Licitación ID: 2328-33-LE26
LICITACIÓN PÚBLICA E-1012025 “ADQUISICION DE RECURSOS IMPLEMENTACION DE LABORATORIO DE CIENCIAS LICEO MIRAMAR”
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUERTO MONTT
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 133
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Accesorios o complementos de mezcladores o agitadores 2 Unidad
Cod: 41103816
LABORATORIO DE CIENCIAS APLICADAS BASICO (**VER DESCRIPCION ADJUNTA**). SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

2
Equipo de banco múltiple o de agrumación 10 Unidad
Cod: 41103804
PORTA OBJETOS 76 X 26 MM CANTO CORTADO, CAJA POR 50 UNIDADES SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

3
Cubreobjetos 10 Unidad
Cod: 41122602
CUBRE OBJETOS 18 X 18 MM, CAJA POR 100 UNIDADES SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

4
Vidrios de reloj de laboratorio 10 Unidad
Cod: 41121801
VIDRIO RELOJ 90 MM DE DIAMETRO SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

5
Desecadores de vaso 10 Unidad
Cod: 41123001
VASO PRECIPITADO 100 ML SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

6
Desecadores de vaso 15 Unidad
Cod: 41123001
VASO PRECIPITADO 250 ML SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

7
Desecadores de vaso 15 Unidad
Cod: 41123001
VASO PRECIPITADO DE 400 ML SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

8
Incubadores de placa 20 Unidad
Cod: 41104406
PLACA PETRI 100 X 20 MM SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

9
Hisopo 10 Unidad
Cod: 53131635
HISOPO D PARA MATRACES Y PROBETAS, LARGO TOTAL, LARGO YDIAM, CERDA 28 X 9.5 X 2.5 SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

10
Equipo para recubrir el vacío óptico 5 Unidad
Cod: 23151705
MALETA OPTICA 2.0 LASER – LED SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

11
Probetas graduadas de laboratorio 10 Unidad
Cod: 41121805
PROBETA GRADUADA 25 ML VIDRIO BASE HEXAGONAL SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

12
Probetas graduadas de laboratorio 10 Unidad
Cod: 41121805
PROBETA GRADUADA 50 ML VIDRIO BASE HEXAGONAL SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

13
Básculas de laboratorio 5 Unidad
Cod: 41111502
BALANZA DIGITAL CAPACIDAD 230 GR SENSIBILIDAD 0.01 GR. SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

14
Mueble de almacenaje no modular 1 Unidad
Cod: 56111703
MUEBLE LAVA FONDOS 2 METROS LINEAL CON LAVAPLATOS Y CAJONES SEGÚN ESPECIFICACIONES TECNICAS ADJUNTAS.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LICITACIÓN PÚBLICA E-1012025 “ADQUISICION DE RECURSOS IMPLEMENTACION DE LABORATORIO DE CIENCIAS LICEO MIRAMAR”
Estado:
Cerrada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto la “ADQUISICION DE RECURSOS IMPLEMENTACION DE LABORATORIO DE CIENCIAS LICEO MIRAMAR”, esto de acuerdo a las Especificaciones Técnicas elaborados para estos efectos y que formarán parte integrante de la misma y su consecuente contrato.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Adquisiciones Dirección de Educación
R.U.T.:
69.220.100-0
Dirección:
Avda. Presidente Ibañez Nº600 4TO PISO
Comuna:
Puerto Montt
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-06-2026 18:00:00
Fecha de Publicación: 27-05-2026 15:10:00
Fecha inicio de preguntas: 27-05-2026 16:00:00
Fecha final de preguntas: 29-05-2026 13:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-06-2026 19:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-06-2026 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-06-2026 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 26-07-2026 20:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- FORMULARIO 1 Y FORMULARIO 3
No hay información de Antecedentes Técnicos
Documentos Económicos
1.- FORMULARIO 2
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE ENTREGA 23% El plazo de entrega se evaluará de acuerdo a lo siguiente: Rango Puntaje Hasta 5 días hábiles 100 puntos Desde 6 a 9 días hábiles 70 puntos Desde 10 a 14 días hábiles 40 puntos Desde 15 a 18 días hábiles 10 puntos Sobre 18 días hábiles Inadmisible Si el proveedor no señalase el plazo de entrega será calificado con cero puntos. 23%
2 DESCENTRALIZACION Y DESARROLLO LOCAL 5% Con el fin de reactivar la economía local, se evaluará la “Presencia Local”, según lo siguiente: - Cuenta patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta en la comuna de Puerto Montt: 100 puntos - Cuenta con patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta correspondiente a otra Comuna: 80 puntos - No cuenta con patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta: 0 puntos Para lo cual deberá adjuntar la fotocopia de patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta. 5%
3 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS ADMINISTRATIVOS´1% - Al cumplimiento oportuno de los documentos exigidos en el Art. 7, es decir, que al momento de efectuar la apertura, el oferente presente toda la documentación exigida, se le otorgará un puntaje de 100 puntos. - Si el oferente no presentase oportunamente los documentos exigidos en el Art. 7, o al momento de efectuar la apertura incurra en algún error de forma que debe rectificar y esta es corregida y presentada, se le otorgará un puntaje de 50 puntos. - Se podrán pedir la documentación faltante a través del portal www.mercadopúblico.cl, en un plazo de 48 horas, en caso de no adjuntar la documentación solicitada en el tiempo requerido se le asignara 0 puntos. El siguiente criterio no aplicará para aquellos requisitos que sean evaluables. 1%
4 PACTO DE INTEGRIDAD 1% El programa de integridad es un sistema que establece valores que guían el comportamiento de los integrantes de la empresa, fomentando un ambiente de confianza y respeto. Al fortalecer la consciencia ética, se busca prevenir conductas inapropiadas. Cada oferente es responsable de implementar el programa de integridad en bases al tamaño y necesidades de su empresa. Tiene como finalidad evaluar si el oferente cuenta con el programa de integridad que sea conocido por su personal. Deberá señalar si cuenta con un programa de integridad conocido por su personal, debiendo adjuntar un documento que acredite que cuenta con dicho programa, documentos de respaldo o medios de verificación del programa implementado y difundido, que permita validar información informada en el anexo de integridad. El puntaje será asignado de la siguiente forma: ITEM PUNTAJE El oferente presenta: - programa de integridad. - documento que acredita que el programa fue dado a conocer a su personal 100 puntos El ofere 1%
5 Criterio Económico 70% Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos, significando que la oferta es la más económica. El puntaje decrecerá a medida que la oferta sea de mayor valor. Puntaje = [1-[(Oferta a evaluar – Oferta menor)/Oferta menor)]]*100 Nota: a los puntajes negativos que resulten de esta fórmula se les asignará 0 puntos (cero puntos). 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: SEP
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: UNIDAD DE FINANZAS DAEM
e-mail de responsable de pago: RECEPCIONFACTURAS@DEMPUERTOMONTT.CL
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES

BASES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES

LICITACIÓN PÚBLICA E-58/2025

ADQUISICION DE INSTRUMENTOS MUSICALES PARA LICEO MIRAMAR

  1. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1. Las presentes Bases Administrativas reglamentan y regulan la Licitación Pública para la ADQUISICION DE INSTRUMENTOS MUSICALES PARA LICEO MIRAMARde acuerdo a lo dispuesto por la Ley 19.886 y su Reglamento.

Artículo 2. Aplicación de Normas. La presente licitación, su adjudicación y el contrato derivado de ella, se regirán por las presentes Bases Administrativas, Especificaciones Técnicas, los Anexos, Oficios y Enmiendas que pueda emitir la Municipalidad durante el proceso de licitación, hasta 48 hrs. antes de la apertura oficial de la propuesta en  www.mercadopublico.cl.

Artículo 3. Interpretación de las Bases. Para la interpretación de las Bases se seguirá el siguiente orden de prelación:

  1. El texto de las bases, sus anexos y enmiendas.
  2. Las Especificaciones Técnicas.
  3. Los oficios emitidos por la Municipalidad.
  4. Las respuestas a consultas efectuadas por los oferentes y aclaraciones realizadas por la Municipalidad a través del sistema de compras públicas.
  5. La oferta presentada por el oferente.

  1. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN

Artículo 4. La presente licitación tiene por objeto la “ADQUISICION DE INSTRUMENTOS MUSICALES PARA LICEO MIRAMAR”, esto de acuerdo a las Especificaciones Técnicas elaborados para estos efectos y que formarán parte integrante de la misma y su consecuente contrato.

FINANCIAMIENTO   : SEP

MONTO ESTIMADO  : $ 12.335.000.-

III. ETAPAS Y PLAZOS

Artículo 5. Dado que se trata de productos de simple complejidad el plazo de publicación en el portal será reducido a 7 días corridos, tiempo previsto para que los proveedores puedan realizar sus ofertas. Lo anterior de acuerdo a lo estipulado en el Art. 46 del Decreto 661 de fecha 03 de Junio de 2024, REGLAMENTO DE LA LEY N° 19.886, de bases sobre CONTRATOS ADMINISTRATIVOS DE SUMINISTRO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, “Plazos mínimos entre llamado y cierre de ofertas”.

Período de Publicación de la Licitación en el portal de mercado público

Durante 7 días consecutivos antes de la fecha de cierre de las ofertas

Fecha inicio de preguntas

1 hora después de la fecha y hora de publicación en el portal mercado público.

Fecha Final de Preguntas

3 días consecutivos posteriores a la fecha de inicio de las preguntas indicadas en el mercado público.

Fecha de publicación de respuestas

1 día consecutivo posterior a la fecha final de preguntas indicadas en el mercado público, si esta fecha fuera un día inhábil, festivo o fin de semana, la fecha de publicación de respuestas será el primer día hábil posterior a tal situación.

Fecha de cierre de recepción de ofertas

3 días consecutivos a la fecha de publicación de respuestas a las consultas en el portal de mercado público o al siguiente día hábil si este fuera inhábil, festivo o fin de semana.

Fecha de acto apertura administrativa y técnica

Media hora después de la apertura administrativa de las ofertas.

Fecha de acto apertura económica (referencial)

Durante el mismo día de fecha de acto apertura técnica, en relación a los oferentes que hubiesen calificado su oferta técnica.

Fecha de adjudicación (referencial)

60 días consecutivos posteriores a la fecha de cierre de recepción de ofertas. Esta fecha pudiese ser cambiada en el portal si por algún imprevisto no fuese posible cumplir con la fecha inicial, para lo cual se deberá ingresar en modificación de fecha en el portal el motivo que ocasione el atraso en la adjudicación.

Si alguna fecha fuera un día inhábil, festivo o fin de semana la fecha será el primer día hábil posterior a tal situación.

Las fechas y horas de la publicación de las bases, cierre, consultas y respuestas, apertura, evaluación y adjudicación se encuentran disponibles en el portal www.mercadopublico.cl.

IV. DE LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

Artículo 6. Requisitos para Participación. Podrán participar personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas en Chile y que se encuentren inscritos en chile compra y hábiles en el Registro de Proveedores.

Podrán participar en la presente licitación quienes cumplan lo dispuesto en el Art. N°4 de la ley N° 19.886 de compras públicas sobre Contratos Administrativos de suministros y Prestaciones de Productos.

El proveedor debe tener digitalizada en el Registro de proveedores la siguiente documentación, la cual no debe tener una vigencia inferior a 30 días desde la publicación del proceso:

1. Razón social o nombre de fantasía de la empresa en su caso.

2. Rol Único tributario.

3. Copia de Escritura Pública de constitución de la Sociedad y de todas sus modificaciones si las hubiere, sus respectivas copias de inscripción en el Registro de Comercio y las correspondientes publicaciones de los extractos en el Diario Oficial.

4. Certificado de vigencia de la Sociedad.

5. Poder legalizado vigente u otro instrumento notarial en que conste la personería vigente del representante legal de la empresa y las facultades de que se encuentra investido.

Artículo 7. Forma en que deben realizar la oferta.  Las ofertas serán presentadas en el portal www.mercadopublico.cl y permanecerán vigentes durante un plazo de 90 días corridos, a contar de la fecha de la apertura de la licitación.

           

La Oferta deberá contener la siguiente información:

Antecedentes Administrativos y técnicos:

  1. Formulario Nº 1: Identificación del proponente y declaración de aceptación de las Bases, declaración jurada simple.
  2. Formulario Nº 3: UTP, el cual debe ser presentado sólo en caso que corresponda.
  3. Programa de integridad y documento que acredite que el programa fue dado a conocer a su personal.
  4. Patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta.
  5. Propuesta técnica: especificaciones técnicas o catálogos de los equipos ofertados con imágenes incluidas.

Antecedentes Económicos:

  1. Formulario Nº 2: Formulario de Oferta Económica.

Sobre la Participación Unión Temporal de Proveedores

Si dos o más proveedores se unen para efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común, con poderes suficientes.

Cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la unión temporal de proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma.

Para contrataciones iguales o superiores al monto indicado, y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.

Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinaran que antecedentes presentaran para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta.

Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectaran a cada integrante de la Unión individualmente considerado.  En caso de afectar una causal de inhabilidad, a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuara con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desistiere de su participación en el respectivo proceso.

La vigencia de esta unión temporal de proveedores no deberá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple.

Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se podrá ampliar automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 46, inciso octavo, del Decreto 661 que aprueba el Reglamento de la ley 19.886.

Artículo 8. La Municipalidad, a través del Departamento de Administración de Educación Municipal, podrá requerir a las oferentes aclaraciones respecto de sus propuestas, las que se exigirán sean enviadas a través del foro del portal www.mercadopublico.cl y éstas no podrán alterar la esencia de las ofertas, ni violar los principios de igualdad entre los oferentes y estricta sujeción a las bases. La solicitud deberá recaer únicamente en errores u omisiones formales, o bien que la Municipalidad requiera complementar la documentación con información adicional, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es en tanto  no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases, de igualdad entre los oferentes y se informe de dicha solicitud a través del “Sistema de Información de las Compras y Contrataciones de los Organismos Públicos” según corresponda, al resto de los oferentes.

Artículo 9. Los proponentes, con la sola presentación de sus ofertas, quedan obligados a mantener la oferta durante un plazo de 90 días corridos contados desde la fecha de apertura de la propuesta. Transcurrido dicho plazo, si no hubiere sido dictado el decreto que adjudica la licitación, el ofe­rente podrá desistirse de ella.

Artículo 10. La Municipalidad adjudicará la licitación, en la fecha y hora señalada en la cronología de la propuesta. Si por algún imprevisto no se pudiera adjudicar en la fecha estipulada se podrá modificar la fecha indicando las razones para ello en el portal. Si el proponente se desistiere de la oferta presentada o se negare a mantener los términos y condiciones de su oferta, el Municipio podrá, en caso que sea conveniente a sus intereses, readjudicar la licitación. Para esto se deberá evaluar nuevamente las ofertas que se mantengan vigentes, contando con un plazo para readjudicar de hasta 60 días corridos a partir de aprobado el decreto de adjudicación. Sin perjuicio de lo anterior, la Municipalidad podrá adjudicar a uno o más proponentes, de acuerdo a lo emitido en el acta de análisis o de lo contrario se ordenará otra licitación.

Artículo 11. Por el sólo hecho de presentarse a la propuesta y formular una oferta, se entenderá que el oferente deja establecido que conoce todas las condiciones de la zona y lugar al que se remitirá lo adquirido.

Artículo 12. Apertura de las Ofertas.  La apertura será sólo electrónica, revisadas las ofertas en el portal por el profesional a cargo de la licitación y Jefe de Unidad de Adquisiciones y para montos > 1000 UTM también se incorporara a revisión a Asesor Jurídico, de acuerdo al Manual de procedimientos vigente.

Artículo 13. Adquisición de las Bases.  Los interesados podrán adquirir las bases sin costo en el portal www.mercadopublico.cl.

Artículo 14. Consultas formuladas por los oferentes. Los oferentes podrán formular consultas sobre las Bases de Licitación y Especificaciones Técnicas ingresándolas en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la hora y fecha estipulada en la cronología de la propuesta.

El Departamento de Administración de Educación Municipal de Puerto Montt, podrá modificar documentos del presente llamado especial, ya sea por iniciativa propia o, en atención a una solicitud de aclaración formulada por alguno de los proveedores, durante el proceso y hasta antes de la fecha de cierre de presentación de ofertas; lo cual no implica un cambio en el cierre de recepción de ofertas.

Artículo 15. Aclaraciones formuladas por la Municipalidad. Toda aclaración respecto del sentido y alcance de las Bases Administrativas y, en general, sobre la Licitación, cambio, agregado o supresión de la licita­ción se efectuará por medio de decretos modificatorios emitidos por la Municipalidad, a través de la Unidad de Adquisiciones del D.A.E.M. de Puerto Montt y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. Será responsabilidad del proveedor que la respuesta a las consultas sean recepcionadas conforme. Los decretos de modificación formarán parte integrante de la Licitación, su adjudicación y del contrato derivado de ella.

Se hace presente a los proponentes que aun cuando no hayan efectuado consultas sobre la propuesta, deberán informarse en el portal www.mercadopublico.cl, a partir de la fecha y hora indicada en el cronograma, respecto si se han emitido aclaraciones para la propuesta pública, las cuales formarán parte integrantes de las bases.

Artículo 16. Admisibilidad de las Ofertas. El Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt, efectuará un análisis de admisibilidad de éstas, mediante el cual comprobará que los proveedores hayan cumplido con los requisitos establecidos en el Artículo 7 de las presentes bases. Se declararán inadmisible las ofertas que no ingresen el formulario Nº 2 correspondiente a la oferta económica y propuesta técnica de los productos, además también el caso de que su plazo de entrega ofertado supere los 20 días hábiles  de acuerdo a lo estipulado en Art. 17 punto 3,  lo cual quedará estipulado en el acta de análisis.

Asimismo, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt, se reserva el derecho de declarar desierto el proceso, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses, en ambos casos por resolución fundada.

V. CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN

Artículo 17. Las ofertas que cumplan con los requisitos establecidos se analizarán por el total de los productos y/o servicios solicitados, según la siguiente tabla:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

CRITERIO ECONÓMICO

40%

CRITERIO TÉCNICO

38%

CRITERIO PLAZO DE ENTREGA

15%

CRITERIO DESCENTRALIZACION Y DESARROLLO ECONOMICO LOCAL 

5%

CRITERIO ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS

1%

CRITERIO PACTO DE INTEGRIDAD

1%

TOTAL

100%

1.- Criterio Económico 40%

Hasta 100 puntos: el máximo de puntaje obtenido será de 100 puntos, significando que la oferta es la más económica.

El puntaje decrecerá a medida que la oferta sea de mayor valor.

Puntaje = [1-[(Oferta a evaluar – Oferta menor)/Oferta menor)]]*100

Nota: a los puntajes negativos que resulten de esta fórmula se les asignará 0 puntos (cero puntos).

El  precio  de  la  oferta  se deberá especificar con IVA incluido en el formulario Nº 2.

En caso de existir diferencia entre el formulario Nº 2 y la oferta realizada en el portal, va a primar la oferta realizada en el formulario N°2.

2.- Criterio Técnico 38%:

Se evaluará según lo solicitado en Formulario N° 2 Oferta Económica, se le asignaran 100 puntos a aquella oferta que cumpla con la totalidad de lo solicitado. Se le asignará 50 puntos aquellas ofertas que no cumplan con hasta dos características de las solicitadas en especificaciones técnicas y se le asignará 0 puntos a la oferta que no cumpla con la totalidad de lo solicitado.

Los productos ofertados deben ser equivalente o superior de acuerdo a lo indicado en Formulario N° 2 Oferta Económica.

En caso de existir solo una oferta y ésta obtenga 0 puntos en su evaluación técnica, no se podrá adjudicar.

El oferente deberá adjuntar propuesta técnica con imágenes de los productos ofertados para poder realizar el correcto análisis de la presente licitación.

3.- Criterio Plazo de Entrega 15%:

El plazo de entrega se evaluará de acuerdo a lo siguiente:

Rango

Puntaje

Desde 05 a 10 días hábiles

100 puntos

Desde 11 a 15 días hábiles

50 puntos

Desde 16 a 20 días hábiles

0 puntos

Si el proveedor no señalase el plazo de entrega se entenderá que su oferta se encuentra dentro del último rango, por lo que será calificado con cero puntos.

En caso que el proveedor supere el plazo máximo de 20 días hábiles, la oferta será declarada inadmisible y será rechazada.

4. Criterio Descentralización y desarrollo económico local 5%:

Con el fin de reactivar la economía local, se evaluará la “Presencia Local”, según lo siguiente:

- Cuenta patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta en la comuna de Puerto Montt: 100 puntos

- Cuenta con patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta correspondiente a otra Comuna: 80 puntos

- No cuenta con patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada  y vigente a la fecha de apertura de la propuesta: 0 puntos

Para lo cual deberá adjuntar la fotocopia de patente comercial correspondiente al rubro, debidamente pagada y vigente a la fecha de apertura de la propuesta.

5.- Criterio Antecedentes Administrativos 1%:

- Al cumplimiento oportuno de los documentos exigidos en el Art. 7, es decir, que al momento de efectuar la apertura, el oferente presente toda la documentación exigida, se le otorgará un puntaje de 100 puntos.

- Si el oferente no presentase oportunamente los documentos exigidos en el Art. 7, o al momento de efectuar la apertura incurra en algún error de forma que debe rectificar y esta es corregida y presentada, se le otorgará un puntaje de 50 puntos.

- Se podrán pedir la documentación faltante a través del portal www.mercadopúblico.cl, en un plazo de 48 horas, en caso de no adjuntar la documentación solicitada en el tiempo requerido se le asignara 0 puntos.

El siguiente criterio no aplicará para aquellos requisitos que sean evaluables.

6.- Criterio Pacto de Integridad 1%:

El programa de integridad es un sistema que establece valores que guían el comportamiento de los integrantes de la empresa, fomentando un ambiente de confianza y respeto. Al fortalecer la consciencia ética, se busca prevenir conductas inapropiadas. Cada oferente es responsable de implementar el programa de integridad en bases al tamaño y necesidades de su empresa. Tiene como finalidad evaluar si el oferente cuenta con el programa de integridad que sea conocido por su personal.

Deberá señalar si cuenta con un programa de integridad conocido por su personal, debiendo adjuntar un documento que acredite que cuenta con dicho programa, documentos de respaldo o medios de verificación del programa implementado y difundido, que permita validar información informada en el anexo de integridad.

El puntaje será asignado de la siguiente forma:

ITEM

PUNTAJE

El oferente presenta:

- programa de integridad.

- documento que acredita que el programa fue dado a conocer a su personal

100 puntos

El oferente no presenta programa ni documento que acredite que fue dado a conocer por su personal

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VI. DE LA ADJUDICACION

Artículo 18. El análisis y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión de análisis nombrada para este efecto, integrada por:

  1. Jefe Depto. de Administración y Finanzas D.A.E.M.,
  2. Director Liceo Miramar,  
  3. Jefa Unidad de Adquisiciones D.A.E.M.,

Si por caso fortuito o de fuerza mayor no fuese posible su presencia, formarán parte de la comisión sus subrogantes o bien un representante del departamento o unidad.

La adjudicación se realizará al proponente que presente la oferta con mayor puntaje en la evaluación, aun cuando no sea la de menor valor. Dicha adjudica­ción se efectuará por Decreto Alcaldicio, notificando este hecho por medio del sistema www.mercadopublico.cl.

La Municipalidad se reserva el derecho de adjudicar en forma total o parcial las ofertas recibidas, pu­­diendo rechazar una o todas las ofertas, e incluso declarar desierta la licitación, si es que lo ofertado no se ajustase a lo requerido.

El Municipio se reserva el derecho de descartar en el análisis, todas aquellas propuestas que superen dicho presupuesto, si es que no es factible de suplementar. En caso de que exista disponibilidad presupuestaria y que los valores se encuentren a precio de mercado, el municipio evaluará la factibilidad de suplementar dicho presupuesto, hasta un 30% del presupuesto estimado. Cuando el monto adjudicado supere en más de un 30% el monto estimado, la unidad técnica deberá explicitar en un informe, las razones técnicas y económicas que justifiquen dicha diferencia.

Artículo 19. Facultad de Readjudicación. En el caso que el proveedor originalmente adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato en el plazo señalado, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar con la Municipalidad de Puerto Montt, de acuerdo a los términos de la Ley N°19.886 y su Reglamento, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt podrá readjudicar, para esto se deberá evaluar nuevamente las ofertas que se mantengan vigentes, en un plazo máximo de 60 días corridos a partir de aprobado el decreto de adjudicación original, el cual deberá cumplir con las exigencias establecidas en las Especificaciones Técnicas.

En el caso que presenten respecto del readjudicado las circunstancias descritas en el presente párrafo, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt, podrá volver a readjudicar y así sucesivamente.

VII. MONTOS Y DURACIÓN DEL CONTRATO

Artículo 20. Del contrato. Las empresas que podrán formalizar su oferta serán aquellas que no hubieren sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en los artículos 463 y siguientes del Código Penal, dentro de los dos últimos años anteriores a la fecha de presentación de la oferta. Lo anterior se acreditará mediante la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, la cual debe completar de manera electrónica al momento de realizar su oferta a través del portal www.mercadopublico.cl.

El contrato será formalizado mediante la aceptación de la orden de compra respectiva en el portal www.mercadopublico.cl.

Artículo 21. Modificación de contrato. Las partes de común acuerdo podrán modificar el correspondiente contrato por motivos fundados, a través de acto administrativo. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente.

Artículo 22. Terminación anticipada del Contrato.  La Ilustre Municipalidad de Puerto Montt, Departamento de Administración de Educación Municipal, podrá declarar resuelto administrativamente el Contrato, antes del vencimiento del plazo,  en los siguientes casos:

  1. Incumplimiento grave de las obligaciones del Contrato.
  2. Incumplimiento de las Bases Administrativas y las Especificaciones Técnicas que rigieron la propuesta.
  3. Por quiebra o estado de notoria insolvencia.
  4. Mutuo acuerdo de las partes por causas debidamente justificadas y sin cargo para ambos.
  5. Por muerte o incapacidad física o jurídica del adjudicatario, en el  evento en que éste sea persona natural.
  6. Por disolución de la sociedad adjudicataria, o solicitud de disolución por cualquiera de sus socios.
  7. Si el adjudicatario cometiera una falta catalogada por el Municipio como grave.
  8. Cuando las multas cursadas superen el 20% del monto total del contrato.
  9. Cuando las multas cursadas superen los días de atraso señalados en el artículo 32 de las B.A.E.
  10. Si el adjudicatario presenta documentación falsa o adulterada.
  11. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a)    Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. 

b)    De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

c)    Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. 

d)    Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.

e)    Disolución de la UTP.

Artículo 23. Incumplimientos graves.

1.  Si el adjudicatario no cumple con la entrega de los productos y/o servicios en el plazo establecido, sin razón justificada y calificada por el municipio.

2. Si se detectan inconsistencias técnicas respecto de los productos y/o servicios  ofertados y los productos y/o servicios  efectivamente entregado de conformidad a los controles realizados por la Inspección Técnica.

3.  Si se detectan inconsistencias entre el método de embalaje y distribución solicitado, con el método efectivamente utilizado en las entregas.

4.   Si existe reiteración de cualquiera de los incumplimientos respecto de los cuales se haya asociado una multa.

No obstante la Municipalidad de Puerto Montt podrá deducir las acciones legales que en derecho correspondan, con el objeto de obtener una reparación por los perjuicios que el incumplimiento de las obligaciones que emanen del contrato, se hubieran ocasionado.

Cabe señalar que la figura de término anticipado al contrato, es procedente asimismo por resciliación  o mutuo acuerdo de las partes.

VIII. GESTIÓN DE CONTRATO

Artículo 24. Por cada contrato formalizado físicamente, se generará una ficha de gestión de contratos en el portal por proveedor, el cual deberá ser retroalimentado continuamente por parte del Inspector técnico de la licitación hacia el encargado de gestión de contratos de la Unidad de Adquisiciones del DAEM y de la misma forma así será notificado el proveedor ante caso de modificaciones, pagos, evaluaciones de comportamiento contractual, amonestaciones, multas u otro que pudiese suceder en el transcurso de la ejecución del contrato.

IX. PROCESO DE FACTURACIÓN Y PAGO

Artículo 25. Se efectuará el pago una vez recepcionados de forma conforme todos los productos adquiridos por parte del encargado de la bodega del D.A.E.M., en el evento de que la factura no sea rechazada de forma legal, se pagará dentro de los treinta días corridos contados desde su recepción de acuerdo a lo dispuesto en el artículo segundo quáter de la Ley N° 21.131.

El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la factura, siempre que se cumpla con los siguientes requisitos:

·         Que la orden de compra se encuentre en estado de “Recepción Conforme” en el portal www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 133, letra b) del Decreto Supremo Nº 661 de 2024, que aprueba el Reglamento de Compras Públicas.

·         Que la factura esté correctamente emitida y sea remitida a la Oficina de Partes, ubicada en Av. Presidente Ibáñez Nº 600, cuarto piso, Puerto Montt, fono: 65-2261446, o al correo electrónico recepcionfacturas@dempuertomontt.cl.

·         El DAEM no se hará responsable por facturas enviadas a otras direcciones físicas o electrónicas distintas a las indicadas.

Además, la factura deberá venir acompañada de:

·         La Orden de Compra correspondiente.

·         Los datos necesarios para realizar el pago vía transferencia electrónica:

-        Nombre del banco

-        Plaza

-       Número de cuenta corriente

-       Nombre del titular de la cuenta

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 8° de la Ley N.º 21.722, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios realizados por los órganos de la Administración del Estado durante el año 2025, incluidos aquellos relacionados con contratos de obra o infraestructura, deberán efectuarse mediante transferencia electrónica de fondos.

El Proveedor sólo podrá facturar los servicios y/o productos efectivamente entregados y recibidos conforme por la Inspección Técnica, una vez que éste autorice la facturación en virtud de la recepción conforme.  La Inspección Técnica (IT) rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los servicios y/o productos y la autorización expresa de facturar por parte de la IT.  La IT tendrá un plazo de 4 días hábiles para revisar los antecedentes.

Dado el cumplimiento de la cláusula anterior, la factura aceptada y con recepción conforme por parte del IT quedará apta para su cesión.

X. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS

Artículo 26. Resolución de empates. En caso de que dos o más proveedores obtengan el mismo puntaje, el Departamento de Administración de Educación Municipal de la Municipalidad de Puerto Montt adjudicará aquella oferta con mayor puntaje en el criterio económico, y si aun así el empate persistiera se adjudicará aquella propuesta que tenga mayor puntaje en el criterio técnico. En caso de que persista el empate se adjudicará aquella propuesta con mayor puntaje en el plazo de entrega, seguido por el criterio de descentralización y desarrollo económico local y posteriormente por el pacto de integridad. Si el empate persistiera se adjudicará aquella propuesta con mayor puntaje en el criterio de cumplimiento de requisitos administrativos. Si a pesar de haber desempatado mediante todos los criterios aún continúa el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero su oferta en el portal de compras públicas.

Artículo 27. Omisión de antecedentes en el portal. Si los antecedentes citados en el artículo Nº 7, no se adjuntan como archivo anexo en el portal www.mercadopublico.cl, exceptuando el Formulario Nº 2 correspondiente a la Oferta Económica, antecedentes que son evaluables segun criterios de evaluación de las presentes Bases como lo es patente comercial, pacto de integridad y propuesta técnica, los oferentes tendrán un plazo de 48 hrs. para anexarlos. Con todo, el D.A.E.M. asignará una variable de evaluación relacionada al cumplimiento de requisitos formales, según lo indica el Art. 17 Nº 5.

Artículo 28. De la Inspección Técnica. La Inspección Técnica estará a cargo del encargado de la bodega DAEM o en quien delegue tal función, quien tendrá la responsabilidad de fiscalizar los productos y/o servicios  adquiridos. Lo anterior es sin perjuicio de las funciones de la Dirección de Control Municipal.

La función del inspector técnico será la siguiente:

-      Coordinará con el adjudicatario todo lo relacionado a la entrega de los productos.

-      Elaborar informe a la Unidad de Finanzas que da cuenta de que el proveedor se atrasó en la entrega de bienes y/o servicios y que es afecta a multa, o en caso contrario que todo fue recepcionado conforme.

-      Elaborar informe técnico para casos excepcionales bien justificados, tanto para el proveedor como el mandante.

Artículo 29. De la Recepción conforme. La recepción conforme estará a cargo del Encargado de bodega DAEM o en quien delegue tal función, quienes tendrán la responsabilidad de firmar la recepción de los productos adquiridos y/o servicios adquiridos. Lo anterior es sin perjuicio de las funciones de la Dirección de Control Municipal.

Artículo 30. De la entrega de los productos y/o servicios. El proveedor deberá entregar los productos en Bodega DAEM ubicada en calle El Teniente 169 bodega 3 Parque Industrial de la ciudad de Puerto Montt.

El proveedor podrá entregar los productos en forma parcializada siempre y cuando la entrega total de los productos no supere el plazo estipulado, esto de acuerdo a lo mencionado en su propuesta a través del Formulario Nº 2 de Oferta Económica y que en ningún caso supere los 100 días hábiles como máximo.

En caso que no sea aceptada la orden de compra en un plazo de 5 días corridos, se procederá a realizar la cancelación de la orden en el portal de mercado público y se formalizará esta anulación mediante decreto.

Artículo 31. Concordancia entre el bien y/o servicio ofertado y el bien y/o servicio entregado. El proveedor que resulte adjudicado deberá siempre entregar el bien y/o servicio de acuerdo con las especificaciones técnicas, a la marca y al modelo que haya declarado en su oferta, como los servicios que esta incluya.

Artículo 32. Multas. El proveedor adjudicado deberá pagar multas por él o los atrasos en la entrega de los bienes y los respectivos servicios asociados, si los hubiere, de conformidad con las presentes bases. Las multas por atraso en la entrega se aplicarán por cada día hábil que transcurra desde el día siguiente al último día de plazo para entregar los productos y/o servicios y se calcularán como un 2% del valor total neto de los bienes y servicios entregados con atraso, con un tope máximo de 10 días hábiles. Las multas comenzarán a regir el día posterior al rango de plazo de entrega adjudicado al proveedor, es decir, si el rango abarca hasta 10 días hábiles como tope máximo, la multa comenzará a regir desde el día décimo primero.

Con todo, las multas cursadas no podrán superar el 20% del monto total neto del contrato, en caso de hacerlo, se podrán termino anticipado al mismo. El monto de las multas será rebajado del pago que el DAEM deba efectuar al adjudicatario en la factura más próxima. De no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, debiendo ser pagada dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación del requerimiento.

Para los casos en que el proveedor no hubiese aceptado formalmente la Orden de Compra, a través de www.mercadopublico.cl, y sin embargo haya entregado total o parcialmente los productos y/o servicios requeridos, se considerará que el plazo de entrega comenzó al segundo día hábil de emitida la orden de compra.

Procedimiento para la aplicación de multas según Art N°137 del decreto 661:

Comunicación de la multa: Se enviará por correo electrónico el informe generado por el ITS, detallando la multa y su monto total.

Apelación de la multa: El proveedor podrá apelar mediante carta enviada por correo electrónico dentro de un plazo de 5 días hábiles desde la notificación.

Revisión y respuesta a la apelación: Se revisará la información entregada por el proveedor, entregando una respuesta por correo electrónico sobre si se acoge o no la apelación. En caso de no acogerse, el proveedor dispondrá de un plazo de 5 días hábiles contados desde la notificación de la resolución fundada para impugnar el acto administrativo, conforme a los recursos contemplados en la Ley N°19.880. Deberá adjuntar todos los antecedentes que justifiquen modificar o eliminar la medida, copiando a la Inspección Técnica solo para su conocimiento.

Límite de las multas: El monto total de las multas no podrá exceder el 20% del total neto de la orden de compra. En caso de superarse este porcentaje, el ITS podrá solicitar la cancelación de la orden de compra. El monto correspondiente a las multas será descontado del pago más próximo al adjudicatario. El plazo de pago de la multa corresponderá a la fecha del estado de pago en que se efectúe la rebaja. Este procedimiento será ratificado mediante Decreto Alcaldicio.

Artículo 33. Pacto de Integridad. El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución de él o los contratos que de ello se deriven.
  2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
  3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
  5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
  6. El oferente se obliga y acepta asumir las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes

Artículo 34. Reposición de los productos y/o servicios. El proveedor adjudicado deberá reponer los bienes y/o servicios sin costo a la Municipalidad de Puerto Montt, en caso de existir falla, daño o diferencia en la entrega de estos cuando el servicio así lo requiera. El plazo máximo de reposición será de 72 horas y se contará desde que la Municipalidad de Puerto Montt presenta el reclamo ante el Adjudicatario o desde que este último recibe el bien para su reposición, según lo acordado entre las partes de acuerdo con la naturaleza del bien. Sin perjuicio de lo anterior, el DAEM y Adjudicatario podrán fijar de mutuo acuerdo otro plazo de reposición.

Artículo 35. Cesión de Derechos. El adjudicatario no podrá ceder o traspasar a terceros, parcial o totalmente las obligaciones contenidas en el contrato, excepto en el caso de fusión, absorción o división de la empresa adjudicada. Situación en que las obligaciones se traspasarán al continuador legal, en las mismas condiciones establecidas en el contrato.

Los documentos significativos de los créditos que emanen del contrato, serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común.

Artículo 36. De la subcontratación. La subcontratación de la adquisición de los bienes y/o servicios licitados se encontrará prohibida. Por lo que el adjudicatario siempre será el único responsable del pleno cumplimiento de las obligaciones descritas en estas bases y en los respectivos acuerdos complementarios, si es que existieren (artículo 128, del Decreto 661 que aprueba el Reglamento de la ley 19.886).

Artículo 37. El adjudicatario se someterá a la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la ciudad de Puerto Montt, para todo asunto litigioso que pueda derivarse del incumplimiento de una o más cláusulas de las presentes bases administrativas. 

JPV/iav                                                                                                        Puerto Montt, Agosto 2025.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.