Las consultas deberán formularse a través del portal de www.mercadopublico.cl , de acuerdo a lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento, así como en la Ley N° 21.634, que moderniza la Ley N° 19.886, y su respectivo Reglamento. Estas deberán presentarse entre los días indicados en el portal.
Queda prohibido mantener comunicación entre los oferentes y cualquier Departamento o funcionario municipal, en relación al requerimiento, por otros canales; cualquier comunicación, que no sea por el canal señalado en los presentes términos y lo indicado en el párrafo anterior, carecerá absolutamente de valor.
Las aclaraciones quedarán a disposición de los interesados en el portal www.mercadopublico.cl. Se responderán sólo preguntas atingentes al servicio.
Las aclaraciones y las rectificaciones que el mandante hiciere, ya sean de oficio o como consecuencia de observaciones formuladas por uno o más interesados, serán notificadas a través del portal de mercado público.
Para dar cumplimiento cabal a la disposición de inciso anterior, si ello fuera necesario, el Mandante podrá, postergar la fecha fijada para la apertura de la propuesta. La nueva fecha de apertura se publicará en el portal de Mercado Público, y se considerará comunicada a todos los participantes del proceso licitatorio