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resolucion de empate |
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Se entenderá por empate, si dos o más empresas obtienen el mismo puntaje en el resultado final de la evaluación. En esta situación, se considerarán como criterios de desempate, en orden de prelación: la Oferta Técnica, luego la Oferta Económica y por último la experiencia de la empresa.
De persistir el empate, se realizará sorteo ante el Secretario Municipal, quien levantará un Acta al efecto.
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adjudicacion |
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La adjudicación de la propuesta, corresponderá a la Alcaldesa con acuerdo del Concejo, sobre la base del Informe de la Comisión Evaluadora. Una vez obtenido dicho acuerdo, se procederá a la elaboración del decreto de adjudicación.
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disminución o eliminación de partidas |
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. La I. Municipalidad de La Pintana se reserva el derecho, por razones presupuestarias, de disminuir o eliminar partidas, a través de la Comisión Evaluadora, por un monto no superior al 10% (diez por ciento) de la oferta económica presentada.
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Declaración de inadmisible o desierta: |
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Se declararán inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplieren los requisitos establecidos en las Bases. Se declara desierta una licitación cuando no se presenten ofertas o bien, cuando éstas no resulten convenientes a los intereses municipales.
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multas |
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MULTAS
ARTICULO 28º
Toda multa deberá cancelarse mediante depósito en arcas municipales, quedando supeditada la cancelación del estado de pago respectivo.
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pacto de integridad |
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ARTÍCULO 35°
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
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errores u omisiones |
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ERRORES U OMISIONES DETECTADAS DURANTE LA EVALUACIÓN
ARTÍCULO 16º
La Comisión Evaluadora podrá solicitar los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás oferentes, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Dicha solicitud será informada a los demás oferentes a través del sistema de información establecido en el portal mercado público para el efecto.
Asimismo, permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. El oferente dispondrá del plazo fatal de tres días corridos para la corrección de estas omisiones, contados desde el requerimiento, el que se informará a través del sistema www.mercadopublico.cl. Será criterio de evaluación el cumplimiento de los requisitos formales de presentación de la oferta, asignándose menor puntaje a aquellos que no cumplieron dentro del plazo para presentación de las ofertas con todo lo requerido.
Por esta vía no podrán solicitarse documentos sujetos a evaluación.
Si en la segunda oportunidad no se presentan los antecedentes requeridos, el oferente quedará fuera de bases y su oferta será declarada inadmisible.
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FORMATOS |
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Los Formatos adjuntos a estas bases, pueden transcribirse, pero no modificarse. El Formato debe presentarse solo con la información solicitada, sin agregar nada adicional a él. Un formato con información incompleta se considerará como documento faltante u omitido, y será la Comisión respectiva la que evalúe la procedencia de aplicar el artículo 16° de estas bases.
En el evento de encontrar poco claro algún formato, el oferente tiene la posibilidad de expresarlo en el foro de consultas del portal.
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PRESENTACION DE LA PROPUESTA |
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. Para realizar la presentación de las propuestas, el proponente deberá subir al portal “Mercado Público” toda la docuentaión solicitada en el Art. 11.4.1 antecedentes administrativos, 11.4.2 antecedentes tecnicos y 11.4.3 antecedentes economicos
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