Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Vigencia del Contrato |
Por razones de buen servicio el contrato tendrá vigencia de 12 Meses a contar de la total tramitación de resolución exenta de adjudicación, pudiendo ser prorrogado hasta por tres meses, siempre que el proveedor mantenga los precios y que exista monto disponible.
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FORMA DE PAGO: |
El pago será realizado por el hospital Claudio Vicuña, a través del departamento de Finanzas, Unidad de Tesorería, mediante transferencia electrónica dentro del plazo de 45 días contados desde la recepción conforme de los productos o servicios prestados, envío de los documentos tributarios a correo electrónico adquisiciones.hcv@redsalud.gov.cl. El proveedor debe emitir la factura electrónica identificando en forma idéntica el ID de la Orden de Compra en el campo de referencia 801 y, enviar a casilla dipresrecepcion@custodium.com .
En caso de modificaciones sociales u otros aspectos legales que afectaren entre otras, la propiedad, domicilio, representación legal de la sociedad contratante original, deberá comunicarse de inmediato estos hechos al Hospital Claudio Vicuña, para evaluar la vigencia del contrato.
Considerando que el pago se ejecutará mediante transferencia electrónica, se requiere que el proveedor al momento de la contratación complete y envíe el Formulario Nº8: Autorización de Pago por Transferencia Electrónica.
En este formulario se señalan los datos de la cuenta a la cual el Hospital deberá realizar el pago. Este documento que constituye una declaración simple por parte del proveedor debe remitirse digitalmente a los correos, carmenluz.marin@redsalud.gov.cl; sonia.vega@redsalud.gov.cl; gabriela.perez@redsalud.gov.cl , además y como parte del procedimiento instruido por la unidad de Finanzas, la copia original del Formulario Nº 8 deberá enviarse a Carmen Guerrero Nº 945, San Antonio, Unidad de Tesorería. Con los antecedentes recibidos a conformidad por parte del Hospital, se procederá a efectuar la respectiva transferencia.
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SERIE DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS |
Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular preguntas, consultas o solicitar aclaraciones, dentro de los plazos señalados en el cronograma de la licitación, a través del portal www.mercadopublico.cl. El Hospital dará respuesta simultánea a todas las preguntas que se reciban, haciendo reserva de su autor, dentro de los plazos señalados por la misma vía.
Las preguntas y sus respuestas, a través de su publicación en el mencionado portal pasarán a ser parte de las Bases y los Oferentes no pueden argumentar desconocimiento de ellas.
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Aumento y disminucion |
El Hospital podrá ordenar hasta un 20% de aumento o disminución, en forma inmediata, del servicio contratado, con cargo al presupuesto anual adjudicado.
Lo anterior se entiende que ello debe encontrarse en el marco de la normativa del DFL Nº 1 de Salud del año 2005, que en su Art. 36º letra g) Limita el gasto de la facultad del director de Hospital Autogestionado en Red a celebrar contratos de cualquier índoles con personas naturales o jurídicas para el desempeño de todo tipo de tareas aun cuando sean propias del establecimiento, el cual no puede Exceder del 20% del total del presupuesto asignado al establecimiento.
En estas circunstancias, se valorizará de acuerdo al precio unitario correspondiente del presupuesto entregado en la propuesta.
La facultad de aplicación de las acciones de este Artículo es de exclusiva responsabilidad del Director del Hospital y se canalizará con una petición escrita de parte de éste a las líneas jerárquicas subordinadas del Hospital.
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CONTRATO |
De acuerdo al Art. 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Compras Públicas, el Contrato se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra.
Formarán parte integrante del contrato sin necesidad de mención expresa los siguientes documentos: Las presentes Bases Administrativas, las Especificaciones Técnicas, Formularios, Consultas y Respuestas, las aclaraciones si las hubiere, la Oferta presentada, Resolución de Adjudicación, orden de compra emitida a través del portal mercado público y cualquier otro documento que se origine con motivo de la presente licitación detallados en Artículo Nº 7 de las presentes Bases Administrativas.
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Multas |
Si el adjudicatario no entrega dentro del plazo estipulado los pasajes, objeto de la presente licitación, obligará al proveedor a pagar una multa por incumplimientos, de conformidad al detalle de la siguiente tabla y por cada día hábil de atraso:
Días de atraso (días hábiles) Multas (%)
1 Día 1% Sobre el valor de la Orden de Compra
2 Días 2% Sobre el valor de la Orden de Compra
Entre a 3 y 10 días (El Hospital se reserva el Derecho de evaluar poner término al Contrato ) 10% Sobre el valor de la Orden de Compra
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