La omisión de cualquier documento, antecedente o dato de los referidos en las presentes bases, será considerada dentro del proceso de licitación obteniendo mayor o menor evaluación conforme los criterios preestablecidos en bases técnicas.
No obstante lo anterior, DAEM DE LA ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE ROMERAL se reserva el derecho de admitir ofertas que presenten errores u omisiones que obedezcan a una justa causa de error, siempre que la información defectuosa, errónea u omitida no sea de fondo y se deduzca de la sola lectura de los restantes antecedentes que acompañen la propuesta y cuando ello no signifique alterar el tratamiento igualitario de los oferentes ni impida la correcta evaluación de las propuestas, solicitando rectificación de errores u omisiones conforme lo indicado en estas bases administrativas.
Sin embargo, no se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta cuya obtención sea posterior al vencimiento del plazo para presentar ofertas. Art 40 del Decreto Nº 250 que aprueba la Ley Nº 19.886.
El plazo para presentar dichos antecedentes será de 48 horas contado desde el requerimiento que se efectúe por la Comisión a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública.