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Presentación de Ofertas |
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Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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Apertura de las ofertas |
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La apertura de las ofertas se realizará en forma electrónica de acuerdo a las fechas establecidas en el sistema.
La sola presentación de la oferta, importará la aceptación del oferente de todas y cada una de las condiciones señaladas en las presentes bases, en cuanto les sean aplicables.
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De la aceptación de las ofertas |
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Con el objeto de que las ofertas no sean rechazadas en el acto de apertura electrónica, se debe efectuar un cuidadoso análisis de las bases publicadas, de manera tal de entregar todos los antecedentes que son indispensables para acceder a la etapa de evaluación de ofertas. Entre los antecedentes indispensables a entregar se encuentra la información solicitada en los anexos.
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Observaciones a la apertura de las ofertas |
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Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
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Errores u omisiones |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 40, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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De la Adjudicación |
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La adjudicación se realizará sólo entre los oferentes que cuenten con la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, y que tengan la habilidad para contratar con el Estado.
En el caso de que la mejor evaluación la obtenga un oferente sin lo solicitado, se procederá a adjudicar al que continúe en la respectiva tabla de evaluación, y así sucesivamente.
Si ningún oferente obtuviese más de 50 puntos ponderados en la tabla de evaluación, CONAF podrá desestimar las ofertas declarándolas inadmisibles por no asegurar la calidad del servicio a contratar.
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Readjudicación |
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En caso de que el proveedor rechace la adjudicación, se procederá a readjudicar al proveedor que continúe en la respectiva tabla de evaluación, si CONAF lo estima conveniente.
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Plazo de Adjudicación |
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Si la adjudicación de la licitación no se efectuase en el plazo indicado, podrá aplazarse ésta mediante resolución fundada, indicando el nuevo plazo de adjudicación.
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Metodología de desempate |
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En caso de igualdad de puntajes de diferentes propuestas, será el criterio precio (Valor de la oferta) el que determine la adjudicación. En caso de persistir el empate será el criterio reajuste de precio el que determine la adjudicación. Si aun persiste el empate será el criterio anexo técnico el que determine la adjudicación.
Si aun persiste el empate será la primera oferta ingresada al portal la que determine la adjudicación.
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Aplazamiento del cierre de la Licitación |
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En caso de no existir ofertas antes del plazo de cierre de la licitación, podrá aplazarse el cierre de la licitación por cinco días corridos desde la fecha de cierre original.
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Modificación de Bases |
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De ser necesario podrán modificarse las presentes bases de licitación, para lo cual se emitirá y publicará una Resolución fundada, indicando la modificación y extendiendo el plazo de adjudicación.
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Recepción de antecedentes |
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Posterior al cierre de la licitación no se aceptará ningún tipo de antecedentes técnicos, administrativos ni económicos, a menos que sean solicitados por CONAF, mediante el foro inverso.
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Consultas a la adjudicación |
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Las consultas referentes a la adjudicación, podrán hacerse hasta 2 días hábiles posteriores a la adjudicación, al correo electrónico marco.soto@conaf.cl
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Cláusula de confidencialidad |
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El proveedor adjudicado y el personal de su dependencia no podrán divulgar a terceros, bajo ninguna condición, el contenido del contrato y la información y/o documentación que, con motivo de su ejecución, reciba o tome conocimiento, actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, respecto a su actuar administrativo, de investigación y de gestión. Específicamente, queda prohibido al proveedor adjudicado y a su personal, divulgar a hacer pública cualquier información obtenida y/o entregada.
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Comisión Evaluadora |
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La comisión estará constituida por la Jefa (S) del Departamento de Finanzas y Administración, o quien designe, el Jefe del Departamento de Protección Contra Incendios Forestales o quien designe, el Jefe (S) de la Sección Administración o quien designe y como ministro de Fe la Jefa de la Unidad Jurídica o a quien designe.
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Orden de Compra |
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Una vez adjudicada la licitación pública y firmado el contrato con el proveedor adjudicado, se procederá al envío de la respectiva orden de compra cada vez que se requiera el servicio y posteriormente se recepcionará la conformidad del servicio por parte de CONAF.
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Suscripción del contrato |
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Se suscribirá un contrato entre CONAF y el oferente adjudicado, el cual podrá ser firmado de manera digital o física en el lugar y fecha que señale CONAF. En cualquier caso, este se firmará en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación de la licitación pública. Para la confección del contrato el adjudicatario deberá acompañar dentro de los 2 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación de la licitación, la documentación necesaria para la confección de este.
Para la confección del contrato el adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos:
Si el oferente es Persona Natural
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Fotocopia de su cédula de identidad.
Acreditar en el Registro de Proveedores
Si el oferente es Persona Jurídica
Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.
Copia de la escritura de constitución de la sociedad, con certificado de vigencia de la misma con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
Si el contrato no se suscribe por la no entrega de la documentación señalada o por desistimiento por parte del adjudicado, la Corporación quedará en libertad de acción para licitar nuevamente o bien adjudicar la licitación a otro oferente.
Las presentes Bases de Licitación, sus anexos y la oferta formarán parte integrante del contrato a suscribir. El contrato que se suscriba para formalizar el servicio descrito en esta licitación no podrá ser transferido a un tercero bajo ningún título.
La redacción del contrato será efectuada por CONAF, siendo su tenor conocido por el adjudicatario, con anterioridad a su firma, a fin que manifieste su conformidad u observaciones.
El oferente adjudicado deberá suscribir el contrato en un plazo no mayor a 10 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación. El contrato será publicado en la respectiva licitación del portal de compras.
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse en todo caso, dentro del plazo fijado para la suscripción del contrato.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar un nuevo proceso de contratación, declarando inadmisible la oferta y desierto el proceso.
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Modificación de contrato |
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Cabe señalar que CONAF podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado, el contrato ya suscrito si así se requiere, siempre que existan circunstancias fundadas y que dichos cambios no se refieran a cláusulas esenciales del mismo. La modificación no podrá superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste, debiendo contar con el certificado de disponibilidad presupuestaria, si fuera procedente.
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Termino anticipado del contrato |
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CONAF podrá poner término anticipado al contrato, por las causales que se indica a continuación, las que no son de carácter taxativo:
1) Cualquier incumplimiento a las obligaciones establecidas en las respectivas bases de licitación y al respectivo contrato, facultará a CONAF para dar término anticipado al contrato, mediante carta certificada enviada al domicilio del proveedor indicado en el contrato o a través de correo electrónico del proveedor indicado en su oferta, todo lo anterior con 15 días corridos de anticipación.
2) El contrato puede terminar por mutuo acuerdo de las partes involucradas.
3) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores y en general cualquier incumplimiento de las obligaciones laborales.
4) En caso de muerte, declaración de quiebra o incapacidad sobreviviente del adjudicatario.
5) Cancelación o extinción de la personalidad jurídica.
6) Provocar por negligencia del personal del adjudicatario, daños a la propiedad de CONAF o de funcionarios de ésta.
7) Inhabilidad del proveedor en el portal Chileproveedores durante la ejecución del servicio.
8) El haberse cursado más de dos multas.
Cualquiera de estas causales hará incurrir al adjudicatario en el cobro total de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, a excepción de los números 2 y 4.
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Procedimiento de aplicación en caso de incumplimientos del contrato |
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1.- En caso de los incumplimientos mencionados anteriormente, CONAF mediante carta certificada enviada al domicilio del proveedor indicado en el contrato o a través de correo electrónico del proveedor indicado en su oferta, todo lo anterior con 15 días corridos de anticipación.
2.- El proveedor, tendrá un plazo de 5 días corridos, desde el envío de la carta certificada o correo electrónico, señalados precedentemente, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla Luis.correa@conaf.cl
3.- Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
4.- Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
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Renovación del contrato |
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Atendiendo los tiempos requeridos para levantar un proceso licitatorio como el presente, la necesidad de contar con un servicio continuo de fumigación en CONAF región de Valparaíso y para dar cumplimiento a principios que rigen el actuar de los órganos del Estado, como son la eficiencia y celeridad, el contrato podrá ser renovado hasta por un período de 12 meses, en las mismas condiciones contractuales fijadas para el primer período de vigencia, siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos:
• Que la Sección Administración emita un informe favorable de cumplimiento de los servicios realizados por el adjudicatario.
• Que exista acuerdo entre CONAF y el adjudicatario en las condiciones de renovación del contrato por un nuevo período, las cuales se deberán materializar mediante la firma de un anexo de contrato.
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Modalidad de pago |
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El pago del servicio se efectuará contra la aceptación de la factura electrónica por parte de CONAF, previa emisión de la Orden de Compra, y recepción conforme por parte de CONAF, dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de aceptación de la factura respectiva. En la factura se debe indicar número de la orden de compra en la referencia de ésta para que pueda ingresar al proceso de pago.
La factura será aceptada por CONAF previo envío de parte del contratista del Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva (F-30), certificado sanitario, mapeó de instalación de estaciones cebaderas, planilla de consumo, señalética de instalación de estaciones, vía correo electrónico. De no presentar la documentación señalada precedentemente la factura será rechazada.
Las facturas emitidas deben corresponder a la misma persona o empresa que suscribe el contrato.
CONAF solicitará a la empresa o persona natural adjudicada el cumplimiento de las obligaciones legales para con sus trabajadores. En caso que los antecedentes acompañados por el proveedor no sean suficientes, CONAF se encuentra facultada para ejercer los derechos que establece la Ley N° 20.123 sobre subcontratación.
Esta acreditación deberá enviarse a CONAF, cada vez que se requiera el servicio, para los efectos de aceptación de la factura electrónica, la que una vez contabilizada quedará a disposición de la Tesorería General de la República para pago.
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Multas |
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Será causal de aplicación de multa, la cual ascenderá a una UF del total neto del servicio facturado, los siguientes incumplimientos de contrato:
- No cumplir, en más de tres oportunidades con la implementación de seguridad de los trabajadores para realizar el servicio solicitado.
- No realizar el servicio en más de tres oportunidades, cuando CONAF lo requiera.
- La utilización de otros productos distintos a los ofertados.
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Procedimiento de aplicación de multas |
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La aplicación de las multas, será informada a través de correo electrónico indicado en la oferta.
El proveedor, tendrá un plazo de 48 horas, desde la recepción del correo, para efectuar sus descargos por correo electrónico dirigido al Sr. Director Regional, a la casilla luis.correa@conaf.cl.
Una vez transcurrido el plazo, para realizar los descargos, con o sin éstos, la Corporación emitirá una Resolución fundada informando lo resuelto.
Respecto de la Resolución, el proveedor dispondrá de los recursos establecidos en la Ley 19.880.
Si procediere la aplicación de la multa, esta será descontada de la facturación del mes respectivo.
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Plazo del contrato |
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Se suscribirá con el oferente adjudicado un contrato bajo la modalidad de convenio de suministro, por un periodo de 24 meses contados desde la firma del respectivo contrato.
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Prórroga de contrato |
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El contrato podrá ser prorrogado por 12 meses previa evaluación del comportamiento contractual del proveedor y de acuerdo a los mismos términos establecidos en el contrato original, sin que ello se traduzca en un aumento de los montos adjudicados. De producirse esta prórroga, el adjudicatario deberá reemplazar las garantías de fiel cumplimiento de contrato ampliando su vigencia por el plazo que contemple la prórroga, a menos que se trate de documentos sin fecha de vencimiento estipulado, caso en el cual no será necesario su reemplazo y se mantendrá en custodia por CONAF hasta el plazo señalado en las bases de licitación.
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Trabajadores dependientes del adjudicado |
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Los trabajadores que intervengan en la prestación del servicio adquirido serán dependientes exclusivos del oferente adjudicado, correspondiendo a este cumplir las obligaciones legales, previsionales, laborales y otras que le corresponda en cuanto al empleador, conforme a la legislación vigente. Por tanto, CONAF no tiene ni tendrá ningún vínculo laboral ni de ninguna especie de relación contractual con estos trabajadores.
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Implementación de seguridad |
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El proveedor debe velar por el correcto uso de toda la implementación de seguridad, para el personal de su dependencia. Así mismo deberá tomar todas las precauciones necesarias para evitar la ocurrencia de accidentes por causa de los trabajos licitados.
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Manejo de residuos |
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Será de responsabilidad de la empresa el manejo de residuos originados por el trabajo, en conformidad a la normativa vigente.
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Pacto de Integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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De la Ley de Subcontratación (Ley 20.123) |
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El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena. Para ilustración del oferente, se señalan a continuación los documentos que deberá exhibir el contratista en régimen de subcontratación, los que podrán ser revisados por CONAF durante la vigencia del contrato.
El proveedor deberá obligatoriamente, al momento de la suscripción del contrato exhibir los siguientes documentos:
1. Listado del personal que va a realizar el trabajo.
2. Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
3. Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
4. Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
5. Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
6. Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
7. F-30 (Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo) y F30-1 (Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo).
8. Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
9. Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
10. Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123.
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Unión Temporal de Proveedores (UTP) |
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Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación:
Anexo N°1: Declaración jurada simple para ofertar (UTP): Debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada simple para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Anexo N°2: Declaración jurada sin conflictos de interés (UTP): Debe ser entregado por cada integrante UTP, con salvedad del miembro de la UTP quien presente la oferta en el Sistema,
Ambos anexos deben ser presentados y firmados por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión temporal de proveedores.
Para anexos 1 y 2, estos son declarados automáticamente en el portal de mercado público.
Anexo N 3 Declaración para Uniones Temporales de Proveedores: Debe ser entregado por el apoderado de la UTP quien realiza la declaración a través de “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta.
Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado.
El anexo 3 es de carácter obligatorio, no obstante, CONAF podrá solicitar a través del foro en caso de que se haya omitido al momento de efectuar la oferta, en cuyo caso esta oferta se verá afectada en el criterio de evaluación “Cumplimiento de los requisitos formales”.
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