Licitación ID: 741-26-LE25
SERVICIO PROFESIONALES APOYO TEC. Y ADMINISTRATIVO
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea 1: Profesional 1: Hasta $12.500.000 (impuestos incluidos)  

2
Profesionales 1 Unidad
Cod: 80111715
Línea 2: Profesional 2: Hasta $12.500.000 (impuestos incluidos)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO PROFESIONALES APOYO TEC. Y ADMINISTRATIVO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Se requiere de la contratación de dos oferentes del ramo, de profesión Ingeniero Agrónomo, que provean los servicios profesionales para apoyar la ejecución del Programa de Desarrollo de Inversiones PDI, lo que comprende apoyar el proceso de revisión, evaluación y procesamiento técnico-administrativo de los proyectos que se presenten para solicitar incentivos del Programa de Desarrollo de Inversiones en los diferentes concursos convocados por INDAP; apoyo en el proceso de entrega de recursos a los beneficiarios, seguimiento a la ejecución de los incentivos del programa; apoyo en el control de rendiciones y recepciones conforme de las inversiones; apoyo en rendiciones de fondos de terceros según lo establecido en la Resolución N°30 de la Contraloría General de la República y a través del sistema SISREC; apoyo en la organización digital de información técnica de la ejecución del programa; apoyo en elaboración de reportes de resultados de concursos del programa y convenios con otras entidades, ejecutados mediante el Programa PDI; apoyo en la elaboración de informes técnicos correspondientes a los convenios con otras entidades, entre otras labores y acciones que se requiera.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Unidad de Compra – Región de la Araucanía
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
Bilbao 931
Comuna:
Temuco
Región en que se genera la licitación:
Región de la Araucanía
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 11-07-2025 15:30:00
Fecha de Publicación: 01-07-2025 16:30:27
Fecha inicio de preguntas: 01-07-2025 17:01:00
Fecha final de preguntas: 04-07-2025 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-07-2025 10:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 11-07-2025 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 11-07-2025 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 28-07-2025 18:32:51
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1: ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 2 OFERTA TÉCNICA: Los participantes deberán ingresar su oferta técnica en formato de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo que correspondan.
 
2.- -ANEXO N° 2A: DECLARACIÓN JURADA CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS
 
3.- ANEXO N° 2B: PROPUESTA TÉCNICA DEL OFERENTE
 
4.- -ANEXO N° 2B: PROPUESTA TÉCNICA DEL OFERENTE Los participantes deberán ingresar su oferta técnica según el formato del Anexo N° 2 de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo: Currículum Vitae del oferente (persona natural), donde se debe incluir los siguientes antecedentes: 1. Fotocopia cédula de identidad vigente, por ambos lados. 2. Fotocopia licencia de conducir al día, por ambos lados. 3. El (los) certificado(s) de Título Profesional original o copia legalizada ante notario. 4. Presentar todos los antecedentes que demuestren la experiencia laboral. 5. Acreditación, cuando se disponga, de inscripción en el Directorio de Consultores de Fomento de Chileproveedores. Estos documentos son de presentación optativa, pero deben encontrarse disponibles al momento de la contratación. Documentos para acreditar la experiencia laboral: - Certificados de experiencia laboral con fecha de inicio, fecha de término y funciones desarrolladas durante el período. Trabajador dependiente: - Contrato de Trabajo completo y firmado por ambas partes. Adjuntar las cotizaciones previsionales correspondientes al periodo trabajado en virtud del contrato. Trabajador independiente: Tendrá las siguientes alternativas para demostrar su experiencia de acuerdo a cualquiera de las modalidades que se indiquen a continuación. - Contrato de honorarios: Adjuntar completo y firmado por ambas partes, complementado con la primera y la última boleta emitida para cada de uno de ellos. - Facturas o Boletas de honorarios, emitidas por el oferente, donde se detalle el servicio prestado - Certificado del empleador que indique las funciones realizadas y la duración del servicio. En el caso de no presentar la documentación que corresponda, el oferente quedará fuera del proceso de evaluación al no acreditar la experiencia.
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N° 3 OFERTA ECONÓMICA Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado (impuestos incluidos) expresado en moneda nacional. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados. En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error. En caso que la oferta económica ingresada por el proveedor en la ficha electrónica de la Plataforma Mercado Público, presente diferencias con el valor expresado en el Anexo N° 3, solo se considerará el valor indicado en el Anexo N° 3, para todos los efectos legales.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de compromiso de integridad y complia DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 2%
2 1. Experiencia y/o Conocimiento Profesional en la DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 15%
3 2. Entrevista Personal y Técnica DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 60%
4 Propuesta económica DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 20%
5 Cumplimiento de requisitos formales DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 1%
6 Cumplimiento de certificación de sustentabilidad p DE ACUERDO AL NUMERAL 10 DE LAS BASES 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 33.01.002.106
Monto Total Estimado: 25000000
Justificación del monto estimado DE ACUERDO A PRESUPUESTO DISPONIBLE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: claudio castillo
e-mail de responsable de pago: ccastillo@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: SOLEDAD MARTINEZ
e-mail de responsable de contrato: mmartinez@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-45-2506073-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo. El oferente adj
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio Entrevista Personal y Técnica.
  • En segundo lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio Experiencia y/o Conocimiento Profesional en la Materia y Capacitación.
  • En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio Criterio Económico.
  • En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.

 Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución fundada.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a gllanquitru@indap.cl, desde el cual se entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

En virtud del Artículo 56 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.

En caso que una oferta no cumpla con los requisitos formales y la comisión resuelva requerir certificaciones o antecedentes de los señalados en el párrafo anterior, a dicha oferta, no obstante continuar en el certamen, se le asignará el puntaje conforme a lo establecido en el Ítem “Cumplimiento requisitos formales” de los aspectos administrativos. Se informará a todos los oferentes de la solicitud realizada por la Comisión Evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, en el evento que un documento o certificación sea esencial para la evaluación, y aquel no sea aportado por un oferente, el Instituto podrá eventualmente declarar inadmisible la oferta.

2. CARACTERÍSTICAS DE LA LICITACIÓN

Nombre Adquisición

Contratación de Servicios profesionales para APOYO TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO EN LAS LABORES PROPIAS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA PDI EN LA  REGIÓN DE LA ARAUCANÍA.

Descripción

Se requiere de la contratación de dos oferentes del ramo, de profesión Ingeniero Agrónomo, que provean los servicios profesionales para apoyar la ejecución del Programa de Desarrollo de Inversiones (PDI), lo que comprende apoyar el proceso de revisión, evaluación y procesamiento técnico-administrativo de los proyectos que se presenten para solicitar incentivos del Programa de Desarrollo de Inversiones en los diferentes concursos convocados por INDAP; apoyo en el proceso de entrega de recursos a los beneficiarios, seguimiento a la ejecución de los incentivos del programa; apoyo en el control de rendiciones y recepciones conforme de las inversiones; apoyo en rendiciones de fondos de terceros según lo establecido en la Resolución N°30 de la Contraloría General de la República y a través del sistema SISREC; apoyo en la organización digital de información técnica de la ejecución del programa; apoyo en elaboración de reportes de resultados de concursos del programa y convenios con otras entidades, ejecutados mediante el Programa PDI; apoyo en la elaboración de informes  técnicos correspondientes a los convenios con otras entidades, entre otras labores y acciones que se requiera.

Tipo de Compra

Licitación pública igual o menor a 1000 UTM

Moneda

$ 25.000.000

Monto Total presupuesto disponible

Línea 1: Profesional 1: Hasta $12.500.000 (impuestos incluidos)

Línea 2: Profesional 2: Hasta $12.500.000 (impuestos incluidos)

Adjudicación múltiple

Duración del Contrato

El contrato entrará en vigencia desde la tramitación del acto administrativo que lo apruebe y durará hasta el 31 de diciembre 2025, contra entrega de los servicios adjudicados en la propuesta.

Etapa del proceso de Apertura

El proceso se realizará en una sola etapa.

4. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES

Preguntas y Respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación, podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán efectuarse a través del Sistema Mercado Público www.mercadopublico.cl INDAP pondrá las respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.

Modificación a las Bases

INDAP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por uno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, considerando un plazo prudencial para que los oferentes adecúen sus ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán aprobadas mediante el acto administrativo correspondiente, sometidas a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación y serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y será responsabilidad de los oferentes estar al tanto de las modificaciones que sean publicadas en la plataforma de Mercado Público.

5. CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN

El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas bases de licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo.

Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas bases de licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público, en el plazo de preguntas indicado en el numeral 3 de las presentes bases administrativas de licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, dentro de los plazos indicados, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.

Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.

INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases de licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes bases de licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación.

Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.

6. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS

6.1 OBSERVACIONES

De acuerdo al artículo 16 de la Ley N° 19.886, para participar en la presente licitación los oferentes deben encontrarse habilitados para participar en él, para poder participar de cualquier procedimiento de contratación y suscribir los contratos definitivos, y no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:

-       Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 6°, artículos 35 quáter y septies.

-       Decreto N° 661 de 2024, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 41°, número 10.

-       Ley N° 19.728, que establece seguro de desempleo.

-       Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que se indican, artículos 8° y 10°.

-       Decreto Ley N° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, artículo 26°, letra d.

-       Inhabilidad para contratar con los organismos de la Administración del Estado, contemplada en el artículo 33 de la Ley 21.595.

Lo anterior se acreditará mediante la confirmación y firma electrónica de la “Declaración Jurada de requisitos para ofertar” disponible en la plataforma de Mercado Público, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes. La sola presentación de ofertas en la presente licitación implica que el proponente declara que no le afectan las inhabilidades antes señaladas. 

Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 120 días corridos, desde la fecha de cierre de las ofertas.

Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP no será responsable en caso alguno de ellos.

Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las bases de licitación. Para ello, deberán verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, por lo que no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

El día de publicación del llamado, constituirá el día cero del calendario de eventos establecido, a partir del cual se contarán los plazos. Para efectos del presente concurso, los plazos son de días hábiles administrativos, esto es, para su cómputo deben excluirse los días sábados, domingos y festivos, sin perjuicio de los casos en que expresamente estas bases establezcan plazos de días corridos. En caso que un plazo de días corridos venza un día inhábil éste se ampliará automáticamente al día hábil siguiente.

La participación en el proceso implica la aceptación por parte de los proponentes de todas y cada una de las disposiciones contenidas en las Bases, sin necesidad de declaración expresa.

6.2. INTERPRETACIÓN DE LAS BASES.

El Instituto se reserva la facultad de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes bases de licitación, conforme los criterios de ecuanimidad que estime convenientes, sin perjuicio de tener presente siempre la necesidad de máxima eficacia, eficiencia y ahorro en la contratación materia de este proceso concursal, sin que ello implique que necesariamente se adjudicará a la oferta que resulte de menor costo y siempre acorde y en sujeción con lo establecido en la Ley 19.886 y su Reglamento.

7. PARTICIPANTES

Podrán participar de esta licitación las personas naturales, chilenas o extranjeras, que, cumpliendo los requisitos señalados en las presentes bases, presenten una oferta en la oportunidad y forma establecida en las mismas.

8. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

En conformidad con el artículo 52 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el otorgamiento de la garantía de seriedad de la oferta será obligatorio en las contrataciones que superen las 5.000 UTM, por lo que en el presente proceso licitatorio no se requiere la presentación de esta garantía.

9. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:

  • Sólo podrán postular personas naturales con título profesional Ingeniero Agrónomo.
  • Los oferentes, deberán presentar Certificado de inscripción en el Registro de Proveedores en estado hábil. El proveedor o proveedora deberá estar habilitada y con su información actualizada en el Registro de Proveedores del Estado.
  • Presentar el Anexo N°1 Antecedentes Administrativos
  • Presentar el Anexo N°2 Oferta Técnica
  • Presentar el anexo N° 3 Oferta Económica
  • El monto de la oferta debe ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de estas bases de licitación
  • Acreditar disponibilidad de vehículo para realizar los servicios a contratar en toda la región de La Araucanía.

En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se trata de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica.

9.1 SUPUESTOS DE INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS.

1.- La no publicación de la oferta del proponente a través del sistema de Compras Públicas del Estado (Mercado Público), salvo en caso de indisponibilidad del sistema u otras variables contempladas en el artículo 115 del Decreto Supremo 661 del 2024.

2.- Al momento de ofertar, o en el transcurso de la evaluación, el oferente cambia su estado de habilidad en el Registro de Proveedores de la Dirección de Compras Públicas.

3.- La no entrega de muestras por parte del proponente, cuando éstas tengan el carácter de obligatoria en las Bases Administrativas.

4.- La no presentación del Proponente a la visita de terreno, lo que quedará de manifiesto en la ausencia de la firma de un oferente en el acta de visita a terreno si aquella se fijó como obligatoria.

5.- Aquellas que oferten en un tipo de moneda distinto al expresado en las Bases Administrativas.

6.- Aquellas que superen el monto disponible, cuando lo señale así las Bases Administrativas.

7.- Cuando se proporcione información incompleta, ilegible, sin valoración y/o se deje en blanco alguno de los apartados requeridos en el Anexo Económico, lo que imposibilite la aplicación de la pauta de evaluación, sin perjuicio que el Instituto podrá verificar el cumplimiento de la oferta económica de conformidad con los antecedentes que consten en el portal, por cualquier medio idóneo.

8.- El Instituto podrá rechazar ofertas cuando hayan obtenido, en la evaluación, un puntaje técnico total ponderado inferior al indicado en las bases administrativas.

9.- Cuando la oferta económica presentada se encuentre significativamente por debajo del promedio de las otras propuestas, conforme al resultado de la aplicación de la fórmula establecida en las Bases de Licitación, sin justificar documentadamente en las especificaciones técnicas cómo se cumplirán los requisitos del contrato, y en conformidad con lo señalado en el artículo 61 del Reglamento de la Ley de Compras.

10.- Ante la ausencia de algún Antecedente Técnico en la presentación de la oferta y tras ser solicitado mediante foro inverso, cuando ello sea posible, este o estos no haya sido presentados y constituyen aspectos esenciales para la evaluación.

11.- Cuando se proporcione información incompleta, ilegible, sin valorar y/o se deje en blanco alguno de los apartados requeridos en los anexos que se deban ingresar en los “Anexos Técnicos” del Sistema de Información, los cuales sean esenciales para la evaluación técnica del proceso, esto es, para aplicar los criterios técnicos de la pauta de evaluación. Esta regla no será aplicable a aquellos anexos que correspondan a experiencia y comportamiento contractual anterior.

12.- Cuando el oferente ha ofrecido o intentado conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a un funcionario público que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso de apertura, evaluación y adjudicación de las ofertas. Asimismo, será causal de inadmisibilidad cualquier intento de influir directa o indirectamente en un funcionario público respecto al proceso licitatorio y/o la toma de decisiones relacionadas con el mismo, por fuera de los mecanismos previstos en la ley para tales efectos.

13.- Hayan sido presentadas por Proponentes pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí en conformidad con el Art. 60 del Reglamento de la ley de Compras, y/o sobre los cuales existieren motivos fundados para estimar que dos o más de ellos se han concertado para aumentar artificialmente los valores de las propuestas o para limitar o excluir indebidamente las propuestas de los competidores. En tal caso se requerirá de un informe fundado de la Comisión para rechazar las propuestas que incurran en tales prácticas e informar de este hecho a la Fiscalía Nacional Económica.

14.- Se compruebe que hayan proporcionado información falsa, alterada o maliciosamente incompleta. El Instituto, podrá tomar las medidas administrativas correspondientes según la gravedad del caso. Lo anterior deberá quedar debidamente fundamentado por la Comisión en el Informe de Evaluación respectivo.

15.- Si el oferente declara que alguno de los perfiles de trabajadores, en caso de ser contratado, reciba una remuneración inferior al monto mínimo establecido en bases.

Lo anterior es sin perjuicio de otros supuestos que puedan verificarse durante la evaluación del proceso y que hagan procedente la adjudicación de una determinada oferta.

10. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

El puntaje mínimo para ser seleccionado debe ser igual o mayor a 60 puntos, por lo que la propuesta que obtenga menos de 60 puntos ponderados, no podrá ser adjudicada por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, lo que será debidamente consignado en el informe final de la comisión evaluadora o comité revisor, según el caso. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proceso deba declararse desierto debido a que ninguna de las ofertas presentadas haya alcanzado el puntaje mínimo, éstas serán consideradas inadmisibles para los efectos del artículo 71, numeral 2, del Reglamento de la Ley N° 19.886.

a)       COMITÉ EVALUADOR

El comité evaluador será designado mediante Resolución emitida con anterioridad al acto de apertura. Esta Comisión estará compuesta por, al menos, tres funcionarios del Instituto en calidad de titulares, además de suplentes, los cuales actuarán en caso de ausencia o impedimento de algún titular. Los miembros del comité deberán suscribir una declaración jurada conforme a lo dispuesto por la normativa legal vigente, es decir, relativa a eventuales conflictos de interés y la obligación de guardar confidencialidad con el procedimiento, atendido lo dispuesto en el artículo 35 nonies de la Ley 19.886.

b)       INFORME DEL COMITÉ EVALUADOR.

El comité debe levantar un acta denominada “Informe Final” en la que debe, entre otros, dejar constancia, según correspondiere, de:

a)            Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

b)            Las ofertas que deben declararse inadmisibles, por no cumplir los requisitos establecidos en las bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

c)            La proposición de declaración de la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien cuando el comité juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses del Instituto.

d)            La asignación de puntaje para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dicho puntaje, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

e)            La proposición de adjudicación para adoptar la decisión final. 

10.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN

Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas bases de licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente, en base a los siguientes criterios:

Clasificación Criterio

Criterio de evaluación

Ponderación

Técnico

1. Experiencia y/o Conocimiento Profesional en la Materia y Capacitación

15%

2. Entrevista Personal y Técnica

60%

Económico

Propuesta económica

20%

Administrativo

Cumplimiento de requisitos formales

1%

Cumplimiento de certificación de sustentabilidad para proveedores

2%

Cumplimiento de compromiso de integridad y compliance que sean conocidos por el personal

2%

La pauta de evaluación de los criterios indicados anteriormente es la siguiente:

 

CRITERIO TÉCNICO

1. Experiencia y/o Conocimiento Profesional en la Materia y Capacitación- 15%

a. Experiencia en evaluación y/o formulación de proyectos productivos en el ámbito agropecuario en los últimos dos años - 50% (se debe acreditar mediante la presentación de certificados, contratos de trabajo, boletas de honorarios u otros  de los últimos dos años).

Puntaje

-Acredita experiencia correspondiente a los últimos dos años

100

-No acredita experiencia correspondiente a los últimos dos años

0

b. Experiencia en seguimiento en terreno de proyectos de fomento productivo en el ámbito agropecuario de los últimos dos años  - 25% se debe acreditar mediante la presentación de certificados, contratos de trabajo, boletas de honorarios u otros  de los últimos dos años).

Puntaje

-Acredita experiencia correspondiente a los últimos dos años

100

-No acredita experiencia correspondiente a los últimos dos años

0

c. Capacitación en Inducción General a la Administración del Estado realizado en los últimos dos años -15% (Sólo se aceptarán certificados de cursos aprobados en copia simple de los cursos realizados. Otros verificadores no serán evaluados).

Puntaje

-Acredita capacitación realizada en los últimos dos años

100

-No acredita capacitación realizada en los últimos dos años

0

d. Capacitación en temas de enfoque de género realizados en los últimos dos años - 10% (Sólo se aceptarán certificados de cursos aprobados en copia simple de los cursos realizados. Otros verificadores no serán evaluados).

Puntaje

-Acredita capacitación realizada en los últimos dos años

100

-No acredita capacitación realizada en los últimos dos años

0

CRITERIO TÉCNICO

2. Entrevista Personal y Técnica - 60%

Se considerarán y evaluarán conocimientos generales a cerca de INDAP y sus programas de fomento productivo disponibles en la plataforma de servicios de  INDAP y los actuales ejes estratégicos de la institución/Se evaluará aspectos de personalidad, expresión oral y capacidad de síntesis.

Puntaje

Puntaje obtenido en la entrevista personal (rango de 0 a 100 puntos)

100

CRITERIO ECONÓMICO - 20%

INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas bases de licitación.

Para la evaluación de este criterio, se considerarán las ofertas económicas declaradas por los oferentes correspondientes al valor total ofertado por la prestación de sus servicios o por la adquisición de los productos adjudicados, no procediendo cobro adicional bajo ningún concepto.

Para la evaluación de este criterio, se considerará y comparará el precio de la oferta, con el menor precio ofertado en la presente licitación, mediante la siguiente formula:

PUNTAJE PRECIO = (PRECIO MÍNIMO OFERTADO/PRECIO OFERTA) x 100

CRITERIO ADMINISTRATIVO – 5%

a. Cumplimiento de requisitos formales – 1%

Puntaje

El oferente cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del periodo de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.

100

El oferente ha incurrido en errores u omisiones formales o se han omitido certificaciones o antecedentes y se aplica lo dispuesto en el punto 10.3 de las bases administrativas, resultando subsanadas correctamente en el plazo allí indicado

50

El oferente no subsana correctamente errores u omisiones formales, o certificaciones o antecedentes omitidos al momento de presentar su oferta, o lo hace fuera del plazo indicado.

0

b. Cumplimiento de certificación de inclusividad y/o sustentabilidad para proveedores – 2%

Puntaje

El oferente cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme (debe adjuntar el/los certificado/s vigente/s respectivo/s), y/o fomenta la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad (quien resulte adjudicado debe adjuntar contrato de trabajo del/de los trabajadores en situación de discapacidad e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN), para el otorgamiento del total del puntaje respecto de inclusión laboral de personas en situación de discapacidad, el oferente debe acreditar que cumple en una proporción mayor al mínimo exigido por ley, ejemplo: Empresas con menos de 100 Trabajadores: Presenta 1 o más trabajadores con discapacidad: 100 Ptos; No Presenta trabajadores con discapacidad: 0 Ptos. Empresas con 100 o más Trabajadores: Presenta más de 1% de trabajadores con discapacidad: 100 Ptos. Presenta 1% o menos de trabajadores con discapacidad: 0 Ptos.

100

El oferente no cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme o no fomenta la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.

0

c. Cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal (*) – 2%

Puntaje

Cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal, y adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por éstos.

100

No cuentan con programas de integridad y compliance que sean conocidos por el personal o cuenta con programas de integridad, pero no adjunta medios de verificación para acreditar que son conocidos por su personal.

0

(*) De acuerdo a lo señalado en el artículo 17 del Reglamento de Compras Públicas, y en el Dictamen Nº E370752/2023, de la Contraloría General de la República, se evaluarán a los oferentes sobre la base de la información indicada en el Anexo Nº 4 “Programa(s) de Integridad y compliance”. Se entenderá por programas de integridad cualquier sistema de gestión que tenga como objetivo prevenir y si resulta necesario, identificar y sancionar las infracciones de leyes, regulaciones, códigos o procedimientos internos que tienen lugar en una organización, promoviendo una cultura de cumplimiento.

10.2 DESCUENTOS POR COMPORTAMIENTO CONTRACTUAL ANTERIOR.

Todos aquellos oferentes que presenten incumplimiento contractual (multa o término anticipado por incumplimiento contractual) con el Instituto u otro organismo público en los 3 años previos a la fecha de publicación de las presentes bases y que aquellos se encuentren registrados en el sistema de información de mercado público, se les aplicará un descuento en el puntaje técnico, como sigue:

Multa

Descuentos de Puntos

1

4

2

8

3 o más

12

Término anticipado de contrato por incumplimiento contractual

Descuentos de Puntos

1

6

2

12

3 o más

18

11. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN

INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas bases de licitación. Determinado el oferente seleccionado, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas bases de licitación y de la presentación de su oferta.

La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada de la autoridad competente de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de actividades del proceso licitatorio.

Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.

En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas bases de licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

INDAP no podrá adjudicar la licitación a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.

11.1 RE-ADJUDICACIÓN

En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra a que se refiere el artículo 58 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.

12. EMISIÓN DE ORDEN DE COMPRA

MONTO MAYOR A 100 UTM Y MENOR A 1.000 UTM En conformidad con el artículo 117 del Reglamento de la Ley N° 19.886, las adquisiciones superiores a 100 UTM e inferiores a 1.000 UTM, cuando se trate de bienes o servicios estándar de simple y objetiva especificación, podrán formalizarse mediante la emisión de la orden de compra y la aceptación de ésta por parte del proveedor, siempre que se haya establecido así en las respectivas bases de licitación. Por lo anterior, se deja expresamente establecido que la presente adquisición será formalizada de dicha forma y no será necesaria la suscripción de un contrato entre las partes. Posterior a la publicación de la adjudicación, INDAP emitirá la orden de compra respectiva, la cual acredita que surgen entre las partes, derechos y obligaciones que deben ser cumplidas en los términos que señalan las presentes bases de licitación. Si la orden de compra no es aceptada por el oferente adjudicado en el plazo de 48 horas, INDAP podrá solicitar su rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde dicha solicitud. El oferente que resultare adjudicado deberá encontrarse inscrito y en estado “hábil” en el Registro de Proveedores al momento de la emisión de la orden de compra; en caso contrario, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, no siendo procedente la formalización de la contratación en el caso de no encontrase habilitado. 12.1 ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO Oferente persona natural a. Fotocopia de su cédula de identidad. b. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación. Acreditar en Registro de Proveedores Sin garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato. 12.2 OBSERVACIONES El plazo para la suscripción del contrato es de 30 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación. Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento. Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, INDAP podrá proceder a la re-adjudicación, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases. En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación. Cabe señalar que, a través del Registro de Proveedores de Mercado Público, se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 154 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886. La evaluación de los servicios prestados constará en un Informe de Evaluación elaborado por la contraparte técnica y aprobado por la jefatura de Fomento. Se establece que, en caso de realizarse una evaluación positiva de los servicios prestados por el profesional contratado, se podrá renovar en forma automática la contratación por un período de 12 meses más, previa evaluación de la disponibilidad presupuestaria, sin necesidad de abrir un nuevo proceso licitatorio. Esto siempre que no se produzcan cambios relevantes en el tipo de prestación requerida por el servicio

14. CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN

Vigencia del Contrato

A contar de la fecha de la total tramitación del acto administrativo que apruebe la contratación del servicio, y hasta el 31 de diciembre de 2025.

Término del Contrato

El contrato podrá terminarse por la llegada del plazo estipulado para su ejecución, o bien por la total utilización del presupuesto asignado para esta contratación, o bien podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el punto 17.1 Término anticipado de Contrato de las presentes Bases de Licitación.

Renovación / Prórroga

Podrá renovarse/prorrogarse con acuerdo de ambas partes por un periodo máximo igual al contrato original, siempre que se den razones fundadas y por escrito. La renovación/prórroga que pueda producirse será sancionada mediante el correspondiente acto administrativo y, una vez transcurrido en su totalidad el plazo establecido para esta, el contrato terminará automáticamente, sin necesidad de aviso previo.

Modificación de Contrato

INDAP podrá modificar de común acuerdo con el oferente seleccionado el contrato ya suscrito si así lo requiere.

Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones deberán ser requeridas y aprobadas por la contraparte técnica de INDAP y podrán afectar el precio del contrato en hasta un 20% de su valor total.

En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado el contrato.

Re-adjudicación

INDAP podrá, en caso que el oferente originalmente seleccionado rehúse suscribir el contrato, se desista de su oferta, o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley Nro. 19.886 y su Reglamento, adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las Bases de Licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.

16. PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO

Presupuesto Disponible (impuesto incluido si corresponde)

Línea 1: Profesional 1: Hasta $12.500.000 (impuestos incluidos)

Línea 2: Profesional 2: Hasta $12.500.000 (impuestos incluidos)

Forma de Pago

Los servicios contratados se cancelarán en seis cuotas, de acuerdo al siguiente detalle:

Cuota 1: 10% del monto adjudicado.

Cuota 2: 18% del monto adjudicado.

Cuota 3: 18% del monto adjudicado.

Cuota 4: 18% del monto adjudicado.

Cuota 5: 18% del monto adjudicado.

Cuota 6: 18% del monto adjudicado.

Lo anterior contra la entrega y aprobación a total conformidad de parte de INDAP del Informe de actividades realizadas, en cumplimiento a las labores encomendadas por la contraparte técnica.

El pago será efectuado dentro de un período máximo de 30 días corridos, contados desde la fecha de recepción conforme del documento de cobro respectivo.

El pago de los servicios se deberá documentar con una boleta de honorarios para el cobro de cada cuota.

Aprobación de pago

Los pagos se realizarán previa autorización de la contraparte técnica de INDAP, que en este caso corresponde a la Jefatura de la Unidad de Fomento o a quien delegue, quien deberá corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.

Facturación

Una vez autorizado el pago por la contraparte técnica de INDAP, ésta procederá a señalar al Departamento de Gestión de Abastecimiento que se puede hacer la recepción conforme de los servicios, para posteriormente indicar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo. 

La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.

El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla ccastillo@indap.cl señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia. En caso de que no se envíen los antecedentes bancarios, el pago se realizará con cheque, el que se enviará por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.

En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento junto a su archivo xml a la casilla de correo opartes@indap.cl.

En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla ccastillo@indap.cl señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.

17. SANCIONES

17.1. TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO

El contrato, ya sea que este se haya consagrado en un documento suscrito por ambas partes o por la sola emisión de la orden de compra, podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 130 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:

  1. La muerte o incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.

  1. La resciliación o mutuo acuerdo entre las partes, siempre que el Proveedor no se encuentre en mora de cumplir sus obligaciones. Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en este literal, las partes deberán suscribir un instrumento que dé cuenta del término anticipado de mutuo acuerdo y las razones que lo motivaron el que deberá ser aprobado mediante el respectivo acto administrativo, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.

  1. El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Este Instituto entiende como incumplimiento grave las siguientes:
    1.  La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta.
    2. Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 30% del valor del contrato.
    3. Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los 5 días hábiles de atraso o incumplir 3 obligaciones durante la vigencia del contrato.
    4. No pago de las multas debidamente cursadas en el plazo establecido.
    5. No renovar la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en caso de renovación o prórroga del contrato.
    6. No reponer la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en caso de cobro de esta.
    7. Transgredir la prohibición de subcontratar, ceder, traspasar y/o transferir, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el contrato.

  1. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

  1.  La imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme al artículo 129 precedente. En tal caso, la Entidad sólo pagará el precio por los bienes y/o servicios que efectivamente se hubieren entregado o prestado, según corresponda, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en el evento que la imposibilidad de cumplimiento del contrato obedeciere a motivos imputables al Proveedor, procederá que se apliquen en su contra las medidas establecidas en el artículo 135 de este reglamento

  1. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  2. Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente proceso las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:

A.1.1.  Si el contratante perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.

A.1.2.  Haber sido condenado el contratante por crimen o simple delito.

A.1.3.  Haber sido condenado el contratante, como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.

A.1.4.  Haber sido suspendido el contratante o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.

A.1.5.  Si el contratante se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.

A.1.6.  Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP.

El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.

Lo establecido en este numeral es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Con excepción de las causales contempladas en las letras b) y f) precedentes, y en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que por razones de ley o acto de autoridad hagan imperiosa esta medida y ello sea calificado así por el Instituto, una vez adoptada aquella, el Instituto procederá a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin perjuicio de ejercer las demás acciones que procedan, especialmente la indemnizatoria de los perjuicios causados. INDAP podrá dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el contratante sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 154°, 159°, 160° y 162° del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Fuerza mayor y caso fortuito

          Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el artículo 45 del Código Civil de Chile.

          Si el oferente seleccionado se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.

          La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.

          La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el oferente seleccionado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.

          En cualquier caso, si el oferente seleccionado no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.

          Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al oferente seleccionado cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el contrato se resolverá de pleno derecho.

          Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará previamente el Procedimiento sancionatorio previsto en las bases.

17.2 MULTAS

INDAP podrá cobrar multas al oferente seleccionado, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente Licitación, siempre que se deba a causa imputable al oferente, en los siguientes términos:

Multas por atrasos de entrega de los servicios.

 

Descripción de Gradualidad

Descuento Porcentual de la Cuota Involucrada

1 a 5 días hábiles de atraso.

5%

6 a 10 días hábiles de atraso.

10%

Más de 10 días hábiles de atraso.

15%

Dentro de los 5 días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de más de 10 días hábiles por atraso en la entrega de los servicios solicitados, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, INDAP aplicará las multas establecidas y se descontará del pago correspondiente.

 

Multas por otros incumplimientos en la entrega de los servicios.

 

Descripción de Gradualidad

Descuento Porcentual de la Cuota Involucrada

Primera Notificación de Incumplimiento (Deberá corregir el incumplimiento en un plazo de 3 días hábiles, en caso de no cumplir con lo anterior se aplicará el descuento).

10%

Segunda Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera Notificación). Plazo de Espera de 3 días hábiles posteriores a Primera Notificación.

15%

Tercera Notificación de Incumplimiento (No hay respuesta a Primera ni Segunda Notificación). Plazo de Espera 5 días hábiles posteriores a Primera Notificación.

20%

En el caso de transcurrir más de 5 días hábiles después de vencido el plazo de la 3ª notificación por incumplimiento que no sea el atraso de entrega de los servicios, y de no existir respuesta alguna de solución por parte del oferente seleccionado, INDAP aplicará las multas establecidas y se descontará del pago correspondiente.

Si excediese los cuarenta (40) días hábiles de atraso o incumpliera tres (3) obligaciones durante la vigencia del contrato, INDAP quedará facultado para poner término anticipado al Contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo al Procedimiento para la aplicación de multas que se establece a continuación.

17.3 PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO (MULTAS Y TÉRMINO ANTICIPADO)

INDAP notificará al contratante mediante correo electrónico dirigido a la casilla electrónica que indique en el Anexo N° 1 de estas Bases o en su defecto el que tenga registrado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública, www.mercadopublico.cl y/o en el Registro de Proveedores, la intención de cursar una multa o término anticipado de contrato, según corresponda mediante correo electrónico, indicando la causal de que se trata e indicando que el prestador tiene un plazo de 5 días para deducir sus descargos si procediere.

El contratante podrá reclamar o presentar sus descargos a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección abastecimiento@indap.cl, la que deberá ser fundada.

INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.

Se hace presente que contra la resolución que aplica la sanción, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

En los casos de término anticipado por resciliación o mutuo acuerdo entre las partes no regirá este procedimiento sin perjuicio de que deberá suscribirse un instrumento que dé cuenta de dicho acuerdo, el que deberá ser aprobado mediante el respectivo acto administrativo.

18. CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP

INDAP se relacionará con el contratante, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través de la Jefatura del Departamento de Fomento o quien ésta designe para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:

  • Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
  • Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato.
  • Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes.
  • Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
  • Autorizar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.

19. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.

OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.

NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por los cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.

 

AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.

GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.

20. PROPIEDAD INTELECTUAL

Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.

“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.

Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.

Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.

21 ORDEN DE PRELACIÓN.

En caso de existir algún aparente inconveniente o se viere alguna contradicción en los instrumentos que regulan la presente contratación, se declara que legalmente el orden de prelación normativo es el siguiente: 

               

1.- Ley 19.886 y su reglamento.

2.- Bases de Licitación, respuestas a consultas y aclaraciones.

3.- Contrato si lo hubiere.

4.- Oferta del Adjudicatario.

II. BASES TÉCNICAS

1. OBJETIVOS Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

El objetivo es contratar dos profesionales oferentes del ramo para apoyar la ejecución del Programa de Desarrollo de Inversiones en INDAP, región de La Araucanía, lo que comprende apoyo en labores administrativas y técnicas propias de la gestión acorde a los objetivos, línea de procesos, manejo de información incluyendo la determinación de necesidades, capacidades y cobertura, monitoreo y evaluación, almacenamiento y análisis de datos, manejo de sistemas y ejecución programática.

 

Los postulantes deberán reunir los siguientes requisitos para ser considerados en la evaluación de las propuestas:

Línea 1 y 2:

  • Ser persona natural.
  • Profesión: Ingeniero Agrónomo.
  • Declarar no estar afecto a inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en la ley 18.575.
  • Presentar certificado de inscripción en el Registro de Proveedores en estado hábil.
  • Declarar no tener vinculación laboral con Empresas Operadoras de los Servicios de Asesoría Técnica de INDAP ni con Municipios, que mantenga contratos vigentes.
  • Declarar no prestar servicios en cualquier calidad jurídica en otra repartición pública ni municipalidades.
  • Experiencia laboral en la materia, mínimo de 4 años, acreditable.
  • Experiencia en formulación y/o evaluación de Proyectos, describiendo trabajos realizados relacionados con el tema de formulación y evaluación de proyectos y contactos para corroborar información.
  • Conocimiento geográfico y productivo de la región de La Araucanía.
  • Conocimientos en computación en ambiente Windows y disponer de notebook y dirección electrónica independiente y permanente.
  • Contar con movilización disponible para el desplazamiento por la Región de La Araucanía, debidamente acreditada. Los gastos asociados al traslado, así como la mantención del vehículo, están incluidos dentro del valor del servicio a ofertar.

 2. ACTIVIDADES A DESARROLLAR

Línea 1 y 2:

  • Apoyar la difusión y gestión del programa PDI, entre los usuarios de INDAP de las diferentes agencias de Área de la región, para postular a inversiones que les permitan mejorar sus actuales sistemas productivos.
  • Apoyar el proceso de llamados a postulación del programa, en concursos regionales y/o a nivel de agencias de área.
  • Orientar y gestionar la postulación de usuarios, que requieran realizar inversiones asociadas a la obtención de resoluciones sanitarias de saneamiento básico y de rubro.
  • Apoyar la verificación de antecedentes que respalden la condición de usuarios de INDAP, para la postulación a inversiones.
  • Realizar visitas a terreno a agricultores para verificar la pertinencia de las postulaciones, cuando se requiera.
  • Apoyar el proceso de postulaciones a través del uso de la plataforma informática, cuando corresponda.
  • Apoyar el proceso de revisión de postulaciones a incentivos del programa PDI, presentadas a concursos regionales y/o de Áreas, verificando que estos estén debidamente respaldados con la documentación y antecedentes exigidos por las normativas vigentes.
  • Evaluar los proyectos, verificando que la calidad de éstos, en cuanto a su factibilidad técnica, económica y de mercado, y que estén de acuerdo a la realidad productiva y económica del usuario y del rubro que se financiará.
  • Ingreso de las evaluaciones al sistema Informático, si correspondiere.
  • Apoyo en el proceso de entrega de recursos a los beneficiarios.
  • Apoyo en la rendición y seguimiento de incentivos entregados mediante el Programa PDI con recursos institucionales y fondos de terceros (convenios) (según lo establecido en la Resolución N°30 de la Contraloría General de la República).
  • Apoyo en la rendición de fondos de terceros (convenios) a través del sistema SISREC.
  • Apoyo en elaboración de reportes de resultados de concursos del programa y convenios con otras entidades, ejecutados mediante el Programa PD.
  • Apoyo en la elaboración de informes técnicos correspondientes a los convenios con otras entidades, entre otras labores y acciones que se requiera.

3. PRODUCTOS ESPERADOS

  • Se requerirá que el oferente seleccionado elabore y presente un Informe previo al pago de cada cuota, que dé cuenta de las actividades realizadas durante el período correspondiente, incluyendo la documentación y demás antecedentes pertinentes como respaldo, en conformidad con los productos específicos que se soliciten al prestador. Este informe será aprobado por la Jefatura de Fomento en forma previa al pago de los servicios.
  • Se requiere mantener la base de datos actualizada con toda la información de respaldo requerida para la correcta ejecución del Programa PDI, en las labores para las cuales el profesional haya realizado acciones de apoyo en cualquiera de sus fases.

4. UBICACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS DONDE SE DESEMPEÑARÁN LOS SERVICIOS:

Los profesionales prestadores de servicios tendrán residencia laboral en la Dirección Regional de INDAP, región de La Araucanía (Bilbao N° 931, Temuco), pero por la naturaleza del servicio, podrán realizar desplazamientos a terreno a todas las comunas de la región de La Araucanía, en movilización propia.


ANEXO N° 1

ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS PERSONA NATURAL

El oferente debe suscribir el presente documento y, a través de su firma, declara la veracidad de la información otorgada, asumiendo completa responsabilidad por su declaración y acepta las condiciones estipuladas en las presentes bases de licitación.

NOMBRE

RUT

NACIONALIDAD

DOMICILIO

TELÉFONO

CORREO ELECTRÓNICO

__________________________

Nombre y RUT del Oferente

ANEXO N° 2

 

OFERTA TECNICA

Anexo 2.A DECLARACIÓN JURADA CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS

En …………………, a ……......... de .............. de 2025, Don/Doña ...................................................................., Cédula de Identidad   N°..............................................................., viene en declarar que:

  • Dispongo de movilización para prestar los servicios requeridos en la licitación.

  • Dispongo de notebook para poner al servicio de las funciones propias del cargo.

  • Declaro que no he formulado, postulado o presentado proyectos de riego a INDAP, durante el año 2025 o que se encuentran pendientes de término. Además, me comprometo a no formular, presentar o ejecutar proyecto de INDAP región de la Araucanía durante el año 2025, sea a mi nombre, de un pariente por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive o de sociedades en que participo como socio o prestador de servicios.

  • No me afectan inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en la Ley 18.575 de Probidad Administrativa.

  • No tengo vinculación laboral con Empresas Operadoras de los Servicios de Asesoría Técnica de INDAP, que mantengan contratos vigentes con INDAP.

  • Cuento con salud compatible con las actividades de terreno.

__________________________

Nombre y RUT del Oferente

Anexo 2.B PROPUESTA TÉCNICA DEL OFERENTE

Línea a la cual oferta:

Nombre oferente:

Título profesional (adjuntar copia legalizada de Certificado de Titulo):

Post grados y post títulos (adjuntar copia legalizada de certificados):

  1. Experiencia Laboral (adjuntar Curriculum Vitae)

Variable

Programa / Cargo o Función

Años de experiencia que acredita

Documentación con que acredita la experiencia (orden de compra, contrato, certificado)

Experiencia laboral en programas INDAP

Programa PDI

Convenios

Experiencia en formulación y evaluación de proyectos productivos agropecuarios

 

 

 

Experiencia en servicios u organismos públicos o empresas privadas

 

 

 

 

 

 

  1. Acreditación movilización disponible.

Tipo de vehículo

Patente

Documentación del vehículo con que acredita disponibilidad

Nota: Se debe adjuntar copia simple de licencia de conducir al día.

__________________________

Nombre y RUT del Oferente

 

ANEXO N° 3

OFERTA ECONÓMICA

 

NOMBRE OFERENTE

LINEA A LA QUE POSTULA (1 ó 2)

NETO

IMPUESTO

VALOR TOTAL CON IMPUESTOS INCLUIDOS

NOTA:

  1. Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado con impuestos incluidos, expresado en moneda nacional.
  2. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados.
  3. En caso de que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo claramente, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error.
  4. INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas Bases de Licitación.

__________________________

Nombre y RUT del Oferente

  1. Impútese el gasto que originan los referidos servicios al Subtítulo 33 Ítem 01, Asignación 002, código de actividad 106 “Articulación Público Privada”, del presupuesto vigente del Instituto de Desarrollo Agropecuario, correspondiente al año 2025, siempre que las disponibilidades presupuestarias así lo permitan.

  1. Publíquese la presente resolución exenta en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública denominado www.mercadopublico.cl

13. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO
n conformidad con el artículo 121 del Reglamento de la Ley N° 19.886, el otorgamiento de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato será obligatorio en las contrataciones que superen las 1.000 UTM, por lo que en el presente proceso licitatorio no se requiere la presentación de esta garantía.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.