Garantías de Seriedad de Ofertas
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Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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12-08-2026
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Monto:
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20000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Los oferentes deberán garantizar la seriedad de su oferta, mediante documento en la forma establecida en los artículos 21° y 22° de las BAG, y según lo dispuesto en el artículo N°31 del Reglamento de la Ley de Compras, pagadero a la vista e irrevocable.
Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la Garantía de Seriedad de la Oferta podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos:
a. vale vista;
b. boleta de garantía bancaria pagadera a la vista;
c. póliza de seguro de ejecución inmediata (ver condiciones particulares en Numeral 10.3);
d. depósito a la vista;
e. certificado de fianza a la vista emitido por sociedades de garantía recíproca;
f. cualquier otro instrumento pagadero a la vista e irrevocable, que asegure el pago en forma rápida y efectiva, de conformidad al artículo 31° del Reglamento de la Ley N°19.886.
El monto de esta garantía será de $20.000.000 (veinte millones de pesos) y deberá tener una vigencia mínima, de al menos 120 días corridos, siguientes a la fecha de cierre de recepción de las ofertas. Si la garantía se presenta en una unidad reajustable, deberá corresponder al valor de la UF o UTM al día de cierre de recepción de ofertas.
En caso de presentar más de una oferta, el oferente deberá entregar una garantía de seriedad por cada oferta presentada. Si hubiese sólo una garantía, para más de una oferta, se considerará dicha caución para la primera oferta que haya ingresado el oferente en el Portal, quedando inadmisibles las demás ofertas por él presentadas
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Glosa:
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“Garantiza Seriedad de la Oferta Licitación Pública ID 2667-4-LR26”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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En el evento de no cumplir con la entrega o el ingreso de la Garantía de Seriedad de la Oferta en tiempo y forma antes señalados, el oferente quedará fuera de Bases, siendo en consecuencia, declarada inadmisible su oferta. En caso de que la adjudicación no se pudiese concretar antes de la fecha de vencimiento de esta garantía, el municipio podrá solicitar prórroga de éstas, siendo obligación del oferente su cumplimiento; en caso de que decida continuar con su oferta; si alguno de los oferentes no accediera a la solicitud, su propuesta se tendrá por desistida, en cuyo caso la Municipalidad devolverá las garantías respectivas en el plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde su vencimiento.
La Municipalidad hará efectiva íntegramente la Garantía de Seriedad de la Oferta en cualquiera de los siguientes casos:
a) Si el adjudicatario se desiste de la oferta presentada;
b) Si el oferente entrega antecedentes que no se correspondan con la realidad y cuya entidad incida en la validez de la oferta (aplica Dictamen CGR N°10.706 de 2019);
c) Si el adjudicatario no da cumplimiento a lo establecido en el Numeral 11.1 “Requisitos para contratar” de las presentes bases administrativas;
d) Si el adjudicatario no acompaña los documentos que se le soliciten para la redacción del contrato en los plazos establecidos en las presentes bases administrativas;
e) Si el adjudicatario no suscribe el contrato en el plazo y forma estipulada en las presentes bases administrativas.
f) Si el adjudicatario no entregare la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato y pólizas de seguros de responsabilidad civil, según corresponda, en el plazo que dispongan las presentes BAE.
Esta garantía será devuelta a los proponentes, conforme a los siguientes casos:
• En el caso del adjudicatario o los oferentes que figuren en el segundo y tercer lugar de prelación en el Informe Técnico de Evaluación de la propuesta, esta garantía les será devuelta dentro de los 5 días hábiles siguientes a la suscripción del respectivo contrato.
• Para el resto de los oferentes participantes de la licitación, esta garantía les será devuelta una vez que se encuentre notificado el Decreto Alcaldicio de adjudicación, o bien, el Decreto Alcaldicio que declara desierta la licitación, o lo deja sin efecto, en su caso.
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Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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05-10-2029
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Notificada la adjudicación a través de la plataforma electrónica www.mercadopublico.cl, y dentro del mismo plazo otorgado para acompañar la documentación legal señalada en el Numeral 11.2 “Documentación para elaborar el contrato” de las presentes bases administrativas, el oferente adjudicado, deberá presentar una Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, Buena ejecución de las Obras y de las Obligaciones Laborales y Previsionales del Adjudicatario, con el objeto de resguardar el correcto cumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato.
El monto de esta Garantía será equivalente al 5% del valor total neto del contrato correspondiente al presupuesto máximo disponible (Numeral 6.1 de las presentes BAE), expresada en pesos chilenos, con vigencia, a lo menos, desde la fecha de suscripción del mismo, más al menos, 60 días hábiles posteriores a la fecha del término de la contratación.
Esta Garantía tendrá también por objeto asegurar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales de los trabajadores durante el tiempo de ejecución de los servicios y salvaguardará, además, los problemas que puedan existir debido a fallas en la ejecución de los trabajos, terminaciones deficientes o mala ejecución de las instalaciones, conforme a las especificaciones descritas en las BT y demás antecedentes de la Licitación.
Sin establecer restricciones respecto a un instrumento en particular, la garantía podrá consistir, a modo de ejemplo, en los siguientes instrumentos: boleta de garantía bancaria pagadera a la vista; vale vista a la orden de la Municipalidad de Vitacura; certificado de fianza a la vista de sociedades de garantía recíproca; póliza de seguro de ejecución inmediata; depósito a la vista, o cualquier otro instrumento que asegure el pago en forma rápida y efectiva.
La Garantía de Fiel Cumplimiento podrá entregarse física o electrónicamente. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. En el caso que se efectúe físicamente, deberá entregarse materialmente en la Secretaría Comunal de Planificación (SECPLA).
La SECPLA será la encargada de revisar la conformidad de la garantía, de acuerdo con los términos y condiciones solicitados en las bases, y remitirá el documento original a la Tesorería Municipal, para su debida custodia y resguardo. En el evento de no cumplir con la entrega física o electrónica de la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a las disposiciones precedentes, el Municipio podrá dejar sin efecto el Decreto Alcaldicio de Adjudicación de la propuesta, hacer efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada por el adjudicatario infractor y adjudicar ésta al que le siga en puntaje, de acuerdo a lo establecido en los Numerales 9.1 y 9.2 de las presentes Bases Administrativas.
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Glosa:
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“Garantiza Fiel Cumplimiento del Contrato Licitación ID 2667-4-LR26”
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Forma y oportunidad de restitución:
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La devolución de la garantía se efectuará en Tesorería Municipal, una vez transcurridos 60 días hábiles posteriores al término de vigencia del contrato, y sólo previa certificación por la Unidad Técnica supervisora del contrato, de la circunstancia de no existir obligaciones pendientes, tanto desde el punto de vista contractual, como del punto de vista laboral y previsional, de los trabajadores del contratista y/o de sus subcontratistas, a través de la presentación del Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales y del Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (F30 y F30-1 respectivamente), emitidos por la Dirección del Trabajo.
No obstante, lo anterior, será obligación de la adjudicataria, presentar con 20 días de anticipación al término de la Vigencia de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales (Formulario F30) y el Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales (Formulario F30-1). Estos certificados deben estar vigentes al momento de su presentación y ser entregados al ITS, quien dará su aprobación.
En aquellos casos en que la adjudicataria no presente los formularios señalados, la Subdirección de Tesorería Municipal deberá hacer efectivas las Garantías de Fiel Cumplimiento, en el caso que correspondiere.
Todos los gastos que irrogue el mantenimiento de la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, serán de cargo exclusivo del adjudicatario, siendo este responsable de mantenerlas vigentes por todo el periodo que caucionan, especialmente en aquellos casos de eventuales aumento de plazos, debiendo ser reemplazadas por otro documento, conforme al nuevo plazo contractual, más los días previstos según corresponda a la Licitación, siendo todos los costos financieros de responsabilidad única de la adjudicataria.
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Otras Garantías
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Beneficiario:
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Municipalidad de Vitacura
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Fecha de vencimiento:
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30-10-2029
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Monto:
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3000
Unidad de Fomento
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Descripción:
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El contratista será responsable por todos los perjuicios generados por su personal o el personal del subcontratista, si lo hubiere, que afecten la ejecución de las obras, así como los que se produjeran a terceras personas o se provocaren a funcionarios de la municipalidad y, en general, por todos los daños a personas o bienes, causados durante o como consecuencia de ellos. La Municipalidad de Vitacura no pagará al contratista ningún gasto proveniente de daños o indemnizaciones de acuerdo a lo estipulado precedentemente.
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Glosa:
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Seguro de Responsabilidad Civil Licitación Pública ID 2667-4-LR26”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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La renovación de la póliza de seguro, deberá hacerse con un mínimo de 30 días corridos de anticipación a su respectivo vencimiento. En caso de daños a la propiedad privada, pública o a terceros, cuyo monto sea inferior al deducible del seguro entregado en Garantía de Responsabilidad Civil, el Contratista deberá responder en forma inmediata una vez notificado por la ITO. Esta póliza será devuelta al Contratista una vez trascurridos 30 días corridos posteriores al término del contrato.
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