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1.-
DECRETO EXENTO Nº 1843
SAN JOSE, 23 DE MAYO DE 2024.
“LA ALCALDIA DECRETO HOY LO QUE SIGUE”:
VISTOS: La solicitud de pedido N° 3226, 3227 de DOLS, para construcción de refugios peatonales en diferentes sectores de la Comuna de Mariquina; Solicitud de pedido N° 843,844, 845 de fomento productivo; solicitud de pedido N° 3324 de PDTI Mariquina; y las facultades que confiere a los Alcaldes la ley 18.695 del año 1988, Orgánica Constitucional de Municipalidades, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó por D.F.L Nº 1, publicado en el Diario Oficial con fecha 26 de julio del 2006 y sus modificaciones posteriores.
CONSIDERANDO las solicitudes de pedidos, y el objetivo de la adquisición con el fin de construir refugios peatonales en diferentes puntos de la Comuna de Mariquina, remodelación de oficina de Fomento Productivo-UDEL, y para Programa Hortalizas.
DECRETO:
1.- APRUEBASE, bases de Licitación pública denominada: ADQUISICION DE MADERAS Y MATERIALES DE CONSTRUCION, para construir refugios peatonales en diferentes puntos de la Comuna de Mariquina, remodelación de oficina de Fomento Productivo-UDEL, y para Programa Hortalizas.
2.- EFECTUESE El llamado a propuesta publica de acuerdo a la ley de compras públicas N° 19.886 y su reglamento.
3.- PUBLIQUESE, los antecedentes que regirán la Propuesta en el portal www.mercadopublico.cl
4.- DESIGNASE a los siguientes funcionarios municipales como integrantes de la comisión revisora, quienes deberán revisar, evaluar y recomendar Propuesta a Adjudicar: Si lo funcionarios antes mencionados se encontraran haciendo uso de feriado legal o licencia médica, la evaluación la realizara el funcionario subrogante o suplente.
• Srta. Daniela Ulloa Barrios, Rut 16.319.833-9, Administrativo, emergencia@munimariquina.cl
• Sr. Herman Tribiños Quena, Rut 16.161.127-1, Jefe de Gabinete, jefegabinete@munimariquina.cl
• Sr. Moises Cardenas Figueroa, Rut 20.086.027-6, Director de Operaciones Sociales y Logística, directordeoperaciones@munimariquina.cl
5.- Se hace presente que se consideraran sujetos pasivos de la Ley N° 20.730, los integrantes de la comisión evaluadora formada en el marco de la Ley N° 19.886, sólo en lo que respecta al ejercicio de dichas funciones y mientras integren esa comisión.
ANOTESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE,
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