Licitación ID: 5251-185-LE25
Plataforma de reclutamiento y selección año 2026
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD TECNOLOGICA METROPOLITANA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 72
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios de reclutamiento 1 Unidad
Cod: 93141802
servicio especializado en Reclutamiento y Selección de Personal por período de un año, a partir del 01 de enero del 2026 Plataforma de reclutamiento y Selección de Personal, que incluya: 1. Modulo o sección de difusión masiva reconocida y altamente u  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Plataforma de reclutamiento y selección año 2026
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objetivo de la presente licitación es contratar el servicio especializado en Reclutamiento y Selección de Personal por período de un año, a partir del 01 de enero del 2026, que nos permita como Universidad poder acceder a los mejores talentos del mercado, incorporando las competencias necesarias para fomentar la mejora continua de nuestros procesos
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
DEPARTAMENTO DE ABASTECIMIENTO
R.U.T.:
70.729.100-1
Dirección:
Calle Dieciocho Nª178, Santiago
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-11-2025 15:00:00
Fecha de Publicación: 17-11-2025 19:15:49
Fecha inicio de preguntas: 17-11-2025 19:30:00
Fecha final de preguntas: 19-11-2025 20:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 21-11-2025 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-11-2025 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-11-2025 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 16-12-2025 14:51:28
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1 Declaración Jurada sobre Actos, convenciones y operaciones celebradas con personas relacionadas. Anexo N°1 2 Declaración Jurada Ley N°20.393 Anexo N°2 3 Declaración jurada de inhabilidades Anexo N°3-A (Persona Jurídica) Anexo N°3-B (Persona Natural) Anexo N°3-C (Unión Temporal de Proveedores) 4 Declaración jurada sobre celebración de contratos administrativos con personal institucional. Anexo N°4 – A (Persona natural) Anexo N°4 – B (Persona Jurídica) La falta de entrega, durante el periodo ordinario de presentación de la oferta, será sancionada con la inadmisibilidad de esta última. 5 Declaración Jurada de Aceptación de los Antecedentes de la Licitación Anexo N°5 6 Identificación del oferente Anexo N°6 7 Programa de integridad Anexo N°7
Documentos Técnicos
1.- Experiencia Completar datos solicitados y firmar Anexo N°8
 
Documentos Económicos
1.- Propuesta Económica Completar datos solicitados y firmar Anexo N°9
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia de los Oferentes La puntuación máxima es de 60 puntos, distribuidos entre la experiencia en el mercado (50 puntos) y la calidad del equipo profesional (10 puntos), según los antecedentes respaldatorios presentados en el anexo N°8. 6.1.1 Experiencia en el Mercado (Puntaje máximo a asignar 50 puntos) Para los efectos de este criterio de evaluación, los oferentes deberán completar y presentar el Anexo N°8, deben acreditar y demostrar con antecedentes de respaldo, tener una plataforma de difusión masiva reconocida y altamente utilizada por profesionales y técnicos, con más de 10 años en el mercado. 6.1.2 Equipos de ejecutivas especializadas (Puntaje máximo a asignar 10 puntos) Para los efectos de este criterio de evaluación, los oferentes deberán completar y presentar el Anexo N°8, Se otorgarán 10 puntos a los proponentes que acrediten o demuestren con antecedentes de respaldo, que corresponda a todos y cada uno de los siguientes indicadores: a) Presente 2 o más ejecutivos destinados a la atención de solicitudes y asesorías en los diferentes procesos. b) Que acredite que cuenta con título técnico de nivel superior o título profesional. c) Que acrediten experiencia igual o mayor a 2 años. Se otorgarán 5 puntos si acreditan al menos 2 de los criterios anteriores. Se otorgarán 2 puntos si acreditan 1 de los criterios anteriores. En el evento que la empresa reemplace a un asesor, deberá asignar a uno con el mismo perfil y experiencia, contando con el consentimiento de la Universidad. En caso de no informar ejecutivos asignados para que trabajen exclusivamente con la Universidad, se evaluará el criterio con 0 puntos. En el evento que no se acredite la formación técnica, profesional o la licenciatura de enseñanza media de un ejecutivo asignado, por medio de la copia del certificado correspondiente, se entenderá como no informado. La experiencia en el rubro se acreditará por medio de la presentación del o de los respectivos currículos vitae (CV) que la especifiquen. Si no presenta el CV o si éste no especifica experiencia en el rubro, se considerará que la persona no tiene experiencia. 60%
2 Programas de integridad Para la evaluación de este criterio, se evaluará si el oferente posee un programa de integridad que sea conocido por su personal, lo cual deberá ser declarado en el Anexo N°7. En caso de que dicho anexo no se presente en conjunto con la oferta, o bien, éste no se encuentre debidamente completado y firmado, se entenderá que el oferente en cuestión no cuenta con un programa de integridad que sea co 5%
3 Precio Para los efectos de este criterio de evaluación, los oferentes deberán completar y presentar el Anexo N°9, detallando el valor neto total de la oferta, conforme lo establecido en las presentes bases de licitación. Cabe señalar que el valor a ofertar es el valor total neto, el cual también deberá ser ingresado en el portal. El oferente que presente el menor valor neto ofertado obtendrá el puntaje máximo (30 puntos). El resto de los oferentes obtendrán un puntaje derivado de la operación aritmética de multiplicar el monto de menor valor entre los oferentes por 30, y dividir dicho resultado por el monto de la oferta presentada; tal como se grafica en la siguiente fórmula: puntaje =(menor valor entre los oferentes x 30)/valor ofertado por el oferente )En caso de existir diferencias entre el precio total neto ofertado en el portal y el anexo N°9, se considerará válida la oferta declarada en el Anexo. La falta de entrega de dicho documento, durante el periodo ordinario de presentación de la oferta será sancionada con la inadmisibilidad de esta última. 30%
4 Cumplimiento de los requisitos Se otorgará el puntaje máximo (5 puntos) a los oferentes que entreguen, dentro del plazo de presentación de ofertas, todas las certificaciones, antecedentes y anexos solicitados en estas bases de licitación. Si algún documento es omitido dentro del plazo, pero su ausencia no implica que la oferta sea inadmisible, el oferente podrá presentarlo a través del foro inverso de la licitación, en un plazo máximo de 2 días corridos desde que UTEM lo solicite mediante el Sistema de Información. En estos casos, si los documentos se entregan posteriormente —ya sea por aplicación del artículo 56, inciso 2°, del reglamento de la Ley N°19.886, o por solicitud de corrección de errores u omisiones formales— se asignará un puntaje de (3 puntos). Si la documentación requerida no se presenta ni dentro del plazo original ni en el plazo adicional, la oferta será evaluada con 0 puntos. Importante: No se otorgará plazo adicional para entregar documentos cuya omisión afecte directamente la evaluación de la oferta o que, según las bases, deban presentarse obligatoriamente bajo sanción de inadmisibilidad. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: UNIVERSIDAD TECNOLOGICA METROPOLITANA
Monto Total Estimado: 10000000
Justificación del monto estimado De acuerdo a Disponibilidad Presupuestaria N 288
Contrato con Renovación: NO
Observaciones En el evento de que existan ofertas que se encuentren por debajo o excedan el monto estimado, será facultativo para la Universidad Tecnológica Metropolitana autorizarlo en la medida que se cuente con el respectivo presupuesto
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Mauricio Loyola Morenilla
e-mail de responsable de pago: proveedores@utem.cl
Nombre de responsable de contrato: Catalina Fuentes
e-mail de responsable de contrato: c.fuentesc@utem.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-787-7766
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de que dos o más oferentes obtengan el mismo puntaje total, se
adjudicará la oferta que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio “Experiencia”. Si el empate
persiste, se considerará el mayor puntaje en “Propuesta económica”; de mantenerse el
empate, se optará por la oferta con mayor puntaje en “Programa de integridad”; en caso de
continuar el empate, se considerará el mayor puntaje en “Cumplimiento de requisitos
formales”. Finalmente, si el empate persiste en todos los criterios anteriores, se adjudicará la
oferta que haya sido ingresada primero en la plataforma www.mercadopublico.cl.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva,
de forma electrónica dirigida a un correo electrónico de la Universidad Tecnológica Metropolitana
que será informado en http://www.mercadopublico.cl.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
En el caso de que la UTEM verifique que el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones
o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en
los últimos dos años, los primeros estados de pagos resultantes del presente contrato serán
destinados al pago de dichas obligaciones. El proveedor deberá acreditar que la totalidad de las
obligaciones se encuentra liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con
un máximo de seis meses. Asimismo, la Universidad estará facultada para hacer efectivo el cobro
de la garantía de fiel cumplimiento con el fin de cubrir los pagos adeudados por la empresa.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
Presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido
presentar al momento de efectuar la oferta. Siempre que dichas certificaciones o
antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para
presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar ofertas y el período de evaluación.
Pacto de integridad
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente
el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones
que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y
demás documentos integrantes. Especialmente, el
oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria
y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes
compromisos:
a) El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos,
premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario
público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o
los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas
a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su
toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se
deriven.
b) El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o
formas.
c) El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de
esta.
d) El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral,
buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
e) El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de
ellos se derivase.
f) El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases
de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
g) El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una
propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la
realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad
ofertadas.
h) El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las
obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus
empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que
éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
licitación, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin
perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas
por los organismos correspondientes.
i) El proveedor declara que conoce y respetará íntegramente la Política Institucional de Género,
que trata sobre la Violencia de Género, Acoso Sexual y Discriminación en razón de Género de la
Universidad Tecnológica Metropolitana. En caso de hechos eventualmente constitutivos de violencia de género, acoso sexual y
discriminación en razón de género que ocurran con ocasión de la ejecución del contrato con la
Universidad, el proveedor deberá activar sus protocolos internos de investigación/sanción y adoptar
las medidas para evitar la comisión de este u otros hechos similares. En caso de incumplimiento de
esta cláusula, la Universidad podrá terminar el contrato ipso facto y sin derecho a indemnizaciones.
ADJUDICACIÓN
7.1 Publicación de la adjudicación Cerrado el proceso de evaluación y de acuerdo con lo propuesto en el acta de evaluación correspondiente, la Universidad Tecnológica Metropolitana dictará el acto administrativo de adjudicación escogiendo la propuesta total más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en las presentes bases o bien declarará desierta la licitación, por no ser las ofertas convenientes para los intereses de la Institución. Dicho acto se publicará en el portal http://www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo señalado en las presentes Bases. En caso de que el proceso antes señalado experimente demoras a causa de hechos propios de la Universidad Tecnológica Metropolitana o situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, la Institución informará de esta situación en el portal señalando el plazo para la dictación del respectivo acto administrativo. Si existieran dudas y/o consultas respecto de la adjudicación podrá efectuarse la consulta respectiva, de forma electrónica dirigida a un correo electrónico de la Universidad Tecnológica Metropolitana que será informado en http://www.mercadopublico.cl. La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho de poder readjudicar el presente proceso licitatorio, al segundo proveedor mejor evaluado y así sucesivamente, en el caso que el proveedor adjudicado no accediere a la firma del contrato y/o se presente otra causa que no permita la viabilidad de la prestación del servicio licitado, dentro de un plazo de 60 días corridos, según lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Compras 7.2 Causales para dejar sin efecto la adjudicación La adjudicación podrá ser dejada sin efecto en los siguientes casos: ⮚ Si el oferente adjudicado es inhábil para contratar con la Universidad Tecnológica Metropolitana. ⮚ Si el oferente adjudicado no cumple con la obligación de entregar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales en el plazo señalado en las presentes Bases, en caso de que no lo tenga debidamente actualizado en Chile Proveedores o lo haya entregado junto con su propuesta. ⮚ Cualquier otro aspecto que no cumpla con lo solicitado en las presentes Bases Administrativas. En caso de que la adjudicación sea dejada sin efecto por las causales precedentes, la Universidad Tecnológica Metropolitana podrá adjudicar la propuesta al siguiente oferente mejor evaluado y siempre que a su respecto no concurra tampoco alguna de las causales enunciadas y así sucesivamente.
ANTECEDENTES LEGALES PARA SER CONTRATADO
Previo a la celebración del contrato, la UTEM exigirá al oferente entregar un Certificado de antecedentes laborales y previsionales, que informe respecto de los antecedentes laborales y previsionales de los últimos dos años; la declaración Jurada Ley N°20.393 en el caso de ser el adjudicatario persona jurídica y la declaración jurada simple que consigne el no haber sido condenado por los delitos concursales de aquellos tipificados en el Código Penal. El adjudicatario inscrito en el Portal de http://www.mercadopublico.cl que no tiene contratado el servicio de digitalización de documentos, deberá acompañar antes de la firma del contrato, en fotocopias legalizada ante Notario, los siguientes documentos según proceda: Tratándose de sociedades o empresas individuales de responsabilidad limitada, se debe adjuntar fotocopia de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, con certificación de su vigencia, o fotocopia del Certificado de Vigencia, de fecha no anterior a tres meses contados desde la fecha de presentación de la oferta y fotocopia del documento en que conste la personería del representante legal. Tratándose de personas jurídicas que no tengan el carácter de sociedad o empresa individual de responsabilidad limitada, se deberán adjuntar los antecedentes que acrediten vigencia y la personería del representante legal, emitidos por las autoridades que correspondan. Tratándose de personas jurídicas que se acojan a la Ley N°20.659 se debe acompañar Certificado de Migración al Régimen Simplificado o Certificado de Migración al Régimen General, según sea el caso, además del Certificado de Vigencia, Certificado del Estatuto Actualizado y Certificado de Anotaciones, de la correspondiente persona jurídica, señalados en el artículo 29 del Decreto Supremo N°45, de 2013, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que aprueba Reglamento de Ley N°20.659, que Simplifica el Régimen de Constitución, Modificación y disolución de las Sociedades Comerciales. Copia del instrumento de formalización de la Unión Temporal de Proveedores de acuerdo con lo prescrito en el artículo 180 del D. N°661/24 del Ministerio de Hacienda o el instrumento constitución de la sociedad formada en el caso de que la Unión optara por éste, en conformidad a lo previsto en el acuerdo de actuación conjunta.Tratándose de personas naturales, deberán estar inscritas en el Registro Tributario y declaración de inicio de actividades (Formulario 4415 Servicio de Impuestos Internos) y deberán acompañar copia de la cédula de identidad
DEL CONTRATO (Orden de compra)
Vencido el plazo de 2 días hábiles sin que se haya aceptado la orden de compra por parte del adjudicatario, la UTEM podrá readjudicar, determinando si adjudica a la segunda o tercera oferta o a la siguiente mejor evaluada, en el marco de los recursos asignados, o declarar desierto el proceso licitatorio y efectuar un nuevo llamado. 9.1 Renovación contractual La Universidad Tecnológica Metropolitana tiene la facultad, en acuerdo con el o los proveedores adjudicados, de renovar por una sola vez el contrato por la adquisición del servicio adjudicado, por el mismo lapso, si se determina que es necesario para cumplir, de manera más efectiva, los objetivos Modalidad Suma Alzada Reajustabilidad No reajustable. Monto en Base a Monto estimado Monto Total estimado $10.000.000 IVA incluido Observaciones En el evento de que existan ofertas que se encuentren por debajo o excedan el monto estimado, será facultativo para la Universidad Tecnológica Metropolitana autorizarlo en la medida que se cuente con el respectivo presupuesto. Cesión de Derechos No se permite Formalización La formalización de la adquisición se materializará por la notificación de la adjudicación y, en conjunto con la emisión y aceptación de la orden de compra del proveedor, por tratarse de bienes y/o servicios estándar de simple y objetiva especificación. Forma de pago Ver ítem 9.2 de este documento. Opciones de Pago Transferencia electrónica Plazo de Pago a 30 días Unidad responsable de pago Departamento de Contabilidad E-mail de responsable de pago proveedores@utem.cl Modalidad de Adjudicación Simple Unidad Técnica Dirección de Desarrollo y Gestión de Personas 9.1 Renovación contractual La Universidad Tecnológica Metropolitana tiene la facultad, en acuerdo con el o los proveedores adjudicados, de renovar por una sola vez el contrato por la adquisición del servicio adjudicado, por el mismo lapso, si se determina que es necesario para cumplir, de manera más efectiva, los objetivos de la contratación. La renovación deberá fundamentarse en un informe de la contraparte técnica y estará condicionada a la disponibilidad presupuestaria. Esta disposición habilita a la UTEM a prolongar un servicio exitoso sin la necesidad de llevar a cabo un nuevo proceso licitatorio.
Forma de pago
En conformidad al artículo 8º de la Ley de Presupuestos del Sector Público para el año en curso, todos los pagos a proveedores de bienes y servicios de cualquier tipo que se realicen por parte de los órganos de la Administración del Estado (UTEM entre ellos) durante el presente año, incluidos aquellos relacionados a contratos de obra o infraestructura, deberán realizarse mediante transferencia electrónica de fondos. Por lo tanto, el proveedor debe tener habilitada la opción de recibir pagos por transferencia electrónica, debiendo proporcionar con la debida antelación la información bancaria para que ello pueda realizarse. De igual manera, la ley establece que el reconocimiento en la ejecución presupuestaria deberá realizarse en pleno cumplimiento de la Ley N°19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de la factura. Por consiguiente, el pago se realizará dentro de 30 días corridos, contados desde la recepción de la factura. Con todo, para proceder al pago se requerirá que previamente se certifique por parte de UTEM la recepción conforme de los bienes y servicios contratados por la contraparte técnica. En el caso de que la UTEM verifique que el proveedor registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pagos resultantes del presente contrato serán destinados al pago de dichas obligaciones. El proveedor deberá acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentra liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Asimismo, la Universidad estará facultada para hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento con el fin de cubrir los pagos adeudados por la empresa.
Multas por incumplimiento contractual
En casos de incumplimientos se aplicarán las siguientes multas: a) Atraso en la entrega de los productos o prestación de los servicios: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la entrega de los productos o prestación de los servicios (incluyendo días inhábiles). La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación (IVA incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días. b) Incumplimiento en las especificaciones técnicas contratadas: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por el incumplimiento en las especificaciones técnicas de los productos o servicios contratados determinados en la solicitud de cotización y en la oferta del proveedor, lo cual será determinado por la contraparte técnica de la contratación. La multa será el equivalente al 5% del total de la contratación (IVA incluido). El proveedor tendrá la obligación de corregir las falencias y realizar la entrega nuevamente, a sus expensas, en un plazo no superior a 03 días hábiles, contado desde la fecha de notificación del rechazo de los productos o servicios. c) Atraso en la entrega del producto o prestación de los servicios luego de solicitada su corrección: la Institución compradora está facultada para el cobro una multa por cada día de atraso en la nueva entrega de los productos o prestación de los servicios (incluyendo días inhábiles) una vez transcurridos los 3 días hábiles contados desde la fecha de notificación del rechazo de los productos o servicios. La multa será el equivalente al 1% del total de la contratación (IVA incluido) por cada día de atraso, con un tope de 20 días. 9.3.2 Monto máximo de la multa Las multas aplicadas al proveedor no podrán ser en ningún caso superior al 20% del monto originalmente pactado por la entrega del servicio. Este porcentaje máximo considera tanto la aplicación de multas por un tipo de incumplimiento, como la sumatoria de multas de distintos incumplimientos. En caso de que el monto total de multas aplicadas alcance el 20% del contrato anteriormente señalado, la UTEM deberá poner término al contrato, ejecutando la garantía de fiel cumplimiento (aplicable únicamente cuando este instrumento financiero haya sido requerido en las bases administrativas). 9.3.3 Procedimiento para la aplicación de multas a) Si la Contraparte técnica de la Universidad Tecnológica Metropolitana considera que existe mérito suficiente para la aplicación de una multa, comunicará por escrito su decisión al proveedor, indicando los fundamentos y monto de la misma. b) El proveedor dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contado desde la notificación para efectuar sus descargos. La notificación al proveedor se efectuará mediante el envío de un correo electrónico con todos los antecedentes fundantes, y dirigido a la casilla indicado en el Anexo N°6 c) Una vez efectuado los descargos o transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte técnica remitirá los antecedentes para que la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los antecedentes. Las resoluciones que apliquen multas serán susceptibles de reclamarse acuerdo a la Ley N°19.880. En el caso de que el valor de las multas supere el monto máximo permitido en las Bases, se hará efectiva contra el cobro de la caución. Una vez efectuado los descargos o, transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte técnica remitirá los antecedentes para que la Rectora de la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los hechos. 9.3.4 Forma de pago de las multas Una vez notificada la Resolución que impone multa respectiva al proveedor, este deberá pagarla en el plazo de 5 días hábiles a esta Casa de Estudios, mediante transferencia electrónica bancaria a la cuenta Banco Santander cuenta N°68-80396-9. De esta transferencia deberá remitirse su comprobante al correo de y.medina@utem.cl, m.quense@utem.cl con copia a secretariaddgp@utem.cl y c.fuentesc@utem.cl. En dicho correo deberá indicarse el nombre e ID de la licitación, el monto a pagar, y los datos de individualización del proveedor. En caso de que la multa no sea pagada en el plazo antes indicado, la Universidad quedará facultada a hacer efectiva las garantías correspondientes.
Término anticipado del contrato
El contrato se entenderá resuelto administrativamente y sin derecho a indemnizaciones por cualquier incumplimiento grave de parte del proveedor respecto de las obligaciones contraídas en virtud del Contrato. Una vez dictada la Resolución respectiva se notificará al proveedor, efectuando la publicación de esta a través del Portal, pudiendo el proveedor objetar tal decisión conforme a lo dispuesto en la Ley 19.880. La UTEM podrá poner término definitivo o suspender transitoriamente la entrega del servicio, en cualquier momento por causales ajenas a la responsabilidad del proveedor, tales como, de emergencia nacional, instrucciones superiores de instituciones que financian la adquisición, de entes fiscalizadores u otro motivo de fuerza mayor, dando aviso por escrito a éste con una debida anticipación. En dicho caso, la UTEM pagará al proveedor el monto que corresponda al avance del equipamiento entregado. Se entenderá que todos los gastos que origine la liquidación del contrato serán de cargo de la UTEM. Asimismo, y sin desmedro de las causales de término anticipado por incumplimiento grave recién esgrimidas, los contratantes podrán modificar o poner término anticipado a la relación contractual que los vincula, de mutuo acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 130 del Decreto N°661 que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y la Ley N°21.634 de 2023 que la moderniza.
Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor
Para efectos de lo dispuesto en el artículo 13 letra b) de la Ley N°19.886 y artículo 130 N°3 del Decreto N°661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley 19.886, se considerará que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el proveedor en los siguientes casos: a) En caso de que el monto total de multas aplicadas alcance el 20% del contrato anteriormente señalado, la UTEM deberá poner término al contrato, ejecutando la garantía de fiel cumplimiento (sólo en el caso de que se haya solicitado este documento) b) Si el servicio prestado, ha sido mal evaluado por la Contraparte Técnica, sea por deficiencias en la prestación del servicio, sea por cobros no establecidos en convenio y/o incumplimientos reiterados del servicio. Se entenderá por incumplimientos reiterados, cuando el proveedor haya sido sancionado con multa en más de 2 oportunidades, o cuando la entidad del incumplimiento sea suficiente para poner término anticipado de forma inmediata. c) Por infracción del deber de confidencialidad durante la vigencia del contrato y/o resguardo de datos personales (Ley N°19.628). d) En caso de que se abandone la Entrega de la obra, se estimará como abandono por un plazo mayor de 5 días corridos contados desde el vencimiento del plazo estipulado para su entrega o la prórroga que se encontrase corriendo. e) Si el proveedor se encuentra en notoria insolvencia y/o estado de cesación de pagos; o fuera sometido a proceso de liquidación concursal regido por la Ley 20.720; o le fueron protestados documentos mercantiles que se mantuvieran impagos f) Si el proveedor no emplea personal en la cantidad y con las competencias necesarias para la prestación del servicio, no cumple con lo señalado en su oferta técnica, requerimientos reglamentarios que le sean aplicables en razón de su giro, entre otros. g) Si perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad. h) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de 6 meses. i) Conductas del proveedor que impliquen una infracción a las normas contenidas en el “pacto de integridad” señalado en estas bases. j) Si los servicios otorgados no cubren los requerimientos de la Universidad Tecnológica Metropolitana, estipulados en las presentes bases de licitación, de acuerdo con informe emitido por la Contraparte Técnica. k) Ocurrencia de alguna infracción a una obligación específica señaladas en las bases administrativas y técnicas que expresamente señalen que constituye incumplimiento grave.
Procedimiento para el término anticipado del contrato
Si la Contraparte técnica de la Universidad Tecnológica Metropolitana considera que, en los hechos, el proveedor ha incurrido en una causal de incumplimiento grave a las obligaciones del contrato, por lo que es procedente ponerle término, comunicará esta circunstancia por escrito al proveedor, especificando los fundamentos. El proveedor dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contado desde la notificación para efectuar sus descargos. La notificación al proveedor se efectuará mediante el envío de un correo electrónico con todos los antecedentes fundantes, y dirigido a la casilla indicado en el Anexo N°6. Según lo dispuesto en el artículo 140 del Reglamento de la ley N°19.866. Una vez efectuado los descargos o, transcurrido el plazo sin que se hubieran formulado, la Contraparte técnica remitirá los antecedentes para que la Rectora de la Universidad Tecnológica Metropolitana resuelva sobre el particular, mediante resolución fundada, previa ponderación de los hechos. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, la Universidad Tecnológica Metropolitana podrá cobrar y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, administrativamente y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial y de acuerdo con el procedimiento que corresponda según su naturaleza. Todo lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la UTEM pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del proveedor.
RESERVA DE DERECHOS
La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho a: a) La Universidad podrá en cualquier momento, y hasta antes del vencimiento del plazo de presentación de las ofertas, modificar las presentes Bases, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración o consulta. La Institución evaluará las condiciones de aplicación de las modificaciones, considerando la naturaleza de estas, para ajustar los plazos de presentación de las ofertas si la situación lo amerita. Dichas modificaciones serán obligatorias para todos los participantes y serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. b) Declarar desierta la licitación en caso de que todas las propuestas ofrecidas excedan la disponibilidad presupuestaria con que cuenta para financiar el gasto que irrogue la contratación de los servicios que se licitan y ante el evento que ninguno de los proponentes dé cumplimiento a la suscripción del contrato o la inscripción del proveedor en el portal www.mercadopublico.cl en los plazos señalados en estas Bases. c) Adjudicar a la propuesta que, conforme a la evaluación, sea la mejor combinación de factores técnicos y de precio, aunque no sea la del menor precio ofrecido. d) Adjudicar a la propuesta del siguiente mejor puntaje, cuando el oferente adjudicado no se presente a celebrar el contrato cuando se exija o no suministre la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, conforme a la forma y plazo establecidos en estas Bases y en los demás casos señalados
CONFIDENCIALIDAD DE DATOS Y PROPIEDAD
Todas las personas que participen en la ejecución del contrato, sin importar el tipo de participación que tengan dentro de los procesos, deberán guardar confidencialidad respecto de todos los antecedentes derivados de los mismos, entendiéndose por datos de carácter personal, los relativos a cualquier información concerniente a personas naturales, identificadas o identificables. En este sentido, en conformidad a lo establecido en la letra c) del artículo 2 de la ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada, se entenderá por comunicación o transmisión de datos, la circunstancia de dar a conocer, de cualquier forma, los datos de carácter personal a personas distintas del titular sean determinadas o indeterminadas, acción que constituye una infracción a lo dispuesto en este título. Asimismo, en conformidad al artículo 7 de la misma norma, todas las personas que participen del contrato están obligadas a guardar secreto respecto de los datos personales a que tengan acceso, particularmente de aquéllos que hayan sido recolectados de fuentes no accesibles al público. El incumplimiento a lo dispuesto en este título es causal de término anticipado del contrato, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que se genere para el infractor, por el tratamiento indebido de los datos, en atención a lo dispuesto en los artículos 23 de la norma recién citada, y artículo 4 de la ley N°19.223, que tipifica figuras penales relativas a la informática. Toda la información proporcionada al adjudicatario para la ejecución del contrato sea que se encuentre contenida en medios magnéticos, electrónicos y/o soporte material, será propiedad exclusiva de UTEM. Asimismo, será propiedad de la UTEM todos los productos generados a partir de la ejecución del contrato, reservándose el derecho de disponer de ellos libremente, sin limitaciones de ninguna especie salvo las impuestas por el ordenamiento jurídico, no pudiendo por tanto el adjudicatario realizar ningún acto respecto a ellos. ajeno al contrato, sin autorización previa y expresa de UTEM.
INADMISIBILIDAD POR DEUDAS INSOLUTAS
De acuerdo con lo dispuesto por la Ley N°19.886 y su reglamento, no serán admitidas las ofertas de proveedores que registren deudas insolutas derivadas de contratos previos con la institución u otros organismos del Estado, ya sean vencidas y no canceladas. En tal sentido, la institución podrá verificar, en conformidad con los mecanismos disponibles a través de la plataforma de Mercado Público, que el proveedor no se encuentre en esta situación. En caso de que un proveedor presente una oferta y se detecte que registra deudas insolutas, su oferta será declarada inadmisible, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley N°19.886.
INDISPONIBILIDAD DEL SISTEMA DE INFORMACIÓN Y GESTIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DEL ESTADO
En caso de indisponibilidad del Sistema de Información y Gestión de Compras y Contrataciones del Estado durante el período de presentación de ofertas, los oferentes podrán presentar su oferta de forma física, siempre que adjunten el certificado de indisponibilidad emitido por la Dirección de Chile Compra, conforme a lo establecido en el artículo 21, letra c) de la ley 19.886 y el artículo 115 del Decreto 661/2024 del Ministerio de Hacienda. Los oferentes afectados dispondrán de un plazo de dos días hábiles para presentar sus ofertas fuera del sistema, contados a partir de la notificación y habilitación del certificado de indisponibilidad por parte de la Dirección de Chile Compra. La omisión de este procedimiento resultará en la invalidación de la oferta.
AUMENTO O DISMINUCIÓN DE BIENES Y/O SERVICIOS
La Universidad Tecnológica Metropolitana se reserva el derecho de modificar, disminuir o aumentar las cantidades originalmente estimadas, según acto administrativo totalmente tramitado, hasta un tope del 30% del total adjudicado; previa información vía correo electrónico a la empresa, a través del Departamento de Abastecimiento, indicando la cantidad de bienes y los motivos que fundamentan la modificación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.