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Resolución de Empates |
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En caso de empate en la nota final, la oferta adjudicada será determinada de acuerdo a los siguientes criterios, en orden de prelación:
a) Se adjudicará la oferta de “EL OFERENTE” que haya obtenido mayor puntaje en la oferta Técnica.
b) En caso de persistir el empate, se adjudicará la oferta de “EL OFERENTE” que haya obtenido la mejor evaluación en la oferta Económica.
c) De persistir el empate, se adjudicará la oferta de “EL OFERENTE” que haya obtenido la mejor evaluación en el criterio Plazo de Entrega.
d) De mantenerse el empate, se adjudicará la oferta, de “EL OFERENTE” que haya obtenido la mejor evaluación en el criterio Evaluación Cumplimiento de Requisitos Formales.
e) De mantenerse el empate, se adjudicará a la oferta que haya obtenido la mejor evaluación en el criterio Programa de Integridad y Ética Empresarial.
f) Finalmente, el último criterio de desempate, corresponderá a la primera oferta ingresada al Portal.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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Durante la evaluación, “LA DIRECCIÓN”, a través de “EL HOSPITAL”, podrá solicitar a “LOS OFERENTES” que salven errores u omisiones formales de su oferta, siempre y cuando ellas no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás “OFERENTES”, y en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a “LAS BASES” y de igualdad de “LOS OFERENTES”, lo que debe ser informado a través de “EL PORTAL”. No se considerará error formal errores en el precio de la oferta, según lo establecido en el numeral 1, del artículo N°56 del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Se permitirá la presentación de certificaciones o antecedentes que “LOS OFERENTES” hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
En el foro de “EL PORTAL” donde se solicite la información, el plazo fatal para la corrección de estas omisiones, contado desde el requerimiento de la entidad licitante, será de 48 horas.
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LEY N° 19.983 Y FECHA DE PAGO Y RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS TRIBUTARIOS |
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Para efectos de la Ley n° 19.983, el plazo para reclamar el contenido de la factura será de 08 días corridos.
La fecha de pago será de 45 días contra la recepción conforme de la factura según la Ley de presupuestos vigente.
Este Hospital es Receptor de Documentos Tributarios Electrónicos (DTE), por lo anterior, los DTE deben ser remitidos a correo 61102025-2@febos.cl, para su recepción conforme por nuestro sistema, DE LO CONTRARIO, NO SE PODRÁ DAR CURSO AL PAGO.
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VIGENCIA DEL MATERIAL |
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El producto debe venir con una vigencia mínima de 12 meses
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PROTOCOLO DE TRAZABILIDAD |
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En relación a la norma técnica Minsal N° 226 y 247 se reitera información vigente de acuerdo a la trazabilidad de la información. Además, se hace presente que, el hecho de no indicar estos antecedentes al momento de la recepción, será motivo de rechazo de los productos. De igual forma, al momento de subir o enviar documetacion al SII, se deben llenar todos los campos con la información solicitada, en especial la fecha de vencimiento, N° de Lote, y N° de Serie, Marca Comercial, Nombre y código del producto, identificación del proveedor,datos imprescindibles para la trazabilidad
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
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Art. 28.- “LOS OFERENTES” podrán efectuar consultas o solicitar aclaraciones a “LAS BASES”, las que deberán efectuarse exclusivamente a través de “EL PORTAL”, dentro del plazo establecido en el Cronograma.
LA DIRECCIÓN a través de EL HOSPITAL emitirá, para todos LOS OFERENTES, las aclaraciones a LAS BASES que estimare necesarias o las que hubieren surgido con motivo de las consultas efectuadas durante LA LICITACIÓN. La entrega de respuestas a consultas y aclaraciones a través de EL PORTAL se efectuará de acuerdo al plazo establecido en el cronograma, contado desde la Publicación de LAS BASES, tales aclaraciones se entenderán notificadas a LOS OFERENTES transcurridas 24 horas desde su publicación en EL PORTAL.
Las aclaraciones efectuadas, a través del foro inverso, formarán parte integral de LAS BASES y serán aprobadas mediante el correspondiente acto administrativo dictado por la autoridad competente, al momento de la adjudicación en el caso que éstas no hayan implicado una modificación de LAS BASES, de lo contrario deberá ser aprobadas y publicadas en el plazo establecido en el cronograma.
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