9.1.-OBJETIVOS Y DESCRIPCION DEL REQUERIMIENTO
La Dirección de Vialidad, Capitán Prat, solicita ofertas, para el “SERVICIO APOYO ESPARCIDO CLORURO” servicio necesario para la ejecución de faenas por Administración directa, conforme a los requerimientos de las presentes Bases, términos de referencia, anexos y aclaraciones.
9.2.- NORMATIVA
La Licitación se ceñirá a las disposiciones de la Ley de Bases sobre Contratos Administrativos de suministro de Servicios N° 19.886. y a las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas adjuntas
9.3.- PARTICPANTES
Podrán participar en esta Licitación las personas naturales o jurídicas que hayan accedido a los documentos de ésta, a través del Sistema de Compras y Contrataciones Públicas, portal internet www.mercadopublico.cl siempre y cuando cumplan con las disposiciones legales y exigencias de las presentes bases y especificaciones técnicas
9.4.- ACLARACIONES
Se aceptarán solicitudes de aclaración a las Bases, solamente remitidas mediante la funcionalidad de Preguntas y Respuestas del Portal Mercado Publico, de acuerdo a las condiciones en ella establecidas. Las fechas tope de recepción de consultas despacho de respuestas se indican en la ficha de la Adquisición, apartado “Etapas y Plazos de la Licitación”. Estas aclaraciones formarán parte de las presentes Bases Administrativas y obligarán a los proponentes a incorporarlas dentro de su oferta
9.5.- PRESENTACIÓN OFERTA
En archivo adjunto se deberá subir al portal mercado público, los siguientes documentos
-Oferta técnica, la que deberá incluir las exigencias establecidas en las presentes bases
Los oferentes podrán presentar toda la información complementaria que estimen necesaria respecto de su oferta. En caso de que al momento de subir los documentos al Portal, este no se encuentre disponible por problemas técnicos, el oferente deberá llamar a la mesa de ayuda de Chilecompra (Fono: 6007000600) y solicitar un "Certificado de Indisponibilidad" el que permitirá hacer llegar la oferta vía correo electrónico al contacto para la presente licitación, indicado en el punto N°2 precedente, a más tardar 2 horas posteriores al cierre de la recepción de ofertas indicada en punto N° 4 precedente
9.6.- DERECHO A PEDIR ACLARACIONES Y ANTECEDENTES OMITIDOS
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieren a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega un día hábil (24 horas) para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público
9.7.- DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar, desechar, aceptar parcial o totalmente cualquiera de las ofertas, independiente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el acta de Adjudicación correspondiente. En tales casos los proponentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad
9.8.- MODIFICACION DE LAS BASES
La Dirección de Vialidad podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una Aclaración solicitada por alguno de los Oferentes, durante el proceso de la Licitación, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases
9.9.- VIGENCIA DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la fecha de cierre de la Licitación en el portal www.mercadopublico.cl
9.10.- ADJUDICACION
La Dirección de Vialidad declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de adjudicar el total de la partida solicitada a un solo oferente. La adjudicación de la propuesta se materializara mediante Resolución fundada. Formaran parte integrante de esta resolución dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases:
• Bases administrativas
• Especificaciones Técnicas
• Aclaraciones publicadas en el portal Mercado Publico
• Propuesta del Oferente.
• Resolución que adjudica el contrato. Toda documentación formal de la presente licitación
9.11.- ADJUDICACION - EVALUACION
Las ofertas serán evaluadas en una reunión de “Revisión de ofertas” compuesta por tres funcionarios de la Dirección Regional de Vialidad – XI región de Aysén y/o Oficina Provincial Vialidad Capitán Prat.
9.12.- ADJUDICACION – CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Se analizará y realizará la correspondiente evaluación aplicando la ponderación porcentual, establecidas en el Punto N°6 Criterios de evaluación.
El oferente más idóneo, será el resultado del más alto puntaje obtenido a través de la tabla de evaluación.
Los factores para la evaluación respectiva serán los siguientes:
Precio: 60%
Cumplimiento técnico tolva salera: 25%
Proveedor local:5%
Programa integridad:5%
Cumplimiento requisitos:5%
El puntaje final de cada oferta resultará al sumar el puntaje obtenido por cada factor descrito, aplicadas las ponderaciones indicadas para cada factor.
9.13.-READJUDICACIÓN
Se desiste de su oferta, o se entiende desistimiento de ésta.
Incurre en alguna causal de inhabilidad legal para contratar con el Estado.
No cumple con condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la respectiva contratación;
Si el proveedor no mantiene las condiciones originalmente ofertadas, producto de las cuales, resultó adjudicado.
En caso de concurrir alguna de las causales señaladas, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación original y, dentro del plazo de 10 días hábiles administrativos contados desde la publicación del acto administrativo que adjudicó, podrá adjudicar al oferente que le seguía en puntaje, o bien, a los que le sigan sucesivamente, según las readjudicaciones que se lleven a cabo en dicho plazo, a menos de que, de acuerdo a los intereses de la Dirección, se estime conveniente declarar desierta la Licitación.
9.14.- FECHA DE ADJUDICACIÓN
Si por causas no imputables a la Dirección de Vialidad, las que serán oportunamente informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicara un nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, a cual no podrá exceder los 05 (cinco) días hábiles adicionales al plazo establecido.
9.15.- RESOLUCION DE EMPATES
En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje de acuerdo con la siguiente secuencia, con los criterios que resulten aplicables:
- CUMPLIMIENTO TECNICO TOLVA SALERA
- PRECIO
- PROVEEDOR LOCAL
- PROGRAMA INTEGRIDAD
- CUMPLIMIENTO REQUISITOS
Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl.
9.16.- TERMINOS DE REFERENCIA DEL SERVICIO A CONTRATAR
El servicio de apoyo a la operación de esparcido de cloruro de sodio y/o cloruro de calcio como anticongelante de conservación en la Red Vial de la Provincia Capitán Prat, considera un vehículo equipado con tolva salera y chofer.
DESCRIPCION DEL SERVICIO
- El Servicio de apoyo operación de esparcido de cloruro de sodio o cloruro de calcio como anticongelante, considera, vehículo equipado con tolva salera y una persona (chofer), quien deberá ser acompañado por personal de la Oficina Provincial de Vialidad durante el periodo que se desarrollen las operaciones.
- El suministro de Cloruro de Sodio o Cloruro de Calcio, serán suministrados por la Dirección de Vialidad y transportados por el adjudicatario para ser esparcido en la plataforma del camino.
- El oferente deberá considerar en su oferta, el vehículo donde se pueda movilizar la persona que prestará el servicio y el acompañante de la Oficina Provincial. Este vehículo deberá estar acondicionado para transitar en las rutas de la provincia en época invernal y así asegurar que el servicio se cumpla de manera eficiente durante el invierno.
- El vehículo, deberá estar equipado con tolva salera montada sobre el pickup, que permita la visibilidad del operador y operación eficiente.
La tolva salera deberá tener una capacidad mínima de carga de 0,23 m3 por carga y cumplir con las siguientes características mínimas:
- Sistema de alimentación por gravedad con control de flujo.
- Tornillo sin fin vertical de acero
- Disco esparcidor (spinner) de 10” (≈ 25 cm)
- Sistema de accionamiento Motor: Eléctrico 12V DC Potencia: 1/3 HP
- Control, velocidad variable desde cabina, sistema ON/OFF con controlador electrónico
- Tolva: Polietileno de alta densidad resistente a corrosión
- La tolva deberá permitir la distribución homogénea tipo broadcast, control regulable de caudal. Operación continúa desde cabina y alta eficiencia en rutas urbanas y caminos secundarios
El vehículo de apoyo DEBE TENER IMPLEMENTADA la tolva salera, DEBE ADJUNTAR FOTOGRAFIA.
Las faenas de esparcido de cloruro de sodio o cloruro de calcio como anticongelante, se desarrollan en caminos de la Red vial, sector denominado periurbano de Cochrane y a no más de 50 km de la ciudad, según detalle:
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Descripción
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Rol
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Cruce Ruta 7 (Puente Barrancoso) - El Saltón
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X-902
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Cochrane - Lago Cochrane
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X-899
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Cruce X-890 (Balsa Baker) - Colonia Norte
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X-894
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Cruce X-901 - Cordón Esmeralda
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X-909
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Cruce X-899 - Reserva Tamango
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X-893
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Cruce X-893 - Río Cochrane
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X-891
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Cerro La Cruz - Reserva Tamango
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X-895
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Cruce Ruta 7 - Entrada Baker - Paso Roballos
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X-83
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Cruce Ruta 7 (Cochrane) - Pasarela El Salto - Balsa Colonia Sur
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X-892
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Cruce X-901 - Lago Brown
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X-903
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Cruce Ruta 7 (El Manzano) - Balsa Baker - Cruce Ruta 7
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X-890
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Cruce Ruta 7 (Puente Los Mellizos) - Río El Salto
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X-907
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Longitudinal Austral, Sector: Límite Regional - Punta Pisagua
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Ruta 7
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Cruce Ruta 7 - Pampa Calluqueo
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X-901
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Cruce Ruta 7 - Vertedero
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X-888
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Cochrane - Aeródromo
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X-889
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REQUERIMIENTOS ADICIONALES OBLIGATORIOS PARA LA PRESTACION DEL SERVICIOS
Equipo radio VHF, para comunicación con maquinaria durante el traslado y faena.
REQUERIMIENTOS PARA EL PERSONAL OBLIGATORIO
Traje térmico con reflectantes
Overol con cintas reflectantes
Chaleco reflectante
Zapato y guante de seguridad
Casco Obligatorio al bajarse del vehículo
Crampones para zapatos
REQUERIMIENTOS VEHÍCULO
Se recepcionaran ofertas de vehículos doble tracción, de fabricación del año 2020 en adelante. Vehículos con mayor antigüedad a la indicada, sus ofertas serán rechazadas.
Disponer de forma permanente de 2 pares de cadenas para la nieve con rompehielo en óptimas condiciones para su uso con tensores (durante el invierno).
Equipamiento mínimo de emergencia (linterna, extintor, botiquín de primeros auxilios, palas, eslingas y estrobos)
Carga de combustible completa al inicio de cada jornada.
Nota: Previo al inicio de los trabajos se realizara el chequeo del cumplimiento de todos los requerimientos por parte del mandante. Para lo anterior se levantara un acta de chequeo.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA RESPECTO DEL VEHICULO DE MOVILIZACION
Suministro de combustible, lubricantes y repuestos.
Mantenimiento, reparaciones y cualquier otra necesidad propia para el buen funcionamiento de la maquinaria.
El resguardo de la camioneta, luego de finalizada la jornada de trabajo.
Mantener report y/o bitácora de la camioneta
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA RESPECTO DEL PERSONAL
Viáticos de su personal en faena (alimentación y alojamiento)
Elementos de protección personal (zapatos de seguridad, casco, guantes, protectores auditivos, chalecos reflectantes, overol, etc.) y todo aquel que la Dirección de Vialidad considere necesario para el normal desarrollo de las faenas.
Pago de remuneraciones, horas extras, obligaciones derivadas de accidentes del trabajo, cumplimiento de leyes previsionales y de salud, según lo establece la ley y/o cualquier otro beneficio o daño a su personal que se desprenda de los servicios contratados, eximiendo de toda responsabilidad a la Dirección.
Si durante la ejecución de servicio, se produjese algún accidente a personal a cargo del adjudicatario, o daño de cualquier naturaleza, que afectare a terceros, estos serán de exclusiva responsabilidad del contratista.
Todo el personal que contrate el proveedor será por su cuenta y responsabilidad, no teniendo en consecuencia relación contractual con la Dirección Regional de Vialidad – XI Región de Aysén, de modo que sus remuneraciones, imposiciones provisionales, impuestos, bonificaciones y cualquier otro forma de remuneraciones le serán pagadas por el proveedor, asimismo será de este los costos que originen todo eventual accidente de trabajo que pudiere afectar el personal por el contrato.
CHOFER
El chofer, deberá poseer la correspondiente licencia de conducir vigente.
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a solicitar fundadamente el cambio de persona que realice la función de chofer.
JORNADA DE TRABAJO
El servicio de apoyo operación de esparcido de cloruro de sodio o cloruro de calcio como anticongelante se desarrolla entre 15 de junio 2026 y el 15 de agosto 2026, es decir 2 meses, de lunes a lunes, con una jornada normal de trabajo en terreno de 07 horas diarias entre las 07.00 AM (hora de salida a terreno) y hasta las 14.00 PM (hora de termino). En caso de continuar con condiciones climáticas adversas y que requieran la continuidad del servicio, este podría extenderse hasta el 30 de agosto de 2026, bajo las mismas condiciones establecidas en las bases de licitación.
SOLICITUD DE SERVICIO
La solicitud del servicio de apoyo operación de esparcido de cloruro de sodio o cloruro de calcio será formalizada con la ORDEN DE TRABAJO CAD.
CONSIDERACIONES GENERALES
El adjudicatario deberá considerar dentro del valor de cotización todos los costos asociados para realizar el servicio de apoyo operación de esparcido de cloruro de sodio o cloruro de calcio, como personal, gastos generales, utilidades y cualquier otro valor que considere adicional. El valor final cotizado será el que la Dirección pagara, de acuerdo a la medición correspondiente.
9.17.- PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
La empresa adjudicada deberá velar por el buen desarrollo de actividades, obligaciones y responsabilidades en materia de Higiene y Seguridad durante el desarrollo de la totalidad de los trabajos y/o servicios incluidos en el Contrato, con el propósito de hacer de cada uno de los trabajadores sea responsable de su propio puesto de trabajo, así como de cuidar de su salud e integridad física y la de sus pares de trabajo, contribuyendo a prevenir y a evitar los Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, por lo que deberá a lo menos:
Cumplir con la obligación de estar afiliada a una Mutualidad de Empleadores de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente, Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales, de la Ley Nº 16.744.
Promover actitudes y prácticas de seguridad, higiene y protección del medio ambiente, por todos los trabajadores participes en la ejecución del contrato.
Para efectos de definir temas relacionados con materias de prevención riesgos laborales que surjan en el desarrollo del contrato y que no estén contenidas en las presentes bases técnicas, el Administrador del Contrato podrá citar a una reunión de coordinación que permita abordar los temas en cuestión.
9.18.- CONFIDENCIALIDAD
El adjudicatario no podrá utilizar para ninguna finalidad ajena a la ejecución de los servicios licitados, la documentación, los antecedentes y en general, cualquier información, que haya conocido o a la que haya accedido, en virtud de la ejecución del contrato, o de cualquier actividad relacionada con este.
9.19- SUSCRIPCION Y APROBACION DEL CONTRATO
El contrato se formalizara con la emisión de la OC a través del Portal Mercado Publico, que deberá ser aceptada por el proveedor adjudicado.
9.20.- VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tendrá vigencia de 2 meses y/o hasta el agotamiento de los recursos, contados desde la total tramitación del respectivo acto administrativo que lo apruebe.
9.21.- INSPECCIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO
La inspección y supervisión del contrato implicara la realización de las siguientes funciones:
Velar por la correcta ejecución del contrato ciñéndose estrictamente a las Bases Administrativas Generales, términos de referencia de la licitación y propuesta técnica del contratista.
Formular las observaciones que le merezcan la ejecución de estas, la calidad del servicio u otros aspectos.
Generar la documentación correspondiente a cada estado de pago por partida solicitada del contrato.
En consecuencia, el funcionario designado como inspector y/o supervisor del contrato estará facultado para suspender pagos cuando se compruebe incumplimiento de las obligaciones contraídas, exigir cambio de vehiculo y/o chofer cuando existan circunstancias que así lo establezcan y vayan en desmedro del servicio contratado.
9.22.- COORDINADOR DEL CONTRATO
El proveedor adjudicado deberá nombrar un coordinador del contrato, cuya identidad deberá ser informado al Jefe Provincial de Vialidad Capitán Prat.
9.23.- CESION DE CONTRATO Y SUBCONTRATACION
El adjudicatario de la licitación, no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que se generan del desarrollo de esta licitación.
Informar oportunamente de cualquier hecho relevante que pueda afectar el cumplimiento del contrato
Representar al proveedor, en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato.
Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de este Contrato.
9.24.- GESTION DEL CONTRATO
HABILIDAD DE LOS PROVEEDORES: La Dirección de Vialidad, verificara la habilidad del proveedor adjudicado en el registro de Chileproveedores, debiendo encontrarse en calidad de HABIL. EVALUACION DE LOS PROVEEDORES: la Dirección de Vialidad, evaluara a través de formulario establecido, el comportamiento que tuvo la empresa. Los factores a medir son: Oportunidad de entrega - Calidad - Cumplimiento de especificaciones técnicas - Desempeño en general
9.25- TERMINO DEL CONTRATO
Las partes podrán poner término al Contrato que se suscriba, de común acuerdo, fundamentando sus razones, sin derecho a indemnización o compensación alguna. Con todo, la Dirección de Vialidad, previa Resolución fundada, pondrá, termino en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el oferente adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
Muerte o incapacidad del contratista: En caso de fallecimiento o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
Si se disuelve la empresa adjudicada.
Resciliación o mutuo acuerdo: Siempre que el proveedor no esté en mora de cumplir sus obligaciones.
Incumplimiento grave: Por parte del proveedor respecto a las obligaciones contraídas. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o ejecución parcial de las obligaciones correspondiente a la prestación del servicio.
Insolvencia del contratista: Si el contratista está en estado de notoria insolvencia, salvo que se mejoren las garantías entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
Imposibilidad de ejecución: Cuando no sea posible ejecutar la prestación en los términos pactados y no se pueda modificar el contrato. En este caso, la entidad solo pagará por servicios efectivamente entregados o prestados durante la vigencia del contrato. Si la imposibilidad es imputable al proveedor, se aplicarán las medidas correspondientes.
Interés público o seguridad nacional: Cuando lo exijan estas razones.
Otras causales: Establecidas en la ley, bases de licitación o contrato, que pueden incluir mecanismos de compensación e indemnización.
Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años,
Por incumplimiento a la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases.
9.26 MULTAS Y SANCIONES
Las multas y sanciones descritas en este punto se refieren a situaciones de incumplimiento en el desempeño del servicio “SERVICIO APOYO ESPARCIDO CLORURO”.
POR ATRASO EN LA IMPLEMENTACIÓN DEL SERVICIO
El retraso en la puesta en marcha del servicio, por causa imputable al adjudicatario, conforme a la fecha establecida (tres días hábiles, des de la Adjudicación de la Licitación), generará una multa diaria equivalente a 1 UTM diaria (valor del mes)
Sin embargo, si el atraso superara los 10 días hábiles, sin que exista fuerza mayor o caso fortuito, de acuerdo a lo establecido en los artículos 45 y 1547 del Código Civil, calificado como tal por la Fiscalía del MOP, se podrá poner término anticipado al Contrato.
El proveedor deberá comunicar por escrito a la Contraparte Operativa, la ocurrencia del hecho considerado como caso fortuito o fuerza mayor, para lo cual dispondrá de 5 días hábiles, a contar del día siguiente de producido dicho evento.
POR INCUMPLIMIENTOS DEL SERVICIO
El incumplimiento total o parcial de las obligaciones asociadas al servicio de apoyo operativo, administrativo o técnico comprometido en la oferta del proveedor será sancionado con una multa equivalente al 0.5 UTM por cada incumplimiento. Se considerará incumplimiento, entre otros:
Falta de ejecución de tareas encomendadas.
Ejecución deficiente del servicio.
Incumplimiento de plazos comprometidos. (Horario de inicio y término del servicio)
Si el incumplimiento señalado con cobro de multas, fuera reiterado y su ocurrencia superara las 3 oportunidades en un período de 1 mes, dará origen a poner término anticipado al Contrato.
No serán aplicadas las multas y sanciones establecidas precedentemente, en el evento de ocurrir fuerza mayor o caso fortuito, de acuerdo a lo establecido en los artículos 45 y 1547 del Código Civil, calificado por la Fiscalía del MOP, en base a los antecedentes presentados por el adjudicatario.
El adjudicatario, deberá comunicar por escrito a la Contraparte Operativa, la ocurrencia del hecho considerado como caso fortuito o fuerza mayor, para lo cual dispondrá de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de producido dicho evento.
POR NO CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS TANTO EN VEHÍCULO DE APOYO COMO PERSONAL:
El incumplimiento los requerimientos solicitados en dichas bases, la no presentación de vehículo de servicio y/o chofer, generará una multa diaria de 1 UTM por cada día de incumplimiento, considerándose como un solo evento diario.
Si el incumplimiento señalado con cobro de multas fuera reiterado y su ocurrencia superarán las 3 oportunidades en un período de 1 mes, dará origen a poner término anticipado al Contrato.
No serán aplicadas las multas y sanciones establecidas precedentemente, en el evento de ocurrir caso fortuito o fuerza mayor, de acuerdo con lo establecido en los artículos 45 y 1547 del Código Civil, calificado por la Fiscalía del MOP, en base a los antecedentes presentados por el adjudicatario.
El adjudicatario, deberá comunicar por escrito a la Contraparte Operativa la ocurrencia del hecho considerado como caso fortuito o fuerza mayor, para lo cual dispondrá de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de producido dicho evento.
9.27.- PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS
A continuación se detalla el procedimiento asociado a la aplicación de las respectivas multas.
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, el administrador del respectivo contrato, designado por el Jefe Provincial de Vialidad Capitán Prat, notificará inmediatamente de ello al proveedor, por carta certificada y/o correo electrónico, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva.
A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el administrador del correspondiente contrato, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
Vencido el plazo indicado en el punto anterior sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada.
Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, esta Dirección tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente. Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberé notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente, mediante carta certificada y/o correo electrónico
Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los números 3 y 4 anteriores, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar a reemplazar la respectiva sanción. La Dirección de Vialidad tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso.
La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que la Dirección Regional de Vialidad deba efectuar al proveedor, o bien, mediando el cobro de la garantía do cumplimiento, según cuál sea el caso
9.28.- TOPE EN LA APLICACIÓN DE MULTAS
El tope máximo para la aplicación de multas será el equivalente al 30% del monto total contratado, estando facultada la Dirección de Vialidad a poner término anticipado al contrato por causa imputable al proveedor, en caso que se supere el monto señalado.
En caso de proceder a la resolución del contrato por la causal señalada, se harán efectivas las multas y garantías respectivas, según el caso.
9.29.- PAGO POR SERVICIO REALIZADOS.
La Dirección de Vialidad cancelará la prestación de servicios con cargo a los fondos de la Provincia Capitán Prat, el equivalente a un monto mensual, según sea la cantidad de días de servicio contratados. El pago de la prestación de servicios se cursara a mes vencido, contra estado de pago y factura. El adjudicatario deberá adjuntar a su factura, el Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales. (F30-1)
9.30 AUTORIZACIÓN DE PAGO A TRAVÉS DE BANCO
Para efectos del pago, el proveedor deberá efectuar el trámite “Autorización de Pago a Través de Bancos”, que permite a personas naturales y jurídicas, autorizar de forma remota a la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas, abonar a la cuenta bancaria que indique el proveedor, el monto presentado a cobro. Para acceder a la autorización deberá dirigirse al enlace https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio, acceder mediante clave única y completar el formulario web. El mecanismo especifico de uso de esta herramienta, se detalla en documento ORD. N° 708 de fecha 29/12/2021, del Director Nacional de Contabilidad y Finanzas del MOP, que Instruye Sobre la Modalidad de Pago Electrónico a contar del año 2022.
9.31.- DEL PAGO
Los pagos se efectuaran dentro de los 30 días siguientes a la fecha de recepción de la factura correspondiente. Para cursar cada pago, la Empresa deberá contar con la visación del estado de pago correspondiente de la Contraparte técnica de la Dirección Provincial de Vialidad Capitán Prat.
La factura deberá extenderse, según detalle:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCION GENERAL DE OO.PP DCYF
Domicilio: Esmeralda N°316
Comuna: Cochrane
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
Forma de Pago: a 30 días o crédito
El proveedor deberá indicar en la factura:
“Código 1430 REG_11_DIRECCION_DE_VIALIDAD_P_COCHRANE”
La factura electrónica deberá ser enviada a correo electrónico mop_dte@paperless.cl
De acuerdo al Art 8 de la Ley 21.289, los pagos a proveedores de bienes y servicios, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos; por lo cual el proveedor deberá completar y entregar los formularios que al efecto tenga la Dirección de Contabilidad y Finanzas con los datos de una cuenta para dar cumplimiento a la ley
9.32.- MECANISMO PARA LA SOLUCION DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACION
Las consultas respecto a la adjudicación si no están especificadas en el Acta de Evaluación, se darán por escrito vía correo electrónico, estas deberán realizarse a la persona responsable de la Licitación
9.33.- PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus sub oferente adjudicados, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
9.33.- ANEXOS