Licitación ID: 2667-39-LR26
CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO 37° COMISARIA DE VITACURA
Responsable de esta licitación: I MUNICIPALIDAD DE VITACURA
Fecha de Cierre: 20-10-2026 15:00:00
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 31
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Construcción de obras civiles 1 Global
Cod: 72131702
COSTO TOTAL NETO POR LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS CIVILES DE CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO 37ª COMISARÍA DE VITACURA, SEGÚN BASES.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONSTRUCCIÓN NUEVO EDIFICIO 37° COMISARIA DE VITACURA
Estado:
Publicada
Descripción:
El alcance de la presente licitación corresponde a las obras de construcción y habilitación de mobiliario de la infraestructura para el nuevo Edificio de la 37° Comisaria de Vitacura, además del desarrollo del tratamiento del espacio público de la vereda sur en toda su longitud (eje oriente poniente) del predio correspondiente al “Club de Planeadores de Vitacura”.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Dos Etapas
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Licitación de contrato de obra:
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
SECPLA
R.U.T.:
69.255.600-3
Dirección:
AVDA. BICENTENARIO N° 3800.
Comuna:
Vitacura
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-10-2026 15:00:00
Fecha de Publicación: 31-07-2026 18:33:00
Fecha inicio de preguntas: 31-07-2026 18:35:00
Fecha final de preguntas: 26-08-2026 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 11-09-2026 21:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-10-2026 15:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 16-11-2026 15:30:00
Fecha de Adjudicación: 11-02-2027 21:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Retiro de antecedentes técnicos en formato digital, conforme al Numeral 4.2 de las BAE 09-10-2026 17:00:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Adjuntar antecedentes administrativos, según numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
Documentos Técnicos
1.- Adjuntar antecedentes técnicos, según numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
 
Documentos Económicos
1.- Adjuntar antecedentes económicos, según numeral 5 de las Bases Administrativas Especiales. Revisar archivo adjunto Anexos en Formato Editable.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica OFERTA ECONÓMICA. Revisar pauta de evaluación en numeral 7.1.2 letra b de las Bases Administrativas Especiales 95%
2 Cumplimiento de Requisitos Formales CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES. Revisar pauta de evaluación en numeral 7.1.2 letra b de las Bases Administrativas Especiales 1%
3 Plazo de Ejecución PLAZO DE EJECUCIÓN. Revisar pauta de evaluación en numeral 7.1.2 letra b de las Bases Administrativas Especiales 4%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Impuestos incluidos.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Nancy Ortiz
e-mail de responsable de pago: nortiz@vitacura.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 31-03-2027
Monto: 45000000 Peso Chileno
Descripción: Los oferentes deberán Garantizar la Seriedad de su Oferta, mediante documento en la forma, establecida en el artículo 52° del Reglamento de la Ley de Compras, pagadero a la vista e irrevocable. Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la Garantía de Seriedad de la Oferta podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: a. vale vista; b. boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; c. póliza de seguro de ejecución inmediata (ver condiciones particulares en Numeral 10.3); d. depósito a la vista; e. certificado de fianza a la vista emitido por sociedades de garantía recíproca; f. cualquier otro instrumento pagadero a la vista e irrevocable, que asegure el pago en forma rápida y efectiva, de conformidad al artículo 52° del Reglamento de la Ley 19.886.
Glosa: Garantiza seriedad de la oferta licitación ID 2667-39-LR26.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será devuelta a los proponentes, conforme a los siguientes casos: a. En el caso del adjudicatario o los oferentes que figuren en el segundo y tercer lugar de prelación en el Informe Final de la propuesta, esta garantía les será devuelta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato. b. Para el resto de los oferentes participantes de la licitación, esta garantía les será devuelta una vez que se encuentre notificado el Decreto Alcaldicio de Adjudicación, o bien, el Decreto que declara desierta la licitación, o lo deja sin efecto, en su caso.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 28-02-2029
Monto: 5 %
Descripción: Notificada la adjudicación a través de la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl, el oferente adjudicado, deberá presentar una garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato y de las Obligaciones Laborales y Previsionales de los Trabajadores. Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la garantía podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; vale vista a la orden de la Municipalidad de Vitacura; certificado de fianza a la vista de sociedades de garantía recíproca; póliza de seguro de ejecución inmediata; depósito a la vista, o cualquier otro instrumento que asegure el pago en forma inmediata, rápida y efectiva.
Glosa: Garantiza fiel cumplimiento del contrato ID 2667-39-LR26.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de la garantía se efectuará en Tesorería Municipal, una vez transcurridos 60 días hábiles posteriores a la recepción provisoria de las obras, y sólo previa certificación por la Unidad Técnica supervisora del contrato, de la circunstancia de no existir obligaciones pendientes, tanto desde el punto de vista contractual, como del punto de vista laboral y previsional, de los trabajadores del contratista y/o de sus subcontratistas, a través de la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1 respectivamente), emitidos por la Dirección del Trabajo. No obstante, lo anterior, será obligación del adjudicatario, presentar con 20 días de anticipación al término de la Vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30) y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario F30-1). Estos certificados deben estar vigentes al momento de su presentación y ser entregados al ITO, quien dará su aprobación. En caso que el adjudicatario no presente los formularios señalados precedentemente, la Subdirección de Tesorería Municipal deberá hacer efectivas la garantía de fiel cumplimiento. Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y/o del seguro de responsabilidad civil, serán de cargo exclusivo del adjudicatario, siendo este responsable de mantenerlas vigentes por todo el periodo que caucionan, especialmente en aquellos casos de eventuales aumento de plazos, debiendo ser reemplazadas por otro documento, conforme al nuevo plazo contractual, siendo todos los costos financieros de responsabilidad única de la adjudicataria.
    Otras Garantías
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 15-01-2030
Monto: 5000 Unidad de Fomento
Descripción: El contratista será responsable por todos los perjuicios generados por su personal o el personal del subcontratista, si lo hubiere, que afecten la ejecución de las obras, así como los que se produjeran a terceras personas o se provocaren a funcionarios de la municipalidad y, en general, por todos los daños a personas o bienes, causados durante o como consecuencia de ellos. La Municipalidad de Vitacura no pagará al contratista ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones de acuerdo con lo estipulado precedentemente. Con el objeto de caucionar el pago de los daños indicados en el párrafo que antecede, el contratista deberá entregar, previo al Acta de Entrega de Terreno, una Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil por daños a terceros, por un monto equivalente a UF 5.000 (cinco mil Unidades de Fomento), y con pago de prima único o en cuotas, por lo que deberá presentar el comprobante de pago de la totalidad de la Póliza, o bien el pago de la cuota correspondiente al día. Este instrumento debe considerar obligatoriamente, una cláusula de responsabilidad civil patronal, por UF 3.000 (tres mil Unidades de Fomento). La presentación de este seguro será condición para realizar el Acta de Entrega de Terreno, objeto de la presente Licitación. La vigencia de la Póliza será, a lo menos, desde la fecha de emisión de la misma, la cual deberá ser siempre anterior o igual a la fecha de suscripción del contrato, más 30 días hábiles posteriores a la fecha de cierre de recepción definitiva de las obras. Sin perjuicio de lo anterior, se aceptará la presentación de pólizas que contengan una cláusula de renovación automática o cuya vigencia sea inferior a la exigida en el párrafo anterior, siempre y cuando sean renovadas anualmente, en los casos que corresponda, con, al menos, 30 días de anticipación a la fecha de su vencimiento. Excepcionalmente, y en el caso que el adjudicatario mantenga una Póliza de Responsabilidad Civil vigente de carácter general para todos sus mandantes, el oferente deberá establecer como asegurado adicional a la municipalidad de Vitacura manteniendo en todo momento vigente este tipo de Seguro de Responsabilidad Civil. En caso de que el servicio se extendiese más allá del plazo ofertado y este periodo no estuviese debidamente resguardado por la Póliza de Responsabilidad Civil vigente, el contratista deberá realizar la respectiva prórroga y mantener la vigencia de la Póliza, hasta la nueva fecha de término validada por el ITO y el Decreto Alcaldicio que lo sancione, con, al menos 30 días de anticipación a la fecha de su vencimiento.
Glosa: Seguro de responsabilidad civil del contrato ID 2667-39-LR26
Forma y oportunidad de restitución: De igual forma, será considerado como requisito esencial para la suscripción del contrato, y su no entrega oportuna facultará a la Municipalidad para dejar sin efecto la adjudicación, como también dará lugar a la readjudicación de la licitación si fuese procedente y conforme a los intereses municipales. En caso de daños a terceros, el contratista se obliga a activar en forma personal el procedimiento para responder civilmente por dichos daños, notificando de dicho trámite en un plazo no mayor a 48 horas a la Municipalidad de Vitacura, vía Libro Manifold u otro medio escrito acordado con la ITS. Toda carencia, exclusión o insuficiencia de los seguros será de única y exclusiva responsabilidad del Contratista, de forma que deberá complementar o suplir las indemnizaciones que correspondan, hasta la reparación total del daño producido. Toda carencia, exclusión o insuficiencia de los seguros será de única y exclusiva responsabilidad del Contratista, de forma que deberá complementar o suplir las indemnizaciones que correspondan, hasta la reparación total del daño producido
   
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 17-01-2029
Monto: 20 %
Descripción: El contratista podrá solicitar un anticipo cuyo monto máximo será de un 20% del monto total contratado, impuestos incluidos, una vez firmado el respectivo contrato y aprobado por el correspondiente Decreto Alcaldicio. El Anticipo será devuelto en Cada Estado de Pago, en cuotas o partes iguales, concluyendo su devolución en forma íntegra, antes de cursarse el último Estado de Pago. En tanto no esté completamente devuelto el anticipo solicitado, la garantía deberá mantenerse siempre vigente y el contratista deberá renovarla, hasta completar el proceso de devolución. Sin perjuicio de lo anterior, a solicitud del contratista, el anticipo podrá ser devuelto en menos cuotas dentro del plazo de la contratación, siempre y cuando, la devolución íntegra se realice antes del último estado de pago, informando de ello al ITO. El anticipo se foralizará a través de Decreto Alcaldicio, donde deberá expresarse los siguientes puntos: - El mecanismo de devolución, indicando la cantidad de cuotas de restitución. - El monto que será descontado en cada estado de pago. El valor de la garantía deberá ser el equivalente al 100% del monto anticipado, este monto se deberá caucionar mediante uno o varios instrumentos de garantía pagadera a la vista e irrevocable, por un monto equivalente al total del anticipo solicitado y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato, más 30 días corridos. En la medida en que el contratista vaya devolviendo el anticipo, podrá variar la caución o garantía correspondiente en similar proporción. Lo anterior, se realizará a través de un canje de boleta, devolución de un instrumento de garantía o endoso de póliza, según corresponda, manteniendo siempre caucionada aquella parte del anticipo aún no devuelta.
Glosa: Garantiza devolución anticipo del contrato ID 2667-39-LR26.
Forma y oportunidad de restitución: En la medida en que el contratista vaya devolviendo el anticipo, podrá variar la caución o garantía correspondiente en similar proporción. Lo anterior, se realizará a través de un canje de boleta, devolución de un instrumento de garantía o endoso de póliza, según corresponda, manteniendo siempre caucionada aquella parte del anticipo aún no devuelta.
   
Beneficiario: Municipalidad de Vitacura
Fecha de vencimiento: 15-01-2030
Monto: 3 %
Descripción: Con el fin de garantizar que se efectúen las reparaciones o correcciones objeto de las observaciones que emita la Municipalidad en la recepción provisoria, así como garantizar la subsanación de defectos en las obras atribuibles a la ejecución que se generen tras la recepción provisoria, se hace necesario que el contratista disponga de la Garantía de Correcta Ejecución de las Obras. Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la garantía podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; vale vista a la orden de la Municipalidad de Vitacura; certificado de fianza a la vista de sociedades de garantía recíproca; póliza de seguro de ejecución inmediata; depósito a la vista, o cualquier otro instrumento que asegure el pago en forma rápida y efectiva, y corresponderá a un 3% del valor total neto del contrato, incluyendo sus eventuales modificaciones, y tendrá un plazo de 30 días hábiles posteriores a la fecha de recepción definitiva de las obras.
Glosa: Garantiza correcta ejecución de las obras ID 2667-39-LR26.
Forma y oportunidad de restitución: En caso de hacerse efectiva dicha garantía luego de subsanado el problema, la garantía por su monto remanente se mantendrá vigente a favor de la Municipalidad hasta la fecha de su expiración. Una vez cumplido el plazo de garantía y si resultare un saldo a favor del proveedor, la Municipalidad hará devolución de la garantía por el saldo existente. En caso de que la caución no cubra el valor de las reparaciones durante el período de garantía de correcta ejecución, la Municipalidad estará facultada para ejercer las acciones legales que estime pertinente. La restitución de esta Garantía será realizada una vez cumplido el plazo de vigencia de 30 días hábiles posteriores a la fecha de recepción definitiva de las obras. La no entrega de esta caución, facultará a la Municipalidad para hacer efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Resolución de Empates

Si al completarse la evaluación, dos o más oferentes tuviesen igualdad de puntaje, se entregará la primera opción a favor de quien obtenga el mejor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta económica”. En caso de persistir la igualdad, será definido a favor de quien obtenga el mejor puntaje, en la suma de los criterios de la etapa de evaluación técnica. De persistir la paridad, se resolverá a favor de quien presente el mayor puntaje en el criterio “Plazo de ejecución de las obras”. Con todo, si aún no se resolviera la paridad, se optará a favor del oferente que obtenga el mejor puntaje en el criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales”. Por último, si aplicados todos los criterios de desempate anteriores, aún se mantiene el empate, la adjudicación se decidirá en favor de la oferta que primero haya sido ingresada al portal www.mercadopublico.cl .


Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social

El contratista se obliga especialmente, a informar al municipio de manera oportuna y cabal, (i) cualquier reclamo presentado por los trabajadores en la Inspección del Trabajo, o (ii) citación que reciba de este organismo, y que se haga con motivo o en el marco del procedimiento dispuesto en el párrafo 7º del Capítulo II del Libro V del Código del trabajo, y siempre que dicha citación diga relación con alguno de los trabajadores o ex trabajadores que presten o hayan prestado labores o servicios durante el plazo de ejecución del contrato.

Se deja constancia que esta obligación tiene como finalidad principal que la municipalidad pueda tomar las providencias necesarias para ejercer su debido derecho a defensa ante dicho organismo o simplemente plantear ante este todo aquello que estime necesario para una correcta y cabal comprensión de los hechos materia de la denuncia. Si el contratista es una UTP, para todos los efectos de aplicación de esta cláusula, se considerará como contratista al conjunto y a cada uno de los miembros que integran el la UTP.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Durante la etapa de evaluación, y a juicio de la Comisión Evaluadora de Propuestas Públicas y Privadas, la municipalidad podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información, conforme a lo dispuesto en el Artículo 56° del Reglamento de la Ley de Compras.

Además, la mencionada Comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. En este caso, se le asignará un puntaje menor en el criterio “Cumplimiento de los requisitos formales”, en conformidad al artículo 56° inciso segundo del reglamento de la Ley N°19.886.

De dichas solicitudes, se deberá dejar constancia en el acta que, al efecto, elabore la Comisión Evaluadora.

Si la Comisión Evaluadora hiciera uso de esta facultad, pero el oferente no acompañare la documentación solicitada, la oferta será evaluada sin esa documentación o podrá ser rechazada de plano y no ser evaluada, si ello procede. Los oferentes tendrán un plazo de 72 horas corridas siguientes al requerimiento para dar respuesta a lo solicitado por la Municipalidad.

10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.