Licitación ID: 1063538-222-LR25
SERVICIO DE PERSONAL NO-MEDICO DE PABELLÓN HBSJO
Responsable de esta licitación: HOSPITAL BASE OSORNO
Fecha de Cierre: 02-02-2026 17:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 205
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Faltan 31 días para que cierre esta licitación.
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Productos o servicios
1
Personal técnico 1 Hora
Cod: 80111707
009-10111 | VALOR/HORA TENS MULTIFUNCIONAL HORARIO HABIL L a J: 8°° a 18°° horas y viernes 8°°a 17°° horas  

2
Personal técnico 1 Hora
Cod: 80111707
009-10112 | VALOR/HORA TENS MULTIFUNCIONAL HORARIO HABIL L a V: 11°° a 20°° horas  

3
Personal técnico 1 Hora
Cod: 80111707
009-10113 | VALOR/HORA AUXILIAR CON CERTIFICACION EN RAYOS HORARIO HABIL L a J: 8°° a 18°° horas y viernes 8°°a 17°° horas  

4
Personal técnico 1 Hora
Cod: 80111707
009-10153 | VALOR/HORA AUXILIAR CON CERTIFICACION EN RAYOS HORARIO HABIL L a V: 11°° a 20°° horas  

5
Personal técnico 1 Hora
Cod: 80111707
009-10114 | VALOR/HORA TENS MULTIFUNCIONAL HORARIO EXTRA DE L a J: 18°° a 20°° horas y viernes: 17°° a 20°° horas  

6
Personal técnico 1 Hora
Cod: 80111707
009-10116 | VALOR/HORA AUXILIAR CON CERTIFICACION EN RAYOS HORARIO EXTRA L a J: 18°° a 20°° horas y viernes: 17°° a 20°° horas  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE PERSONAL NO-MEDICO DE PABELLÓN HBSJO
Estado:
Publicada
Descripción:
El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también “el Hospital”, requiere generar un convenio que permita contratar el servicio de personal no-medico de pabellón para la resolución de intervenciones quirúrgicas de todo tipo de pacientes en el Hospital Base San José de Osorno, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición igual o mayor a 5.000 e inferior a 10.000 UTM.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
Bienes y Servicios
R.U.T.:
61.602.260-1
Dirección:
GUILLERMO BUHLER 1765, OSORNO
Comuna:
Osorno
Región en que se genera la licitación:
Región de los Lagos
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-02-2026 17:00:00
Fecha de Publicación: 02-01-2026 11:01:33
Fecha inicio de preguntas: 02-01-2026 14:31:00
Fecha final de preguntas: 19-01-2026 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 22-01-2026 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-02-2026 19:58:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-02-2026 19:58:00
Fecha de Adjudicación: 02-04-2026 19:58:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Los oferentes deberán adjuntar a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº1: Identificación del proponente • Formulario Nº2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº 6: Declaración jurada Programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 Chilecompra). • Formulario N°7: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • Formulario N°8: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. • Garantía Seriedad de la Oferta (REQUISITO EXCLUYENTE) • Anexo N°1: Declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la ley n°21.595. Requisito Excluyente • Anexo N°2: Declaración jurada de independencia de la oferta. Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes.
Documentos Técnicos
1.- Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. • Formulario Nº4 (REQUISITO EXCLUYENTE): Nomina, experiencia y vacunas del personal de apoyo para este convenio. No se considerará la experiencia del oferente y sus socios si él o ellos no forman parte del equipo que participará de las prestaciones. • Formulario N°5 (REQUISITO EXCLUYENTE): Experiencia de la empresa oferente. Convenios equivalentes con otras instituciones públicas o privadas de salud. Debe acreditar con certificados de conformidad del órgano público o privado, o bien con copia de los contratos. Periodo años 2024 y 2025.
 
Documentos Económicos
1.- El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. La oferta económica debe ser expresada en pesos chilenos, y corresponder al VALOR OFERTADO POR HORA. Los oferentes deberán además completar el formulario económico (Formulario Nº3), el cual debe ser firmado por el oferente y/o el Representante legal respectivo. REQUISITO EXCLUYENTE La oferta económica debe considerar las 6 líneas del portal (REQUISITO EXCLUYENTE). Diferencias en los valores de la propuesta: En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del Formulario N°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal). La oferta presentada no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato. 10.3 Personal que se requiere TENS MULTIFUNCIONAL (Deben cumplir funciones como Pabellonero, Arsenalero, y Técnico de Anestesia: Se requieren seis (6) TENS AUXILIAR DE SERVICIO (Deben contar con Certificación en Rayos): Se requieren tres (3) AUXILIARES 10.4 CANTIDAD DE HORAS Y VALORES REFERENCIALES Horario hábil: 3 TENS y 2 AUX de 08:00 a 18:00 (L a J) y 08:00 a 17:00 (V) 3 TENS y 1 AUX de 11:00 a 20:00 (L a V) Horario extra: 3 TENS de 18:00 a 20:00 (L a J) y 17:00 a 20:00 (V) 1 AUX de 18:00 a 20:00 (L a J) y 17:00 a 20:00 (V) Precio de referencia por hora: TENS: $12.922 AUXILIAR DE SERVICIO: $10.296
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA ECONOMICA VER PUNTO 14.4 Matriz de evaluación 50%
2 EXPERIENCIA VER PUNTO 14.4 Matriz de evaluación 30%
3 EXPERIENCIA EMPRESA OFERENTE VER PUNTO 14.4 Matriz de evaluación 15%
4 PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ETICA VER PUNTO 14.4 Matriz de evaluación 2%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS VER PUNTO 14.4 Matriz de evaluación 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: JOSE LUIS CORDOVA
e-mail de responsable de pago: jose.cordova@redsalud.gob.cl
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
VER PUNTO 17.4 Cesión del contrato y subcontrataciones
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 03-05-2026
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: “GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA DEL SERVICIO DE PERSONAL NO-MEDICO DE PABELLÓN PARA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS EN EL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO, ID 1063538-222-LR25”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO
Fecha de vencimiento: 15-05-2028
Monto: 5 %
Descripción: Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.121 del Reglamento de Compras Públicas.
Glosa: “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO DE PERSONAL NO-MEDICO DE PABELLÓN PARA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS EN EL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO, ID 1063538-222-LR25”.
Forma y oportunidad de restitución: Para la devolución del instrumento de garantía, el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS
BASES ADMINISTRATIVAS LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO DE PERSONAL NO-MEDICO DE PABELLÓN PARA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS EN EL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO” ID: 1063538-222-LR25 1° OBJETIVO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 1.1 Objetivo El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también “el Hospital”, requiere generar un convenio que permita contratar el servicio de personal no-medico de pabellón para la resolución de intervenciones quirúrgicas de todo tipo de pacientes en el Hospital Base San José de Osorno, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases administrativas, económicas, técnicas y sus anexos. La forma de la presente licitación pública corresponde a aquella adquisición igual o mayor a 5.000 e inferior a 10.000 UTM. 1.2 Ámbito Las presentes bases regirán la Propuesta Pública convocada para generar la adquisición de servicio de personal de apoyo para intervenciones quirúrgicas en el Hospital Base San José Osorno. Formarán parte integrante de estas bases sus eventuales aclaraciones, rectificaciones, enmiendas y sus anexos; en general, todo documento relacionado con la licitación, que emane del Hospital y publicado en el portal www.mercadopublico.cl. El precio de referencia para el presente proceso licitatorio será de $543.000.000.- (Quinientos cuarenta y tres millones de pesos chilenos) Exento de impuesto. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el solo hecho de presentar ofertas en este proceso de compra. 2° BASES DE LICITACIÓN Y DEFINICIÓN DE TÉRMINOS Las presentes Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: 2.1 Bases de licitación • Bases Administrativas • Bases Técnicas • Formularios anexos • Instructivo Servicio Salud Osorno 2.2 Definición de términos • Licitación o Propuesta Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual los organismos del Estado realizan un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las bases fijadas, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente. • Ley de Compras: Ley N.º 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. • Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas (artículo 4° N°3 del Decreto 661 del reglamento de la Ley de Compras). • Bases Administrativas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismos de adjudicación, modalidades de evaluación, cláusulas del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del Proceso de Compras. • Bases Técnicas: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. • Oferta: El costo ofrecido por el proponente para el objeto indicado en la licitación, la que deberá ajustarse a los antecedentes exigidos en ellas. • Oferente: Proveedor que participa en un Proceso de Compras, presentando una oferta o cotización. • Días corridos: corresponde a todos los días de la semana, incluyendo sábado y domingo, feriados y festivos. Al momento de referirse a la palabra “días” se entenderá como “días corridos”. • Cierre de licitación: Fecha límite designada para presentar ofertas a través del portal www.mercadopublico.cl, la oportunidad para ingresar propuestas a través del portal de compras debe ajustarse efectivamente al cronograma del llamado a licitación. • Comisión evaluadora: Delegación encargada de evaluar las ofertas en aquellas licitaciones en las que la evaluación revista gran complejidad y en todas aquellas superiores a 1.000 UTM, conformada por a lo menos tres funcionarios públicos, internos o externos, del Hospital Base Osorno o, en su caso, de tres trabajadores de las entidades que no se rijan por las reglas estatutaria, de manera de garantizar la imparcialidad y competencia entre los oferentes. Excepcionalmente, y de manera fundada, podrán integrar esta comisión personas ajenas a las entidades que forman parte de la Administración del Estado, pero limitada siempre en un número inferior a los funcionarios públicos que la integran. • Apertura: acto de apertura electrónica por el cual el establecimiento toma conocimiento del contenido de las ofertas presentadas a través del sistema de información de compras y contratación pública, una vez vencido el plazo de presentación fijado para tal efecto. • Adjudicación: acto administrativo fundado, por medio del cual la autoridad competente selecciona a uno o más oferentes para la suscripción de un contrato de suministros o servicios, regido por la Ley 19.886, en adelante, también, la “Ley de compras”. • Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo. • Presupuesto Estimado: Es la previsión financiera que indica el gasto que, en virtud de la contratación, puede asumir el HBSJO, incluido el Impuesto al Valor Agregado y demás tributos que graven la adquisición del bien o servicio. Cálculo que sirve como referencia para constatar que la Entidad cuenta con los fondos suficientes, lo cual se valida posteriormente mediante un Certificado de Disponibilidad Presupuestaria. • Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual el Hospital encomienda a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. • Especificaciones Técnicas: Es aquel conjunto de características técnicas que deberá cumplir como mínimo el servicio en licitación a entregar por el proveedor. • Garantía: Aquel instrumento que asegure la seriedad o fiel y oportuno cumplimiento de un contrato. Dicho documento asegura su cobro en forma rápida oportuna y efectiva. • Registro de Proveedores: Registro electrónico oficial de Proveedores, a cargo de la Dirección. • Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo. Estará integrada por una o más empresas de menor tamaño (EMT). • Empresa de menor tamaño (EMT): Para los efectos del Reglamento de compras públicas, y según lo dispuesto en artículo 47 de la Ley de Compras, se estará a la definición de micro, pequeña y mediana empresa y empresa de menor tamaño del artículo segundo de la ley N° 20.416, que Fija Normas Especiales para las EMT. - Son microempresas aquellas empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no hayan superado las 2.400 unidades de fomento en el último año calendario; - Pequeñas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 2.400 unidades de fomento y no exceden de 25.000 unidades de fomento en el último año calendario, y - Medianas empresas, aquellas cuyos ingresos anuales por ventas, servicios y otras actividades del giro sean superiores a 25.000 unidades de fomento y no exceden las 100.000 unidades de fomento en el último año calendario. Dentro de esta clasificación serán consideradas aquellas cooperativas que, de conformidad con el decreto con fuerza de ley N°5 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo que fija el texto refundido, concordado y sistematizado de la Ley General de Cooperativas, cumplan con los requisitos para ser EMT de acuerdo con la referida ley N° 20.416. No será considerada como una EMT aquella que pertenezca a un grupo empresarial, definido de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de compras públicas, en el que la sociedad controladora no sea una EMT. Lo anterior deberá ser acreditado de conformidad con la información disponible en el Registro de Proveedores, proporcionada mediante declaración jurada. • HBSJO: Para efectos de esta licitación, hace referencia al Hospital Base San José Osorno. • Dispositivo Medico(DM): cualquier instrumento, aparato, aplicación, material o artículo, incluyendo software, usados solos o en combinación y definidos por el fabricante para ser usados directamente en seres humanos, siempre que su acción principal prevista en el cuerpo humano no se alcance por medios farmacológicos, inmunológicos o metabólicos, aunque puedan concurrir tales medios a su función; con el propósito de diagnóstico, prevención, seguimiento, tratamiento, o alivio de una enfermedad, daño o discapacidad; de investigación o de remplazo o modificación de la anatomía o de un proceso fisiológico, o de regulación de la concepción. 3° NORMATIVA Y ORDEN DE PRECEDENCIA DE LOS DOCUMENTOS Sin perjuicio de la normativa legal vigente, el presente llamado a licitación, se regirá por los siguientes documentos, cuyo orden de precedencia, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: ● Bases Administrativas, Técnicas y sus formularios, Condiciones Contractuales y Resolución Aprobatoria. ● Aclaraciones, consultas y respuestas de las bases de licitación, si las hubiere. Se hace presente que las aclaraciones, consultas y respuestas prevalecen sobre el pliego de condiciones, sin perjuicio de su interpretación armónica (aplica dictamen N°74.094 de 2013). ● Oferta de él o los proponentes respectivos. ● Resolución adjudicataria. ● Resolución aprobatoria de contrato, si corresponde. ● Orden de compra. 4° LLAMADO A LICITACIÓN El llamado a propuestas se publicará a través del portal www.mercadopublico.cl. El llamado a presentar ofertas deberá publicarse en el Sistema de Información y deberá contener, a lo menos, la siguiente información: 1. Descripción del bien y/o servicio a licitar. 2. Nombre de la Entidad licitante. 3. Fechas para las consultas y aclaraciones a las Bases. 4. Fecha y hora de cierre y apertura de las ofertas. 5. En los casos fundados en que la apertura se efectúe respecto de sobres en soporte papel y se admita la presencia de los oferentes, se deberá indicar el lugar en que se llevará a cabo la apertura. 6. Monto y modalidad de las garantías exigidas cuando corresponda. 5° REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES Por el hecho de participar en el presente proceso de licitación, se entiende que los interesados conocen y aceptan las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, sin perjuicio de la declaración jurada requerida para estos efectos como requisito de admisibilidad. Podrán participar en esta propuesta pública las personas naturales, jurídicas, chilenas o agencias extranjeras o uniones temporales de proveedores (Empresas de Menor Tamaño), que cumplan con los demás requisitos mínimos establecidos y acrediten su idoneidad técnica según la normativa vigente, además de cumplir con lo siguiente: • No estar afecta a alguna de las causales de los artículos 4º y 35 quáter de la Ley 19.886 de Compras Públicas, modificada por la Ley N°21.364, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. (Formulario N°7) • En caso de personas jurídicas, no estar afecta a alguna de las inhabilidades de la Ley 20.393. (Formulario N°8) 5.1 IDONEIDAD TÉCNICA Y FINANCIERA DE LOS PROVEEDORES La idoneidad técnica y financiera de los proveedores será acreditada con la inscripción de los proveedores en el Registro de Proveedores. En todo caso, los proveedores que deseen ofertar deberán presentar los antecedentes técnicos y financieros que se requieran en cada licitación y que no se encuentren en poder de la Administración del Estado. 5.2 HABILIDAD EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES Podrán contratar con los Organismos del Estado las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el reglamento, y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en estado hábil en el Registro de Proveedores del Estado establecido en el artículo 16 de la Ley, cumpliendo con los demás requisitos que éste señale y con los que exige el derecho común. La referida inscripción será requisito, igualmente, para gestionar órdenes de compra recibidas. El servicio del Registro está a cargo de la Dirección ChileCompra y en él se inscribirán las personas naturales y jurídicas, chilenas y extranjeras que no tengan causal de inhabilidad para contratar con los organismos del Estado, siendo las tarifas son diferenciadas según el tamaño de empresa. 5.3 DE LAS INHABILIDADES Estarán inhabilitados para inscribirse o permanecer inscritos en el Registro de Proveedores, quienes se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, y que afectan tanto a las personas naturales como a las personas jurídicas: 1. Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción de los derechos fundamentales del trabajador dentro de los anteriores dos años, según establece la ley. 2. Condenas por los delitos concursales y tributarios indicados en el artículo 35 septies de la Ley de Compras Públicas. 3. Condenas por delitos de cohecho, financiamiento al terrorismo y lavado de activos y aquellas incluidas en las listas negras de instituciones financieras multilaterales. 4. Condenas por incumplimiento contractual respecto de un contrato con organismos sujetos a la Ley de Compras Públicas. 5. Quienes hayan proporcionado antecedentes maliciosamente falsos, enmendados o tergiversados respecto de sus beneficiarios finales y no hayan subsanado aquello dentro del plazo de 10 días desde que se requiera la enmienda de la información por parte de ChileCompra. 5.4 CONFLICTOS DE INTERES (Artículo 35 quáter de la Ley de Compras Públicas) Se establece que no podrán suscribirse contratos con personal del Hospital Base San José Osorno, ni con sus cónyuges, convivientes civiles o familiares hasta el 2° de consanguinidad o afinidad, ni con las sociedades en las que las personas señaladas participen o sean beneficiarios finales. Igualmente, la prohibición para suscribir contratos se aplica respecto de los funcionarios directivos del Hospital Base San José de Osorno hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, así como también respecto de los funcionarios que participen en procedimientos de contratación. Es decir, la imposibilidad de vender bienes y servicios al Hospital Base San José de Osorno se amplía a todos los funcionarios y funcionarias que allí trabajen, cualquiera que sea su calidad jurídica, y no solo a los Directivos. Esta prohibición, tratándose de directivos y funcionarios que participen en los procesos de compra para suscribir contratos con la misma institución en la que se desempeñan, se extiende mientras ocupen sus cargos, y hasta un año después que hayan cesado en sus funciones en el organismo. 5.5 DEBER DE ABSTENCION (Artículo 35 quinquies de la Ley de Compras Públicas) Se establece que las autoridades y funcionarios del Hospital Base San Jose Osorno deberán restarse de los procedimientos de compra en los que puedan tener interés. Esto considera, además, si está involucrado en el proceso de contratación su conviviente civil, los parientes hasta el tercer grado de consanguineidad y segundo de afinidad inclusive, o aquel o aquella con quienes tenga hijos en común. 5.6 Unión temporal de proveedores La Unión temporal de proveedores (UTP) permite a personas y empresas asociarse temporalmente para ofertar en los procesos que se publican en www.mercadopublico.cl, de manera de sumar experiencia y presentar una oferta más completa y atractiva. Para este efecto los oferentes deberán cumplir con los requisitos exigidos de acuerdo a la “Modernización de la Ley de Compras Públicas”. a. Estará integrada por una o más EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO. b. Su objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad. c. Se constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga. d. Deberá materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá materializarse por instrumento público o privado. REQUISITO EXCLUYENTE e. Los proveedores deberán establecer en el instrumento que formaliza la unión la solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto. 5.7 Presentación de las ofertas El representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar, al momento de ofertar, el documento que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. Cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. Cada Entidad licitante establecerá para cada Proceso de Compra el formulario de oferta y los antecedentes solicitados a los Oferentes, quienes no podrán, para un mismo proceso licitatorio, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores. Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas, salvo el caso que las Bases dispongan la autorización de la presentación de más de una oferta por un mismo Proveedor. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico. 6° PLAZOS La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos establecidos en las bases, (ficha del portal mercadopublico.cl). A continuación, se establece un calendario para los plazos de la presente licitación. Se deja establecido que, si un plazo de día corrido venciera en día inhábil, se ampliará hasta el día hábil inmediatamente siguiente, entendiéndose que son inhábiles los días sábados, los domingos y los festivos. Fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl. Dentro de las 48 horas hábiles siguientes a la total tramitación de la resolución que aprueba las presentes bases de licitación. Fecha inicio preguntas. A contar de la publicación en el portal de compras públicas. Fecha final de preguntas. Hasta las 17:00 hrs. Del décimo quinto día (15) corrido a contar de la publicación. Fecha de publicación de respuestas. A las 17:00 hrs. del vigésimo día (20) corrido a contar de la publicación. Fecha de cierre de recepción de ofertas. Hasta las 17:00 hrs. del trigésimo día (30) corrido a contar de la publicación. Fecha de acto de apertura de ofertas. La Apertura de ofertas se efectuará el día siguiente del cierre de la recepción de las ofertas a las 08:00 hrs. Fecha para responder aclaraciones solicitadas por la comisión evaluadora. Dentro del plazo que se señale en el foro aclaración de las ofertas en el portal mercadopublico.cl. al momento de cargar la consulta. Fecha estimada de adjudicación. Hasta el sexagésimo (60) día corrido siguiente a la fecha de cierre de evaluación de propuestas. Fecha para entrega de Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Hasta el séptimo día (7) día corrido siguiente a la fecha de notificación por parte del Hospital (Dpto. Jurídico). Fecha para firma de contrato Hasta el décimo (10) día hábil siguiente a la fecha de notificación y envío de documentos por parte del Hospital (Dpto. Jurídico). Fecha término de contrato. 24 meses contados desde la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba. Se establece que el plazo de cierre para la recepción de las ofertas no podrá vencer en días inhábiles o en un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas, conforme al inciso final del artículo 46 del decreto Nº661 de 2024 del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886. 7° DOMICILIO Y JURISDICCIÓN Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Osorno y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. 8° CONSULTAS, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES Los proponentes podrán formular, consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del Foro Electrónico del Sistema de Información dentro del plazo establecido. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. Las aclaraciones, derivadas de este proceso de consultas, formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas. Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, el Hospital podrá efectuar las aclaraciones a las Bases que estime pertinentes. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, el Hospital podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información (sitio http://www.mercadopublico.cl). 9° VALIDEZ DE LAS PROPUESTAS El plazo de validez de las ofertas será de sesenta días corridos contados desde el cierre, salvo que las Bases establezcan algo distinto. Si el Adjudicatario se niega a cumplir con su oferta y a suscribir el correspondiente contrato definitivo, será responsable por el incumplimiento de conformidad a lo establecido en la Ley de Compras y su reglamento. Serán rechazadas aquellas propuestas cuyo periodo de validez sea menor que el requerido, o sea mal extendido provocando un desmedro para el hospital. 10° PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS, ECONÓMICAS Y DE LOS DOCUMENTOS DE ANEXOS La entrega de las propuestas, deberá efectuarse únicamente a través del Sistema de Información (digital) en el plazo previsto para la presentación de ofertas. Los proveedores podrán presentar cuantas ofertas estimen, siempre y cuando ellas se ajusten a las Bases, y considerando las restricciones de UTP. Excepcionalmente, en los casos establecidos en el artículo 115 de la Ley 21.634, se podrán recibir en soporte papel, en el domicilio de la Entidad licitante y en los plazos que correspondan. En el caso que la Entidad licitante reciba físicamente documentación de parte de los proveedores, designará a una persona encargada de la custodia de las ofertas, archivos digitales y documentos acompañados, debiendo disponer las medidas que aseguren su inviolabilidad y correcta conservación. 10.1 De los Antecedentes Administrativos Los oferentes deberán adjuntar a través del apartado anexos administrativos del portal, los siguientes antecedentes: • Formulario Nº1: Identificación del proponente • Formulario Nº2: Aceptación de las bases y conocimiento de la ley de contratación pública. • Formulario Nº 6: Declaración jurada Programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 Chilecompra). • Formulario N°7: Declaración jurada que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las prohibiciones para contratar con la Administración del Estado, reguladas en el artículo 4º de la Ley Nº 19.886, o a alguna de las prohibiciones e inhabilidades descritas en los artículos 35 quáter y septies de la Ley N°19.886 modificada por la Ley N°21.364, artículos 26, letra d), del D.L. N°211 de 1973 y 33 de la ley Nº 21.595. • Formulario N°8: Declaración jurada simple que indique que el oferente no se encuentra afecto a alguna de las inhabilidades para contratar con la Administración del Estado, y reguladas en el artículo 8º y 10º de la ley Nº 20.393 sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas. • Garantía Seriedad de la Oferta (REQUISITO EXCLUYENTE) • Anexo N°1: Declaración jurada de inhabilidad para contratar con el estado por condena del artículo 33 de la ley n°21.595. Requisito Excluyente • Anexo N°2: Declaración jurada de independencia de la oferta. Al momento de presentar sus propuestas los oferentes no deben registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años. Para acreditar, los oferentes deben adjuntar en su oferta el Certificado de antecedentes laborales y previsionales. El certificado no debe señalar anotaciones u observaciones vigentes. 10.2 De la Propuesta Económica El valor de la oferta económica será el que indique el proponente en el portal www.mercadopublico.cl. La oferta económica debe ser expresada en pesos chilenos, y corresponder al VALOR OFERTADO POR HORA. Los oferentes deberán además completar el formulario económico (Formulario Nº3), el cual debe ser firmado por el oferente y/o el Representante legal respectivo. REQUISITO EXCLUYENTE La oferta económica debe considerar las 6 líneas del portal (REQUISITO EXCLUYENTE). Diferencias en los valores de la propuesta: En caso de existir discrepancia entre los valores ofertados en la oferta económica del Formulario N°3, y la oferta electrónica, prevalecerá el valor unitario ingresado a la ficha de Ingreso de Oferta de la licitación (portal). La oferta presentada no será reajustable durante todo el periodo de vigencia del contrato. 10.3 Personal que se requiere TENS MULTIFUNCIONAL (Deben cumplir funciones como Pabellonero, Arsenalero, y Técnico de Anestesia: Se requieren seis (6) TENS AUXILIAR DE SERVICIO (Deben contar con Certificación en Rayos): Se requieren tres (3) AUXILIARES 10.4 CANTIDAD DE HORAS Y VALORES REFERENCIALES Horario hábil: 3 TENS y 2 AUX de 08:00 a 18:00 (L a J) y 08:00 a 17:00 (V) 3 TENS y 1 AUX de 11:00 a 20:00 (L a V) Horario extra: 3 TENS de 18:00 a 20:00 (L a J) y 17:00 a 20:00 (V) 1 AUX de 18:00 a 20:00 (L a J) y 17:00 a 20:00 (V) Precio de referencia por hora: TENS: $12.922 AUXILIAR DE SERVICIO: $10.296 10.5 De la Propuesta Técnica Debe elaborarse en base a los antecedentes expuestos en la Bases Técnicas, para ello el Hospital ha desarrollado una serie de anexos complementarios a fin de estandarizar la forma de presentación de las ofertas. • Formulario Nº4 (REQUISITO EXCLUYENTE): Nomina, experiencia y vacunas del personal de apoyo para este convenio. No se considerará la experiencia del oferente y sus socios si él o ellos no forman parte del equipo que participará de las prestaciones. • Formulario N°5 (REQUISITO EXCLUYENTE): Experiencia de la empresa oferente. Convenios equivalentes con otras instituciones públicas o privadas de salud. Debe acreditar con certificados de conformidad del órgano público o privado, o bien con copia de los contratos. Periodo años 2024 y 2025. 10.6 Presentación de Antecedentes omitidos El Hospital podrá permitir la presentación de Formularios o Antecedentes que los oferentes hayan omitido al momento de efectuar la oferta en el portal, siempre que éstos no sean excluyentes y dichas certificaciones o antecedentes omitidos se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación (Art. 56 Reglamento Ley Nº19.886). En estos casos, el hospital a través del Sistema de Información comunicará al oferente las omisiones detectadas y le concederá un plazo especial de 48 horas para que subsane dichas omisiones a través del Foro Inverso. Si los documentos agregados evitan la inadmisibilidad de la oferta respectiva, esta deberá calificarse con la nota correspondiente, según el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, señalado en el numeral 14.4.E de la presente Bases. Lo anterior, con excepción de los formularios N° 3 y 4 que son de carácter excluyente, al igual que los certificados y antecedentes que se solicitan en dichos formularios. El Hospital se reserva el derecho de admitir aquellas ofertas que presenten defectos de forma, errores menores, siempre que éstos no alteren el tratamiento igualitario a todos los oferentes y que no vulneren aspectos esenciales de las presentes bases y que no puedan afectar el principio de estricta sujeción a las bases, y se debe informar al resto de los oferentes publicándolo en el sistema de información. No se aceptarán propuestas, antecedentes técnicos, económicos y administrativos que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases de Licitación. Será responsabilidad de los oferentes participantes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus propuestas y la información solicitada. Se deja expresa constancia que los folletos, catálogos o cualquier otro documento que se adjunte a la oferta deben ser extendidos en idioma español, o adjuntar a ellos la debida traducción al español, para proceder a su evaluación. 11° PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio. e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes, y el o los contratos que de ellos se derivase. f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. 12° GARANTÍAS Para el presente llamado a Licitación y dadas las características del proceso, se requerirá de Garantía Seriedad de la Oferta y Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato. En el evento que las garantías de seriedad de la oferta y del fiel cumplimiento de contrato se otorguen de forma electrónica, deberán ajustarse a la ley 19.799, sobre Documentos electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Serán considerados y admitidos como instrumentos de garantía aquellos que para tal efecto se prescriben en la Ley N° 19.886 y su reglamento. 12.1 Garantía de Seriedad de la Oferta CARACTERISTICAS Tipo de Garantía Garantía de Seriedad de la Oferta. Exigibilidad Será obligatoria su entrega para todos los oferentes de la licitación. Independiente de la cantidad de propuestas que presente cada oferente, cada oferta debe presentar su propia garantía. La no entrega en el plazo señalado será causal de rechazo de la oferta. Estipulaciones del documento Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.52 del Reglamento de Compras Públicas. Beneficiario Hospital Base San José Osorno Rut: 61.602.260-1 Tomador El tomador del instrumento de garantía podrá ser el mismo oferente, o un tercero a su nombre. Monto $500.000.- (Quinientos mil pesos) Vigencia Mínima Deberá poseer una vigencia mínima no inferior a noventa días corridos desde la fecha de cierre del plazo para ofertar a la propuesta, fecha portal www.mercadopublico.cl. Glosa “GARANTIZA LA SERIEDAD DE LA OFERTA DEL SERVICIO DE PERSONAL NO-MEDICO DE PABELLÓN PARA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS EN EL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO, ID 1063538-222-LR25”. Causales de cobro El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía si el oferente desiste de su oferta por cualquier causa, en las siguientes instancias: • Antes de la adjudicación • Durante el proceso de adjudicación • Después de la adjudicación, si el adjudicatario no presenta garantía de fiel cumplimiento dentro del plazo, o no firma el contrato dentro del plazo (plazos señalados en el numeral 6° de las bases). • Incumplimiento de toda obligación que impone al proponente su condición de tal. Esta garantía no devengará intereses ni reajustes, y será restituida al adjudicatario una vez que éste suscriba el contrato respectivo y confiera la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. Forma y momento de entrega Deberá entregarse con plazo hasta la fecha y hora de cierre de recepción de las ofertas. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. Garantía Electrónica/Digital: Deberá ser escaneada e informada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl. Además, el archivo deberá ser cargado en portal www.mercadopublico.cl, esto último constituye un REQUISITO EXCLUYENTE. Garantía Física: Deberá ser entregada en Oficina de Partes del Hospital Base San José de Osorno, en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente. REQUISITO EXCLUYENTE. Forma y momento de restitución. La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad de la preselección de los oferentes o de la adjudicación. En el caso del oferente adjudicado, la devolución de la boleta Seriedad de la Oferta se hará efectiva luego de entregada la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, y firmado el respectivo contrato. 12.2 Garantía de fiel cumplimiento de contrato CARACTERISTICAS Tipo de Garantía Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato Exigibilidad Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la presentación de un instrumento de garantía para el fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Si dicha garantía no es presentada en tiempo y forma, el Hospital Base San José de Osorno se reserva el derecho de hacer uso efectivo de la Garantía de Seriedad de la Oferta, dejando sin efecto administrativamente la adjudicación, sin perjuicio de otros derechos. Estipulaciones del documento Expresar su monto en pesos chilenos. Mencionar el nombre e ID de la propuesta de que se trate; hecho o riesgo que caucionan; y razón social. La caución o garantía deberá ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable y a primer requerimiento. No se establecen restricciones respecto a un instrumento en particular, sino que se aceptará cualquiera que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el art.121 del Reglamento de Compras Públicas. Beneficiario Hospital Base San José de Osorno Rut: 61.602.260-1 Tomador El tomador del instrumento de garantía deberá ser el mismo RUT del oferente. No se aceptarán garantías tomadas por terceros. Monto 5% del monto total NETO adjudicado y se expresará en pesos. Sin embargo, para el caso que el proveedor adjudicado sea una empresa de menor tamaño la garantía a entregar será del 5% del monto NETO contratado, en conformidad a la clasificación contenida en el artículo segundo de la ley N°20.416. Vigencia Mínima La vigencia de la garantía deberá ser por todo el período de vigencia del contrato, aumentada en 60 días hábiles después de terminado el vínculo contractual. Glosa “CAUCIONA EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO DE PERSONAL NO-MEDICO DE PABELLÓN PARA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS EN EL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO, ID 1063538-222-LR25”. Causales de cobro El Hospital tendrá la facultad de hacer efectiva esta garantía en los siguientes casos: • Por cualquiera de las causas que generen termino anticipado del contrato por parte del Hospital, de acuerdo al numeral 17.5 de las bases, con excepción de la indicada en la letra b) de dicho numeral. • Cuando el adjudicatario no cumple con las obligaciones laborales y sociales con respecto a sus trabajadores, de acuerdo al artículo 11 de la Ley 19.886 • Incumplimiento en tiempo y forma por parte del adjudicatario, de todas o alguna de las obligaciones que impone el contrato y las bases administrativas y técnicas. Estas exigencias se fundamentan en el riesgo que implica para la institución la ocurrencia de eventuales incumplimientos contractuales del adjudicatario, los que podrían afectar el normal otorgamiento de las prestaciones de salud de este centro asistencial. En caso de incumplimientos del proveedor de las obligaciones que le impone el contrato, “el Hospital” estará facultado para hacer efectiva la garantía de cumplimiento administrativamente, y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que “el Hospital” pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Forma y momento de entrega Esta garantía deberá entregarse en la oficina de partes del “Hospital”, dentro de los 7 días corridos siguientes a la notificación por parte del hospital (notificación desde Departamento jurídico). Si no se entrega dentro del plazo, el Hospital hará efectiva la garantía seriedad de la oferta, y quedará facultado para readjudicar el proceso, si fuera posible. Esta garantía podrá otorgarse electrónica o físicamente. En el primer caso deberá ser escaneada y enviada al correo electrónico oficinapartes.hbo@redsalud.gob.cl, y en el segundo caso deberá ser entregada en un sobre cerrado debidamente identificado con el número de la “ID” y nombre de la licitación, así como nombre, dirección y teléfono del proponente, en Oficina de Partes del Hospital Base Osorno. Si la garantía de cumplimiento no fuere entregada dentro del plazo indicado, la Entidad licitante podrá aplicar las sanciones que correspondan y adjudicar el contrato definitivo al Oferente siguiente mejor evaluado. Forma y momento de restitución. Para la devolución del instrumento de garantía, el proveedor adjudicado deberá solicitarla al término de los 90 días posterior al contrato, vía carta dirigida al Jefe (a) de la Unidad de Tesorería. Antes de solicitar dicha devolución, el Administrador de Contrato del Hospital verificará que el proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato. Si se comprueba el cumplimiento de dichas obligaciones, la garantía será devuelta en un plazo de 10 días hábiles, posterior a la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Unidad de Tesorería. Se devolverá vía carta certificada del Hospital al domicilio del oferente que haya informado en la carta solicitante de la devolución. En el caso de prórroga o aumento del contrato. En el caso de prórroga o aumento del contrato el proveedor deberá reemplazar, prorrogar o complementar la garantía de forma proporcional. 13° REVISIÓN FORMAL Y APERTURA DE LAS OFERTAS La apertura electrónica de las propuestas se efectuará a través del Sistema de Información, liberándose automáticamente las ofertas en el día y hora establecido en el numeral 6 de las presentes Bases. La evaluación de admisibilidad se realizará en la apertura de las ofertas y consistirá en la revisión de todos los documentos y anexos obligatorios publicados por los oferentes, exigidos en bases de licitación, junto a la verificación de la entrega física o electrónica del documento en garantía de la seriedad de la oferta (si se ha solicitado en el proceso licitatorio). Todo, sin perjuicio ni limitación a que, con posterioridad, pueda detectarse una causal de inadmisibilidad en la presentación de algún oferente durante la etapa de evaluación Administrativa, Técnica y Económica. 13.1 Admisibilidad de las ofertas y comprobación de lo declarado Es requisito para participar en el presente llamado a licitación, y para la aceptación de la propuesta, presentar, en la forma y plazos señalados todos los antecedentes exigidos en las presentes Bases. El Hospital tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los Oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas. Conforme con lo anterior se verificará que la propuesta haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 10º de las presentes bases, y los antecedentes incluidos en ésta permiten su evaluación y comparación con los demás proveedores. Se deja expresa constancia que la entidad licitante comprobará la veracidad de lo declarado por los oferentes en el respectivo proceso licitatorio, por lo que podrá solicitar en todo momento, a los oferentes, mayores antecedentes que permitan respaldar lo declarado con la finalidad de comprobar que la información contenida en su oferta sea verídica. La corroboración de la información podrá ser efectuada a través de los medios disponibles que permitan comprobar ésta de manera objetiva y fehaciente. Si durante el período de evaluación de ofertas se comprobase que alguna propuesta ha considerado información o antecedentes que resultaron no ser verídicos, ésta será declarada inadmisible, en el entendido que esto significa una transgresión a lo dispuesto en el Pacto de Integridad contenido en el numeral 11 de estas bases de licitación, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen originarse con ocasión de esta situación. Sin perjuicio de lo anterior, en la apertura de ofertas el Hospital se reserva la facultad de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma o errores menores evidentes, o que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa o errónea no sea de fondo, no se refiera a aspectos esenciales, no altere el tratamiento igualitario de todos los proponentes, y no impida la correcta evaluación de las propuestas. 14° EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS 14.1 Designación de la Comisión Evaluadora Las ofertas que se presenten serán estudiadas y evaluadas por una Comisión Evaluadora designada por la Dirección del Hospital. La designación se hará a través de un acto administrativo (Resolución) que contenga el ID del proceso de contratación, y señalando las personas que la componen con su nombre y apellido. Los miembros de la Comisión no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. La Comisión Evaluadora estará integrada por los siguientes funcionarios del Hospital Base San José Osorno: 1. Enfermera Jefa Unidad Prequirúrgica HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue. 2. Enfermera Encargada insumos de Pabellón HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue. 3. Medico jefe (s) Unidad de Pabellón y Anestesia HBSJO, o quien le subrogue o reemplace en el desempeño del cargo o función, o en quien se delegue. Cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá entregar por escrito una Declaración Jurada por la cual manifieste no tener conflicto de Intereses con los proveedores del rubro de esta licitación, así como su compromiso a no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integre esta comisión. Esta declaración será publicada una vez adjudicada o desertada la licitación pública junto al Acta de evaluación, en la ficha de licitación de www.mercadopublico.cl en su apartado “Ver adjuntos”. 14.2 Funciones de la Comisión Esta Comisión propondrá sobre las ofertas que mejor cumplan los requerimientos exigidos y que resulten las más convenientes a los intereses de la Institución; la proposición fundada de declarar desierto el llamado de licitación y/o la proposición fundada de adjudicar dicha licitación. Igualmente, verificará la admisibilidad de las propuestas de conformidad a lo previsto en las presentes bases administrativas. Corresponderá a la Comisión confeccionar un Acta de evaluación, la cual deberá contener la siguiente información: 1. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 2. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no ajustarse a los requerimientos señalados en las Bases de licitación, la Ley de Compras o Reglamento de compras; o por corresponder a empresas relacionadas o pertenecientes a un mismo grupo empresarial, en conformidad al artículo 60 del Reglamento de compras. 3. La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora determinare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Entidad licitante. 4. La asignación de puntajes a las ofertas, por cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 5. La proposición de adjudicación, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. 6. Identificación de los integrantes de la comisión evaluadora. 7. Firmas y cargos integrantes de la comisión evaluadora. 8. Fecha del Acta. De considerarse necesario, la Comisión Evaluadora requerirá a través del portal www.mercadopublico.cl, aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros. Las respuestas deberán ser entregadas a través del mismo medio dentro del plazo establecido en el calendario respectivo. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicado. 14.3 Errores u omisiones detectados durante la evaluación Durante la etapa de evaluación la Entidad licitante podrá solicitar a los oferentes: 1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y, 3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Lo anterior sólo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. Se establecen los siguientes criterios de evaluación y selección de las propuestas, con sus respectivos porcentajes de ponderación: ITEM CRITERIOS DE EVALUACION PONDERACION A Evaluación económica 50% B Experiencia del personal de pabellón 30% C Experiencia empresa oferente 15% D Programa integridad y ética empresarial 2% E Cumplimiento de requisitos formales 3% TOTAL, PORCENTAJE 100 % A. Evaluación económica El valor a ofertar para la evaluación de oferta económica deberá ser declarado, además, en el Formulario N°3, el que será sometido al ejercicio de evaluación con todos los impuestos correspondientes según las condiciones tributarias de la empresa oferente. Precio Puntaje Menor precio unitario 100 puntos Segundo menor precio y siguientes (Menor precio/precio evaluado) X100 Ponderación: Puntaje obtenido x 50% B. Experiencia del personal de pabellón (30%) (Formulario N°4) Se evaluará la presentación del Formulario N°4: “Nómina Personal de Pabellón” y documentación de respaldo del personal con experiencia en otros Establecimientos de Salud públicos y/o privados. El cálculo se hará en base al puntaje promedio del personal por cada función a realizar. B.1 TENS MULTIFUNCIONAL (6) Experiencia TENS como Arsenalera/o (9,5%) Puntaje Acredita experiencia superior a 24 meses en Establecimientos de salud públicos y/o privados 100 puntos Acredita experiencia superior a 12 meses e igual o inferior a 24 meses en Establecimientos de salud públicos y/o privados 70 puntos Acredita experiencia entre 6 y 12 meses en Establecimientos de salud públicos y/o privados 40 puntos Menos de 6 meses acreditados de experiencia 0 punto * Solo se dará puntaje a experiencia con documentos de respaldo Experiencia TENS como Pabellonera/o (9,5%) Puntaje Acredita experiencia superior a 24 meses en Establecimientos de salud públicos y/o privados 100 puntos Acredita experiencia superior a 12 meses e igual o inferior a 24 meses en Establecimientos de salud públicos y/o privados 70 puntos Acredita experiencia entre 6 y 12 meses en Establecimientos de salud públicos y/o privados 40 puntos Menos de 6 meses acreditados de experiencia 0 punto * Solo se dará puntaje a experiencia con documentos de respaldo Experiencia TENS como Técnico de Anestesia (9,5%) Puntaje Acredita experiencia superior a 24 meses en Establecimientos de salud públicos y/o privados 100 puntos Acredita experiencia superior a 12 meses e igual o inferior a 24 meses en Establecimientos de salud públicos y/o privados 70 puntos Acredita experiencia entre 6 y 12 meses en Establecimientos de salud públicos y/o privados 40 puntos Menos de 6 meses acreditados de experiencia 0 punto * Solo se dará puntaje a experiencia con documentos de respaldo B.2 AUXILIAR DE SERVICIO C/CERTIFICACIÓN EN RAYOS (3) Experiencia Auxiliar de servicio c/certificación en Rayos (1,5%) Puntaje Experiencia mínima deseable de 30 días en Pabellones Quirúrgicos como Operador de Arco en C 100 puntos Experiencia menor a 30 días en Pabellones Quirúrgicos como Operador de Arco en C 0 punto * Solo se dará puntaje a experiencia con documentos de respaldo C. Experiencia de la empresa oferente (Formulario N°5) Se evaluará de acuerdo a la cantidad de contratos (licitaciones o tratos directos) con instituciones de salud pública y/o privada, donde el oferente haya prestado o preste servicios equivalentes a la presente licitación. Debe acreditar adjuntando copia de los contratos, o bien certificados de conformidad del órgano público o privado, o Resolución de trato directo (Formulario N°5). Periodo años 2024-2025. Experiencia de la empresa oferente Puntaje 3 o más convenios con instituciones de salud pública o privada 100 puntos 2 convenios con instituciones de salud pública o privada 70 puntos 1 convenio con instituciones de salud pública o privada 40 puntos No adjunta ningún contrato con instituciones de salud pública o privada/ No Informa/ No respalda 0 punto * Solo se dará puntaje a la experiencia con documentos de respaldo Ponderación: Puntaje obtenido x 15% D. Programa integridad y ética empresarial (Formulario N°6) Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un Programa de integridad y ética empresarial que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Formulario N°6, donde se señala expresamente como política de su empresa dicho Programa de integridad con aplicación del código de ética para proveedores (Directiva N°31 de ChileCompra). Se entenderá por Programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir -y si resulta necesario, identificar y sancionar- las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento. Una vez completado el documento, se debe adjuntar a la carpeta técnica con el nombre “Formulario N°6: Declaración jurada programa de integridad con aplicación de código ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra).” Asimismo, debe adjuntar documento respectivo donde acredite su programa de integridad. Si el oferente es una UTP se deberán adjuntar las declaraciones juradas por cada uno de sus integrantes. Si no se presenta el Formulario N°6, o se presenta sin firma, se entenderá que no conoce ni aplica Programas de integridad y/o políticas contenidas en Código de ética para proveedores. Asimismo, se entenderá que el oferente no cuenta con dicho Programa de integridad cuando no acompañe a su Declaración copia del Programa de integridad en cuestión, tal como es requerido según lo señalado en el Formulario N°6. Por tanto, su oferta será evaluada con 0 (cero) punto en este criterio de evaluación. De no ser presentadas las declaraciones juradas, se entenderá que no cuentan con estas políticas ni aplican código de ética para proveedores, otorgándoles 0 punto en este criterio. De acuerdo con lo señalado, esta evaluación tiene una ponderación del 2% de la evaluación final y será asignada según se describe en el siguiente cuadro: INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL PUNTAJE Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el Estado y adjunta la copia del Programa de Integridad. 100 Aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el Estado y NO adjunta la copia del Programa de Integridad. 0 No aplica programa de integridad con código de ética para proveedores (Directiva N°31 ChileCompra) en sus contrataciones con el estado, o no logra acreditar. 0 Ponderación: Puntaje obtenido x 2% E. Cumplimiento de requisitos formales Cumplimiento requisitos formales Puntaje Oferta presentada no contiene errores u omisiones 100 puntos Oferta observada con errores y/u omisiones, enmendados dentro de plazo 50 puntos El oferente no subsana errores u omisiones, o lo hace fuera de plazo 0 punto Ponderación: Puntaje obtenido x 3% Se entenderá como cumplimiento de los requisitos formales la presentación de la totalidad de los formularios solicitados en estas Bases. El no informar o no cumplir con la entrega de la documentación solicitada en el plazo otorgado, siempre y cuando los formularios no sean excluyentes (los que se solicitarán a través del Foro aclaración de ofertas), será causal de declarar dicha oferta inadmisible. El criterio “E”, que es coincidente con el factor respectivo, se establece de conformidad al artículo 56º del Decreto N°611, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estableciendo que será facultativo para el Hospital, el posibilitar a un oferente: 1. Salvar los errores u omisiones formales en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta. 2. La presentación de certificaciones o antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y 3. La presentación de certificaciones o antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas. Lo anterior sólo procederá en la medida que la entrega de dichas certificaciones o antecedentes no entregados no afecten el monto de la oferta económica de la propuesta, y que se dé cumplimiento al principio de estricta sujeción a las bases administrativas. De igual modo las rectificaciones de los errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el principio de igualdad de los oferentes. Lo anterior, dado que el presente criterio de evaluación guarda armonía con lo preceptuado en el dictamen Nº045757 del año 2009 de Contraloría General de la República, el cual estatuye que el objeto esencial de las formalidades es otorgar por la vía de la transparencia y de la igualdad de los licitantes, seguridad jurídica, de manera tal que la inobservancia de las formalidades producirá la ineficacia sólo en la medida que se constate que la omisión tipificada cause desmedro de los derechos del Estado, reste transparencia o rompa el principio de igualdad de los licitantes, lo que está en armonía con el principio de no formalización contemplado en el artículo 13º inciso segundo de la ley Nº19.880, donde conforme al dictamen Nº15601 del año 2009, los errores intrascendentes o no esenciales no constituyen causal suficiente para rechazar postulaciones en procesos concursales. La Evaluación Final se realizará de acuerdo con el siguiente cuadro: Puntaje final: Puntaje evaluación económica + experiencia del personal de pabellón + experiencia empresa oferente+ programa integridad y ética empresarial + cumplimiento de requisitos formales. “La Comisión Evaluadora” recomendará o sugerirá al Director del Hospital, en conformidad a la nota o puntaje que arroje la aplicación de los criterios de evaluación que en definitiva es la oferta que estime más conveniente a los intereses del Hospital, aun cuando no sea la de menor precio. La oferta más conveniente será aquella que obtenga la más alta calificación en base a los criterios de evaluación contemplados en este capítulo. 15° ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA Teniendo en cuenta la complejidad del servicio licitado y por razones de buen servicio, se establece que las seis (6) líneas del portal serán adjudicadas a un (1) solo proveedor, buscando siempre la combinación más ventajosa para el Hospital. Es decir, la adjudicación será paquetizada. Se establece que la adjudicación será de carácter simple, y se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje, sin tener que ser necesariamente la oferta más económica. La adjudicación de la propuesta se efectuará a través del portal www.mercadopublico.cl, mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, la que será publicada y notificada al adjudicatario y al resto de los oferentes por el mismo medio. Cuando la adjudicación no se realice por causas no imputables al Hospital dentro del plazo señalado en el capítulo 6° de las presentes bases administrativas, la entidad licitante informará en el Sistema de Compras Públicas, las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. En efecto, si el Hospital, no adjudicare en el tiempo indicado por la complejidad de las ofertas y/o la falta de antecedentes, como únicas causales para estos efectos, informará de esta circunstancia dentro de las 24 horas previas a la fecha de adjudicación, señalando claramente las razones mencionadas que han impedido llevar con normalidad el proceso, e indicará un nuevo plazo de adjudicación que no excederá de 30 días hábiles contados desde la fecha en que debió realizarse la adjudicación original. De esta manera, dispuesto un nuevo plazo de adjudicación, se entenderá ampliado el plazo siguiente de cada etapa del calendario señalado en el capítulo ya citado, debiéndose sumar el número de días correspondiente. Todo este proceso será informado exclusivamente a través del portal www.mercadopublico.cl y se entenderá notificado de acuerdo al artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 15.1 Del derecho a declarar inadmisible las propuestas o desierto el llamado El Hospital, se reserva el derecho a declarar inadmisible cualquiera de las propuestas por incumplimiento de los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y/o Técnicas, esto en conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la ley N° 19.886 sobre Compras Públicas. Así también, se declarará desierta una licitación cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. En ambos casos la declaración deberá ser por resolución fundada. Los oferentes no tendrán derecho a solicitar indemnizaciones de ninguna especie, por los gastos incurridos para participar en esta propuesta. 15.2 Inadmisibilidad de las ofertas simultáneas de proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí Se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras. En este caso, la Entidad licitante considerará para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores del mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente. 15.3 Ofertas riesgosas o temerarias La Entidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato. Adicionalmente, las Entidades podrán establecer en las Bases criterios específicos para determinar que una oferta es riesgosa o temeraria. Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia. De ser adjudicada la oferta riesgosa o temeraria, la Entidad licitante deberá solicitar al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica. 15.4 Mecanismo de resolución de empate Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluada técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. En tal caso se aplicarán las siguientes cláusulas de desempate, en el mismo orden indicado, hasta obtener un solo ganador, entre los participantes que han empatado. 1. En caso de empate, se adjudicará la presente licitación a aquel oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “precio”. 2. En caso de persistir el empate, el segundo mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “experiencia del personal de pabellón”. 3. En caso de persistir el empate, el tercer mecanismo de desempate a aplicar será aquel oferente que presente el mejor puntaje en el criterio “experiencia de la empresa”. 4. De persistir el empate se podrá solicitar la opinión de la comisión evaluadora quienes, en conjunto y previo estudio de las ofertas, dirimirá la igualdad. 15.5 Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación Adjudicada la oferta propuesta, no podrá el adjudicatario formular petición o reclamo de ninguna especie fundado en el desconocimiento de las bases administrativas o técnicas o de alguno de los documentos que forman parte de la presente licitación. En caso de que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a jonathan.salvoc@redsalud.gob.cl, quien entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de diez (10) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta. 16° FACULTAD DE READJUDICAR El Hospital podrá readjudicar la licitación en un plazo de 60 días corridos (plazo referencial) contados desde la publicación de la adjudicación original al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje total obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta (sí aplicara), en los siguientes casos, cuya enumeración no es taxativa: a) Producto/servicio licitado no cumple técnicamente o presenta serios inconvenientes técnicos durante la ejecución del convenio, lo cual genera pérdida de la confianza técnica en el desarrollo del servicio contratado. Esto se avala con informe de la contraparte técnica del Hospital. b) Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. c) Si el contrato no se firma dentro del plazo estipulado, por razones o causas atribuibles al adjudicatario. d) Si el adjudicatario desiste de su oferta. e) Error en la evaluación de las ofertas, subsanado oportunamente a través del sistema de información. f) Las inhabilidades de los artículos 8º y 10º de la Ley Sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, aprobada por el artículo primero de la Ley Nº 20.393. La readjudicación se realizará vía resolución fundada del Hospital, y se comunicará a través del portal www.mercadopublico.cl La readjudicación deja sin efecto la adjudicación, asignando los bienes o insumos, prestaciones o servicios al oferente que resultó en segundo lugar del proceso evaluativo. 17° CONTRATO Atendida la naturaleza de la presente adquisición, se requerirá la formalización de un contrato de prestación de bienes y servicios si el monto total adjudicado a un determinado proveedor supera las 1.000 Unidades Tributarias Mensuales. Para la firma del contrato se solicitará la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato, extendida de acuerdo al numeral 12.2 de estas bases. Tratándose de licitaciones superiores a 5.000 UTM, la suscripción del contrato se efectuará una vez transcurrido el plazo de diez (10) días hábiles desde la notificación de la resolución de Adjudicación. Para la subscripción del contrato, los proveedores deberán encontrarse habilitados en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras donde además deberán acreditar su situación financiera y técnica. El proveedor deberá presentar al departamento jurídico, boleta de garantía de acuerdo a lo solicitado vía correo electrónico. El oferente deberá hacer llegar la boleta a oficina de partes después de ello, el contrato lo redactará la Unidad de Asesoría Jurídica del Hospital de conformidad a lo que se expresa en las bases de licitación, la oferta adjudicada y demás documentos que integran la relación contractual. Junto con lo anterior el proveedor deberá acompañar un documento en que se acredite la personería de quien actúe como representante legal en la suscripción del contrato. En dicho documento deberán constar las facultades o poderes de dicho representante legal para suscribir contratos o convenios como el de la especie. Formarán parte integrante del contrato, las presentes Bases Administrativas y Técnicas, y la Resolución de Dirección que las aprueba, consultas y aclaraciones si las hubiere, la Resolución de Adjudicación, la oferta adjudicada, y demás normativas y reglamentos que se encuentren vigentes en la Institución. En caso de que la empresa que obtiene la licitación o celebre convenio registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. El respectivo servicio deberá exigir que la empresa contratada proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar. Las obligaciones referidas se extenderán a las empresas subcontratadas por el proveedor en caso de que las presentes bases permitan la subcontratación. En razón de lo anterior, el HBSJO estará facultado para solicitar en todo momento durante la vigencia del convenio, cualquier tipo de información y documentos referente al cumplimiento del pago de remuneraciones y leyes sociales y previsionales por parte del adjudicatario a sus trabajadores. Se entenderá que si el adjudicatario no firma el contrato dentro del plazo establecido por la normativa de Compras Públicas y el numerando 6° de las presentes bases de Licitación, no remite la garantía de fiel y oportuno cumplimiento o desiste de la propuesta, “el Hospital” se reserva el derecho a hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta y estará facultado para readjudicar la licitación a la siguiente propuesta mejor evaluada, de acuerdo a lo indicado en el acta de evaluación respectiva, según lo estime pertinente siempre y cuando dicha oferta sea conveniente para los intereses del Hospital. 17.1 Vigencia El contrato comenzará a regir a partir de la total tramitación de la Resolución que Aprueba el Contrato y tendrá una vigencia de 24 meses, o hasta completar la suma de dinero máxima a pagar en la resolución adjudicataria. 17.2 Aumentos y disminuciones de contrato El contrato podrá ser aumentado o disminuido por iniciativa exclusiva del Hospital, hasta por un 30% si así lo estima conveniente para los intereses de la Institución, y tales variaciones no podrán significar una alteración del valor propuesto en su oferta económica. Lo anterior, obedece a las características propias de la contratación y el carácter necesario que significa para una entidad de salud, permitiendo cubrir los requerimientos. El aumento y/o disminución de contrato debe ser solicitado por el coordinador técnico del HBSJO. Para hacer efectivo dicho aumento, “el Hospital” (coordinador técnico) deberá comunicar por escrito a su contratante la disposición a aumento o disminución del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de aumento o disminución de contrato, sus principales implicancias y alcances. Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa y SubDireccion Médica del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico. El aumento o disminución deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de aumentos, renueve las garantías de acuerdo a lo indicado en el capítulo 12° de las presentes bases. 17.3 Prórroga plazo del contrato De ser necesario aumentar el plazo del contrato, esta prórroga será como máximo hasta 90 días desde terminado el plazo original, o desde agotado el presupuesto, y siempre que dicho acto sea gestionado, coordinado y comunicado al adjudicatario antes del vencimiento del contrato, fundadamente, y sólo se permitirá por una vez. La prórroga de contrato debe ser solicitada por el Referente técnico del HBSJO. Para hacer efectiva la prórroga, el Referente técnico deberá comunicar por correo electrónico al adjudicatario la disposición a prorrogar o disminuir el plazo del contrato, con a lo menos 10 días hábiles de antelación a su fecha de vencimiento. El Referente técnico deberá además presentar un INFORME TÉCNICO, en el cual respalde y justifique el requerimiento. En el escrito deben plasmarse los motivos por los cuales resulta necesario proceder con la gestión de prórroga o disminución de plazo del contrato, sus principales implicancias y alcances. Finalmente, el Referente técnico deberá solicitar V°B° a la Subdirección Administrativa y la Subdirección Médica del HBSJO, adjuntando el V°B° en correo del adjudicatario y el Informe técnico. La prórroga o disminución del plazo del contrato deberá ser aprobado mediante resolución fundada de la Dirección del Hospital, sujeta al trámite administrativo correspondiente, y constar en un anexo al contrato, el cual deberá ser suscrito por ambas partes contratantes y será necesario que el oferente en caso de prórroga, renueve las garantías de acuerdo con lo indicado en el capítulo 12 de las presentes bases. En ningún caso, la o las modificaciones, relativas al aumento o disminución del contrato, o a la prórroga del plazo del mismo, podrán alterar los elementos esenciales del contrato u Orden de Compra inicial. Entendiéndose que se alteran éstos cuando se introducen condiciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases o, cuando la modificación altera el equilibrio financiero del contrato o, si da como resultado un contrato de naturaleza diferente. No se entenderán alterados los elementos esenciales cuando se sustituya alguna unidad de suministro o servicio puntual. 17.4 Cesión del contrato y subcontrataciones El Adjudicado no podrá en caso alguno, ceder o transferir en forma alguna, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación y, en especial, los establecidos en el contrato definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y obligaciones. La infracción de esta prohibición dará derecho al Hospital para poner término anticipado al contrato, en forma inmediata, de conformidad a lo establecido en las presentes Bases. Lo anterior es sin perjuicio de la transferencia -que se pueda efectuar con arreglo a las normas del derecho común- de los documentos justificativos de los créditos que emanen del respectivo contrato. Durante la ejecución del contrato, y previa autorización por escrito del Hospital, el adjudicatario sólo podrá efectuar aquellas subcontrataciones que sean indispensables para la realización de tareas específicas, todo lo cual será calificado por la Contraparte Técnica del Hospital. Además, el subcontratista deberá encontrarse hábil en el registro de proveedores. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el adjudicatario seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con el Hospital. El Hospital cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring en la medida que se notifique oportunamente de dicho contrato al correo gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl. Y jose.cordova@redsalud.gob.cl. y no existan obligaciones pendiente es. 17.5 Término anticipado del convenio Los contratos administrativos regulados por la Ley de Compras y este reglamento podrán terminarse anticipadamente por las siguientes causas: a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista. b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. d) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 del reglamento de compras. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 del reglamento de compras. f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. g) Las demás establecidas en la ley, en las presentes Bases de la licitación o en el contrato. 17.6 De los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada Los actos administrativos que dispongan la terminación anticipada del contrato definitivo o su modificación deberán ser fundados y publicarse en el Sistema de Información, a más tardar dentro de las veinticuatro horas de dictado; salvo que concurra alguna de las situaciones señaladas en el artículo 97 del reglamento de compras. 17.7 Referente Técnico del HBSJO El Hospital Base San José Osorno supervisará periódicamente el buen cumplimiento del contrato, para lo cual se designa como Referente o Coordinador técnico al Enfermero Jefe de Pabellón del HBSJO, EU Daniel Mancilla (daniel.mancilla@redsalud.gov.cl), o quien le subrogue, o en quien se delegue, el que tendrá las siguientes funciones: ● Comunicar al coordinador técnico del adjudicatario, respecto del personal de apoyo que se necesita según la intervención a realizar, y la fecha y hora para cuándo se necesita. ● Definir las especificaciones técnicas de los bienes y servicios requeridos, ● Participar del Comité de evaluación de las ofertas de los proveedores. ● Supervisar el correcto desarrollo del servicio adjudicado, garantizando que el proveedor cumpla con los estándares clínicos y técnicos de calidad y seguridad exigidos en las bases y la normativa del hospital. ● Solicitar las multas que correspondan en caso de incumplimiento del proveedor, acompañando informe respectivo. ● Contactar al proveedor y emitir informes ante la notificación por parte del Coordinador del Adjudicatario o de la Validadora Técnica de complicaciones, eventos adversos u otros incumplimientos técnicos, así como responder a los descargos del proveedor. ● Participar de las instancias en que sea convocado para entregar su opinión clínica y técnica de los servicios licitados. ● Conocer íntegramente las bases y contratos del presente proceso licitatorio. 17.8 Coordinador Administrativo del HBSJO El coordinador administrativo (felipe.guzman.hbsjo@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, tiene la función de gestionar todos los aspectos logísticos y administrativos relacionados con la ejecución eficiente del proceso de licitación. Sus funciones incluyen: ● Coordinar la logística del proceso de licitación, facilitando la comunicación y participación de todos los actores involucrados de los distintos departamentos, unidades y servicios del hospital. ● Realizar reuniones de coordinación semanales para la supervisión y monitoreo del avance de los servicios pactados y alertar a la subdirección médica y administrativa en caso de requerir aumento o prórroga de lo contratado. Estas reuniones quedarán registradas en un acta a ser distribuidas entre las partes correspondientes para facilitar el seguimiento de los acuerdos. ● Gestionar una reunión inicial con el proveedor adjudicado para revisar los aspectos administrativos y técnicos contenidos en las bases de licitación y operativizar los aspectos logísticos de la ejecución del contrato. ● Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. 17.9 Administrador del Contrato del HBSJO El administrador de contratos (yasna.albarran@redsalud.gob.cl), o quien subrogue o reemplace, o en quien se delegue, es responsable de gestionar el contrato entre el hospital y el proveedor adjudicado, asegurando que los términos y condiciones establecidos en la licitación se cumplan de manera adecuada. Sus funciones incluyen: ● Validar administrativamente el reporte de la Validadora Técnica, para la posterior emisión de la orden de compra y gestionar el flujo de documentación necesaria para la facturación, asegurando que todos los pasos administrativos se cumplan de acuerdo con las regulaciones internas. ● Supervisar la adecuada aplicación de los mecanismos de facturación y pago del servicio objeto del convenio. ● Gestionar el curse de sanciones o multas por incumplimiento de bases y contrato, adjuntando los antecedentes e informes del Referente Técnico que lo justifiquen, para esto podrá solicitar asesoría de la Unidad de Jurídica. ● Emitir informes periódicos a la Subdirección Administrativa con copia al Coordinador Administrativo sobre el estado del contrato, incluyendo aspectos financieros, de cumplimiento u otra que considere pertinente. ● Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. 17.10 Contraparte técnica de la adjudicataria para el convenio. El proveedor adjudicado designará un “Coordinador del convenio” con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del contrato. Será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. En el desempeño de su cometido el Coordinador del Convenio deberá: 1. Representar al adjudicatario en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del convenio. 2. Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados los estados de pagos de facturas. 3. Informar cualquier cambio en la calidad y/o presentación del servicio, en los plazos estipulados en estas bases y a quien corresponda. 4. Coordinar las asesorías que el Hospital requiera. 5. Recepcionar los reclamos y su gestión. 6. Coordinar las urgencias. 7. Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. Todo cambio relativo a la designación del Coordinador deberá ser informado a la Contraparte Técnica del Hospital por el Representante Legal, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio. 18° CONFIDENCIALIDAD El personal que ejecute labores en el Hospital, así como el proveedor adjudicado, quedan obligados a mantener reserva de la información relativa a éste de la cual conozcan en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación. En especial mantendrán reserva de la información referida a pacientes y usuarios del Hospital. El Ejecutor y las personas que desarrollen los servicios no podrán difundir o reproducir, en cualquier forma o medio, total o parcialmente, información del Hospital o sus usuarios, de la cual haya tomado conocimiento en el ejercicio de los servicios contratados en virtud de la presente licitación, reservándose el Hospital, el ejercicio de acciones civiles y penales en caso de infracción. 19° PRECIO El precio de la adquisición corresponderá efectivamente al ofertado por el proponente en el portal www.mercadopublico.cl más los impuestos. Éste, no será reajustable. 20° REPORTE DE LOS SERVICIOS El proveedor que resulte adjudicado deberá hacer llegar mensualmente, dentro de los primeros 5 días del mes, mediante correo electrónico un Reporte de los servicios efectivamente prestados. De haber incumplimiento se aplicará la multa respectiva. REPORTE MENSUAL POR TRABAJADOR SERVICIO PERSONAL NO-MEDICO DE PABELLÓN PARA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS EN EL HOSPITAL BASE SAN JOSE OSORNO LICITACION ID 1063538-222-LR25 Rut Trabajador/a Nombre Trabajor/a Día Hora ingreso Hora salida Total horas diarias Cirugías realizadas Código FONASA Cirugías Horas extras Total, horas extras El Reporte debe indicar íntegramente todos los datos requeridos en el modelo adjunto y se debe enviar en planilla Excel a los correos electrónicos orieta.garcia@redsalud.gob.cl y yasna.albarran@redsalud.gob.cl, con copia al correo daniel.mancilla@redsalud.gob.cl. Adjunto a lo anterior y con fines de llevar un orden y claridad en los horarios y días trabajados, se solicitará un RESUMEN MENSUAL DE LOS EQUIPOS, señalando los días efectivamente trabajados, los ausentismos, y quien los reemplazó. RESUMEN MENSUAL ASISTENCIA RRHH HORARIO HÁBIL ID 1063538-222-LR25 MES 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 Tens 1 x x x x x Licencia med x x x x x x x x x x x x x Tens 2 Licencia med x x x x x x x x x x x x x x x x x x Tens 3 x x x x x x x x x x x x x x x Vacaciones vacaciones Tens 4 x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x Tens 5 x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x Tens 6 x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x Tens 7 x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x aux rayos x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x x TENS REEMPLAZO AUSENTISMOS (LM, VACACIONES) ID 1063538-222-LR25 reemplazo tens 1 x x x x x reemplazo tens 2 x x x x x reemplazo tens 3 x x x x x x x x RESUMEN MENSUAL ASISTENCIA RRHH HORARIO INHÁBIL ID 1063538-222-LR25 mes 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 Tens1 x x x x x x x x x x Tens2 x x x x x x x x x x Tens3 x x x x x x x x x x Aux rayos x x x x x x x x x x El Reporte será revisado y validado, si corresponde, por la Validadora técnica del HBSJO orieta.garcia@redsalud.gov.cl. Una vez que se recepcione el Reporte vía email, se procederá con su validación técnica y administrativa por el Hospital si es que procede, para luego emitir la orden de compra. Solo una vez emitida la orden de compra, el adjudicatario podrá facturar. La validación del REPORTE por parte del HBSJO, será requisito indispensable para proceder al (1) envío de la orden de compra, (2) recepción conforme de los servicios y finalmente (3) la facturación de estos. Junto al REPORTE, el adjudicatario deberá presentar todos los meses el “CERTIFICADO DE ANTECEDENTES LABORALES Y PREVISIONALES”, y también de “SALUD Y CESANTIA” de su personal, acompañado de NOMINA VIGENTE de todo su personal. Lo anterior para que se asegure cobertura frente a accidentes laborales. El HBSJO no asumirá esta responsabilidad. 21° EMISIÓN DE LAS ÓRDENES DE COMPRA El servicio comenzará una vez formalizada la total tramitación de la Resolución que aprueba la adjudicación. Se emitirá orden de compra mensual, de acuerdo a las prestaciones realizadas en el mes, previo Reporte validado por el Hospital. Luego, el adjudicatario deberá aceptar las órdenes de compra a través del portal en un plazo máximo de 48 horas. La aceptación de la orden de compra por parte del proveedor será requisito indispensable para la recepción conforme que realizará el Hospital del servicio requerido a través del portal de compras públicas. Antes del envío de cada orden de compra, el comprador de la Unidad de Abastecimiento verificará el cumplimiento del estado de habilidad y/o inscripción vigente del adjudicatario en Chileproveedores. 22° DE LA FACTURACIÓN Y PAGO Los pagos a los proveedores por los bienes y/o servicios adquiridos por las Entidades deberán efectuarse por éstas dentro de los treinta días corridos siguientes a la recepción de la factura o del respectivo instrumento tributario de cobro, salvo en el caso de las excepciones legales que establezcan un plazo distinto. Con todo, para proceder a los mencionados pagos, se requerirá que previamente la respectiva Entidad registre en el Sistema de Información: a) La entrega de los bienes o la fecha de cumplimiento de la prestación de servicios, por parte del Proveedor, en el momento en que esto ocurra. b) La recepción conforme de los bienes y/o servicios adquiridos, por la jefatura de la unidad encargada de adquisiciones de la respectiva Entidad, por quien tenga delegada dicha función o por quien haya sido designado administrador del contrato. Si no hubiese conformidad con los bienes y/o servicios adquiridos, deberá registrarse los hechos en que se funda la disconformidad y acompañando documentos o antecedentes de respaldo de aquello. En este caso no se procederá al pago, sin perjuicio de la aplicación de otras medidas que correspondan. La factura/boleta deberá emitirse a nombre del “Hospital Base San José de Osorno” y de acuerdo a los siguientes antecedentes. NOMBRE Hospital Base San José De Osorno RUT 61.602.260-1 DOMICILIO Guillermo Bühler #1765, Osorno, Provincia de Osorno, Región de Los Lagos. GIRO Salud Si el proveedor emite DTE Factura, debe proceder a lo siguiente para que la factura comercial no sea rechazada: 1. Enviar archivo xml a casilla electrónica de intercambio dipresrecepcion@custodium.com en un plazo no superior a 48 horas contadas desde su emisión. Para lo anterior, debe proceder a través de sus softwares de facturación propio o en Servicio de Impuestos Internos. No corresponde el envío por correo electrónico (e-mail). 2. Debe referenciar el N° de orden de compra en el recuadro especial (campo 801) cuando sea una orden de compra de Mercado Publico. Cuando se trate de una orden de compra “interna” (no de Mercado Público), no debe completar este campo. Este ingreso debe ser exacto; ya que, de lo contrario, el software utilizado por el hospital lo rechazara automáticamente. 3. Debe coincidir el monto facturado con el monto recepcionado a través de la plataforma Mercado Público. La forma de pago es mediante Cheque y/o Transferencia Electrónica después de 30 días de la fecha de recepción conforme de la factura/boleta respectiva y previo cumplimiento íntegro y oportuno del suministro contratado. El Hospital podrá reclamar del contenido de la factura dentro de los 8 días corridos siguientes a su recepción (ley 19.983); si no lo hiciere, se entenderá recibida conforme el día de su entrega, momento a partir del cual se comenzará a contar la fecha de vencimiento para su pago. 22.1 Pago indebido y su restitución. Se entenderá que existe un pago indebido cuando por error material, aritmético o de hecho se efectúe un desembolso de fondos públicos a favor de un Proveedor que no tiene derecho para recibir dicho pago, o en una cuantía que excede la obligación establecida en el contrato u Orden de Compra respecto de bienes y/o servicios afectos a la Ley de Compras. El Proveedor que reciba un pago indebido, total o parcial, queda obligado a restituir las cantidades percibidas en exceso. El Hospital Base San José de Osorno deberá requerir, de oficio, al Proveedor la restitución de los montos correspondientes, dentro de un plazo de treinta días hábiles desde que tomó conocimiento del pago indebido. Este requerimiento podrá efectuarse a través del Sistema de Información. Para estos efectos, los servicios deberán tener en cuenta las instrucciones dictadas por el Ministerio de Hacienda al respecto. En caso de que el Proveedor no proceda a la restitución en el plazo solicitado, el HBSJO deberá informar dicha situación a la Dirección de Compras, para que inicie un procedimiento de suspensión, de conformidad a los artículos 160, numeral 9, y 161 del Reglamento de Compras. 23° INCUMPLIMIENTOS, SANCIONES Y MULTAS Antecedentes Generales El Hospital podrá aplicar las sanciones y multas contempladas en las Presentes Bases por actuaciones imputables a el(los) proveedor(s) y que impliquen una deficiencia o incumplimiento de las obligaciones señaladas en las bases, en el contrato y en todos los documentos que son parte de la presente licitación. En consecuencia, ejercerá los derechos que le corresponden para obtener la reparación íntegra, oportuna y total de los daños que se causaren. 23.1 Infracciones contractuales Las siguientes infracciones contractuales serán sancionadas con una multa de 3 UTM por evento o día de incumplimiento: • Difundir, divulgar o comunicar sin la expresa autorización del Hospital todo o parte del informe, documento o servicio contratado. • No cumplir con el envío oportuno de información según corresponda al Coordinador del Contrato y/o Administrador de Contratos cuando alguno de estos lo solicitase, especialmente en casos de requerimientos urgentes. • Si el adjudicatario no realiza la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato dentro del plazo establecido. 23.2 Infracciones del servicio N° Detalle infracción Monto de la multa 1 Suspensión de la intervención: La intervención quirúrgica se suspende a causa de la ausencia de cualquier integrante del personal de apoyo del proveedor. 5 UTM por cada cirugía suspendida 2 Participa en las cirugías personal de apoyo no incluido en la oferta técnica (Nómina): El adjudicatario opera con equipo de apoyo que no se encuentra en la nómina de participantes de la presente licitación, y no ha presentado por vía formal solicitud fundada a la Subdirección Medica del HBSJO dentro de las 24 horas del evento para justificar el caso. 5 UTM por evento/paciente 3 Participa de una intervención personal de pabellón con contrato vigente y/o a honorario con el Hospital Base de Osorno. 5 UTM por evento/paciente 4 Atrasos injustificados en el mes. Los funcionarios deben cumplir su jornada laboral, favoreciendo el inicio programado de la cirugía. Los ingresos posteriores a las 8 u 11 horas al igual que los retiros o salidas antes del horario PROGRAMADO SIN JUSTIFICACION. Tres (3) eventos por mes constituirá causal de sanción. 3 UTM por evento/paciente 5 Proveedor no cubre ausentismo habiendo justificación (motivo de fuerza mayor), demorando más de 24 horas en el reemplazo del ausentismo. 5 UTM por evento/paciente 6 Proveedor no envía el Reporte dentro del plazo que establecen las bases. 3 UTM por evento 7 Adjudicatario no adjunta “CERTIFICADO DE ANTECEDENTES LABORALES Y PREVISIONALES”, y también de “SALUD Y CESANTIA” de su personal del mes curso 3 UTM por evento 8 Personal del adjudicatario con reclamos formales de incumplimiento de protocolos institucionales y/o conductas inadecuadas se aplicará multa. Con 3 eventos se solicitará a empresa cambio de RRHH. 1 UTM Nota: Para el cobro de las multas se tomará como referencia el valor de la UTM del mes en que ocurrió el evento. 23.3 Procedimientos para aplicación de multa En todos los casos, detectada una situación que amerite la aplicación de multas, por parte de la entidad o funcionario responsable, este le informará al adjudicatario por correo electrónico (aquél informado en el Formulario N°1) indicando la infracción cometida, los hechos que la constituyen y el monto de la multa. A contar del tercer día hábil del despacho de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles (lunes a viernes), para efectuar sus descargos y/o disconformidad con el contenido de dicha notificación, por escrito y dirigidos al Director del Hospital Base San José de Osorno. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, el hospital tendrá un plazo de veinte días hábiles, a contar de la recepción de los mismos, para pronunciarse. De esta manera, y con los antecedentes que disponga, dictará la resolución o acto administrativo que se pronunciará sobre los hechos, rechazando o acogiendo los descargos, total o parcialmente, aplicando o no la multa que corresponda, notificándose al adjudicatario o a su representante legal por correo electrónico. En efecto, todo tipo de sanción o multa será comunicada al representante indicado en el registro de proveedores o en el registro de la propuesta, mediante correo electrónico de la Dirección del Hospital, o desde el correo electrónico de quien ésta considere pertinente. Se establece que el acto administrativo que aplique dicha sanción debe revestir el carácter de fundado. El proveedor podrá interponer contra dicho acto administrativo el recurso de reposición establecido en la Ley 19.880 en los plazos y con los requisitos prescritos en la mencionada norma legal. Además, la medida aplicada será publicada en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Si el proveedor no formula descargos dentro del plazo conferido o los interpone fuera de, plazo, una vez verificada la no presentación de descargos por parte del proveedor, o habiéndose recibido éstos fuera de plazo, se procederá a dictar un acto administrativo que dejará firme la resolución de aplicación de multa, dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos, y se publicará el acto administrativo, a través de www.mercadopublico.cl, dentro del plazo de 24 horas de su dictación. En el evento de que el proveedor no estuviere conforme con lo resuelto, se encontrará facultado para interponer los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, en la forma y plazos previstos en dicho cuerpo normativo. Sólo una vez transcurrido los plazos legales, y dictados los actos administrativos que resuelven los recursos interpuestos, rechazándolos, se podrá proceder a hacer efectiva la aplicación de la multa. La reiteración (tres) de estas faltas dará derecho a que el Hospital dé término al contrato y al cobro de las garantías comprometidas. En caso alguno, el monto total de las multas podrá exceder el 30% del monto total del contrato. 23.4 Cobro de multas En caso de que el Hospital resuelva el cobro de multas, el proveedor deberá realizar el pago dentro de quince (15) días hábiles contados desde la notificación mediante Resolución Exenta (que aplica la multa), por algunos de los siguientes medios:  Depósito o transferencia electrónica a nombre de HOSPITAL BASE OSORNO RUT 61.602.260-1 cuenta corriente N°81509097470 del Banco Estado, con copia del comprobante a los siguientes correos: jose.cordova@redsalud.gov.cl, gestionpagofacturas@redsalud.gob.cl, yasna.albarran@redsalud.gob.cl,  Pago directo en caja de Cobranza, ubicadas en edificio de Acceso Principal del Hospital. Si el proveedor no efectúa el pago de dicha multa en el plazo otorgado, se hará efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento de Contrato. El proveedor, dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de cobro de la garantía, deberá entregar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato, en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases. La falta de entrega de una nueva garantía será causal de término anticipado del contrato. En el caso que no exista garantía de fiel cumplimiento de contrato y el proveedor no efectúe pago de multa en el plazo de 15 días hábiles, se dará término anticipado de contrato. Para todos los casos del presente numeral que establece término anticipado de contrato, se informarán los antecedentes en el portal www.mercadopublico.cl. 23.5 Indemnización por daños y perjuicios Cuando las medidas aplicadas no cubran los daños causados a la Entidad por el incumplimiento del contrato, ésta estará facultada para demandar la respectiva indemnización por daños y perjuicios. 23.6 Notificaciones electrónicas Los Proveedores deberán fijar, a través del Sistema de Información, una dirección de correo electrónico única para recibir notificaciones sobre medidas aplicadas por incumplimientos contractuales. Es responsabilidad de los proveedores mantener dichas direcciones de correo electrónico actualizada e informar cualquier cambio a la Dirección de Compras. 24° RESPONSABILIDAD EN EL DESARROLLO DE LOS SERVICIOS En caso se generarse responsabilidad civil extracontractual deducida en contra este hospital, contenida en el título XXXV del libro cuarto del Código Civil o sobre falta de servicio a que se refieren las normas contenidas en los artículos 4º y 42 del Decreto con Fuerza de Ley Nº1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y Título III, de la Ley Nº 19.966, que establece el Régimen de Garantías en Salud, dará derecho para que el hospital ejerza las acciones de repetición en contra de la entidad licitante, que haya prestado dichos servicios en forma efectiva, para salvaguardar el patrimonio fiscal. 25° SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Durante la ejecución del contrato cualquier desacuerdo entre las partes será sometido a consideración del Director del Hospital, previo informe en derecho emitido por el abogado del Hospital o Informe Técnico emitido por la Contraparte Técnica del Hospital, según corresponda a la naturaleza de la materia debatida. Lo anterior es sin perjuicio de las competencias propias de la Contraloría General de la República y de los Tribunales Ordinarios de Justicia.   BASES TÉCNICAS LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO DE PERSONAL NO-MEDICO DE PABELLÓN PARA INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS EN EL HOSPITAL BASE SAN JOSÉ DE OSORNO” ID: 1063538-222-LR25 1° OBJETIVO El Hospital Base San José de Osorno, en adelante también “el Hospital”, requiere generar un convenio que permita contratar el servicio de personal no-medico de pabellón para la resolución de intervenciones quirúrgicas de todo tipo de pacientes en el Hospital Base San José de Osorno, de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases técnicas y sus anexos. 2° LUGAR DE ENTREGA DE LAS PRESTACIONES Las intervenciones serán resueltas en los pabellones del Hospital Base San José de Osorno, ubicados en calle Guillermo Bühler Nº 1765, Osorno. 3° CANTIDAD DE PERSONAL REQUERIDO Y HORARIOS TENS MULTIFUNCIONAL: Se requieren seis (6). Cada TENS debe cumplir funciones como Pabellonero, Arsenalero, y Técnico de Anestesia. REQUISITO EXCLUYENTE AUXILIAR DE SERVICIO: Se requieren tres (3). Cada Auxiliar de Servicio debe contar con Certificación en Rayos. REQUISITO EXCLUYENTE Horario hábil: 3 TENS y 2 AUX de 08:00 a 18:00 (L a J) y 08:00 a 17:00 (V) 3 TENS y 1 AUX de 11:00 a 20:00 (L a V) Horario extra: 3 TENS de 18:00 a 20:00 (L a J) y 17:00 a 20:00 (V) 1 AUX de 18:00 a 20:00 (L a J) y 17:00 a 20:00 (V) El horario extra considera también los días sábados y domingos de 08:00 a 20:00 horas, siempre sujeto a la necesidad del Hospital. Los 6 TENS deberán cumplir funciones como Pabellonero, Arsenalero, y Técnico de Anestesia, por tanto, deben acreditar su experiencia en tales funciones. La oferta que no cumpla quedara inadmisible. REQUISITO EXCLUYENTE Los 3 AUXILIARES DE SERVICIO deben contar con Certificación en Rayos, lo cual deben acreditar con documento pertinente. La oferta que no cumpla quedará inadmisible. REQUISITO EXCLUYENTE CALCULO DE HORAS 4° DEL PERSONAL DEL ADJUDICATARIO 1. El inicio de la jornada para todos será a las 8°° horas (a excepción del TENS de 11°° a 20°° horas), con extensión de la jornada hasta las 20°° horas según requerimiento del Hospital. 2. El requerimiento de horas extras después de las 18°° se definirá en reunión de programación de tabla, que se realiza los jueves. Referente Técnico don Daniel Mancilla informará vía correo con copia SDA y Validadora técnica, el mismo jueves a adjudicatario para programación de RRHH en la semana siguiente. 3. Cualquier extensión horaria requerida no programada, (ej. mismo día) don Daniel Mancilla será responsable de coordinar con adjudicatario e informar vía correo detallando los motivos y /o causales a SDA con copia a enfermera de validación técnica. 4. Se pagará por horas efectivas realizadas por cada funcionario (hora de 60 minutos). 5. Todo el personal de apoyo debe cumplir con marcación de su ingreso y salida en reloj control del Hospital. SIN REGISTRO DE MARCAJE NO SE PAGARÁ LA HORA. 6. El RRHH debe marcar entrada y salida en sistema de control biométrico del Hospital Base Osorno. Ante una no marcación no se aceptará como justificación el olvido. 7. Los ingresos posteriores a las 8°° u 11°° horas al igual que los retiros o salidas antes del horario programado serán descontados. Con 3 atrasos injustificados en el mes se considerará multa por 3 UTM. 8. El personal en horario hábil contará con 30 minutos de colación, la cual se ejecutará según programación de tabla quirúrgica. 9. Si una cirugía se prolonga posterior al horario del personal regular (lunes a jueves después de las 18°° hrs y viernes después de las 17°° hrs), el personal del adjudicatario deberá quedarse hasta el término de la intervención. En caso de sobrepasar la hora de salida estipulada se cotejará con la marcación de salida con la hora de salida del paciente del quirófano. Se considerará como hora 60 minutos cumplidos. 10. Las inasistencias del RRHH deben ser informadas por el adjudicatario en forma inmediata y debe cubrir el ausentismo en menos de 24 hrs desde el evento, en caso contrario se aplicará la multa respectiva. En caso que, el adjudicatario informa la inasistencia, pero no pueda cubrir la ausencia de un trabajador en forma inmediata se procederá al descuento. 11. En caso fortuito o fuerza mayor en que el adjudicatario solicite la incorporación de un integrante a esta licitación, deberá presentar una solicitud a la Subdirección Médica del HBSJO justificando los motivos de este requerimiento. El recurso humano personal no-medico a incorporar debe cumplir con el mismo estándar originalmente descrito y requerido, asegurando así que cuente con los mismos atributos y cualidades del personal de la nómina original. Todo nuevo Ingreso debe cumplir con “Protocolo de Inducción y orientación” al ingreso a la institución, dicha actividad debe ser realizada durante el primer mes de su ingreso. La solicitud debe indicar: i. ID y nombre de la licitación ii. Nombre completo, Rut, y profesión(actividad) del nuevo integrante 12. Se considerará a pago el cumplimiento de la jornada laboral programada respaldada por la asistencia y cumplimiento de horario asignado. Si los 17 de septiembre y los 24 y 31 de diciembre se programa hasta las 12 se cancelará hasta ese horario. 13. Se considerará a pago las horas extraordinarias respaldada por la asistencia y cumplimiento de horario junto con la justificación del referente técnico. 14. Horario realizado, horario pagado, a excepción de acontecimientos inesperados en que el hospital es responsable de no brindar las condiciones adecuadas para cumplir con jornada laboral completa, se procederá a pago jornada completa., y viceversa en casos de desastres naturales, cortes de suministros de origen externo, en que escapa a la responsabilidad de la institución se procederá a pago hasta el término del horario realizado. 15. Personal de adjudicatario con incumplimientos de protocolos institucionales respaldado por correo de jefatura y/o referente técnico 16. Personal de adjudicatario con reclamos formales de parte de usuarios internos y externos por conducta inadecuada. 17. El RRHH que participa en esta licitación debe consignar siempre su participación en protocolos y hojas de pad. 18. Todo RRHH que participe en esta licitación debe cumplir con “Protocolo de Inducción y orientación” al ingreso a la Institución. Dicha actividad debe ser realizada durante el primer mes de su ingreso. 19. Todo RRHH que participe en esta licitación debe tener cotizaciones laborales en Instituto Seguridad Laboral ISL que asegure cobertura frente a accidentes laborales. El HBSJO, NO ASUMIRÁ ESTA RESPONSABILIDAD. 20. El oferente debe presentar por cada TENS Multipropósito el CERTIFICADO DE REGISTRO DE PRESTADOR INDIVIDUAL DE SALUD EXTENDIDO POR LA SUPERINTENDENCIA DE SALUD. Este documento debe estar vigente al momento de ofertar, o máximo 2 meses de vencido (fecha descarga). La oferta que no adjunte este documento no será evaluada, y resultara inadmisible (REQUISITO EXCLUYENTE). 21. Junto al Certificado de Registro de Prestador Individual de Salud, debe adjuntar los Certificados de título para cada TENS Multipropósito, además de Certificado simple de experiencia otorgado por un prestador de salud institucional acreditado. Si un trabajador presta servicios en más de una labor debe certificar experiencia y/o formación para cada una de ellas. 22. En el caso del AUXILIAR de Servicio c/certificación Rayos X debe adjuntar el Certificado simple de experiencia otorgado por un prestador de salud institucional acreditado, además del documento que acredite certificación en Rayos X. 23. Para todo el personal debe adjuntar CERTIFICADO DE VACUNAS HEPATITIS B, y VACUNAS ESTACIONARIAS DE INFLUENZA. El personal debe contar con esta Certificación, caso contrario la oferta será declarada inadmisible. REQUSITO EXCLUYENTE 24. Todo el personal de pabellón debe contar con Seguro ante accidente laboral y de trayecto. Debe presentar documentación que acredite. 25. No podrán formar parte del “personal de apoyo” personas que, a la fecha de la publicación de la presente licitación, y con dos meses de antelación tengan vínculo laboral o ejerzan funciones como funcionarios públicos en el Hospital Base San José de Osorno. 26. No debe faltar ningún integrante del equipo en cada jornada de trabajo, con excepción de motivos de fuerza mayor. Se entiende por motivos de fuerza mayor, por ejemplo, defunción de algún familiar, accidente grave o similar, o desastre natural. En toda circunstancia el proveedor debe mostrar la máxima diligencia para cubrir el ausentismo en menos de 24 hrs del evento, en caso contrario se aplicará la multa respectiva. 27. En caso que, el adjudicatario no pueda cubrir la ausencia de un trabajador en forma inmediata, se cancelará el valor hora por cada trabajador de acuerdo con lo contenido en la tabla presente en el numeral 10.4 de la Propuesta Económica. 5° REQUERIMIENTOS TECNICOS DEL TENS MULTIFUNCIONAL (6) 5.1 FUNCIONES COMO ARSENALERA/O Funciones generales: Debe realizar actividades técnicas en el área quirúrgica con calidad y seguridad al paciente, asistiendo directamente a cirujanos durante los procesos quirúrgicos, y/o realizando el rol de pabellonero (ver funciones del rol de pabellonero). Funciones específicas: 1. Cumplir estrictamente con las normas de calidad y seguridad, así como las de bioseguridad e IAAS del Hospital Base San José de Osorno. 2. Conocer técnicas quirúrgicas para cirugías programadas, anticipándose a las necesidades del cirujano. 3. Mantener en orden los formularios, materiales y equipos de pabellón. 4. Realizar en conjunto con el equipo quirúrgico pausa de seguridad, aportando datos solicitados. 5. Verificar esterilidad de insumos e instrumental a utilizar. 6. Prever en conjunto con la Enfermera y la pabellonera los materiales, equipos e insumos necesarios para cirugía. 7. Al inicio y término de la intervención debe revisar funcionalidad del instrumental y verificar el número de piezas según pauta de cotejo o check list de cada caja quirúrgica que utilizará. 8. Durante el intraoperatorio mantener en conjunto con la pabellonera conteos de gasas, compresas, agujas, y material quirúrgico y verificar previo al cierre de cavidades o término de la intervención. 9. Utilizar los insumos e instrumental estrictamente necesarios para la intervención, sin caer en excesos. Velar por la optimización de recursos entregados por la institución. 10. Limpiar prolijamente la piel y realizar curación de la herida operatoria manteniendo la técnica aséptica una vez finalizada la intervención quirúrgica. En caso de que hayan quedado drenajes deben fijarse correctamente para evitar que se movilicen durante el traslado del paciente. 11. Mantener técnica aséptica estricta en todo momento del intraoperatorio y avisar oportunamente en caso de quiebre de esta. 12. Realizar en todo momento cuidado, mantención y limpieza de instrumental quirúrgico entregado por la institución, informar a enfermera a cargo de cirugía. 13. Eliminar desecho corto punzante y fluidos según normativa REAS. 14. Revisar chequeo de cajas quirúrgicas en conjunto con enfermera de quirófano al término de cada intervención. Notificar desperfectos, ausencia o excesos de material. 15. Realizar registro, en conjunto con pabellonera, de insumos de proveedores externos que requieran hoja de implantes, y entregar a enfermera de quirófano una vez completa. 16. Realizar junto a la pabellonera la desinfección recurrente de mesas de arsenalería, mesa quirúrgica y equipos del quirófano, al inicio, entre cada intervención y al finalizar la jornada laboral según protocolo. 5.2 FUNCIONES COMO PABELLONERA/O Funciones generales: Entregar cuidados a usuario, asistir a arsenalero y equipo quirúrgico, seguir protocolos institucionales. Funciones específicas: 1. Asistir a la arsenalera y equipo quirúrgico durante la cirugía, con calidad y seguridad al usuario. 2. Cumplir estrictamente con las normas de calidad y seguridad, así como las de bioseguridad e IAAS. 3. Tener conocimiento de las técnicas quirúrgicas que se realicen en el servicio, anticipándose a las necesidades de la arsenalera. 4. Realizar en conjunto con enfermera de quirófano la pausa de seguridad, aportando los datos solicitados. 5. Verificar esterilidad de insumos e instrumental a entregar a la arsenalera. 6. Prever en conjunto con la arsenalera y enfermera los materiales y equipos e insumos necesarios. 7. Mantener técnica aséptica en todo momento y avisar oportunamente en caso de quiebre de esta. 8. Preparar quirófano según intervenciones programadas en conjunto con el equipo, enfermera de quirófano y auxiliar de servicio. 9. Recolectar insumos necesarios para cada intervención. 10. Preparar zona operatoria si enfermera de quirófano lo delega. 11. Instalar de forma correcta la placa neutra del equipo de electrocirugía al paciente y verificar que los cables de conexión estén en buenas condiciones de uso. 12. Mantener en orden los formularios, materiales y equipos del quirófano. 13. Realizar registros utilizados durante la intervención: hoja implantes, hoja intervención en Phoenix, pausa seguridad si se delega, etc.) 14. Permanecer atenta a las solicitudes de materiales del equipo quirúrgico. 15. Colaborar en la curación al término de la intervención. 16. Recibir y preparar las piezas anatómicas, muestras y cultivos según protocolos institucionales en conjunto con enfermera de quirófano. 17. Realizar trazabilidad de biopsias según protocolo vigente 18. Realizar aseo y confort de usuario, si lo requiere. 5.3 FUNCIONES COMO TÉCNICO DE ANESTESIA Funciones generales: Debe prestar asistencia al Médico Anestesiólogo en todas las intervenciones en el pabellón programado, revisando y preparando con antelación los materiales, insumos y medicamentos que se requieran. Principales funciones: 1. Cumplir estrictamente con las normas de calidad y seguridad, así como las de bioseguridad e IAAS del Hospital Base San José de Osorno. 2. Tener conocimiento de las técnicas de anestesia que se emplean en Servicio Pabellón Hospital Base San José de Osorno. 3. Realizar en conjunto con el equipo quirúrgico pausa de seguridad, aportando datos solicitados. 4. Verificar esterilidad de insumos e instrumental. 5. Prever en conjunto con el Enfermero (a) los materiales y equipos necesarios para cirugía programada. 6. Revisar el funcionamiento y limpiar los equipos entregados. 7. Realizar recepción de paciente y verificar documentación requerida para el proceso anestésico. 8. Informar oportunamente al Médico anestesiólogo a cargo del pabellón cualquier antecedente relevante que tenga relación con el procedimiento anestésico a practicar. 9. Colaborar al Médico Anestesiólogo y/o Enfermera en la instalación de accesos venosos o arteriales periféricos. 10. Asistir al médico Anestesiólogo según su competencia en la realización de procedimientos 11. Controlar y registrar los signos vitales preoperatorios, intraoperatorios y comunicar oportunamente al Anestesiólogo a cargo del paciente las alteraciones que se presenten. 12. Completar en forma correcta los formularios de control y estadística de anestesia que se utiliza para cada paciente y entregarlos junto con la hoja de intervención quirúrgica. 13. Trasladar al paciente a recuperación y proporcionar al personal a cargo de esa sección la información relevante de cada paciente operado, entregando además toda la documentación de este (Ficha, Evaluación pre-anestésica, pausa quirúrgica y protocolo operatorio). 14. Al término de la cirugía limpiar máquina de anestesia y laringoscopio según manual de procedimiento pabellón. 15. Solicitar insumos por paciente y según cirugía en dispensador automático. 16. Informar a Enfermero(a) pabellón cualquier inconveniente relacionado a equipos y accesorios. 17. Reponer stock de insumos y medicamentos de carro de anestesia. 6° REQUERIMIENTOS TECNICOS DEL AUXILIAR DE SERVICIO C/CERTIFICACIÓN EN RAYOS (3) Funciones generales: 1. Conocer, cumplir y aplicar normas IAAS y Protocolos atingentes al C.R. Pabellón. 2. Verificar constantemente los requerimientos radiológicos de cada pabellón y la evolución en el tiempo de los procedimientos de acuerdo con la programación de la tabla electiva y de urgencia, e informar eventualidades al coordinador de Radiología del CR Pabellón. 3. Reportar oportunamente al coordinador de Radiología del CR Pabellón sobre el estado del equipamiento, insumos y plataformas utilizadas en radiología de Arco en C, por correo electrónico. 4. Verificar e informar oportunamente al coordinador de Radiología del CR Pabellón sobre pacientes pediátricos y embarazadas en procedimientos que requieran uso de Arco en C para llevar a cabo las medidas preventivas para reducir los riesgos por exposición. 5. Comunicación frecuente y oportuna con equipos de urgencia sobre sus requerimientos radiológicos. 6. Realizar procedimientos de isquemia en las intervenciones quirúrgicas que lo requieran. 7. Confirmar el ingreso de la prestación del procedimiento radiológico correspondiente en hoja de Pad. 8. Realizar limpieza y desinfección completa de equipos Arco en C, de los elementos de protección radiológica y del equipo de isquemia luego de cada procedimiento o intervención quirúrgica, según el protocolo establecido. 9. Efectuar un correcto posicionamiento de los equipos Arco en C fuera de los pabellones quirúrgicos y cuando no estén en uso, posicionarlos en la estación de guardado de los Arco en C. 10. Realizar otras labores que designe el coordinador de Radiología del CR Pabellón vinculadas al uso de Arco en C e isquemia. Funciones específicas: Antes de la cirugía: 1. Realizar lavado clínico de manos al ingreso de la unidad. 2. Realizar el ingreso de equipamiento según cirugía, Arco en C. Siempre se debe limpiar el equipo antes de ingresar a pabellón en caso necesario y después de ser ocupado. 3. Colaborar en acomodar y posicionar al paciente según cirugía en la mesa quirúrgica. 4. Apoyar en posicionar y armar con sus accesorios la mesa quirúrgica según cirugía. Durante la cirugía: 1. Concurrencia oportuna y pertinente a los procedimientos quirúrgicos. 2. Movilización y operación de equipos Arco en C e isquemia. 3. Uso de los Equipos Arco en C e isquemia efectuando todos los cuidados y precauciones indicadas para evitar daños. 4. Conocer el manejo y presentación de técnica estéril para generar el campo en el equipo Arco en C. 5. Procurar usar dosis de radiación y tiempos de exposición lo más bajos posibles. 6. Velar por la protección de exposiciones a radiación ionizante del personal del C.R. Pabellón verificando la protección radiológica individual antes de operar el Arco en C y realizar las exposiciones. Término de la cirugía: 1. Realizar limpieza y desinfección completa de equipos Arco en C, de los elementos de protección radiológica y del equipo de isquemia luego de cada procedimiento o intervención quirúrgica, según el protocolo establecido. 2. Efectuar un correcto posicionamiento de los equipos Arco en C fuera de los pabellones quirúrgicos y cuando no estén en uso, posicionarlos en la estación de guardado de los Arco en C. 3. Retirar equipo de isquemia utilizado en el pabellón y posicionarlo en el lugar que le corresponde. 4. Reportar oportunamente al coordinador de Radiología del CR Pabellón sobre cualquier desperfecto del equipamiento, insumos o plataformas utilizadas en radiología de Arco en C o equipo de isquemia, mediante correo electrónico. 7° COORDINADOR TECNICO DEL ADJUDICATARIO PARA ESTE CONVENIO El proveedor adjudicado designará un coordinador del convenio con dedicación permanente que lo representará ante el Hospital para todos los efectos del cumplimiento del contrato. Toda gestión realizada por el coordinador para este convenio deberá ser de acuerdo a los protocolos del HBSJO. Además, será la única persona autorizada para actuar por el Ejecutor. En el desempeño de su cometido, el Coordinador técnico deberá representar al adjudicatario en la discusión de todas las materias relacionadas con la ejecución del convenio. Debe cumplir con lo siguiente: 1. Efectuar las siguientes coordinaciones, según corresponda: ○ Solicitud de pabellón (incluir requerimientos de insumos) ○ Solicitud de cama ambulatoria (UCMA) ○ Solicitud de cama Hospitalizado ○ Controles postoperatorios 2. Otros requerimientos: ○ Informar inmediatamente al referente técnico del Hospital dentro de 48 horas (correo electrónico) las COMPLICACIONES QUIRÚRGICAS OCURRIDAS, las que deben quedar informadas, además, en el Reporte mensual y Anexo N°2 a Subdirección Médica, jefe de servicio, y Enfermera encargada validación de licitaciones del HBSJO. En caso de omisión de la información, o falsedad, el adjudicatario será multado con 3 UTM. Al presentarse en forma reiterada (dos veces) se dará terminado el contrato y el adjudicatario quedara inhabilitado para futuras licitaciones con HBSJO. ○ Informar cualquier problema relacionado con los insumos a utilizar en el acto quirúrgico. ○ Dar respuesta a los reclamos de pacientes intervenidos. ○ Coordinar las urgencias que sean derivadas de la intervención. ○ Conocer íntegramente las bases y contrato del presente proceso licitatorio. ○ Emisión y envío de Informes mensuales para mantener ordenados y validados los estados de pagos de facturas. ○ Los datos del coordinador técnico se deben señalar en el Formulario N°1 de los anexos. Una vez que se cuente con la Resolución de contrato, el Coordinador técnico del adjudicatario debe presentarse con el Enfermero Jefe de pabellón del HBSJO, para coordinar los insumos y equipamientos necesarios para dar curso en forma expedita a la prestación licitada. Todo cambio relativo a la designación del coordinador técnico deberá ser informado, por el Representante Legal del adjudicatario, dentro de las 24 horas siguientes de efectuado el cambio. Esta información debe ser enviada al Referente técnico (daniel.mancilla@redsalud.gov.cl ), Subdirección Medica (sdm.hbsjo@redsalud.gob.cl), y a la Validadora técnica (orieta.garcia@redsalud.gov.cl). 8° OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO 1. Acudir oportunamente, respetando el horario que se acuerde. 2. Aceptar las normativas y reglas vigentes del HBSJO. 3. Mantener un ambiente de respecto con los colegas, el personal de servicio y con todos los funcionarios del Hospital, y también con los pacientes. 4. El adjudicatario deberá contar con personal de suplencia, en caso de que alguien del equipo se vea impedido de asistir a la prestación. 5. El adjudicatario debe cumplir oportunamente con el pago de las cotizaciones previsionales y laborales de todo el personal de pabellón. Además, debe contar con seguro ante accidente laboral y de trayecto. 6. Todo personal incluido en la licitación deberá ser enrolado bajo el sistema control reloj del Hospital de Osorno. Lo anterior para verificación de cumplimiento de la jornada laboral efectiva. 7. Si una cirugía se prolonga posterior al horario del personal regular (lunes a jueves después de las 17:00 hrs, y viernes después de las 16:00 hrs) el personal del adjudicatario deberá quedarse hasta el término de la intervención. En caso de sobrepasar la hora de salida estipulada se cotejará con la marcación de salida con la hora de salida del paciente del quirófano. Se considerará como hora 60 minutos cumplidos. 8. El pabellonero debe registrar procedimientos y registro de horas de pabellón en sistema informático del hospital (Phoenix). Por ende, debe tener conocimiento en dicha plataforma. 9. Cualquier desperfecto producto de mala manipulación del equipamiento de Pabellones que el Hospital Base San José Osorno pone a disposición del adjudicatario, será de cargo del adjudicatario, y el valor del costo de reparación se descontará de los pagos que debe efectuar el Hospital. El Enfermero Jefe de pabellón debe informar inmediatamente al Referente técnico, Subdirector Médico, Subdirector administrativo, el daño ocurrido de los equipos dentro del acto quirúrgico. 10. Todo el personal del adjudicatario debe tener Vacunas contra Hepatitis B y vacunas estacionarias de Influenza. Debe acreditar adjuntando los certificados de las vacunas. REQUISITO EXCLUYENTE. 9° ESPECIFICACIONES TECNICAS 1. La distribución del personal se realizará según los requerimientos del Hospital (CR pabellón) y será informado a quien ejerza la función de coordinador por parte del prestador. 2. El personal de pabellón deberá ceñirse estrictamente a las instrucciones y coordinación que le sean impartidas por el HBSJO, a través del enfermero jefe de pabellón, o del médico jefe del C.R. de pabellón. 3. Se establece que la validación y pago quedará asociada al envío del REPORTE por parte del adjudicatario en los términos señalados en el numeral 20° de bases administrativas. En caso de no cumplir con el Reporte se aplicará la multa respectiva. 4. No podrá participar de las prestaciones de esta licitación ningún funcionario que se encuentre con licencia médica (funcionario que trabaje en el HBSJO). 5. En caso de que el adjudicatario participe en licitación con algún funcionario dentro su horario funcionario, este quedará inhabilitado para seguir participando dentro de la licitación en curso. Además, se aplicará la multa respectiva. 6. El adjudicatario, en el desempeño de sus funciones en las instalaciones del HBSJO, deberá resguardar la integridad del equipamiento e infraestructura utilizadas. En caso de daño, perdida, mal uso, o desperfecto del equipamiento y/o infraestructura producto de mala manipulación causada por el personal del adjudicatario, esto deberá ser reparado y/o repuesto con cargo integral a los recursos del adjudicatario y/o a sus pagos. El Enfermero jefe de pabellón debe informar inmediatamente al Referente técnico, Coordinador administrativo, Subdirector médico, y Subdirector administrativo, el daño ocurrido dentro de la prestación quirúrgica. 7. En el desempeño de las actividades, técnicas y procedimientos, inherentes a los servicios contenidos en la presente licitación, y que sean prestadas en el HBSJO, el personal de pabellón debe observar y respetar las normas y procedimientos internos, tanto técnicos como administrativos, que el Hospital tiene establecidos para este tipo de acciones. 8. Sin perjuicio de lo anterior, el Hospital podrá poner término anticipado al convenio por incumplimiento de Bases técnicas, administrativas y económicas por parte del adjudicatario. 10° COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL De preferencia los oferentes no deberán presentar incumplimientos de licitación con el HBSJO por los 5 años previos. REQUISITO DESEABLE
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.