Licitación ID: 3842-25-LE24
AITO CONSERV PAVIMENTOS URBANOS AÑO 2023 PUNITAQUI
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE PUNITAQUI
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 29
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Unidad
Cod: 72131702
ASESORIA A LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE LA OBRA CONSERVACIÓN PAVIMENTOS URBANOS AÑO 2023, COMUNA DE PUNITAQUI  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
AITO CONSERV PAVIMENTOS URBANOS AÑO 2023 PUNITAQUI
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Tercer Llamado para Asesoría de Inspección Técnica de Obras AITO, como apoyo a la función que cumplen las Direcciones de Obras Municipales, en relación con el control físico y financiero del proyecto de la referencia, que se ejecuta con recursos de la FNDR del Gobierno Regional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Oficina de Proyectos
R.U.T.:
69.040.900-3
Dirección:
Caupolican 1147
Comuna:
Punitaqui
Región en que se genera la licitación:
Región de Coquimbo
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 23-08-2024 10:05:00
Fecha de Publicación: 13-08-2024 16:52:15
Fecha inicio de preguntas: 13-08-2024 17:01:00
Fecha final de preguntas: 16-08-2024 20:01:00
Fecha de publicación de respuestas: 19-08-2024 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 23-08-2024 10:06:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 23-08-2024 10:06:00
Fecha de Adjudicación: 29-10-2024 10:06:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- DE ACUERDO A BASES Y DEMAS ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA PRESENTE PROPUESTA PÚBLICA.
Documentos Técnicos
1.- DE ACUERDO A BASES Y DEMAS ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA PRESENTE PROPUESTA PÚBLICA.
 
Documentos Económicos
1.- DE ACUERDO A BASES Y DEMAS ANTECEDENTES QUE FORMAN PARTE DE LA PRESENTE PROPUESTA PÚBLICA.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Antecedentes Administrativos DE ACUERDO A LO CITADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES. 10%
2 Precio DE ACUERDO A LO CITADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES. 30%
3 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios DE ACUERDO A LO CITADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES. 20%
4 Experiencia de los Oferentes DE ACUERDO A LO CITADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES. 30%
5 Antecedentes Profesionales DE ACUERDO A LO CITADO EN LAS BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES. 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto del Gobierno Regional de Coquimbo
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 5 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Claudio Rojas Caniupan
e-mail de responsable de pago: crojasc@munipunitaqui.cl
Nombre de responsable de contrato: Cristobal Jure Adaros
e-mail de responsable de contrato: cjure@munipunitaqui.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-53-2731006-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Ilustre Municipalidad de Punitaqui
Fecha de vencimiento: 23-11-2024
Monto: 100000 Peso Chileno
Descripción: No hay información
Glosa: SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES, PUNTO N°6.1
Forma y oportunidad de restitución: SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES, PUNTO N°6.1
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Gobierno Regional de Coquimbo
Fecha de vencimiento: 24-02-2025
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES, PUNTO N°6.5
Forma y oportunidad de restitución: SEGÚN BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES, PUNTO N°6.1
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
El Gobierno Regional de Coquimbo ha dispuesto un monto disponible de $13.234.000.- (son: trece millones doscientos treinta y cuatro mil pesos) para desarrollar la asesoría en un plazo de 5 meses, con un promedio mensual máximo de honorarios de $2.646.800.- (Dos millones seiscientos cuarenta y seis mil ochocientos), impuestos incluido, por lo que cualquier oferta que exceda el monto deberá con visto bueno del Gobierno Regional. No obstante, se indica el plazo de 5 meses, la prestación de estos servicios queda supeditado a la ejecución de la Obra “Conservación Pavimentos Urbanos Año 2023, Comuna De Punitaqui”, por lo que si excede o disminuye el plazo real de ejecución estos servicios se extenderán o disminuirán conforme lo haga la obra en comendo. En caso de aumento este dependerá de la disponibilidad presupuestaria, autorizada por el Gobierno Regional de Coquimbo. La oferta es a suma alzada, precio fijo, sin derecho a reajuste ni intereses de ningún tipo. La oferta deberá expresarse en pesos moneda nacional de Chile y se adjudicará al Consultor que presente la mejor oferta para los intereses del mandante. Se hace presente que el valor de la oferta deberá incluir todo gasto que irrogue el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él, incluyendo los impuestos correspondientes y todos los gastos que se generen por concepto de garantías, póliza de seguro y protocolización notarial del contrato, entre otras, además de gastos para el correcto cumplimiento le contrato como movilización, alojamiento, alimentación, entre otras. Se exigirá que el consultor Adjudicado cuente con movilización propia para su mejor desplazamiento de la obra.
DESISTIMIENTO Y SUCESIÓN
La Municipalidad podrá en el caso de que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el Contrato, no entregue la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato en el plazo establecido para estos efectos, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente efectuar una nueva licitación declarando desierto el proceso anterior, sin perjuicio de hacer efectivas las respectivas garantías.
CONTRATO
El consultor deberá ser un profesional de la construcción, preferentemente con inscripción vigente en cualquier categoría en el rubro y especialidades correspondientes del Registro de Consultores Chilecompra o en la especialidad Asesoría de Obras de Edificación del Registro de Consultores del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) o bien Ministerio Obras Públicas (MOP). Además, deberá contar con la Calificación de Habilidad conferida por el Registro de Chile Proveedores. El plazo para suscribir y protocolizar el contrato será de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente a la fecha de la presentación de la Boleta de Garantía por concepto de Fiel Cumplimiento de Contrato. Si el Consultor no firmare el contrato en el plazo señalado en el párrafo precedente, su oferta podrá dejarse sin efecto y la Garantía de Seriedad respectiva quedará a beneficio del Municipio, pudiendo en ese caso aceptarse la oferta del otro proponente o desestimarse la licitación. Previo a la suscripción del contrato, el Consultor deberá acreditar mediante certificado emitido por alguna empresa especializada, que no registra documentos protestados ni deudas en mora. El contrato que se firme deberá incorporar como parte integrante de él, los términos de las presentes Bases Administrativas, aclaraciones y/o Adiciones a las Bases, el contenido de la Oferta del Consultor adjudicado, así como las observaciones que pudiera emitir el Municipio hasta antes de la fecha de suscripción del Contrato. Toda la discrepancia que surja sobre las interpretaciones del contenido del contrato, será resuelta por el Asesor Jurídico del Municipio de Punitaqui, sin perjuicio de las atribuciones que al respecto tiene la Contraloría General de la República. Para todos los efectos de la aplicación del contrato, el Consultor tendrá su domicilio u oficina establecido en la ciudad de Punitaqui. Los gastos que se deriven de la aplicación del contrato, serán de cargo exclusivo del Consultor, el Contrato comenzará a regir a contar de la fecha que se consigne en el mismo. El Consultor en caso que sea persona natural, NO deberá mantener más de un contrato de asesoría con cualquier otro organismo público. Tan pronto como se adopte un pronunciamiento sobre las ofertas, los documentos de garantía de seriedad de ellas, se devolverán a los oferentes cuyas propuestas no fueron aceptadas. El consultor seleccionado NO adquiere la responsabilidad administrativa de la obra, ni la representación de la Ilustre Municipalidad de Punitaqui.
AMPLIACIÓN DE PLAZO
El mandante podrá aumentar el plazo de ejecución de Servicio en caso de fuerza mayor, modificación de contrato, o problemas administrativos comprobadamente ajenos al contratista. Se entenderá como fuerza mayor que justifique una solicitud de aumento de plazo de ejecución de Servicio, una situación climática de emergencia o catástrofe nacional o local, u otra situación que afecte la correcta ejecución del servicio y que sea demostrada adecuada y oportunamente al mandante. Lo señalado dará derecho al contratista al aumento en la duración de los servicios al mismo valor contratado mensualmente, previa verificación de parte del Mandante de la disponibilidad presupuestaria respectiva. Este aumento de plazo de los servicios obliga al contratista a modificar la boleta de garantía respectiva. Las ampliaciones de plazo no podrán ser superiores a seis meses.
LIQUIDACIÓN POR CAUSAS IMPUTABLES AL CONSULTOR
El mandante podrá poner término anticipado al contrato de ejecución de obras, por causas imputables al consultor, en los siguientes casos: a) Si el consultor, por causa que le sea imputable, no se presentase oportunamente a la entrega de terreno y tal situación persistiese por un período superior a 10 días corridos. De igual forma, si efectuada la entrega de terreno, éste no iniciare los servicios dentro del plazo máximo de 5 días corridos a partir de ésta. b) Si el consultor no cumple oportunamente con mantener vigentes las garantías por fiel cumplimiento de contrato y esta situación persistiese por más de 30 días corridos, contados desde la fecha en que contractualmente debían ser renovadas. c) Si el consultor presente actitudes de insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente comprobado y tal situación persistiese o sea reiteradas. d) Por grave incumplimiento de las instrucciones impartidas por la inspección técnica de obras. e) Si por negligencia del consultor, no inspeccionase en la ejecución de la obra, y ésta quedase con defectos graves que no pudiesen ser reparados y comprometieran la seguridad de la misma. f) Si el consultor abandona la ejecución de los servicios por tres o más días hábiles seguidos, sin razón alguna. g) Si el consultor es declarado es declarado en quiebra. h) Si el consultor es sometido a proceso por delito que merezca pena aflictiva. i) Si el consultor fuere una sociedad y se disolviere, o emitiere documentos comerciales protestados que se mantuvieren impagos por más de 60 días, o no fuesen debidamente aclarados durante ese plazo. j) Si el consultor no cumple con lo estipulado en el contrato y sus anexos. k) Por cualquiera otra causa que a juicio de la unidad técnica amerite la liquidación. Habiéndose resuelto anticipadamente el contrato, por cualquiera de las causas señaladas, se harán efectivas las garantías del contrato las que servirán para responder deudas pendientes con los trabajadores (sueldos, pagos previsionales), multas a que hubiere lugar, o cualquier otro gasto o perjuicio que resulte para el mandante con motivo de esta liquidación. Todos los gastos administrativos que hubiere que efectuar con motivo de la liquidación anticipada del contrato serán de cargo del contratista. Efectuado el término anticipado del contrato de Consultoría, la Municipalidad deberá informar tal situación al Gobierno Regional y a la o las Instituciones que administren el o los registros a los cuales pertenezca el contratista y sugerir la eliminación del mismo.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.