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Resolución de Empates |
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En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje en la evaluación final, quedando más de uno en condición de resultar adjudicado, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la secuencia de los criterios que resulten aplicables, conforme al siguiente el orden de prelación:
- Mejor puntaje en el criterio “Presencia Regional”
- Mejor puntaje en el criterio “Oferta Económica”
- Mejor puntaje en el criterio “Experiencia del Oferente”
- Mejor puntaje en el criterio “Comportamiento Contractual Anterior”
- Mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”
Mejor puntaje en el criterio “Pacto o Política de Integridad
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución que adjudica o declara desierto el proceso en el sistema mercadopublico.cl, mediante correo electrónico dirigido a compras.aysen@servicioproteccion.gob.cl con copia icadagan@servicioproteccion.gob.cl y scarcamo@servicioproteccion.gob.cl
El Servicio dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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El Servicio tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para esta solicitud se otorgará un plazo fatal de 48 horas corridas, contadas desde la comunicación al oferente por parte del Servicio en el “Foro inverso” de la respectiva ficha electrónica de mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente el sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los oferentes.
Nota:
- No serán parte del presente numeral la documentación obligatoria a acompañar en la oferta hasta el cierre de recepción detallada en el numeral 5 y 7 de las presentes bases.
- En caso de no tener respuesta a la solicitud, se considerará que el oferente no ha cumplido con lo solicitado.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de esta.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Obligaciones de Reserva |
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El contratante acreditado, sólo podrá utilizar la información proporcionada por el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, para los efectos de dar cumplimiento a los fines propios del presente contrato, quedando prohibido todo uso distinto del señalado. En dicho entendido, el contratante acreditado, deberá guardar confidencialidad de todos los antecedentes o información que el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia le proporcione con motivo del presente contrato, no pudiendo hacer uso de éstos para fines ajenos al mismo, y en consecuencia, no podrá, a cualquier título y/o medio revelar, difundir, publicar, vender, ceder, copiar, reproducir, interferir, interceptar, alterar, Modificar, dañar inutilizar, destruir, en todo o parte esta información, ya sea durante la vigencia del contrato, como después de su término.
Esta prohibición afecta al contratante, al personal que labora en distintas calidades jurídicas, que se encuentre al contrato, en todas sus etapas, incluso después de la expiración de este.
El Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia quedará liberado de toda responsabilidad por el uso indebido que el contratante pueda dar a la información, reservándose el derecho a ejercer todas las acciones legales tendientes a demandar el reembolso de las sumas a las que eventualmente sea obligado a pagar como consecuencia de lo anterior, más la indemnización de los perjuicios que se hubieren ocasionado.
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Domicilio y jurisdicción |
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Para todos los efectos derivados de la licitación a que se refieren estas bases, así como de los que se deriven de la prestación de los servicios, según corresponda, las Partes fijarán domicilio en la ciudad de Coyhaique y prorrogarán la competencia ante sus Tribunales Ordinarios de Justicia.
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