diseño de las respectivas bases, encontrándose a consecuencia de ello en una posición de privilegio en relación con el resto de los oferentes, ya sea que dicha información hubiese sido conocida por el proveedor en razón de un vínculo laboral o profesional entre éste y la DCCP o el organismo comprador, o bien, como resultado de prácticas contrarias al ordenamiento jurídico.

8)    En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 30% del valor total neto contratado.

9)    En caso de ser el adjudicatario de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  1. Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
  2. De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
  3. Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
  4. Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
  5. Disolución de la UTP.

Lo dispuesto en este numeral, es sin perjuicio de lo establecido en el artículo 183 del Reglamento de la Ley N°19.886, sobre la posibilidad de reemplazar a un integrante de la Unión Temporal de Proveedores, en los términos que ahí se exponen. 

10) No renovación oportuna de la Garantía de Fiel Cumplimiento, según lo establecido en la cláusula N° 9.2 de las bases de licitación.

11) En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula N° 11.7 "Prohibición de cesión de contrato y subcontratación".

12) En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula N° 11.18 "Pacto de integridad".

13) En el caso de incumplimiento de lo dispuesto en la cláusula N° 11.20 "Confidencialidad".

14) Por alguna de las causales previstas en el artículo 13 bis de la Ley N° 19.886.

15) En caso de incurrir en alguna de las situaciones de inhabilidad.

 

De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Lo anterior no será aplicable a la causal del numeral 1, 3 y 4, por no serle imputable al proveedor, ni a la causal del numeral 10, cuando no exista ninguna garantía vigente que cobrar.

 

El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula N° 11.10 "Procedimiento para aplicación de medidas derivadas de incumplimientos".

 

Resuelto el término anticipado, en virtud de las causales anteriormente señaladas, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo cada organismo comprador concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha de liquidación del contrato.

 

Resciliación o término de mutuo acuerdo

Sin perjuicio de lo anterior, el órgano público comprador y el respectivo proveedor adjudicado podrán poner término a su contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento y sin afectar con ello, la vigencia de los demás contratos.

 

11.10. Procedimiento para Aplicación de Medidas derivadas de incumplimientos

 

Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida derivada de incumplimientos contemplada en las presentes bases, el organismo comprador notificará inmediatamente de ello mediante correo electrónico al proveedor adjudicado informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan.

 

A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles administrativos para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada.

 

Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el organismo podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado mediante correo electrónico.

 

Recursos: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles administrativos, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.

 

La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.

 

  • Consideraciones respecto a las notificaciones:

 

Conforme lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento, las notificaciones que se disponen en el presente procedimiento se realizarán a la dirección de correo electrónico informada por el proveedor en el Sistema de Información. Es responsabilidad del proveedor mantener dicha dirección de correo electrónico actualizada e informar de cualquier cambio a la DCCP.

 

11.11. Facturación y Pago

 

Conforme señala la Ley N° 21.131, el pago será efectuado por cada uno de los órganos públicos compradores que corresponda, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción de la respectiva factura o instrumento tributario de cobro, la que deberá emitirse solo una vez que se hayan recepcionado conforme los bienes y/o servicios.

 

Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente el órgano público comprador certifique la recepción conforme de los bienes y servicios adquiridos dentro del plazo establecido en el artículo 3° de la Ley N° 19.983.

 

El pago de los productos será en pesos chilenos.

 

En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será el precio de los servicios adquiridos, convertidos a pesos chilenos según el valor de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la factura, no procediendo ningún otro cobro adicional por servicios no convenidos, ni por tiempos en que por alguna razón el proveedor no presta un servicio.

 

Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5. En caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.

 

El proveedor adjudicado deberá adjuntar a la factura, la respectiva orden de compra para el trámite de pago.

 

El oferente adjudicado deberá facturar el 80% del valor total por la entrega del equipo y un 20% una vez que se disponga de la recepción final de equipo.

 

La facturación debe reanalizarse a nombre de la entidad compradora, considerando 8 días corridos, para que la entidad compradora rechace o apruebe la Factura. y entregada en la Oficina de Partes definida en el Anexo 6.

 

La factura por el 80% del valor total adjudicado debe ser acompañada de una copia de la Orden de Compra, Certificados de las respectivas instituciones previsionales o la Inspección del Trabajo y una copia del Acta de recepción del equipo.

 

La factura por el 20% del valor total adjudicado por concepto de recepción final, debe ser acompañada de una copia de la Orden de Compra, Certificados de las respectivas instituciones previsionales o la Inspección del Trabajo y una copia del Acta de recepción final del equipo.

 

Toda factura que se entregue sin alguno de los documentos solicitados será rechazada, se considerará un plazo de 8 días corridos para que el documento sea devuelto al proveedor. En este caso, el reclamo será puesto en conocimiento del emisor de la factura por carta certificada, o bien, a través de correo electrónico enviado a la dirección señalada por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl, conjuntamente con la devolución de la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente.

 

El emisor de la factura dispondrá a su vez de 10 días hábiles para subsanar los errores. La nueva Factura o Nota de Crédito, según sea el caso, sufrirá el mismo trámite formal que el documento original.

 

Cabe señalar que, junto con la entrega de la respectiva Factura, el oferente adjudicado deberá entregar los certificados de las respectivas instituciones previsionales o la Inspección del Trabajo, que acrediten que se encuentra al día en el pago de las prestaciones previsionales y remuneraciones de todo su personal. En caso de que el oferente adjudicado registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.

 

11.12. Vigencia de los contratos y plazo de ejecución de los servicios

 

El respectivo contrato comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe y la vigencia de los servicios será la siguiente:

 

Entrega, instalación y puesta en marcha del equipo, trabajos de habilitación de la sala, y primeros dos años de funcionamiento: desde la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato y hasta dos años después de la fecha de recepción final de los equipos. Durante este periodo el adjudicatario deberá proveer el equipo y los servicios de estación, garantía técnica de acuerdo con lo exigido en bases y la oferta adjudicada, mantenciones preventivas, mantenciones correctivas y servicio técnico.

 

Los contratos que emanen de esta licitación no podrán ser renovados, ni ser modificados en su vigencia con la finalidad de extender ésta en contravención de lo indicado en este párrafo.

 

Corresponderá a cada organismo comprador certificar la recepción final de los productos, definidas en la cláusula 11.15 de las presentes bases.

 

11.13 Costos a cargo de los oferentes adjudicados

 

Serán de exclusivo cargo de la Empresa proveedora, los siguientes costos:

 

-          Equipos, instalación, mantenciones preventivas, mantenciones correctivas y servicio técnico durante el periodo de habilitación de los equipos y garantía de los dos primeros años de funcionamiento.

-          Todos los derivados de la entrega del equipo, embalaje, traslado, seguros y entrega del equipo en el lugar de destino.

-          Aquellos derivados del contrato.

-          Todos los derivados de la capacitación, mantención del equipo (incluyendo traslado por este concepto).

 

11.14 Garantía técnica         

 

Una vez efectuada la entrega, instalación, puesta en marcha, capacitación del personal y recepción definitiva del equipo, el oferente adjudicado se obliga a garantizar su correcto funcionamiento durante un período de dos años o bien, lo que haya ofertado el proveedor en el presente proceso licitatorio, contados desde la fecha de recepción final.

 

Durante este período, el proveedor deberá reparar o sustituir, sin costo alguno para la entidad contratante, todas aquellas piezas o componentes que presenten fallas, incluyendo, entre otros, el tubo de rayos X y el detector digital. Esta obligación se extiende tanto a defectos atribuibles a la fabricación del material, como a fallas derivadas de errores en la construcción o el montaje. En caso de que la falla comprometa el funcionamiento integral del equipo, se deberá proceder al reemplazo completo del equipo por uno nuevo de iguales características técnicas.

 

La garantía también incluirá la ejecución de mantenimientos preventivos durante todo el período indicado, cuya frecuencia será definida por el fabricante. Estos mantenimientos deberán realizarse sin costo adicional, e incluirán el reemplazo de piezas, partes y componentes que el fabricante considere necesarios para asegurar el correcto funcionamiento del equipo.

 

Asimismo, se deberá efectuar el diagnóstico técnico de los eventos que requieran mantenimiento correctivo, incluso si estos no se encuentran asociados a defectos de fabricación, sin que ello implique cobro adicional por el proceso de diagnóstico.

 

11.15 Condiciones de entrega y recepción de los productos

 

De acuerdo con las bases técnicas, el proceso de recepción del equipo se realizará en 2 (dos) etapas:

 

1.- Recepción del equipo: Corresponde al acto administrativo y logístico mediante el cual el organismo público recepciona materialmente el equipo en el lugar de destino, normalmente en las dependencias del establecimiento de salud.

 

Esta etapa implica:

-          Confirmación del arribo físico del equipo al lugar convenido.

-          Verificación del embalaje, número de bultos, modelo, número de serie y condiciones visibles.

-          Revisión de la documentación de entrega (guías de despacho, factura, etc.).

 

2.- Recepción final del equipo: Es el acto mediante el cual el organismo público verifica que el equipo cumple íntegramente con las condiciones técnicas, contractuales y funcionales establecidas en las bases de licitación y en la oferta adjudicada.

 

Esta etapa incluye:

-          Revisión técnica detallada.

-          Verificación del funcionamiento operativo del equipo.

-          Revisión de los accesorios, insumos, manuales, garantías y certificaciones requeridas.

-          Revisión de las adecuaciones de infraestructura asociadas a la instalación del equipo

-          Validación de la instalación correcta, calibración y pruebas funcionales.

-          Ejecución de capacitaciones, si así se establece.

 

Los plazos establecidos para cada una de estas etapas y en que su conjunto componente el plazo de entrega e instalación declarado por el oferente, y son los siguientes:

 

  • Plazo de entrega del equipo. El oferente deberá indicar el número de días corridos requeridos para la entrega del equipo, contados a partir de la fecha de resolución aprobatoria del contrato, hasta su recepción física en las dependencias del Establecimiento de Salud correspondiente, según lo indicado en el Anexo N°6 de las bases técnicas.
  • Plazo de instalación, y recepción final del equipo. Corresponde al plazo, expresado en días corridos, que el oferente dispone para ejecutar la instalación completa del equipo, su puesta en marcha y la capacitación teórico-práctica dirigida al personal designado por el Establecimiento de Salud. La recepción conforme se entenderá cumplida una vez que:
    • El equipo se encuentre totalmente instalado y operativo.
    • Haya sido verificado su correcto funcionamiento por la Unidad Técnica y la Inspección Técnica del contrato.
    • Haya sido verificado las adecuaciones de infraestructura y preinstalaciones para el correcto funcionamiento por la Unidad Técnica y la Inspección Técnica del contrato.

 

Para efecto de la recepción del equipo, el oferente deberá entregar el equipo en la forma, cantidad, calidad y plazo convenido. El lugar de entrega será las dependencias definidas en el Anexo 6. El oferente adjudicado deberá dará aviso con veinte días corridos de anticipación del día y hora de entrega de los Equipos a la Unidad Técnica de la Dirección del Establecimiento de Salud, quien coordinará, junto a la Inspección Técnica la revisión e inspección de lo entregado y procederá a la firma del Acta de recepción del equipo” (una copia debe ser entregada al oferente para su posterior facturación detallada en el Cláusula 11.11 “Facturación y Pago” de las presentes Bases Administrativas). El detalle de las condiciones que se deben cumplir para proceder a la firma del Acta de recepción del equipo se encuentra detallada en el Artículo Nº 11.1 de las Bases Técnicas.

 

El envío de la Orden de Compra se realizará una vez que se cuente con la total tramitación de la Resolución Afecta que aprueba el contrato.

 

11.16 Coordinadores del Contrato

El proveedor adjudicado deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informada al correspondiente órgano público comprador, con el objeto de coordinar y controlar el correcto cumplimiento del servicio contratado. Por su parte, cada organismo público mandante designará a un responsable que se vinculará directamente con el adjudicatario.

 

En el desempeño de su cometido, el coordinador del contrato deberá, a lo menos:

 

1. Informar oportunamente al órgano público comprador de todo hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato.

2. Representar al proveedor en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.

3. Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato.

 

La designación del coordinador y todo cambio posterior deberá ser informado por el proveedor adjudicado al responsable de administrar de contrato por parte del órgano público comprador, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuada la designación o el cambio, por medio del correo electrónico institucional del funcionario.

 

Por su parte, el órgano público comprador definirá una contraparte técnica para coordinar el contrato, la que generará los documentos de recepción conforme con los que se autorizarán los pagos correspondientes, supervisará el correcto desarrollo y cumplimiento del contrato y demás funciones que le encomienden las bases.

 

La comunicación entre el proveedor y el Servicio en temas administrativos, se realizará formalmente a través de la Oficina de Partes de la Dirección indicada en el Anexo N°7.

 

11.17. Rol de la DCCP en la ejecución del contrato

 

Se deja expresa constancia que la DCCP no tiene responsabilidad alguna en la ejecución del vínculo contractual entre la entidad compradora y el proveedor adjudicado.

 

En este sentido la Dirección ChileCompra no participa ni es responsable de la administración del contrato, la recepción conforme de los servicios, la realización de los pagos, la aplicación de las sanciones, así como de cualquier otra obligación que posea el organismo contratante en esta etapa.

 

11.18 Pacto de Integridad

 

El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.

 

Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

 

  1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
  2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
  3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
  4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
  6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
  8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los oferentes.

 

Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles. Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del servicio que le fue adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en la cláusula N°9.10 de las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la DCCP ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor. Finalmente, si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en conformidad con la cláusula N° 10.9.3, numeral 12, de estas bases de licitación.

11.19 Comportamiento ético del Proveedor adjudicado

 

El proveedor adjudicado deberá observar durante toda la época de ejecución de sus contratos, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos.

 

Dichos estándares de probidad exigibles al proveedor adjudicado se equipararán a los aplicables a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.

 

11.20 Confidencialidad

 

El proveedor adjudicado no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución del contrato, la documentación, los antecedentes y, en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de cualquier actividad relacionada con el contrato.

 

El proveedor adjudicado, así como su personal dependiente que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas, deben guardar confidencialidad sobre los antecedentes relacionados con el contrato.

 

El proveedor adjudicado debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información, reservándose el órgano público comprador el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan, de acuerdo con las normas legales vigentes, en caso de divulgación no autorizada, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida.

 

La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor adjudicado, durante la vigencia del contrato o dentro de los 5 años siguientes después de finalizado éste, podrá dar pie a que la Entidad entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Con todo, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.

 

11.21 Saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

 

Durante la ejecución del contrato el proveedor adjudicado deberá acreditar que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años.

 

Cada órgano público comprador podrá requerir al proveedor adjudicado, en cualquier momento, los antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales antes señaladas.

 

En caso de que la empresa adjudicada registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los pagos producto de esta licitación deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de las prestaciones, con un máximo de seis meses.


Cada órgano público comprador deberá exigir que la empresa adjudicada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa adjudicataria dará derecho a terminar la relación contractual, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.

 

11.22. Normas laborales

 

El adjudicatario, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

 

En consecuencia, el adjudicatario será responsable, en forma exclusiva, y sin que la enumeración sea taxativa, del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, gratificaciones, gastos de movilización, beneficios y, en general, de toda suma de dinero que, por cualquier concepto, deba pagarse a sus trabajadores y/o integrantes de sus respectivos equipos de trabajo.

 

El órgano comprador se reserva el derecho a exigir al contratista, a simple requerimiento de la contraparte técnica, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley de Compras y el artículo 183-C del Código del Trabajo, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva, o bien, por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto de sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo por parte del órgano comprador, su derecho a ser informado y el derecho de retención, consagrados en los incisos segundo y tercero del artículo 183-C del Código del Trabajo, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que alude el artículo 183-D del mismo Código.

 

Por otra parte, se deja expresa constancia que la suscripción del contrato respectivo no significará en caso alguno que el adjudicatario, sus trabajadores o integrantes de los equipos presentados por éstos, adquieran la calidad de funcionarios públicos, no existiendo vínculo alguno de subordinación o dependencia de ellos con el órgano comprador.

 

11.23    Propiedad intelectual

Al iniciar sus prestaciones, el adjudicatario deberá informar a la contraparte del órgano comprador respecto del software sobre el cual tiene derechos de propiedad intelectual, sea como autor o a través de licenciamiento, y que será utilizado durante la ejecución del contrato
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
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