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1. ASPECTOS QUE LOS OFERENTES DEBEN CONSIDERAR |
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a) El oferente debe ser persona Natural o Jurídica que emita facturas (Contribuyente de 1º Categoría) o UTP Unión Temporal de Proveedores. El adjudicatario del proceso se deberá encontrar Hábil en Chileproveedores. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor de la unión se deberá encontrar habilitado.
b) Este Municipio se reserva el derecho de: - No adjudicar la propuesta si las ofertas recepcionadas no se ajustan a sus intereses, por motivos debidamente fundamentados. - Modificar la fecha de adjudicación. - Cancelar la Orden de Compra - Revocar la contratación. - Modificar cantidades a adquirir - No adjudicar todas las líneas publicadas. - Devolver los productos despachados si no son según lo solicitado y ofertado. En este caso, el flete de devolución lo costeará el proveedor, debiendo efectuar reposición o emisión de nota de crédito.
c) Se entenderá que el proponente acepta todas las condiciones estipuladas en la presente contratación por el solo hecho de ofertar.
d) Para cualquier proceso de compra de bienes o servicios, esta entidad pública hará llegar al adjudicatario la respectiva Orden de Compra, la cual deberá ser Aceptada por el adjudicatario.
e) Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, el municipio podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio ante los demás competidores. Además, la municipalidad, podrá durante la evaluación, solicitar aclaraciones a las ofertas presentadas por los proponentes, en caso de ser necesario.
f) Los proponentes deberán ceñirse estrictamente a las especificaciones de los productos publicados, las ofertas que no lo hagan serán rechazadas.
g) En la evaluación solo se considerarán las ofertas recibidas que cumplan con las bases, las especificaciones técnicas requeridas y que oferten la totalidad de los productos solicitados. h) El modo de evaluación es por la totalidad de la oferta. i)LAS OFERTAS QUE EXCEDAN EL PRESUPUESTO DISPONIBLE SERÁN RECHAZADAS.
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2. FORMA DE PAGO |
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1) Se procederá al pago vía transferencia electrónica, contra entrega de Factura en Oficina de Partes de la Municipalidad o envío de esta al mail facturacion@nacimiento.cl, dentro de los siguientes 30 días corridos. La Factura deberá ser emitida una vez entregada la totalidad de los productos, previa recepción conforme del Departamento solicitante. En el evento de que el oferente y/o adjudicatario sea Unión Temporal de Proveedores, la Facturación deberá ser emitida por la Razón Social oferente de la Licitación Pública. La transferencia electrónica se realizará a la Cuenta Bancaria de la Razón Social Adjudicataria del proceso licitatorio.
2) En caso de que el proveedor no entregue la totalidad o parte de los productos o servicios, o si la factura contiene errores, la Municipalidad se reserva el derecho de reclamarla ante el Servicio de Impuestos Internos. En tal situación, el proveedor deberá emitir la correspondiente nota de crédito para anular la factura reclamada y proceder con la emisión de una nueva factura corregida, si corresponde
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3. CANCELACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
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La Orden de compra podrá ser cancelada en los siguientes casos:
a) Mutuo acuerdo entre el Proveedor y la Municipalidad.
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas.
c) Incumplimiento del plazo de entrega de los productos.
d) Los productos no corresponden a lo ofertado a través del Portal www.mercadopublico.cl.
e) El proveedor desiste de firmar el contrato, si hubiere, o aceptar la orden de compra.
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4. READJUDICACIÓN |
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La Municipalidad podrá cancelar la Orden de Compra y junto con dejar sin efecto la Adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, en los casos señalados en la Cláusula “Cancelación de la Orden de Compra” de las presentes bases. La readjudicación se formalizará mediante Decreto Alcaldicio. La oferta readjudicada deberá cumplir y mantener todas las condiciones establecidas al momento de postular: precio, ee.tt. y otros. Se aplicarán todas las cláusulas contenidas en la presente licitación.
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5. RESOLUCIÓN DE EMPATES |
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En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, éste se resolverá adjudicando la oferta más conveniente a los intereses municipales y se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia (orden de prelación), de los criterios de evaluación que resulten aplicables:
1° Criterio de desempate: Propuesta Técnica
2° Criterio de desempate: Experiencia del Oferente
3° Criterio de desempate: Plazo de Entrega
4° Criterio de desempate: Programa de Integridad
5° Criterio de desempate: Cumplimiento de Requisitos formales.
Finalmente, en caso de persistir el empate, se adjudicará la propuesta que ingresó primero en el Sistema de Información, www.mercadopublico.cl, considerando la fecha y hora registradas en éste.
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6. MULTAS |
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Por incumplimiento, la municipalidad podrá aplicar las siguientes multas:
1.- Por incumplimiento del plazo de entrega : 2% por día hábil de atraso.
2.- Por incumplimiento de especificaciones técnicas: 5% por cada incumplimiento detectado.
3.- Por incumplimiento en el plazo de reposición : 1% por día hábil de atraso.
PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN Y APELACIÓN DE MULTAS
a) APLICACIÓN:
*La aplicación de la multa se hará administrativamente, descontándose del pago respectivo. *La multa se calculará sobre el valor neto de la Orden de Compra o de los productos entregados fuera de plazo y no podrá exceder el 30% del total del contrato u orden de compra. * Si ocurriera un caso fortuito o de fuerza mayor, el proveedor deberá comunicar inmediatamente por escrito al correo electrónico licitacionesdaf@nacimiento.cl la imposibilidad de cumplir con el plazo ofertado.
b) APELACIÓN:
*Se notificará la sanción al adjudicatario mediante correo electrónico, otorgándoles un plazo de 3 días hábiles para que presente su apelación al señor Alcalde, vía carta ingresada al correo electrónico fabiola.castro@nacimiento.cl. Dicha apelación deberá indicar de forma explícita la causal a la que hace referencia su apelación, los fundamentos y antecedentes que la respaldan. *Las apelaciones que se basen en fuerza mayor o caso fortuito solo serán admitidas si la comunicación del hecho se realizó conforme a lo dispuesto anteriormente, en el punto a) APLICACIÓN. *El proveedor recibirá un correo electrónico con el resultado del análisis de la apelación y el Decreto Alcaldicio que aprueba o rechaza la solicitud.
c) RECURSO DE REPOSICIÓN: El proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación del Decreto Alcaldicio, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva sanción. La Municipalidad tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado, lo cual será formalizado a través de un nuevo Decreto Alcaldicio.
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7. PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: 1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. 2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. 3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. 4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. 5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase. 6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. 7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. 8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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8. CONTRATO |
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La adquisición de los productos, se formalizará mediante la Orden de Compra que hará las veces de Contrato por tratarse de bienes de simple y objetiva especificación, la cual deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado. En caso de que una Orden de Compra no haya sido aceptada, y el proveedor no cumple con las obligaciones contraídas en el plazo ofertado, la Municipalidad podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud.
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9. CONDICIONES DE ENTREGA: |
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Los productos a entregar deberán corresponder exactamente a las muestras presentadas, ser completamente nuevos y encontrarse en perfectas condiciones, libres de daños, deterioros, abolladuras, rayaduras o cualquier signo de uso previo. Asimismo, deberán garantizar su correcto funcionamiento, seguridad y presentación, cumpliendo con los estándares de calidad exigidos para su utilización.
El proveedor deberá disponer los productos con sus respectivas bolsas camiseta con diseño alusivo a la festividad navideña y entregarlos en la Oficina de Organizaciones Comunitarias, ubicada en calle Baquedano N° 402, comuna de Nacimiento, en el plazo propuesto por el oferente en el Anexo N°4. No obstante, la fecha límite para su recepción no podrá superar el día miércoles 26 de Noviembre de 2025. El plazo de entrega deberá considerar el lapso transcurrido entre el despacho desde la empresa proveedora y la recepción de los productos en la Oficina de Organizaciones Comunitarias, aun cuando el despacho se realice a través de una empresa transportista externa, incluyendo aquellas que tengan oficina en la ciudad de Nacimiento. El plazo de entrega se contabilizará a partir el día hábil subsiguiente al envío de la orden de compra.
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10. PRESENTACIÓN DE MUESTRAS |
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Los oferentes interesados deberán entregar OBLIGATORIAMENTE muestras físicas de los productos ofertados para todas las líneas. El ingreso deberá realizarse de lunes a jueves en horario entre las 8:30 a 17:30 horas y el día viernes en horario entre las 8:30 a 14:00 horas en el Departamento de Compras y Suministros de la Municipalidad, ubicado en calle Freire N°614, de la Comuna de Nacimiento.
Las muestras se mantendrán en custodia durante todo el proceso de licitación. Las muestras del proponente adjudicado serán puestas a su disposición una vez realizada la recepción conforme de los productos. Para los oferentes no adjudicados, las muestras se devolverán una vez aceptada la orden de compra y/o firmado el contrato, según corresponda. Los gastos de envío y/o devolución de las muestras serán pagados por los oferentes, sin costo para la Municipalidad.
LAS OFERTAS QUE NO PRESENTEN MUESTRAS DE TODOS LOS PRODUCTOS OFERTADOS Y/O NO INGRESEN EL CERTIFICADO DE RECEPCIÓN DE MUESTRAS SERÁN RECHAZADAS.
Las ofertas serán evaluadas considerando las muestras presentadas por los oferentes.
Estas muestras deberán corresponder exactamente a los productos ofertados y que posteriormente serán entregados.
Las observaciones derivadas de la revisión física de las muestras se consignarán en el informe de evaluación, clasificándose como observaciones mínimas u observaciones relevantes, según lo descrito a continuación:
____OBSERVACIONES RELEVANTES:____
1. Material del juguete es distinto al exigido
2. Se detectan imperfecciones estéticas en las muestras.
3. Ensambles flojos, piezas mal ajustadas o uniones mal selladas que permiten desprendimiento de piezas y representar riesgo.
4. Inestabilidad estructural (juguetes que no se mantienen de pie o se desarman fácilmente).
5. Accesorios que no encajan correctamente o se desprenden con facilidad.
6. Las dimensiones del producto se alejan más de 2cms (±) respecto a lo solicitado
7. Se observa inconsistencia entre la descripción técnica realizada en la oferta y la muestra física.
8. Rebabas, filos o bordes cortantes perceptibles al tacto.
9. Otras que afectan la funcionalidad esencial del producto.
____OBSERVACIONES MÍNIMAS:____
1. El diseño del juguete difiere levemente del solicitado, pero mantiene las mismas características de material y uso.
2.Se presenta muestra con leve variación en tamaño, máximo ±2 cms respecto a lo exigido.
3.Se ofrece un modelo actualizado del mismo producto, pero con iguales prestaciones.
4.Los juguetes incluyen accesorios adicionales no requeridos, pero que no afectan el uso.
5.Pegatinas o etiquetas levemente torcidas o con burbujas.
6.Leve irregularidad en la textura superficial (poros o rugosidades leves).
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11. ADJUDICACIÓN Y RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE ELLA |
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Se adjudicará al oferente con el mayor puntaje, en los términos descritos en las presentes bases. La presente licitación se adjudicará a través de un Decreto Alcaldicio, el que será publicado en www.mercadopublico.cl una vez que se encuentre totalmente tramitado. Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 2 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl a través del correo electrónico licitacionesdaf@nacimiento.cl La Municipalidad dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas. Este plazo no afectará la vigencia de contratación.
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12. REPOSICIÓN O DEVOLUCIÓN DE LOS PRODUCTOS |
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1) En caso de que el proveedor realice la entrega de productos distintos a lo solicitado por el Municipio y lo ofertado, la Municipalidad podrá solicitar su reemplazo, o proceder a su devolución y a la cancelación de la orden de compra.
2) En caso de reposición esta deberá efectuarse dentro del plazo de 2 días hábiles desde la notificación de observaciones realizada por correo electrónico; sin perjuicio de la aplicación de multas por incumplimiento de especificaciones técnicas.
3) El proveedor adjudicado será responsable de los costos de traslado de los productos devueltos, ya sea por reemplazo o devolución.
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13.COMISIÓN EVALUADORA |
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por 3 integrantes, designados por Decreto Alcaldicio.
* Director de Desarrollo Comunitario
* Encargada Depto. Asistencia Social
* Encargado Depto. Organizaciones Comunitarias
O quienes subroguen en caso de ausencia.
*La Secretaria Municipal actuará como Ministro de fe, o quien lo subrogue en su cargo, al momento de la Apertura de ofertas de la presente licitación.
*La Encargada de Licitaciones del Depto. de Compras y Suministros actuará como secretaria técnica de la comisión en la apertura y evaluación de ofertas. ____13.1. CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA COMISIÓN EVALUADORA____ La designación de la comisión evaluadora se publicará oportunamente en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl y sus integrantes se registrarán en el sistema de la ley N° 20.730, que regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
a. Tener contactos con los oferentes, en los términos dispuestos en el artículo 35 ter de la ley N°19.886.
b. Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
c. Aceptar donativos de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
En efecto, no podrán tener conflictos de intereses con los Oferentes, debiendo cumplir con las exigencias y requisitos establecidos en la ley y el presente Reglamento.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 35 nonies de la Ley N° 19.886, los miembros de la Comisión Evaluadora, una vez designados, deberán suscribir una declaración jurada en la que manifiesten, expresamente, la ausencia de conflictos de interés, obligándose, además, a guardar confidencialidad respecto del proceso de licitación.
Asimismo, y en virtud de lo preceptuado en el artículo referido en el párrafo anterior, toda persona contratada a honorarios que participe de las funciones de calificación o evaluación en el presente proceso licitatorio tendrá la calidad de agente público, encontrándose sujeto a responsabilidad administrativa en el desempeño de ellas, sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal que corresponda.
Se deja constancia de que son motivos de abstención, aquellas situaciones contempladas en el artículo 35 quinquies de la Ley N° 19.886. Por consiguiente, no podrán tener participación, en comisiones evaluadoras o intervenir en el procedimiento de contratación pública o ejecución contractual en los que puedan tener interés, aquellas autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica, que se encuentren en los casos puntualizados por la norma indicada.
En virtud de los principios de probidad administrativa y de abstención, y los artículos 35 quinquies de la Ley N°19.886, 62 N°6 de la Ley N°18.575 y 12 de la Ley N°19.880, en el evento que un conflicto de intereses se hiciese patente con posterioridad a la apertura de las ofertas, el integrante afectado por dicho conflicto deberá abstenerse de participar en la comisión, debiendo poner en conocimiento de su superior jerárquico la circunstancia que le resta imparcialidad. En dicho evento, el integrante que se hubiese abstenido deberá ser reemplazado por otro idóneo, mediante acto administrativo debidamente tramitado.
Cabe recordar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 quinquies de la Ley N°19.886, dicho deber de abstención resulta aplicable a las autoridades y funcionarios, independientemente de su calidad jurídica.
En este contexto, los integrantes de la comisión evaluadora, independientemente de su calidad jurídica, deberán suscribir una Declaración de Conflicto de Intereses, como manifestación expresa de su compromiso con la probidad y la imparcialidad en el proceso.
La comisión evaluadora emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo al Sr. Alcalde o a quien subrogue, la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación descrito a continuación.
Por su parte, los integrantes de la Comisión Evaluadora deberán resguardar la confidencialidad de las deliberaciones que surjan durante sus reuniones de evaluación.
____13.2. PROCEDIMIENTO DE APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS ____La apertura de las ofertas se realizará a través del portal Mercado Público, en el día y hora señalada en la cláusula 3 Etapas y Plazos en la Ficha de Licitación del portal.
La apertura será realizada, constatando los siguientes documentos según corresponda:
• Antecedentes administrativos
• Antecedentes técnicos
• Antecedentes económicos
En el procedimiento de evaluación, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, se verificará lo siguiente:
a. Que las ofertas presentadas cumplan con el envío de los anexos requeridos según las instrucciones de presentación de la oferta establecidas en las presentes bases.
b. Que cumplan con los requerimientos técnicos, administrativos y económicos y las demás condiciones exigidas en estas mismas bases y sus anexos.
Para efectos del proceso de evaluación, la Comisión Evaluadora que haya sido nombrada deberá:
a. Redactar las respectivas actas e informes técnicos y económicos, según corresponda, en las que se consignará el detalle de las evaluaciones y los acontecimientos acaecidos y los resultados de ésta.
b. Analizar las ofertas recibidas y asignar los puntajes respectivos en cada caso, teniendo en consideración el cumplimiento de lo estipulado en estas Bases de Licitación y el Proceso de Evaluación de las Ofertas.
c. Proponer la inadmisibilidad de las ofertas que no cumplan con los requisitos establecidos en las bases.
d. Proponer la declaración de inadmisibilidad una o más ofertas cuando se presenten en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí. En este caso, se considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, sólo la oferta más conveniente, según lo establecido en las presentes bases, presentada por el grupo empresarial o las relacionadas entre sí, y declarará inadmisibles las demás.
e. Proponer la deserción del proceso licitatorio, en caso de que no se presenten ofertas admisibles o éstas no sean convenientes a los intereses de la institución.
f. Proponer la adjudicación.
Durante el proceso de evaluación la comisión podría requerir aclaraciones a los oferentes respecto de errores formales en sus respectivas propuestas o solicitar antecedentes omitidos, en los términos del artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Al ejercer esta facultad, la Comisión Evaluadora no podrá propiciar que los oferentes alteren la esencia de sus ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y sujeción estricta a las Bases de Licitación.
Si, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, no se pudiere realizar la apertura electrónica de las ofertas, oportunamente ingresadas, la Municipalidad podrá fijar nueva fecha y hora para la realización.
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