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DEFINICIONES |
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Además de las definiciones contempladas en el artículo 2 del Reglamento de la Ley 19.886, las que forman parte integrante de las presentes Bases, se entenderá por:
a. Mandante: Corporación Nacional Forestal, que es la entidad que encomienda los trabajos materia de la presente Licitación Pública, poniendo a disposición del oferente los fondos necesarios para la realización de los trabajos.
b. Unidad Técnica de CONAF: Dependencia de la Corporación Nacional Forestal, a la que corresponde efectuar el control técnico y administrativo del desarrollo de la obra y de sus etapas de entrega.
c. Especificaciones Técnicas: El pliego de características que deberán cumplir los trabajos materia de la presente licitación, incluyendo las normas sobre procedimiento de elaboración, exigencia a que quedan sometidos los materiales y pruebas que deben superar las diferentes etapas de ejecución.
d. Diseño aportado por el Mandante: Se refiere al Proyecto definitivo de Arquitectura incluidos en los antecedentes de la presente licitación, para su evaluación presupuestaria por parte de los oferentes.
e. Inspector Técnico (I.T.O.): La persona que, en representación del director regional de la CONAF, actúa y se relaciona administrativa y técnicamente con el contratista en todas las materias relacionadas con el contrato de ejecución de la Obra, asumiendo la responsabilidad y la obligación de supervisar el cumplimiento correcto y oportuno en la ejecución del proyecto.
f. Presupuesto Oficial: El estudio detallado, efectuado por la Corporación, de las cubicaciones, precios unitarios y precio total previsto para una obra, y que representa su opinión oficial y justa sobre su verdadero valor.
g. Encargado técnico: El funcionario que, designado por el Director Regional de la Corporación Nacional Forestal, Región del Atacama, se le asignen las funciones de coordinación y dirección de los distintos estamentos de la licitación, durante la ejecución del proyecto o vigencia del contrato. Este estará representado por el Jefe del Departamento Áreas Silvestres Protegidas.
h. Administrador de la obra: es el profesional competente solicitado por las presentes bases de licitación, quien representa al contratista y es el responsable de dirigir y controlar la obra.
i. Propuesta: La cotización ofrecida por el proponente para los objetos indicados en esta bases de licitación.
j. Aumento o disminución de obras: La modificación de las cantidades de obras previstas en el proyecto materia de la presente licitación.
k. Obras nuevas o extraordinarias: Las obras que se incorporen o agreguen al proyecto, pero cuyas características sean diferentes a las especificadas o contenidas en los antecedentes que sirven de base al contrato.
l. Modificación de obras: El reemplazo de parte de las obras contenidas en el proyecto de la Corporación por obras nuevas o extraordinarias.
m. SNASPE: Sistema Nacional de Áreas Silvestres protegidas del Estado
n. Adjudicatario: Oferente al cual le ha sido aceptada una oferta o una cotización en un Proceso de Compras, para la suscripción del contrato definitivo.
o. Bases: Documentos aprobados por la autoridad competente que contienen el conjunto de requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Entidad Licitante, que describen los bienes y servicios a contratar y regulan el Proceso de Compras y el contrato definitivo. Incluyen las Bases Administrativas y Bases Técnicas.
p. Certificado de Inscripción Registro de Proveedores: Documento emitido por la Dirección, que acredita que una determinada persona natural o jurídica se encuentra inscrita en el Registro de Proveedores o en alguna de sus categorías.
q. Contrato de Suministro de Bienes Muebles: Aquel que tiene por objeto la compra o el arrendamiento, incluso con opción de compra, de productos o bienes muebles. Un contrato será considerado igualmente de suministro si el valor del servicio que pudiere contener es inferior al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
r. Contrato de Servicios: Aquél mediante el cual las entidades de la Administración del Estado encomiendan a una persona natural o jurídica la ejecución de tareas, actividades o la elaboración de productos intangibles. Un contrato será considerado igualmente de servicios cuando el valor de los bienes que pudiese contener sean inferiores al cincuenta por ciento del valor total o estimado del contrato.
s. Contratista: Proveedor que suministra bienes o servicios a las Entidades, en virtud de la Ley de Compras y del presente Reglamento.
t. Usuario oferente: Persona natural o jurídica que utiliza el Sistema de Información con el fin de participar en los Procesos de Compra que se realizan a través de él.
u. Contrato: Contrato de prestación de servicios que celebre CONAF y el adjudicatario, cuya propuesta sea seleccionada para la formalización escrita de la prestación de los servicios licitados; en su defecto, se considerará contrato el vínculo Jurídico cualquiera sea el instrumento que se celebre entre el adjudicatario y la CONAF, y que regule la presente contratación.
v. Accidente de trabajo: Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo y que le produzca incapacidad o muerte, conforme a lo establecido en la Ley N°16.744, que establece normas sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Son también accidentes del trabajo los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo y aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo, aunque correspondan a distintos empleadores. En este último caso, se considerará que el accidente dice relación con el trabajo al que se dirigía el trabajador al ocurrir el siniestro.
w. Administrador de Obra: Representante del contratista o el propio contratista en caso de tratarse de una persona natural. Deberá ser un profesional competente en la materia objeto de esta licitación y será la única persona habilitada para actuar técnica y administrativamente y con capacidad resolutiva ante la Corporación.
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PARTICIPANTES |
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Podrán participar en la presente licitación pública personas naturales o jurídicas, que estén inscritas en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl.
Aquellos participantes que al momento de la presentación de sus ofertas deben estar inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado, denominado “Chileproveedores”.
Debe tenerse presente que no podrán participar en esta licitación aquellas personas que se encuentren en alguna de las situaciones contempladas en el inciso cuarto del artículo 4 de la Ley 19.886, norma que dispone que ningún órgano de la Administración del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios, con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley 18.575, antecedente del mismo regulado por el DFL. 1/19653 del año 2000, ni con sociedades de personas de las que aquellos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni con sociedades abiertas en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
Asimismo, quedarán excluidos de esta licitación pública quienes, al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas anti sindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años.
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CONSIDERACIÓN DEL OFERENTE AL PRESENTAR SU OFERTA |
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Los interesados en presentar una oferta deberán efectuar el estudio completo y detallado de todos los antecedentes solicitados en esta Licitación. Para la confección de la oferta, deberá tener en cuenta las disposiciones siguientes:
-Si durante el estudio de los antecedentes, el oferente estima que existen dudas o contradicciones entre las Especificaciones Técnicas y demás antecedentes, deberá efectuar las Consultas en los plazos correspondientes a través del Portal Mercado Público, en la modalidad foro.
-Las aclaraciones y las rectificaciones que la Corporación Nacional Forestal hiciere a las consultas de uno o más interesados o por iniciativa propia, serán enviadas a través del Portal, en la fecha indicada en el Cronograma del Portal Mercado Público.
-Para dar cumplimiento a la disposición del inciso anterior, si fuere necesario, se podrá postergar la fecha fijada para el envío de las Aclaraciones y/o la Apertura de la Propuesta, en cuyo caso las nuevas fechas serán notificadas como Aclaración en el Portal Mercado Público.
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PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Esta Licitación Pública se regirá por las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos que se publican en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl.
En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 de Compras y Contratación Pública y su Reglamento. Asimismo, formarán parte de las mismas, las aclaraciones escritas que emita CONAF, en respuestas a consultas que fueren requeridas por los participantes, a través de la modalidad FORO del mencionado portal de compras.
Todas las ofertas y documentos anexos obligatorios, deberán ser presentados a través del portal mercado público. Las ofertas que se presenten deberán ceñirse a las bases, especificaciones técnicas y otros antecedentes del proceso de licitación.
Por el solo hecho de presentarse a esta propuesta se entiende que el Proveedor ha estudiado todos los antecedentes y ha verificado su concordancia entre sí, de las bases, especificaciones técnicas, aclaraciones y presupuesto; también ha verificado las condiciones en las cuales debe desarrollar la entrega de los servicios y está conforme con las condiciones de lo solicitado.
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COTIZACIÓN U OFERTA |
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La cotización u oferta deberá presentarse EXCLUSIVAMENTE a través del portal www.mercadopublico.cl, a más tardar el día de cierre que indique la publicación en el portal. El o los precios de la oferta deberán ser entregados en moneda nacional, sin reajustes de ninguna especie y se ajustará (n) a la modalidad de Suma Alzada. La oferta debe ser ingresada en valores netos.
El oferente deberá indicar su calidad de contribuyente de primera categoría.
La cotización presentada deberá tener validez por los siguientes 90 días corridos a contar desde la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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ANEXOS QUE SE DEBEN INCLUIR EN LA OFERTA |
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Los oferentes deberán presentar todos los antecedentes administrativos, la oferta técnica, económica y los formularios requeridos incorporados en las presentes bases, en formato electrónico o digital, en el plazo de recepción de las ofertas señalado y hasta la hora que se indica.
Se rechazarán las ofertas múltiples. En casos de presentarse por un oferente más de una oferta, la entidad licitante aceptará sólo la primera, en orden cronológico de ingreso al portal Mercado Público.
Los antecedentes solicitados para la presentación de la oferta son los que a continuación se indican:
Anexos Administrativos
El oferente deberá completar los archivos adjuntos, con los siguientes antecedentes:
a) Declaración Jurada Simple, firmada por el Oferente persona natural, según Anexo n.° 1, adjunto a las presentes Bases, donde declare conocer y aceptar en su totalidad el contenido de esta licitación, con expresa mención que este conocimiento ha sido determinante para postular a la mencionada licitación pública y presentar ofertas
b) Declaración Jurada Simple, Anexo N° 2: “Antecedentes Actualizados del Oferente” firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, en donde indique sus antecedentes.
Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de la entidad licitante de verificar esta información, en cualquier momento, a través de los medios oficiales disponibles
c) Declaración Jurada Simple, Anexo N° 3: “Conformidad de las Base” firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica.
d) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 4 (Inhabilidades por condenas), adjunto a las presentes Bases, donde el oferente declare no haber sido condenado por prácticas antisindicales o por infracción de derechos fundamentales laborales. Asimismo, el oferente no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia. Si el oferente fuese persona jurídica, se requiere, además, que su representante legal declare que no ha sido condenada con la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado, por los delitos mencionados en la ley N°20.393.
En caso de que oferte una unión temporal de proveedores, este anexo debe ser completado por cada uno de sus integrantes.
e) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 5 (Conflicto de interés), adjunto a las presentes Bases, donde el oferente declara no podrán encontrarse afecto a ningunas de las causales de incompatibilidad establecidas en el artículo 4°, inciso sexto, de la ley N° 19.886, entre ellas no tener calidad de funcionario directivo de CONAF, no tener vínculo de parentesco con directivos de CONAF, que no es una sociedad de la que formen parte directivos de CONAF o sus parientes.
f) Declaración Jurada Simple, firmada por el oferente o su representante legal en caso de ser una persona jurídica, según Anexo N° 6 Declaración jurada simple acerca del sistema prevención de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos funcionarios
g) El oferente deberá adjuntar en su oferta el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
Anexos Técnicos
El oferente deberá completar los anexos adjuntos que se indican, con los siguientes antecedentes:
Anexo N°1: Carta Gantt
Anexo N°2: Programación Financiera
Anexo N°3: Presupuesto detallado por partida
Anexo N°4: Metodología de trabajo
Anexo N°5: Experiencia de los Oferentes
Anexo N°6: Carta de Compromisos Proveedores Locales
Anexo N°7: Experiencia Profesional a cargo de la obra
Las ofertas que no incluyan los Anexos N°1, N°2, N°3, N°4, N°5, N°6, N°7 serán declaradas inadmisibles y eliminadas durante el proceso de evaluación.
La documentación solicitada anteriormente deberá venir en idioma ESPAÑOL. Cualquier otro idioma utilizado deberá venir conjuntamente con la traducción al español, de lo contrario la oferta será rechazada por la comisión de evaluación.
Anexo Económico
Anexo N° 1: Económico
Para efectos de evaluación el oferente deberá completar el Anexo N°1, donde deberá indicar el precio a valor neto, por cada línea de producto solicitada, expresado en pesos chilenos.
Para efectos de la evaluación, se considerará la información indicada en el Anexo N°1, para el cálculo de la oferta se utilizaran 2 decimales.
La Corporación se reserva el derecho de verificar la validez de los antecedentes entregados por el oferente ante los organismos pertinentes. Aquellos oferentes que no presenten la documentación solicitada tanto para el anexo económico como para los anexos técnicos, su oferta será declarada como inadmisible, quedando fuera de este proceso.
Todo error en la oferta será de exclusiva responsabilidad del oferente, y no constituirá hecho imprevisto ni excusará de la responsabilidad adquirida, por el sólo hecho de haber presentado oferta.
La oferta económica debe considerar todos los impuestos y costos asociados..
La Comisión Evaluadora está facultada para aceptar propuestas que presenten defectos menores de forma.
Observaciones:
Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en la forma en que se solicita en estas bases. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas Bases, a menos que se acredite la indisponibilidad técnica del sistema, de conformidad con el artículo 62 del Reglamento de la Ley de Compras. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
Los oferentes deben constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los formularios y anexos requeridos completados de acuerdo con lo establecido en las presentes bases. Debe verificar que los archivos que se ingresen contengan efectivamente los anexos solicitados.
Asimismo, se debe comprobar siempre, luego de que se finalice la última etapa de ingreso de la oferta respectiva, que se produzca el despliegue automático del “Comprobante de Envío de Oferta” que se entrega en dicho Sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo. En dicho comprobante será posible visualizar los anexos adjuntos, cuyo contenido es de responsabilidad del oferente.
El hecho de que el oferente haya obtenido el “Comprobante de envío de ofertas” señalado, únicamente acreditará el envío de ésta a través del Sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual será evaluado por la comisión evaluadora. En caso de que, antes de la fecha de cierre de la licitación, un proponente edite una oferta ya enviada, deberá asegurarse de enviar nuevamente la oferta una vez haya realizado los ajustes que estime, debiendo descargar un nuevo Comprobante.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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Criterio
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Ponderación
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Oferta Económica
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5%
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Experiencia de los oferentes
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40%
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Sustentabilidad Social
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5%
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Metodología de ejecución de Obras
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30%
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Cumplimientos de los requisitos formales
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5%
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Protocolo del material residual
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5%
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Experiencia del profesional a cargo de la obra
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10%
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DETALLES CRITERIOS DE EVALUACIÓN
La evaluación y criterios de evaluación se aplicarán a las ofertas en base a los siguientes métodos de cálculo:
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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5
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Oferta Económica
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Oferta Económica
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Anexo N°9
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(Precio mínimo ofertado/Precio ofertado evaluado)*100
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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5%
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Sustentabilidad social
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Contratación de servicios con proveedores locales (Provincia del Huasco incluyendo Totoral)
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Carta compromisos
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Más de 6 cartas de compromiso.
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100 puntos
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Entre 3 y 5 cartas de compromiso.
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50 Puntos
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Menos de 3 cartas de compromiso
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20 Puntos
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0 cartas de compromisos
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0 Puntos
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Los compromisos presentados serán verificados por la Corporación con las personas firmantes y deben ser en las condiciones informadas en las Cartas Compromisos, salvo que la contraparte se desista voluntariamente de la prestación del servicio o modifique las condiciones establecidas.
El formato de carta de compromisos según Anexo Técnico N°6 tendrá los siguientes datos:
- Descripción del Servicio a contratar
- Identificación con nombre, RUT y firma de la persona con la que se contratará el Servicio
- Dirección en que se ubica el Servicio a contratar
Nota:
En caso que las cartas compromiso no presenten algunos de los contenidos mínimos indicados anteriormente, están serán evaluados con nota cero.
Los servicios a contratar con la comunidad local pueden ser servicio de alimentación, alojamientos, aparcamiento, bodega u otros que sean necesarios para el buen funcionamiento de la obra.
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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40%
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Experiencia de los oferentes en edificaciones
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Experiencia en edificaciones
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Anexo Técnico N°5
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La experiencia se promediara entre los siguientes subfactores.
-Cantidad de proyectos ejecutados (50%).
-Monto total ejecutado en los proyectos presentados (50%)
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70%
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Experiencia en edificaciones en espacios naturales (fuera del radio urbano o del Plan regulador comunal vigente)
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-Construcción de edificaciones en espacios naturales. (fuera del radio urbano o del Plan regulador comunal vigente)
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30%
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*SI el oferente no presenta los antecedentes solicitados para evaluar este criterio, se otorgará puntaje cero.
*El oferente deberá presentar una memoria técnica por cada proyecto, en el cual se describa el tipo de proyecto, superficie, tipología constructiva. Presentar fotografías y/o imágenes de la infraestructura.
Para evaluar este factor el oferente deberá completar el Anexo T N°5 de las Bases.
Como experiencia se evaluará sólo edificaciones que cumplan con los siguientes criterios: obras de construcciones de edificaciones de arquitectura de a lo menos 500 metros cuadrados, tales como edificios, casas, oficinas, centro de todo tipo (Centros Culturales, Bibliotecas, Centros de Interpretación, Centros de Educación, Centros de visitantes); Guardería de guardaparques, Refugios Turísticos, Lodge, Ecolodge, Hoteles, Salas de Cámara, Pabellones Turísticos realizadas por el oferente en los últimos 15 años, de acuerdo a los siguientes medios de verificación que respalden dicha experiencia:
*Facturas o Boletas que demuestren ejercicio en el rubro en el tiempo acreditar.
*Contratos firmados con trabajos del ejercicio comercial.
*Órdenes de compra emitidas por el portal mercado público.
Los documentos que acrediten la experiencia indicada en Anexo T N°5, serán exigidos como requisito para la firma del Contrato, previo a la firma de éste y deberán ser entregados a la Corporación, ingresando los antecedentes a través de la Oficina de Partes en un plazo máximo de 3 días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación, será responsabilidad del Contratista preveer los tiempos necesarios para cumplir con los plazos en caso de un envío vía correo certificado. En caso de que el oferente no logre acreditar la experiencia en el período indicado, no se firmará el contrato generándose el cobro de la garantía de seriedad de la oferta. La CONAF podrá readjudicar al oferente que obtuvo el siguiente mayor puntaje.
Se promediará la experiencia entre los siguientes sub-criterios:
a. Cantidad de proyectos ejecutados (50% de ponderación del sub-criterio)
b. Monto total ejecutado en los proyectos presentados (50% de ponderación del sub-criterio)
Para este criterio la puntuación se obtendrá de la suma ponderada de los siguientes subcriterios:
a) Cantidad de proyectos ejecutados (50%)
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DETALLE
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PUNTAJE
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El Oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a 6 proyectos ejecutados.
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100 puntos
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El Oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a 4 y menor a 6 proyectos ejecutados.
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75 puntos
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El Oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a 2 y menor a 4 en proyectos ejecutados.
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50 puntos
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El Oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio igual a 1 de proyecto ejecutado.
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25 puntos
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El oferente indica una experiencia que no cumple con lo detallado en el criterio, o bien, si el oferente no presenta los antecedentes solicitados para evaluar este subcriterio.
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0 puntos
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b).- Monto de proyectos Ejecutados (50%)
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DETALLE
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PUNTAJE
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El oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a $3.000.000.000.- en proyectos ejecutados.
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100 puntos
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El oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a $2.000.000.000.- y menor a $3.000.000.000.- en proyectos ejecutados.
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75 puntos
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El oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a $1.000.000.000.- y menor a $2.000.000.000.- en proyectos ejecutados.
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50 puntos
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El oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a $500.000.000.- y menor a $1.000.000.000.- en proyectos ejecutados.
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25 puntos
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El oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio menor a $500.000.000.- en proyectos ejecutados.
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0 puntos
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C.- Construcción de edificaciones en espacios naturales. (fuera del radio urbano o del Plan regulador comunal vigente) (30%)
En este criterio se evaluará la cantidad de proyectos ejecutados en Espacios Naturales (construidos fuera del radio urbano y sobre 500 mts2) en los últimos 15 años. Se exceptúan las zonas industriales/mineras donde se hayan construido infraestructura; además no se aceptarán construcciones relativas a senderos, pasarelas o similares.
Los documentos que acrediten la experiencia indicada en Anexo T N°5, serán exigidos como requisito para la firma del Contrato previo a la firma de éste. En caso de que el oferente no logre acreditar la experiencia por la que resultó elegido, no se firmará el contrato generándose el cobro de la garantía de seriedad de la oferta. La CONAF podrá re adjudicar al oferente que obtuvo el siguiente mayor puntaje. La experiencia de construcción de edificaciones en Espacios Naturales deberá indicarse en el Anexo T N°5.
El oferente deberá presentar una memoria técnica por cada proyecto, en el cual se describa el tipo de proyecto, superficie, tipología constructiva. Presentar fotografías y/o imágenes de la infraestructura.
Cantidad de proyectos ejecutados en áreas naturales
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DETALLE
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PUNTAJE
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El oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a 5 proyectos de edificaciones ejecutadas en espacios naturales.
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100 puntos
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El oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a 2 y menor a 3 proyectos de edificaciones ejecutadas en espacios naturales.
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50 puntos
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El oferente indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio menor a 2 proyectos de edificaciones ejecutadas en espacios naturales.
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0 puntos
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Si el oferente no presenta los antecedentes solicitados para evaluar este criterio, se otorgará puntaje cero.
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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30%
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Metodología de ejecución de Obras
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Plazo
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Anexo Técnico N°1,3 y 4
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Análisis del mínimo Plazo
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30%
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Metodología de trabajo
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Metodología de trabajo
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70%
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Metodología de Trabajo (70%)
El puntaje se asignará según lo siguiente:
0 puntos a la oferta que presentando el anexo de metodología de trabajo (Anexo T N°4) se observen graves incoherencias técnicas las que se entenderán como las inconsistencias entre el equipo de trabajo, la programación (Anexo T N°1) o distribución de partida, el plazo de ejecución, la metodología descrita y la distribución del recurso financiero por cada actividad (Anexo T N°3) según lo estipulado en las bases técnicas, respaldado mediante una carta Gantt, elaborada según la asignación de profesionales y/o técnicos por hito y periodo detallado por actividad que pongan en riesgo la efectiva ejecución de la obra. Estas inconsistencias determinadas como graves serán justificadas con argumentos técnicos por comisión evaluadora.
50 puntos a la oferta que presentando el anexo de metodología de trabajo se observen moderadas incoherencias técnicas las que se entenderán como las inconsistencias entre el equipo de trabajo, la programación o distribución de partida, el plazo de ejecución, la metodología descrita y la distribución del recurso financiero por cada actividad según lo estipulado en las bases técnicas, respaldado mediante una carta Gantt, elaborada según la asignación de profesionales y/o técnicos por hito y periodo detallado por actividad que no pongan en riesgo la efectiva ejecución de la obra. Estas inconsistencias determinadas como moderadas serán justificadas con argumentos técnicos por comisión evaluadora.
100 Puntos a la oferta que presente coherencia técnica entre el equipo de trabajo, la programación o distribución de partida, el plazo de ejecución, la metodología descrita y la distribución del recurso financiero por cada actividad según lo estipulado en las bases técnicas, respaldado mediante una carta Gantt, elaborada según la asignación de profesionales y/o técnicos por hito y periodo detallado por actividad.
A modo de aclaratoria los criterios que serán medidos corresponden a los siguientes:
De la coherencia técnica, se entenderá como la efectiva capacidad de realizar el trabajo solicitado con los recursos técnicos humanos y financieros declarados en su oferta en el plazo ofertado. Para determinar esta coherencia se analizarán el equipo de trabajo distribuido en horas diarias en la carta Gantt con el plazo indicado como máximo en su oferta. La metodología descrita deberá dar cuenta de esta distribución de tareas.
Si el oferente no presenta los antecedentes solicitados para evaluar este criterio, se otorgará puntaje cero.
Análisis del mínimo Plazo (30%)
Formula = (Plazo mínimo ofertado/Plazo de la oferta evaluada) / 100
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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10%
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Cumplimientos requisitos formales
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Cumplimientos requisitos formales
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Anexos Administrativos N°1,2,3,4,5 y 6
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A. Proporciona la totalidad de los antecedentes antes del Cierre de la Licitación
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100
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B. Completa los antecedentes mediante “Aclaración de Ofertas” ,posterior al cierre.
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50
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C. No presenta algunos de los antecedentes administrativos requeridos
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0
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5%
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Protocolo del material residual
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Cumpla con las medidas de protección ambiental
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Protocolo
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- El oferente cuenta con Protocolo para el retiro de material
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100
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- El oferente “No” cuenta con protocolo para el retiro de material
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0
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%
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Criterio
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Variable a Evaluar
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Medio de Verificación
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Puntaje
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EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL A CARGO DE LA OBRA (Anexo Técnico N°7)
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Cantidad de proyectos que ha estado a cargo (10%)
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DETALLE
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PUNTAJE
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El profesional a cargo de la obra indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a 8 proyectos ejecutados.
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100 puntos
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El profesional a cargo de la obra indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a 6 y menor a 8 proyectos ejecutados
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75 puntos
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El profesional a cargo de la obra indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a 3 y menor a 6 en proyectos ejecutados.
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50 puntos
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El profesional a cargo de la obra indica una experiencia que cumple con lo detallado en el criterio mayor o igual a 1 y menor a 3 proyectos ejecutados.
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25 puntos
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El profesional a cargo de la obra indica una experiencia que no cumple con lo detallado en el criterio, o bien, si el oferente no presenta los antecedentes solicitados para evaluar este subcriterio.
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0 puntos
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Nota: El profesional a cargo debe ser arquitecto, constructor civil, ingeniero en construcción o ingeniero civil en construcción con experiencia demostrable en obras. (Dedicación exclusiva). En caso que el profesional no cumpla con el perfil su oferta será declarada inadmisible.
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MONTOS Y DURACIÓN CONTRATO |
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Para los servicios descritos “Licitación pública “SERVICIO DE CONSTRUCCIÓN CENTRO INTERPRETACIÓN AMBIENTAL PARQUE NACIONAL LLANOS DE CHALLE – COMUNA DE HUASCO REGIÓN DE ATACAMA” CÓDIGO BIP 30259972-0”, se cuenta con el siguiente presupuesto máximo disponible, $ 1.237.710.000 (mil doscientos treinta y siete millones setecientos diez mil pesos) IVA incluido.
El valor de la Oferta deberá incluir todo gasto que irrogue el cumplimiento del Contrato, sea directo, indirecto, o causa de él.
Toda oferta mayor al monto disponible indicado en las Presentes Bases, la Corporación procederá ser declarada inadmisible
El contrato tendrá una duración desde la entrega de terreno hasta la obtención de la recepción final a la Dirección de Obras Municipales de la Comuna de Huasco.
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APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público. A la Apertura electrónica, se podrá invitar a los integrantes de la Comisión de Evaluación.
En la apertura del proceso, serán rechazadas las ofertas que:
* No hayan presentado el documento de garantía por seriedad de la oferta, indicado en las presentes bases.
Como también serán declaradas inadmisibles en la evaluación las ofertas que
* El presupuesto supere el monto disponible.
* La no entrega de los anexos técnicos
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EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS RECIBIDAS |
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La apertura electrónica de las ofertas económicas y técnicas se realizará directamente en el portal de Mercado Público y estará conformada por:
a) Jefa Departamento Finanzas y Administración o quien lo subrogue
b) JEFE Departamento Áreas Silvestres Protegidas o quien lo subrogue
c) Encargada Provincial Áreas Silvestre Protegida o quien lo subrogue
d) Profesional de Apoyo Dpto. Áreas Silvestres Protegidas o quien subrogue
e) Abogado Ministro de Fe
f) Arquitecta de CONAF como asesora Técnica
g) Jefe Administración (Secretario del proceso administrativo)
En la etapa de evaluación considerará, la verificación del cumplimiento de los Requisitos Mínimos de Evaluación, esto es, el chequeo de la recepción de todos los antecedentes requeridos, para revisar la aplicación de los Criterios de Evaluación, señalados en las presentes Bases; concluyendo su labor con la preparación del Informe de la Comisión Evaluadora, de acuerdo al Art. 57 del Reglamento de Compras Públicas.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
●Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de los mecanismos regulados por los artículos 27, 39 y 40 del reglamento de la ley N° 19.886.
●Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
●Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Esta Comisión emitirá un informe de evaluación de ofertas, proponiendo a la Directora Regional de la Corporación Nacional Forestal la adjudicación, de acuerdo con los criterios de evaluación contenidos en las presentes bases de licitación y en virtud del proceso de evaluación
Los documentos de garantía de seriedad de la oferta serán ingresados al portal de compras en el ID de la licitación, y posteriormente se enviarán a custodia a la Sección Finanzas de CONAF.
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CRITERIOS DE DESEMPATE |
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Si al sumar todos los puntajes, existiera igualdad entre dos o más oferentes, la oferta escogida será aquella que obtenga el mayor puntaje en los siguientes criterios, siendo escogida aquella que supere a la otra/s según el siguiente orden de importancia.
En caso de igualdad en el máximo puntaje obtenido entre dos o más oferentes, la adjudicación se resolverá por aquel que cumpla las siguientes prioridades:
- Primero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Experiencia del Oferente”
- Segundo: Oferente que presente mayor puntaje en criterio "Metodología de Obras”.
- Tercero: Oferente que presente mayor puntaje en criterio “Sustentabilidad Social”.
- Cuarto: Oferente que presente mayor puntaje en criterio “precio”.
En caso de persistir el empate, se adjudicará al proveedor que haya ingresado primero la oferta en el portal.
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CLÁUSULA DE CONFIDENCIALIDAD Y PROPIEDAD INTELECTUAL |
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La información y/o documentación que, con motivo de esta Licitación Pública, reciba o tome conocimiento el adjudicatario o sus representantes y/o sus dependientes, relativas a las actividades o cualquier otro tipo de información interna o propia de CONAF, no podrá ser divulgada a terceros, bajo ninguna circunstancia, incluso después de la entrega de los servicios que se le encomendaren. En consecuencia, el adjudicatario y/o su sus representantes, deberá o deberán instruir a cualquiera de sus empleados o dependientes y/o a los consultores que tengan acceso a dicha información y/o documentación, que no deberán copiarla, duplicarla, total o parcialmente, y a mantener la confidencialidad correspondiente; evitando, asimismo, el acceso de terceros a la misma, y adoptando las medidas de seguridad adecuadas para conservar la confidencialidad de la mencionada Información, libre de robo o acceso por parte de terceros no autorizados; y adoptar, como mínimo resguardo, las mismas medidas utilizadas para proteger su propia información confidencial.
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OBSERVACIONES A LA APERTURA DE LAS OFERTAS |
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Los oferentes podrán efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las ofertas a través del mecanismo establecido por el portal de compras, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 51 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Solamente para el caso de Apertura de las propuestas, automáticamente serán rechazadas las ofertas que no cuenten con el documento de garantía por seriedad de la oferta.
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PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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Una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, CONAF podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás participantes, esto es, en tanto, no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes si correspondiere a través del Sistema de Información. Este proceso se realizará a través de la funcionalidad de la Plataforma de Compras, www.mercadopublico.cl, denominada “Aclaración de Ofertas”, el cual se ajustará al Art. 56, del reglamento de la Ley de Compras Públicas.
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CONSULTAS POSTERIORES AL CIERRE DE LA LICITACIÓN |
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CONAF podrá realizar consultas y solicitar antecedentes durante el período posterior al cierre de esta licitación y antes de su adjudicación. Estas consultas serán realizadas a través de la modalidad de “Aclaración de Ofertas” del portal de compras. Los antecedentes que se soliciten, deberán estar orientados a aclarar aspectos de la oferta, o al requerimiento de documentos o certificados originales, y no se podrá incluir temas evaluables por los criterios de evaluación de esta licitación.
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CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
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Las consultas respecto a la adjudicación se recibirán a través del correo electrónico samuel.jaque@conaf.cl, las que serán respondidas por el mismo medio. Se responderán consultas ingresadas hasta las 48 horas, posterior a la adjudicación.
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DE LA ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
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La Corporación adjudicará la presente licitación pública de acuerdo a las presentes Bases Administrativas y, podrá declarar inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o consideraciones establecidas en las presentes Bases.
Podrá además, declarar desierta la Licitación pública cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses y/o excedan la capacidad presupuestaria de la Corporación; en estos últimos casos, dichas declaraciones deberán ser manifestadas por Resolución Fundada.
La adjudicación será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, señalando el nombre del oferente seleccionado por la Corporación.
Esta licitación pública se adjudicará a la oferta que obtenga el mayor puntaje, de acuerdo a los criterios de evaluación indicados en las presentes Bases, salvo en los casos en que se produzca igualdad de puntaje; situación en la cual se aplicará la jerarquización de criterios indicados en el punto anterior.
La Corporación emitirá una Resolución de Adjudicación, la cual se publicará en el portal de compras del Estado www.mercadopublico.cl, de acuerdo a la normativa vigente.
La notificación de la Resolución de Adjudicación se entenderá realizada, luego de 24 horas transcurridas desde que CONAF publique dicha Resolución en el portal de compras www.mercadopublico.cl
Si la adjudicación no se realiza dentro del plazo señalado en las presentes bases de licitación públicas, la Corporación informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar y se indicará el nuevo plazo para la adjudicación.
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MODIFICACIÓN DE LAS BASES |
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La Corporación podrá complementar o modificar las Bases de Licitación, de acuerdo al Art. 40° del Reglamento de la Ley de Compras, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los Oferentes durante el proceso de consultas a través del foro, otorgando en estos casos un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos, e informando de ello a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas complementaciones y /o modificaciones formarán parte integrante de las Bases.
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UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES. |
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En este proceso de licitación pública podrán participar “Uniones Temporales de Proveedores”, siempre que estas ofertas den pleno cumplimiento a las regulaciones contempladas en el Reglamento de la Ley 19.886, específicamente en su Artículo 180.
El principal objetivo de esta figura de asociación de proveedores consiste en impulsar tanto, actividades de las micro y pequeñas empresas, especialmente tratándose de aquellas pertenecientes a las regiones.
Mediante la Unión temporal dichas empresas pueden asociarse a través de un mecanismo expedito y simple, a fin de que puedan competir en igualdad de condiciones con empresas de mayor tamaño con las siguientes disposiciones reglamentarias, según lo indicado en la directiva de contratación pública N°22:
Si dos o más proveedores se unen para el efecto de participar en un proceso de compra, deberán establecer, en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Para efectos de la presente licitación y sin perjuicio del resto de las disposiciones legales y reglamentarias que resulten aplicables, el acuerdo en que conste la unión temporal deberá materializarse por escritura pública, como documento para contratar, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Independiente de la unión temporal, la entidad exigirá que cada proveedor deberá encontrarse inscrito en el registro de Proveedores para suscribir el contrato.
Al momento de la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma.
Las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión individualmente considerado. En caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso.
La vigencia de esta unión temporal de proveedores no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo la renovación que se contemple.
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VIGENCIA DE LA OFERTA |
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La oferta presentada deberá tener validez por los siguientes 120 días corridos, a contar de la fecha indicada como plazo máximo de recepción de ofertas.
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INTERPRETACIÓN DE LAS BASES DE LA LICITACIÓN PÚBLICA |
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La interpretación de las Bases Administrativas y Técnicas pertenecientes a esta licitación pública durante el proceso licitatorio, corresponderá a la Corporación. Las Bases Administrativas y Técnicas de esta licitación pública, como también las aclaraciones a consultas realizadas a través de las modalidades FORO y FORO INVERSO del portal de compras, forman parte de las condiciones particulares del contrato que se suscriba en virtud de esta licitación pública.
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OBSERVACIONES GENERALES |
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En lo no previsto por estas Bases, se aplicarán las normas de la Ley 19.886 y su Reglamento. Se deja constancia expresa de que todas y cada una de las estipulaciones contenidas en estas Bases de Licitación que no sean modificadas en el contrato que se suscriba, se entiende y entenderán incorporadas a dicho contrato.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influír o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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PLAZO DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO |
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El plazo máximo para la ejecución de las obra considerando hasta la recepción final será de 360 días corridos, los que serán distribuidos de la siguiente manera.
*Plazo ejecución de obras: 300 días Corridos
*Plazo para obtención de recepción de obras: 60 Días Corridos
*Total Plazo hasta última recepción: 360 días
En caso que el proveedor invoque como causal de ampliación de plazo, aumentos de obras ordenados por la Unidad Técnica o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, reconocidas como tales por el ITO de la Unidad Técnica, la Corporación podrá otorgar un aumento en el plazo de entrega de la obra, el que será autorizado por la DIRECTORA REGIONAL de CONAF mediante una resolución.
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DE LA RECEPCIÓN FINAL DE LAS OBRAS |
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El contrato tendrá una duración, cuya fecha de término, sea al momento de la recepción final por la Dirección de Obras Municipales de la I.M. de Huasco.
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DE LOS DOCUMENTOS DE LA LICITACIÓN |
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Esta licitación pública y los servicios que de ésta se desprendan se realizarán y regirán por los siguientes documentos:
1.-Las Bases Administrativas y Técnicas, las especificaciones y los anexos que se incluyan en este proceso de licitación.
2.-Las consultas, respuestas y aclaraciones, derivadas del procedimiento establecido en las presentes Bases de licitación.
3.-La oferta técnica y la oferta económica del oferente adjudicado.
4.-El contrato correspondiente a la adjudicación de los servicios licitados, sus anexos y los documentos que se entiendan incorporados al mismo.
5.-Las modificaciones efectuadas a las Bases Técnicas y Administrativas de esta licitación pública, si las hubiere.
6.-Otros antecedentes documentados que solicite o proporcione la Corporación.
La Corporación podrá modificar y/o hacer aclaraciones a las Bases de esta licitación, hasta antes de la fecha de cierre de la misma, por propia iniciativa, a objeto de precisar o complementar elementos de su contenido que, a su juicio, no hayan quedado suficientemente claros, y/o a causa de las consultas realizadas a través de la Plataforma de Compras, otorgando un plazo prudente para que los oferentes incorporen las modificaciones en sus propuestas.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Las consultas referentes a las Bases Técnicas y Administrativas deberán ser realizadas sólo por la modalidad FORO del portal de compras del Estado, durante las fechas indicadas en el Calendario de esta Licitación Pública. Las respuestas a dichas preguntas se publicarán a través de la misma modalidad FORO en la fecha establecida.
El plazo máximo de readjudicación será de 60 días corridos, contados a partir de la publicación de adjudicación original.
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ANTECEDENTES DEL CONTRATO |
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Se suscribirá un contrato entre CONAF y el Oferente adjudicado, el cual podrá ser firmado de manera digital o física, de acuerdo a como estime el procedimiento la Corporación que señalará los productos que se obliga a ejecutar conforme a las Bases de Licitación y en las disposiciones de la Ley N° 19.886 como de su Reglamento.
El contrato será confeccionado por el abogado de CONAF Atacama, y en él se establecerán las cláusulas que regirán la adquisición de los servicios adjudicados, incluyendo derechos y obligaciones del adjudicado, los que deben ser concordantes con lo estipulado con las presentes Bases.
Para la confección del contrato el adjudicado deberá adjuntar los siguientes documentos:
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Si el oferente es Persona Natural
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Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
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Todos los Anexos deben ser firmados por la persona natural respectiva.
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Acreditar en el Registro de Proveedores
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Fotocopia de su cédula de identidad.
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Si el oferente no es Persona Natural
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Inscripción (en estado hábil) en el Registro de Proveedores.
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Certificado de Vigencia del poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador de Bienes Raíces correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro antecedente que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, a la época de presentación de la oferta.
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Acreditar en el Registro de Proveedores
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Certificado de Vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o el antecedente que acredite la existencia jurídica del oferente.
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Todos los Anexos deben ser firmados por el representante legal de la persona jurídica.
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Todos los gastos notariales e impuestos correspondientes a la protocolización del contrato, serán de cargo del contratista.
Observaciones
Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberían estar disponibles en el Registro de Proveedores.
La garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente en los términos que indican las presentes bases. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos electrónicos, firma electrónica y servicios de certificación de dicha firma.
Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado, dentro del plazo fatal de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, la entidad licitante podrá readjudicar. Además, tales incumplimientos darán origen al cobro de la garantía de seriedad de la oferta.
Inscripción en el Registro de Proveedores
En caso de que el proveedor que resulte adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración (Registro de Proveedores), deberá inscribirse dentro del plazo de 05 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada integrante de ésta deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.
El oferente adjudicado deberá suscribir el contrato en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la fecha de adjudicación. El contrato será publicado en la respectiva licitación del portal de compras.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato, se entenderá que desiste de su realización, por lo tanto, CONAF podrá encomendar la adquisición de los servicios al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, siempre y cuando cumpla con todas las especificaciones técnicas y administrativas establecidas en las Bases de licitación, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar un nuevo proceso de contratación, declarando inadmisible la oferta y desierto el proceso.
En tal caso, la Corporación hará efectivo el documento de garantía de seriedad de oferta del oferente adjudicado.
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SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO |
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CONAF y el adjudicatario suscribirán un Contrato de ejecución de obras, el cual será publicado en la respectiva licitación pública del portal mercado público. Este contrato será confeccionado por la Unidad Jurídica Regional de CONAF y en él se establecerán las cláusulas que regirán el proceso de la ejecución de la obra, incluyendo derechos y obligaciones, los que deberán ser concordantes con lo estipulado en las presentes Bases. Contrato que deberá ser firmado por el adjudicatario dentro de los 10 días hábiles siguientes de haber sido puesto a su disposición, para la firma, por parte de la Unidad Jurídica Regional de la Corporación Nacional Forestal.
Si el oferente adjudicado no suscribe el contrato dentro del plazo establecido en el párrafo anterior, se entenderá que desiste de la ejecución del contrato, por lo tanto CONAF tendrá derecho a encomendar la realización de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta.
Del mismo modo, en el caso que el oferente adjudicado no entregare la garantía de fiel cumplimiento del contrato de acuerdo a lo estipulado en punto 8, la CONAF tendrá derecho a encomendar la realización de los servicios licitados al oferente que de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que se estime conveniente efectuar una nueva licitación, declarando desierto el proceso. Sin perjuicio de lo anterior, además, se hará efectivo el cobro de la Garantía de Seriedad de la oferta.
Cualquier diferencia en la interpretación de las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos, será resuelta administrativamente por CONAF.
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DE LOS PAGOS Y RETENCIONES |
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El Gobierno Regional de Atacama pagará los estados de pagos al contratista, contra la presentación de la factura, extendida a nombre del Gobierno Regional Rut: 72.232.200-2, con los siguientes adjuntos:
* Formulario detalle de Partidas con nombre y firmado por el ITO y Encargado Técnico del proyecto.
* Anexo con el detalle de las modificaciones y detalle del estado de retenciones del contrato con firma del ITO y Encargado Técnico del Proyecto.
*Certificado de la Inspección del Trabajo por el período correspondiente que no registra deudas laborales y previsionales vigente, de la Inspección del Trabajo correspondiente, en original, que acredite que el contratista no tiene obligaciones laborales ni reclamaciones pendientes con relación a la obra, de aquellos trabajadores dependientes que se desarrollan en la ejecución del proyecto, este certificado debe ser del mes (es) que corresponda (n) al periodo de las obras ejecutadas.
*Certificado de Antecedentes Laboral y Previsional vigente emitido por la Dirección del Trabajo Original
*Copia de los contratos, liquidaciones de sueldo y finiquitos si procede, que correspondan a cada mes de ejecución.
El pago de la obra ejecutada se hará mediante estado de pago, de acuerdo al avance de la obra y al cumplimiento de la programación financiera informado por la ITO presentada en Anexo Técnico "Metodología de medición de avance de Obra”.
CONAF tendrá un plazo de 03 días corridos contados desde la recepción de la factura para hacer observaciones y rechazarla si procede.
No se contempla anticipo de pago.
Condiciones CONAF para propuesta Financiera
* La cantidad máxima de estados de pagos que podrá solicitar en esta etapa el proveedor es de 10.
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Plazo de pago |
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El pago se realizará en un plazo máximo de 30 días corridos, contados desde la recepción de la factura. La cual deberá ser extendida de la siguiente manera: Razón Social: Gobierno Regional de Atacama RUT: 72.232.200-2 Domicilio: Calle Los Carrera N°645
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DE LAS RETENCIONES |
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La Corporación aplicará, una Retención del 10% por cada Estado de Pago, que será entregada en su totalidad al Contratista al momento de la Recepción Final de las Obras por parte de CONAF.
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CLÁUSULA LEY SUBCONTRATACIÓN |
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El proveedor adjudicado deberá dar cumplimiento fiel y oportuno a las disposiciones legales contenidas en la Ley 20.123, que “Regula el régimen de subcontratación, el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios”. Para lo anterior, deberá observar la normativa contenida en el “Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Corporación Nacional Forestal”, el cual será entregado por CONAF al momento de la celebración del respectivo contrato y/o en la reunión de inicio de faena.
Para ilustración del oferente, se adjunta a las presentes bases un documento llamado “Reglamento especial para empresas contratistas y subcontratistas de seguridad y salud en el trabajo” en el cual constan las obligaciones legales que debe cumplir todo contratista en régimen de subcontratación, exigencias que podrán ser revisadas por CONAF durante la vigencia del contrato.
La Corporación podrá requerir cuando estime conveniente la siguiente documentación al proveedor adjudicado;
a) Nómina del personal que va a realizar el trabajo.
b) Contratos de Trabajo, personal que va a participar en el trabajo a ejecutar.
c) Carta Gantt de actividad a realizar.
d) Registro de Entrega de Equipo de Protección Personal.
e) Registros de Inducción de Obligación de Informar a los Riesgos expuestos (ODI).
f) Matriz de Evaluación de Riesgos de la Faena a realizar.
g) Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.
h) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (F-30), emitido por la Dirección del Trabajo.
i) Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo.
j) Certificado de afiliación a Organismo Administrador Ley.
k) Certificado de Accidentabilidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
l) Certificado de Siniestralidad, emitido por el Organismo Administrador Ley.
Los incumplimientos de esta normativa por parte del contratista, constatados por CONAF, podrán dar lugar al término anticipado del contrato y al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, previa constancia de dichos incumplimientos o de irregularidades contenidas en la Ley N° 20.123, además de las otras sanciones previstas en la Ley N° 19.886, sobre Compras y Contrataciones Públicas y su Reglamento contenido en el Decreto N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Responsabilidad del proveedor
Como toda Empresa o Proveedor que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, esto es, el adjudicatario respectivo, deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que sobre la materia le imparta al inspector respectivo, durante el desarrollo del servicio. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y provisional vigente. El adjudicatario deberá cumplir con todo lo establecido en la normativa de accidentes laborales Ley 16.744.
El proveedor o adjudicatario es el único responsable del servicio ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros.
El proveedor o adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a terceros, ya sea por defecto del servicio, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores o contratistas.
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DE LOS AUMENTOS, DISMINUCIONES, MODIFICACIONES U OBRAS NUEVAS |
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Si se produjeran variaciones en las necesidades institucionales durante la vigencia del contrato, será la Corporación Nacional Forestal quien autorice todas las modificaciones del contrato. En relación al monto y plazo estos no serán modificados bajo ninguna circunstancia.
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DEL TERMINO DEL CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO |
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a) Del término anticipado del contrato
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el Adjudicatario, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor adjudicado, siempre que sea imputable a este. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones
2) Si el Adjudicatario se encuentra en estado de notoria insolvencia o fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional
4) Por registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses
5) Si se disuelve la sociedad o empresa adjudicada
6) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquel, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a) Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante
b) Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un trabajador de CONAF durante la relación contractual objeto de la presente licitación
c) Tergiversar hechos con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante
7) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
8) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados
b) De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica
c) Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta
d) Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato
e) Disolución de la UTP
9) Haber sido condenado en sentencia firme y ejecutoriada por delito económico en el marco de la aplicación de la Ley N° 21.595, publicada en el Diario Oficial el 17 de agosto de 2023”
10) Resciliación o término de mutuo acuerdo; Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento. En este caso, no aplicará el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
11) Atrasos y demoras NO autorizadas por la Dirección Regional de CONAF, en la realización de las obras materias del presente contrato.
12) No pago íntegro y oportuno de las obligaciones legales a sus trabajadores.
13) Mala ejecución de las obras o ejecución de obras distintas a las contratadas, situación calificada directamente por CONAF.
14) Incumplimiento reiterado y no justificado de las obligaciones que forman parte de las bases administrativas y especificaciones técnicas y de todos aquellos documentos que forman parte integrante de este contrato.
15) La no constitución oportuna ni la existencia, entrega y/o mantención continua de la vigencia de las garantías señaladas.
16) En caso que la sumatoria de las multas aplicadas, por cualquier concepto, superen un 15%.
Si el término del contrato fuera imputable al adjudicatario, la Corporación Nacional Forestal continuará la ejecución de la obra de conformidad a la ley, y teniendo estados de pago pendientes, estos podrán retenerse con el objetivo de descontarse los perjuicios consistentes en el mayor costo de terminación de la obra y todo mayor gasto que sea ocasionado, directa o indirectamente por el incumplimiento.
17) Las demás que se establezcan en las respectivas Bases de la licitación o en el contrato.
De concurrir cualquiera de las causales arriba aludidas, excepto la del numeral 3, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Casos en lo que no procederá el cobro de garantía:
- Mutuo acuerdo entre los contratantes, Resciliación.
- Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
- Caso Fortuito o Fuerza Mayor.
- Caso de muerte del adjudicatario, para personas naturales.
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
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La Corporación Nacional Forestal de mutuo acuerdo entre los contratantes y en aquellos casos que lo establezcan las presentes bases de licitación podrá modificar el contrato, en tal caso no podrá alterarse la aplicación del principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes.
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MULTAS Y SANCIONES |
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La aplicación de las multas se hará sobre el valor NETO del contrato, administrativamente, sin forma de juicio y se deducirán de los estados de pago, de las retenciones hechas al adjudicatario, o de la garantía del contrato si aquellas no fueren suficientes.
Por Atraso
El atraso en la entrega de los servicios contratados será la diferencia expresada en días corridos que exista entre el término del plazo establecido en el contrato, más las ampliaciones de plazo, si las hubiese, y la fecha de recepción de la obra por parte de la ITO, la cual debe estar debidamente registrada en el libro de obra.
El atraso en la ejecución y entrega de las obras, facultará a CONAF para resolver administrativamente con Cargo al Contrato una multa por cada día de atraso en el cumplimiento del plazo contractual la que será equivalente a 0.1% del valor neto del contrato.
En el caso que la CONAF ordene una paralización de Obra y el adjudicatario no acatare la orden, el periodo trabajado estará afecto a igual multa que los días de atraso.
Si durante la ejecución de la obra se produjeren atrasos parciales, ocasionados por fuerza mayor o por caso fortuito, el adjudicatario deberá presentar a la Inspección de la obra su justificación por escrito y consignado en el libro de obras, antes de que transcurran 7 días corridos desde que se hayan producido; pasado este período no se aceptará justificación alguna. La I.T.O de la Corporación Nacional Forestal estudiará el informe presentado por la Inspección y las razones invocadas por el adjudicatario para justificar el atraso y resolverá la aceptación o rechazo de la ampliación del plazo. Las interrupciones que puedan experimentar las obras a consecuencia del rechazo por la Inspección de materiales que no cumplan las condiciones del contrato, no autorizan al adjudicatario para solicitar prórroga del plazo.
Por incumplimiento de instrucciones de la l.T.O
Si el adjudicatario no cumpliere una instrucción de la I.T.O registradas en el libro de obra, se le aplicará una multa de 0.5% sobre el monto neto del del contrato por cada día que no se haya subsanado la observación una vez cumplido el plazo establecido por la I.T.O. Ante esta medida el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para presentar sus descargos al I.T.O.
Si el contratista no apela o si la apelación fuera rechazada y se resistiese a acatar la orden impartida por el mandante podrá, previa notificación, suspender la tramitación de los estados de pago según la gravedad del caso, y/o poner término anticipado al contrato por causas imputables a éste.
Por incumplimiento de Programa de Trabajo o Carta Gantt.
Se aplicará una multa del 0,5 % diario, sobre el valor neto del contrato, si el avance de las obras se encuentra más de un 10 % bajo los porcentajes acumulados en cada periodo de 28 días. El cómputo del plazo para el cálculo de la multa estará vigente mientras el contratista no compruebe que conforme al programa ha recuperado el atraso.
La aplicación de las multas se hará administrativamente, sin forma de juicio, y se deducirán del Estado de Pago más próximo por cursar.
Modificación de Programa de Trabajo durante la ejecución:
El adjudicatario podrá realizar ajustes en el Programa de Trabajo durante la ejecución de las obras hasta en 3 ocasiones distintas, que en ningún caso estos ajustes podrán implicar un aumento del plazo y presupuesto ofertado. De lo anterior y previa aprobación del ITO, deberá dejarse constancia en el libro de obra.
En el caso de ocurrir atraso o suspensión ocasionado por fuerza mayor o caso fortuito la empresa deberá entregar la programación de trabajo actualizada la que debe estar autorizada por la Unidad Técnica y deberá dejarse constancia en el libro de obra.
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DENUNCIAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO |
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Es obligación del adjudicatario efectuar la denuncia de los accidentes de trabajo ante el organismo administrador para efecto de dar cumplimiento a la Ley N° 16.744 y a su vez informar inmediatamente al ITO o Encargado del proyecto, su no cumplimiento será sancionado con una multa de 0.1% del valor total del contrato. La suma de sanciones no debe superar el 1 % del contrato por incumpliendo legal. En caso que supere este último porcentaje el contrato podrá terminar de forma anticipada.
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JURISDICCIÓN APLICABLE |
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Cualquier dificultad que surja entre las partes será resuelta, una vez agotadas las gestiones extrajudiciales, por la Justicia Ordinaria, a la cual desde ya se someten las partes, estableciendo como domicilio la ciudad y comuna de Copiapó. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades que la Contraloría General de la República pueda ejercer sobre la materia cuestionada.
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PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES |
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Cuando se verifique la ocurrencia de uno o más incumplimientos, el ITO comunicará esa situación al contratista mediante el Libro de Obras, indicándole el (los) hecho (s) que configure (n) el (los) incumplimiento (s) y la (s) sanción (s) que resulta (n) aplicable (s) de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
El contratista podrá presentar sus descargos, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación a través del libro de obras, debiendo acompañar todos los antecedentes de respaldo. Si el contratista no formula reparos o se allana a la aplicación de la medida respectiva, la Directora Regional de CONAF dictará una resolución fundada, dando cuenta de ello y aplicará la sanción.
En caso de existir descargos, la Unidad Técnica informará por escrito si acoge la reclamación o la rechaza. En caso de ser rechazada, dicha unidad remitirá un Informe a la Directora Regional a fin de que esta, en ejercicio de sus atribuciones, aplique o no la sanción respectiva. El informe elaborado por la Unidad Técnica deberá contener:
a) Identificación del contratista
b) Individualización de la resolución que aprueba el contrato
c) Identificación del responsable por parte del contratista
d) Fecha del incumplimiento por parte del contratista
e) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda
f) Monto de la multa y su forma de cálculo, de acuerdo a lo indicado en las presentes bases
g) Informe de Rechazo emitida por la Unidad Técnica al contratista
h) Firma del Encargado de la Unidad Técnica y del ITO
El acto administrativo dictado por la Directora Regional será notificado al contratista a través del Libro de Obras, sin perjuicio de su publicación en el portal Mercado Público.
En caso de tratarse de multas que medien entre la recepción provisoria y la liquidación del contrato, la comunicación será realizada por CONAF, mediante carta certificada enviada al domicilio del contratista. El contratista podrá reclamar dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de su notificación, en cuyo caso la Comisión de Recepción de la Obra informará por escrito si acoge o no la reclamación. En caso de que la reclamación sea rechazada, la Comisión emitirá un informe dirigido a la Directora Regional, para efectos de que aplique la sanción respectiva, si procediere. Este informe deberá contemplar:
a) Identificación del contratista
b) Individualización de la resolución que aprueba el contrato
c) Individualización del Acta de Recepción Provisoria
d) Identificación del responsable por parte del contratista
e) Fecha del incumplimiento por parte del contratista
f) Descripción del incumplimiento y documentación que lo respalda
g) Monto de la multa y su forma de cálculo, de acuerdo a lo indicado en las presentes bases
h) Informe de la Comisión de Recepción de Obra en donde conste el rechazo de la reclamación efectuada por el contratista
i) Firma del representante de la Comisión de Recepción de Obra
El acto administrativo dictado por la Directora Regional, será mediante carta certificada dirigida al domicilio del contratista que hubiere designado en el contrato, sin perjuicio de su anotación en el Libro de Obras.
En ambos casos, el contratista tendrá un plazo de 5 (cinco) días hábiles contados desde su notificación, para interponer un recurso de reposición por escrito ante la autoridad administrativa que dictó el acto que se impugna, o quien lo subrogue, de acuerdo a lo dispuesto en la ley N°19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del estado.
Con todo, las multas establecidas podrán sumarse a las indemnizaciones que pudieren fijar los Tribunales de Justicia por los perjuicios causados por el incumplimiento del contratante en los mismos casos. Todo ello, sin perjuicio de la facultad de la Corporación de poner término anticipado al contrato por incumplimiento de sus obligaciones de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.
Asimismo, la Unidad Técnica deberá informar formal y oportunamente al Gobierno Regional, sobre cualquier sanción pecunaria, deducción o reembolsos que afecte al proveedor.
El pago por parte del proveedor deberá ser respaldado por Vale Vista bancario emitido a nombre del Gobierno Regional de Atacama.
En caso que el proveedor no cumpliera con la entrega del Vale Vista en los plazos establecidos CONAF Podrá dar termino de forma anticipada al contrato.
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PROCEDIMIENTO DE PAGO DEL ESTADO DE PAGO |
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Revisión de Estado de Pago
Para el proceso de revisión de los estados de pagos, el proveedor debe derivar los antecedentes a los siguientes correos, con los siguientes antecedentes:
Jorge Carabantes Ahumada Jorge.carabantes@conaf.cl
Mario Cerda Espoz mario.cerda@conaf.cl
· Carátula señalando los datos del proyecto, código BIP, plazos, monto contratado, modificaciones y resumen del Estado de Pago.
· Anexo con el detalle de las partidas, respecto al avance real y acumulado, de acuerdo a la oferta contratada y sus respectivas modificaciones si corresponde.
· Certificado de antecedentes laborales y previsionales F-30 emitido por la Dirección del Trabajo vigente a la fecha del estado de pago.
· Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales F-30-1 emitido por la Dirección del Trabajo vigente a la fecha del estado de pago con las cotizaciones pagadas al mes de emisión del respectivo Estado de Pago.
· Comprobantes de pago de valores proforma cuando corresponda.
· Informe de actividades del ITO o antecedentes que respaldan el pago según lo indicado en el contrato, (incluir cuando corresponda a estado de pago de Consultoría - Asesoría - Diseño)
Tener presente que antes de emitir la factura deben derivar los datos del proveedor para ingresarlo en la lista blanca de la plataforma de gestión DTE.
Nota: Con el objeto de agilizar estos procedimientos, se recomienda que el proveedor pueda estar habilitado para firma electrónica de documento.
Derivación de los Estados de pagos
Una vez revisado y dada la conformidad de los documentos anteriormente mencionado deberá remitir a CONAF el estado de pago en formato físico, el cual debe ingresar por oficina de partes con la siguiente información:
· Carta señalando él envío del Estado de Pago, indicando expresamente el nombre del Proyecto, código BIP y los documentos que adjunta.
· Factura original a nombre del Gobierno Regional de Atacama, por la cantidad a cancelar en el estado de pago.
·Carátula en original señalando los datos del proyecto, código BIP, plazos, monto contratado, modificaciones y resumen del Estado de Pago, debidamente firmada y timbrada por Inspector Técnico y quien designe la Unidad Técnica.
· Anexo con el detalle de las partidas, respecto al avance real y acumulado, de acuerdo a la oferta contratada y sus respectivas modificaciones si corresponde.
· Certificado de antecedentes laborales y previsionales F-30 emitido por la Dirección del Trabajo vigente a la fecha del estado de pago.
· Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales F-30-1 emitido por la Dirección del Trabajo vigente a la fecha del estado de pago con las cotizaciones pagadas al mes de emisión del respectivo Estado de Pago.
· Resolución original de modificación o ampliación de contrato, cuando corresponda.
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FACTURACIÓN |
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● La factura debe ser emitida a una vez recibido conforme los Servicios; Una vez emitida la factura el contratista siempre debe enviar la factura, nota de débito o nota de crédito en formato XML al correo dipresrecepcion@custodium.com
● La factura No debe indicar Orden de Compra en ninguna casilla (solo pueden nombrarla en el detalle que escriben el proyecto o estado de pago)
● La factura siempre debe ser pago Crédito, y NO contado
● Antes de emitir la factura se debe haber Aceptado la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl.
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OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO |
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*El adjudicatario deberá revisar y conocer completamente el proyecto, ejecutando todos los trabajos solicitados de manera completa y oportuna, en tiempo y forma, con estricto apego a las bases.
*El adjudicatario debe dirigir los trabajos personalmente o a través de un profesional o especialista competente, por él designado, y atenderlos de manera que el avance de la obra esté de acuerdo con el programa de trabajo aprobado.
*Cualquier modificación al proyecto original deberá ser autorizado por el mandante y deberá registrarse en el libro de obras.
*El adjudicatario está obligado a cumplir con todas las normas que el proyecto considera, gestionando y pagando todos aquellos permisos o autorizaciones que el proyecto requiera.
*Será responsable de todo el personal contratado para la ejecución de obras cumpliendo con normas de seguridad y prevención de riesgos asociado a dicho trabajo.
*El adjudicatario se obliga a cumplir las leyes laborales vigentes así como también toda normativa legal vigente aplicable al contrato.
*El adjudicatario deberá dar cumplimiento al Reglamento Especial para empresas contratistas y sub-contratistas de seguridad y salud en el trabajo, de CONAF.
*El adjudicatario deberá habilitar y mantener un libro de obras foliado y triplicado, en el que se anotarán las novedades de su ejecución y las instrucciones que imparta el Inspector, como las modificaciones que se autoricen en la obra, el que estará disponible y a la vista de CONAF en cualquier tiempo y cuando el mandante o sus delegados así lo requiera.
*Será obligación del adjudicatario mantener, en obra, copia de todos los contratos de trabajo, así como también todos los trabajadores deberán portar su cédula de identidad.
*Será responsabilidad del adjudicatario la procedencia de los materiales comprobando su óptimo estado, asegurándose que dichos materiales sean los especificados en las EETT. Si no fuese posible obtener los materiales especificados, estos deberán ser cambiados por materiales de igual o mayor calidad y en consenso con el mandante.
*El acopio de materiales deberá mantener el óptimo estado de materiales.
*Cuando el ITO y/o mandante encuentren trabajos en mal estado, podrá ordenar al adjudicatario rehacer la parte mal ejecutada. Los gastos que esto demande deberán ser pagados por parte del contratista considerando la inspección del ITO.
*Todas las herramientas, andamios, materiales e insumos necesarios para la óptima ejecución de las obras deberán ser proporcionados por el adjudicatario.
*Durante la ejecución de las obras, el adjudicatario contará con las medidas de seguridad y vigilancia necesarias para evitar pérdidas, hurtos, robos, daños o perjuicios producidos en el transcurso de la intervención.
*El adjudicatario deberá considerar todas las medidas necesarias para evitar daños a la obras, a su personal y a terceros. Si a pesar de las precauciones hubiese daños o perjuicios, el contratista queda obligado a reparar los daños causados e indemnizar los perjuicios.
*El adjudicatario asumirá todos los riesgos e imponderables de la construcción que signifiquen mayores costos, cualquiera sea su origen, naturaleza o procedencia. Así como de aquellos derivados de la mala construcción, por el empleo de materiales deficientes o de mala calidad. Por su parte será único y exclusivo responsable, de todos los daños provocados a las instalaciones, al medio ambiente, a funcionarios de CONAF o los ocasionados a terceros, por actos culpables o negligentes que se verifiquen en el desarrollo de las obras.
*Durante la ejecución de las obras se deberá mantener el orden y la limpieza en toda el área de intervención.
La Corporación Nacional Forestal requiere a todo tiempo que el adjudicatario mantenga un Arquitecto, Ingeniero Constructor o Constructor Civil, especialmente mandatado a cargo de las obras que se contraten.
Obtener los permisos, autorizaciones, licencias, derechos si procediesen, ante los organismos correspondientes, y contar con los proyectos de especialidad aprobados por los organismos respectivos.
Tramitar la actualización del permiso de obras otorgado por la DOM de la I.M. de Huasco, vencido en diciembre de 2023.
La instalación de empalmes provisorios de electricidad y agua, cuyos gastos deberán ser solventados en su totalidad por el contratista.
Ceñirse para la ejecución de los trabajos a los planos, al presupuesto adjudicado, a las especificaciones técnicas y a todas las normas y disposiciones que se consultan en las leyes, reglamentos y ordenanzas, tanto fiscales como municipales, vigentes a la fecha de la propuesta y que afecten a la obra y a las bases administrativas; planos respectivos; aclaraciones, respuestas a las consultas formuladas en el proceso licitatorio, la oferta y documentos presentados por el contratista y cualquier otro documento originado y/o relativo al proceso de licitación indicado en las presentes bases, sin perjuicio de las modificaciones contractuales que se celebren durante el desarrollo de la obra.
El adjudicatario deberá cumplir las normas especiales que regulan el Área (Parque Nacional), como:
-Restricciones de uso indicadas en el Plan de Manejo
-Normativa y recomendaciones sobre el uso del fuego
-Plan de protección de incendios forestales
-Plan de emergencia de la Unidad
Disposiciones legales atingentes a las Áreas Protegidas, especialmente la Ley 21.595 sobre delitos económicos
Previo al inicio de las obras, dentro de los primero cinco días hábiles desde la firma del contrato, será obligación que el Contratista y todo su personal participe de una jornada de inducción coordinada por CONAF en el Parque, en que se expondrán los siguientes temas:
-Cuidados ambientales
-Normativa laboral
-Normativa de higiene y seguridad
Será obligación del Contratista tomar las medidas de seguridad necesarias para evitar la circulación de visitantes en las áreas de intervención de las obras.
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RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO |
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El adjudicado deberá cumplir con la Ordenanza general de Urbanismo y Construcción (OGUC), Ley General de Urbanismo y Construcción (LGUC), ordenanza local y cualquier otra norma que corresponda al tipo de obra y emplazamiento de esta, siendo de responsabilidad del contratista, el pago de todos los permisos y/o derechos relacionados con la ejecución de la obras (permisos municipales, carga y descarga de materiales, traslado de materiales, retiro de escombros, etc.) Como toda Empresa que suscriba contrato con la Corporación Nacional Forestal, el adjudicatario respectivo deberá aceptar y aplicar las normas y procedimientos generales de Prevención de Accidentes y las instrucciones escritas o verbales que le imparta al inspector respectivo sobre la materia, durante el desarrollo de las obras. Además de lo anterior, responderá del fiel cumplimiento de las disposiciones del Código del Trabajo, leyes previsionales, de medicina curativa y preventiva, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y en general, toda legislación social y previsional vigente. El adjudicatario es el único responsable de la obra ante la Corporación Nacional Forestal y frente a terceros. El adjudicatario será el responsable exclusivo de los daños y perjuicios que causare a funcionarios de CONAF o a terceros, y también respecto de su propiedad, ya sea por defecto del proyecto, por infracción a los Reglamentos y Ordenanzas, y en general, por cualquier error, negligencia o imprudencia de parte suya o de sus trabajadores.
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DEL LIBROS DE OBRAS |
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El libro de Obras deberá ser en triplicado y quedará bajo la custodia del adjudicatario, quien será el responsable en caso de su extravío, enmendaduras, destrozos o adulteraciones que contengan. Asimismo, será obligación del adjudicatario mantener dicho Libro en un sitio adecuado para efectos de anotaciones oportunas de órdenes que sean impartidas o efectuadas por los profesionales del Proyecto. El Libro de la Obra quedará en poder de CONAF al término de la Obra, sin perjuicio que durante toda la vigencia del contrato CONAF tendrá libre acceso al mismo en cualquier tiempo.
Este libro comenzará una vez iniciada la obra (día de entrega de terreno), registrando proceso constructivo e hitos importantes del desarrollo del proyecto. Dejando constancia de los siguientes aspectos del proceso;
● Los avances de obras
● Las órdenes que dentro de los términos del contrato se impartan al contratista.
● Las observaciones sobre la forma en que se ejecuten los trabajos.
●Las observaciones que merezcan las obras al efectuarse la recepción provisoria de ellas.
●Las observaciones que pudieren estampar los representantes de servicios eléctricos, alcantarillado, agua, gas y otros.
●Visitas relacionadas con el desarrollo del proyecto, órdenes, instrucciones, observaciones y comunicación que estimen oportunas la inspección técnica de Obra (ITO) y/o el mandante.
●En caso de paralización transitoria de obras, o de fuerza mayor, se deberá explicitar las causas de dicha decisión.
● En caso de existir observaciones al momento de recepcionar las obras.
● Las autorizaciones de posibles modificaciones de obra.
●Cualquier otro aspecto que el jefe de obra considere relevante durante la ejecución.
Toda comunicación que se establezca en el Libro de Obras, por el contratista, ITO y/o Encargado Técnico, u otras entidades relacionadas con la obra, se considerará comunicación oficial, sin perjuicio de que pudiesen establecerse otros canales de comunicación a fin de propender a la mayor eficacia para el desarrollo de las obras, dejando oportunamente registro de ellos en el citado Libro de Obras. Cualquier orden o comunicación que esté dirigida al contratista, a través del libro de obras, deberá ser recibida por el Administrador de Obra, y en su ausencia, por quien este haya designado responsable, dejando constancia de la recepción en su nombre, firma y fecha, en el folio respectivo.
Este Libro debe ser presentado en la Recepción Provisoria de la Obra y se dejará constancia en él de las observaciones que se formulen en esa ocasión, sin perjuicio de que se anoten en el Acta de Recepción Correspondiente.
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DE LA EJECUCIÓN |
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Una vez adjudicada la licitación y previo a la firma del Contrato la CONAF citará al proveedor a una reunión de coordinación e información de los alcances del proyecto, la cual se efectuará en la Oficina regional ubicada en la ciudad de Copiapó Calle Juan Martinez N°55. En esta reunión se dejara en acta la fecha de entrega de terreno que dará inicio a las obras del proyecto, la cual no deberá ser de más de cinco (5) días hábiles contados desde la fecha de la firma de contrato, consignando dicho acto en el libro de obras. La entrega del terreno será de responsabilidad del I.T.O y el Encargado Técnico del proyecto.
Si el adjudicatario o su representante no concurrieren el día fijado para la entrega de terreno, el Encargado Técnico le señalará un plazo adicional que no podrá exceder a tres (3) días corridos. Expirado este nuevo plazo, y de continuar la no-concurrencia del proveedor, la Corporación podrá poner término anticipado al contrato.
Se dejará constancia de la entrega de terreno en el respectivo libro de obras.
El adjudicatario debe iniciar los trabajos inmediatamente después de la entrega de terreno y proseguirlos, de acuerdo con el programa de trabajo aprobado por la Corporación. El adjudicatario no podrá destinar el lugar entregado, ni siquiera en parte, a fines distintos de los que señale el respectivo contrato.
La demora por más de siete días corridos en la iniciación de los trabajos, y que no haya sido causada por fuerza mayor o justificada plenamente ante el I.T.O, dará derecho a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al contrato.
El adjudicatario no puede hacer, por iniciativa propia, cambio alguno de las bases, planos y especificaciones técnicas que sirvan de base al contrato, y si lo hiciere, deberá reconstruir las obras sin cargo para la CORPORACIÓN, o reemplazar, por su propia cuenta y costo, los materiales que a juicio de la Inspección, se aparten a las condiciones del contrato.
Cuando razones de orden técnico aconsejen paralizar o suspender temporalmente la ejecución de las obras, las partes contratantes concordarán previamente la paralización o suspensión, siempre y cuando esto no implique un incremento del presupuesto asignado. El Director Regional de CONAF podrá autorizar la paralización o suspensión del mismo hasta una fecha en que técnicamente sea aconsejable su prosecución. Para avalar lo anterior, la Inspección técnica de la obra deberá emitir un Informe Técnico, estableciendo las razones por las cuales debían paralizarse temporalmente las obras.
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SUPERVISIÓN DE LA OBRA |
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Cumplidos todos los trámites que le den vigencia legal al contrato, se dará inicio al plazo contractual de la Obra, mediante un Acta de Entrega de terreno, suscrita por el Proveedor y la Inspección Técnica de la Obra (ITO).
La Corporación Nacional Forestal designará uno o más profesionales para inspeccionar y controlar las obras, quienes deberán entregar un Informe de avance cumplidos 30 días corridos de ejecución. Una copia de cada Informe se deberá incorporar al libro de obras respectivo.
La inspección citada en el punto precedente no libera al adjudicatario de ninguna de las obligaciones de responsabilidad que le son propias y dicha inspección no constituirá, en caso alguno, aprobación parcial o total de la Obra.
Los trabajos mal ejecutados, materiales mal empleados y elementos utilizados al margen de las normas técnicas correspondientes, que sean observados por la ITO, deberán ser sustituidos, reconstruidos, reparados o refaccionados a costa del adjudicatario en el plazo que la ITO establezca, según las indicaciones de esta, sin que ello represente, en caso alguno, aumento de Obra ni costo adicional para el Mandante.
Las observaciones efectuadas en el Libro de Obra por la ITO, deberán ser acatadas de inmediato por el adjudicatario, y su inobservancia será causal de multas parciales y/o término anticipado del Contrato, en caso de recurrencia.
La Inspección Técnica de la Obra (ITO) está facultada para no dar curso a los estados de pago cuando el adjudicatario no acreditare el pago oportuno de los sueldos, salarios e imposiciones de previsión del personal empleado en dichas faenas o trabajos, o bien, para ordenar retener de dichos estados de pago, las cantidades adecuadas por tales conceptos, los que serán pagados a cuenta del proveedor, a las personas o instituciones que corresponda.
La Inspección Técnica podrá solicitar en cualquier momento los Contratos de Trabajo de todas las personas que estén laborando, así como también solicitar la identificación de cada trabajador. Si se detectare que algún trabajador de la obra está sin contrato vigente, tal evento se consignará por escrito en el Libro de Obras y se le solicitará inmediatamente el abandono de la Unidad.
La inspección Técnica realizará visitas de inspección a las obras. En estas visitas se tratarán todos los temas relacionados con el desarrollo del proyecto, con el objetivo de ir avanzando según plazos, verificando la óptima ejecución del trabajo.
Rechazar materiales que no cumplan con las especificaciones pertinentes; suspender faenas cuando se compruebe incumplimiento de las especificaciones o cuando ellas se realicen en forma descuidada o con peligro para personas e instalaciones; exigir ensayos cuando hay duda sobre la calidad de las obras y de los materiales utilizados o cuando, a su juicio, sean necesarios.
Ordenar la paralización de la obra a costa del contratista, previo bueno del encargado técnico, cuando no se hayan cumplido los requisitos especificados de ubicación, dimensiones y/o calidad de los materiales y obras ejecutadas.
Impartir instrucciones al contratista por escrito y en la forma establecida en las presentes bases, según la naturaleza de la obra a ejecutar, las cuales deberán cumplirse dentro del plazo establecido. El incumplimiento de cada orden será sancionado con la multa establecida en las bases administrativas de esta licitación.
Exigir el término de las labores de cualquier subcontratista o trabajador del contratista, por insubordinación, desórdenes, incapacidad u otro motivo grave debidamente fundado a juicio del ITO, quedando siempre responsable el contratista por los fraudes, vicios de construcción o abusos que haya podido cometer la persona separada de sus funciones.
Ordenar el incremento de personal y/o fijar normas para regular el ritmo de las faenas y dar cumplimiento al Programa de Trabajo que rige la obra, con cargo al contratista, en el caso de que detecte un avance inferior al planificado y aprobado.
Recomendar modificaciones que no involucren un cambio sustancial del proyecto, el cual deberá ser aprobado por la unidad técnica y registrado en Libro de Obras.
Si el contratista solicita un cambio de materiales o elementos a utilizar, el ITO deberá analizar los argumentos y documentos presentados, verificar la equivalencia técnica y las características de la alternativa presentada, evaluando los plazos y entregar un informe con su propuesta de aceptación o rechazo, pudiendo solicitar ensayos adicionales, a cargo exclusivo del contratista, para verificar si el material a utilizar cumple con los requisitos establecidos en las bases. Estos ensayos se realizarán de acuerdo a Normas Chilenas. En caso de no existir Normas Chilenas para algún material, la ITO deberá previamente aprobar el procedimiento.
Resolver la aceptación definitiva del material de la obra. Sin embargo, cualquier modificación de materialidad, especificaciones técnicas o procesos constructivos deberá también ser aprobado por el ITO previo a su instalación o de la ejecución del proceso constructivo. El contratista tendrá la obligación de reconstruir por su cuenta las obras o reemplazar los materiales que no sean aceptados por la ITO por razones de caracter técnico, siempre y cuando ello, no modifique las especificaciones técnicas y dichos materiales sean de igual o superior calidad que los especificados, sin que ello implique mayor costo para el mandante.
Requerir y aprobar el cambio de un profesional de la obra, en los casos y forma prevista según bases.
Aprobar los recintos entregados para almacenamiento/bodega para equipos, equipamiento y mobiliario clinico, resguardando el cumplimiento de los requerimientos técnicos y las medidas de resguardo ante factores ambientales y naturales, robos y siniestros que se puedan producir, además de considerar factores de prevención como temperatura, humedad relativa y presión atmosférica adecuada, mitigación de polvo en suspensión, zona de conexión eléctrica para prueba de equipos, resguardos adecuados en pisos y muros, equipos de respaldo de energía (UPS), entre otros. En caso de incumplimiento, le corresponderá solicitar las adecuaciones correspondientes.
Aprobar técnicamente las Notas de Cambio emitidas por el contratista.
Suscribir el Acta de Entrega de Terreno.
Formular y/o responder consultas formales al contratista mediante Libro de Obras, como también, efectuar consultas a la unidad técnica.
Analizar técnicamente la procedencia de modificaciones contractuales, especialmente aquellas referidas a cambios de calidad, plazo y/o valor del contrato.
Recomendar a la Unidad Técnica, aprobar o rechazar, la prórroga del plazo solicitada por el contratista para reconstruir obras defectuosas.
Cumplir otras funciones reconocidas por la normativa, las presentes bases y demás antecedentes que formen parte del contrato.
Sera responsabilidad del adjudicatario el contar con un teléfono permanente con el objetivo de permitir un contacto entre mandante y contratista.
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DE LA INSPECCIÓN DE LAS OBRAS |
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La inspección de las obras, será responsabilidad del I.T.O. (Inspector Técnico de Obras) el que velará por el correcto cumplimiento del contrato que en el caso de la Corporación Nacional Forestal lo suscribe en calidad de mandante quien establece las condiciones y requisitos que han de gobernar el cumplimiento de un contrato contra la cancelación de una compensación económica, y el adjudicatario (contratista) que suministra bienes y servicios de conformidad a lo pactado.
Ningún otro funcionario de CONAF podrá emitir directamente órdenes en la obra. Todo deberá ser canalizado a través del Encargado de Proyecto para que éste a su vez informe al I.T.O. quien deberá resolver.
Administrador de la Unidad y guardaparques del sector, sólo son responsables de fiscalizar el cumplimiento de los cuidados y normativa ambiental en un Área Silvestre Protegida. No pueden intervenir en la ejecución del proyecto, pero sí pueden exigir que algún funcionario de la empresa se retire del lugar por infringir la norma ambiental.
Es también función del Encargado de Prevención de riesgos de CONAF, velar por el cumplimiento de las normas de seguridad y laborales en la obra, entregando periódicamente informes sobre el cumplimiento de dichas normas al I.T.O.
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DE LA RECEPCIÓN DE LAS OBRAS |
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Terminados los trabajos, el adjudicatario notificará por escrito en el Libro de Obras a la Inspección Técnica de la Obra, quien deberá verificar el fiel cumplimiento de las bases, planos y especificaciones técnicas del respectivo contrato y lo comunicará por escrito al Encargado del Proyecto, indicando la fecha en que el proveedor puso término a la obra.
La recepción provisoria de las obras se efectuará por una Comisión conformada por él Encargado del Proyecto (o quien lo represente), la I.T.O.
La comisión deberá reunirse en las obras en un plazo no superior a 10 días hábiles, a contar desde la fecha en que el adjudicatario solicite la recepción de las obras. A esta reunión asistirá, aparte de la comisión, el adjudicatario y/o su representante. La Recepción de Obras podrá realizarse en etapa por sector, será el Encargado Técnico quien tendrá la facultad de definir las etapas de recepción.
Verificado y confirmado el término de las obras y el fiel cumplimiento del Contrato, ajustado a los planos, especificaciones técnicas y proyectos de especialidad, la ITO lo consignará en el libro de obras con la fecha exacta de término.
Si de la Inspección de la obra que haga la Comisión, resulta que los trabajos no están terminados o no están ejecutados en conformidad con las bases, planos, especificaciones técnicas, o se han empleado materiales defectuosos o inadecuados, la Comisión no dará curso a la recepción, fijando un plazo para que el adjudicatario ejecute, a su costa, los trabajos y reparaciones que aquella determine, situación que deberá quedar reflejada en el libro de obras.
Concluido el plazo para subsanar las observaciones por parte del adjudicatario, la comisión se constituirá nuevamente en terreno, para verificar la atención a las observaciones y efectuar la Recepción Provisoria, si procediere, levantándose el Acta de Recepción correspondiente. En caso de no cumplimiento, se procederá a rescindir el contrato.
Si el adjudicatario no hiciere las reparaciones y cambios que se ordenaren, dentro del plazo establecido, la Corporación Nacional Forestal podrá llevar a cabo la ejecución de dichos trabajos por cuenta del adjudicatario con cargo a la garantía de fiel cumplimiento del contrato y/o retenciones, si las hubiere.
Efectuada sin observaciones la recepción definitiva de la obra por parte de CONAF, se procederá a realizar el último estado de pago (según propuesta del adjudicatario). Una vez entregados a la Corporación los permisos de recepción municipal y sanitaria se procederá a la liquidación final del contrato. Cumplida esta formalidad, y si no existen saldos pendientes a favor del mandante, la Corporación realizara las gestiones administrativas para que el Gobierno regional proceda a la devolución de los saldos de retenciones, si las hubiere.
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VISITA A TERRENO |
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Se realizará visita a terreno al lugar donde se construirá el Centro de Interpretación Ambiental, con el objetivo de explicar en terreno los alcances técnicos del proyecto y despejar ciertas dudas que pudiese haber de parte de los posibles oferentes.
La visita no es obligatoria y no será considerada en algún criterio de evaluación de la licitación.
Dicha visita se realizará el día martes 11 de febrero de 2025 a las 12:00 hrs y el punto de reunión será la Oficina de Información del parque ubicada en el sector de Playa Blanca, ruta costera C-10.
Coordenadas del punto de encuentro:
-28.185340, -71.157717
El Encargado Técnico del proyecto Sr. Jorge Carabantes Ahumada (jorge.carabantes@conaf.cl) será el responsable de recibir a los distintos oferentes en el lugar de encuentro.
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CONTRAPARTE TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA |
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a) Contraparte Técnica
La contraparte técnica corresponderá al Jefe Dpto. Áreas Silvestres Protegidas, o quien lo subrogue,
Serán funciones de la Contraparte Técnica las siguientes:
● Administrar el contrato.
●Velar por el oportuno y fiel cumplimiento de todos los requerimientos técnicos de los servicios contratados mientras se encuentre vigente el contrato.
● Aprobar la recepción conforme de los bienes/servicios.
●Cualquier otra tarea necesaria para la oportuna e íntegra ejecución de la contratación.
b) Contraparte Administrativa
La contraparte administrativa corresponderá al Jefe del Dpto. de Finanzas y Administración, o quienes lo subrogue, en las materias que le competen a cada uno.
Serán funciones de la contraparte Administrativa las siguientes:
● Emitir órdenes de compra asociadas a la Licitación.
●Gestionar la firma de contratos y garantía de fiel cumplimiento, asociados a Licitación.
●Responder a los posibles reclamos derivados de las licitaciones públicas, por adquisición de bienes o contratación de servicios.
●Revisar e Informar las multas asociadas al proceso en conjunto con la Contraparte Técnica. Esta actividad se desarrollará en aquellos casos donde no se hayan cumplido lo establecido en las Bases de Licitación al respecto, lo cual quedará de manifiesto a través del Certificado de Recepción Conforme.
●Comunicar al Departamento de Finanzas, el valor total de las multas a descontar en la factura del proveedor.
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FACTORING |
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El contratista en la eventualidad que envíe las facturas a una empresa de factoring debe cumplir con el siguiente procedimiento, para que la Corporación proceda a realizar los pagos correspondientes:
1.- Informar oportunamente mediante una carta dirigida al Director regional de CONAF Atacama, indicando claramente todos los antecedentes de factura, empresa de factoring e incluir copia del contrato con dicha empresa.
2.- Dar cumplimiento al procedimiento de pago establecido en las presentes bases, vale decir cumplir con la entrega de todos los antecedentes que debe acompañar la factura al momento de su entrega.
3.- Cumplir con lo establecido en el Art. N°75 del reglamento en orden que no existan obligaciones o multas pendientes.
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SEGUROS |
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El Contratista y/o sus Subcontratistas contratarán y mantendrán vigente hasta la recepción definitiva de las obras por parte de la Dirección de Obras Municipales respectiva, los seguros que se mencionan a continuación. Los seguros deberán cubrir los riesgos de todo el personal y de sus acciones.
a. Seguro de compensación legal de accidentes del trabajo. Se exige de acuerdo a Ley N° 16.744, sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
b. Seguro contra todo riesgo de Construcción y Montaje. El Contratista deberá contratar a satisfacción del Mandante, un seguro contra todo riesgo de Construcción y Montaje, para cubrir las obras del Contrato, por el plazo que dure la ejecución de la obra y su aumento de plazo. El Contratista deberá incluir también en este seguro, las maquinarias y equipos móviles de su propiedad, que ocupará en la ejecución de las obras, como también los equipos y materiales del Proyecto, proporcionados por él y por el Mandante, que el Contratista o sus Subcontratistas deban montar. Además, deberá cubrir por medio de un adicional, el riesgo de transporte de los equipos y materiales de propiedad del Mandante y del Contratista, que deban ser trasladados desde sus propias bodegas, bodegas del Mandante, o bodegas de proveedores hasta el lugar de las obras. El seguro contra todo riesgo de construcción y montaje deberá cubrir en todo momento el costo total de las obras construidas, tanto directamente por El Contratista, como por sus Subcontratistas y todos los bienes y personas relacionadas con la obra de construcción. Se debe establecer claramente como asegurado adicional a la CORPORACIÓN NACIONAL FORESTAL.
Las cláusulas de cobertura que deberá incluir, serán al menos las siguientes:
1.-Muerte de terceras personas y lesiones corporales causadas a las mismas.
2.-Daños causados a bienes de propiedad o arrendados directamente por el Mandante.
3.-Daños por incendio y explosión causados por El Contratista, su personal o terceros, como subcontratistas, instaladores, etc., o personal de éstos, que trabajen en la obra.
El hecho que el Mandante apruebe y acepte los seguros anteriores no limita la responsabilidad del Contratista, si los daños exceden el monto de la póliza o lo reglamentado por las autoridades o institutos de previsión. En tal caso el Contratista quedará personalmente responsable de cubrir cualquier diferencia. El Mandante está facultado para pagarse de los daños causados con ocasión del respectivo Contrato, de la garantía de fiel cumplimiento del Contrato. En caso que el Mandante ejerza esta facultad, el Contratista podrá recurrir al seguro para recuperar parte o el total del costo de los daños.
El Contratista se obliga expresamente a responder y pagar todo daño o perjuicio que se produzca o se ocasione en accidentes de tránsito u otros relacionados con la Obra contratada, cualquiera sea la causa, razón o motivo del accidente originado por responsabilidad total o parcial del Contratista. Dicha responsabilidad se extenderá incluso a aquellos casos en que encontrándose asegurado el riesgo respectivo, la Compañía de Seguro retardar el pago, o se negare a pagar los daños resultantes de acuerdo con cláusulas de la póliza u otras normas legales o reglamentarias o a disposiciones internas, comprometiéndose el Contratista a asumir la total responsabilidad en el accidente y a soportar el pago de tales daños o perjuicios, liberando al Mandante por los hechos que se produzcan y de todo cobro que se le formule.
El Contratista deberá mantener vigentes los Seguros mencionados, durante los períodos señalados para cada seguro. En caso de otorgarse extensión del plazo contractual o atraso en la Recepción Provisoria, el Contratista deberá prorrogar el período de vigencia de los Seguros, en igual número de días y el costo de éstos, será de cuenta del Contratista. El Mandante se reserva el derecho de verificar y exigir la vigencia de los Seguros anteriormente indicados. El contratista deberá acompañar una fotocopia de las pólizas de los seguros contratados al momento de la suscripción del contrato los cuales quedarán como antecedentes de dicho instrumento.
Todas las gestiones que sea necesario realizar ante las Compañías de Seguros, deberá hacerlas el Contratista a su cargo y costo. En todos los seguros deberán figurar como beneficiarios (asegurados) el propio Contratista y el Mandante.
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