|
1.10. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS Y OTRAS CLÁUSULAS |
|
1.10.1 PACTO DE INTEGRIDAD:
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1) El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
1.10.2 NORMATIVA:
Este proceso de Licitación se regirá por lo estipulado en las presentes Bases, en lo dispuesto en la Ley Nº 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, en el Decreto Nº 661/24, del Reglamento de la Ley Nº 19.886 y sus modificaciones y por la normativa que regule la respectiva actividad comercial.
1.10.3 PARTICIPANTES:
Podrán participar Personas Naturales o Jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para funcionar legalmente en Chile. Todos los proveedores interesados podrán acceder a las Bases Administrativas, en el sitio www.mercadopublico.cl, sin perjuicio de lo cual, para poder presentar ofertas deberán cumplir con los requisitos de encontrarse inscritos en el sitio www.chilecompra.cl.
1.10.4 MODIFICACIONES A LAS BASES:
La Dirección de Vialidad, podrá modificar las presentes bases de licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes. Estas modificaciones se efectuarán hasta antes de la hora de cierre de la licitación, a través del Portal electrónico, otorgando además, un plazo prudencial, para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos y formarán parte integral de las Bases. Las respectivas modificaciones, se efectuarán mediante Resolución Fundada.
Las consultas efectuadas que no ameriten modificación de bases, se responderán mediante el mismo portal.
Aquellas consultas que, por alguna razón, no alcancen a ser respondidas en el portal, se responderán por circular aclaratoria, en un plazo no mayor a 2 días hábiles, contados desde el término de la Fecha de Publicación de Respuestas, otorgada por la Ficha de licitación correspondiente.
1.10.5 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS:
1.10.5.1.- REQUERIMIENTOS TÉCNICOS DEL MATERIAL: Según anexo Complementario. 1.10.5.2.- INFORME DE CALIDAD DE LABORATORIO: Según anexo Complementario. 1.10.5.3.- UBICACIÓN: Según anexo Complementario.
1.10.5.4.- TRASLADO DE MATERIAL
El traslado del material deberá realizarse con fiel cumplimiento a las normas establecidas en el DS N°75 del año 1987 del Ministerio de Transporte, por lo tanto, los materiales deberán transportarse en camiones encarpados, de modo que evite la caída del material en el camino.
• Antes del inicio del suministro, la empresa adjudicada deberá entregar al Inspector Fiscal un listado con los camiones y carros que realizaran el suministro, deberá incluir una ficha técnica de la tolva con los parámetros claros de su cubicación, los cuales serán chequeados en terreno. No se recibirá el material suministrado en otro equipo diferente al del listado y será devuelto al proveedor.
• La empresa adjudicada deberá presentar al Inspector Fiscal del suministro, por cada camión que ingrese al acopio o faena, guía de despacho del material, emitida por la empresa productora de este, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a no recibir el material pétreo.
• La cubicación del material pétreo, se efectuará mediante camión rasado en el lugar de recepción del material, la empresa adjudicada deberá tomar las medidas que considere necesarias para que no se produzca diferencia entre la cubicación y el enrase del camión, si aún eso ocurriera, la diferencia del volumen detectado, ya sea por deficiencias en el carguío o compactación en el transporte, etc., será cuantificada y deberá ser entregada por la empresa al término del suministro, hasta completar el volumen que se requiere.
• El inspector fiscal deberá incluir, en el acta de recepción conforme, una planilla con la cubicación geométrica de cada camión tolva destinado al transporte de material.
• No se aceptarán guías de despacho con enmendaduras. Si esto llegara a ocurrir se le dará un plazo de dos días hábiles para su nueva presentación, si esto no es corregido estará afecto a multa, de acuerdo a lo indicado en el punto 1.10.16.1.2. MULTA POR ENTREGA DE GUÍAS DE DESPACHOS CON ENMENDADURA.
• La empresa deberá contar con un sistema de mitigación de polución de polvo debido al tránsito de sus camiones de acuerdo al trayecto en que se desplace con carpetas de material pétreo, esto con el fin de evitar la polución en suspensión en zonas de casas y evitar los reclamos de los vecinos, usuarios de las rutas.
• Para el suministro de material a camino, se excluye expresamente el uso de camiones tipo batea.
• Todos los camiones que suministren material a camino deberán contar con un sistema de descarga controlada, consistente en una cadena instalada en la tolva, la cual deberá engancharse al portalón, permitiendo que la descarga del material se realice de manera controlada y conforme a las instrucciones impartidas por el Inspector Fiscal.
• El incumplimiento de lo anteriormente señalado, así como la ejecución de maniobras de descargue que no se ajusten a las instrucciones del Inspector Fiscal, facultará a este último para solicitar el cambio del operador y/o del camión, según corresponda.
• Todo traslado, deberá cumplir obligatoriamente con la normativa vigente de pesaje establecida en Decreto MOP N° 158 de 1980, de este modo, no incurrir en multas, las que están contenidas en Ley N°
19.171 de 1992 y DFL N° 850 de 1997.
1.10.5.5. DURACION DEL CONTRATO: Según anexo complementario:
La duración del contrato corresponde al período en el que la Dirección de Vialidad podrá solicitar la entrega de material pétreo.
1.10.5.6.- MODO DE OPERACIÓN DEL CONTRATO:
La Dirección de Vialidad enviará, a través de la plataforma www.mercadopublico.cl, una orden de compra por la totalidad del material solicitado e indicará el plazo del contrato. Posterior a eso, el Inspector Fiscal enviará vía correo electrónico, un calendario con las fechas y cantidades de material pétreo a solicitar por día. Este correo, deberá ser enviado con un mínimo de 48 horas de antelación a la entrega del material. En caso que el proveedor no respete el calendario ya sea en fechas de entrega o en las cantidades solicitadas, estará afecto a multa.
Las entregas deberán efectuarse en los siguientes horarios: de Lunes a jueves a partir de las 09.00 horas y hasta las 17:00 hrs. El día viernes a partir de las 09.00 horas y hasta las 16:00 hrs.
Lo anterior previa coordinación con el Inspector Fiscal.
1.10.5.7. CAMBIO DE POZO, PLANTA O ACOPIO:
En el caso que durante la ejecución del suministro, por motivos plenamente justificados y verificados por esta Dirección, la empresa adjudicada por fuerza mayor deba hacer uso de otro pozo, planta o acopio, deberá solicitar autorización y VºBº previo a la Dirección de Vialidad. En este aspecto, el nuevo pozo, planta o acopio, deberá cumplir con todas las exigencias estipuladas en el punto 1.10.5.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (específicamente, en el anexo complementario), de las presente bases, por ende la empresa adjudicada tendrá un plazo de 2 (dos) días hábiles para presentar la documentación, para que el Subdepartamento del Medio Ambiente y Territorio de la Dirección, de VºBº a los antecedentes correspondientes al nuevo pozo autorizado, el que no excederá los dos días hábiles.
No obstante, esta situación no podrá alterar el plazo de entrega solicitado inicialmente por la Dirección de Vialidad, para ello, esta Dirección, emitirá una Resolución indicando la suspensión o paralización del suministro, donde se establecerá el periodo necesario para la presentación de la documentación por parte de la empresa, y la revisión por parte de Medioambiente de la DV., además del plazo restante de ejecución del contrato, al otorgado inicialmente por esta Dirección.
1.10.6. INGRESO DE OFERTAS:
La documentación referida en el punto Nº 1.5 "Antecedentes para incluir en la oferta" de las Presentes Bases, deberá ser remitida sólo mediante la siguiente extensión: .jpg, .pdf, o algún archivo no modificable y debe ser subida en forma íntegra al portal Mercado Público, en la forma y plazo establecidos en las presentes bases.
1.10.6.1 CONTENIDO DE LAS OFERTAS:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del DS 661/2024, se establece que en el presente proceso licitatorio, los oferentes no podrán, ofertar de forma individual y a través de Unión Temporal de Proveedores.
Las ofertas deberán ser serias, puras y simples, ajustadas al ordenamiento jurídico nacional y a los documentos que integran el proceso de compras, y únicas. Asimismo, deberán adjuntar todos y cada uno de los documentos solicitados, en soporte electrónico.
Asimismo, conforme al artículo 60 del Reglamento de Compras, se declarará inadmisible una o más ofertas cuando se presentaren en un procedimiento de contratación, ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes a los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según dispone el artículo 9 de la Ley de Compras.
La sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación, con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida.
1.10.7. APERTURA DE LICITACIÓN:
1.10.7.1. PROCEDIMIENTO DE APERTURA:
Ésta, será bajo la modalidad de "APERTURA ELECTRÓNICA" y pasarán a la etapa de evaluación de ofertas aquellos Proveedores que hayan cumplido con los requisitos para participar de la licitación punto Nº 1.4 de las presentes Bases.
1.10.7.2. DERECHO A SOLICITAR PRECISIONES:
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas presentadas por los proponentes, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, podrá solicitar a través del foro Inverso del portal www.mercadopublico.cl, durante el proceso de información para salvar errores de hecho u omisiones menores, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre oferentes
1.10.8. RESOLUCIÓN DE EMPATES:
Si en la evaluación de las ofertas se produjera un empate entre 2 o más oferentes respecto de su evaluación final, se adjudicará al oferente que haya obtenido el mayor puntaje en el Criterio "Económico".
En caso de persistir el empate, como segundo mecanismo de desempate, se establece que se adjudicará al proveedor que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Programas de integridad y ética empresarial”.
Si se mantiene el empate, se establece como tercer mecanismo de desempate, que se adjudicará al proveedor que haya obtenido mayor puntaje en el criterio “Comportamiento Contractual”.
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
1.10.9. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA:
Se adjudicará esta licitación, al proveedor que oferte la totalidad de los ítems en el Formulario N° 3 y que obtenga el mayor puntaje, considerando 2 decimales en la evaluación de la oferta, de acuerdo al Acta de Evaluación de los Revisores, que estará integrada por funcionarios de la Dirección de Vialidad y estudiará los antecedentes emitiendo una proposición de adjudicación, la que deberá ser aceptada o rechazada por la autoridad competente. Asimismo, declarará desierta la propuesta por resolución fundada, cuando las ofertas no resulten convenientes a la Dirección de Vialidad Región del Biobío.
Además, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, declarará inadmisibles las ofertas que no cumplan con lo requerido en las Bases de esta licitación.
En este caso, la Entidad licitante considerará, para efectos de la evaluación de la licitación pública, solo la oferta más conveniente de los respectivos proveedores de los mismos grupos empresariales o relacionados entre sí, según los criterios establecidos en las Bases, y declarará inadmisibles las demás. En caso de que las Bases no señalen criterios específicos, será considerada como oferta más ventajosa la de menor precio, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo siguiente (ofertas temerarias).
El Proceso de licitación contempla las siguientes etapas:
1.10.9.1. RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN:
Se adjudicará a través de una resolución del Jefe Provincial de Vialidad Arauco, Biobío o Concepción de la Dirección de Vialidad Región del Biobío, según corresponda.
1.10.9.2. NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN Y PUBLICACIÓN EN EL PORTAL:
Una vez que se haya adjudicado la licitación, se procederá a notificar la decisión al adjudicatario, mediante el Portal www.mercadopublico.cl.
1.10.9.3. ENVÍO ORDEN DE COMPRA:
La Orden de Compra será emitida una vez que el Proveedor adjudicado haya entregado todos los documentos requeridos en el Punto N° 1.6. “Antecedentes para Contratar”.
Este contrato comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl.
Para lo anterior, la Unidad de Compra verificará que dicha orden esté en estado de "aceptada" para dar inicio al contrato y en el caso que la orden de compra no haya sido aceptada durante el plazo de notificación, esta Dirección, a través de la Unidad Compradora, enviará un correo electrónico para dar cumplimiento a lo señalado en el inciso segundo del Art. 117 del Reglamento de Compras y Contrataciones Públicas que señala lo siguiente: “En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, las Entidades podrán solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas veinticuatro horas desde dicha solicitud”.
Para dar cumplimiento a lo anterior, la Unidad Compradora, ejecutará la acción de dejar en estado de “cancelada la orden de compra”.
1.10.10. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN:
En caso que los oferentes quieran aclarar aspectos de la evaluación y/o adjudicación, podrán comunicarse con la Dirección de Vialidad Región del Biobío, dirigiendo sus consultas a la dirección señalada en la licitación, indicada en el Punto 1.1, "Organismo Demandante" de la presente licitación. Las consultas efectuadas, serán respondidas mediante Oficio al proveedor que realiza la consulta. Estas preguntas y respuestas, serán publicadas como anexos de la presente licitación.
1.10.11. COMPUTO DE PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO
Este plazo, comenzará a regir al día hábil siguiente de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario a través del portal www.mercadopublico.cl
1.10.12. GESTION DEL CONTRATO:
a) TRASPASO DEL CONTRATO:
La Empresa adjudicada, no podrá ceder a terceros el contrato celebrado.
b) HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES:
La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado, durante la explotación del Contrato, debiendo encontrarse en estado de "hábil". En el caso que no se encuentre hábil, el proveedor adjudicado dispondrá de 15 (Quince) días corridos, para regularizar su situación.
Transcurrido dicho plazo, si no regularizare su situación, la Dirección de Vialidad procederá a poner término anticipado al contrato, y al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
c) EVALUACIÓN DEL PROVEEDOR:
La Dirección de Vialidad, evaluará al proveedor, de acuerdo a los siguientes parámetros: Oportunidad de entrega / calidad / cumplimiento de especificaciones técnicas / desempeño general. Esta evaluación, será efectuada por el Inspector Fiscal y deberá adjuntarla a la Factura.
El formulario de evaluacion es el siguiente:
Formulario Evaluación Proveedores (Utilizado por Unidad Requirente)
Nº ID :
EMPRESA :
FACTURA :
MONTO :
C u e s t i o n a r i o p a r a l a c a l i f i c a c i ó n
C o m e n t a r i o
1- ¿Cómo califica la oportunidad en la entrega de los productos
y/o servicios? ¿Se cumplieron los plazos por parte del
proveedor?
1 2 3 4 5
Obligatorio para calificación "1" o "2"
2- ¿Cómo califica la calidad de los productos y/o servicios entregados por parte de la empresa proveedora?
1 2 3 4 5
3- ¿Cómo califica el desempeño del personal de la empresa Obligatorio para calificación "1" o "2"
Obligatorio para calificación "1" o "2"
proveedora
1 2 3 4 5
4- ¿Cómo evalúa en general el desempeño de la empresa
Obligatorio para calificación "1" o "2"
proveedora?
1 2 3 4 5
Obligatorio para calificación "1" o "2"
5- En su opinión, ¿Qué tan recomendable es este proveedor?
1 2 3 4 5
Firma y Timbre Responsable
Donde la nota 1 es muy deficiente, 2 deficiente, 3 aceptable 4 es bueno y 5 es muy Bueno.
d) VIGENCIA DEL CONTRATO:
El contrato regirá, desde el día hábil siguiente a la aceptación de la orden de compra por parte del proveedor en la plataforma mercadopublico.cl, hasta incluso con posterioridad al pago, luego de la devolución y recepción por parte del proveedor de la correspondiente garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, o su cobro si no se hubiere dado estricto cumplimiento a lo pactado.
e) PREVENCIÓN DE RIESGOS:
La Dirección de Vialidad requiere que las Empresas que participen en nuestros suministros, den cumplimiento a las obligaciones legales en materias de prevención de riesgos. Para ello, iniciado el contrato, la empresa adjudicada deberá presentar fotocopia del registro de entrega de los elementos de protección personal. Esta información será verificada por el Inspector Fiscal, quien dejará consignado vía correo electrónico, cualquier incumplimiento asociado a esta exigencia, y procederá a la aplicación de la multa respectiva indicada en el punto 1.10.16.1.5.6 de las presentes bases de licitación.
f) MODIFICACIONES Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO:
f.1 Modificación del contrato:
El contrato podrá modificarse durante su vigencia, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, y art. 129 del Decreto 661/2024, por las siguientes causas:
a) Por mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) Por razones de interés público y seguridad nacional.
c) Para hacerse cargo de situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente calificadas por esta Dirección de Vialidad, acaecidas durante la vigencia del contrato y que incidan en su normal desarrollo.
En ningún caso podrán aprobarse modificaciones que puedan alterar los elementos esenciales de la contratación u orden de compra inicial, entendiéndose por estos elementos:
- Cuando se efectúan modificaciones que alteran los principios de igualdad de los oferentes y de estricta sujeción de las bases, que provocaría aceptar una oferta distinta a la aceptada inicialmente o hubiese afectado al principio de libre concurrencia de los participantes.
- Cuando se efectúan modificaciones que alteran el objetivo primitivo de la contratación.
Cualquier modificación de aquellas señaladas en el presente numeral, deberá aprobarse mediante acto administrativo fundado en el que se consignen las razones que justifiquen las modificaciones efectuadas a la contratación o la orden de compra, y deberá ser publicado en el Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado.
La Dirección de Vialidad estará facultada para aumentar el plazo de ejecución del contrato o la Orden de Compra mientras dure el impedimento. Asimismo, podrá realizar una modificación a los bienes y/o servicios comprometidos en el contrato o la Orden de Compra, siempre y cuando existieren razones de interés público, y que esta permita satisfacer de igual o mejor forma la necesidad pública que hubiere dado origen al procedimiento de contratación.
Las modificaciones señaladas deberán respetar el equilibrio financiero de la contratación y el valor de éstas no podrá exceder, independientemente o en su conjunto con las demás modificaciones realizadas a éste durante su vigencia, el equivalente al 30 por ciento del monto originalmente convenido entre el proveedor y el organismo del Estado, siempre que este último cuente con disponibilidad presupuestaria para ello.
f.2 Término anticipado del contrato:
La contratación podrá terminarse anticipadamente, conforme a lo indicado en el artículo N° 13 bis de la ley de compras, y art. 130 del Decreto 661/2024, por las siguientes causales:
a) La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
b) La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones.
c) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor.
d) El estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
e) La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar la contratación de conformidad con el artículo 13. En tal caso, el organismo del Estado sólo pagará el precio por los bienes o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia de la contratación. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento de la contratación obedezca a motivos imputables al proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 13 ter.
f) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
g) Por caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditado.
h) En el caso que el adjudicatario sea una UTP y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
i) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando la contratación con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados.
ii) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
iii) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
iv) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
v) Disolución de la UTP.
i) Las demás establecidas en la ley, en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
Los actos administrativos que dispongan tales medidas deberán ser fundados y publicados en el Sistema de Información.
1.10.13. INSPECCIÓN FISCAL:
La Dirección Regional de Vialidad designará un Inspector Fiscal para garantizar el estricto cumplimiento de lo estipulado en las Bases de Licitación.
El Encargado de Adquisiciones, enviará copia de los antecedentes necesarios para la inspección del suministro, entre ellos, la Orden de Compra al correo electrónico del Inspector Fiscal designado, a fin de contabilizar y dar cumplimiento al plazo de entrega de este suministro.
El inspector fiscal deberá contar para el desempeño de su cometido, entre otros antecedentes, con un Libro de Obras (Manifold triplicado), el cual será suministrado por el adjudicatario al momento de iniciarse el Contrato de Suministro. El libro de Obras será foliado y en triplicado, de manera que la primera hoja original será entregada al adjudicatario, la primera copia al Inspector Fiscal y la segunda copia permanecerá en el Libro de Obras.
El libro comenzará indicando la fecha de inicio y término del Contrato de Suministro, continuará señalando los hechos más importantes durante el periodo de desarrollo del Contrato de Suministro, en especial el cumplimiento por parte del adjudicatario de las especificaciones técnicas y de las obligaciones contraídas en conformidad a las bases de licitación. En este libro sólo podrá hacer anotación el inspector fiscal sobre materias inherentes a la ejecución del Contrato de Suministro, debiendo dejar constancia de las notas o informes que le requiera el adjudicatario.
El adjudicatario, deberá someterse a las órdenes del inspector fiscal, las que se impartirán siempre por escrito, conforme a los términos y condiciones de las Bases de Licitación, dejándose constancia en el Libro de Obras.
El inspector fiscal emitirá un acta de recepción conforme en el que indicará la aprobación o no de las facturas correspondientes a enviar a pago. Además, deberá adjuntar un informe en el cual señale, todos los hitos importantes del contrato, debiendo adjuntar el informe de calidad del material , la evaluación del proveedor, el cumplimiento de plazos de entrega, etc., conjuntamente efectuará el cálculo de multas, si proceden. Una vez terminado la recepción de las entregas parciales, deberá realizar calificación del proveedor según formulario indicado en punto 1.10.12 Gestión del Contrato, letra c).
1.10.14. RECEPCIÓN, FACTURACIÓN Y PAGO:
1.10.14.1. RECEPCIÓN:
El inspector fiscal, recibirá conforme el material, suscribiéndolo así en la respectiva factura, si se cumplen los siguientes requisitos:
1. Que se haya efectuado la entrega física del material granular, en las cantidades que corresponde de acuerdo a lo solicitado por Inspector Fiscal. Esto se acreditará con las respectivas planillas de recepción de material pétreo. En la eventualidad que exista entrega parcial, también se acreditará con las respectivas planillas de recepción de material pétreo, la entrega física del material.
2. Que el material cumpla con las especificaciones técnicas solicitadas en las bases. Para acreditar el cumplimiento del material, el Inspector Fiscal deberá adjuntar Informe de calidad correspondiente, emitido por el Laboratorio de Vialidad.
3. Que se haya acreditado el cumplimiento de las leyes laborales. Para garantizar el cumplimiento de la Leyes Laborales, el Encargado de Abastecimiento, adjuntará el Certificado de Habilidad del Registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Esta documentación será fotocopiada y quedará respaldada en la Unidad de Abastecimiento Provincial. En caso de que se encuentre "inhábil" se otorgará un plazo máximo de 10 días corridos para regularizar su situación. Transcurrido dicho plazo, si no regularizare su situación, la Dirección de Vialidad procederá a poner término anticipado al contrato, y al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
4. Presentar Guía de Despacho del material desde el lugar de origen, emitida por la empresa productora de éste, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada presentar dicho documento en original al Inspector Fiscal para su VºBº, quien obtendrá una copia del documento.
5. Adjuntar planilla con la cubicación geométrica de cada uno de los camiones tolva que realizarán el transporte de material.
La circunstancia de haberse cumplido los requisitos, así como las causas, su acreditación y el respectivo cálculo de multas, constará en el Acta de Recepción conforme del Inspector Fiscal, adjuntando todos los documentos descritos en el punto anterior, que acompañará a la factura, para disponer su pago.
1.10.14.2. FACTURACION
El proveedor adjudicado deberá facturar a la Dirección de Vialidad Región del Biobío, de acuerdo a lo siguiente:
1. Los pagos se realizarán en forma periódica (1 pago mensual, si corresponde) según las entregas de material pétreo que efectué el proveedor y que hayan sido solicitadas por el Inspector fiscal a cargo.
2. Luego deberá verificar que en la Orden de Compra respectiva se haya realizado la recepción conforme por hito.
3. Que se haya efectuado la entrega física del material granular, en las cantidades que corresponde de acuerdo a lo solicitado por Inspector Fiscal. Esto se acreditará con la presentación al Inspector Fiscal del suministro por cada camión que ingrese al acopio o faena, Guía de Despacho del material, emitida por la empresa productora de este, la cual, debe contener: nombre de empresa adquiriente, Rut, placa única del camión que traslada material, cantidad de m³ a trasladar. Será obligación de la empresa adjudicada entregar dicho documento, en el caso que no lo haga, el Inspector Fiscal estará autorizado a no recibir el material pétreo.
4. La Factura electrónica deberá ser enviada al correo mop_dte@paperless.cl, debido a que el MOP es un contribuyente electrónico.
5. Para el caso que sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP), deberá indicar en su oferta el nombre y Rut de la Empresa que hará la facturación.
6. Además, al momento de generar la factura es necesario indicar los siguientes códigos, según corresponda:
- PROVINCIA DE ARAUCO: CÓDIGO 980 REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_ARAUCO
- PROVINCIA DE BIOBÍO: CÓDIGO 990 REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_BIOBIO
- PROVINCIA DE CONCEPCIÓN: CÓDIGO 1000 REG_08_DIRECCION_DE_VIALIDAD_CONCEPCION
7. La Dirección de Contabilidad y Finanzas de nuestro Ministerio, en su nueva directriz ha indicado que no deberán consignar registro de Pago Contado en la(s) factura(s), dado que ello no se da en el MOP e impide el reclamo ante Servicio de Impuestos Internos de la factura, en los casos que corresponda.
8. En la eventualidad de que el proveedor adjudicado no tenga realizado su trámite para transferencia del o los pago(s) correspondientes, de acuerdo lo señalado por la ley N°21.796 de presupuestos año 2026, que estipula que los pagos deberán hacerse por transferencia electrónica de fondos, según lo dispone el artículo 8°.
Los proveedores deberán efectuar el trámite a través de la plataforma digital https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, para ingresar los datos bancarios asociados a su empresa. La inscripción de la cuenta en el Sistema SICOF será requisito para la recepción conforme de lo contratado.
1.10.14.3. PAGO:
El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos desde la recepción de la factura.
1.10.15. FACTORING:
El proveedor, podrá factorizar las facturas, de conformidad a la legislación respectiva, siempre y cuando se notifique a la Dirección de Vialidad y de conformidad a la Ley (Art. 127 del Reglamento de la Ley de Compras).
1.10.16. SANCIONES:
1.10.16.1. MULTAS
Las multas se aplicarán de acuerdo a lo descrito en el Punto 1.10.17. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS y se descontarán administrativamente del valor de la respectiva factura incluyendo en éste el IVA.
1.10.16.1.1. MULTA POR ATRASO EN LA ENTREGA:
Cada día hábil de atraso en las entregas calendarizadas, se sancionará con una multa equivalente al 0,5% del monto total de la factura, IVA incluido, con un tope de 5 días hábiles de atraso.
Transcurrido dicho tope, la Dirección de Vialidad procederá a dar término anticipado al contrato, y al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento.
1.10.16.1.2. MULTA POR ATRASO EN LA ENTREGA DE GUÍAS DE DESPACHO SUBSANADAS:
Si el proveedor entrega guías de despacho con enmendaduras, la Dirección de Vialidad otorgará el plazo de dos días hábiles para que subsane la situación, si no cumpliere, cada día hábil de atraso en la entrega, se sancionará con una multa equivalente al 0,5% del volumen de material que señala la guía enmendada, IVA incluido, con un tope de 5 días hábiles de atraso.
Transcurrido dicho tope, la Dirección de Vialidad procederá a dar término anticipado al contrato, y al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento.
1.10.16.1.3. MULTA POR INCUMPLIMIENTO DE VOLUMEN:
Cada evento en el cual no se cumpla con la entrega del volumen programado, será sancionado con una multa equivalente al 5% del monto total de la factura, IVA incluido, con un tope de 5 incumplimientos. Transcurrido dicho tope, la Dirección de Vialidad procederá a dar término anticipado al contrato, y al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento.
1.10.16.1.4. MULTA POR ATRASO EN EL PLAZO TOTAL ENTREGA DE MATERIAL:
Si transcurrido el plazo total del contrato, el proveedor no ha cumplido con efectuar todas las entregas programadas, por cada día hábil de atraso, se aplicará una multa equivalente al 2 % del monto de la factura del pago final del material pétreo, con un tope máximo de 15 días hábiles de atraso, que no será acumulable a la multa por atraso en la entrega del punto 1.10.16.1.1
Transcurrido dicho tope, la Dirección de Vialidad procederá a dar término anticipado al contrato, y al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento.
1.10.16.1.5. MULTA POR INCUMPLIMIENTO TÉCNICO:
En caso de incumplimiento de las Especificaciones Técnicas, se aplicará una multa, de acuerdo a lo indicado en la siguiente tabla:
Tabla de Multa N° 1
REQUISITOS DE CALIDAD Y GRADUACION PROVINCIA DE ARAUCO MULTA REQUISITOS DE CALIDAD Y GRADUACION PROVINCIA DE ARAUCO MULTA
Porcentaje a multar o a rechazar
(a) Ponderador
(b) Porcentaje a multar o a rechazar
(a) Ponderador
(b)
2" 100 0
0,02
CHANCADO
% Ch ≥ 50 0
0,1
98-99 50 48 ≤ Ch ≤ 49 10
96-97 100 Ch = 47 25
=94 Se rechaza IP= 9 25
3/4 51-82 0
0,04 IP = 10 Se rechaza
50-49 83-84 15 DESGASTE
% D ≤ 35 0
0,15
48-47 85-86 50 36 ≤ D ≤ 37 50
=46 =87 100 D ≥ 38 Se rechaza
87 Se rechaza
3/8 35-66 0
0,125
33-34 67-68 10
31-32 69-70 25
=30 =71 100
72 Se rechaza
N°4 25-55 0
0,125
23-24 56-57 10
21-22 58-59 25
=20 =60 100
60 Se rechaza
N°10 15-42 0
0,04
13-14 43-44 15
11-12 45-46 35
=10 =47 100
47 Se rechaza
N°40 5-25 0
0,05
=4 =26 15
=3 =27 35
=2 =28 100
=1 >28 Se rechaza
N°200 0-15 0
0,06
- =16 50
- =17 100
- =18 Se rechaza
b) Tabla de Multas N° 2: TM 50 b, CBR > 80%
REQUISITOS DE CALIDAD Y GRADUACION PROVINCIA DE ARAUCO MULTA REQUISITOS DE CALIDAD Y GRADUACION PROVINCIA DE ARAUCO MULTA
Porcentaje a multar o a rechazar
(a) Ponderador
(b) Porcentaje a multar o a rechazar
(a) Ponderador
(b)
2" 100 0
0,02
CHANCADO
% Ch ≥ 50 0
0,1
98-99 50 48 ≤ Ch ≤ 49 10
96-97 100 Ch = 47 25
=90 Se rechaza IP= 9 100
3/4 45-75 0
0,04 IP = 10 Se rechaza
44-43 76-77 15 DESGASTE
% D ≤ 30 0
0,15
42-41 78-79 50 31 ≤ D ≤ 32 50
=40 =80 100 D ≥ 33 Se rechaza
80 Se rechaza
3/8 35-65 0
0,125
33-34 66-67 10
31-32 68-69 25
=30 =70 100
70 Se rechaza
N°4 25-55 0
0,125
23-24 56-57 10
21-22 58-59 25
=20 =60 100
60 Se rechaza
N°10 15-45 0
0,04
13-14 56-47 15
11-12 48-49 35
=10 =50 100
50 Se rechaza
N°40 5-25 0
0,05
=4 =26 15
=3 =27 35
=2 =28 100
=1 >28 Se rechaza
N°200 0-10 0
0,06
- =11 50
- =12 100
- =13 Se rechaza
El porcentaje que resulte a multar será aplicado al total de la compra, incluyendo el valor del IVA.
Para asignar el monto a multar se deberá aplicar la siguiente ecuación utilizando los factores de ponderación de las tablas anteriores:
𝐯𝐚𝐥𝐨𝐫 𝐚 𝐝𝐞𝐬𝐜𝐨𝐧𝐭𝐚𝐫 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐟𝐚𝐜𝐭𝐮𝐫𝐚 = (∑(𝒂 ∗ 𝒃)) ∗ 𝒗𝒂𝒍𝒐𝒓 𝒕𝒐𝒕𝒂𝒍 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒄𝒐𝒎𝒑𝒓𝒂 𝑰𝑽𝑨 𝒊𝒏𝒄𝒍𝒖𝒊𝒅𝒐
Dónde:
a = Corresponde al porcentaje a multar.
b = Corresponde al ponderador de la multa.
El porcentaje que resulte a multar será aplicado al total de la compra, incluyendo el valor del IVA.
Para asignar el monto a multar se deberá aplicar la siguiente ecuación utilizando los factores de ponderación de las tablas anteriores:
𝐯𝐚𝐥𝐨𝐫 𝐚 𝐝𝐞𝐬𝐜𝐨𝐧𝐭𝐚𝐫 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐟𝐚𝐜𝐭𝐮𝐫𝐚 = (∑(𝒂 ∗ 𝒃)) ∗ 𝒗𝒂𝒍𝒐𝒓 𝒕𝒐𝒕𝒂𝒍 𝒅𝒆 𝒍𝒂 𝒄𝒐𝒎𝒑𝒓𝒂 𝑰𝑽𝑨 𝒊𝒏𝒄𝒍𝒖𝒊𝒅𝒐
Dónde:
a = Corresponde al porcentaje a multar b = Corresponde al ponderador de la multa
Tabla de medición de multas
El Inspector Fiscal, deberá solicitar al Laboratorio de Vialidad o al servicio de laboratorio de la Administración Directa, la certificación de calidad del material correspondiente, muestreo que será ejecutado en planta o en la plataforma del camino o acopio, según corresponda.
1.10.16.1.6. RECHAZO DEL MATERIAL:
Si según la tabla precedente el material SE RECHAZA, el Inspector Fiscal comunicará por escrito al adjudicatario la circunstancia, quien tendrá el plazo de 5 días hábiles (contados desde la fecha de notificación por escrito al proveedor) para comunicar su decisión de retirar el material defectuoso y poner un nuevo material que cumpla con las Especificaciones Técnicas, o corregir el existente.
1.10.16.1.6.1. Si decide poner material nuevo, indicará plazo de ejecución que no podrá ser superior a 5 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente de la notificación hecha al Inspector Fiscal. La autorización por escrito del Inspector Fiscal, será indispensable para comenzar los trabajos.
1.10.16.1.6.2. En caso que decida corregirlo, propondrá la banda granulométrica, el volumen necesario del corrector y el plazo de ejecución, el que no podrá ser superior a 5 días hábiles, contados desde el día hábil siguiente de la notificación hecha al Inspector Fiscal. La autorización por escrito del Inspector Fiscal, será indispensable para comenzar los trabajos.
1.10.16.1.6.3. El tiempo que tome la corrección o reemplazo del material estará afecto a la multa por atraso, según el caso, indicada en el punto. 1.10.16.1.4. MULTA POR ATRASO EN EL PLAZO TOTAL ENTREGA DE MATERIAL.
1.10.16.1.6.4. Concluida la entrega, sea habiendo puesto un nuevo material o habiéndolo corregido, el adjudicatario deberá presentar al Inspector Fiscal la certificación de autocontrol correspondiente –según el plazo establecido en el punto 1.10.16.1.5- la que será contrastada con nuevos análisis que al efecto practique el Laboratorio de Vialidad.
1.10.16.1.6.5. En caso que la empresa no comunique su decisión dentro del plazo de 5 días antes señalado o no ejecute las obras de reposición de material, ya sea de retirar el material poniendo un material que cumpla las bases técnicas o corregir el material ya puesto, como única vez, en el plazo propuesto, se pondrá término al contrato, y se pagará el 50% del material pétreo efectivamente entregado en terreno y, de acuerdo al punto GESTIÓN DEL CONTRATO, letra f.2) y se procederá al cobro de la Garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
1.10.16.1.6.6 MULTA POR INCUMPLIMIENTO EN MATERIA DE PREVENCION DE RIESGOS:
En caso de que el personal de la empresa no disponga de los elementos de prevención de riesgos, se procederá a cursar una multa equivalente a 3 UTM, por cada vez que el Inspector Fiscal sorprenda a cualquier integrante del equipo de trabajo de la empresa, sin sus elementos de prevención de riesgos respectivos, lo cual será consignado por el IF vía correo electrónico a la empresa. Además, el inspector fiscal suspenderá los trabajos cada vez que detecte esta infracción, y sólo los reanudará una vez sea subsanada. Lo anterior, con un tope de 3 incumplimientos. Superado dicho tope, la Dirección de Vialidad procederá a poner término anticipado al contrato, y al cobro de la garantía que hubiere caucionado el fiel y oportuno cumplimiento del mismo.
1.10.16.1.6.7. Cualquier costo que implique mejora, como nuevos traslados de material, retiro desde terreno, recebo o aumento de volumen de material pétreo, será de completo cargo de la empresa proveedora adjudicada.
1.10.16.2 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Se pondrá término anticipado al contrato, administrativamente, si la Empresa no da cumplimiento a lo establecido en bases y a lo establecido en su oferta y especialmente:
En caso de incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, la Dirección de Vialidad pondrá término anticipado, administrativamente, al contrato y hará cobro de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato. Especialmente en los siguientes casos
a) Atraso en el plazo de las entregas calendarizadas por más de 5 días hábiles.
b) Más de cinco atrasos en calendario de entregas parciales o cinco incumplimientos de volumen.
c) Atraso por más de 15 días hábiles en el plazo total del contrato.
d) Si el adjudicatario supera los 5 días hábiles de plazo para retirar el material y poner un nuevo material que cumpla con las Especificaciones Técnicas, de acuerdo a lo señalado en el punto 1.10.16.1.6.
e) Si el adjudicatario no comunica su decisión dentro del plazo de 5 días hábiles señalado en el punto 1.10.16.1.6.5, o no ejecuta las obras de reposición o corrección del material ya puesto, como única vez.
f) Si la empresa adjudicada incumple su obligación de prevención de riesgos en más de 3 oportunidades, debidamente consignadas por el Inspector Fiscal.
1.10.17. PROCEDIMIENTO DE APELACIÓN DE MULTAS Y OTRAS SANCIONES: PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MULTAS:
La multa que corresponda aplicar, será deducida administrativamente de la factura respectiva.
Esto significa que previo a la aplicación efectiva de la multa, el Inspector Fiscal remitirá un oficio al adjudicatario incumplidor, en el que indicará la infracción cometida y la procedencia de la multa de conformidad a las bases, indicando los elementos utilizados para determinar el monto final de la multa.
En el mismo oficio, instará al adjudicatario incumplidor, para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo, la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existen, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión de aplicar o no la multa o modificar la que fuera propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga la aplicación de la multa, se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE OTRAS SANCIONES, COMO EL TÉRMINO ANTICIPADO:
El Inspector Fiscal que verifique que se ha incurrido en una causal de término anticipado del contrato, remitirá un oficio al adjudicatario en el que indicará la causal y los hechos que la constituyen, de conformidad a las bases y a las normas legales vigentes, instándolo para que formule descargos, expresando lo que estime conveniente a su defensa, y acompañe documentos u otros medios de prueba, en el plazo de tres días hábiles.
La notificación se hará de conformidad a lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de Compras, esto es, mediante correo electrónico, a la casilla registrada en la Ficha de Proveedor. Será responsabilidad del proveedor adjudicado, mantener actualizado sus datos. En el caso de no obtener correo electrónico desde la página de Mercado Público o el correo registrado no permite almacenar mensaje por capacidad u otro motivo, la notificación será por carta certificada o personal. En el caso de notificación personal, se dejará constancia en un acta de notificación, de la fecha, y lugar de notificación, que firmará el notificado.
Con los descargos o sin ellos, si no se efectuaren dentro del plazo , la autoridad que adjudicó el contrato dictará una resolución en que los pondere, si estos existieren, y establezca las razones de hecho y de Derecho que fundamentan la decisión respecto de la medida de termino de contrato propuesta por el Inspector Fiscal.
La resolución que disponga el término de contrato ordenará hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento y se podrá impugnar, conforme a las reglas generales, ejerciendo los recursos establecidos en la Ley 19.880.
1.10.18. ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE REMUNERACIONES O COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL:
Para acreditar el cumplimiento de Remuneraciones o Cotizaciones de Seguridad Social, la Dirección de Vialidad Región del Biobío, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en Registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública. Para el caso en que el Proveedor se encuentre "inhábil", tendrá un plazo máximo de 5 días hábiles, para regularizar su situación, de lo contrario su oferta será desestimada. Esta situación será informada a la empresa que se encuentre “Inhábil”, a través de un correo electrónico, durante la revisión de los documentos para contratar.
1.10.19. ESTÁNDARES DE PROBIDAD:
El adjudicatario deberá observar, durante toda la época de ejecución de la relación contractual, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles a el personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
1.10.20. OFERTAS RIESGOSAS O TEMERARIAS:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de Compras, esta Dirección de Vialidad podrá declarar inadmisible una o más ofertas, si determina que se trata de ofertas riesgosas o temerarias, por cuanto el precio ofertado está significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas o de los precios de mercado, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato.
Para estos efectos, el o los funcionarios a cargo de la revisión de ofertas, al momento de analizar el valor económico que hace suponer que se está frente a una oferta temeraria, deberán calcular la media aritmética de las demás propuestas que no sean consideradas riesgosas y calcular el cociente entre el valor de la “propuesta temeraria” y valor de la media aritmética. Si el valor obtenido es inferior a 0,40 y el monto de la propuesta es inferior al 50% de valor del presupuesto estimado (o disponible), se establecerá que la oferta es riesgosa o temeraria.
Para declarar la inadmisibilidad por ofertas temerarias o riesgosas, previamente esta Dirección analizará la viabilidad de la oferta de acuerdo con lo señalado a continuación:
a) La Comisión o la persona evaluadora solicitará, a través del Sistema de Información, al o los proveedores que, en un plazo de tres días hábiles, acompañen antecedentes que justifiquen detalladamente los precios, costos o cualquier parámetro por el cual han definido la oferta. Esto incluye demostrar factores como ahorros e innovaciones técnicas en su productividad, condiciones excepcionalmente favorables y/o subsidios.
b) La Comisión o la persona evaluadora analizará la información y documentos acompañados por el Proveedor y, en un plazo de cinco días hábiles, evacuará su informe, junto a la propuesta de adjudicación, señalando si propone adjudicar la oferta o declararla inadmisible.
Se considerará que la justificación presentada por el Proveedor no es suficiente si está incompleta, si está basada en suposiciones o prácticas inadecuadas desde una perspectiva técnica o económica, o que el precio compromete el cumplimiento del contrato. Asimismo, las ofertas serán rechazadas si el precio ofertado es resultado del incumplimiento de normativas sociales, laborales y medioambientales o conductas que vulneran la libre competencia.
De ser adjudicada la oferta, esta Dirección de Vialidad solicitará al proveedor o contratista el aumento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. El monto de esta garantía deberá corresponder al cinco por ciento neto del valor resultante entre la diferencia entre el precio de este oferente y el precio ofertado por el que le siga en su calificación económica.
1.10.21. FORMULARIOS ANEXOS:
FORMULARIO Nº 1
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública, " ", declara bajo juramento que:
• El adjudicado no está unido a alguno de los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad por los vínculos de parentesco descrito en el artículo 4º de la Ley 19.886, Ley de Compras Públicas.
• Su representada no es una sociedad de personas en la que los funcionarios directivos de la Dirección de Vialidad o las personas unidas a ello por los vínculos de parentesco descritos en el Artículo 4° de la Ley N° 19.886, Ley de Compras Públicas, formen parte, ni es una sociedad comandita por acciones o anónima cerrada en que aquellos o éstas personas sean accionistas, ni es una sociedad anónima vierta en aquellos o éstas personas sean accionistas, ni una sociedad abierta en aquellos o estas sean dueños de acciones que representan el 10% o más del capital, y
• No es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades mencionadas en el párrafo anterior.
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA de de 2026.
FORMULARIO Nº 2
(Para contratar)
“DECLARACIÓN JURADA”
El abajo firmante, para los efectos de la licitación pública " ", declara bajo juramento no haber sido condenado por la Ley 20.393, con prohibición de contratar.
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal
FECHA de de 2026.
FORMULARIO Nº 3:
(Para ofertar)
“CONDICIONES DE EXTRACCION DEL MATERIAL PÉTREO”
Licitación: “ ”
El firmante, en su calidad de adjudicatario o de representante legal del adjudicatario, viene a declarar lo siguiente, según sea el caso, respecto a las condiciones en que se realiza la extracción del material pétreo para la presente licitación:
Marque con una X según sea el caso:
• Lugar de Extracción:
Pozo Lastrero o Cantera Cauce Natural
• Tipo de Patente:
Industrial Comercial
• Documento que presentará según sea el caso.
Resolución de Calificación Ambiental (RCA)
Pronunciamiento sobre la Pertinencia de Ingreso al SEIA Plan de Manejo Ambiental (PMA)
Nombre Representante Legal Firma Representante Legal FECHA de de 2026.
FORMULARIO N° 4
(Para Ofertar)
DECLARACIÓN JURADA SIMPLE
Programa de integridad y ética empresarial
En de Chile, a de del 2026, don/doña , RUT , con domicilio en , en su calidad de persona natural o representante legal de , viene en declarar lo siguiente:
MARQUE CON UNA X SEGÚN CORRESPONDA:
Es persona natural o jurídica, con personal contratado, y tiene programas de integridad y ética empresarial, los que son conocidos y aplicados por su personal, en conformidad al artículo 17 del D.S. N°661 de 2024, del Ministerio de
Hacienda.
Es persona natural, sin personal contratado, pero
tiene programas de integridad y ética empresarial que acompaña.
Es persona natural o jurídica, sin personal contratado al momento de ofertar, tiene programas de integridad y ética empresarial (que acompaña), y por la presente declaración se compromete a implementar y difundir dichos programas, si eventualmente contrata
trabajadores.
Nota: En caso de declarar que tiene programas de integridad y ética empresarial y que son conocidos y aplicados por su personal, debe adjuntar los documentos que permitan acreditar ambas circunstancias.
Para el caso de la persona natural, sin personal contratado, igualmente debe acompañar sus programas de integridad y ética empresarial.
En el caso de persona natural o jurídica, sin personal contratado a la fecha de ofertar, y que con posterioridad contrata trabajadores, deberá acompañar, para efectos de la recepción del servicio o suministro (según corresponda) la documentación que permita acreditar que los programas son conocidos por su personal. En caso contrario, el Inspector Fiscal no dará recepción conforme del suministro.
Nombre, RUT y Firma Oferente o Representante (s) Legal (es)*
* Debe tener facultades para ofertar y suscribir contratos por montos iguales o superiores a lo ofertado.
2. APRUÉBASE, el siguiente anexo complementario:
ANEXO COMPLEMENTARIO
1 NOMBRE DE LA LICITACION: :
2 ID licitación :
3 Fecha de publicación : UN DÍA HABIL DESDE LA TOTAL TRAMITACION DE LA RESOLUCIÓN QUE LO APRUEBA
4 Duración del contrato: : xx meses
Tipo de Documento
: Todos los Instrumentos que aseguren el pago de esta garantía de manera rápida y efectiva y que cumpla con los requisitos legales. Esta garantía es de carácter irrevocable y pagadero a la vista.
Beneficiario : MOP, Dirección de Vialidad
Fecha de Vencimiento : La garantía deberá tener vigencia durante todo el contrato, aumentado en 60 días hábiles. Esto corresponderá a la fecha de vencimiento estipulada en Ficha de licitación, del apartado “Garantía de Fiel y oportuno Cumplimiento del Contrato”, “Fecha de vencimiento”.
Excepcionalmente para el caso de readjudicación, la Unidad Compradora, indicará una nueva fecha.
Monto : 5% del precio neto ofertado, expresada en pesos chilenos.
5
Garantía de Fiel y oportuno cumplimiento Descripción : Esta Garantía deberá hacerla llegar con una carta identificando la Licitación, hasta el 5º día hábil contado desde la notificación de la adjudicación del Portal, a Oficina de Partes de la Dirección de Vialidad Provincia de x, ubicada en x.
Entregada la Garantía, se enviará la Orden de Compra respectiva.
En la eventualidad que el proveedor presente garantía electrónica, ésta, deberá ser enviada al siguiente correo electrónico x@mop.gov.cl con copia a x@mop.gov.cl. La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la garantía electrónica.
En caso de no presentación de esta Garantía dentro del plazo indicado o si ésta no cumple los requisitos exigidos en las bases, la Dirección procederá a readjudicar (si fuere conveniente al interés fiscal), o dejar sin efecto la adjudicación.
En la eventualidad que corresponda a una Boleta Bancaria o Póliza, deberá contar con la visación del Fiscal Regional del Ministerio de Obras Públicas.
Glosa : Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la Licitación para la “ ” y en cumplimiento de la leyes Laborales".
En el evento de presentarse una o más garantías, que, entre sus características o menciones, o atendida su naturaleza, no contemple una glosa, (Ejemplo: Vale Vista) ésta deberá anotarse al reverso del documento, o bien acompañarse como anexo una declaración jurada simple que la consigne, firmada por el OFERENTE o su representante de modo que la glosa será exigible en lo que resulte procedente.
Forma y : Vencido el plazo por el cual hubiere sido otorgada, si oportunidad de no hubiere causal para su cobro, la devolución se restitución gestionará en Unidad de Abastecimiento de la Oficina
Provincial de la Dirección de Vialidad xxxxxx.
6.- Especificaciones Técnicas:
6.1. Requerimientos técnicos del material para Prov. de Arauco:
NOTA: Si el pozo es de la Prov. de Arauco, la banda a utilizar, corresponderá a la TM-50bb y en caso que el pozo sea de otra Provincia, la banda a utilizar, será TM 50b, según corresponda tablas N° 1 o N° 2.
6.2. Requerimientos técnicos del material para Prov. de Biobío y Concepción:
Tamiz
PROVINCIA DE BIOBÍO Y CONCEPCION
TM-50b
Denominación (mm)
2" 50 100
1 1/2" 40 70 - 100
1" 25 55 - 85
3/4" 20 45 - 75
3/8" 10 35 - 65
N°4 5 25 - 55
N° 10 2 15 - 45
N° 40 0,5 5 - 25
N° 200 0,08 0 - 10
Granulares para Recebos PROVINCIA DE BIOBIO Y
CONCEPCION
Granulometria TM-50b
CBR % mínimo 80
Desgaste de Los Angeles % máximo 35
Limite liquido % máximo 35
Indice de Plasticidad máximo 6
Chancado % mínimo 50
6.3. INFORME DE CALIDAD DE LABORATORIO:
• La Dirección de Vialidad, tendrá libre acceso para la toma de muestras del material, tanto en el pozo de origen como en el acopio de entrega de la compra.
• El Inspector Fiscal deberá solicitar al Laboratorio de Vialidad, control de calidad de los materiales que está suministrando el proveedor, este control realizado prevalecerá sobre los controles que presente el proveedor, a través de certificado o informe de calidad.
Si el informe de calidad del Laboratorio de Vialidad, indica que el material no cumple con las especificaciones técnicas, la empresa será sancionada, de acuerdo a las “TABLA DE MULTAS” N°1 o N°2, según corresponda. Si de acuerdo a “TABLA DE MULTAS”, se le rechaza el material, la empresa podrá decidir corregir el material, lo podrá realizar una única vez. Realizadas las correcciones, el proveedor presentará al Inspector Fiscal un certificado o informe de calidad que garantice que fueron realizadas. El Laboratorio de Vialidad emitirá un informe de calidad, dando por superado los incumplimientos de rechazo, si correspondiere, sin embargo, esto no significa que no se multe por incumplimiento de especificaciones y bases administrativas, concluyendo el proceso de recepción aplicando las multas correspondientes.
7.- Datos para la adquisición
7.1.-
Cantidad total solicitada (m3)
7.2.-
Lugar de entrega de material
8.- Croquis de ubicación
Ver KMZ adjunto en www.mercadopublico.cl
9.- Datos para respaldo de la compra
Código Femn
Nombre camino
Cantidad (m3)
Programa CAD 2026
(Sí/No) Tramos de intervención (km de inicio y término del o los tramos) Justificación en caso de que no esté dentro del programa CAD
10. Vialidad Manejo de Acopio (deberá señalar si o no)
a) Puesto en Plataforma:
b) Acopio Recinto Fiscal*:
b.1) Requiere maquinaria acopio:
b.2) No requiere maquinaria:
• (La Empresa adjudicada, deberá disponer de maquinarias para acopiar el material en recinto fiscal, según disposición de Inspector Fiscal.)
|
|
|
|