Licitación ID: 585893-1-LQ23
Cont. ejecuc. programa PDTI Colchane INDAP Tarapac
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 10
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Productos o servicios
1
Asesorías en gestión de proyectos 1 Unidad
Cod: 80101604
contratacion de los Servicios para la Ejecución del Programa de Desarrollo Territorial Indígena (PDTI) INDAP-CONADI, comuna de Colchane, Región de Tarapacá  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Cont. ejecuc. programa PDTI Colchane INDAP Tarapac
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Se requiere de la contratación de un oferente del ramo que provea los servicios para la Ejecución del Programa de Desarrollo Territorial Indígena PDTI INDAP-CONADI, comuna de Colchane, Región de Tarapacá.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
INDAP - Region de Tarapaca
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
AGUSTINAS 1465
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-03-2023 15:30:00
Fecha de Publicación: 10-02-2023 13:40:00
Fecha inicio de preguntas: 10-02-2023 16:00:00
Fecha final de preguntas: 21-02-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-02-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-03-2023 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-03-2023 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 28-03-2023 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1 Antecedentes Administrativos
2.- Anexo N° 7 formato establecido en las presentes bases para el Currículum Vitae del oferente. En el caso de que el oferente tenga experiencia en la aplicación de los programas de Desarrollo Territorial Indígena, acciones formativas y/o Programa de desarrollo Local, se recomienda agregar a su currículo copia de las evaluaciones de desempeño.
3.- Anexo N° 8 formato para individualizar los Currículum de todos los profesionales y/o técnicos propuestos por el oferente para conformar el Equipo de Extensión. Documento al cual debe adjuntar Copia simple del título profesional o técnico otorgado por Universidad o instituto reconocido por el Estado de todos los profesionales y/o técnicos propuestos.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 2 Oferta técnica Los participantes deberán ingresar su oferta técnica según el formato del anexo N° 2 de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo que correspondan, Además, debe incorporar Anexo N°10 Declaración simple Disponibilidad de oficina en la ciudad de COLCHANE Entidad ejecutora.
 
2.- ANEXO N° 5 Declaracion simple
 
3.- ANEXO N° 6 Formato Antecedentes contacto del proveedor
 
4.- ANEXO N° 9 Formato adjunto titulo prof. o tecnico equipo extension
 
5.- ANEXO N° 10 Formato declaracion simple disponibilidad of. Colchane
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3 Oferta económica Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado (impuestos incluidos) expresado en moneda nacional. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados.
2.- En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error. En caso que la oferta económica ingresada por el proveedor en la ficha electrónica de la Plataforma Mercado Público, presente diferencias con el valor expresado en el Anexo N° 3, solo se considerará el valor indicado en el Anexo N° 3, para todos los efectos legales.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- a. Fotocopia de su cédula de identidad.
- b. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: a. Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente,
- I18n entry not found: cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
- I18n entry not found: b. Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vige
- I18n entry not found: c. Copia de la escritura pública de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
- I18n entry not found: d. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
- I18n entry not found: Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:
- I18n entry not found: - Certificado de vigencia - Certificado de estatutos actualizados - Certificado de anotaciones, en su caso Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl
- I18n entry not found: Las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) deberán entregar los mismos documentos indicados precedentemente respecto de cada uno de sus integrantes y suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá formalizarse de acuerdo a lo establecido e
- I18n entry not found: La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos, equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que pudiera tener lugar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento
- I18n entry not found: Asimismo, los integrantes de la UTP deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar. No obs
- I18n entry not found: No obstante, todos los integrantes serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar, por lo que INDAP podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obliga
- I18n entry not found: El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Propuesta técnica Según criterios de evaluacion indicado en punto 9. Procedimiento de evaluacion, de Bases de licitacion. 40%
2 Experiencia del oferente y equipo de extensión Según criterios de evaluacion indicado en punto 9. Procedimiento de evaluacion, de Bases de licitacion. 20%
3 Cumplimiento de requisitos formales Según criterios de evaluacion indicado en punto 9. Procedimiento de evaluacion, de Bases de licitacion. 5%
4 Experiencia del oferente Según criterios de evaluacion indicado en punto 9. Procedimiento de evaluacion, de Bases de licitacion. 20%
5 Precio Según criterios de evaluacion indicado en punto 9. Procedimiento de evaluacion, de Bases de licitacion. 10%
6 Cumplimiento de certificación de sustentabilidad p Según criterios de evaluacion indicado en punto 9. Procedimiento de evaluacion, de Bases de licitacion. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Podrá renovarseprorrogarse con acuerdo de ambas partes por un periodo máximo igual al contrato original, siempre que se den razones fundadas y por escrito. La renovaciónprórroga que pueda producirse será sancionada mediante el correspondiente acto admi
Observaciones 22 meses de marzo del año 2023 a diciembre del año 2024 renovables según lo establecido en la Normativa de Compras Públicas, Ley Nº19.886 y su Reglamento. Para el año 2024, la continuidad se sujetará a la disponibilidad presupuestaria asignada periodo
Tiempo del Contrato 22 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Daisy Leon Condori
e-mail de responsable de pago: dleon@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: Luis Pizarro Arce
e-mail de responsable de contrato: lpizarro@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2521906-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo. Sin perjuicio
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Fecha de vencimiento: 05-05-2023
Monto: 1000000 Peso Chileno
Descripción: Se aceptará como garantía de seriedad de la oferta cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 31 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, tales como: • Boleta Bancaria • Póliza de seguro de ejecución inmediata • Certificado de Fianza • Vale a la vista En caso que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente. Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente. La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico a opción del oferente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Glosa: “Garantiza la Seriedad de la Oferta de la Licitación Pública para la Contratación de los servicios para la ejecución del Programa de Desarrollo Territorial Indígena INDAP-CONADI (PDTI) Unidad Operativa COLCHANE”.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de seriedad de la oferta, en formato físico, deberá entregarse en Oficina de Partes de INDAP, ubicada en calle Patricio Lynch 660, comuna de Iquique, Región de Tarapacá, en un sobre cerrado con identificación del proceso licitatorio y del oferente sólo en el reverso de éste, hasta las 15:30 horas del día de cierre de recepción de ofertas, de acuerdo al cronograma de actividades del proceso licitatorio. La garantía de seriedad de la oferta, en formato electrónico, se deberá ingresar en la propuesta de cada oferente, hasta la fecha de cierre del proceso licitatorio a través de la plataforma www.mercadopublico.cl En conformidad a lo establecido en el artículo 43 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, de la preselección de los oferentes o de la adjudicación, lo que se llevará a cabo mediante correo certificado o entrega directa a quien esté autorizado por el oferente, con el respectivo poder simple, en la Unidad de Administración y Finanzas de INDAP, ubicada en calle Patricio Lynch N°660, comuna de Iquique, Región de Tarapacá. En caso de re-adjudicación, este plazo se extenderá a 30 días. La garantía de seriedad de la oferta que resulte aceptada, será devuelta una vez que el oferente seleccionado haya entregado la garantía de fiel cumplimiento de contrato, y previa firma del documento contractual. La garantía de seriedad de la oferta se hará exigible en los siguientes casos:  Si algún oferente retira su oferta dentro del período de validez estipulado en las bases de licitación.  Si el oferente seleccionado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido o no entrega la garantía de fiel cumplimiento de contrato.  Si el oferente seleccionado desiste de la oferta presentada y adjudicada antes de la suscripción del contrato.  Si el oferente seleccionado incurre en falsedad en los documentos que se le hubiesen solicitado.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Fecha de vencimiento: 28-02-2025
Monto: 10 %
Descripción: Se aceptará como garantía de fiel cumplimiento de contrato cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, de acuerdo a lo estipulado en el artículo N° 68 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el que deberá ser pagadero a la vista y tener el carácter de irrevocable, tales como: • Boleta Bancaria • Póliza de seguro de ejecución inmediata • Certificado de Fianza • Vale a la vista En caso que se entregue como garantía un vale a la vista, éste deberá venir acompañado de un documento simple, en donde indique la glosa, plazo de vigencia e identificación del oferente. Esta garantía podrá ser tomada por un tercero a nombre del proponente. La garantía se podrá acompañar tanto en formato físico como electrónico, a opción del oferente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Glosa: Garantiza el fiel, oportuno y cabal cumplimiento del Contrato de prestación de servicios para la ejecución del Programa de Desarrollo Territorial Indígena INDAP-CONADI (PDTI), COLCHANE.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía tiene por objeto resguardar el correcto cumplimiento de todas las obligaciones emanadas de la oferta y el contrato. En el caso de la prestación de servicios, esta garantía asegurará además el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante. La garantía será devuelta, si procediere, con posterioridad al término del servicio, previo cumplimiento de las obligaciones contractuales y extracontractuales entre las partes. Todo gasto que irrogue la mantención de la garantía será de cargo del oferente seleccionado, quien es el responsable de realizar los trámites para mantenerla vigente por el período que cauciona. La garantía deberá ser renovada en caso de prórroga o renovación del contrato; el no cumplimiento de este trámite será motivo para que INDAP ponga término anticipado al contrato. INDAP podrá efectuar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, mediante acto administrativo fundado y debidamente tramitado, por las causales indicadas en las letras B, C, E y F del numeral 16 de las presentes bases de licitación, haya procedido o no el término anticipado de contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato yo aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
Resolución de Empates

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio “Propuesta técnica”.
  • En segundo lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio “Experiencia del equipo de extensión propuesto”.
  • En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio “Experiencia del oferente”.
  • En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.

Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución fundada.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a dchamaca@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

Duración de los servicios
22 meses (de marzo del año 2023 a diciembre del año 2024) renovables según lo establecido en la Normativa de Compras Públicas, Ley Nº19.886 y su Reglamento. Para el año 2024, la continuidad se sujetará a la disponibilidad presupuestaria asignada a dicho periodo.

El contrato tendrá una duración de veintidós meses (22). Estará conforme a disponibilidad presupuestaria del organismo demandante dividido en dos temporadas, la primera temporada 10 meses, iniciando en marzo de 2023 hasta diciembre de 2023 y la segunda de 12 meses desde enero de 2024 hasta diciembre de 2024. Dicho contrato podrá ser renovado por una única vez hasta por un mismo periodo, el cual quedará condicionado a la obtención de una evaluación técnica favorable de la contraparte de INDAP, nombrada para ello. Sin perjuicio de lo anterior, los oferentes participantes deberán presentar en un mismo acto los antecedentes administrativos y técnicos solicitados en las presentes Bases de Licitación y para ello se deberá utilizar el Sistema Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Observaciones
- Para participar en la presente licitación, los oferentes no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:

 - Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 6°.
- Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 22°, número 9.
- Ley N° 19.728, que establece seguro de desempleo.
- Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que se indican, artículos 8° y 10°.
- Decreto Ley N° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, artículo 26°, letra d.

 Lo anterior se acreditará mediante la confirmación y firma electrónica de la “Declaración Jurada de requisitos para ofertar” disponible en la plataforma de Mercado Público, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.

 Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 60 días corridos.

 Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP no será responsable en caso alguno de ellos.

 Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las bases de licitación. Para ello, deberán verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

 Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, por lo que no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
INSTRUCCIONES ADICIONALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE UTP
Para la presentación de ofertas por parte de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), éstas deberán cumplir con las siguientes reglas especiales y acompañar los siguientes antecedentes:

 a.- Presentar un Anexo en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.

 b.- Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el Anexo N° 1 Antecedentes administrativos.

c.- Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán los antecedentes que presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar u omitir información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de ésta.

 d.- En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.

 e.- Todos los socios serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar.

 f.- Las Uniones Temporales de Proveedores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.

 g.- Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.
8. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:

• Presentar la garantía de seriedad de la oferta
• Presentar el anexo N° 3 Oferta económica
• El monto de la oferta debe ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de estas bases de licitación

 En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se trata de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica.
ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN
En virtud del Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

 De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

 Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.

 Esta situación será considerada en la pauta de evaluación establecida en las presentes bases de licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el criterio administrativo.
Observaciones 2
El plazo para la suscripción del contrato es de 10 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.

 Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente según lo regulado en estas bases de licitación.

 Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, INDAP podrá proceder a la re-adjudicación, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.

 En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

 Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

 Cabe señalar que, a través del Registro de Proveedores de Mercado Público, se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886.
14. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo.

 Sin perjuicio de lo anterior, para efectos de la ejecución de los servicios, en cuanto a su obligación de contar con un equipo técnico, el oferente adjudicado podrá concertar con terceros la subcontratación parcial de los servicios contratados, en los términos establecidos en los artículos 183-A y siguientes del Código del Trabajo.

 INDAP no será solidariamente responsable de las obligaciones laborales y previsionales de dar que afecten a los contratistas en favor de los trabajadores de éstos, incluidas las eventuales indemnizaciones legales que correspondan por término de la relación laboral, ya que INDAP hará ejercicio de los derechos de información y retención que le otorga la Ley N° 20.123/2006. Por lo anterior, el contratista tendrá la obligación de informar a INDAP sobre el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto a sus trabajadores, previo requerimiento de INDAP. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

 En el caso de que el contratista no acredite oportunamente el cumplimiento íntegro de las obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, INDAP podrá retener de las obligaciones que tenga a favor del contratista, el monto de que es responsable, debiendo pagar con esta retención a los trabajadores o institución previsional acreedora, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. De la misma forma, en caso de incumplimiento del contratista de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, INDAP estará facultado para hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, según lo establece el artículo 72 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

 El personal de la empresa que ejecute los servicios que se adjudicarán, dependerá única y exclusivamente del oferente adjudicado y, por lo tanto, no tendrá relación laboral directa o indirecta con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, ni con ninguna de sus dependencias. Asimismo, INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda presentarse en el personal de la empresa que puedan concurrir a las dependencias de INDAP durante la ejecución de los servicios, ya que el oferente adjudicado se obliga a cumplir, en relación con sus trabajadores, con todas las normas de higiene y seguridad en el trabajo a que se refiere la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
Facturación
Una vez autorizado el pago por la contraparte técnica de INDAP, ésta procederá a señalar al Departamento de Gestión de Abastecimiento que se puede hacer la recepción conforme de los servicios, para posteriormente indicar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo.

 La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.

 El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia. En caso de que no se envíen los antecedentes bancarios, el pago se realizará con cheque, el que se enviará por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.

 En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento junto a su archivo xml a la casilla de correo opartes@indap.cl. En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.

 En caso que se adjudique a una UTP, ésta deberá emitir el documento tributario, el cual se señala claramente en la Orden de Compra.
18. CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP
INDAP se relacionará con el oferente seleccionado, tanto en los aspectos administrativos, normativos y técnicos enfocados a las acciones de sustentabilidad a través del Jefe de Fomento de INDAP y en lo técnicos como operacionales, a través del Jefe de Área de INDAP, o quien designe el Director Regional para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:

 • Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
• Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato.
• Informar respecto de la Evaluación del Desempeño de los Equipos técnicos.
• Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes.
• Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
• Planificar actividades en apoyo al desarrollo de la iniciativa Red de” Sistemas Importantes del Patrimonio Agrícola Nacional “SIPAN, dichas acciones deberán apuntar a la conservación de la agrobiodiversidad y el rescate de las practica tradicionales de un entendimiento del Territorio como unidad de planificación.
• Facilitar al oferente seleccionado los documentos oficiales necesarios para el desempeño y entrega de sus servicios, tales como: Bases de Datos, registros de programación y ejecución, nómina de usuarios(as) fuentes de información con que cuenta la Institución y, en general, proporcionándole la ayuda que corresponda en el ámbito de sus competencias, como, asimismo, poner a disposición del mismo las normativas vigentes del Programa PDTI.
• Autorizar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
 • Revisar y acordar aspectos operativos de implementación del programa junto a la Entidad Ejecutora; resolver situaciones relativas a usuarios(as) de cada unidad operativa y revisar gastos que rinda la entidad ejecutora.
19. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.

 OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.

 NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por los cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.

 AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.

 GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.
20. PROPIEDAD INTELECTUAL
Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.

 “El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.

 Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.

 Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.