Licitación ID: 3649-16-LE26
Reposición cubierta edificio consistorial de Quilleco
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE QUILLECO
Fecha de Cierre: 06-07-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Restauración de edificios, casas, señales o monumentos 1 Global
Cod: 72102802
Reposición cubierta edificio consistorial de Quilleco  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Reposición cubierta edificio consistorial de Quilleco
Estado:
Publicada
Descripción:
La obra denominada “REPOSICIÓN CUBIERTA EDIFICIO CONSISTORIAL DE QUILLECO” tiene por objetivo la reparación, mejoramiento y acondicionamiento de la techumbre del edificio consistorial de la Ilustre Municipalidad de Quilleco, con el fin de garantizar su adecuada funcionalidad, seguridad, estanqueidad y durabilidad. Las obras consideran la intervención de los elementos que conforman la cubierta, incluyendo el retiro y reemplazo de materiales deteriorados, reparación o reforzamiento de estructuras de soporte cuando corresponda, instalación de elementos de impermeabilización, hojalaterías, canaletas, bajadas de aguas lluvias y demás componentes necesarios para asegurar el correcto funcionamiento de la techumbre. La ejecución de los trabajos deberá realizarse procurando resguardar la continuidad operativa de las dependencias municipales, minimizando las molestias a funcionarios y usuarios, y adoptando todas las medidas necesarias para proteger las instalaciones existentes durante el desarrollo de las obras.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Ilustre Municipalidad de Quilleco
R.U.T.:
69.170.400-9
Dirección:
J. M. CARRERA N° 460
Comuna:
Quilleco
Región en que se genera la licitación:
Región del Biobío
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 06-07-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 23-06-2026 16:35:18
Fecha inicio de preguntas: 24-06-2026 8:00:00
Fecha final de preguntas: 30-06-2026 10:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-07-2026 10:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 06-07-2026 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 06-07-2026 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 10-09-2026 12:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 15 Días
Visita a Terreno Voluntaria 26-06-2026 12:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Bases Administrativas
Documentos Técnicos
1.- Plano
 
Documentos Económicos
1.- Anexo económico
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Requerimientos formales Dirigirse al punto N°20.1 de las bases administrativas 5%
2 Experiencia Oferentes Dirigirse al punto N°20.1 de las bases administrativas 30%
3 Plazos Dirigirse al punto N°20.1 de las bases administrativas 15%
4 Oferta Economica Dirigirse al punto N°20.1 de las bases administrativas 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: PRESUPUESTO MUNICIPAL
Monto Total Estimado: 40000000
Justificación del monto estimado la suma de 40.000.000.- Cuarenta millones de pesos incluyendo impuesto al valor agregado y cualquier otro derecho o pago que el o los contratistass adjudicados deba hacer para la ejecución total y completa de la misma.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto con impuestos incluidos
Tiempo del Contrato 60 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: WASHINGTON RIOSECO GUTIERREZ
e-mail de responsable de pago: finanzas@municipalidadquilleco.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE QUILLECO
Fecha de vencimiento: 11-01-2027
Monto: 5 %
Descripción: Dirigirse a las bases administrativas
Glosa: Garantiza Fiel Cumplimiento de Contrato “REPOSICIÓN CUBIERTA EDIFICIO CONSISTORIAL DE QUILLECO”.
Forma y oportunidad de restitución: Si el contratista cumple a cabalidad, la devolución de esta garantía será solicitada por escrito y previa recepción provisoria conforme de la obra y cumplido el plazo de la garantía. La Unidad Técnica se obliga a solicitar al oferente que mantenga vigente las
    Otras Garantías
Beneficiario: I. MUNICIPALIDAD DE QUILLECO
Fecha de vencimiento: 20-01-2028
Monto: 3 %
Descripción: La Garantía de Correcta Ejecución de las Obras, que debe ser pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, tomada por el oferente, a nombre de la Municipalidad de Quilleco, R.U.T. 69.170.400-9. Esta boleta debe ser emitida por un monto no inferior al 3% del TOTAL NETO contratado y deberá tener vigencia igual a 12 meses, a contar de la fecha de Recepción de la obra sin observaciones, la cual se devolverá una vez sancionada por Decreto Alcaldicio la liquidación del contrato. Esta boleta de garantía deberá ser ingresada a la Unidad Técnica de acuerdo con los reglamentos propios de esta, antes que la Municipalidad proceda a la devolución de la Boleta de fiel cumplimiento de contrato. La glosa en el caso deberá indicar expresamente: PARA GARANTIZAR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REPOSICIÓN CUBIERTA EDIFICIO CONSISTORIAL DE QUILLECO”. Ahora, si durante el plazo de vigencia de esta garantía, en la operación de las obras se presentaren problemas atribuibles a errores en la construcción, o mala calidad de los materiales utilizados por parte del contratista, este deberá solucionarlos de su costo. Si por cualquier motivo no lo hiciera, la Municipalidad podrá hacer efectiva esta garantía y con esos recursos realizar las reparaciones que sean necesarias. Por el contrario, si durante la vigencia de la presente garantía no presentare problemas en su funcionamiento u operación, esta boleta deberá ser devuelta al término de su vigencia juntamente con la LIQUIDACIÓN DE CONTRATO.
Glosa: PARA GARANTIZAR LA CORRECTA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REPOSICIÓN CUBIERTA EDIFICIO CONSISTORIAL DE QUILLECO”.
Forma y oportunidad de restitución: Dirigirse a las bases administrativas
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
MULTAS

La aplicación de las multas se hará sin forma de juicio y se cancelarán en la Tesorería Municipal, previo a la presentación del estado de pago.
La municipalidad podrá aplicar multas al contratista en caso de que éste presente incumplimientos establecidos en las bases. Todas las multas contempladas en las presentes Bases Administrativas serán aplicadas en Unidades de Fomento (UF), calculadas conforme al valor vigente al día de su aplicación, y su cálculo para los efectos del pago se hará al valor del día en que dicha multa sea cursada.
Se podrá aplicar multas, por los siguientes hechos: Estas se clasificarán en leves, graves y gravísimas:
a) Multas Leves:
1.
No encontrarse disponible, el libro de obras: 1 UF, por cada día.
b) Multas Graves:
1.
El no pago de remuneraciones o de las cotizaciones previsionales y/o de salud y, en general, el incumplimiento de las leyes laborales, normas relativas a la gestión y/o remuneraciones del personal, tendrá una multa de 3 UF, por cada trabajador y por cada vez que se detecte algún incumplimiento.
2.
El aceptar y/o solicitar dádivas, comportamiento impropio hacia el público en general e inspección técnica, se aplicara una multa equivalente a 3 UF, por cada ocasión y por cada trabajador que incurra en la falta.
3.
Incumplimiento en la entrega de los elementos de protección personal, en cantidad y plazos establecidos, se aplicará una multa equivalente a 3 UF, por cada ocasión y por cada trabajador que no cuente con los E.P.P.
4.
Si se sorprende personal, sin su contrato de trabajo vigente en obra. 5 UF.
5.
Por incumplimientos a instrucciones específicas realizadas por el ITO, registradas en el Libro de Obras: 2UF, por cada evento, y de 1UF por cada día de atraso en la subsanación del incumplimiento o instrucción, a contar de 3 días de notificada la multa por el no cumplimiento.
6.
Por detectarse, el consumo de alcohol, drogas u otras sustancias similares por parte del personal, por los efectos adversos a su propia seguridad, como por el riesgo que deriva de esta acción, para otros trabajadores o terceros. Estas faltas serán multadas con un equivalente a 5UF, por cada ocasión y/o trabajador detectado en el incumplimiento, además de la facultad de la I.T.O. de solicitar la desvinculación inmediata del trabajador y que sea reemplazo dentro de las 24 horas siguientes.
7.
Si las partidas de la carta Gantt presentada originalmente sufre modificaciones, debe ser actualizada a lo menos mensualmente, si la carta no se encuentra modificada o no se respetan los plazos ahí señalados, sin previa autorización, se aplicará una multa de 5UF por cada ocasión.
8.
La no renovación de las garantías del contrato ameritara la aplicación de una Multa de 5UF, por cada día de atraso. las cuales no deberán superar los 10 días hábiles, excediendo este plazo será causal para término anticipado de contrato.
9.
Si se sorprende al Contratista disponiendo residuos que corresponden a la ejecución del proyecto, en sitios, veredas, u otros sin la debida autorización, respecto de la legislación ambiental, sanitaria y laboral, se sancionara con una multa de 10UF por cada ocasión en incurra en dicha falta.
c) Multas Gravísimas:
1.
La no concurrencia oportuna del contratista a la entrega del terreno sancionada con una multa diaria de 2 U.F, la cual no deberá superar los 10 días hábiles, excediendo este plazo será causal para término anticipado de contrato.
2.
Extravío definitivo del libro de obras: 10 UF. (Sin perjuicio de su reconstrucción)
3.
Incumplimiento del plazo de ejecución original, sin haber presentado solicitud de extensión: 5 UF, por cada día de atraso.
4.
Incumplimiento del plazo de ejecución, con solicitud de extensión: 3UF, por cada día de atraso.
5.
Incumplimiento del plazo adicional para solucionar observaciones: 3UF, por cada día.
6.
Hacer abandono de la obra, sin aviso previo y autorizado por la Municipalidad: 30UF, sin perjuicio del término de la obra.
7.
No prorrogar oportunamente la vigencia del instrumento de creación de unión temporal, 20UF por cada día de atraso.
Para estos efectos, su cálculo para los efectos del pago se hará al valor del día en que dicha multa sea cursada.
Cuando, a juicio de la Municipalidad, los incumplimientos del contratista sean graves de tal manera que amenacen la correcta ejecución del proyecto y previo informe detallado del ITO, la Municipalidad deberá poner término anticipado al contrato, haciendo efectiva la Boleta de Garantía, sin ulterior responsabilidad para esta Corporación.
Se define como tope de aplicación de multas, el 30% del monto total del contrato pactado en la presente licitación, lo que constituirá incumplimiento grave del contrato, efectuados los cálculos respectivos. Si el monto de las multas excede el porcentaje señalado, se considerará que existe un incumplimiento grave de las obligaciones que establece el contrato.
Los ingresos obtenidos con ocasión de la aplicación de multas por concepto de incumplimientos de las obligaciones contenidas en los actos o contratos que, a su vez, la Municipalidad celebre con terceros producto de este convenio, no constituyen ingresos propios para el Municipio, y, en consecuencia, deberá reconocer esos dineros como fondos en administración y posteriormente ser restituidos.
Será labor del Inspector Técnico de la Obra (ITO) informar a la Unidad Técnica y al oferente las Multas a las cuales se encuentre afecto el Contratista, aplicándose el siguiente procedimiento:

Resolución de Empates

Resolución de Empates: En caso de empates de los oferentes, se optará por aquel que presente mayor puntaje en el criterio de evaluación A) PRECIO. Si persiste el empate se resolverá por el mayor puntaje en el criterio B) EXPERIENCIA, Si persiste el empate, se resolverá por el mayor puntaje en el criterio C) PLAZO, De seguir con empate, se optará por el oferente que ingresó primero la oferta a la plataforma www.mercadopúblico.cl

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

Consultas respecto de la adjudicación: Contados desde que se publique el Decreto Alcaldicio de adjudicación y por un plazo de 24 horas, solo los oferentes no adjudicados podrán formular consultas exclusivamente sobre el proceso de adjudicación, las que serán respondidas por la Municipalidad también en un plazo de 48 horas

Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.
El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.
El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.
El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4.
El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia.
5.
El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.
El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.
El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
RECEPCIÓN DE LA OBRA
Una vez terminados los trabajos, el contratista informara por escrito el termino de las obras a la ITO, para gestionar posteriormente la Recepción de las Obras, (La carta deberá ser ingresada en la oficina de Partes de la I. Municipalidad de Quilleco), la que verificará el Fiel Cumplimiento de las Especificaciones del Contrato, Bases Técnicas, normas vigentes y demás antecedentes que rigen el proyecto, y se comunicará por escrito, si constata efectivamente su término, dentro del plazo de 5 días a la Dirección de Obras Municipales, indicando en él la fecha en que el contratista puso término a la obra. La Recepción de las obras se efectuará por una comisión compuesta por tres funcionarios, designados Mediante Decreto Alcaldicio. La cual deberá constituirse en la obra en un plazo no superior a 10 días hábiles contados desde la fecha que se les notifique dicha designación. Los integrantes de esta comisión no podrán tener ningún conflicto de interés relacionado con la ejecución de este proyecto. Si alguno lo tuviere deberá hacerlo presente de inmediato con la finalidad de nombrar a otro funcionario en su reemplazo. El día y hora fijado para la recepción debe ser comunicado al contratista con dos días hábiles de anticipación, por lo menos, para que concurra al acto, si lo desea. Este proceso tiene por finalidad verificar que la totalidad de las partidas contratadas se encuentren debidamente ejecutadas, operativas, limpias, en buen estado de terminación, y aptas para su uso o funcionamiento. La recepción podrá realizarse con o sin observaciones. En caso de existir observaciones, estas deberán ser subsanadas por el contratista dentro del plazo que señale la ITO, sin que ello implique costos adicionales para el mandante El acto de recepción será respaldado mediante el Acta de Recepción de la Obra, suscrita por la entidad mandante, el ITO y el contratista, y constituirá un requisito indispensable para la tramitación de la liquidación final del contrato La Comisión Receptora durante la Recepción general de la Obra, verificará lo siguiente: a) Buena ejecución de los trabajos (que no se hayan producido daños atribuibles a ejecución defectuosa).
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.