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Resolución de Empates |
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Si dos o más oferentes obtienen el mismo puntaje, la comisión evaluadora adjudicará a quien tenga mayor puntaje en los ítems con mayor ponderación porcentual en orden descendente.
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Modificación de las bases. |
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La Delegación Presidencial Provincial de Chiloé podrá modificar o complementar los requerimientos técnicos y plazos de la licitación, hasta antes de la fecha de cierre de presentación de las ofertas, en cuyo caso se considerará un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, informando de ello a través del portal de Mercado público (www.mercadopúblico.cl).
En este caso los proveedores deberán efectuar las modificaciones o complementaciones que sean necesarias en el plazo que resta hasta el cierre de la recepción de la oferta.
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Presentación de las ofertas |
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El idioma oficial de la propuesta es el español, en consecuencia, toda documentación y antecedentes exigidos deberán estar escritos en dicho idioma.
Las propuestas deberán presentarse exclusivamente a través del sistema electrónico de compras públicas www.mercadopublico.cl, antes del día y hora indicados como de cierre de recepción de ofertas, en el calendario de licitación establecido en el portal. No se aceptarán ofertas presentadas por un conducto diferente al señalado o después del día y hora dispuestos al efecto.
Las ofertas deben cumplir con las presentes bases de licitación, especialmente, con las especificaciones indicadas en las bases técnicas.
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Apertura de las ofertas |
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La apertura de la oferta se efectuará el día y hora señalada en el portal www.mercadopublico.cl
En dicho acto el Encargado del Departamento de Administración y Finanzas, deberá verificar la existencia de la documentación exigida, dejando fuera aquellas ofertas que no cumplan con lo indicado en estas bases. Posteriormente revisará los antecedentes para que se efectúe el análisis de las ofertas correspondientes y la evaluación.
Las ofertas que no sean remitidas electrónicamente a través del Portal serán declaradas inadmisibles.
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Solicitud de aclaraciones a los oferentes |
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El Encargado de Administración y Finanzas de considerarlo necesario, podrá requerir aclaraciones a algún proponente sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, lo que hará por escrito y a través del portal, asimismo, podrá solicitar que salven errores u omisiones formales, detectados durante el período de evaluación, siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores u omisiones o aclaraciones no les confiera a los oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, no podrán referirse a elementos esenciales o que afecten el tratamiento igualitario de los oferentes o el principio de estricta sujeción a las bases de licitación. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas, pasarán a formar parte integrante de los antecedentes del contrato y las bases, en caso de ser adjudicada.
Mediante la aclaración no podrán modificarse aspectos sustanciales de la propuesta, de tal forma que la oferta no podrá, mediante aclaraciones, transformarse en otra diferente, ni constituir una nueva oferta.
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Comisión Evaluadora |
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Las ofertas serán evaluadas por el Encargado Departamento Administración y Finanzas, Encargada Unidad Convenios y Encargada Unidad Gestion de Personas o por quienes los reemplacen.
Cada uno de los ítems se evaluará en una escala de puntuación. El oferente seleccionado será el que obtenga el mayor puntaje relativo, según la ponderación establecida
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Adjudicación |
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La adjudicación de la licitación constará de una Resolución Exenta, previa recepción del informe de la Comisión Evaluadora de la propuesta, y será comunicada a todos los oferentes a través del sitio www.mercadopublico.cl. En la fecha que corresponda de acuerdo a lo que se indica en el calendario de la licitación.
En caso que el proveedor adjudicado no cumpla con lo requerido en estas bases y no acredite encontrarse inscrito en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras y Contratación Pública, al momento de la adjudicación, la Delegación Presidencial Provincial de Chiloé se reserva el derecho de readjudicar al 2° mejor evaluado y así sucesivamente.
La Delegación Presidencial Provincial de Chiloé podrá adjudicar los valores más convenientes a los intereses del servicio y no necesariamente la de menor costo, o declarar desierta la licitación, sin que por este hecho, los proponentes tengan derecho a indemnización o reclamo de ninguna especie.
NO SE ADJUDICARÁ LA OFERTA DE AQUEL OFERENTE QUE SE ENCUENTRE INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO.
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Modificación de la fecha de adjudicación |
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La fecha de adjudicación será el día indicado en el portal y de acuerdo a lo que establece el artículo 41 del Reglamento de la Ley N° 19.886, las razones de un eventual incumplimiento del plazo de adjudicación inicialmente establecido pueden ser las siguientes:
- Retraso en la firma de la resolución de adjudicación, por compromisos del Delegado o de sus subrogantes
- Por ausencia involuntaria del encargado del proceso
- Por motivos de fuerza mayor, emergencia, y otros imprevistos
En caso que se produjese una prórroga esta será realizada en el icono respectivo del portal www.mercadopublico.cl, incluyendo las razones de incumplimiento del plazo de adjudicación inicial.
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Derecho a declarar inadmisible las ofertas o desierta la licitación. |
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La Delegación Presidencial Provincial de Chiloé declarará inadmisibles las ofertas, cuando estas no cumplan los requisitos establecidos en las Bases de Licitación. Por otra parte, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o bien cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Asimismo, la Delegación Presidencial Provincial de Chiloé declarará inadmisibles las ofertas que contengan exclusiones o condicionantes que se aparten de lo establecido en estas Bases de Licitación.
En todos estos casos dicha declaración se hará por Resolución fundada del Delegado Presidencial Provincial.
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Readjudicación |
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La Delegación Presidencial Provincial de Chiloé se reserva el derecho de readjudicar la licitación pública cuando las condiciones en las cuales fue adjudicada la propuesta hayan cambiado o si el proveedor desiste por motivos de fuerza mayor de su oferta en los plazos establecidos.
La declaración de readjudicación será hecha a través del portal www.mercadopublico.cl y el nuevo adjudicado será el proveedor que ocupe el 2° lugar en la evaluación original del proceso en los términos estipulados en estas bases de licitación.
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Del contrato |
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Los servicios adjudicados se formalizaran mediante emisión y aceptación de la orden de compra, respectiva, de conformidad al artículo 63 del reglamento, por tratarse de bienes de simple y objetiva especificación.
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Presupuesto |
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El presupuesto disponible para contratación Servicio de la ejecución de 2 proyectos con familias de la comuna de Quellon es de $7.523.407 (siete millones quinientos veintitrés mil cuatrocientos siete pesos), con impuesto incluido, esta suma se divide en $4.000.000 para el proyecto Parentalidad Positiva y Crianza Responsable y de $3.523.407 para el proyecto Emprendimiento “conociendo emprendo” sin embargo, esta suma se establece como máximo referencial, sin perjuicio que el oferente presente propuestas económicas de valor inferior, se imputara en el ítem Actividades Grupales, del presupuesto del Convenio Acompañamiento Familiar Integral 2021.
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Forma de Pago |
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La Delegación Presidencial Provincial de Chiloé podrá exigir en cualquier momento para poder autorizar la cancelación el servicio un estado de pago, que el proveedor adjudicado, acredite el pago de remuneraciones y de cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores dependientes, lo cual se comunicara oportunamente y por escrito.
Una vez recepcionado los servicios por la Delegación Presidencial Provincial de Chiloé, se procederá al proceso de pago de la factura.
El pago se realizará con cheque a 30 días (máximo), desde la recepción conforme de la factura, la cual debe extenderse a nombre de la Delegación Presidencial Provincial de Chiloé, RUT N° 60.511.1041, con domicilio en calle O´higgins s/n, 2° piso, de la ciudad de Castro.
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De las multas |
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La multa producirá sus efectos una vez resueltos los recursos pertinentes, o haya vencido el plazo de su interposición sin que se hayan presentados. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa si procediera.
El monto de las multas se deducirá de la factura o boleta de la factura en cuestión.
DESCRIPCION MULTA
Retraso injustificado del servicio 10% del monto
Incumplimiento en las características y especificaciones ofertadas 15 % del monto
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PROCEDIMIENTO APLICACIÓN DE MULTAS |
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La Delegación Presidencial Provincial de Chiloé notificará al proveedor adjudicado, personalmente o por carta certificada de las situaciones que ameriten aplicación de multas, informándole sobre la infracción cometida, el monto a aplicar y los hechos en que aquella se motiva. El proveedor podrá solicitar su reconsideración al Delegado Provincial, para ello dispondrá de un plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha en que fue notificado, acompañando todos los antecedentes que sirvan de respaldo.
Vencido el plazo anterior y sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente multa por medio de una resolución fundada. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para tales efectos, la DPP Chiloé tendrá un plazo de 5 días corridos, contados desde la recepción de los descargos por el proveedor, para rechazarlos o acogerlos, que deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada, debiendo ser notificada al proveedor personalmente o mediante carta certificada, resolución en contra de la cual procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
La notificación por carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de correos que corresponda.
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Término anticipado del contrato. |
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El contrato podrá terminarse anticipadamente, si se incurriere en alguna de las siguientes causales
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del convenio
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Por la incapacidad de la empresa adjudicataria para seguir adelante con la ejecución del convenio, derivada de problemas internos, huelga de sus trabajadores, quiebra, entre otros.
6. Por la no solución por el adjudicatario, dentro de los plazos convenidos, de los reparos que le sean formulados por escrito por parte de la Delegación Presidencial Provincial.
7. No da cumplimiento a la normativa laboral vigente, en especial al pago de remuneraciones y cotizaciones previsionales.
8. Por haber aplicada más de dos multas, sin que exista una razón de caso fortuito o fuerza mayor, u otra no imputable al contratado, debidamente justificada.
9. No se cumpliera de manera grave con las especificaciones técnicas ofertadas y se negase a resolver los inconvenientes.
10. Por otras causales que se señalen en las Bases o en el convenio respectivo.
11. En caso de que el proveedor de servicios se niegue a entregar los insumos ofertados en la licitación, se procederá a dar término al contrato.
En todos estos casos la Delegación Presidencial Provincial de Chiloé podrá poner término a contrato sin más trámite, no operando indemnización alguna a favor del contratante, y reservándose el derecho de ejercer las acciones legales que eventualmente correspondieren.
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De los dependientes de la empresa |
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La empresa contratada, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo.
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Interpretación de las bases y del contrato |
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Toda dificultad en la interpretación o alcance que debe darse a las bases, al contrato o a cualquier otro documento que emane de la presente licitación, será resuelta, sin ulterior recurso, por la persona que designe para tal efecto el Delegado Presidencial Provincial, quien deberá considerar para ello, el interés superior del servicio.
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Fijación del domicilio y competencia de los Tribunales. |
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El oferente que se adjudique la licitación acepta desde ya la competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia radicados en la comuna y ciudad de Castro, para todos los efectos legales y judiciales derivados de ésta licitación y del contrato.
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