Durante la evaluación, se podrá solicitar a “LOS OFERENTES” que salven errores u omisiones formales de su oferta, siempre y cuando ellas no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás oferentes y en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a “LAS BASES” y de igualdad de “LOS OFERENTES”, y siempre que no se trate de antecedentes exigidos como requisitos de admisibilidad (Art. N°43 de las presentes Bases), solicitud que será debidamente informada a través de “EL PORTAL”. Para ello, “EL OFERENTE” contará con un plazo fatal de 48 horas contadas desde el requerimiento, el que se informará a través de “EL PORTAL”.