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Resolución de Empates |
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En caso de empate, se procederá a desempatar de la siguiente manera:
a.- Camiones para transporte de 8 a 10 personas y capacidad de agua de 1.100 a 2.200 litros:
1.- La primera opción la tendrán los camiones con la mayor capacidad de transporte personal y capacidad de agua.
2.- La segunda opción la tendrán los camiones con la mayor capacidad de agua.
3.- La tercera opción la tendrán los camiones con la mayor capacidad de transporte personal.
4.- Si la igualdad persistiese quedará aquel oferente que haya presentado primero su oferta al Portal.
b.- Camiones para transporte de 5 a 7 personas y capacidad de agua de 8.000 a 10.000 litros:
1.- La primera opción la tendrán los camiones con la mayor capacidad de transporte personal y capacidad de agua.
2.- La segunda opción la tendrán los camiones con la mayor capacidad de agua.
3.- La tercera opción la tendrán los camiones con la mayor capacidad de transporte personal.
4.- Si la igualdad persistiere quedará aquel oferente que haya presentado primero su oferta al Portal.
c.- Camionetas doble cabina:
1.- La primera opción la tendrán las camionetas que hayan postulado con un estanque de agua de mayor capacidad.
2.- La segunda opción la tendrán las camionetas que hayan postulado con un estanque de retardante de mayor capacidad.
3.- La tercera opción la tendrán las camionetas que hayan postulado con un estanque de espuma de mayor capacidad.
4.- Si la igualdad persistiere quedará aquel oferente que haya presentado primero su oferta al Portal.
d.- Furgones:
1.- La primera opción la tendrán los furgones que tengan la mayor capacidad de transporte personal.
2.- Si la igualdad persistiere quedará aquel oferente que haya presentado primero su oferta al Portal.
La Corporación podrá rechazar aquel vehículo que, habiendo sido preseleccionado, no cumpla en forma satisfactoria, a su juicio, los requerimientos mecánicos, técnicos o de implementación y equipamiento, según lo exigido en estas bases.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta Licitación, deberán ser realizadas a través del mecanismo que se dispone en el sitio www.mercadopublico.cl asociado a esta licitación pública, hasta la fecha de recepción de consultas señalada en el cronograma, indicando el numeral y tipo de base que da origen a la consulta. Las respuestas se pondrán a disposición de los oferentes, en la página web www.mercadopublico.cl hasta la fecha establecida en estas bases para la publicación de respuestas.
Sin perjuicio de lo anterior y hasta el plazo en que deben responderse las consultas, CONAF se reserva el derecho de emitir las aclaraciones a las Bases que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas por los interesados durante el proceso de Licitación. Tales aclaraciones se entenderán informadas a los participantes, al encontrarse publicadas en la página web www.mercadopublico.cl.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
Para la formalización del contrato y posterior forma de pago:
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales (F30).
- Certificado de Cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo o bien, copias de las cotizaciones previsionales pagadas, liquidaciones de sueldos firmadas y libro de remuneraciones, documentos que deben estar referidos a las remuneraciones del mes anterior al servicio facturado, respecto de los/as conductores que hayan prestado servicios en virtud del contrato suscrito con la Corporación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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b) La Corporación podrá pedir, que se salven errores u omisiones formales siempre que ello no otorgue una situación de privilegio respecto de los demás competidores, la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que estos se hayan producidos u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables. El oferente tendrá un plazo fatal de 72 horas para completar estos requisitos, después de notificado.
En el criterio de evaluación, “Cumplimiento de requisitos formales”, se le asignará menor puntaje a las ofertas que no cumplieron dentro del plazo original con todo lo requerido, operando así el mecanismo del Artículo 40 del D.S. 250 Reglamento de la Ley 19886. Si concedido un plazo adicional, o solicitada la aclaración de algún antecedentes o dato de la postulación, el oferente no lo hiciere dentro del plazo adicional otorgado, su oferta podrá no ser evaluada.
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Pacto de integridad |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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TERMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
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Sin perjuicio de lo señalado en el punto 2.3.2 y que dice relación con el cobro de garantía, el contrato suscrito entre los proveedores y la Corporación Nacional Forestal, podrá terminarse anticipadamente en los siguientes casos:
2.11.1. Cualquier incumplimiento de las obligaciones del Contratista, calificado como grave por CONAF, dará derecho a la Corporación para poner término al contrato de inmediato, sin ningún tipo de indemnización a favor del contratista y sin perjuicio del cobro de las garantías correspondientes, cuando se configuren cualquiera de las siguientes circunstancias:
a. Cuando el contratista dejara sin servicio de transporte a una brigada, por más de cinco días completos, continuos o discontinuos en un mes.
b. También se podrá poner término al contrato de un vehículo cuando éste acumule más de cinco multas, dentro de la temporada.
c. Si el Adjudicatario/a fuere declarado en quiebra o manifiesta insolvencia financiera.
d. Si se disolviese la empresa Adjudicataria.
e. Cuando CONAF y el Adjudicatario/a de común acuerdo resuelvan poner término al Contrato.
f. Si el Adjudicatario/a es sometido/a proceso por algún delito que merezca pena aflictiva.
g. Si el Adjudicatario/a no iniciara la ejecución del servicio en el plazo fijado, habiendo sido notificado oportunamente.
En estos casos, la Corporación deberá demandar la correspondiente indemnización, sin perjuicio de las multas pactadas y del ejercicio de la facultad de hacer efectiva la garantía bancaria de fiel cumplimiento a que se hace referencia en el punto Nº2.3.2.-
2.11.2. CONAF tendrá la facultad de poner término al contrato en forma anticipada si las condiciones climáticas u otras causas así lo aconsejen. En este caso, no estará obligada a indemnizar al Contratista, por ningún concepto.
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FORMALIZACION DEL CONTRATO |
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El referido contrato se suscribirá dentro de los 10 días hábiles siguientes, a la entrega total de los documentos necesarios para su formalización.
Los proveedores adjudicados dispondrán de 10 días hábiles para la entrega de los documentos requeridos, de acuerdo a Ley de Subcontratación:
Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad (dependiendo de la cantidad de trabajadores), si procede.
Constancia de afiliación a alguna Mutualidad privada o del Estado.
Haber entregado inducción sobre normas de seguridad y uso de Elementos de Protección Personal.
Manual o Procedimiento ante un accidente de trabajo o de trayecto para su personal
Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales (F30).
También deberán acompañar los siguientes documentos, tanto para el chofer titular como el suplente:
Hoja de vida y certificado de antecedentes del conductor.
Fotocopia Licencia de conducir según vehículo a manejar, legalizada ante notario.
Certificado legalizado de curso manejo a la defensiva (ver punto 1.4.e) si lo tuviere o estar dispuesto a recibir capacitación en el tema por parte de la Corporación.
Copia de los contratos de trabajo de los choferes titulares y de reemplazo del vehículo en cuestión, salvo que este sea el propietario del mismo.
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DE LOS SEGUROS |
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Conocido los resultados de la selección, el Contratista deberá contratar a su costo, para cada vehículo que preste Servicio a CONAF, los seguros respectivos, cubriendo por lo menos los riesgos indicados a continuación:
1.- Daños propios
2.- Daños contra terceros (responsabilidad civil) que cubra todo tipo de daño, incluido el moral por un monto mínimo de 500 UF.
3.- Robos
4.- Seguro obligatorio contra daños personales, establecidos por la Ley de Tránsito (significa tener la situación al día de este seguro).
5.- Seguro por asiento asignado para transporte de combatientes (13 personas en camiones, 4 en camioneta doble cabina ,4 en Camión ¾ y 15 en furgones), tanto en la carrocería como en la cabina, por un monto unitario de UF 70, que cubra incapacidad y muerte por accidentes. Este seguro deberá ser tomado a favor de la Corporación.
La vigencia de las pólizas señaladas deberá cubrir todo el período del Servicio del o los vehículos. De lo contrario, se aplicará lo establecido en el 2.13.
El oferente seleccionado deberá entregar, previo a la suscripción del contrato, copia de las pólizas emitidas por la compañía de seguros.
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SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO |
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Por incumplimiento del servicio contratado y prestado por el Contratista e imputable a él, CONAF se reserva el derecho de aplicar las siguientes sanciones:
a) Por inoperatividad del vehículo: Por toda situación que signifique, que el vehículo quede inoperativo, ya sea por una hora, fracción de hora o más, se aplicará una multa de 1 UF (independiente del motivo que lo genere y del tiempo que se demore en solucionarlo).
b) Por cualquier falla que presente el vehículo, ya sea por falta o atraso de conductor, por documentación incompleta, por falta de combustible, peajes, Fondo fijo, entre otros, se aplicarán las siguientes sanciones:
b.1.- Aplicación de una multa de 0,5 UF por cada hora de inoperatividad (adicional a lo aplicado en el punto anterior).
b.2.- Aplicación del descuento proporcional que resulte del valor mensual, por cada hora no trabajada.
Las sanciones señaladas en las letras a) y b) aplicarán sólo al tiempo relacionado con el turno de la unidad o brigada a la cual ha sido asignado.
c) Si el vehículo requiere un tiempo de reparación mayor o igual a 5 (cinco) días, la CONAF podrá rescindir el contrato, a no ser que el contratista proceda a reemplazar el vehículo inmediatamente por otro de similares características.
d) En caso que el(los) conductor(es) asociados a un móvil, no usaran el vestuario requerido en el Punto 1.4.i , le será aplicada una multa de 0,25 UF por cada día que se verifique este incumplimiento. Si posterior al sexto día, esta situación persiste, se aumentará a 1(una) UF/día/ conductor.
Si la situación no ha sido resuelta al cabo de 30 días, la Corporación podrá rescindir el contrato independiente de la aplicación de la multa correspondiente.
Una vez verificados los incumplimientos descritos precedentemente, ya sea a través de denuncias fundadas, quejas de los usuarios o inspecciones rutinarias realizadas por personal de la Corporación; corresponderá aplicar las sanciones señaladas, las cuáles le serán notificadas al contratista por correo electrónico y/ o carta certificada.
Para la aplicación de multas, se tomará el valor de UF del día de ocurrido el evento.
El proveedor dispondrá de 5 días corridos para que emita los descargos en relación a cualquiera de los incumplimientos indicados anteriormente.
Si estos descargos no resultan atendibles a criterio de la Corporación, ésta emitirá, al mes siguiente de ocurrido el evento que dio origen a la(s) multa(s), una factura cobrando el importe de las mismas.
Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación le informará al proveedor los días de inoperatividad que deben ser descontados de la próxima facturación.
Todo lo anterior, no impedirá que CONAF pueda ejercer la facultad de poner término anticipado al contrato, indicado en el Punto 2.9 de estas Bases de Licitación.
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