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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el solo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y la normativa legal vigente.
Especialmente, el oferente asume los siguientes compromisos:
- Anticorrupción: El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos de cualquier tipo a ningún funcionario público del Departamento de Salud o de la Municipalidad de Nacimiento en relación con su oferta, el proceso de licitación o la ejecución del contrato.
- Libre Competencia: El oferente se obliga a no efectuar acuerdos, negociaciones o conductas colusivas que tengan por objeto influir o afectar la libre competencia, conforme a lo establecido en el D.L. N° 211 de 1973.
- Veracidad de la Información: El oferente asegura que toda la información y documentación presentada es veraz, íntegra, precisa y vigente. La detección de documentos falsos o adulterados será causal inmediata de inadmisibilidad o término anticipado, sin perjuicio de las acciones legales penales correspondientes.
- Prevención de Conflictos de Interés: El oferente declara no estar afecto a las inhabilidades del Artículo 4 de la Ley N° 19.886 y se compromete a informar inmediatamente cualquier relación de parentesco o sociedad sobreviniente con funcionarios que participen en el proceso de evaluación o adjudicación.
- Probidad y Ética: El oferente ajustará su actuar a los principios de probidad, transparencia y buena fe, respetando las reglas de estas bases y los contratos que de ellas se deriven.
- Responsabilidad por Terceros: El oferente se obliga a tomar todas las medidas necesarias para que estas obligaciones sean cumplidas cabalmente por sus empleados, dependientes, asesores y subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las infracciones cometidas por estos.
- Canal de Denuncias: El oferente reconoce la existencia de canales de denuncia y se compromete a cooperar con la autoridad administrativa o judicial en caso de investigaciones sobre irregularidades en el proceso.
- Protección de Datos: El oferente se obliga a guardar absoluta reserva y confidencialidad sobre la información sensible del Departamento de Salud a la que pudiese tener acceso durante la instalación y mantenimiento de los equipos (especialmente datos de pacientes o registros de personal).
El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas de este Pacto de Integridad facultará a la Municipalidad de Nacimiento para desestimar la oferta de plano o poner término anticipado al contrato de manera unilateral, según corresponda.
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Resolución de Empates |
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En caso de producirse un empate en el puntaje total final entre dos o más oferentes tras la evaluación, el Departamento de Salud Municipal de Nacimiento procederá a desempatar aplicando los siguientes criterios en orden de prelación:
- Precio: Se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio "Precio" (40%).
- Características Técnicas: De persistir el empate, se adjudicará al oferente con mayor puntaje en "Características Técnicas" (30%).
- Tiempo de Respuesta: Si el empate continúa, se adjudicará al oferente con mejor puntaje en el criterio "Tiempo de Respuesta" (20%).
- Experiencia del Oferente: De mantenerse la igualdad, se preferirá al oferente con mayor puntaje en el criterio "Experiencia del Oferente" (10%).
- Criterio de Territorialidad (Sello Local): De persistir el empate, se preferirá al oferente que tenga domicilio registrado en la Comuna de Nacimiento, de conformidad con el fomento a la economía local que promueve el Artículo 54 del Decreto N° 661 de 2024.
- Empresas de Menor Tamaño (EMT): Se preferirá al oferente que tenga la calidad de Micro, Pequeña o Mediana Empresa (MiPyME) en el Registro de Proveedores.
- Comportamiento Contractual: De no dirimirse, se adjudicará a quien no registre sanciones vigentes en el portal Mercado Público.
- Ingreso de la Oferta: Como última instancia, se adjudicará al oferente que haya ingresado primero su propuesta en el portal, según la fecha y hora de envío registrada en el Sistema de Información.
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Bases Administrativas y Técnicas |
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Según archivo adjunto.
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De la Adjudicación |
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Efectuada la evaluación de las Ofertas, la Comisión de Estudio elaborará un Informe con una Propuesta de Adjudicación, el que deberá contener un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos oferentes, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la fecha de aclaradas las consultas realizadas a los oferentes en el sistema, informe que se pondrá en conocimiento del Sr. Alcalde para su resolución.
En caso de no cumplirse con la fecha indicada de adjudicación en las presentes Bases y en la Ficha de la Licitación, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, informando allí las razones del atraso.
El Alcalde determinará la adjudicación de la licitación, considerando la oferta más conveniente de acuerdo con los criterios de evaluación, indicada en el Informe de la Comisión de Estudio.
La adjudicación se realizará mediante resolución fundada. El Departamento de Salud Municipal informará a través del portal Mercado Público la resolución de la adjudicación al oferente adjudicado, e informará por este medio a los restantes proponentes que sus ofertas no han sido adjudicadas.
La notificación de la resolución de adjudicación se entenderá realizada luego de transcurridas 24 horas desde que se publique en el Sistema de Información el Acto Administrativo de Adjudicación, de conformidad con lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda.
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De la Readjudicación |
La Municipalidad, a través del Departamento de Salud Municipal, podrá dejar sin efecto la adjudicación original y readjudicar la licitación al oferente que siga en el orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido en el informe de evaluación, en los siguientes casos:
• a. Si el contrato no se firma dentro del plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario, o bien, si este rechaza la Orden de Compra respectiva en el Sistema de Información.
• b. Si el oferente adjudicado no hace entrega de la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, en caso de que esta haya sido exigida expresamente en las presentes bases. (Nota: Como definimos que "No aplica", esta cláusula queda como resguardo genérico).
• c. Si el oferente adjudicado se desiste de su oferta mediante comunicación escrita o por omisión de las formalidades de aceptación.
• d. Si el oferente adjudicado no da cumplimiento al plazo de entrega o inicio de los servicios contratados, sin perjuicio de la aplicación de las multas que correspondan.
• e. Si el oferente adjudicado se encuentra inhábil para contratar con el Estado en los términos señalados en el Artículo 4° de la Ley N° 19.886 y sus modificaciones, o no proporciona la documentación necesaria para verificar dicha situación (como certificados de antecedentes laborales o declaraciones juradas).
• f. Si el oferente no se encuentra hábil en el Registro de Proveedores de Mercado Público al momento de la adjudicación o dentro de los plazos que se señalan en las presentes bases para la firma del contrato.
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Requisitos para celebrar contrato |
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Sin perjuicio de las inhabilidades generales establecidas en la Ley N° 18.575, el Departamento de Salud Municipal no podrá suscribir contratos con:
Parentesco y Sociedades: Funcionarios directivos de la Municipalidad, ni con personas unidas a ellos por vínculos de parentesco hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. Tampoco con sociedades de personas o anónimas cerradas donde estos participen, ni con sociedades anónimas abiertas donde posean el 10% o más del capital.
Condenas Laborales: Personas naturales o jurídicas que hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador dentro de los dos años anteriores.
Delitos Concursales y Tributarios: Oferentes que hayan sido condenados por delitos establecidos en el Código Tributario o la Ley de Quiebras, según lo dispuesto en el nuevo Artículo 4 de la Ley N° 19.886.
Declaración de Intereses: El personal municipal que intervenga en la evaluación de las ofertas deberá suscribir una declaración de ausencia de conflictos de interés y haber dado cumplimiento a la Ley N° 20.880 sobre Probidad en la Función Pública.
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Facturación |
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La factura se extenderá mensualmente, por mes vencido, a nombre de: I. Municipalidad de Nacimiento, R.U.T. N°69.170.700-8, Dirección Freire Nº 402, Nacimiento, los primeros 5 días del mes siguiente al que corresponda pagar. El Departamento de Salud Municipal emitirá una Orden de Compra mensual según informe de unidad Técnica.
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