Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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I. Municipalidad de Lota
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Fecha de vencimiento:
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31-12-2024
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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La Empresa o Persona Natural que se adjudique la Licitación, deberá entregar una Boleta Bancaria de Garantía, Vale Vista, Póliza de Seguros de Garantía, ó Certificado de Fianzas, instrumento pagadero a la vista o a su presentación y de carácter irrevocable, que asegure el pago de la garantía en forma rápida y efectiva, que caucione el Fiel Cumplimiento de Contrato y el pago de las obligaciones laborales y de seguridad social con sus trabajadores, así como el pago de eventuales multas. La vigencia mínima será de 10 meses, la que deberá ser entregada junto con el contrato firmado y por una cantidad equivalente al 5% del valor de éste. La fecha de la firma del contrato puede ser igual o superior a la fecha de emisión del documento en garantía.
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Glosa:
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SERVICIO DE GRABACION Y TRANSMISIÓN TELEVISIVA DEL CONCEJO MUNICIPAL SEMANAL Y TRANSMISION DE INFORMATIVO MUNICIPAL
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Forma y oportunidad de restitución:
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1.- El tomador para Solicitar la devolución de la garantía deberá atenerse a lo siguiente:
a) El representante titular deberá solicitar a la Unidad Competente, a través de formulario, la devolución de la garantía, indicando N°, Valor, glosa y el fundamento de la petición.
b) En caso de no ser el representante titular, entregará poder simple a otra persona indicando nombre y apellidos, RUT de persona que autoriza a retirarla.
2.- El municipio cuando no se cumplan los requisitos para su devolución podrá hacer efectivas las garantías en su poder, entre los 10 días hábiles anteriores al vencimiento de ella, si la empresa no ha renovado o ampliado su vigencia.
El contratista será siempre responsable de mantener vigentes las garantías, por tanto, automáticamente deberá iniciar gestiones en la Institución emisora, con 30 días de anticipación al término de la vigencia de la garantía ampliando su plazo de validez, debiendo ingresar en oficina de partes del Municipio de Lota, nueva papeleta o carta de prórroga con 20 días de antelación al vencimiento de ella.
3.- El Municipio podrá cobrar la garantía, cuando la Institución no valide, por escrito, la autenticidad de ella, en el plazo de 20 días hábiles, contados de la solicitud, por escrito, del Municipio.
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